MANUAL DE CONVIVENCIA COLEGIO CAFAM 2013

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1 MANUAL DE CONVIVENCIA COLEGIO CAFAM 2013 El Manual de Convivencia es el resultado de un trabajo de reflexión y consenso que involucra a todas las instancias de la Institución. Tiene en cuenta los lineamientos establecidos por la Constitución Política de Colombia, la Ley 115 de 1994, el Decreto 1860 de 1994, el Acuerdo 04 del 2000, el Decreto 1286 de 2005, la Ley 1098 de 2006, el Decreto 1290 de 2009 y demás normas que reglamentan la educación formal. CAPÍTULO I SENTIDO ARTÍCULO 1. Dentro del Proyecto Educativo Institucional (PEI) el Manual de Convivencia del Colegio Cafam es: 1. Un recurso para promover y mantener en la comunidad una reflexión permanente sobre la ética cívica y la necesidad de toma de conciencia acerca de la dimensión pública de nuestra conducta y de las consecuencias positivas o negativas derivadas de ella. 2. Un compendio de los compromisos de cada estamento, valorados como una expresión de la comprensión de los derechos y aceptación de los deberes que cada uno de los integrantes de la comunidad debe asumir para mantener un ambiente propicio para la formación autónoma e integral. 3. Un conjunto de lineamientos que facilitan la autoevaluación del comportamiento de los integrantes de la comunidad del colegio y la adopción de las medidas pedagógicas y administrativas pertinentes. 4. Un documento que precisa el proceso que se debe seguir en caso de infringir alguno de los compromisos establecidos y aceptados en el Manual de Convivencia CAPÍTULO II COMPROMISOS GENERALES DE LA COMUNIDAD EDUCADORA El Manual de Convivencia compromete a todas las personas que conforman la comunidad educadora: estudiantes, padres, madres de familia y/o acudientes, directivos docentes, profesores, exalumnos y personal administrativo y de servicios. Es responsabilidad cumplirlo, socializarlo, velar por su cumplimiento y colaborar en su evaluación y perfeccionamiento. ARTÍCULO 2. Las personas que conforman los diferentes estamentos de la comunidad educadora asumen los siguientes compromisos: 1. Aceptar y promover el desarrollo integral y autónomo de las personas como fin y criterio de todas las actividades y programas de la Institución. 2. Comprender, acatar y respetar los lineamientos del Proyecto Educativo del Colegio Cafam y colaborar en su desarrollo y perfeccionamiento. 3. Respetar la integridad física, psicológica y moral de todos los miembros de la comunidad educadora sin discriminación alguna. 4. Actuar con honestidad en todo momento y lugar. 5. Responsabilizarse del propio perfeccionamiento, capacitación y evaluación de los logros individuales y grupales.

2 6. Mantener relaciones interpersonales cordiales con todos los integrantes de la comunidad educadora y respetar las diferencias individuales privilegiando el fin del Colegio y la convivencia comunitaria. 7. Buscar la solución de los conflictos por medio del diálogo directo y la conciliación, teniendo en cuenta las implicaciones del caso en lo individual y colectivo, siguiendo el conducto regular. El conducto regular para resolver las situaciones de conflicto es el siguiente: Primer nivel: Estudiante o padre de familia. Segundo nivel: Docente de la asignatura o director de grupo. Tercer nivel: Coordinador de área (aspectos académicos) o coordinador de ciclo (aspectos convivenciales). Cuarto nivel: Vicerrectoría Pedagógica. Quinto nivel: Rectoría. Sexto nivel: Consejo Directivo. 8. Atender las solicitudes de ayuda de la comunidad educadora y colaborar en el cumplimiento de sus funciones. 9. Participar en los procesos de conformación del Gobierno Escolar, colaborar en el desarrollo de sus programas y cumplir con las funciones establecidas de sus integrantes. 10. Presentar propuestas que ayuden al mejoramiento de la Institución y acatar las que sean acordadas y autorizadas por la instancia respectiva. 11. Realizar con calidad las actividades y trabajos asignados buscando el mejoramiento permanente de los procesos empleados para su ejecución. 12. Asistir con puntualidad a las celebraciones y actividades comunitarias dentro y fuera del colegio, y seguir las instrucciones para el desarrollo de las mismas. 13. Hacer uso adecuado de las instalaciones, zonas verdes, muebles y equipos del colegio y reparar los daños de manera oportuna. 14. Seguir las instrucciones de la Guía para Trámites. Ver Anexo Cuidar la imagen del colegio con la palabra y el comportamiento dentro y fuera de él. 16. No comercializar artículos o comestibles en el Colegio. La venta de textos usados entre estudiantes del colegio sólo se hará con el aval institucional y la respectiva autorización de padres, madres o acudientes. 17. No fumar ni consumir sustancias psicoactivas dentro o alrededor de las instalaciones del colegio. 18. Conocer y seguir el procedimiento establecido para PQRS (peticiones, quejas, reclamos o sugerencias) cuando sea pertinente. PARÁGRAFO. Es responsabilidad de la Institución Educativa dar cumplimiento al Decreto 3518 por medio del cual se legisla el Sistema de Vigilancia en Salud Pública que contempla La violencia intrafamiliar, el maltrato infantil y la violencia sexual. Son eventos prioritarios y por ende se notifican. De acuerdo con lo anterior, en caso de presentarse cualquier evento relacionado, el colegio tendrá la potestad de informarlo ante la entidad respectiva. CAPÍTULO III DEBERES Y DERECHOS DE LOS EDUCADORES ARTÍCULO 3. SON DERECHOS DE LOS EDUCADORES:

3 1. Ser valorados y respetados como personas y profesionales por todos los miembros de la comunidad educativa. 2. Participar en la construcción, seguimiento y evaluación del plan de estudios, el direccionamiento estratégico institucional, el enfoque pedagógico del colegio y el Manual de Convivencia. 3. Tener jefes idóneos, que quieran su profesión, respeten a sus colaboradores, evidencien los indicadores de autonomía, se comuniquen en forma oportuna y efectiva, se preocupen por fomentar un buen clima laboral, que apoyen la sostenibilidad y el desarrollo del colegio, realicen seguimiento al proyecto educativo y lideren acciones pedagógicas acordes con el enfoque pedagógico institucional. 4. Recibir orientación sobre el cargo, contar con acompañamiento de los coordinadores, ser evaluado en su desempeño pedagógico e informado de manera oportuna sobre el resultado de ésta y las acciones a seguir para mantener o mejorar su desempeño pedagógico integral. 5. Ejercer la autonomía en el desempeño de su cargo bajo los parámetros institucionales. 6. Contar con los recursos, espacios y servicios requeridos para desarrollar la acción pedagógica. 7. Ser innovador y prospectivo en el diseño y ejecución de las unidades de formación y demás actividades escolares. 8. Proponer y gestionar iniciativas de mejora profesional en las reuniones de área y ciclo. 9. Participar en procesos de autoformación en los seminarios institucionales. 10. Recibir de manera oportuna su salario y demás prestaciones legales. 11. Tener espacios de integración y esparcimiento con los pares. 12. Elegir y ser elegido para participar en el gobierno escolar. 13. Recibir información oportuna sobre hechos y datos que tengan que ver con su labor y ofrecer la retroalimentación correspondiente. 14. Obtener reconocimientos de parte de la comunidad educativa o cualquiera de sus estamentos por su desempeño. 15. Contar con la garantía del cumplimiento de las disposiciones legales y corporativas por parte del colegio. ARTÍCULO 4. DEBERES DE LOS EDUCADORES Los educadores del Colegio Cafam se rigen por el Reglamento Interno de Trabajo y el Código del Buen Gobierno y como miembros de la comunidad educativa asumen los siguientes compromisos explícitos: 1. Realizar todos los procesos administrativos, pedagógicos de acuerdo con el cargo, teniendo en cuenta la filosofía y las políticas de Cafam, la Misión y Visión del Colegio, la Legislación Educativa y el Proyecto Educativo Institucional. 2. Mantener con todos los estudiantes un lenguaje y trato cordial para promover en el aula un clima de libertad y de respeto en el cual cada quien se exprese con espontaneidad, valore las ideas de los demás, se fomente la investigación, la creatividad y se generen propuestas y acuerdos de mejoramiento permanente. 3. Asistir puntualmente a las clases. 4. Estimular y apoyar la participación de todos los integrantes de la comunidad en el Gobierno Escolar, en los grupos voluntarios de participación de estudiantes y en otras formas de participación que ayuden al

4 desarrollo de la autonomía. Se propiciará en todas las actividades curriculares y extracurriculares la mayor participación de los estudiantes. 5. Desempeñar el cargo con un alto nivel de responsabilidad profesional. 6. Generar y utilizar los medios necesarios para el perfeccionamiento permanente de su profesión. 7. Participar en los eventos programados por la institución que requieran de su presencia. Apoyar con intervención oportuna dentro y fuera del aula, el cumplimiento del presente Manual de Convivencia y los demás acuerdos que se establezcan en el colegio. 8. Aplicar todos los pasos del proceso de seguimiento y superación del estudiante, teniendo en cuenta el diálogo en cada uno de ellos (Ver Artículo 40). 9. Dar a conocer de manera oportuna al estudiante y a los padres/madres de familia las estrategias de valoración integral de los desempeños propuestos en cada disciplina. Informar sobre sus avances y dificultades en el logro de las competencias que debe alcanzar. Atender sus procesos de autoevaluación; proponer y orientar las estrategias de apoyo necesarias para resolver situaciones pedagógicas pendientes y las acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de los estudiantes durante el año escolar. 10. Escuchar y gestionar con amabilidad los reclamos e inquietudes de cualquier miembro de la comunidad dentro de los espacios y horarios establecidos por el colegio. 11. Dar a conocer de manera oportuna a los estudiantes la programación de actividades, los recursos necesarios, los criterios de evaluación y los estímulos especiales para los estudiantes sobresalientes. 12. Disponer y utilizar en forma oportuna y adecuada los recursos necesarios para el buen desarrollo de todas las actividades. 13. Participar en los procesos democráticos de integración del Gobierno Escolar, haciendo uso del derecho de conformar un Consejo de Profesores y de elegir los representantes al Consejo Directivo. De este mismo modo, los directivos tienen el deber de impulsar este proceso y conceder los espacios y tiempos pertinentes para el desarrollo de dichas actividades. 14. Trabajar en equipo con el padre o madre representante y el estudiante representante de cada curso en la dinamización del proyecto de curso para el diagnóstico, la verificación oportuna del cumplimiento de las metas y la solución de los problemas relacionados con el aprendizaje y la convivencia. 15. Comunicar de manera inmediata a quien corresponda, cualquier situación o comportamiento que afecte de forma positiva o negativa al colegio o a cualquier persona de la comunidad educativa. 16. Desarrollar con los estudiantes las guías que orientan la unidad de formación dentro del horario de la clases. Los docentes del colegio no pueden asesorar o dictar clases particulares a los estudiantes fuera de la institución. 17. Revisar y orientar oportunamente los trabajos realizados por los estudiantes. 18. Conocer los antecedentes académicos, de salud o condición especial de los estudiantes que conformarán su clase como director(a) de grupo y docente ejecutante. 19. Comunicar de manera oportuna al Vicerrector Pedagógico la situación de retardo a la hora de llegada al colegio o de ausencia laboral por enfermedad o calamidad doméstica. 20. Conocer y aplicar los acuerdos institucionales y corporativos, no concertar con los estudiantes actividades de carácter pedagógico o convivencial que no estén alineados con los mismos CAPÍTULO IV DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES

5 Sabiendo que la educación es un derecho-deber se contemplan los siguientes derechos y deberes ARTÍCULO 5. Son derechos de los estudiantes: 1. Ser respetados, valorados y escuchados como personas por todos los miembros de la comunidad educativa. 2. Recibir de la comunidad educativa buen ejemplo, acompañamiento, estímulo y atención integral. 3. Recibir una educación integral acorde con los principios del Proyecto Educativo Institucional. 4. Alcanzar los desarrollos definidos en el plan de estudios. 5. Participar en el desarrollo de los proyectos y actividades programadas por el colegio. 6. Tener educadores idóneos, que quieran su profesión, evidencien los indicadores de autonomía, se comuniquen en forma efectiva, se preocupen por su aprendizaje, realicen seguimiento al proceso de formación y lideren acciones pedagógicas acordes con el enfoque pedagógico institucional. 7. Conocer con anticipación los desarrollos que se esperan, los estándares de competencia de las áreas, la programación de las unidades de formación, las evaluaciones, la entrega de productos y demás actividades propias de las áreas. 8. Conocer el Manual de Convivencia y disfrutar de todas sus parámetros. 9. Recibir buen ejemplo de los padres, madres, compañeros, profesores y demás integrantes de la comunidad educativa. 10. Ser tratado con justicia y sin ningún tipo de discriminación. 11. Utilizar los recursos, espacios y servicios que ofrece el colegio en condiciones de seguridad. 12. Elegir y ser elegido para participar en el Gobierno Escolar y aportar ideas que faciliten la mejora en la planeación, ejecución y evaluación de las actividades escolares. 13. Expresar su pensamiento con respeto y tolerancia en las unidades de formación mediante el uso adecuado de los medios de comunicación escolares. 14. Ser evaluado en forma justa, conocer los resultados de manera oportuna y recibir orientación para superar las dificultades que se presenten en el proceso de formación. 15. Recibir apoyo académico si por justa causa no asistió al colegio, así mismo presentar de acuerdo con la programación definida, las tareas y las evaluaciones correspondientes. 16. Representar al colegio en olimpiadas, campeonatos u otros eventos de carácter académico, deportivo o cultural. 17. Contar con la garantía del cumplimiento de las disposiciones legales por parte del colegio. 18. Recibir del Colegio unidades de formación y actividades adicionales sobre el conocimiento de la Ley de Infancia y Adolescencia y de procesos de prevención integral del estudiante, entre ellos talleres, conferencias, divulgación por la emisora, el periódico virtual y en las direcciones de grupo. 19. Disfrutar de todos los derechos consagrados en la Constitución Política, en la Ley de Infancia y Adolescencia y demás normas que legislan en este campo. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES El incumplimiento de los deberes de los estudiantes contemplados en los artículos siguientes es considerado para cada uno de ellos como una falta leve.

6 Los deberes de los estudiantes son: ARTÍCULO 6. Asumir con responsabilidad el proceso de su propia formación académica y convivencial para alcanzar los estándares, habilidades y competencias contemplados en el plan de estudios, teniendo en cuenta el contexto institucional mediante acciones como: 1. Asistir de manera puntual a las clases y a todos los programas establecidos en el Colegio. La hora de entrada, todos los días es a las 6:45 a.m. y de salida a las 3:00 p.m., excepto el día jueves cuya hora de salida de la institución es a la 1:30 p.m. Después de las 3:00 p.m. no deben permanecer estudiantes dentro de las instalaciones del colegio a no ser que estén acompañados por un docente y con autorización escrita del Coordinador de Ciclo y visto bueno de la Vicerrectoría. En estos casos deben presentar el desprendible de la circular de autorización de los acudientes. 2. En caso de inasistencia, ésta debe estar respaldada por documentos idóneos (excusa médica o de calamidad doméstica) que la justifiquen, dicha excusa debe estar registrada en la agenda escolar. Los estudiantes de primaria entregarán la excusa a su director(a) de grupo; en bachillerato el estudiante presentará y solicitará la firma a cada uno de los docentes de las clases a las que no asistió, para acordar la presentación de trabajos o evaluaciones pendientes. Terminada esta labor se radica la excusa firmada en la coordinación de ciclo. El o la estudiante acordará con el respectivo docente de la asignatura el día y la hora para la presentación de los trabajos o evaluaciones pendientes en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles, previa presentación de la excusa escrita avalada por la coordinación de ciclo o el correspondiente soporte si está fuera del carácter médico. Dicha excusa no exonera al estudiante de entregar los trabajos o presentar las actividades programadas durante su ausencia el día que retorna a clases. 3. Llevar y utilizar en las clases los implementos necesarios (guía de aprendizaje, cuaderno, textos de consulta y materiales básicos) para las actividades académicas. 4. Participar en el desarrollo de las unidades de formación. 5. Realizar y entregar con calidad y en los tiempos acordados las tareas y proyectos propuestos en las unidades de formación. 6. Proponerse metas personales de aprendizaje y superación y hacerles seguimiento y control. 7. Cumplir con el trámite para permisos establecido en la Guía para Trámites (Anexo 4). 8. Devolver en buen estado los libros, medios audiovisuales, casillero o cualquier elemento que el colegio facilite para el desarrollo de las diferentes actividades de aprendizaje, respetando el reglamento del área que hace el respectivo préstamo. 9. Entregar a la oficina de objetos perdidos, los dineros, materiales didácticos, prendas que hagan parte del traje escolar, elementos electrónicos (celulares, IPOD, MP4, entre otros) o útiles que sean encontrados por el estudiante en el colegio. 10. Promover la seguridad y cuidado de los estudiantes más pequeños con respeto y cariño. ARTÍCULO 7. Acatar con respeto las orientaciones, los llamados de atención y los procesos de seguimiento y superación que el Director de Grupo, los profesores y funcionarios del colegio le brindan para su formación autónoma e integral. ARTÍCULO 8. Estar siempre consciente de sus propios logros y falencias, a partir de un proceso permanente de autoevaluación y, de las actividades de evaluación realizadas por los educadores. ARTÍCULO 9. Presentarse siempre aseado y con pulcritud, llevando el traje escolar completo y en buen

7 estado de acuerdo con el horario de clases. El cabello debe dejar descubierto el rostro, verse limpio, organizado y acorde con la elegancia y pulcritud del traje escolar y el uniforme de educación física. Evitar el uso de cortes y peinados propios de culturas juveniles y subculturas. Los accesorios para el cabello deben ser de los colores institucionales y de un tamaño moderado. Mientras el estudiante lleve el traje escolar, uniforme de educación física o esté representando a la comunidad educativa del Colegio Cafam, se aplican las siguientes restricciones: 1. No se permite el uso de piercing, expansiones o accesorios que no hagan parte del traje escolar (con excepción del uso de aretes pequeños para las estudiantes acordes a los colores institucionales). 2. Maquillaje removible o permanente en rostro y cabello. 3. Uso de esmalte de color. 4. Porte de accesorios extravagantes y símbolos propios de culturas y subculturas juveniles. PARÁGRAFO 1. Los miembros de la comunidad que tengan tatuajes deben cubrirlos mientras porten el traje escolar sin que esto implique modificación de las características del traje escolar o el uniforme de Educación Física. PARAGRAFO 2. Como parte de la buena presentación e higiene personal, los estudiantes deberán llevar el kit de aseo que consta de: jabón, crema dental, papel higiénico, toalla y cepillo de dientes. ARTÍCULO 10. El traje diario comprende el traje escolar y el uniforme de Educación Física, los cuales deben portarse de acuerdo con lo contemplado en el Anexo 1: Traje Escolar. Se debe permanecer durante toda la jornada con el traje escolar completo, en todos los espacios del colegio. No se puede modificar el diseño original, ni agregar logos no contemplados oficialmente por la Corporación. La chaqueta de Prom debe usarse únicamente sobre el traje escolar de diario y no reemplaza ninguna prenda del mismo; no se debe usar con la sudadera. Para el trabajo en el laboratorio de Química, Ciencias Naturales y Taller de Diseño Industrial es indispensable utilizar bata blanca de mangas largas. PARÁGRAFO 1. El estudiante que utilice una prenda diferente al traje escolar, deberá hacer entrega de dicha prenda al docente que le haga el llamado de atención. Se registra el hecho en un memorando. La prenda será devuelta únicamente a los padres de familia o acudiente. PARÁGRAFO 2. Los estudiantes de décimo y undécimo grado podrán usar la sudadera del colegio un día adicional al día que tienen dicha asignatura, según acuerdo con la Coordinación del Ciclo Cuatro. ARTÍCULO 11. Cumplir con las responsabilidades y compromisos asumidos en el Gobierno Escolar, en los grupos voluntarios de participación y en las actividades especiales con las cuales se compromete. ARTÍCULO 12. No incurrir en comportamientos que molesten a los demás, impidan el desarrollo de las actividades escolares o perjudiquen la buena imagen de la comunidad educadora. Éstos son: 1. Incumplir con los deberes académicos, 2. Cohibir o burlarse de cualquier miembro de la comunidad, o compañero de la clase cuando formule preguntas, exprese opiniones personales o sobresalga por su interés y capacidad.

8 3. Poner sobrenombres que degraden o afecten a la persona. 4. Usar celular, software, programas, accesorios electrónicos u otros elementos NO autorizados por el profesor, que impidan el normal funcionamiento de las actividades durante la Unidad de Formación, evaluaciones u otra actividad académica. En clase los teléfonos celulares deben permanecer APAGADOS. 5. Utilizar inadecuadas manifestaciones de afecto o inapropiadas relaciones interpersonales, dentro y alrededor de las instalaciones del colegio o cuando se está portando el traje escolar en cualquier contexto. 6. Utilizar palabras que denigren de la integridad de la persona o del colegio 7. Usar un vocabulario soez. 8. Generar desorden en las tiendas escolares y en el comedor. 9. Arrojar basura al piso en cualquier zona del colegio. 10. Permanecer en los salones durante los descansos o en la hora de almuerzo, sin previa autorización del docente correspondiente. 11. Practicar juegos de azar. 12. Usar en forma inapropiada un casillero. 13. Comercializar artículos o comestibles en el colegio sin autorización expresa a nivel institucional. 14. Consumir alimentos, goma de mascar o bebidas dentro del aula de clase o en actividades académicas. 15. Realizar compras o cualquier tipo de transacción, recibir o pasar objetos, adelantar conversación con personas ajenas a la institución educativa a través de las mallas de cerramiento de las instalaciones del colegio. 16. Descuidar las pertenencias. El uso de celulares, MP3, MP4, IPOD, u otros elementos electrónicos o de comunicación y juegos didácticos está permitido sólo en los descansos o en situaciones autorizadas por el docente. El colegio no se responsabiliza por la pérdida o daño de los artículos mencionados o de otros necesarios para el desarrollo de las actividades académicas, por lo tanto el daño o pérdida de dichos elementos es responsabilidad del dueño. 17. Engañar de cualquier manera a un integrante de la comunidad educativa. 18. Tomar textos, gráficos, modelos, software y otros recursos de aprendizaje sin el debido crédito o derecho de autor. 19. Usar en forma inadecuada las tecnologías de la información y la comunicación. 20. Evadir actividades escolares. Si el estudiante evade clase por segunda vez, mostrando así que no atendió las orientaciones de sus docentes se considerará como falta grave y se aplicará el proceso disciplinario para casos especiales. 21. Realizar acciones indebidas como: copiar o dejar que otros copien en exámenes, tareas o trabajos, fotocopiar trabajos o producciones de otros(as) compañeros(as), pasar o recibir respuestas por diferentes medios (borradores, tajalápiz, esferos, celulares, calculadoras, comprimidos u otros). Utilizar material no autorizado para las actividades evaluativas. 22. Otros comportamientos que, aunque no estén explícitamente mencionados en este numeral, por su naturaleza, circunstancias y efectos perjudiquen la integridad de las personas, la buena imagen de la comunidad educadora o de Cafam. PARÁGRAFO 1. Para los daños causados a los espacios, instalaciones, muebles y enseres del colegio, se procede de la siguiente manera:

9 a. Descripción del daño. b. Definición del grado de responsabilidad. c. Registro del hecho en el memorando y acción formativa pertinente. d. Citación al padre, madre o acudiente quien deberá cancelar el valor de los daños causados, en el menor tiempo posible. PARÁGRAFO 2. El estudiante que interrumpa la clase con el uso de elementos o accesorios que impidan el normal funcionamiento de la misma y no acate las sugerencias dadas por el docente, deberá hacer entrega de dicho elemento al profesor. Se registra el hecho en un memorando. El elemento será devuelto únicamente a los padres de familia o acudiente. PARÁGRAFO 3. Toda falta leve reiterativa se convierte en falta grave y su seguimiento será el mismo de una falta grave. PARÁGRAFO 4. Si el estudiante presenta durante el periodo varias faltas leves, el proceso pedagógico que se realizará será igual que el de una falta grave. PARÁGRAFO 5. La hora del almuerzo, el recorrido en el transporte escolar y la participación en eventos deportivos, culturales y sociales que realiza el colegio fuera de sus propias instalaciones, se constituyen en oportunidades de formación. Por esta razón, cualquier comportamiento inadecuado en estos espacios o eventos es tratado de acuerdo con el proceso de seguimiento establecido para las demás conductas dentro de las instalaciones del colegio Ver Anexo 2 comportamiento en el comedor y (Anexo 3). Comportamiento en el bus escolar. ARTÍCULO 13. Hacer uso adecuado de muebles, instalaciones, servicios y equipos del colegio respetando los horarios establecidos, manteniendo una relación de cordialidad con todos los integrantes de la comunidad y con otras personas que utilicen las instalaciones o administren estos servicios. ARTÍCULO 14. Llevar el carné estudiantil y presentarlo cuando sea solicitado por el personal administrativo, por el cuerpo docente o por el personal de seguridad del colegio. Finalizado el año escolar el documento será perforado por un funcionario del colegio. ARTÍCULO 15. Entregar de manera oportuna a los padres de familia o acudientes las circulares y la información académica, convivencial y de cartera, y devolver firmados los desprendibles de recibido al monitor(a) de asistencia con el debido seguimiento del(a) Director(a) de Grupo en los tiempos estipulados. ARTÍCULO 16. Mantener actualizada la información personal requerida por el colegio. ARTÍCULO 17. Comunicar de manera oportuna a quien corresponda, cualquier situación o comportamiento que afecte de forma positiva o negativa al colegio o a cualquier persona de la comunidad educativa. ARTÍCULO 18. CUMPLIR COMPROMISOS ACADÉMICOS. Quienes participen en eventos o torneos deportivos representando al colegio o a nivel personal, en horario de clase, deben responder por los compromisos académicos de las respectivas asignaturas, máximo en una semana. ARTÍCULO 19. No incurrir en faltas graves como:

10 1. Apropiarse o sustraer bienes ajenos dentro o fuera de la institución. 2. Agredir a cualquier miembro de la comunidad independientemente de la forma y el medio. 3. Realizar actos de vandalismo tales como: provocar incendios, destruir mobiliario, dañar instalaciones o equipos, quitar o dañar señalizaciones y elementos de seguridad y otras que por su naturaleza afecten la infraestructura física del colegio. 4. Calumniar, injuriar, difamar, generar mal ambiente y otras acciones que atenten contra el derecho, la honra y el buen nombre de cualquier miembro de la comunidad, por cualquier medio. 6. Utilizar sustancias tóxicas que atenten contra la salud pública. 7. Falsificar documentos, firmas o evaluaciones. 8. Salir del colegio sin autorización durante el horario académico. 9. Encubrir o ser cómplice de hechos que perjudiquen a personas de la comunidad y la institución educativa. 10. Intimidar mediante actos que impidan el libre desarrollo o expresión de algún integrante de la comunidad. 11. Suplantar a las personas. 12. Abrir casilleros que no sean de su uso personal sin autorización del usuario. ARTÍCULO 20: No incurrir en faltas gravísimas como: 1. Llevar, comprar, vender, guardar, manipular o consumir sustancias psicoactivas dentro o alrededor de las instalaciones del colegio o portando el traje escolar o uniforme de Educación Física. Dentro de las sustancias psicoactivas se incluyen el cigarrillo y el alcohol. 2. Inducir a otros a portar, comprar, guardar, manipular o consumir sustancias psicoactivas (incluidos el alcohol y el cigarrillo) dentro o alrededor del colegio o portando el traje escolar o el uniforme de Educación Física. 3. Presentarse bajo los efectos de sustancias psicoactivas (incluido el alcohol) a cualquier actividad del colegio. 4. Portar cualquier tipo de arma. 5. Ejercer sobre cualquier integrante de la comunidad escolar acciones de MATONEO, ACOSO ESCOLAR, INTIMIDACIÓN O BULLYING. 6. Otros comportamientos que, por su naturaleza, circunstancias y efectos aunque no estén explícitamente mencionados en este numeral, representen graves riesgos para la comunidad o se constituyan en infracción de carácter penal de acuerdo con las leyes colombianas. PARÁGRAFO 1: una falta es considerada gravísima, al estudiar sus características de intención, daño causado y circunstancias en que se cometa. PARÁGRAFO 2: si el estudiante presenta durante el periodo varias faltas graves las medidas convivenciales que se tomarán serán iguales a las de una falta gravísima. CAPÍTULO V COMPROMISOS ESPECÍFICOS DE MADRES, PADRES O ACUDIENTES DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA. (Decreto 1286 del 27 de abril de 2005)

11 ARTÍCULO 21. Los principales derechos de los padres de familia en relación con la educación de sus hijos son los siguientes: 1. Elegir el tipo de educación que, de acuerdo con sus convicciones, procure el desarrollo integral de los hijos, de conformidad con la Constitución y la ley; 2. Recibir información del Estado sobre los establecimientos educativos que se encuentran debidamente autorizados para prestar el servicio educativo; 3. Conocer con anticipación o en el momento de la matrícula las características del establecimiento educativo, los principios que orientan el Proyecto Educativo Institucional, el Manual de Convivencia, el Plan de Estudios, las estrategias pedagógicas básicas, el sistema de evaluación escolar y el plan de mejoramiento institucional; 4. Expresar de manera respetuosa y por conducto regular sus opiniones respecto del proceso educativo de sus hijos y sobre el grado de idoneidad del personal docente y directivo de la institución educativa; 5. Solicitar y recibir orientación sobre la educación de su hijo; 6. Participar en el proceso educativo que desarrolle el establecimiento en que están matriculados sus hijos y, de manera especial, en la construcción, ejecución y modificación del proyecto educativo institucional; 7. Recibir respuesta suficiente y oportuna a sus requerimientos sobre la marcha del establecimiento y sobre los asuntos que afecten particularmente el proceso educativo de sus hijos; 8. Recibir durante el año escolar y en forma periódica, información sobre el rendimiento académico y el comportamiento de sus hijos; 9. Conocer la información sobre los resultados de las pruebas de evaluación de la calidad del servicio educativo y, en particular, del establecimiento en que se encuentran matriculados sus hijos; 10. Elegir y ser elegido para representar a los padres de familia en los órganos de Gobierno Escolar y ante las autoridades públicas, en los términos previstos en la Ley General de Educación y en sus reglamentos. 11. Ejercer el derecho de asociación con el propósito de mejorar los procesos educativos, la capacitación de los padres en los asuntos que atañen a la mejor educación y el desarrollo armónico de sus hijos. 12. Mantener actualizada la información personal requerida por el colegio. 13. Comunicar de manera oportuna a quien corresponda cualquier situación o comportamiento que afecte de forma positiva o negativa al colegio o a cualquier persona de la comunidad educativa. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA (Decreto 1286 del 27 de abril de 2005) ARTÍCULO 22. Con el fin de asegurar el cumplimiento de los compromisos adquiridos con la educación de sus hijos, corresponde a los padres de familia los siguientes deberes: 1. Matricular de forma oportuna a sus hijos en establecimientos educativos debidamente reconocidos por el Estado y asegurar su permanencia durante su edad escolar obligatoria. 2. Contribuir para que el servicio educativo sea armónico con el ejercicio del derecho a la educación y en cumplimiento de sus fines sociales y legales. 3. Cumplir con las obligaciones contraídas en el acto de matrícula y en el Manual de Convivencia para facilitar el proceso educativo. 4. Contribuir en la construcción de un clima de respeto, tolerancia y responsabilidad mutua que favorezca la educación de los hijos y la mejor relación entre los integrantes de la comunidad educativa.

12 5. Comunicar de manera oportuna y en primer lugar a las autoridades del establecimiento educativo, las irregularidades de que tengan conocimiento, entre otras, en relación con el maltrato infantil, abuso sexual, tráfico o consumo de drogas ilícitas. En caso de no recibir pronta respuesta, acudir a las autoridades competentes. 6. Apoyar al colegio en el desarrollo de las acciones que conduzcan al mejoramiento del servicio educativo y que eleven la calidad de los aprendizajes, especialmente en la formulación y desarrollo de los planes de mejoramiento institucional. 7. Acompañar el proceso educativo en cumplimiento de su responsabilidad como primeros educadores de sus hijos, para mejorar la orientación personal y el desarrollo de valores ciudadanos. Participar en el proceso de autoevaluación anual del establecimiento educativo. ARTÍCULO 23. Hacen parte de los compromisos específicos de los padres y madres de familia Cafamistas los siguientes: 1. Conocer y apoyar el Proyecto Educativo del colegio, las acciones pedagógicas y administrativas necesarias para la formación de los estudiantes y el mejoramiento de la institución. 2.. Acompañar al hijo(a) para que cumpla todos los deberes académicos y convivenciales registrados en el documento de matrícula y en el Manual de Convivencia. 3. Asistir de manera puntual y participar en todas las reuniones convocadas por el colegio para el análisis de la situación académica o convivencial de los estudiantes. Si los padres o acudientes no asisten y no presentan excusa, el estudiante no podrá ingresar a clases hasta que se presenten al colegio ante el director de grupo. 4. Respaldar las actividades formativas asumidas por su hijo(a) como el servicio social, los grupos de participación y otros en los que el estudiante se comprometa. 5. Asumir con responsabilidad las sesiones de capacitación que ofrezca el colegio, tanto por medio virtual como presencial. Asistir y participar activamente, mínimo en dos eventos de capacitación presencial durante el año. 6. Asistir con puntualidad a las citaciones hechas por los docentes, solamente en los horarios establecidos y, en ningún caso, interrumpir el desarrollo normal de las clases o actividades programadas por el colegio. 7. Respetar y cumplir el horario de llegada y de finalización de clases dejando y recogiendo a sus hijos en los horarios establecidos. Acatar las medidas administrativas que la institución establezca para los casos de inasistencia o de retardos reiterados. PARÁGRAFO. En primaria los estudiantes peatones deben ser recogidos por los padres de familia o acudientes de forma puntual. En caso de los reiterados incumplimientos en el horario, los padres de familia deberán asistir al taller educativo, un sábado. 8. Trabajar en equipo con el Director de Grupo, el Padre o Madre Representante y el Estudiante Representante de cada curso en el desarrollo del proyecto de curso para el diagnóstico, cumplimiento de las metas y solución de los problemas relacionados con el aprendizaje y la convivencia. 9. Devolver de manera oportuna los desprendibles de las circulares. 10. Acatar las acciones pedagógicas y administrativas que el Consejo Directivo y/o Consejo de Padres aplique a los padres, madres de familia o acudientes que lesionen la imagen institucional o asuman una actitud irrespetuosa y agresiva con cualquiera de los integrantes de la comunidad educadora. PARÁGRAFO. Las actitudes irrespetuosas y agresivas con directivos, docentes o cualquier miembro de la

13 comunidad educadora es falta grave y amerita un llamado de atención escrito por parte de la instancia correspondiente. En caso de reincidencia será remitido al Comité de Convivencia en el cual debe estar presente un representante del Consejo de Padres, para que se adopten las medidas pertinentes. 11. Establecer con las directivas, el Director de Grupo y los profesores de su hijo(a), una comunicación respetuosa, abierta y oportuna con el fin de mantenerse enterado de su rendimiento académico y convivencial. Cuando el estudiante presente dificultades académicas y/o convivenciales debe comprometerse a brindar el acompañamiento escolar y terapéutico que sea necesario, y presentar en forma oportuna el respectivo seguimiento escrito a quien lo requiera. PARÁGRAFO. Un medio de comunicación entre el colegio y los padres, madres o acudientes es la página virtual del colegio, por lo tanto ésta debe ser consultada periódicamente. 12. Propiciar un ambiente familiar adecuado para el desarrollo integral y autónomo de su hijo(a). Apoyar el aprendizaje, facilitando y respetando su tiempo de estudio, proporcionando oportunamente los elementos necesarios, reconociendo sus logros y motivándolo a establecer metas propias de superación personal. 13. Propiciar las condiciones necesarias para que su hijo(a) porte correctamente el traje escolar y cuide su presentación personal. 14. Controlar el regreso oportuno a casa y la sana ocupación del tiempo libre. 15. Informar, devolver al día siguiente y tomar medidas correctivas, si el hijo(a) llega a casa con elementos que no son de su propiedad. 16. Comunicar oportunamente al director de grupo cualquier recomendación realizada por el médico del estudiante, para mantener el bienestar de su salud. 17. Cumplir oportunamente con los pagos de matrícula, pensiones y materiales de aprendizaje, aprobados por el Consejo Directivo para el año escolar y demás servicios especiales como transporte y comedor. PARÁGRAFO. El pago puntual de las pensiones facilita al colegio la posibilidad de brindar una calidad educativa y responder con los gastos y obligaciones administrativas que no admiten demoras. El colegio ejerce su derecho a exigir el cumplimiento de este compromiso asumido el día de la matrícula y establece estrategias compensatorias como el pago de extemporaneidad e intereses por mora. En una situación reiterativa de morosidad, el colegio se reserva el derecho de admisión. 18. Conocer y acatar las normas administrativas y del Gobierno Escolar respetando la organización de la institución, los programas debidamente acordados, los horarios y espacios autorizados para las actividades y para la atención de los docentes. Seguir los procedimientos establecidos para los trámites académicos y administrativos. PARÁGRAFO 1. El colegio se reserva el derecho de admisión de los estudiantes, cuyos padres o acudientes incumplan cualquiera de los compromisos establecidos en el presente capítulo. PARÁGRAFO 2. El padre/madre representante de curso y de grado deberá cumplir con el perfil y los compromisos establecidos. PARAGRAFO 3. El padre/madre representante de curso que no pueda continuar con su labor deberá presentar la carta de renuncia a la Vicerrectoría con copia al Consejo de Padres, al Director de Grupo y al Coordinador (a) de Gobierno Escolar.

14 CAPÍTULO VI SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ARTÍCULO 24. CONCEPTOS GENERALES QUE ORIENTAN EL PROCESO DE EVALUACIÓN El colegio de hoy comparte el ideal teórico de pensar la autonomía como la finalidad de la educación. En este marco, se valora como un desarrollo que permite a la persona tomar el control de su vida desde las dimensiones social e intelectual. La dimensión social implica responsabilidad frente a los propios actos, toma de conciencia y acción como miembro de una sociedad civil, y la intelectual exige pensar por sí mismo y aprender a aprender. Desde esta perspectiva los conceptos generales que orientan el proceso de evaluación son los siguientes: 1. EVALUACIÓN. Proceso pedagógico permanente y sistémico, conformado por actividades de carácter verificable y racional, mediante las cuales el estudiante, el docente y los padres de familia adquieren información sobre el desarrollo de la formación integral. La información que ofrece la evaluación se constituye en un nuevo punto de partida para generar cambios en los hábitos, en las estrategias y en los modelos de acompañamiento. En este proceso el protagonista y principal responsable es el estudiante. La evaluación implica la comparación de una realidad observada o medida, con un criterio previamente establecido (indicador de desempeño), y la expresión de un juicio de valor, para lo cual el docente recolecta información mediante el uso de variedad de estrategias e instrumentos de evaluación. El colegio desarrolla la evaluación formativa como la principal estrategia de mejoramiento permanente. 2. COMPETENCIA. Se entiende como un Saber hacer en situaciones concretas que requieren la aplicación creativa, flexible y responsable de conocimientos, habilidades y aptitudes. 3. ESTÁNDAR BÁSICO DE COMPETENCIA. Criterio claro y público que permite evaluar si un estudiante, una institución o el sistema educativo en su conjunto cumple con las expectativas comunes de calidad; expresa una situación deseada en cuanto a lo que se espera que todos los estudiantes aprendan en cada una de las áreas a lo largo de su paso por la Educación Básica y Media. 4. DESEMPEÑO. Uso efectivo de las competencias en situaciones concretas. 5. INDICADOR DE DESEMPEÑO. Reto medible que evidencia avance en el alcance del nivel de competencia, expresado de manera flexible, eficaz y con sentido. De este descriptor se dará cuenta en los informes Académicos Convivenciales. 6. ACCIONES DE MEJORA. Actividades que se desarrollan con el fin de lograr el aumento progresivo del nivel de desempeño de los estudiantes desde sus propósitos, necesidades y expectativas, a través del conocimiento y aplicación de herramientas apropiadas. 7. ROL DEL DOCENTE. Mediador pedagógico entre el estudiante y la información, diseñador y/o ejecutor de situaciones de enseñanza orientadas a activar procesos de aprendizaje en los estudiantes. En este marco propone retos, potencia desarrollos y retroalimenta a nivel individual y grupal. 8. ROL DEL ESTUDIANTE. Aprendiente protagonista de su propio proceso de aprendizaje en busca de su desarrollo integral y autónomo. 9. ROL DE LOS PADRES DE FAMILIA. Apoyar y acompañar el proceso de aprendizaje de sus hijos de acuerdo con las orientaciones dadas por la institución. ARTÍCULO 25.

15 ESCALA DE VALORACIÓN A continuación se presenta la escala de valoración institucional de los desempeños y su respectiva equivalencia con la escala nacional. ESCALA NACIONAL ESCALA NUMÉRICA - RANGOS CRITERIOS ACADÉMICOS DESEMPEÑO SUPERIOR DESEMPEÑO ALTO 9.5 < Desempeño < 10.0 Evidencia excelente nivel de Desempeño igual o superior a 9.5 hasta 10.0 competencia 8.0 < Desempeño < 9.5 Desempeño igual o superior a 8.0 hasta menor que 9.5 Evidencia sobresaliente nivel de competencia. DESEMPEÑO BÁSICO DESEMPEÑO BAJO 7.0 < Desempeño < 8.0 Desempeño igual o superior a 7.0 hasta menor que < Desempeño < 7.0 Desempeño igual o superior a cero hasta menor que 7.0 Desempeño mínimo aprobatorio Desempeño deficiente o ausencia de evidencia del nivel de competencia. ARTÍCULO 26. APROBACIÓN DE ASIGNATURAS Y/O ÁREAS APROBACIÓN POR PERÍODO: un área o una asignatura se aprueba en un periodo con una calificación igual o superior a 7.0 como resultado del promedio de los indicadores de desempeño definidos para ese periodo. APROBACIÓN DEFINITIVA: un área se aprueba en definitiva si el promedio de las valoraciones de los cuatro periodos es igual o superior a 7.0. La aprobación de un área compuesta por varias asignaturas se logra si el resultado del promedio de las mismas es igual o superior a 7.0 PARÁGRAFO 1. En la Educación Básica Secundaria (sexto a noveno grado) el área de Ciencias Naturales está conformada por tres saberes (Biología, Química y Física) por lo tanto la aprobación del área se alcanza con el promedio de los tres saberes vistos en los cuatro periodos. PARÁGRAFO 2. La ausencia injustificada al 10% de las unidades de formación durante el año en un área o asignatura conlleva a la no aprobación de la misma. La justificación debe ser médica, por calamidad doméstica, caso fortuito, o fuerza mayor y debe presentarse a más tardar en la unidad en la que se reintegre con el aval del padre de familia o acudiente. ARTÍCULO 27. ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES Cada una de las áreas o asignaturas determina un máximo de dos indicadores de desempeño por periodo en donde se incluye el indicador de autonomía que lidera el área y articula los aspectos cognitivos, procedimentales y actitudinales en concordancia con las competencias específicas del área con el fin de garantizar una evaluación integral. Al finalizar cada periodo académico deben aparecer los resultados de los indicadores evaluados.

16 ARTÍCULO 28. LAS ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR 1. Aplicación de estrategias de evaluación formativa en cada asignatura 2. Diálogo permanente de los docentes con el estudiante para analizar los avances y oportunidades de mejora que tiene el estudiante. 3. Atención especial a padres y estudiantes por parte del Director de Grupo y/o Docentes Ejecutantes para informar sobre la situación académica. 4. Seguimiento del desempeño del estudiante en su hoja de vida, memorandos, cartas de compromiso o felicitaciones. 5. Envío de preinforme académico a mitad de cada uno de los periodos para que sea objeto de análisis y reflexión por parte de estudiantes y padres de familia para tomar las medidas necesarias que permitan alcanzar los indicadores propuestos. 6. Seguimiento especial del Coordinador de Área (para lo académico) o de Ciclo (para lo convivencial) con el estudiante y acudientes. 7. Seguimiento especial por parte de Vicerrectoría a los estudiantes y acudientes con excesivas dificultades académicas. 8. Seguimiento por parte del Consejo Académico a los estudiantes, cursos o asignaturas con dificultades. 9. Divulgación, orientación y seguimiento a las acciones de mejora presentadas desde las diferentes asignaturas y en los diferentes períodos que permitan a los estudiantes superar las dificultades presentadas. 10. Concientización del estudiante acerca de la importancia de diseñar, ejecutar, monitorear y evaluar el plan de acción de mejora que evidencie cambio de actitud y superación de los resultados académicos o convivenciales. 11. Seguimiento al proyecto de curso. En reunión dirigida por el equipo pedagógico del curso integrado por el Director(a) de Grupo, el padre o madre representante, el estudiante representante y los monitores de asignaturas. Se analiza el desarrollo del proyecto de curso, sus fortalezas, avances y oportunidades de mejora para determinar las acciones personales y grupales para alcanzar el éxito escolar. Dicha reunión se realizará una vez terminado cada periodo académico. ARTÍCULO 29. INCENTIVOS A ESTUDIANTES CON DESEMPEÑO SUPERIOR En el Colegio Cafam se contará con los siguientes incentivos como reconocimiento a la excelencia de los estudiantes en los diferentes campos de desarrollo. 1. Mención en el cuadro de honor por periodo para los estudiantes con mejor desempeño académico y convivencial de cada curso. 2. Carta de reconocimiento al mejor estudiante del curso. 3. Apoyo a la participación activa en eventos académicos, artísticos y deportivos internos y externos liderados por las diferentes áreas. 4. Beca al mejor estudiante de cada grado para el año siguiente.

17 5. Premio MELIORI al mejor estudiante de cada taller del Área de Expresión. 6. Beca por un año en cualquier universidad del país al mejor bachiller. 7. Beca para cursar una carrera en la Fundación Universitaria Cafam. Se concede al estudiante destacado por su liderazgo social. 8. Beca por un año a los estudiantes que demuestren excelencia deportiva en competencias nacionales e internacionales conforme a las condiciones definidas en la Resolución. PARÁGRAFO: las becas institucionales se mantienen si se cumple con los compromisos académicos y convivenciales en cada periodo, en caso de no cumplirlos en un periodo académico se pierde este incentivo de manera definitiva, por lo tanto el estudiante y su familia deberán asumir las obligaciones económicas a partir del siguiente periodo y por el tiempo restante del año escolar. ARTÍCULO 30. PROCESO DE AUTOEVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES La autoevaluación se promueve mediante el uso regular de estrategias. Algunas de éstas son: 1. Rejillas de autoevaluación incluidas en las guías de aprendizaje en las que se establecen criterios específicos de acuerdo con los desempeños esperados. 2. Autoevaluación convivencial por periodo, la cual se da desde un diálogo formativo entre el estudiante y el/la Director(a) de Grupo a partir del análisis de los criterios establecidos en el Manual de Convivencia y las metas personales. Ésta se registra en la Hoja de Vida del estudiante. ARTÍCULO 31. ESTRATEGIAS DE APOYO PARA RESOLVER SITUACIONES PEDAGÓGICAS PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTES. El estudiante que presente un nivel de desempeño bajo y aquellos que deseen demostrar mayor aprendizaje y quieran mejorar la valoración de sus desempeños en alguna área o asignatura en un periodo deben iniciar un proceso de mejora. Para ello es necesario que aplique las estrategias que se relacionan a continuación. 1. La Autorregulación. Esta estrategia comprende la disposición activa en cada una de las unidades de formación, la definición de metas de aprendizaje, el desarrollo de acciones dirigidas a identificar las dificultades y la puesta en marcha de acciones correctivas 2. Acciones de mejora. En la página virtual del colegio se publicarán las acciones de mejora de cada periodo. Éstas permitirán al estudiante avanzar en su nivel de desempeño. Su ejecución deberá cumplir con altos niveles de calidad y evidenciar aprendizajes a nivel cognitivo, procedimental y actitudinal 3. Trabajo individual extra-clase. El estudiante con base en su autoevaluación toma conciencia, reflexiona y analiza su situación académica - convivencial y solicita la orientación de un compañero o tutor externo para desarrollar acciones de mejora. 4. Evidencias de aplicación de acciones de mejora. Al término del trabajo individual extraclase, en cada periodo, en fecha programada por la Institución, debe presentar las acciones de mejora desarrolladas como requisito para presentar la evaluación de mejora o nivelación. 5. Evaluación escrita. Mediante una evaluación escrita el estudiante demostrará el aprendizaje. Si aprueba la evaluación, la valoración del periodo será modificada, de lo contrario se mantendrá la

18 valoración que obtuvo en el periodo para el promedio de la valoración definitiva. 6. Apoyo de Bienestar Estudiantil. Si un estudiante presenta incumplimiento reiterado de los deberes estudiantiles académicos o convivenciales será remitido a Bienestar Estudiantil, según criterio del/la Director(a) de Grupo, con el fin de recibir apoyo continuo con participación obligatoria de padres de familia y/o acudientes. Este proceso será monitoreado y apoyado por el/la Director(a) de Grupo con la retroalimentación oportuna de Bienestar Estudiantil. PARÁGRAFO 1. En casos excepcionales definidos por el Coordinador de Ciclo y/o Consejo Académico se podrá establecer la desescolarización de un(a) estudiante por un periodo determinado. El (la) estudiante debe cumplir con los compromisos establecidos por el colegio para su evaluación en las fechas estipuladas. PARÁGRAFO 2. Si un estudiante no graduado solicita mediante carta, la opción de nivelar situaciones académicas pendientes de años anteriores cursados en el colegio, éstas se resolverán presentando pruebas escritas de suficiencia para las asignaturas que lo requieran. La aprobación exige la nota de 7.0. PARÁGRAFO 3. Para los estudiantes que no alcancen como mínimo el nivel de desempeño básico en cualquier indicador de desempeño es obligatorio desarrollar el proceso de mejoramiento en todas sus etapas. ARTÍCULO 32. CORRECCIÓN DE UNA VALORACIÓN. Si se requiere la corrección de una valoración, el profesor ejecutante debe diligenciar el formato de corrección de valoraciones académicas o convivenciales, obtener el visto bueno del Coordinador de Área (si es académico) o de Ciclo (si es convivencial). Este formato debe ser presentado a la Vicerrectoría Pedagógica para su revisión. Desde esta dependencia se solicita la modificación en el sistema de información. ARTÍCULO 33. PERIODICIDAD DE ENTREGA DE INFORMES A LOS PADRES DE FAMILIA El año escolar comprende cuatro periodos académicos. Al finalizar cada uno se entrega un informe académico y convivencial conforme a la escala de valoración registrada en el Artículo 25. En éste se registran los avances y dificultades presentados en el proceso de formación del estudiante durante el periodo correspondiente en cada área o asignatura. ARTÍCULO 34. ESTRUCTURA DE UN INFORME ACADÉMICO CONVIVENCIAL Un informe académico- convivencial describe los siguientes componentes: 1. Los indicadores de desempeño y autonomía evaluados en cada una de las áreas y asignaturas. 2. Las valoraciones numéricas de cada una de las áreas y asignaturas con la respectiva equivalencia con la escala nacional. 3. La valoración convivencial. Al terminar el año escolar se entrega un informe académico y convivencial con las valoraciones definitivas de cada área y la observación referida a la promoción en términos de aprobación o no aprobación del grado. PARÁGRAFO. Las acciones de mejora se publican en la página virtual del colegio y se desarrollan con apoyo de los padres de familia. En los periodos 2, 3 y 4 se darán informes del resultado del proceso de mejora o nivelación. ARTÍCULO 35. PROMOCIÓN ESCOLAR

19 1. La promoción al grado siguiente se alcanza con la aprobación de la totalidad de las áreas (Artículo 26) y la aprobación de la prueba estandarizada que determina. GRADOS NIVEL DE COMPETENCIA EXAMEN ESTANDARIZADO TRANSICIÓN A1 YLE STARTERS: 5/15 escudos o superior PRIMERO YLE STARTERS: 10/15 escudos o superior SEGUNDO A2.1 YLE MOVERS: 5/15 escudos o superior TERCERO YLE MOVERS: 10/15 escudos o superior CUARTO A2.2 YLE FLYERS: 5/15 escudos o superior QUINTO YLE FLYERS: 10/15 escudos o superior SEXTO A2.2 KET FOR SCHOOLS: 45 puntos o superior SÉPTIMO KET FOR SCHOOLS: 70 puntos o superior OCTAVO B1.1 PET: 40 puntos o superior NOVENO PET: 50 puntos o superior DÉCIMO B1.2 PET: 60 puntos o superior UNDÉCIMO PET: 70 puntos o superior PARÁGRAFO: la prueba de grado transición se realizará como medición de avances del proceso, sin que esta implique criterio de promoción para grado primero. 2. Si al finalizar el año escolar el estudiante presenta una o dos áreas sin aprobar, podrá presentar evaluación de nivelación en la fecha estipulada por la institución. Para ésta deberá presentar evidencias escritas del trabajo de apoyo académico realizado (las evidencias no tienen valoración). 3. La aprobación de la evaluación de nivelación es condición indispensable para matricularse al grado siguiente. En caso contrario deberá repetir el grado cursado. Para las áreas compuestas por dos o más asignaturas se presentará nivelación únicamente de la asignatura no aprobada. ARTÍCULO 36. REPETICIÓN DE UN GRADO Debe repetir un grado el estudiante que tenga una valoración final con desempeño Bajo en más de dos áreas o que no haya cumplido con las condiciones establecidas en el Artículo 35. ARTÍCULO 37. PROCLAMACIÓN DE BACHILLERES Los requisitos para proclamar un estudiante de grado once en ceremonia solemne son: 1. Aprobar todas las áreas definidas en el Plan de Estudios. 2. Aprobar el examen de competencias en inglés en la Prueba SABER ICFES 11º con un nivel mínimo de B1. 3. Tener excelente o sobresaliente convivencia social 4. Certificar el cumplimiento del servicio social obligatorio. 5. Estar a paz y salvo por todo concepto con el colegio.

20 PARÁGRAFO. SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO El servicio social es un espacio de formación en donde el estudiante tiene la posibilidad de interactuar con su medio y la sociedad que lo rodea, aplicando los conocimientos, habilidades y competencias desarrolladas en su proceso formativo. Es un requisito obligatorio para obtener el título de bachiller y su duración es de 100 horas, las cuales deben ser cumplidas en el mismo año escolar. El servicio social NO se certificará por las siguientes causales: 1. No completar el número de horas exigidas por la ley. 2. Incumplir reiteradamente con el trabajo asignado. 3. Irrespetar a cualquiera de las personas con quien tiene relación en función de su servicio social. 4. Presentarse en estado de embriaguez o bajo los efectos de otras sustancias psicoactivas al sitio de prestación del Servicio Social. 5. Presentarse inadecuadamente sin el traje escolar del colegio o el establecido para la prestación del Servicio Social. 6. Incumplir el reglamento de la institución donde se encuentre prestando su Servicio Social. El tiempo de Servicio Social no es recuperable, cualquier cambio del lugar de prestación del servicio e inasistencias deben ser justificados por el padre de familia y/o acudiente y autorizados por Bienestar Estudiantil. El estudiante que deje de asistir al lugar asignado sin causa justificada, se retire o sea excluido, debe reiniciar su Servicio Social, previa firma de un compromiso de cumplimiento por parte de los padres de familia y del estudiante. Bienestar Estudiantil es la dependencia responsable de expedir la constancia. Los deportistas de alto rendimiento pueden certificar su servicio social obligatorio si cumplen con lo definido en la resolución 1758/1993 ARTÍCULO 38. PROMOCIÓN ANTICIPADA DE GRADO ESTUDIANTES NO PROMOVIDOS DE 0 A 11. Los estudiantes repitentes podrán solicitar promoción anticipada para el siguiente grado si en el informe académico- convivencial del primer periodo del año registran valoración de desempeño Superior o Alto en todas las áreas. Para tal efecto, la familia o el acudiente presentan a la Vicerrectoría al siguiente día hábil de la entrega del informe académico y convivencial los siguientes documentos: Carta de solicitud de promoción anticipada con el compromiso de padres y estudiante de presentar las validaciones de las asignaturas no aprobadas del año anterior en un tiempo no superior al correspondiente al segundo periodo. Informe académico y convivencial del primer periodo del año lectivo. El estudiante debe aprobar las validaciones para poder promoverse al grado siguiente de lo contrario deberá continuar en el grado que empezó repitiendo. Si se cumple el requisito, la Vicerrectoría Pedagógica envía un acta de promoción con los respectivos soportes a la Vicerrectoría Administrativa. Una vez promovido, el estudiante debe programar junto con el Coordinador de Ciclo la presentación de la validación del primer periodo de las áreas del nuevo grado. Ésta deberá hacerse a más tardar a mediados del tercer periodo académico.

21 CASOS EXCEPCIONALES 1. El estudiante que demuestre un desempeño superior en todas las áreas en el primer periodo, podrá presentar a la Vicerrectoría solicitud de promoción anticipada en forma personal o a través de los acudientes o docentes. 2. Si cumple con el requisito del punto 1, el estudiante recibirá los esenciales de los periodos restantes de todas las asignaturas. 3. Tendrá 15 días para prepararse y presentar una prueba de suficiencia de todas las asignaturas. La valoración mínima aprobatoria de estas pruebas debe ser de Superior o Alto, 4. Si se cumple el requisito definido en el punto 3, la Vicerrectoría envía un acta de promoción con los soportes correspondientes a la Vicerrectoría Administrativa. Una vez promovido, el estudiante debe programar junto con el Coordinador de Ciclo la presentación de la validación del primer periodo de las áreas del nuevo grado. Ésta deberá hacerse a más tardar a final del segundo periodo académico. Este proceso es válido únicamente para solicitudes presentadas una vez finalizado el primer período. ESTUDIANTES DE GRADO UNDÉCIMO El estudiante de grado once que presente desempeño Superior o Alto en todas las áreas y en convivencia durante los dos primeros periodos podrá solicitar promoción anticipada. Para tal efecto la familia o acudiente tramita la solicitud por escrito de promoción anticipada del grado ante el/la Director(a) de Grupo. La solicitud será estudiada por el/la Director(a) de Grupo para determinar su viabilidad con los siguientes documentos: 1. Carta de solicitud. 2. Informe académico y convivencial de los dos primeros periodos. 3. Paz y salvo por todo concepto con el colegio. Si dentro del análisis de los documentos el/la Director(a) de Grupo considera que la solicitud reúne el requisito para promoción anticipada, comenta el caso a la Vicerrectoría y es presentado al Consejo Académico. Éste citará a pruebas de suficiencia de los indicadores de desempeño correspondientes al tercer y cuarto periodo en un término no mayor a 15 días. La valoración mínima aprobatoria de estas pruebas debe ser de Superior o Alto. La familia del estudiante deberá cancelar la totalidad de la obligación económica contraída en el contrato de estudios firmado al inicio del año escolar y deberá estar a paz y salvo por todo concepto con la institución. Una vez aprobadas todas las áreas, la Vicerrectoría envía un acta de promoción con los soportes correspondientes a la Oficina Administrativa. PROMOCIÓN ANTICIPADA POR VIAJE A OTRA CIUDAD O FUERA DEL PAÍS DONDE EXISTA EL CALENDARIO ESCOLAR B. El (la) estudiante que por fuerza mayor deba trasladarse con su familia de ciudad o país donde se estudie en el calendario B, puede solicitar la promoción anticipada si al término del tercer periodo va aprobando el año escolar y su convivencia es de Alto o Superior. Para tal efecto la familia o acudiente tramita la solicitud por escrito de promoción anticipada del grado ante

22 el/la Director(a) de Grupo. La solicitud será estudiada por el/la Director(a) de Grupo para determinar su viabilidad con los siguientes documentos: 1. Carta de solicitud. 2. Informe académico y convivencial de los tres primeros periodos. 3. Paz y salvo por todo concepto con el colegio. Si dentro del análisis de los documentos el/la Director(a) de Grupo considera que la solicitud reúne el requisito para promoción anticipada, comenta el caso a la Vicerrectoría y es presentado al Consejo Académico. Éste citará a pruebas de suficiencia de los indicadores de desempeño correspondientes al cuarto periodo en un término no mayor a 15 días. La valoración mínima aprobatoria de estas pruebas debe ser de Superior o Alto. La familia del estudiante deberá cancelar la totalidad de la obligación económica contraída en el contrato de estudios firmado al inicio del año escolar y deberá estar a paz y salvo por todo concepto con la institución. Una vez aprobadas todas las áreas, la Vicerrectoría envía un acta de promoción con los soportes correspondientes a la Vicerrectoría Administrativa. CAPÍTULO VII PROCESO DE SEGUIMIENTO AL DESEMPEÑO CONVIVENCIAL El proceso de seguimiento al desempeño convivencial de los estudiantes tiene como finalidad ayudar a quienes presenten fallas en el cumplimiento de sus compromisos, a valorar las normas de comportamiento ético y social que se deben aplicar para mantener el ambiente y las condiciones que requiere su desarrollo autónomo e integral. De acuerdo con lo anterior, el proceso de seguimiento ofrece al estudiante amplias oportunidades para asumir de manera responsable y consciente una nueva forma de cumplir sus compromisos, de reflexionar y analizar sobre los aspectos que debe mejorar con la ayuda oportuna de profesores, padres, madres, acudientes y demás integrantes de la comunidad; puede reconocer sus deficiencias y retomar la conciencia de los límites que no puede ni debe traspasar porque perjudica a los demás y se perjudica a sí mismo. ARTÍCULO 39. Los conceptos de valoración convivencial son los siguientes: 1. EVIDENCIA EXCELENTE NIVEL DE CONVIVENCIA SOCIAL. Cuando el estudiante evidencia un excelente nivel de conciencia y actitud positiva en el cumplimiento de las normas de convivencia del Colegio. 2. EVIDENCIA SOBRESALIENTE NIVEL DE CONVIVENCIA SOCIAL. Cuando el estudiante evidencia un sobresaliente nivel de conciencia y actitud positiva en relación con las normas de convivencia del Colegio. 3. EVIDENCIA UN ACEPTABLE NIVEL DE CONVIVENCIA SOCIAL. Cuando el estudiante incumple varios deberes o persiste en el incumplimiento de algunas de las normas de convivencia del Colegio. 4. EVIDENCIA BAJO NIVEL DE CONVIVENCIA SOCIAL, DEBE CUMPLIR COMPROMISO ESPECIAL POR FALTA GRAVE. Cuando hay desconocimiento de los acuerdos adquiridos en los períodos anteriores, persiste reiteradamente en el incumplimiento de sus compromisos y desaprovecha las oportunidades de mejora que le brinda la institución para reforzar su proceso de formación. Esta valoración también se asigna frente a faltas graves de

23 acuerdo con el estudio realizado por el Comité de Convivencia. ARTÍCULO 40. Etapas del proceso de seguimiento. Lo más importante del seguimiento del estudiante es el procedimiento pedagógico-administrativo, con el cual el Colegio ayuda al estudiante a superarse. Este procedimiento se aplica reiteradamente en cada una de las etapas descritas a continuación y se establece teniendo en cuenta los criterios de valoración anteriormente mencionados. Del proceso y decisiones de cada una de las etapas se deja registro escrito. El debido proceso comprende las etapas siguientes: ETAPA UNO En el caso de que cualquiera de los directivos o docentes del colegio, dentro o fuera de la institución observe un comportamiento contrario a los compromisos establecidos en el Manual de Convivencia, a excepción de las faltas graves y gravísimas consideradas en los Artículo 19 y 20 del Capítulo IV, procederá a dialogar con el estudiante, invitándolo a reflexionar sobre los motivos o causas de dicho comportamiento, haciéndole las recomendaciones pertinentes y procurando que el resultado del diálogo sea un compromiso de mejoramiento por parte del estudiante. Dichas recomendaciones son registradas por el profesor o directivo que atendió el caso como parte del seguimiento sistemático del estudiante, pero no implica modificar su valoración convivencial. Se espera que la observación y orientación oportuna sea suficiente para que el estudiante que infrinja el Manual de Convivencia, reflexione y mejore su comportamiento. ETAPA DOS Cuando el estudiante continúa incumpliendo uno o varios de sus compromisos, a pesar de las observaciones hechas en la etapa anterior, se realiza el siguiente proceso: a. Análisis de la situación y los compromisos del estudiante. Este análisis debe ser realizado principalmente por el mismo estudiante que está incumpliendo los compromisos. El Director de Grupo o profesor, según el caso, debe apoyar su reflexión utilizando estrategias tales como entrevista personal, diálogo con otros estudiantes, solicitud de un trabajo escrito o desarrollo de una acción social sobre la importancia de la convivencia o del compromiso en el que está fallando. El análisis debe concluir con unos acuerdos y compromisos de mejoramiento. Los padres y acudientes deben estar enterados de la estrategia que el hijo debe aplicar. b. Registro del análisis de la situación y de los compromisos adquiridos en el memorando que se diligenció en la etapa 1. c. Valoración del comportamiento al finalizar el período. El Director de Grupo establecerá la valoración correspondiente, teniendo en cuenta la autoevaluación del estudiante, los informes entregados por los profesores y las explicaciones del estudiante. Es importante que el estudiante comprenda la valoración de su comportamiento como parte de su proceso de autoevaluación integral y de la construcción de su proyecto de vida. d. Información a los padres de familia y/o acudientes sobre la situación y valoración convivencial. Se remitirán a Bienestar Estudiantil los casos que lo ameriten. e. Registro de la situación en la hoja de vida del estudiante que administra el Director de Grupo. El

24 criterio de valoración convivencial que se asigna en este caso es: EVIDENCIA SOBRESALIENTE NIVEL DE CONVIVENCIA SOCIAL. ETAPA TRES. En el caso que el estudiante continúe incumpliendo los compromisos señalados, se cita a los padres de familia o acudientes quienes, junto con el estudiante, el Director de Grupo y/o el Coordinador de Ciclo, analizan la situación y precisan las causas para acordar los nuevos correctivos educativos. De esta reunión debe quedar un informe escrito. El criterio de valoración convivencial del estudiante para este caso será de: EVIDENCIA UN ACEPTABLE NIVEL DE CONVIVENCIA SOCIAL. Si, por petición de cualquiera de las partes que intervienen en el proceso se solicita atención especial para el estudiante y/o los padres de familia y/o acudiente, el caso será remitido a Bienestar Estudiantil para dar apoyo psicológico o asistencia a talleres de superación personal, según sea el caso ETAPA CUATRO. En caso de que el estudiante siga manifestando una actitud abiertamente negativa y persista el incumplimiento de sus compromisos se citará, con carácter obligatorio a los padres de familia y/o acudiente. Deben atender el llamado para conocer las causas y firmar nuevos acuerdos con los cuales se debe reforzar el proceso educativo de superación. Este compromete tanto al estudiante como a los padres de familia y/o acudiente. En este caso se aplica el criterio convivencial de EVIDENCIA BÁJO NIVEL DE CONVIVENCIA SOCIAL, DEBE CUMPLIR COMPROMISO ESPECIAL POR FALTA GRAVE, la cual implica el cumplimento adicional de compromisos especiales y la definición de un tiempo para alcanzarlos. Esta determinación será tomada por el Comité de convivencia. El Coordinador de Ciclo comunica a los padres de familia y/o acudientes la decisión tomada. El estudiante en esta situación recibe atención del personal especializado del Área de Bienestar Estudiantil del Colegio. Si esta área lo considera necesario, será enviado a otros especialistas que según el caso y de acuerdo con los padres de familia requiera el estudiante. ETAPA CINCO. Si el estudiante con un criterio convivencial de EVIDENCIA BÁJO NIVEL DE CONVIVENCIA SOCIAL, DEBE CUMPLIR COMPROMISO ESPECIAL POR FALTA GRAVE, no evidencia un mejoramiento sustancial en su comportamiento y cumplimiento de compromisos adquiridos al realizar el proceso en el tiempo definido, el Director de Grupo presenta al Coordinador de Ciclo el proceso de seguimiento realizado para el análisis del caso. El Coordinador de Ciclo después de estudiar el caso, lo presenta al comité de convivencia. En este comité, el Coordinador de Ciclo da a conocer el proceso pedagógico llevado a cabo, el seguimiento del Área de Bienestar Estudiantil, los descargos por escrito del estudiante y el informe de los padres de familia también por escrito. El comité analiza una vez más el caso. Si por consenso encuentra suficientes fundamentos y aplicación del debido proceso, toma la decisión de solicitar al Consejo Directivo la cancelación de la matrícula, informando al estudiante, los padres de familia y la rectoría para los fines administrativos y legales pertinentes. Si el Comité de Convivencia, no encuentra suficientes fundamentos, y/o no aplicación del debido proceso, propone las condiciones que debe cumplir el estudiante para continuar en el Proyecto Educativo Institucional

25 del Colegio. En cualquiera de los casos, el Coordinador de Ciclo informa la decisión a los padres de familia y/o acudientes. PARÁGRAFO. En los casos que se considere que la valoración sea EVIDENCIA BÁJO NIVEL DE CONVIVENCIA SOCIAL, DEBE CUMPLIR COMPROMISO ESPECIAL POR FALTA GRAVE,se tendrán en cuenta los antecedentes del estudiante. PROCESO DISCIPLINARIO PARA CASOS ESPECIALES (faltas graves o gravísimas). ARTÍCULO 41. Los comportamientos que por sus características ameritan un procedimiento disciplinario especial son aquellos que representan un grave riesgo o perjuicio para el estudiante o la comunidad, y corresponden a las faltas definidas en los Artículos 19 y 20. El Comité de convivencia tendrá en cuenta el siguiente procedimiento para los casos especiales Iniciación: Es la etapa previa o indagación preliminar la cual tiene por objeto aclarar los hechos que se hayan presentado, el Coordinador de Ciclo junto con el docente, y el estudiante implicado, hacen el análisis y el registro de los hechos con el fin de establecer si existen méritos para iniciar la investigación. Apertura del proceso: Cuando exista la conducta anómala y serios indicios que comprometen al estudiante, el Coordinador de Ciclo cita de inmediato a los padres o acudientes del estudiante con el fin de notificar al estudiante de la apertura del proceso y a los padres para informarles de manera clara y precisa de los hechos, las conductas y las faltas disciplinarias, les comunica por escrito, con los fundamentos de hecho y derecho a que esas conductas dan lugar. De igual manera se trasladan al estudiante y a los padres o acudientes todas y cada una de las pruebas que fundamentan los cargos formulados de las conductas violatorias al Manual de Convivencia, y se informa sobre el plazo de dos días para presentar los descargos. El estudiante y sus acudientes pueden aceptar las faltas ante el coordinador de ciclo en esta etapa y asumir las decisiones que tome el Comité de Convivencia. Etapa probatoria: El Coordinador de Ciclo traslada el caso al Comité de Convivencia quien se encarga de analizar el caso, mediante el recurso de la prueba. El estudiante implicado hace uso de la defensa, quien puede estar acompañado por sus padres o representantes legales, es oído en descargos y puede solicitar las pruebas que considere convenientes. También puede aceptar los cargos tal como han sido formulados. Esta etapa puede durar una o más sesiones, dependiendo de la complejidad del caso. De lo actuado se deja la correspondiente acta. Fallo: luego de la etapa probatoria, el Comité de Convivencia puede tomar tres decisiones: Exoneración: si se exonera, se archiva el caso. Proceso Pedagógico: si se aplica sanción, se determinan las acciones pedagógicas para desarrollar, iniciando el proceso correctivo o reeducativo, Cancelación de Matricula: Si se determina la cancelación de la matricula se solicita al Consejo Directivo estudiar y fallar sobre la misma e informa a las partes, el Coordinador de Ciclo debe notificar al estudiante y su familia la decisión, indicándole que pueden interponer recurso de reposición ante el Consejo Directivo, el fallo puede realizarse en la misma sesión de la etapa probatoria o en sesión independiente, dependiendo de la

26 complejidad del caso. El Consejo directivo se reúne y con las pruebas y demás soportes que presenta el Comité de Convivencia, analiza el caso y determina un fallo de exoneración, proceso pedagógico o cancelación de matrícula. En caso de hacer uso del recurso de reposición el Consejo Directivo analizará nuevamente el caso atendiendo los argumentos y las nuevas pruebas presentados por el estudiante, el Consejo Directivo puede exonerar, mantener la sanción al estudiante o disminuirla según sea el resultado del nuevo análisis. El estudiante puede presentar el recurso de apelación. Aplicación de la sanción: después de resueltos los recursos se aplica la sanción al estudiante, por parte del Coordinador de Ciclo si es de carácter correctivo o reeducativo o por resolución rectorial si es de cancelación de matrícula. CAPÍTULO VIII REQUISITOS PARA LA RENOVACIÓN DE LA MATRÍCULA ARTÍCULO 42. Para tener derecho a cupo para el grado siguiente se debe cumplir con las siguientes condiciones: 1. Tener un concepto final de Excelente, Sobresaliente o Aceptable convivencia social. De ninguna forma se renueva matrícula al estudiante que haya cometido falta gravísima. 2. Estar a paz y salvo con todos los compromisos económicos derivados de los servicios prestados. 3. Haber aprobado las áreas correspondientes al grado cursado. ARTÍCULO 43. Los estudiantes que soliciten repetición de grado deben tener un concepto de Excelente o Sobresaliente convivencia social. La solicitud se debe hacer por escrito a la Vicerrectoría con el visto bueno del director de grupo y el Coordinador de Ciclo. La autorización para repetir el año escolar se dará si hay cupos disponibles y se cumple con los requisitos. Un estudiante NO puede repetir dos veces el mismo grado escolar en la institución. ARTÍCULO 44. No se renueva la matrícula a los estudiantes cuyos padres hayan incumplido los compromisos económicos con el colegio y los compromisos firmados con la Rectoría, las Vicerrectorías, la Coordinación de Ciclo, la Coordinación de un área, Bienestar Estudiantil, Director(a) de Grupo o Docentes de las Áreas, los eventos de capacitación convocados por el Consejo de Padres y/o Bienestar Estudiantil o hayan maltratado física, virtual o verbalmente a cualquier funcionario del colegio. CAPÍTULO IX

27 GOBIERNO ESCOLAR ARTÍCULO 45. Comité de Elecciones. El Consejo Directivo atendiendo a la Resolución 181 del 27 de enero de 2009 constituye un grupo representativo de la comunidad educativa encargado de fijar las normas relacionadas con inscripciones, escrutinios y resolución de controversias para las diferentes instancias participativas elegidas dentro del Gobierno Escolar. Con su constitución se establecen la conformación y funciones. El Comité de Elecciones debe considerar que los procesos electorales que adelante el colegio, cuenten con la participación de los estamentos en sus diversas etapas: 1) Pre electoral: alistamiento institucional, selección de jurados y testigos electorales, convocatoria, inscripción de candidatos(as) y presentación de propuestas. 2) Electoral: elecciones, escrutinio y posesión. 3) Post electoral: acompañamiento y apoyo a los elegidos y a las instancias de participación y representación. ARTÍCULO 46. El Comité de Elecciones divulgará las decisiones relacionadas con el sistema de elección y procedimiento que se debe realizar en cada caso (elección directa, elección indirecta, designación y delegación), características de las votaciones (voto secreto, u otro), sistema para proveer los cargos por elegir (mayoría simple, mayoría absoluta, cociente, cifra repartidora u otro), existencia de suplentes y forma de elegirlos y alternativas para resolver empates. CONSEJO DIRECTIVO ARTÍCULO 47. El Consejo Directivo como instancia de participación de la Comunidad Educativa, es un organismo que coadyuva en la orientación del Proyecto Educativo Institucional. ARTÍCULO 48. El Consejo Directivo está integrado por: 1. La Rectora, quien lo convoca y preside. 2. Un Representante de la Dirección Administrativa de Cafam. 3. Dos representantes de los profesores. Uno de Transición y Básica Primaria y otro de Básica Secundaria y Media. 4. Dos representantes de los padres de familia. 5. Un representante de los estudiantes, elegido por el Consejo de Estudiantes entre los estudiantes de grado 11º. 6. El Personero del Colegio. 7. Un representante de los exalumnos nombrado por la Asociación de Exalumnos. ARTÍCULO 49. Son funciones del Consejo Directivo: 1. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento del Colegio excepto las que sean competencia de la Subdirección de Educación, de la Dirección Administrativa o del Consejo Directivo de la Corporación. 2. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los estudiantes del colegio después de haber agotado los procedimientos previstos en el Manual de Convivencia. 3. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado.

28 4. Participar en la planeación, seguimiento y evaluación del Proyecto Educativo Institucional y apoyar innovaciones que favorezcan su desarrollo. 5. Estudiar y aprobar las solicitudes e iniciativas de los miembros de la comunidad educativa. 6. Estudiar las solicitudes presentadas por el Comité de Convivencia y aprobar o presentar la orientación correspondiente. 7. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones. 8. Adoptar los costos educativos para el siguiente año escolar. ARTÍCULO 50. Son funciones de la Rectora: 1. Atender las directrices de la Subdirección de Educación, de la Dirección Administrativa y del Consejo Directivo de la Corporación para el funcionamiento del Colegio. 2. Orientar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional y aplicar las decisiones del Gobierno Escolar. 3. Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y el oportuno aprovisionamiento de los recursos necesarios para el efecto. 4. Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación en el colegio. 5. Establecer una comunicación permanente con las diferentes dependencias de la Caja que atienden servicios del colegio y mantener una actitud de apoyo para el cumplimiento de las políticas corporativas. 6. Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas y con la comunidad local, para el continuo progreso académico de la institución y el mejoramiento de la vida comunitaria. 7. Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la comunidad educativa. 8. Orientar el proceso educativo con la asistencia del Consejo Académico. 9. Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuyan la ley, los reglamentos y el Manual de Convivencia. 10. Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para canalizarlas en favor del mejoramiento del Proyecto Educativo Institucional. 11. Promover actividades de beneficio social que vinculen al establecimiento con la comunidad local. 12. Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del Estado, relacionadas con la prestación del servicio público educativo. 13. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el Proyecto Educativo Institucional. ARTÍCULO 51. El Consejo Académico es el organismo consultivo y asesor de la Rectoría. Está conformado por: 1. La Rectora. 2. El Vicerrector Pedagógico 3. Los Coordinadores de cada una de las Áreas de estudio. 4. Los Coordinadores de Ciclo. ARTÍCULO 52. Son funciones del Consejo Académico: 1. Organizar el plan de estudios.

29 2. Estudiar, modificar, desarrollar, verificar, hacer seguimiento y validar los ajustes al plan de estudios. 3. Asesorar a los docentes en la aplicación de la evaluación formativa y sumativa. 4. Realizar análisis de los resultados académicos por período y proponer acciones de mejora en las asignaturas, grados o ciclos. 5. Hacer la evaluación institucional. 6. Recibir y decidir como última instancia los reclamos de los estudiantes sobre la evaluación educativa. 7. Preparar el plan de actividades académicas para el año escolar y hacer el respectivo seguimiento. ARTÍCULO 53. Son funciones del Vicerrector Pedagógico: 1. Orientar la implementación del plan de formación autónomo e integral de los estudiantes del colegio, de acuerdo con el Proyecto Educativo Institucional y la normatividad del Ministerio de Educación Nacional. 2. Promover y orientar las investigaciones pedagógicas requeridas que se van a implementar en la institución, con el fin de fundamentar las innovaciones metodológicas. 3. Asesorar a los Coordinadores de Ciclo y a los Coordinadores de Área en el diseño, ejecución y evaluación del plan de estudios y de los procesos formativos a su cargo, con el propósito de garantizar la calidad de los mismos. 4. Asesorar el proceso de elaboración y producción de las guías de aprendizaje para asegurar que se lleven a cabo de acuerdo con el enfoque pedagógico de Cafam. 5. Coordinar las actividades complementarias de las áreas educativas, con el fin de garantizar que estén articuladas con el Proyecto Educativo Institucional. 6. Promover y mantener entre el personal a cargo un ambiente de trabajo armónico, con el objeto de contribuir al logro de los objetivos trazados. ARTÍCULO 54. Son funciones de la Vicerrectoría Administrativa: 1. Apoyar a la Rectoría en el cumplimiento de las directrices de la Subdirección de Educación, de la Dirección Administrativa y del Consejo Directivo de la Corporación para el funcionamiento de la institución. 2. Mantener una comunicación permanente y eficaz con las diferentes dependencias de la Caja que atienden servicios del colegio, a través de una actitud de apoyo para el cumplimiento de las políticas corporativas. 3. Hacer seguimiento y control del estado de la cartera procurando un buen recaudo en busca del punto de equilibrio del colegio. 4. Supervisar el desarrollo de las labores de los funcionarios de mantenimiento y aseo del colegio. 5. Supervisar las labores de caja y revisión de la misma. 6. Coordinar los procesos informáticos, el mantenimiento electrónico de equipos y sistemas del colegio. 7. Llevar control de inventarios del colegio. 8. Coordinar las acciones encaminadas al mantenimiento de la imagen física del colegio. 9. Mantener comunicación continua con el personal de seguridad para salvaguardar la propiedad del cliente y de la institución.

30 10. Colaborar para el buen funcionamiento del sistema de transporte escolar y organizar el servicio de transporte para las diferentes salidas pedagógicas y eventos fuera del colegio. 11. Atender y solucionar los requerimientos de padres y estudiantes referentes a la prestación de servicios de transporte y alimentación. 12. Proveer los recursos logísticos necesarios para los diferentes eventos de la institución. 13. Mantener excelente comunicación y relación con todos los miembros de la comunidad. 14. Promover y mantener entre el personal a su cargo un ambiente de trabajo armónico con el fin de contribuir al logro de los objetivos trazados. 15. Evaluar el desempeño de las personas a cargo. ARTÍCULO 55. Son funciones del Coordinador de Ciclo: CONTROL DE ESTUDIANTES 1. Recibir las instalaciones locativas y el mobiliario de su sección y dirigir acciones orientadas al control y seguimiento de su cuidado. 2. Planificar, ejecutar y hacer el seguimiento a las acciones dirigidas a la apropiación del Manual de Convivencia y el Manual de Comportamiento en la ruta de transporte y en el comedor. 3. Recibir a los estudiantes al iniciar la jornada de estudio y hacer observaciones a la presentación personal y a la puntualidad. 4. Dirigir el control de asistencia y la notificación de ausencias a los padres de familia y/o acudientes durante la primera unidad de formación. 5. Controlar el ingreso oportuno de los estudiantes al aula de clase o al sitio donde tiene lugar la unidad de formación o la actividad pedagógica programada. 6. Planificar acciones pedagógicas, ejecutarlas y hacer seguimiento con apoyo de los Directores de Grupo. Dichas acciones están dirigidas a los estudiantes que presenten problemas de convivencia o incumplan con sus deberes académicos. 7. Atender a los padres y madres de familia y/o acudientes de los estudiantes que presenten problemas de convivencia o académicos, definir acciones pedagógicas y establecer acuerdos conforme al Manual de Convivencia. 8. Dirigir la planeación del Proyecto de Ciclo y hacer seguimiento permanente. 9. Preparar las Direcciones de Grupo, ilustrar a los docentes para su aplicación y hacer seguimiento a los estándares de formación. 10. Participar en la reunión del Comité de Convivencia cuando sea necesario mediante la presentación de informes de convivencia del Ciclo y el seguimiento de las acciones acordadas. 11. Hacer acompañamiento a los estudiantes con el apoyo de los docentes, durante los tiempos de descanso, almuerzo y demás actividades que se desarrollen fuera del horario de clase. 12. Controlar la salida de los estudiantes. BIENESTAR Y CONTROL DE DOCENTES 1. Promover un ambiente de armonía y bienestar en el ciclo. 2. Mantener excelente comunicación y relación con sus colaboradores y demás miembros de la comunidad.

31 3. Hacer inducción general a los docentes nuevos. 4. Controlar la asistencia diaria de los docentes. 5. Hacer observación de campo en forma permanente durante la jornada, con el fin de verificar la puntualidad de los docentes y la normalidad académica. 6. Hacer evaluación y seguimiento a los docentes con apoyo del Coordinador de Área y llevar el registro correspondiente. 7. Presentar a la Rectoría los informes de evaluación y seguimiento de los docentes del ciclo. 8. Presentar a los docentes del ciclo la información corporativa e institucional requerida. 9. Desarrollar acciones orientadas a suplir la ausencia inesperada de un docente. 10. Hacer acompañamiento en el aula a sus docentes como parte del proceso de evaluación integral del docente y presentar con los Coordinadores de Área al final del año un informe de dicho proceso a la Vicerrectoría y Rectoría. ARTÍCULO 56. Son funciones del Coordinador de Área: 1. Dirigir la elaboración de los planes de estudio para cada grado, conforme a los estándares del MEN y a los Lineamientos Curriculares de las Áreas. 2. Planificar, desarrollar, ejecutar y controlar las actividades propias del Área. 3. Hacer parte del Consejo Académico, asistiendo a todas las reuniones y participando activamente en las funciones propias de éste. 4. Revisar y retroalimentar las elaboraciones preparadas por cada docente en el proceso de autoformación. 5. Revisar las guías de aprendizaje y retroalimentarlas, teniendo en cuenta los distintos contextos en los cuales se aplican. 6. Autorizar las fotocopias de las guías de aprendizaje (cuando el número de copias sea menor a 1.000), llevar control y consecutivo de la autorización de éstas y controlar el uso adecuado. 7. Dirigir las reuniones de Área y enviar a la Vicerrectoría cada semana una muestra de las elaboraciones individuales y el protocolo de la misma. 8. Presentar a los docentes del área sus propias elaboraciones como productos orientadores para el grupo. 9. Revisar las evaluaciones bimestrales, controlar su aplicación y hacer seguimiento a los resultados. 10. Presentar a la Vicerrectoría y Rectoría candidatos idóneos para desempeñarse como docentes del Área cuando se requiera. 11. Hacer la inducción general del área y de la asignatura, a los docentes nuevos. 12. Hacer acompañamiento a los estudiantes con el apoyo de los docentes, durante los tiempos de descanso, almuerzo y demás actividades que se desarrollen fuera del horario de clase. 13. Atender a los padres y madres de familia y/o acudientes de los estudiantes que presentan problemas académicos, definir acciones pedagógicas y establecer acuerdos conforme al Manual de Convivencia. 14. Hacer acompañamiento en el aula a sus docentes como parte del proceso de evaluación integral de ellos y presentar al final del año un informe de dicho proceso a la Vicerrectoría Pedagógica y Rectoría. CAPÍTULO X

32 PARTICIPACIÓN DE LOS ESTUDIANTES. EL CONSEJO DE ESTUDIANTES ARTÍCULO 57. El Consejo de Estudiantes es un organismo de participación que tiene como fin escuchar, analizar y plantear propuestas de carácter general, a favor de toda la institución. ARTÍCULO 58. El Consejo de Estudiantes está integrado por un vocero de los estudiantes de transición a tercero y un representante por grado de cuarto a undécimo. ARTÍCULO 59. Son funciones del Consejo de Estudiantes: 1. Elegir el representante ante el Consejo Directivo y asesorarlo en el cumplimiento de su representación, este estudiante debe pertenecer al grado undécimo y caracterizarse por tener excelente rendimiento académico y convivencial, ser líder y ejemplo para sus compañeros y presentar propuestas de interés general para la institución. 2. Escuchar, analizar y generar iniciativas de carácter general, a favor de toda la comunidad educativa. 3. Invitar a sus deliberaciones a los estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil. El Personero de los estudiantes ARTÍCULO 60. Es un estudiante de grado undécimo, destacado por su buen rendimiento académico y convivencial, elegido de acuerdo con los requisitos establecidos por el Comité de Elecciones. Es responsable de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes. ARTÍCULO 61. Son funciones del Personero: 1. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual puede utilizar los medios de comunicación interna del colegio, pedir la colaboración al Consejo de Estudiantes y organizar foros u otras formas de deliberación. 2. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los estudiantes sobre lesiones a sus derechos. 3. Presentar a la Rectoría y al Consejo Directivo las solicitudes orientadas a facilitar el cumplimiento de los deberes de los estudiantes y la protección de sus derechos. PARÁGRAFO. El perfil del Personero y el estudiante representante, así como las causas de su destitución, son definidos por el Comité de Elecciones y se consignan en el acta de posesión. CAPÍTULO XI PARTICIPACIÓN DE PADRES Y MADRES DE FAMILIA (Decreto 1286 del 27 de abril de 2005). Para los fines previstos en la presente norma, la expresión padres de familia comprende a los padres y madres de familia, así como a los tutores o quienes ejercen la patria potestad o acudientes debidamente autorizados. La Asamblea General de Padres y Madres de Familia

33 ARTÍCULO 62. La Asamblea General de Padres de Familia está conformada por la totalidad de padres y madres de familia del establecimiento educativo, quienes son los responsables del ejercicio de sus deberes y derechos en relación con el proceso educativo de sus hijos. Debe reunirse obligatoriamente mínimo dos veces al año por convocatoria de la Rectora. El Consejo de Padres de Familia ARTÍCULO 63. El Consejo de Padres de Familia es un órgano de participación de los padres de familia del establecimiento educativo destinado a asegurar su continua participación en el proceso educativo y a elevar los resultados de calidad del servicio. Estará integrado por mínimo uno (1) y máximo tres (3) padres de familia por cada uno de los grados que ofrezca el establecimiento educativo, de conformidad con lo que establezca el Proyecto Educativo Institucional, PEI. Durante el transcurso del primer mes del año escolar, contado desde la fecha de iniciación de las actividades académicas, la Rectora convocará a los padres de familia para que elijan a sus representantes en el Consejo de Padres de Familia. La elección de los representantes de los padres para el correspondiente año lectivo se efectuará en reunión por grados, por mayoría, con la presencia de, al menos, el cincuenta por ciento (50%) de los padres, o de los padres presentes después de transcurrida la primera hora de iniciada la reunión. Los padres representantes de grado no deben pertenecer a la junta directiva de la Asociación de Padres de Familia. La conformación del Consejo de Padres es obligatoria y así deberá registrarse en el Manual de Convivencia. Estructura y funcionamiento del Consejo de Padres de Familia. ARTÍCULO 64. El Consejo de Padres de Familia deberá conformarse en todos los establecimientos educativos. Podrá organizar los Comités de Trabajo que guarden afinidad con el Proyecto Educativo Institucional y el plan de mejoramiento del establecimiento educativo, de conformidad con los planes de trabajo que acuerde con la Rectora. Los comités podrán contar con la participación de un directivo o docente del establecimiento educativo designado por la Rectora para tal fin. El Consejo de Padres es un órgano de participación educativa que no requiere registro ante ninguna autoridad y para pertenecer a él no se podrán establecer cuotas de afiliación o contribución económica de ninguna especie. Se reunirá como mínimo tres veces al año por convocatoria de la Rectora o por derecho propio. Las sesiones del Consejo de Padres serán presididas por un padre de familia, elegido por ellos mismos. Las secretarías de educación apoyarán a los establecimientos educativos para que se conformen los consejos de padres de familia y solicitarán informes periódicos sobre su funcionamiento. ARTÍCULO 65. Son funciones del Consejo de Padres: 1. Contribuir con la Rectoría en el análisis, difusión y uso de los resultados de las evaluaciones periódicas de competencias y las pruebas de Estado. 2. Exigir que el establecimiento con todos sus estudiantes participe en las pruebas de competencias y de Estado realizadas por el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior,

34 ICFES. 3. Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice el establecimiento educativo, orientadas a mejorar las competencias de los estudiantes en las distintas áreas, incluida la ciudadana y la creación de la cultura de la legalidad. 4. Participar en la elaboración de planes de mejoramiento y en el logro de los objetivos planteados. 5. Promover actividades de formación de los padres de familia encaminadas a desarrollar estrategias de acompañamiento a los estudiantes para facilitar el afianzamiento de los aprendizajes, fomentar la práctica de hábitos de estudio extraescolares, mejorar la autoestima y el ambiente de convivencia y especialmente aquellas destinadas a promover los derechos del niño. 6. Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y concertación entre todos los estamentos de la comunidad educativa. 7. Presentar propuestas de mejoramiento del Manual de Convivencia en el marco de la Constitución y la ley. 8. Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física y mental de los educandos, la solución de las dificultades de aprendizaje, la detección de problemas de integración escolar y el mejoramiento del medio ambiente. 9. Presentar las propuestas de modificación del proyecto educativo institucional que surjan de los padres de familia de conformidad con lo previsto en los artículos 14, 15 y 16 del Decreto 1860 de Elegir los dos representantes de los padres de familia en el Consejo Directivo del establecimiento educativo con la excepción establecida en el parágrafo 2º del artículo 9º del presente decreto. ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS PADRES DE FAMILIA EN EL CONSEJO DIRECTIVO (Decreto 1286 del 27 de abril de 2005) ARTÍCULO 66. El Consejo de Padres de Familia, en una reunión convocada para tal fin por la Rectora elegirá dentro de los primeros treinta días del año lectivo a los dos representantes de los padres de familia en el Consejo Directivo del establecimiento educativo. Los representantes de los padres de familia sólo podrán ser reelegidos por un período adicional. En todo caso los representantes de los padres ante el Consejo Directivo deben ser padres de alumnos del establecimiento educativo. Los docentes, directivos o administrativos del establecimiento educativo no podrán ser representantes de los padres de familia en el consejo directivo del mismo establecimiento en que laboran. Perfil del Padre Representante ARTÍCULO 67. La persona seleccionada para ser representante de curso y su suplente deben tener el siguiente perfil: 1. Deseo de ejercer el cargo con alto sentido de pertenencia al colegio. 2. Claridad con respecto a sus funciones. 3. Buen manejo de las relaciones interpersonales. 4. Capacidad de liderazgo para motivar tanto a los padres como a los alumnos del curso con el fin de trabajar mancomunadamente en las actividades que promueva el colegio. 5. Conocimiento y empeño por trabajar a favor de la filosofía tanto de la empresa como del colegio.

35 6. Juicio crítico para privilegiar lo colectivo sobre lo particular, evitando de esta forma situar sus intereses personales sobre los de la comunidad y el afán de protagonismo. 7. Iniciativa para proponer alternativas de solución a los problemas del curso. 8. Prudencia, respeto y lealtad. 9. Interés por capacitarse en pedagogía de la participación. 10. Disponibilidad de tiempo. PARÁGRAFO. Cuando se tienen dos o más hijos estudiando en el colegio, únicamente se permite ser padre representante en un solo curso. Funciones del padre, madre o acudiente representante ARTÍCULO 68. Son funciones del padre o madre representante: 1. Colaborar y apoyar el proceso pedagógico que realiza el colegio siendo parte activa del EQUIPO PEDAGÓGICO del curso y por lo tanto del PROYECTO DE CURSO. 2. Conocer y acatar los compromisos de padres y madres de familia consignados en el Manual de Convivencia. 3. Motivar la participación activa tanto de los padres de familia o acudientes como de los estudiantes en la información y toma de decisiones sobre las problemáticas del curso. 4. Presentar propuestas al curso que conlleven al mejoramiento académico y disciplinario. 5. Trabajar en coordinación con el Director de Grupo y con el Estudiante Representante en la solución de los problemas del curso. 6. Participar en las actividades del curso, del ciclo o del colegio en las que su presencia sea indispensable. 7. Asistir a las reuniones ordinarias o extraordinarias convocadas por el colegio. En caso de no poder hacerlo en alguna ocasión, informar oportunamente el motivo de su inasistencia, y comunicar a tiempo al suplente para que lo reemplace. 8. Canalizar, en primera instancia con el Director de Grupo, las inquietudes de los padres de familia, con miras a obtener soluciones, manteniendo constante comunicación con las demás instancias del colegio. 9. Ser conciliador en las situaciones y decisiones de conflicto 10. Ser el multiplicador de las decisiones y programas del colegio. PARÁGRAFO. Cada representante tendrá un suplente con las mismas funciones. Causas para perder la calidad de padre o madre representante ARTÍCULO 69. Se considera justa causa para perder la calidad de Padre Representante del curso o suplente, una de las siguientes: 1. Retiro voluntario u obligatorio de su hijo matriculado como alumno del Colegio Cafam. 2. Inasistencia a dos reuniones consecutivas convocadas por el colegio o por el Consejo de Padres, sin justificación oportuna.

36 3. Actos que atenten contra la integridad de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa. 4. Desacato a las normas establecidas en el Manual de Convivencia. 5. Desacuerdo con la filosofía institucional. 6. Decisiones que afecten al colegio, sin contar con la aprobación de los directivos de la institución. 7. Incumplimiento de sus funciones. ASOCIACIÓN DE PADRES Y MADRES DE FAMILIA (Decreto 1286 del 27 de abril de 2005) ARTÍCULO 70. Para todos los efectos legales, la Asociación de Padres de Familia es una entidad jurídica de derecho privado, sin ánimo de lucro, que se constituye por la decisión libre y voluntaria de los padres de familia de los estudiantes matriculados en un establecimiento educativo. Sólo existirá una Asociación de Padres de Familia por establecimiento educativo y el procedimiento para su constitución está previsto en el artículo 40 del Decreto 2150 de 1995 y solo tendrá vigencia legal cuando haya adoptado sus propios estatutos y se haya inscrito ante la Cámara de Comercio. Su patrimonio y gestión deben estar claramente separados de los del establecimiento educativo. PARAGRAFO 1. La Asamblea General de la Asociación de padres es diferente de la Asamblea General de Padres de familia, ya que esta última está constituida por todos los padres de familia de los estudiantes del establecimiento educativo, pertenecientes o no a la asociación. PARÁGRAFO 2. Cuando el número de afiliados a la asociación de padres alcance la mitad más uno de los padres de familia de los estudiantes del establecimiento educativo, la asamblea de la asociación elegirá uno de los dos representantes de los padres ante el Consejo Directivo, caso en el cual el consejo de padres elegirá solamente a un padre de familia como miembro del Consejo Directivo. PARÁGRAFO 3. En el momento de la afiliación el padre de familia recibirá copia de los estatutos de la asociación en los que conste que ha sido inscrita en la Cámara de Comercio. ARTÍCULO 71. Las principales finalidades de la Asociación de Padres de Familia son: 1. Apoyar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional y el plan de mejoramiento del establecimiento educativo. 2. Promover la construcción de un clima de confianza, tolerancia y respeto entre todos los miembros de la comunidad educativa. 3. Promover los procesos de formación y actualización de los padres de familia. 4. Apoyar a las familias y a los estudiantes en el desarrollo de las acciones necesarias para mejorar sus resultados de aprendizaje. 5. Promover entre los padres de familia una cultura de convivencia, solución pacífica de los conflictos y compromiso con la legalidad. 6. Facilitar la solución de los problemas individuales y colectivos de los menores y propiciar acciones tendientes al mejoramiento de su formación integral de conformidad con lo establecido en el artículo 315 del Decreto 2737 de 1989.

37 CAPÍTULO XII EL COMITÉ DE CONVIVENCIA ARTÍCULO 72. Harán parte integral del Comité de Convivencia: 1. Un representante del personal docente elegido por el Consejo de Profesores. 2. Un representante elegido por el Consejo de Estudiantes. 3. El personero de los estudiantes 4. Dos (2) representantes de los padres de familia, uno del Consejo de Padres y uno de la Asociación de Padres de Familia. 5. Los coordinadores de ciclo. 6. El Vicerrector Pedagógico. 7. Un representante de Bienestar Estudiantil. ARTÍCULO 73. Las finalidades principales del Comité de Convivencia son: 1. Llevar a cabo actividades que fomenten la convivencia entre la comunidad educativa. 2. Desarrollar actividades para la divulgación de los derechos fundamentales, los derechos del niño y las garantías que amparan a la comunidad educativa. 3. Desarrollar foros y talleres con la comunidad educativa con el objetivo de promover la convivencia y los valores dentro de los ámbitos institucional, estudiantil y familiar. 4. Promover la vinculación de las entidades educativas a los programas de convivencia y resolución pacífica de los conflictos que adelanten las diferentes entidades distritales. 5. Instalar mesas de conciliación cuando alguno o algunos de los actores de la comunidad educativa lo solicite con el objetivo de resolver pacíficamente sus conflictos. Para tal efecto, el Comité designará un conciliador cuando las partes en conflicto lo estimen conveniente. 6. Evaluar y mediar los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, y los que surjan entre estos últimos. 7. Llevar a cabo el seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Manual de Convivencia. 8. Atender las responsabilidades definidas dentro del debido proceso, descritas en los artículos 40 y 41. ARTÍCULO 74. El Comité de Convivencia se instalará dentro de los primeros sesenta (60) días calendario escolar y se reunirá ordinariamente cada dos (2) meses. Además, lo podrán hacer extraordinariamente cuando los miembros del Comité lo estimen conveniente. ARTÍCULO 75. El Comité de Convivencia, establecerá su propia metodología de trabajo, teniendo en cuenta su finalidad y las disposiciones contempladas en el manual de convivencia. CAPÍTULO XIII COSTOS EDUCATIVOS ARTÍCULO 76. El Colegio Cafam maneja diferentes valores de acuerdo con las categorías de subsidio, las

38 cuales dependen del salario y comisiones de los afiliados a la Caja de Compensación Familiar Cafam. Para la fijación de los costos educativos se realiza el siguiente proceso: 1. Se presenta la propuesta de incremento para el año siguiente al Consejo Directivo, teniendo en cuenta las regulaciones establecidas por el Ministerio de Educación Nacional. 2. Una vez aceptada la propuesta por el Consejo Directivo, se fija en lugares públicos para que sea conocida por la Comunidad Educativa. 3. El Consejo Directivo aprueba los valores propuestos. 4. Esta información se ingresa al Sistema de Autoevaluación de Instituciones Educativas Privadas para la aprobación del Ministerio de Educación Nacional, quien emite la resolución respectiva con las tarifas aprobadas. 5. Las matrículas tendrán dos fechas estipuladas, una llamada ordinaria que tendrá el costo aprobado por el Consejo Directivo del Colegio y otra de carácter extraordinario para aquellas familias que no lo puedan hacer en la fecha ordinaria. Si la pensión se paga despues de los plazos establecidos por la institución, se aplica una multa por pago extemporáneo que equivale al 5% del valor de la pensión. Adicional, se aplican los intereses por mora aprobados por las normas legales. CAPÍTULO XIV PROCESO DE ADMISIÓN ARTÍCULO 77. Anualmente el colegio abre su proceso de admisión en el mes de julio, de acuerdo con las proyecciones definidas para el año siguiente, el cual consta de las siguientes actividades: 1. Publicación del formulario de inscripción y lista de documentos. 2. Pago de inscripción y recepción de documentos. 3. Examen para aspirantes e inducción a padres. 4. Publicación de lista de aspirantes para citación a entrevista. 5. Entrevista. 6. Publicación lista de admitidos y documentos necesarios para matrículas. 7. Entrega de recibos de matrícula. 8. Matrícula y legalización final del proceso de matrícula para el año siguiente. Requisitos: 1. Tener la edad contemplada para cada grado. 2. Tener un desempeño académico y convivencial Superior o Alto o su equivalente en la escala institucional. 3. Aprobar el examen. 4. Ser admitido en la entrevista. PARÁGRAFO 1. Solicitud de reintegro. El aspirante que con anterioridad estuvo matriculado en la institución

39 podrá hacer solicitud de reintegro a la Vicerrectoría del colegio siempre y cuando al haberse retirado su valoración de convivencia haya sido Superior o Alto o la escala de conceptos convivenciales vigente. La solicitud deberá estar apoyada por el concepto del Director de Grupo y/o el Coordinador de Ciclo al que perteneció en el momento del retiro y de igual manera cumplir con las diferentes actividades y requisitos del proceso de admisión. El reintegro se otorgará si hay cupos disponibles al grado que se solicita. PARAGRAFO 2. El Colegio da prioridad a los estudiantes aspirantes hijos de afiliados a la Caja de Compensación Familiar Cafam. CAPITULO XV VIGENCIA ARTÍCULO 78. El presente Manual de Convivencia rige para el calendario escolar del año 2013, reemplaza la versión anterior de 2012 y tiene vigencia en todas sus partes, mientras no sea modificado por el Consejo Directivo del Colegio Cafam.

40 ANEXO 1 TRAJE ESCOLAR El traje escolar es el primer símbolo de pertenencia al colegio, por lo tanto debe portarse de manera apropiada, lo que significa CON PULCRITUD, DIGNIDAD Y CARIÑO. Comprende las prendas que usa el estudiante a diario y se denomina así porque tiene diferentes combinaciones, a diferencia del uniforme de Educación Física que sí tiene un modelo único. En el Colegio Cafam los estudiantes pueden seleccionar los colores y modelos de las prendas del traje escolar dentro de las siguientes posibilidades Traje Escolar. Color: Azul Oscuro, Verde o Vinotinto Pantalón A la Cintura Bota Recta Saco Cerrado Opción: Traje Escolar Mujer Saco Abierto Color: Verde,Azul o Vinotinto Zapatos Escolares Negros de Cuero Opcional: Chaqueta Impermeable Azul Oscuro con Logo. Bufanda Oficial de Colegio Falda o Falda Pantalón Medias Azules (A la Rodilla) Uniforme Deportivo. Color: Azul Oscuro y Blanco Camisa o Blusa Escolar. Color: Blanco No se permite el uso de prendas distintas o de otros colores a los establecidos. Camiseta. Blanca Pantaloneta. Azul Oscuro (Hombres) Sudadera. Pantalón a la Cintura Bota Recta Medias Largas (Hasta la Rodilla) Zapato Tenis Completamente Blancos Bicicletero. Azul Oscuro (Mujeres)

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