Financiación de la pyme III: productos de financiación bancaria
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- Ramona Alcaraz Robles
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1 8 Financiación de la pyme III: productos de financiación bancaria Una vez estudiado el entorno en el que se desarrollará la relación entre banco y empresa, conviene realizar un análisis pormenorizado de las características que reunirán los principales productos de financiación bancaria que encontraremos en las pymes. Si bien vamos a tratar distintos productos, centraremos nuestro estudio fundamentalmente en tres de ellos (descuento comercial, póliza de crédito y arrendamiento financiero), por la importancia relativa que entendemos adquieren en el mundo de las pequeñas y medianas empresas DESCUENTO COMERCIAL El Banco anticipa el importe de un efecto comercial no vencido (letra de cambio, pagaré, recibo negociable) a su tenedor (empresa), deduciendo del valor expresado en dicho efecto un interés por el anticipo de fondos. En caso de producirse impago al vencimiento, el banco cargará en la cuenta de la empresa el importe nominal del efecto, añadiendo los gastos que se produzcan por la devolución. Es una fuente de financiación muy utilizada por las pymes. Descuento de letras de cambio La letra de cambio es un título-valor (documento al que se incorpora un derecho), mediante el cual una persona (librador) ordena a otra (librado) que pague una cantidad en fecha y lugar determinados, a la orden de un tercero (tenedor). Puede ser objeto de endoso (posibilita su transmisión) y aval (se garantiza el pago de la letra en el supuesto de que no pague la persona a la que se avala). Viene regulada en la Ley 19/1985, de 16 de julio,
2 262 MANUAL DE GESTIÓN FINANCIERA PARA PYMES Cambiaria y del Cheque (artículos 1 al 93). Veamos cuál es la operativa de su descuento: La empresa libra la letra a su cliente por el importe de la factura pendiente de pago. El cliente normalmente acepta la letra y la devuelve a la empresa, que puede descontarla mediante su endoso a la entidad bancaria. La aceptación de la letra, que obliga al librado (cliente de nuestra empresa) a pagarla a su vencimiento, es voluntaria, pero los bancos la contemplarán de forma positiva, pudiendo penalizar el descuento de letras no aceptadas (comisión de no aceptada ). A este respecto, la entidad bancaria deberá valorar tanto las características del sector en el que se encuadre la empresa como la costumbre que impere en el mismo (las empresas encuadradas en sectores donde no sea habitual la aceptación de giros, deberán negociar la supresión de dicha comisión). De igual forma, convendrá que el pago de la letra esté domiciliado en una entidad de crédito. Para ello, será muy importante cumplimentar correctamente el Código Cuenta Cliente (CCC) del banco pagador (recordar que era el conjunto de 20 dígitos que identificaban el domicilio de una cuenta bancaria). Asimismo podrá existir una penalización por la falta de domiciliación (comisión de no domiciliada ). Por tanto, a efectos de facilitar el descuento comercial, es aconsejable instrumentar el cobro aplazado de las facturas a través de letras de cambio aceptadas y domiciliadas en una entidad bancaria (siempre que las condiciones del sector y de la propia relación cliente-proveedor lo permitan). Las letras aceptadas y domiciliadas son las que menos riesgo de impago presentan. Descuento de pagarés con función de giro El pagaré es un título de crédito por el que una persona (librador o firmante) se obliga a pagar a otra (tenedor), o a su orden, una cantidad en fecha y lugar determinados. En el pagaré coinciden las figuras de librador y librado. Descontaremos pagarés que sirvan como medio de pago frente a una obligación derivada de una operación comercial (cumplan función de giro). Si es nominativo o extendido a la orden, su descuento funciona igual que el de la letra de cambio, debiendo acompañarse de los correspondientes timbres para gozar de fuerza ejecutiva. Habitualmente, la entidad bancaria calcula el importe correspondiente a los timbres 95, y los adeuda a la empresa, deta- 95 En este caso, ejerce como entidad liquidadora y recaudadora de la Administración Tributaria.
3 FINANCIACIÓN DE LA PYME III: PRODUCTOS DE FINANCIACIÓN BANCARIA 263 llando el cargo en los gastos de remesa. El pagaré se haya regulado en los artículos 94 a 97 de la Ley Cambiaria y del Cheque. En nuestros días se está generalizando la utilización como medio de pago, principalmente por parte de las grandes empresas, de pagarés con la cláusula no a la orden, la cual impide su endoso. Este tipo de pagarés al no poderse endosar, en principio tampoco podrían descontarse. La dimensión de este problema se acentúa si pensamos en una empresa que necesite recurrir a la financiación proporcionada por el descuento comercial, cobre a sus clientes a plazos dilatados y tenga en su cartera efectos que en su mayor parte sean pagarés no a la orden, como ocurre en determinados sectores (por ejemplo, en el de la construcción). La empresa firmante del pagaré consigue al incluir esta clausura que, en el supuesto de producirse el impago del efecto, la entidad bancaria no pueda actuar contra ella, y sólo pueda exigir el pago a la empresa cedente (si el pagaré fuese emitido a la orden, el banco podría reclamar el pago tanto al cedente como al firmante). En la práctica, las entidades bancarias, aunque muestren ciertas reticencias, vienen descontando pagarés no a la orden. Los bancos consideran la operación como una cesión ordinaria de crédito 96, pudiendo llegar a exigir requisitos adicionales para su descuento, como que los pagarés estén girados en la misma plaza de pago, o que se cumplimente en ellos (en su reverso) una cláusula de cesión por la que la entidad bancaria pueda exigir el pago a la empresa cedente en el supuesto de incumplimiento del firmante. El texto de dicha cláusula se asemejará al siguiente: Cedido este Pagaré y el crédito incorporado al mismo, mediante cesión ordinaria, al Banco, respondiendo el cedente de la solvencia del deudor. A pesar de todo, estos pagarés tienen la ventaja de no estar sujetos al pago de timbres. Descuento de recibos negociables Los recibos negociables con función de giro, que se vienen utilizando por su facilidad de mecanización, deben tener un formato similar al de la letra de cambio ( recibo normalizado ). Al igual que ocurría con los pagares, si 96 La cesión ordinaria de crédito viene regulada en los artículos 347 y 348 del Código de Comercio.
4 264 MANUAL DE GESTIÓN FINANCIERA PARA PYMES se expiden a la orden su descuento no difiere del de la letra de cambio, estando sometidos al pago de los timbres correspondientes. Descuento de certificaciones de obra Vimos al estudiar las garantías bancarias cómo las certificaciones de obra podían ser objeto de prenda, ahora podemos contemplarlas como fuente de financiación para la empresa a través de su descuento. Como sabemos consisten en liquidaciones parciales y provisionales realizadas por la Administración Pública a favor de la empresa, en función de la continuación por parte de ésta de las obras contratadas. Reflejan, por tanto, un crédito de la empresa frente a la Administración. El descuento de las certificaciones pasará por su endoso a la entidad de crédito, y la toma de razón de éste por parte de la Administración correspondiente. Descuento de efectos en soporte magnético El proceso de avance tecnológico que vivimos está contribuyendo a la utilización, como instrumento de pago, de efectos tramitados por medios informáticos, siendo probable que este fenómeno se generalice para el conjunto de la economía. Como principal ventaja nos encontramos con un ahorro de costes administrativos, al desaparecer el papel en su forma física. El procedimiento de descuento de efectos en soporte magnético, que se describe en el cuaderno 32 del CSB, de forma esquemática consiste en lo siguiente: La empresa que desea descontar los efectos envía al banco un soporte magnético, identificado con una etiqueta 97, junto con un listado-resumen (que sustituye a la factura de cesión de efectos utilizada cuando éstos se presentan en papel), por duplicado, del contenido de la misma. Este listado sirve de justificante de entrega, abono de remesa (comprobación del riesgo, autorización, etc.), y cuadre y comprobación de la misma. Si los efectos descontados son letras de cambio o pagarés, deberán acompañarse al soporte magnético para conservar las acciones cambiarias y otros derechos reconocidos a estos documentos en la Ley Cambiaria y del Cheque. Para el caso de recibos negociables, se establece la posibilidad de adjuntarlos o no. En caso de no hacerlo, será la entidad financiera tomadora la encargada de emitirlos a partir del soporte magnético entregado por la empresa. Tras el descuento, la empresa recibe una liquidación con el detalle de los efectos descontados. 97 Como vimos en el capítulo anterior, a veces cabe la posibilidad de enviar la información de la remesa de efectos a través de banca electrónica.
5 FINANCIACIÓN DE LA PYME III: PRODUCTOS DE FINANCIACIÓN BANCARIA 265 El coste de la operación de descuento comercial podrá incluir: 1. Interés aplicado. 2. Comisión de estudio (el banco suele cobrar por este concepto, a la apertura de la línea de descuento, un porcentaje sobre el límite o clasificación, con un mínimo tarifado). 3. Corretaje de la póliza de negociación (el coste del fedatario público se soportará una única vez, a la apertura de la línea, y consistirá en un porcentaje sobre el límite, con un mínimo). 4. Comisión bancaria: Puede ser fija por efecto o consistir en un porcentaje sobre el valor nominal, con un mínimo. Puede diferir en función de las características del efecto (domiciliado y aceptado; domiciliado sin aceptar; no domiciliado; timbrado; no truncable 98, etc.). 5. Timbre del efecto. 6. Correo. 7. Gastos de devolución (sólo aparecen en caso de impago; situación en la cual, el banco cargará el nominal del efecto y una comisión variable con un mínimo, además de otros gastos que haya podido soportar en la gestión del impagado, como, por ejemplo, los de protesto). Fórmula de cálculo de intereses aplicada: donde: C: nominal efecto. r: tipo de descuento nominal anual (en %). t: días que el banco anticipa el dinero. 98 El truncamiento significa que el efecto descontado no viaja físicamente (la entidad tomadora lo conserva, enviando la información correspondiente a la entidad pagadora mediante soporte magnético). Para los bancos supone un ahorro de costes, por lo que prefieren efectos truncados, pudiendo penalizar con el cobro de una comisión a los que lleven la orden de no truncar.
6 266 MANUAL DE GESTIÓN FINANCIERA PARA PYMES Los intereses se liquidarán por el plazo que medie entre la fecha valor del abono del nominal hasta el vencimiento de cada uno de los efectos descontados. Cuando el vencimiento de un efecto coincida con un día de carácter festivo, la liquidación de intereses se calculará hasta la fecha de pago, es decir, el primer día hábil siguiente. En este sentido, los bancos fijarán un mínimo de días para el descuento (que dependerá de cada entidad, aunque, por lo general, oscila entre quince y veinte días), de tal modo que si los efectos remesados tienen un vencimiento inferior a dicho mínimo, aplicarán éste a la hora de liquidar la operación. La principal ventaja que ofrece el descuento comercial, frente a otras fuentes de financiación alternativas, es su flexibilidad. La empresa puede obtener recursos a través del descuento a medida que los vaya necesitando, siempre que cuente con papel comercial descontable y línea de clasificación sin ocupar en la entidad bancaria. En principio, si la empresa vende más, tendrá mayores posibilidades de recurrir al descuento como financiación, puesto que generará un mayor volumen de efectos. En cambio, otros productos financieros (por ejemplo, una póliza de crédito) exigen determinar desde un primer momento los fondos que se van a utilizar. No obstante, en el descuento es más difícil ajustar los recursos financieros a las necesidades (los importes de los efectos en cartera pueden ser elevados), y así, en ocasiones, habremos de descontar un importe mayor al necesitado, incurriendo en una sobrefinanciación de carácter temporal. Un factor importante que incide en este punto, es conocer de la entidad bancaria la política que sigue en el abono de las remesas, disipando cualquier duda que pudiera surgir al respecto (nos interesarán entidades que, salvo orden contraria por parte de la empresa, abonen las remesas el mismo día de su presentación). En esta operación, la entidad de crédito concede a la empresa una línea de descuento o clasificación : límite máximo (valor nominal acumulado) de efectos descontados pendientes de vencimiento 99 que puede mantenerse en dicha entidad. La operación se formaliza mediante un documento (póliza de negociación de documentos mercantiles), intervenido por fedatario público, en el que se establece el límite de descuento concedido. De todos modos, veremos cómo, bajo ciertas condiciones, este límite podrá ser excedido. En principio, el plazo de la póliza de negociación de documentos mercantiles será indefinido, a pesar de que sus condiciones se renegocien con frecuencia. 99 Debemos recordar que la fecha contemplada por los bancos para dar de baja a los efectos puede no coincidir con la de su vencimiento y ser posterior, pudiendo, además, variar entre entidades.
7 FINANCIACIÓN DE LA PYME III: PRODUCTOS DE FINANCIACIÓN BANCARIA 267 En particular, podemos hablar de los siguientes tipos de líneas de descuento: Rotativas. La empresa puede ir descontando efectos a medida que venzan los ya descontados, y mientras no se supere el límite concedido (el caso más habitual). Aisladas. Se utilizan para una única remesa de efectos. De campaña. Para atender las necesidades que surjan en momentos puntuales de un ejercicio. Especiales. Líneas para un determinado tipo de efectos (por ejemplo, para un librado en concreto). Es práctica habitual de los bancos, además de establecer una clasificación global para el riesgo máximo asumible, fijar un límite particular por librado, de tal modo que, por ejemplo, ninguno de ellos supere el 20% del riesgo total de la línea. Con esta política, pretenden evitar la acumulación de riesgo en un único librado. En ciertos sectores (recordar el caso de la construcción), los vencimientos de los efectos comerciales se dilatan en el tiempo 100, ocupando de forma prolongada las líneas de descuento de las empresas; llegando, incluso, a colapsarlas en períodos de incremento de actividad y, por consiguiente, de mayor volumen de efectos descontados. Este proceso afecta principalmente a las pequeñas y medianas empresas incluidas en estos sectores que necesitan recurrir con frecuencia al descuento comercial para financiar su actividad. En esta situación, el gestor financiero habrá de negociar con la entidad bancaria el establecimiento de líneas de descuento aisladas, que permitan a la empresa seguir utilizando este tipo de financiación. En principio, la autorización de las operaciones aisladas dependerá del perfil de la entidad bancaria y de la relación que mantenga con la empresa; sin embargo el descuento es una operación rentable para los bancos, por lo que es probable que las operaciones fuera de línea se aprueben si el papel presentado es de calidad (en los descuentos aislados el banco estudiará con detalle las características de los efectos remesados: librado, tipo, plazo hasta vencimiento, etc.). A pesar de todo, podemos encontrarnos con que el banco rechace el descuento de los efectos, y no sólo para el caso de operaciones que sobrepasen la línea, sino también en otras situaciones (siempre se reservará la potestad de descontar o no los efectos). 100 En estas circunstancias, es muy importante para la empresa que se acepte el descuento de papel a plazos largos (en algunos casos sector de la construcción pueden ser necesarios hasta 180 días).
8 268 MANUAL DE GESTIÓN FINANCIERA PARA PYMES Un aspecto muy vigilado por parte de la entidad bancaria, sobre todo al principio de la relación con la empresa, será la posibilidad de que los efectos comerciales cedidos respondan a lo que se denomina papel de colusión o pelota (efectos que, aparentando corresponder a operaciones comerciales, se instrumentan únicamente para conseguir la financiación proporcionada por el descuento comercial). Pueden avisar al banco de esta eventualidad, entre otras, las siguientes circunstancias: Relaciones entre librado y librador (mismos propietarios, distribuidores, etc.). Plazos y cantidades de pago diferentes a los habituales. Librados desconocidos o no habituales. Aumento no justificado del volumen de descuento. A la hora de establecer el tipo de descuento, podemos distinguir fundamentalmente tres variantes: Fijar un único porcentaje válido para cualquier plazo del descuento, que recoge el total de la remuneración del banco por la operación (descuento a forfait 101 ). Fijar un porcentaje único válido para todo el período en concepto de intereses, y aplicar, además, comisiones. Fijar una escala de tipos por tramos, donde cada plazo, según el número de días pendientes hasta el vencimiento, tenga un tipo de interés (descuento por tramos ); aplicando, además, comisiones. Es habitual vincular el tipo de descuento a la evolución de un índice básico de referencia (por ejemplo, EURIBOR 102 ) al que se aplique un diferencial o margen (aunque no siempre la vinculación se pacta de forma expresa, y es más una práctica del banco). Así, por ejemplo, tendríamos un tipo de interés aplicado al descuento hasta 90 días, a forfait, de EURIBOR a 3 meses más 2 puntos. Para la empresa es interesante tener tipos de descuento referenciados a la evolución de un indicador oficial en una coyuntura económica de bajada de tipos a corto. De todos modos, salvo que la 101 Expresión francesa que viene a significar por un tanto alzado. 102 Euro Interbank Offered Rate. Índice del mercado interbancario europeo publicado por la Federación Bancaria Europea. Viene a sustituir a los índices de mercado interbancario nacionales (en nuestro caso, al MIBOR) en los países encuadrados dentro de la zona euro. Se calcula a partir de las medias de los tipos ofrecidos por un conjunto de entidades financieras, publicándose diariamente con un precio para distintos plazos (desde uno a doce meses).
9 FINANCIACIÓN DE LA PYME III: PRODUCTOS DE FINANCIACIÓN BANCARIA 269 referencia al índice quede claramente especificada en una cláusula de la póliza de negociación de documentos mercantiles, nos encontraremos con que subidas del tipo de interés de referencia se traducirán en aumentos inmediatos del coste del descuento para la empresa, mientras que bajadas del mismo índice no traerán consigo reducciones del coste, sobre todo cuando dichas bajadas no sean muy significativas. Será labor del responsable financiero estar atento a las variaciones en las condiciones de mercado que pudieran suponer una mejora en el coste del descuento, con el fin de informar al banco de las mismas. Lo ideal sería establecer un juego de compensaciones banco-empresa, en el que se alternen situaciones en las que ceda la entidad bancaria (por ejemplo, no penalice el descuento ante subidas no muy significativas de tipos), y otras en las que la empresa transija. En una relación a largo plazo, esto es algo que se puede lograr. En cualquier caso, la empresa puede exigir al banco que le entregue por escrito los tipos aplicados en los distintos plazos del descuento y los criterios seguidos para su revisión (periodicidad, vinculación a índice, etc.). En el caso de trabajar con más de una entidad, puede ser una estrategia negociadora interesante comunicar a cada una de ellas las bajadas de tipos aplicadas por sus competidores, de tal modo que, motivadas en su afán de no perder cuota de negocio con la empresa, lleguen a mejorar las condiciones del descuento. Evidentemente, no es ésta una política de la que convenga abusar (los bancos no siempre bajarán tipos ante bajadas de sus competidores). Ejemplo Veamos cuál es la mecánica del descuento comercial en el caso de una empresa que remesa al banco tres efectos comerciales (pagarés), por un importe global de euros, con las siguientes características: Tipo de descuento nominal (hasta 120 días): 7 por 100 anual. Comisión bancaria del 0,3 por 100 sobre nominal, mínimo 9 euros. Gastos de correo: 0,24 euros/efecto. Fecha presentación remesa al descuento: X1. Los efectos están sujetos al pago de timbres. Los efectos son abonados en la cuenta de la empresa el día de su presentación.
10 270 MANUAL DE GESTIÓN FINANCIERA PARA PYMES (1) Según la escala vigente en la fecha del descuento. El efectivo que recibirá la empresa será igual a: Efectivo = Nominal - [Intereses + Comisiones + Timbres + Correo] Efectivo = [601, , ,28 + 0,72] = ,58 Por su parte, el coste efectivo anual (i e) de este descuento lo podremos obtener a partir de la siguiente expresión: donde: N: nominal de la remesa. E: efectivo de la remesa. p: vencimiento medio de la remesa.
11 FINANCIACIÓN DE LA PYME III: PRODUCTOS DE FINANCIACIÓN BANCARIA 271 Si analizamos esta tasa efectiva, comprobamos cómo la existencia de unos costes fijos para todo el período de descuento (comisión bancaria, timbres y correo), elevará el coste efectivo anual de la operación a medida que aproximemos el descuento de los efectos a su fecha de vencimiento. De esta forma, podemos realizar las siguientes consideraciones: En la medida que pretendamos aprovechar los costes fijos de la operación, deberemos llevar los efectos al descuento lo antes posible 103. No hemos de centrar nuestra negociación únicamente en los tipos de interés, puesto que las comisiones pueden elevar considerablemente el coste efectivo del descuento. Unido a lo anterior, deberemos negociar que la comisión aplicada para los efectos de valor nominal pequeño consista en un porcentaje, mientras que para los de importes elevados sea fija. También será fundamental negociar la comisión de devolución aplicada en caso de impago, cuyo importe suele ser elevado y representar un importante quebranto para la empresa. Por otro lado, siempre que nuestro índice de devoluciones a lo largo de un período significativo (por ejemplo, un año) sea reducido, tendremos un argumento más para negociar con el banco una mejora en las condiciones generales del descuento. Interpretación de la TAE bancaria en el descuento comercial En las liquidaciones remitidas por la entidad bancaria aparecerá expresada la TAE ( tasa anual equivalente ) que, a pesar de responder a idéntica fórmula de cálculo a la utilizada en nuestro ejemplo, no incluirá todos los gastos repercutidos a la empresa, por lo que sólo deberemos contemplarla como una aproximación al coste efectivo anual de la operación. De este modo, según el criterio del Banco de España 104, en el cálculo de la TAE bancaria que figurará en las liquidaciones del descuento comercial: 103 En este sentido, si descontamos efectos que estén sujetos al pago de timbres a metálico (recibos y pagarés a la orden ), si podemos esperar hasta su vencimiento y remesarlos en gestión de cobro, nos ahorraremos el coste del timbre. 104 En la Circular 8/1990, de 7 de septiembre, del Banco de España a entidades de crédito, sobre transparencia de las operaciones y protección de la clientela, se señalan los criterios a seguir para el cálculo de la TAE en las operaciones bancarias.
12 272 MANUAL DE GESTIÓN FINANCIERA PARA PYMES No se incluirán los efectos con vencimiento inferior a quince días contados desde la fecha valor del abono. No se incluirán los timbres (pagados a metálico por el banco y adeudados a la empresa en la factura de liquidación, como son los de nuestro ejemplo), ni los gastos de correo. Sólo se tendrá en cuenta el importe de las comisiones que exceda de los mínimos tarifados para cada efecto. En cualquier caso, puesto que estas restricciones afectan de igual modo a todas las entidades de crédito, lo que si podremos hacer es comparar de una forma homogénea la TAE de las liquidaciones bancarias que recibamos. No debemos terminar este epígrafe sin señalar la necesidad de establecer un control permanente de los efectos recibidos y su situación (fecha de llegada, cliente, vencimiento, tipo de efecto, número de factura, fecha de descuento y entidad, etc.), así como del riesgo acumulado por descuento comercial en las distintas entidades financieras DESCUENTO FINANCIERO Es un préstamo que el banco concede instrumentado en una o varias letras de cambio. Éstas son libradas por la entidad bancaria y aceptadas por la empresa (que responde del buen fin de la operación, pudiendo estar las letras avaladas por terceros). El efectivo recibido por la empresa es igual al importe de la letra descontada, una vez deducidos los intereses, comisiones y gastos, que se cobran por adelantado (la fórmula de cálculo de intereses es la misma que hemos visto para el descuento comercial). La operación se puede acompañar de una factura que hace las veces de provisión de fondos (declaración formal de la empresa de haber recibido el efectivo en concepto de préstamo). Si en el descuento comercial la letra de cambio llevaba aparejada una operación de tráfico comercial, en el financiero es un mero instrumento para formalizar una operación de préstamo. En cualquier caso, es una fórmula de financiación prácticamente en desuso, y lo habitual es que, ante propuestas de operaciones de este tipo, el banco prefiera instrumentar una operación de préstamo clásico o de póliza de crédito.
13 FINANCIACIÓN DE LA PYME III: PRODUCTOS DE FINANCIACIÓN BANCARIA CONFIRMING 105 Una entidad de crédito actúa de gestor en los pagos aplazados de un cliente de nuestra empresa, pudiendo, a nuestra elección, anticipar el importe de las facturas pendientes de cobro tras deducir intereses y comisiones. Se distinguen en la operación: Emisor del confirming: cliente. Gestor del pago de las facturas pendientes: entidad de crédito. Beneficiario del confirming: proveedor. Habitualmente, el emisor de confirming suele ser una empresa grande o mediana con un volumen importante de pagos (alrededor de 3 millones de euros anuales), de carácter periódico, y destinados a un amplio número de proveedores. Aquí nos interesa estudiar el confirming como fuente de financiación, para ello lo analizaremos principalmente desde el punto de vista de la empresa beneficiaria, aunque, como veremos más tarde, la empresa emisora del confirming también puede obtener financiación del banco gestor. En cualquier caso, encontraremos con mayor frecuencia a las pequeñas y medianas empresas actuando como beneficiarias del confirming que como emisoras del mismo. Para acudir a la financiación que este servicio proporciona, la empresa proveedora solicita el anticipo del importe pendiente de cobro a la entidad bancaria, la cual realiza el pago (a elección de la empresa): abonando el efectivo (una vez deducidos intereses y comisiones) en la cuenta que la empresa tenga en dicho banco (si es cliente suyo), emitiendo un cheque bancario, u ordenando una transferencia bancaria a otra entidad. La operación se instrumenta, en caso que se opte por anticipar el cobro, a través de la firma de un contrato-respuesta que supone una cesión de crédito a favor del banco. Este contrato suele enviarse por correo al domicilio de la empresa (en ocasiones por fax), y cumple una doble función: Notificación de que la entidad bancaria, actuando como gestor de pagos del cliente, efectuará el desembolso de las facturas. 105 Este término es aceptado para identificar de forma genérica al producto. Otras denominaciones hablan de pago confirmado de proveedores, confirmación de pagos o factoring de proveedores.
14 274 MANUAL DE GESTIÓN FINANCIERA PARA PYMES En base a dicha notificación, y atendiendo a la fecha de pago establecida, se posibilita una doble alternativa: anticipar el cobro de la factura o recibir el abono de la misma en fecha y forma. Si se incluye la notificación de más de una factura, cabe la posibilidad de anticipar sólo aquellas que se desee. Cuando el proveedor factura con regularidad al cliente, el banco gestor de los pagos le da a elegir entre un anticipo puntual de la factura(s) reflejada(s) en el documento, o un anticipo automático de todas las órdenes de pago futuras emitidas por el cliente a su favor. Si la empresa proveedora no desea anticipar el pago, lo más normal es que el banco remita a la fecha de vencimiento un cheque bancario por el importe total de la factura. En este supuesto, el proveedor no tendrá que realizar acción alguna, y sólo habrá de esperar al vencimiento para recibir el cheque. Nos encontramos con las siguientes ventajas para la empresa beneficiaria del confirming: La financiación que proporciona no consume riesgo bancario. Simplificación de los procesos administrativos inherentes al cobro de facturas. Ahorro en el coste que supone la utilización de determinados instrumentos de giro (timbre de los efectos). Seguridad en el cobro. En caso de impago, la entidad bancaria únicamente podrá reclamar al emisor, no pudiendo actuar contra la empresa beneficiaria (recordar cómo en el descuento comercial, en caso de impago, la entidad bancaria cargaba el nominal del efecto y los gastos de devolución en la cuenta de la empresa). Reducción de la partida contable de clientes, con la mejora en los ratios que miden la liquidez de la empresa (convertimos una partida de realizable clientes en una de disponible). Ésta es una diferencia importante con respecto al descuento comercial, puesto que en base al PGC no se pueden dar de baja los efectos descontados hasta su cobro efectivo. Mediante el confirming si podemos darlos de baja, cediendo el crédito al banco gestor. Posibilidad de domiciliar el pago en cualquier entidad bancaria. No obstante, también existen una serie de inconvenientes para la empresa proveedora: La inexistencia de un documento negociable impide la financiación con otra entidad bancaria distinta del banco gestor elegido por el cliente.
15 FINANCIACIÓN DE LA PYME III: PRODUCTOS DE FINANCIACIÓN BANCARIA 275 El anticipo del importe de la factura queda retenido hasta que el cliente da la orden de pago a la entidad bancaria. En ocasiones, se demora el envío del contrato-respuesta, siendo, por lo general, un proceso más lento que el de recepción de los efectos cambiarios aceptados por el cliente. Aunque se suele incluir entre las ventajas del confirming su menor coste respecto al descuento comercial, en la práctica esto no es siempre así (encontraremos situaciones donde la empresa tenga mejores tipos negociados para el descuento comercial en sus bancos). La posibilidad de mejorar las condiciones vendrá dada por la viabilidad de entablar negocio distinto con la entidad de crédito gestora. Con frecuencia, a ésta le interesará, además de la rentabilidad en sí misma de la operación de confirming, la posible captación de nuevos clientes en las empresas beneficiarias. La entidad gestora asimismo tendrá en cuenta la existencia de una regularidad de operaciones para acceder a mejorar el precio ofertado. El coste de la financiación para la empresa beneficiaria vendrá dado por: 1. Interés aplicado (con idéntica fórmula de cálculo a la que veíamos en el descuento comercial). 2. Comisión bancaria (un porcentaje sobre el nominal a descontar, con un mínimo) 106. En el contrato deben aparecer especificadas las condiciones relativas a la operación, entre ellas: Tipo de interés aplicado (si es fijo para todo el período de anticipo o por tramos, y si se revisa en función de algún indicador). El tipo de interés inicial de la operación se acuerda entre el banco gestor y la empresa emisora del confirming, teniendo en cuenta las características del sector y las del propio proveedor. La comisión bancaria (las entidades vienen cobrando alrededor del 0,25% del valor nominal por este concepto). El período límite para solicitar el anticipo (es frecuente exigir un mínimo de entre 7 y 10 días hábiles antes del vencimiento de la factura). 106 Algunas entidades aplican la comisión sobre el importe que resulta de restar los intereses al nominal.
16 276 MANUAL DE GESTIÓN FINANCIERA PARA PYMES La operativa a seguir para anticipar el cobro (correo, teléfono, fax, etc.). Si se utiliza la vía telefónica, la entidad bancaria exigirá una confirmación posterior por escrito de la operación firmada por el proveedor. Por último, debemos mencionar la posibilidad de utilizar este servicio como fuente de financiación por parte de la empresa cliente o emisora del confirming (aunque el porcentaje de pymes que podamos encontrar a este lado de la operación sea reducido). Para ello, conviene diferenciar las tres alternativas de abono de facturas que la entidad bancaria gestora permite a la empresa cliente: El abono del cliente al banco se produce el día de vencimiento de las facturas (se consideran vencimientos medios ponderados, puesto que el banco gestiona el pago de remesas compuestas por varias facturas con distintos vencimientos). El abono al banco se produce con anterioridad al vencimiento de las facturas, deduciendo del pago un importe en concepto de descuento financiero a favor del cliente. El abono al banco se produce con fecha posterior al vencimiento de las facturas, sumando al pago un importe en concepto de intereses de financiación. Esta última, sería la alternativa que proporcionaría financiación a la empresa cliente. Como emisora del confirming, este sistema de gestión de pagos será interesante para aquellas pymes de cierta dimensión (empresas medianas), que tengan un número elevado de proveedores y cuantiosos gastos de administración en sus pagos FACTORING Una empresa cede, de forma continuada, las facturas generadas por sus ventas de bienes o servicios a una compañía de factoring (factor) para que se ocupe de su gestión de cobro (se establece sobre todos o parte de los clientes). El factor además puede prestar un conjunto de servicios de carácter financiero, administrativo y comercial, entre los que se encuentra el pago anticipado de las facturas. Por tanto, a diferencia del descuento comercial o del crédito bancario, el factoring representa algo más que una mera financiación. La operación se refiere siempre a créditos comerciales a corto plazo, cedidos de manera continuada. La mayoría de las entidades de crédito suelen tener segmentos especializados en proporcionar este servicio. Para acceder a este tipo de operación, no será tan importante el
17 FINANCIACIÓN DE LA PYME III: PRODUCTOS DE FINANCIACIÓN BANCARIA 277 tamaño de la empresa (se ofrece a compañías de cualquier dimensión) como la solvencia de sus clientes, que será analizada con detalle. La operación se instrumenta mediante un contrato entre empresa y factor, que incorpora una cláusula de cesión de facturas por la que se autoriza al factor a cobrarlas (circunstancia que ha de ser notificada a los clientes de la empresa). En dicho contrato, han de establecerse claramente todos los servicios que el factor va a prestar a la empresa. Entre los servicios que puede prestar el factor, podemos distinguir los siguientes: Gestión de cobro de los créditos comerciales. Pago anticipado de las facturas. Control contable de las cuentas cobradas, de las pendientes de cobro y de las incidencias producidas. Investigación comercial de los clientes de la empresa, clasificándolos por su grado de solvencia. Cobertura del riesgo por insolvencias de los clientes (que puede llegar a ser hasta del 100%). Si tenemos en cuenta la cobertura del riesgo de impago, nos encontramos con la posibilidad de pactar dos tipos de factoring: Sin recurso: El factor se hace cargo del riesgo por insolvencia del cliente, no pudiendo actuar contra la empresa cedente si se produce impago. En este tipo de factoring, al igual que ocurría en el confirming (que siempre era sin recurso al cedente), la empresa puede dar de baja al cliente en su balance al ceder las facturas (con la consiguiente mejora de los ratios de liquidez). Con recurso: El factor no asume el riesgo por insolvencia, pudiendo actuar contra la empresa cedente en caso de impago. El hecho de tener una cobertura total del riesgo por insolvencia encarece enormemente el coste del factoring para la empresa, de ahí que se establezca la posibilidad de negociar coberturas inferiores al 100% que abaraten el coste. En el caso de factoring con recurso, el factor agotará el espacio temporal de reclamo al deudor (fijado en el contrato de factoring, e instrumentado habitualmente mediante avisos), antes de comunicarle el inicio de un procedimiento judicial contra él. No obstante, el factor nunca procederá contra el deudor sin tener el consentimiento previo de la empresa contratante del servicio. En el supuesto de no actuación, el factor
18 278 MANUAL DE GESTIÓN FINANCIERA PARA PYMES devolverá la factura a la empresa cedente (recuperando, en su caso, el dinero anticipado). Desde el punto de vista del pago de las facturas, se diferencian cuatro modalidades de factoring: Con pago al cobro: el factor abona el importe de las facturas a la empresa cedente cuando los clientes de ésta le pagan a él. Con pago al cobro con fecha límite: el factor ha de abonar las facturas según las va cobrando y antes de una fecha límite. Con pago a fecha fija: el factor abona el importe de las facturas en fechas fijas (vencimientos), independientemente de que estén cobradas o pendientes de cobro. Con pago anticipado: el factor abona el importe de las facturas, a petición de la empresa cedente, descontando un interés por anticiparlas. En las tres primeras modalidades hablaríamos de una gestión de cobro de las facturas (con diferentes formas de pago del factor a la empresa), mientras que en el último caso estaríamos ante una financiación propiamente dicha. En esta opción, existe cierta flexibilidad a la hora de pactar con el factor el porcentaje de la facturación que se quiere adelantar (la empresa puede decidir, por ejemplo, anticipar el 80% del importe adeudado por un cliente y dejar el 20% restante para que sea abonado al vencimiento de las facturas). Entre los costes del factoring (con pago anticipado o financiación), podemos encontrar: 1. Interés aplicado (equiparable al del descuento comercial y con igual procedimiento de cálculo). 2. Comisión de factoraje (un porcentaje aplicado sobre el nominal de las facturas cedidas). 3. Comisión de apertura (un porcentaje sobre el límite de riesgo aprobado, que se cobra al formalizar la operación). Para establecer la comisión de factoraje se tendrán en cuenta: Número e importe de las facturas cedidas (costes de manipulación). Número de deudores (clientes de la empresa). Cobertura o no del riesgo por insolvencia. Volumen de facturación de la empresa contratante.
19 FINANCIACIÓN DE LA PYME III: PRODUCTOS DE FINANCIACIÓN BANCARIA 279 Plazo de cobro. Características del sector en el que la empresa desarrolla su actividad (conflictividad, hábitos de pago, etc.). El porcentaje de coste aplicado por la gestión oscilará en función de la dificultad que encuentre el factor para cobrar las facturas, desde la mejor situación para él (pocas facturas y de gran importe, pocos deudores, sin cobertura del riesgo por insolvencia, plazo corto de cobro), hasta la peor (muchas facturas de pequeño importe, muchos deudores, cobertura total del riesgo por insolvencia, plazo largo de cobro). En cualquier caso, la compañía de factoring pondrá especial interés en comprobar la solvencia de los clientes de la empresa, siendo un factor fundamental tanto a la hora de establecer la relación contractual como al fijar su precio. Entre las ventajas que ofrece el factoring para la empresa, podemos enumerar las siguientes: Facilita el control contable de las facturas. Aumenta la eficacia en la gestión de cobros. Disminuye los costes de administración y gestión (teléfono, correspondencia, gastos por cobros de recibos, análisis de riesgos, etc.). Proporciona información periódica de los clientes y de su situación financiera (solvencia). Suprime las gestiones por impagos, morosidad y fallidos (en el factoring sin recurso ). Unido a lo anterior, evita el riesgo de fallidos por insolvencia (teniendo en cuenta los distintos grados de cobertura que pueden existir). Posibilita una sola fuente de financiación de las ventas. Contribuye a la disminución de costes financieros por demoras en los cobros. Mejora los ratios de liquidez (factoring sin recurso ) y rebaja el endeudamiento. Mejora la planificación y gestión financiera a corto plazo, evitando posibles desviaciones en el presupuesto de tesorería. Como inconvenientes de la operación podríamos hablar de los siguientes: Por lo general, resulta una financiación cara, sobre todo en el caso de dificultades en la gestión de cobro para el factor. No suelen aceptarse determinadas ventas, como las relacionadas con productos perecederos o aquellas que tienen vencimientos lejanos (más de 180 días).
20 280 MANUAL DE GESTIÓN FINANCIERA PARA PYMES Se produce una injerencia en la relación comercial entre cliente y proveedor de un externo (factor), e inclusive en la misma empresa proveedora (el factor accede a sus facturas, a su información contable). Un trato no adecuado del factor hacia los clientes de la empresa (a la hora de gestionar los cobros), puede perjudicar la relación comercial futura con ellos. Finalmente, hemos de señalar que el factoring puede realizarse tanto para mercado interno como externo; aspecto fundamental para las pymes exportadoras, que encuentran mayores obstáculos para operar en mercados exteriores, y que deben cuidar en extremo todo lo que afecte a sus cobros de extranjero. Una empresa nacional que venda sus productos en el exterior puede encontrar plazos largos de cobro, leyes distintas a las nacionales, gestiones administrativas complejas, etc.; y todo ello puede variar de un país a otro. Las pymes tendrán mayores dificultades a la hora de resolver este tipo de problemas que las empresas grandes con estructura suficiente para afrontarlos; de ahí que sean, precisamente las pequeñas y medianas empresas, las principales usuarias del factoring de exportación, caracterizado por las siguientes notas: Proporciona seguridad y comodidad en el cobro de facturas a clientes extranjeros. Elimina los mismos riesgos y proporciona las mismas ventajas que en el caso del mercado interior, pero que son más difíciles de gestionar para mercados exteriores. Es una fórmula competitiva respecto a otros productos de fomento a la exportación PÓLIZA DE CRÉDITO El Banco concede a la empresa el derecho a obtener fondos con un límite y hasta una fecha concreta, a cambio del cobro de unos intereses y comisiones. Durante el plazo acordado, la empresa puede hacer uso o no del crédito a su conveniencia, siendo el funcionamiento similar al de una cuenta corriente. Se formaliza mediante póliza de crédito o escritura pública, intervenida por fedatario público. La entidad bancaria suele exigir algún tipo de garantía (personal o real), proporcional al nivel de riesgo que el crédito lleve aparejado. Para facilitar la operativa se entrega talonario de cheques asociado a la cuenta correspondiente. La póliza de crédito es un producto dirigido a cubrir necesidades transitorias de financiación del activo
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