PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES QUE REGIRAN EN LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIODE LIMPIEZA VIARIA Y ZONAS AJARDINADAS EN BAENA Y ALBENDIN

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1 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES QUE REGIRAN EN LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIODE LIMPIEZA VIARIA Y ZONAS AJARDINADAS EN BAENA Y ALBENDIN CAPITULO I.- OBJETO Y ALCANCE DE LA ACTUACIÓN Articulo 1.- Objeto Tiene por objeto el presente Pliego de Condiciones Técnicas, definir al amparo de la Ley 30/2007 de 30 de Octubre, de Contratos del Sector Público, el marco de relación entre el Ayuntamiento de Baena y la mercantil que resulte adjudicataria, para una mejor prestación del servicio de la limpieza viaria en Baena y Albendín. Asimismo y partiendo de la convicción de que la libre competencia ha de ser compatible con los mecanismos que garantizan la cohesión social y la lucha por la igualdad de las personas, y de que mediante la contratación de servicios de las administraciones públicas se dispone de un instrumento eficiente para contribuir a la corrección de las desigualdades, se pretende utilizar la contratación pública como un sistema de promoción de ocupación de sectores que encuentran especiales dificultades para su inserción en el mercado de trabajo, concretamente, aquellos que por razón de su discapacidad y por razones de su exclusión social ven reducidas sus posibilidades de acceso al mercado laboral. Consecuentemente la ejecución del contrato debe suponer la realización de procesos de inserción sociolaboral a través del empleo, la formación y el acompañamiento de colectivos con especiales dificultades de inserción laboral y o social fomentando la creación de empleo estable en estos colectivos. Artículo 2.- Alcance y zonas de la actuación El espacio urbano objeto de este Pliego Técnico, corresponde geográficamente con las siguientes áreas urbanas: Nº 1.- Casco Histórico y Ensanche. Nº 2.- Núcleo Pedáneo de Albendín. Nº 3.- Zonas verdes de carácter Público (excluidos parque Ramón Santaella y Parque de la Cañada). Nº 4.- Parques Periurbanos (Puente de Piedra, Ermita los Ángeles y Vía Verde) Nº 5.- Polígono industrial Los llanos, Quiebracostillas y Juncal Nº 6.- Zona residencial El Zambudio Nº 7.- Áreas de juegos infantiles.

2 No obstante, si dentro del plazo de la concesión se incorporaran nuevas zonas urbanas a la ciudad, el Ayuntamiento podrá convenir con la empresa adjudicataria la gestión de la limpieza viaria de las mismas, de forma proporcional y en igualdad de condiciones que las aquí licitadas y sin que la empresa se pueda negar a ello, modificando convenientemente el contrato como corresponda. Artículo 3.- Normas relativas a las basuras Todos los residuos recogidos serán transportados hasta un centro o punto que determine el Ayuntamiento de Baena, a cargo del adjudicatario. El Ayuntamiento de Baena se reserva el derecho de modificar el destino de los residuos atendiendo a sus intereses de sostenibilidad económica, ambiental y social, o a otras razones, como obsolescencia tecnológica de la planta de tratamiento, cambios en la legislación, etc. En caso de que el punto designado sea directamente el vertedero, la empresa adjudicataria presentará los resguardos de pago de las entradas de residuos procedentes del Municipio para que sean abonadas junto a la mensualidad inmediatamente posterior. Los objetos de valor que se encuentren en la prestación del servicio serán propiedad del Ayuntamiento y se depositarán en las oficinas de éste. CAPITULO II.- NORMAS RELATIVAS A LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO Sección I.- CARACTERISTICAS DEL SERVICIO Artículo 4. Información Necesaria Los licitadores deberán acompañar a su propuesta como condición imprescindible para concurrir a la licitación, un Proyecto Técnico de Gestión y un Estudio Económico- Financiero de la explotación, en el que se justifique de forma pormenorizada y detallada todas y cada una de las tareas a desarrollar y los medios a emplear en ella, así como el equilibrio económico de la misma. La información básica que ha de facilitar dicho Proyecto será: Metodología, sistemas, maquinaria y equipos humanos a emplear. Justificación de los objetivos a cumplir en la limpieza viaria y de los rendimientos previstos. Organigrama y cronograma de la actuación y su distribución por zonas. Aceras/calzadas donde se prevé realizar este tipo de operaciones. Descripción detallada de las calles, zonas, distritos o sectores, con indicación de las actuaciones a realizar y los procedimientos de limpieza adoptados para cada una de ellas. Constitución de los equipos (personal, maquinaria, material, herramientas, etc.), distribución por zonas y actuaciones a realizar por cada uno de ellos.

3 Planos individualizados a escala suficientemente detallada de las zonas o sectores, con los itinerarios del recorrido efectivo de cada uno de los equipos empleados, rutas de actuación y hora de inicio y finalización de las rutas. Hojas de ruta de cada uno de los servicios planificados, especificando para cada uno de ellos los viales que conforman el itinerario y las longitudes de trabajo desarrolladas a lo largo del recorrido. Frecuencia y distribución horaria de las tareas. Cantidad, características técnicas, marca y modelo comercial de toda la maquinaria adscrita a cada equipo de trabajo, cuadrilla o sector. Cantidad total de trabajo por día, semana y mes a realizar por procedimiento de limpieza, con indicación de los equipos de trabajo que se organicen para atender el servicio expresado en unidades: metros cuadrados de acera, metros lineales de bordillo a limpiar, etc. Sistemas de control de calidad en la prestación de los servicios El Ayuntamiento establece que, con independencia de las zonas de actuación y los tratamientos básicos propuestos por el licitador, el nivel de calidad de los servicios que desarrolle será óptimo para todo el municipio. La Propuesta de Organización de los Servicios de Limpieza Viaria ofertada por la empresa adjudicataria podrá sufrir a requerimiento municipal modificaciones, a fin de acomodarse a nuevas necesidades del servicio. En el caso de que nuevas zonas urbanas se incorporen al patrimonio municipal durante la vigencia del contrato, se estará a lo dispuesto en el artº 2 de este Pliego, excepto que su superficie no sobrepase el 5% de la superficie inicialmente licitada, en cuyo caso deberá ser asumida por el adjudicatario de la concesión sin coste alguno para el Ayuntamiento. Igual consideración merecerán las disminuciones de patrimonio. Las modificaciones podrán ser propuestas por la iniciativa de la propia contrata o a requerimiento de los Servicios Técnicos Municipales y aprobarse por el órgano municipal competente. Se deben optimizar los servicios utilizando las tecnologías más eficaces y respetuosas con el medioambiente y los viandantes, sobre todo en lo que se refiere a los gases de escapes, al consumo de agua y a la contaminación acústica de la maquinaria a emplear. El servicio de limpieza viaria se podrá desarrollar en horario diurno y/o nocturno buscando siempre la máxima eficacia del servicio, según las necesidades de las zonas de actuación y conforme queden establecidos en la propuesta de organización de los servicios de limpieza que aportarán los licitadores, pero siempre con respeto absoluto al bienestar ciudadano. De las áreas de actuación propuestas quedan excluidas taxativamente las siguientes zonas:

4 Zonas internas de edificios públicos o privados, excepto con indicación expresa de los Servicios Técnicos Municipales. Patios de manzanas, pasajes y solares particulares, excepto con indicación expresa de los Servicios Técnicos Municipales. Espacios libres privados o de competencia de otras administraciones, salvo indicación expresa de los Servicios Técnicos Municipales. Zonas verdes de carácter privado. Autopistas, carreteras, caminos y vías fuera del casco urbano consolidado, de competencia de otras administraciones públicas. Anualmente el adjudicatario presentará una memoria pormenorizada de la gestión realizada en el año de referencia y un proyecto de propuestas que mejoren la calidad del servicio en el año siguiente y que deberá ser aprobado por el Ayuntamiento. Artículo 5.- Prestaciones Básicas Se detallan a continuación, y con carácter orientativo, una serie de servicios y procedimientos de limpieza a prestar con cargo al objeto del contrato siendo los licitadores los que propondrán en sus ofertas aquellas que estimen más convenientes para alcanzar los niveles de limpieza propuestos en su Proyecto de Gestión y necesarios para el municipio de Baena y Albendín: Procedimientos de limpieza: Barrido Manual Barrido Manual de Mantenimiento Barrido Mecánico de Calzadas y Aceras. Limpieza Intensivas Baldeo Manual y con medios mecánico de Calzadas y Aceras. Lavado y desinfección de papeleras Eliminación de grafitis y chicles. Servicio de recogida de enseres Servicios de limpieza: Servicio de limpieza en días laborables. Limpieza en Domingos y Festivos Plan de Emergencias. Limpieza en Ferias, Fiestas, Botellón y Actos Públicos. Limpieza del Mercadillo. Servicios de limpieza de acción inmediata.

5 En el Proyecto de Gestión se especificarán para cada uno de ellos, las operaciones que el contratista debe ejecutar y que deberá definir adecuadamente en él, manteniendo como mínimos los detallados en este Pliego. Artículo 6.- Niveles de Limpieza Se definen las siguientes frecuencias mínimas de limpieza y de obligado cumplimiento, que serán de aplicación en las diferentes vías urbanas en función de la calidad de limpieza que se quiere aplicar en dichas vías, según su estructura urbanística, y según el tratamiento más adecuado a su tipología y funcionalidad dentro de la ciudad: - Casco antiguo: Barrido Manual con Frecuencia de limpieza diaria. - Ensanche: o Barrido Manual con frecuencia de limpieza diaria. o Barrido Mecánico con frecuencia de limpieza diaria (en aquellos viales que permita) - Polígono de los llanos: Limpieza intensiva con frecuencia de dos veces por semana. - Resto polígonos: Limpieza intensiva con frecuencia de dos veces por semana. - Parques periurbanos y vías verde: Barrido Manual con frecuencia de limpieza de una vez a la semana. - Zona residencial El Zambudio. Limpieza intensiva una vez por semana. - Zonas verdes de carácter Público (excluidos parque Ramón Santaella y Parque de la Cañada). Barrido Manual con frecuencia de limpieza de tres veces por semana, retirada y limpieza de malas hierbas en aceras y viales. - Pedanía de Albendín: Barrido Manual con frecuencia de limpieza de tres veces a la semana, excepto zona centro que tendrá una frecuencia de limpieza diaria. Los niveles de limpieza a aplicar en las distintas calles y espacios urbanos de cada una de las zonas definidas en el artº 3, serán especificados adecuadamente en el Proyecto de Gestión que cada licitador debe presentar en este concurso. Artículo 7. - Barrido Manual. Esta modalidad de limpieza tratará de eliminar la totalidad de los residuos que se encuentran en las vías urbanas tanto en la calzada como en el acerado mediante medios manuales ya sea con escobas o cepillos y recogedores con su correspondiente carrito portador de cubos, soplador, bolsas y útiles de limpieza o maquinaria equivalente. Es importante que estas operaciones se realicen con total detalle, prestando el operario máxima atención en bordillos y recodos del acerado donde siempre se acumula suciedad.

6 Se limpiarán plazas y espacios urbanos abiertos, incluyendo alcorques del acerado y pequeños parterres y setos si los hubiera. También se eliminarán pequeñas hierbas y matojos de calzadas y aceras. Todas las papeleras del recorrido quedarán vacías de residuos y los espacios próximos a ellas deberán quedar limpios de papeles y desperdicios. Se prestará especial atención a: Las proximidades de contenedores de recogida de RSU o islas de contenedores de RSU, en los que siempre se acumula restos de desperdicios. Cuando hubiera residuos depositados fuera de los contenedores, siempre que fuera posible por su naturaleza, volumen o cantidad, serán recogidos y depositados selectivamente en el interior de los mismos. La recogida y retirada de cualquier tipo de residuos de la superficie de las rejillas, imbornales y sumideros. La recogida de excrementos caninos y otros elementos espúreos que se encuentren en la vía pública. La recogida de las hojas de los árboles que se depositen sobre el acerado o calzada de la vía pública. El contratista observará y deberá comunicar al Ayuntamiento cualquier anomalía o incidencia, ya sea propia del servicio o externa al mismo, que tenga influencia en la prestación de los servicios de limpieza. En el Proyecto de Gestión se indicará el número de equipos empleados, la composición de cada equipo y el número de sectores precisos. También se especificará la frecuencia semanal y el turno y horario en el que se ejecutará, además del rendimiento por equipo expresado en unidades lineales o superficiales y se enumerarán y detallarán las características técnicas de todos los medios mecánicos a utilizar para la realización de estas tareas. Artículo 8: Barrido Manual de Mantenimiento En esta operación pretendemos que a lo largo del día el aspecto de los espacios urbanos mantengan un nivel de limpieza óptimos. Para ello se programa este Barrido Manual de Mantenimiento en zonas donde ya se realizó el Barrido Manual horas antes y que con el transcurrir de la jornada pueden presentar suciedad. Las operaciones a desarrollar por los equipos que realicen el Barrido de Mantenimiento, serán las mismas que las que horas antes realizaron el Barrido Manual pero con un rendimiento superior, ya que se supone que a su paso, el grado de limpieza que presenta la vía será mayor.

7 En el Proyecto de Gestión se indicará el número de equipos empleados, la composición de cada equipo y el número de sectores precisos. También se especificará la frecuencia semanal y el turno y horario en el que se ejecutará, además del rendimiento por equipo expresado en unidades lineales o superficiales y se enumerarán y detallarán las características técnicas de todos los medios mecánicos a utilizar para la realización de estas tareas. En el Proyecto de Gestión se especificarán y definirán adecuadamente las zonas de Barrido Manual de Mantenimiento. El barrido manual de mantenimiento se aplicará: Con frecuencia diaria a las zonas comerciales Articulo 9. Barrido Mecánico (Calzadas y Aceras) Esta operación consiste en el barrido, mediante la utilización de máquinas barredoras de exteriores, de los acerados y viales existentes en la vía pública, recogiendo y eliminando todos los residuos, desperdicios, polvo, y en especial, los depositados junto a los bordillos y huecos de difícil acceso. Las máquinas barredoras a emplear deberán: ser autopropulsadas, ir provistas de sistemas de humectación para eliminar la formación de polvo, y serán de gran maniobrabilidad en razón de sus condiciones especiales de trabajo. Se valorará especialmente su rendimiento, bajo nivel de ruido, accesorios y equipamiento. Será de aplicación en calles, plazas, paseos y avenidas siempre y cuando se permita el empleo de este tipo de maquinaria por su peso y tamaño, prestando la máxima atención para no entorpecer ni dificultar el tránsito de peatones en los acerados. Se aplicará preferentemente en: Vías de acceso al municipio y que soporten un importante tráfico rodado. Calzadas libres de estacionamiento o con estacionamiento unilateral. Zonas peatonales que permitan el tratamiento mecánico En el Proyecto de Gestión se especificarán las zonas de Barrido Mecánico, así como la técnica de trabajo a utilizar. Se indicará el número de equipos empleados, la composición de cada equipo y las zonas de aplicación, indicando la frecuencia semanal, horarios y rendimiento por equipo expresado en unidades de superficie.

8 Asimismo, se enumerarán y detallarán las características técnicas de todos los medios mecánicos y los accesorios a utilizar para la perfecta realización de las tareas de limpieza. Artículo 10: Limpiezas Intensivas El equipo para este tipo de limpieza estará compuesto por una Barredora autopropulsada, de las mismas características que la empleada para el Barrido Mecánico de Calzadas y uno o dos operarios auxiliares equipados con sopladores, que ayudarán a conducir los residuos desde los lugares de difícil acceso hasta la barredora. Su principal misión son las paradas de Autobuses, los alrededores del mobiliario urbano, los alrededores de colegios y en particular aquellas zonas en las que se acumulen muchos residuos y cuando la actividad ciudadana así lo requiera. Las zonas de actuación de estos equipos se extenderán a aquellos viales en la medida que sea aconsejable. En el Proyecto de Gestión se especificarán las zonas de Limpieza Intensiva, así como la técnica de trabajo a emplear. Se indicará el número de equipos empleados, la composición de cada equipo y el número de sectores precisos. También se especificará la frecuencia semanal, turno y estacionalidad en el que se ejecutará, además del rendimiento por equipo expresado en unidades lineales o superficiales. Se enumerarán y detallarán las características técnicas de todos los medios mecánicos y los accesorios a utilizar para la perfecta realización de las tareas de limpieza. Artículo 11: Procedimientos de Baldeo. A) Baldeo Manual. El objetivo de esta modalidad de limpieza es, que zonas de la vía pública con obstáculos al barrido manual o mecanizado, puedan ser limpiadas con agua a presión de red y escoba. Esta operación consigue también la eliminación de malos olores por la acumulación de residuos orgánicos y orines de animales y personas (En estas zonas se empleará además del agua de baldeo, detergentes y desinfectantes adecuados a cargo del adjudicatario). Cada equipo de baldeo estará dotado de sistemas para lanzar agua a presión y adecuado para su utilización en zonas de difícil acceso y tomará agua de la red municipal. La limpieza terminará con una operación de barrido que recogerá todo lo acumulado con el agua a presión. Si fuere necesario, este baldeo se complementará con un equipo

9 de cepillado profundo del pavimento con detergente neutro, que actuará como paso previo o complementario a la operación de baldeo. En las épocas de carestía de agua, el baldeo (manual o mecánico) seguirá las instrucciones que a tal efecto marque el Ayuntamiento para ello. B).- Baldeo Mecánico de Acerados y Calzadas En este procedimiento de baldeo se emplearán medios mecánicos adecuados al trabajo y preparados para lanzar agua a presión con los mecanismos necesarios. Debido a que la unidad está en constante movimiento sobre la calzada, tomará agua de los puntos autorizados por el Ayuntamiento. La unidad deberá ser de dimensiones adecuadas a las zonas a tratar, maniobrabilidad y bajo nivel sonoro. de gran Deberá incluir todos los accesorios necesarios para la toma de agua y el tratamiento de los acerados con agua a presión. En el Proyecto de Gestión se especificarán las zonas las que se emplearan los procedimientos de baldeo, así como la técnica de trabajo a emplear y el personal necesario. Se indicará el número de equipos empleados, la composición de cada equipo, la frecuencia semanal, turno en el que se ejecutará, además del rendimiento por equipo expresado en unidades superficiales. Se enumerarán y detallarán las características técnicas de todos los medios mecánicos y los accesorios a utilizar para la perfecta realización de las tareas de limpieza. Artículo 12. Lavado y desinfección de Papeleras Por el concesionario se realizarán las tareas necesarias para que el aspecto de las papeleras que se encuentran en la zona de este contrato, desde el punto de vista de la limpieza, sea impecable. Todas las papeleras futuras que se puedan instalar dentro del ámbito del contrato también estarán incluidas en él. El trabajo consistirá principalmente en el lavado y desinfección de todas las papeleras, así como el desprendimiento de los posibles papeles y pintadas que se encuentren adheridas a ellas. Se realizará con una frecuencia mínima de dos veces al año. Además los operarios anotarán a su paso las papeleras que se encuentren con desperfectos, comunicándoselo a su dirección y estos semanalmente mediante parte escrito al Ayuntamiento, especificando de que papelera se trata, su ubicación y el tipo de desperfecto.

10 En el Proyecto de Gestión se especificarán la técnica de trabajo a emplear y el personal necesario. Se indicará el número de equipos empleados, la composición de cada equipo y las fechas precisas de actuación. También se especificarán horas de servicio y del rendimiento por equipo expresado en unidades. Se enumerarán y detallarán las características técnicas de todos los medios mecánicos y los accesorios a utilizar para la perfecta realización de las tareas de limpieza, así como los productos a utilizar. Artículo 13.- Procedimiento de limpiezas especiales: grafitis, pintadas, retirada de carteles, limpieza de manchas y chicles En el proyecto que las empresas presenten deben incluir la frecuencia, medios mecánicos utilizados y planificación del mismo. Artículo 14. Recogida de Enseres. Consiste este servicio en la recogida de los enseres domésticos depositados en la vía pública mediante los medios adecuados tanto para la zona del casco antiguo como para la del ensanche, de forma tal que este servicio englobe la totalidad de los núcleos urbanos de Baena, Albendín y periféricos. Este servicio se realizará al menos una vez por semana de forma tal que se complete la recogida en todos los núcleos antes indicados. No obstante se velará por la empresa adjudicataria que no existan depositados enseres a lo largo de la semana, retirando de forma inmediata los enseres depositados en la vía pública. Artículo 15. Limpieza en Domingos y Festivos Los domingos y festivos el concesionario relazará las tareas de limpieza en las zonas céntricas y de mayor concentración ciudadana, adaptándose el servicio a las necesidades estacionales. El proyecto de Gestión contemplará las zonas de actuación, personal y medios asignados así como horarios. Artículo 16. Plan de Emergencias. El Proyecto de Gestión contemplará el diseño del servicio para dar respuesta inmediata y adecuada tanto a situaciones normales como de emergencia, tormentas y vendavales, o cualquier situación meteorológica adversa la contrata llevará a cabo las labores necesarias de limpieza a fin de restituir la normalidad de la circulación y de los servicios

11 públicos en el menor tiempo posible. Prestando especial atención a la limpieza de aceras, vías de tráfico rodado, vías de circulación del transporte público, acceso a hospitales, y otros centros de atención sanitaria, accesos a aparcamientos públicos y otras prioridades que podrán establecerse por la Dirección técnica municipal o los servicios técnicos intervinientes en la emergencia. En aquellas situaciones adversas en las que los equipos de limpieza del concesionario no puedan desarrollar su trabajo de una forma normal, el Ayuntamiento dentro de sus Planes especiales de Emergencia, podrá disponer como mejor proceda del personal de la contrata, tanto en sus áreas de actuación como en refuerzo de otras áreas de la ciudad. Artículo 17.- Limpieza en Ferias y Fiestas, Botellón y Actos Públicos en la Baena y Albendín. Se pretende con estos servicios, atender las necesidades de limpieza de las zonas donde se realicen celebraciones, que conlleven acumulaciones de residuos por los motivos enumerados en el titulado del artículo. Los tratamientos a realizar dependerán esencialmente del tipo de celebración que se lleve a cabo y los medios necesarios podrán estar constituidos por Barridos Manuales y/o Mecánicos, así como también por Baldeos Manuales y/o Mecánicos. Se organizarán servicios de limpieza extra de refuerzo sin cargo adicional, para los siguientes días: - Año Nuevo - Cabalgata de Reyes - Carnavales - Semana Santa (jueves a domingo) - Ferias y Fiestas. - Feria Real. - Navidad - Fiestas Patronales de la ciudad, de los barrios urbanos y de los municipios pedáneos También sin cargo adicional se preverán además de lo descrito con anterioridad, servicios de limpieza en actos públicos, manifestaciones, carreras deportivas, mítines u otros de similares características y que a tal efecto señale el Ayuntamiento. Corresponderá también a la empresa adjudicataria, la limpieza de los espacios públicos de la vía donde en sus zonas de actuación se desarrolle la movida conocida como el Botellón o la llamada Movida Juvenil, para lo que se dispondrá de la maquinaria y operarios necesarios para mantener estos espacios en condiciones optimas de limpieza. La limpieza de estas zonas no podrán retrasarse más allá de la mañana siguiente a su celebración, previniendo que principalmente se desarrollará de Jueves a Domingo y Festivos. Si las zonas dedicadas a Botellón cambiasen a lo largo del año, la limpieza

12 deberá también trasladarse con ellas, siempre y cuando las zonas estén dentro del ámbito de este contrato. Durante la Semana Santa el concesionario realizará el Servicio de Limpieza tras el desfile procesional. Durante la Feria Real, se procederá a la limpieza del Recinto Ferial con frecuencia de dos veces al día: mañana y tarde. En el Proyecto de Gestión se especificará la técnica de trabajo a emplear y el personal y los medios mecánicos necesarios, tanto para los servicios extras de limpieza, como para la limpieza del Botellón. El material especial en detergentes y desinfectantes necesarios para una limpieza de calidad, serán de cargo del adjudicatario y se especificarán en el Proyecto de Gestión. Se indicará el número de equipos empleados y la composición de cada equipo y se enumerarán y detallarán, las características técnicas de todos los medios mecánicos y los accesorios a utilizar para la perfecta realización de las tareas de limpieza Artículo 18. Limpieza del Mercadillo. Una vez finalizados el mercadillo, se recogerán todos los residuos. Inmediatamente después se barrerá y baldeará la totalidad del pavimento. Si hubiere modificaciones en la localización y/o día de la semana en la que se realiza el mercado, los servicios técnicos municipales deberán notificarlo a la contrata quien arbitrará los medios para realizar las labores pertinentes. En el Proyecto de Gestión se especificará la técnica de trabajo a emplear, el personal, los medios mecánicos necesarios y las calles incluidas dentro del plan de actuación limpieza de mercadillo. Artículo 19.-Servicios de limpieza de acción inmediata. Por parte del adjudicatario se dispondrá de los efectivos necesarios para la realización de los servicios de limpieza de acción inmediata: servicios solicitados a la contrata por requerimiento de los Servicios Municipales, Policía Local o Bomberos o bien por el propio personal de la contrata, para atender en cualquier momento de las 24 horas del día situaciones de limpieza y recogida de residuos excepcionales e imprevisibles derivadas, entre otros, de los siguientes sucesos: Accidentes de tráfico. Limpieza de calzadas por derrames de aceites, carburantes y otros elementos contaminantes.

13 Retirada de animales muertos de la vía pública. Otras incidencias. Los servicios de limpieza actuarán coordinadamente y bajo la supervisión de los Servicios Técnicos Municipales. El Ayuntamiento podrá disponer de otros medios auxiliares propios o externos para solventar la situación. La realización de estos servicios no implicará el abandono o no prestación de los servicios ordinarios Estos equipos actuarán con la máxima celeridad una vez comunicada o detectada la incidencia. La recogida del animal se hará con los medios adecuados y su cadáver se depositará en el lugar que fije el Ayuntamiento para ello. CAPITULO III.- SERVICIOS DE GESTION, PLANIFICACION Y COORDINACION ESTRATÉGICA Y COMUNICACIÓN CON EL AYUNTAMIENTO. Apartado 1. Servicios generales de gestión Artículo 20.- Criterios a aplicar para los servicios de gestión. Los licitadores deberán ajustarse en sus ofertas a todas las condiciones establecidas en este capítulo relativas a los siguientes servicios generales: Dirección. Coordinación. Gestión administrativa. Artículo 21.- Dirección. La empresa contratista será la máxima responsable del servicio y designará a un Director o Gerente o Jefe de Explotación o equivalente. Esta persona representante de la empresa contratista dirigirá la Contrata, será responsable a todos los efectos de la gestión de la misma, tendrá capacidad decisoria para resolver cualquier incidencia vinculada a los servicios. Artículo 22.- Coordinación de Servicios. La empresa contratista designará a un Coordinador de Servicios, que será el responsable de concertar y disponer de la forma más eficaz los medios materiales y humanos para la ejecución de las labores, siempre bajo la dirección y supervisión de los servicios técnicos municipales.

14 El coordinador deberá velar por la máxima productividad en la realización de los trabajos, la flexibilidad y adaptabilidad de los equipos humanos y materiales en la realización de los distintos trabajos complementarios entre sí, la optimización de los métodos de trabajo con los equipos humanos y los medios materiales asignados, la adaptación de los medios a los servicios y a las características y necesidades de cada caso en particular. Velará por la coordinación estratégica de los servicios y actuaciones conjuntas con los servicios municipales, en particular con la Unidad de Servicios, Policía Local, Bomberos, Participación Ciudadana. Tendrá disponibilidad y/o localización de forma permanente. En caso de ausencia, enfermedad, vacaciones u otras causas nombrará a otra persona en su sustitución que realizará funciones similares. Podrá ser requerido por el Concejal delegado del área o en su ausencia por la Dirección Técnica Municipal ó por Jefes de Servicios Municipales. Será la persona que reciba las órdenes o directrices por parte de los servicios municipales. Este coordinador deberá dedicarse en exclusiva a la prestación de los servicios objeto de este contrato, y además tendrá comunicación directa y permanente con los servicios municipales. Artículo 23.- Gestión Administrativa. Los licitadores definirán, si lo consideran pertinente, el equipo administrativo necesario para la realización correcta de las tareas encomendadas en el pliego, indicando los medios humanos y materiales adscritos, y sus funciones. La gestión del equipo administrativo tendrá un nivel de informatización de igual nivel y compatible con el existente en el Ayuntamiento. Este equipo administrativo no requiere dedicación exclusiva para la prestación de los servicios objeto de este contrato. Artículo 24.- Almacenes. Las empresas licitadores deberán realizar la gestión de sus propios almacenes, que deberá garantizar la cobertura de las necesidades de resguardo de maquinaria y suministro de materiales, equipos de reserva y otros, herramientas, implementos, vestuario y otras necesidades de materiales. Apartado 2. Coordinación estratégica de los servicios. Artículo 25.- Planificación, coordinación y mejoras del servicio. Memoria Anual. A fin de llevar a cabo estas premisas se realizarán anualmente al menos una reunión de coordinación y planificación a largo plazo entre los principales responsables del Ayuntamiento y la Contrata, a fin de evaluar y definir los objetivos del servicio.

15 El contenido de los temas a tratar se definirán en una Memoria Anual que contendrá el siguiente detalle: Planificación de las actuaciones de la contrata. Propuesta de medidas correctoras de organización, formación, medios humanos, técnicos, materiales y de control, mejoras en prestación y ejecución de los servicios. Quejas y otras incidencias del servicio Resumen anual de las facturaciones mensuales. Artículo 26.- Programación a corto plazo. La programación a corto plazo será realizada por la Contrata en coordinación con los servicios técnicos municipales. Asimismo se prevé la realización de reuniones mensuales con el Director Técnico Municipal. En dichas reuniones se repasarán las incidencias y el estado de limpieza de la ciudad, se acordará una lista priorizada de actuaciones de limpiezas especiales y/o complementarias a realizar, sin perjuicio de otras prioridades mayores que surjan y serán abordadas por la contrata. Estas servirán para la comunicación y coordinación de acciones. Se dará cuenta de las incidencias ocurridas con los medios materiales como de otras sobrevenidas con los servicios prestados. Artículo 27.- Elementos de comunicación. Los licitadores harán las propuestas de aquellos elementos de comunicación Ayuntamiento-Contrata que permitirán un conocimiento inmediato en situaciones específicas. Apartado 3. Sistemas de control del Ayuntamiento Artículo 28.- Medidas de control de calidad tomadas por el Ayuntamiento. Los servicios contratados estarán sometidos permanentemente a inspección y vigilancia de la administración municipal, quien podrá realizar las revisiones de personal, material, documentación y otras que estime oportunas, en cualquier momento y lugar. El Ayuntamiento designará una Dirección Técnica Municipal entre el personal al servicio de la corporación o contratado específicamente para este cometido, y será la persona responsable de todas las medidas de control de calidad tomadas por el

16 Ayuntamiento. Así mismo, será responsable de la elaboración de la Memoria Anual por parte del Ayuntamiento. El Ayuntamiento, a través de esta persona, de los técnicos municipales que se designen al efecto, o de los medios externos que se contraten para este cometido, hará las revisiones e inspecciones oportunas, tendrá acceso a los locales y dependencias del servicio y le serán facilitados cuantos datos precise, respecto a la organización y ejecución de los servicios objeto del presente Pliego. Las facultades de la inspección municipal serán, al menos, las siguientes: a) Controlar que las labores se efectúen oportuna y adecuadamente, así como en la forma estipulada. Dirección y supervisión de organización de labores y prioridades. b) Controlar si se cumple tanto lo estipulado en este Pliego de Condiciones y Contrato de Adjudicación, como en los posibles compromisos posteriores de la empresa adjudicataria, especialmente los que resulten de la programación a largo, medio y corto plazo. c) Fiscalizar los consumos de agua, materiales y equipos para que sean los adecuados. d) Realizar los controles necesarios en cumplimiento de la legislación vigente. La Dirección Técnica Municipal, de acuerdo con las observaciones y controles realizados, elaborará los informes técnicos oportunos, que serán presentados ante los órganos municipales competentes. Artículo 29. Información a facilitar al Ayuntamiento. La empresa adjudicataria remitirá a la Dirección Técnica Municipal un informe mensual del servicio, así como cualquier otra información que le sea solicitada con la finalidad de hacer un seguimiento a los niveles de calidad del servicio ofrecido por la contrata. CAPITULO IV. GESTIÓN DE MEDIOS ASIGNADOS. Apartado 1. Gestión del personal. Artículo 30.- Obligaciones del adjudicatario respecto del personal. Será obligación del adjudicatario reconocer todos los derechos y obligaciones laborales que vinieran disfrutando los trabajadores a través de los convenios colectivos vigentes en el momento de la licitación, quedando obligado a lo dispuesto por las leyes protectoras del trabajo y Seguridad Social en todos sus aspectos.

17 En el momento de inicio de la prestación de los servicios, el adjudicatario comunicará al Ayuntamiento la relación del personal adscrito a cada uno de los servicios y la relación nominal de todo el personal adscrito a la contrata. El adjudicatario dispondrá del personal necesario para satisfacer adecuadamente las exigencias del contrato, debiendo cumplir en todo momento la legislación aplicable y pudiendo exigir el Ayuntamiento las acreditaciones y documentaciones correspondientes. El adjudicatario deberá tener debidamente asegurado a todo el personal a su cargo, debiendo realizar los seguros de responsabilidad civil que cubra posibles daños a terceros en la realización de los trabajos contemplados. Artículo 31.- Gestión del personal durante la vigencia del contrato. El contratista será responsable de la gestión del personal, limitándose el Ayuntamiento a disponer de la estructura técnica de supervisión necesaria para establecer los planes, coordinar los trabajos, controlar las prestaciones y en general verificar y asegurar que la prestación de los servicios esté en condiciones de satisfacer las exigencias operativas y los objetivos de calidad de los servicios y parámetros de sostenibilidad medioambiental establecidos. Los licitadores describirán la forma de organización del personal mediante un organigrama de personal. La empresa adjudicataria se sujetará estrictamente a la legislación social y laboral vigente en cada momento. Como resultado de las propuestas de organización de los servicios ofertados por las empresas licitadoras, se explicitará una propuesta detallada de las previsiones de plantilla que considere necesaria en cada una de las operaciones a realizar, con el siguiente desglose: Personal directo para la realización de los trabajos. Personal para asegurar la ejecución de los trabajos cuando se produzcan bajas por absentismo laboral, enfermedad, accidentes, y otras causas debidamente justificadas. Personal de coordinación, supervisión o dirección. Artículo 32.- Identificación, vestuario, presentación, comportamiento del personal. Todo el personal deberá estar perfectamente identificado en orden a la seguridad de los servicios. Todo el personal deberá ir uniformado. El tipo de uniforme será distinto en verano que en invierno y habrá de ser establecido o aprobado por el Ayuntamiento. El

18 uniforme deberá tener impreso el anagrama o logo del Ayuntamiento de Baena, así como la expresión Servicios Públicos, junto a una referencia a la función concreta realizada en caso de ser solicitada por el Ayuntamiento ( Limpieza viaria ). La cantidad y calidad del vestuario y los equipos de protección personal para los trabajadores se regirán en todo momento según lo acordado por los convenios colectivos y conforme a la legislación aplicable en materia de prevención de riesgos laborales. El vestuario mínimo a proporcionar será de una dotación completa para invierno y otra para el verano, sin perjuicio de la dotación necesaria de equipos de protección personal, a determinar por el servicio de prevención de la propia contrata. Cada licitador deberá presentar una relación detallada de las prendas de vestuario, equipos de protección personal, así como del material auxiliar que va a emplear cada operario con expresión del costo anual de los mismos. El adjudicatario se responsabilizará de: falta de aseo, decoro o descuido en el vestuario; no utilización del vestuario establecido; descortesía o mal trato que el personal observe con respecto al ciudadano; producción de ruido excesivo; derroche de agua; uso indebido de elementos del mobiliario urbano o de elementos y maquinaria adscrita a la contrata. Adecuación de la cualificación del personal al trabajo que se le asigne. El Ayuntamiento se reserva el derecho de penalizar económicamente a la contrata por el indebido cumplimiento de las obligaciones exigibles en este artículo. Apartado 2. Gestión de medios materiales Artículo 33.- Cuestiones de Imagen. Todas las instalaciones, vehículos, maquinarias y elementos materiales afectados a la contrata deberán estar identificados convenientemente y rotulados con la imagen corporativa del Ayuntamiento de Baena así como la leyenda Servicios Públicos. El modelo final de la imagen deberá ser aprobado o definida por el Ayuntamiento. Dichos costes correrán por cuenta de la contrata. Forman parte de las cuestiones de imagen todas las acciones de comunicación externas, campañas de información y/o sensibilización y todas las actuaciones conjuntas que realicen el Ayuntamiento y la Contrata.

19 Artículo 34.- Mantenimiento y conservación de los medios materiales. El adjudicatario está obligado a presentar un plan de mantenimiento preventivo de todos los medios materiales destinados a los servicios, indicando las operaciones a realizar según especificaciones de los fabricantes o similares. Los medios materiales adscritos a la contrata serán mantenidos, conservados en perfecto estado de funcionamiento y/o mantenimiento durante el periodo de vigencia de la contrata. Los gastos de explotación y/o funcionamiento, reparaciones y otros gastos y obligaciones fiscales, tributarias o de cualquier otro tipo correrán por cuenta del adjudicatario. Si durante la vigencia del contrato hubiera incidencias con los medios materiales asignados que les dejasen fuera de servicio, será necesario comunicar la incidencia a los Servicios Técnicos Municipales. Se informará sobre la novedad, la causa que ha motivado la incidencia y la previsión de reemplazo. Tras el informe técnico favorable se procederá a dar de baja al material, de alta al que le sustituye y a restablecer el servicio a los parámetros anteriores a la incidencia. En estos casos, la contrata sustituirá el medio material dado de baja, por otro de las mismas características y asumirá íntegramente los gastos derivados de la sustitución. La maquinaria y bienes aportados por el contratista permanecerán de su propiedad una vez finalizada la relación contractual. El Ayuntamiento exige que todos los medios materiales en uso se encuentren en buen estado y en funcionamiento. Artículo 35.- Material móvil: maquinarias y vehículos. El material móvil propuesto por el contratista deberá ser especificado (cantidad y características técnicas) por los licitadores en sus ofertas para su puntuación. El material móvil a utilizar será el más adecuado a las características del servicio y a las necesidades de los núcleos Los servicios mínimos a realizar con maquinaria son los de barrido y baldeo de aceras y calzadas en los núcleos objeto del presente contrato, transportes ligeros para limpieza. El adjudicatario está obligado a suscribir a su costa una póliza que cubra los daños que pudiera ocasionar el material móvil a terceros. Todos los vehículos que trabajen en la vía pública deberán ser perfectamente visibles. Aquellos que realicen trabajos nocturnos dispondrán de la señalización precisa, y de los sistemas obligatorios para los operarios que trabajen junto al conductor. En cuanto a los aspectos relacionados con la imagen hacia el ciudadano, deberán cumplir:

20 Normas de pintura que se precisen a través de la homologación de los equipos que se aprueben. Estricta limpieza y desinfección de todos los equipos al finalizar cada jornada de trabajo. Niveles mínimos de ruido y contaminación permitidos. Reparaciones estéticas, cuando así lo requieran los equipos. Para aquellas prestaciones en que la movilidad y la comunicación sean características esenciales para la mayor eficacia del servicio, será preciso que los vehículos estén dotados de sistemas de comunicación. El mantenimiento de estos equipos, correrá a cargo del concesionario. En todo momento el contratista, deberá tener en funcionamiento el material necesario para prestar los servicios, por lo que deberá disponer de los necesarios equipos de reserva que considere oportuno, debiendo indicar en sus ofertas los elementos considerados como equipos de reserva o fijar el sistema por el que los adquirirá temporalmente. En cuanto a la maquinaria municipal que sea utilizada de apoyo en los servicios objeto de este contrato, en ningún caso se entiende que hay transmisión de la propiedad, y se intentará, siempre que sea posible, que el conductor sea personal del Ayuntamiento. Las solicitudes de esta maquinaria de apoyo por parte de la contratista se dirigirán directamente al responsable del departamento de servicios públicos. La responsabilidad por desperfectos en el uso de la maquinaria propiedad del Ayuntamiento de Baena dependerá del conductor que haya hecho uso de ella. El contratista deberá responder por desperfectos en la maquinaria del Ayuntamiento cuando éstos se produzcan cuando se encontraba bajo su responsabilidad y se realizara un uso negligente de la misma. Artículo 36.- Otros equipos y materiales. Se trata de equipos y materiales como porta cubos, carritos de baldeo, cepillos, escobas, palas, herramientas, utensilios de jardinería, productos de limpieza, bolsas, así como cualquier otro elemento necesario para prestar los servicios objeto de este contrato, que serán provistos, mantenidos y sustituidos cuando sea necesario por la contrata, asegurando que su número y condición permita la realización de los servicios asignados. Artículo 37.- Instalaciones fijas. Se considerarán instalaciones fijas las naves, garajes, talleres, almacenes, oficinas, centros de concentración de personal, aseos, vestuarios, y otras instalaciones que sirvan para la estancia y mantenimiento del material, y para la concentración y distribución del personal, para el almacenamiento temporal de residuos y otros elementos, materiales o

21 vehículos de los servicios adscriptos a la presente contrata e instalaciones para la realización de los servicios previstos en el pliego. Los licitadores presentarán en su oferta si disponen o no de instalaciones fijas para el personal y material objeto de este contrato, su ubicación y sus características. En caso de disponer de instalaciones fijas, las mismas pueden no ser destinadas en exclusividad a la ejecución del presente contrato, siempre y cuando se especifique la compatibilidad de usos. Con respecto a estas distintas instalaciones fijas, será responsabilidad del adjudicatario: Su puesta en funcionamiento y operatividad desde el inicio mismo de la contrata de todas las instalaciones fijas con la excepción de las instalaciones de nueva construcción. El cumplimiento de la normativa aplicable a las mismas. Cumplir las exigencias relacionadas con la imagen externa. Realizar un plan de mantenimiento, conservación, desinfección y desratización de las instalaciones fijas. Acometer las labores de mantenimiento, conservación y reparación de las instalaciones, y de desinfección y desratización de las instalaciones, conforme a los planes propuestos. Realizar la vigilancia de las instalaciones. Realizar cuantas obras de reparación, mantenimiento, ampliación, reforma y/o adecuación a nueva normativa sean necesarias. Asumir económicamente los gastos de alquiler, agua, luz, teléfono y otros insumos correspondientes a los gastos de explotación que se produzcan durante la concesión en todo el conjunto de las instalaciones utilizadas en la prestación de los servicios. El pago de todas las obligaciones tributarias y fiscales que correspondiesen. Suscribir, para todas las instalaciones fijas adscritas a los servicios, pólizas de seguro de responsabilidad civil, continente, contenido y riesgos medioambientales. Baena, noviembre de 2008 EL INGENIERO TÉCNICO MUNICIPAL Fdo.: Jorge A. Cubero Linares DILIGENCIA.- Para hacer constar que el presente Pliego de condiciones técnicas ha sido aprobado por el Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Baena en sesión de 27 de noviembre de Baena a 10 de diciembre de 2008 EL SECRETARIO,

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