Inicia reforma tributaria Cree? una docena de razones

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1 Tributario Inicia reforma tributaria Cree? una docena de razones No es noticia lo que ya es de conocimiento generalizado: proyecto de reforma tributaria radicada ante el Congreso, que empieza su recorrido de análisis, discusión, propuestas, contrapropuestas, aclaraciones, adiciones, sustituciones, eliminaciones. Falta, por supuesto, todo un camino por recorrer, que se estima apretado porque el Gobierno ha decidido que no va a colocar mensaje de urgencia sino que dejará a decisión del Diversos temas despiertan interés y comentarios. Sin embargo, en la presente oportunidad nos proponemos analizar la propuesta de aprobar el IMPUESTO SOBRE LA RENTA PARA LA EQUIDAD CREE. Se ha conocido que el Gobierno estima necesario eliminar los aportes al SENA (2%) e ICBF (3%), lo mismo que los aportes de salud de los empleadores (8,5%), porque según las cifras y estudios económicos, la carga parafiscal sobre la nómina desestimula el empleo formal e impide una más fluida generación de empleo. En ese camino, para sustituir la reducción de los aportes señalados, se propone establecer un impuesto a la renta para la equidad, bautizado con el acrónimo CREE, que con una tarifa del 8% iría simultáneamente aparejado con la reducción de la tarifa general del impuesto a la renta al 25%. En palabras simples, se trata de dividir el actual impuesto del 33% en dos fracciones: el básico de renta con una tarifa del 25% y el CREE con una tarifa del 8%. Sin embargo, la división no es tan matemática porque la base para la liquidación sería distinta, produciendo efectos económicos distintos. Veamos: Señala el proyecto de ley que el CREE se liquidaría sobre una base constituida por los ingresos netos del ejercicio, menos los costos y deducciones, sin incluir la deducción por activos reales productivos (que aplica solamente a quienes hayan suscrito contrato de estabilidad jurídica). Por definición del artículo 26 del ET, ingreso neto es el que resulta de tomar los ingresos brutos que se hayan realizado en el ejercicio, que enriquezcan y que no hayan sido expresamente exceptuados, restando las devoluciones, rebajas y descuentos. Es decir, la base de liquidación del CREE sería: Menos: Menos: Igual: Menos: Menos: Ingresos brutos, ordinarios y extraordinarios Devoluciones, rebajas y descuentos Ingresos no constitutivos de renta ni de ganancia ocasional INGRESO NETO Costos Deducciones (distintas de la deducción por activos productivos) Igual: Base gravable ordinaria CREE

2 Qué se observa en relación con la base del CREE y sus demás elementos? Primero, que al tomar como base de ordinarios y extraordinarios, y dentro de éstos, los constitutivos de ganancia ocasional, como por ejemplo, el ingreso por venta de activos fijos poseídos por dos años o más. Si tenemos en cuenta que se ha propuesto reducir la tarifa de impuesto de ganancias ocasionales al 10%, quiere decir que en realidad, la reducción iría al 18%. Segundo, que al considerar los ingresos netos, permitirá reducir de la base el valor de los ingresos no constitutivos de renta ni de ganancia ocasional, tales como dividendos, indemnizaciones, capitalizaciones y utilidades en venta de acciones, lo mismo que aquellas partidas que aunque contablemente sean ingresos, no toman esa calidad desde lo fiscal, tal como ocurre con el ingreso por método de participación patrimonial y los ingresos por valoración a precios de mercado. Es erróneo, por tanto, considerar que la base del CREE impediría reducir los ingresos no constitutivos de renta ni de ganancia ocasional, y que a consecuencia de ello pudiera producirse una tributación en cascada, ya que el concepto de ingreso neto está definido en el artículo 26 del ET y según su contenido, uno de los requisitos para que haya ingreso es no estar exceptuado Por tanto, los ingresos exceptuados están antes del ingreso neto, reduciendo el valor de la base del CREE (vid. El impuesto de renta en Colombia de J. Orlando Corredor Alejo). Razón fundamental para entenderlo en esa forma no es solamente la definición del concepto ingreso neto que contiene la ley tributaria actual, sino que la exposición de motivos así lo señala de manera expresa (Vid. Punto 3.3 de la exposición de motivos). aumenta, a esos mismos sujetos, a un 30%. En efecto, por mandato de la ley 1429 de 2010, quienes generan empleo tienen derecho a tomar como descuento tributario el valor de los aportes parafiscales y el 1,5% de aporte al Fosyga. Ello quiere decir que ya el Estado está subsidiando los aportes parafiscales y de salud por la vía del descuento tributario en el impuesto de renta. Presupuestalmente, el Estado está asumiendo los aportes mediante la reducción que conlleva el impuesto de renta con el descuento tributario. Por ello, eliminar los aportes no supone esfuerzo presupuestal. Con la propuesta, al eliminar los aportes, se eliminará el descuento tributario y por esa vía, en apariencia, se nivelaría lo uno con lo otro, pero con una desventaja en términos de tasa efectiva de tributación. Los ejemplos son siempre los más ilustrativos: Actual CREE Ingreso Salarios Aportes Parafiscales Aportes salud Renta líquida Impuesto renta CREE 467,20 Dcto tributario parafiscales Dcto tributario 60 - salud Impuesto neto ,20 Ut. después de ,80 impuesto Tarifa efectiva 25% 30% Tercero, pero qué es lo que hay realmente desde lo económico y de hacienda? Observamos un efecto financiero: aumento de la tasa efectiva del impuesto a la renta, que hoy, para quienes generan empleo, se ubica en el 25%, de manera que con el CREE se les Si bien la utilidad después de impuestos aumenta levemente, en realidad, la tasa efectiva de tributación (impuesto neto / renta líquida) sube 5 puntos. Naturalmente, este efecto se ocurre porque el CREE es una modalidad de impuesto a la renta, que

3 deberá reconocerse contablemente como mayor valor del gasto por impuesto de renta (cuenta 54 del PUC comercial). Sin embargo, el efecto financiero anotado se observa únicamente respecto de quienes generan nuevos empleos. No así, con los que no generan nuevos puestos de trabajo, porque a ellos, simplemente se les reduciría el aporte que hoy pagan sobre sus empleados, cambiando el aporte por el CREE, sin efecto real en su tasa de tributación. El cuadro que sigue nos permite justificar lo anterior: Actual CREE Ingreso Salarios Aportes Parafiscales Aportes salud Renta líquida Impuesto renta CREE 467,20 Dcto tributario parafiscales Dcto tributario 60 - salud Impuesto neto ,2 0 Ut. después de impuesto ,8 0 Tarifa efectiva 33% 33% valor de los aportes que se eliminan (efecto neto: 11,725%). Cuarto, al no permitir la deducción especial por activos productivos, automáticamente el CREE, en realidad, es el camino perfecto para restarle efectos a los contratos de estabilidad jurídica. En este sentido, CREE significa Cómo Reducir los Efectos de la Estabilidad jurídica. En efecto, quienes tienen estabilidad jurídica gozan del derecho a la reducción de la tarifa del impuesto a la renta, pero quedan obligados a pagar el CREE. En consecuencia, te rebajo el 8% de renta (incluyendo la deducción especial) pero te cobro el 8% (sin incluir la deducción especial). Muy inteligente y admirable la medida, que numéricamente se explica con el siguiente ejemplo: Actual Impuest o renta CREE Ingreso $ $ $ neto Costos $6.000 $6.000 $6.000 Deducci ones Deducci ón AFRP Renta líquida Impues to $2.000 $2.000 $2.000 $1.000 $1.000 $0 $1.000 $1.000 $2.000 $330 $250 $160 Hoy, la empresa estabilizada paga $330; mañana con CREE pagará $410. Hay, según se observa en las cifras, un aumento de la utilidad después de impuestos, lo que deja ver que de manera generalizada, el CREE es una buena medida desde el punto de vista de flujo de caja porque libera caja a favor de las empresas. Es decir, eliminar los aportes, reducir la tarifa de impuesto de renta y gravar con un 8% es económicamente favorable para los contribuyentes en una fracción matemática equivalente al 67% del Quinto, pero no solo con el CREE se aumenta la tributación de los contribuyentes estabilizados sino que también se mete en la corriente fiscal a quienes gozan de los beneficios de progresividad de las Pymes. Hoy, las Pymes pagan el cero en el año 1 y 2. Con CREE seguirán pagando cero de tarifa de renta, pero empezarán a pagar el 8% por CREE. Inteligente y admirable medida! Sexto, otro efecto del CREE es que hace tributar a quienes hoy gozan de rentas

4 exentas, tales como los hoteles nuevos. Con CREE ellos empezarán a pagar el 8%. En efecto, hoy un hotel paga cero de impuesto, pero el dividendo es gravado en cabeza de sus accionistas. Mañana, el hotel pagará cero por renta y 8% por CREE, y el dividendo seguirá gravado con el 25%. Un ejemplo nos ayuda a explicar, suponiendo que las cifras contables y fiscales fueren iguales: Sin CREE Con CREE Ingresos $5.000 $5.000 Deducciones $3.000 $3.000 salarios Aportes $270 $120 parafiscales Aportes salud $255 $0 Otras deducciones Utilidad comercial antes de impuesto Impuesto de renta y CREE Utilidad después de impuestos Dividendo gravado Impuesto al dividendo (persona jurídica) Tributación global (renta más CREE) Liquidez a favor de accionistas $475 $475 $1.000 $1.405 $0 $112,4 $1.000 $1.292,6 $1.000 $1.292,6 $330 $323,15 $330 $435,55 $670 $969,45 En esta materia, el CREE es una Inteligente y admirable medida! Séptimo, el CREE produce un efecto negativo frente a los descuentos tributarios, en especial el descuento por impuestos pagados en el exterior por concepto de dividendos (tax credit). El CREE no admite descuentos tributarios y por ello, lo que antes se imputa como menor valor del impuesto de renta con límite del 33%, con la propuesta se imputará pero con reducción de la limitación al 25%, dejando libre el recaudo del otro 8%. Octavo, de la mano con lo anterior, el CREE será un detonante para el aumento de los saldos a favor, a menos que el Gobierno reduzca las tarifas de retención en la fuente. Noveno, para quienes generen pérdida fiscal en el año (antes de aplicar la deducción especial por activos productivos), o cuya renta líquida ordinaria sea inferior a la renta presuntiva, el CREE sería liquidado sobre la renta presuntiva determinada según el artículo 188 del ET, es decir, aplicando el 3% al patrimonio líquido del año anterior, sin depuración alguna. Para estos efectos, no importará que el sujeto esté exceptuado de la aplicación de la renta presuntiva ya que la norma lo que hace es determinar una base gravable mínima para el cálculo del CREE. Por tanto, si un ente no sujeto a renta presuntiva genera pérdida fiscal, de todos modos tendrá que liquidar y pagar el 8% por CREE. Una medida muy política que mantiene exoneradas de renta presuntiva a ciertos entes, pero los incluye dentro de los sujetos gravados con el CREE aun bajo el sistema presuntivo. Décimo, desde el punto de vista de la sujeción pasiva, se propone gravar con el 8% del CREE a las sociedades personas jurídicas contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta. Parecier entre la expresión sociedades - personas jurídicas, lo que hace que el efecto de sujeción En efecto, con la redacción propuesta en el proyecto, no serían gravados con el CREE las personas jurídicas que no son sociedades, como es el caso de las empresas industriales y comerciales del estado. De todos modos, no serán sujetos del CREE las personas naturales, los entes no contribuyentes (sindicatos, universidades, uyentes que no son sociedades ni personas jurídicas, tales como las comunidades organizadas, las sociedades de hecho, las fiducias condicionadas, los fondos de empleados y las cajas de compensación. Tampoco lo serán las entidades que pertenecen al régimen

5 tributario especial que aunque contribuyentes personas jurídicas, no son sociedades. normativa, la sujeción pasiva variaría sustancialmente porque se haría sujetos del CREE a los entes del régimen especial, a las cajas de compensación, a los fondos de empleados y a los demás sujetos que tienen personalidad jurídica aunque no sean sociedades. Como hay sujetos que no quedan vinculados al pago del CREE, ellos seguirán obligados a liquidar y pagar los aportes al SENA, ICBF y salud. Décimo primero, acorde con el proyecto de ley, la eliminación de los aportes parafiscales y de salud aplicaría en beneficio de los contribuyentes obligados a pagar el CREE y solamente en relación con aquellos trabajadores que devenguen hasta 10 salarios mínimos legales mensuales. Respecto de empleados que devenguen por encima de esta partida, el empleador seguiría obligado a realizar los aportes al SENA, ICBF y salud obligatoria. A propósito de la salud, el CREE no supone eliminación del aporte obligatorio de los trabajadores, quienes en caso de aprobarse la medida, seguirán aportando su 4% por este concepto. Ciertamente, eliminar los aportes respecto de los trabajadores que devenguen menos de 10 salarios mínimos, comporta un mensaje subliminal para que los empleadores contraten personal con remuneraciones inferiores a este monto, ayudando a mantener la clase media en ese sitio: en la media. Aunque la contratación de empleados con devengos superiores no elimina la obligación de pagar el CREE, tampoco comporta efecto económico alguno y es un hecho que los empresarios van a querer obtener el 11,725% de ahorro neto que comporta tener el beneficio de no pagar los aportes. Décimo segundo, ahora bien, la exposición de motivos indica que el CREE sería una renta de destinación especial amparada constitucionalmente en el artículo 359 de la constitución nacional. Desde nuestro punto de vista, esta es una debilidad de la figura, porque el CREE se está concibiendo como un podría tener destinación especial. Esta será una de las amenazas para la figura. Fuente: Jesús Orlando Corredor, Amigo experto incp Normas Internacionales de Información Financiera 7 consejos para prepararse para las NIIF Consejos prácticos para los contadores colombianos, Que los prepararán para el cambio a las NIIF Consejo 1: Entiende la situación Hoy en día Colombia ha determinado optar por las Normas Internacionales de Información Financiera. Esta determinación se manifiesta de forma muy clara a través de la Ley 1314 de 2009, es decir, que hace más de 3 años el hecho de que desde algunas empresas colombianas deban producir el balance de apertura usando las NIIF ha sido parte del conocimiento público. La misma ley 1314 y todos los pronunciamientos posteriores que han sido hechos por el gobierno y por el Concejo Técnico de Contaduría Pública ( han dicho lo mismo: Colombia va a adoptar las NIIF de forma plena, es decir, tal como IASB (el órgano

6 privado que emite las normas internacionales, radicado en Londres) las publica. Esto a largo plazo es una estrategia muy útil, porque permite a los colombianos entender y hablar el mismo idioma contable de la mayoría de los países, sin preocuparse sí hay ajustes o diferencias locales comparadas con la mejor práctica a nivel mundial. La ley 1314 establec e otro principio importa nte, y es el principio de que no toda la conversión a las NIIF se hace al mismo tiempo en todas las empresas. Se mencionan tres grupos que básicamente están separados por su tamaño, por lo cual la responsabilidad de un buen contador es evaluar el perfil profesional de cada empresa y entender a cual grupo pertenecen principalmente sus clientes. Dependiendo de si el cliente es del grupo 1, 2 o 3 tal vez se podrían planear mejor las actividades futuras para la preparación. Esto te lleva a un punto que hay que considerartal vez en este momento todos tus clientes hagan parte del grupo 2, es decir que se les aplicarían las NIIF para PYMEs, pero quieres estar preparado/a por si en el futuro te toca trabajar con empresas más grandes y es por esto que te es más útil aprender bien las NIIF plenas. En el fondo ambos marcos usan la misma filosofía, la gran diferencia está en que los requisitos de revelaciones y algunos temas están más simplificados en las NIIF para PYMEs que en las NIIF plenas. Si ya sabes a qué grupo pertenecen tus clientes actuales o también los futuros, puedes decidir qué marco conceptual te aplicaría más a ti, obviamente teniendo en cuenta la duda mencionada anteriormente. La experiencia práctica muestra que como las NIIF para PYMEs en su raíz es una simplificación de las NIIF plenas, es probablemente más lógico aprender bien las NIIF en su totalidad y con esa preparación ya automáticamente lograr un conocimiento de 95% de las NIIF para PYMEs. Consejo 2: Haz el plan de acción Ya cuando has tenido la posibilidad de entender en la situación en la que estás, que te toca hacer y lo más importante, para cuando, puedes planear cuales serían tus actividades para estar listo/a. En términos amplios se pueden ver aquí dos ejes; un eje son las obligaciones reales (que provienen directamente de las leyes con unas fechas concretas) y el otro eje tiene que ver con el nivel profesional que tienes como contador. Primer eje: Las obligaciones reales son directamente el fruto del análisis hecho como resultado de los puntos mencionados en la primera parte de este material. Cuando tú ya sabes que tienes por ejemplo un cliente que necesita su balance de apertura listo para el usando las NIIF y otros 3 lo necesitan para el usando las NIIF para PYMEs, esos ya son hechos reales con su respectiva fecha de entrega muy concreta y por esta razón requieren de un cumplimiento exacto, por lo que no hay posibilidad de no cumplir. Para cada caso se deben analizar los posibles impactos para ti como contador y también desde el punto de vista de la entidad. Si el cambio para las NIIF requiere cambios en la parte contable (que es siempre el caso) y la empresa no ha comenzado con los preparativos, tal vez es necesario reunirse con los administradores de esta empresa y juntos trabajar en una agenda que como mínimo toque los siguientes temas: Cuáles son las principales áreas de la empresa en donde se espera un cambio por la adopción de las NIIF (puede ser el área contable, tributaria, operativa, sistemas de información) y hacer un diagnostico. Cómo la empresa planea ejecutar los cambios necesarios en las áreas detectadas en el primer paso, si se requiere de un presupuesto para tener asesoría, capacitación o acompañamiento en la conversión Cuáles son las actividades necesarias para implementar las NIIF con sus respectivas fechas para poder cumplir con las fechas establecidas por la ley. Como se va a manejar todo este cambio, quienes son responsables por el proyecto como entero y quienes son responsables por partes especificas. Cada gran cambio requiere comunicación y capacitación de las personas involucradas e impactadas, cómo se van a manejar estos temas? Segundo eje: además de cumplir con la parte obligatoria es importante entender que si quieres ser un profesional bueno y exitoso en el campo contable es absolutamente necesario manejar no

7 solamente las normas que usas con los clientes y con las transacciones económicas de hoy sino que manejes todas las normas que existen. Probablemente no es posible volverse un gran experto en todos los temas de las NIIF de un día para otro, pero es relativamente posible manejar todos los temas importantes conociendo sus principios. En muchos casos, el núcleo de una norma puede ser resumido en un párrafo y para comenzar basta con entender y grabarte ese párrafo en tu mente. Cuando ya tengas una situación en donde realmente te toque registrar ese tema por primera vez en tus libros, ahí si puedes buscar la norma y consultarla en detalle para resolver todas las dudas técnicas que tengas, pero como recomendación de un profesional a otro, un verdadero contador no puede conocer solamente una parte de la normatividad, sino tiene que manejar todos los principios importantes de buena forma. Consejo 3: Encárgate de la educación Ya teniendo entendimiento sobre las necesidades que tienes sobre las NIIF y sobre las obligaciones profesionales también, es claro que una de las actividades centrales en el proceso de adopción es la educación, básicamente hay que elegir entre varios modos de aprendizaje que existen. Vamos a hablar de las posibilidades que hay, pero lo importante es entender para qué te sirve una u otra actividad en la preparación de la conversión. Varias universidades ofrecen diplomados e incluso especializaciones en el tema de NIIF, casi todas tienen un compromiso de tiempo de 120 o más horas durante el periodo de 3-4 meses como mínimo. Esa puede ser una complicación para varios y por eso hay que usar métodos de aprendizaje independiente. Lo bueno de este tipo de aprendizaje es que es acompañado, casi siempre hay alguien que tiene conocimiento previo del tema y con quien puedes discutir tus dudas. Hay cursos en línea ( fue también fundado para este propósito) sobre las NIIF, en español hay menos oferta que en inglés (un ejemplo desde la pagina de pdf) pero igualmente hay opciones. La gran ventaja de aprender en línea es la libertad que tienes de elegir el tiempo y el lugar para hacerlo. Comparado con los cursos presenciales, estos suelen más económicos, no solamente por los pagos de la matricula sino también por el tiempo y el gasto de transito que te evitas por la posibilidad de estudiar en el lugar y a la hora de tu elección. Leer las normas ha sido históricamente una de las actividades más comunes en la preparación de las personas, pero desafortunadamente es una de las menos eficientes para los que están en el comienzo de su camino de aprendizaje de las NIIF. El problema está radicado en varios asuntos: Que el simple tamaño de todas las normas (es decir, el texto de la norma, de las interpretaciones, pero también de las guías de implementación) está alrededor de unas 3000 páginas. el texto mismo no necesariamente es el más claro y comprensible en español. sin tener experiencia no siempre es fácil encontrar cuales son las partes de la norma que te aplican directamente a tu caso. Es decir, la misma transacción económica puede ser tratada en varias normas. También puede suceder que a primera vista parece que no hay nada de instrucciones sobre la transacción que te interesa, sin embargo eso siempre tiene solución y consultar con los colegas casi siempre ayuda. Existe también la posibilidad de aprender aplicándolas, que podría ser tomando un nuevo puesto de trabajo en un lugar en donde ya hay reconocimiento de las normas internacionales. En teoría ese es un excelente método, pero no siempre existe esa posibilidad. Sin embargo, cualquier modalidad o método escogido para el éxito de tu aprendizaje mejorará sí lo puedes aplicar desde un nivel teórico a tu realidad misma. Como ejemplo, cuando veas el tema de Propiedad, Planta y Equipo tu deberías pensar en cuáles son los activos fijos que usan tus clientes, cuáles serían los posibles cambios en sus principales estimaciones (vida útil, método de depreciación, valor residual, etc.). De esta forma, el asunto no se queda como algo lejano, sino que lo puedes a través de esa "aplicación" entender mucho mejor. Consejo 4: Aprende sobre las principales diferencias entre las NIIF y las normas colombianas

8 La ley 2649 de 1993 que hasta el momento es la principal norma para manejar la contabilidad en Colombia, está basada en el Marco Conceptual de las normas internacionales de la época en la que se creó. Lo anterior quiere decir que las normas colombianas y las internacionales comparten las mismas raíces, pero por supuesto Colombia tiene sus particularidades. Hoy en día la principal diferencia es que la práctica contable colombiana está muy ligada a las reglas específicas y no solamente a las reglas contables sino también a las reglas tributarias y de otras leyes. Sin embargo, las NIIF son principalmente un conjunto de principios más generales. En muchos principios de la NIIF se permite cierta libertad para su aplicación, que con mucha responsabilidad debe ser usada, esto resulta en que una de las claves de adopción exitosa es tener en cada empresa unas políticas contables de alta calidad. Básicamente esto significa que todas las transacciones económicas que la entidad tenga, tienen que tener unas reglas claras sobre cómo se registran en su contabilidad y estas reglas tienen que estar de acuerdo con los principios establecidos en las NIIF. En relación con el tema de políticas contables, según NIC 8 y también de acuerdo con el Marco Conceptual, es fundamental garantizar que los estados financieros preparados sean comparables entre ellos. Esto significa que siempre hay que usar los mismos principios contables y además los errores materiales deberían ser corregidos en el periodo de origen. Esa no es la práctica común bajo las normas colombianas. Hay una norma específica para la adopción de las NIIF por primera vez: NIIF 1. Los principios de esta norma dicen que cuando aplicas las NIIF por primera vez, deberías hacerlo de tal forma que uses todas las normas vigentes de las NIIF como si siempre las hubieras aplicado, es decir aplicación retrospectiva. Hay muchas exenciones y excepciones de esta regla para facilitar el cambio desde el punto práctico. También puede suceder el reconocimiento de ciertos activos o pasivos en tus estados financieros, que bajo la norma colombiana no eran reconocidos antes. Puede ser que cambien los montos registrados de algunos activos o pasivos porque la norma internacional tiene otra medición permitida diferente a la norma colombiana. Todas estas diferencias las deberías registrar en la cuenta de patrimonio según la norma. Hay varios temas puntuales que no necesariamente aplican en todas las empresas. Según la NIC 21, las empresas siempre deberían preparar sus estados financieros en moneda funcional, que no siempre es lo mismo que la moneda legal sino más bien la moneda que más impacta al entorno económico de la empresa. Es decir puede pasar que a una empresa colombiana le toca preparar sus estados financieros en otra moneda que no sea el peso colombiano. En NIC 2 que es la norma de inventarios, no se permite el método de LIFO o UEPS (Ultimo en entrar, primero en salir) para la determinación del valor de los inventarios. En las normas de activos fijos, la norma internacional tiene varias diferencias comparadas con la norma local; los costos de desmantelamiento, los valores residuales, el enfoque a los componentes, los métodos que mejor reflejen la depreciación y el gasto de financiamiento son todos manejados de forma distinta a comparación de la práctica colombiana. La prueba de deterioro para varias clases de activos es un concepto poco usado hoy en día en Colombia, pero bajo las normas internacionales su importancia sube cada día más. La clasificación de los contratos de arrendamientos puede variar significativamente porque la norma internacional da claros puntos de consideración para organizar los contratos de acuerdo a su fondo económico y no tanto de forma legal. Para resumir este punto, es claro que no hay una respuesta universal aquí, puede ser que tengas una empresa en donde los cambios sean mínimos comparados con las NIIF, como también puede ser que tengas una empresa en donde hay muchas diferencias y por esta razón los libros cambiarían mucho comparándolos con lo anterior. Consejo 5: Detecta cuales normas principales te impactan a ti En el párrafo anterior está levemente explicado, pero en general existen temas que aplican de forma universal en la mayoría de las empresas en donde si hay cambios. Estos están explicados a continuación:

9 Políticas contables: cómo y cuándo registrar los errores y los cambios en estimaciones contables, el hecho de que hoy no existan políticas contables para cada clase de transacciones materiales sino que se hace referencia general a los PCGA no puede ser manejado bajo las NIIF, es necesario tener una política contable clara para cada entidad. Propiedad, planta y equipo y activos intangibles: este tema en la práctica contable colombiana está fuertemente impactado por las reglas tributarias. Bajo las normas internacionales es importante registrar los activos fijos e intangibles de acuerdo con el fondo económico de la transacción, esto puede causar diferencias con los libros del momento. Activos/pasivos que se registran en cuentas de orden o no se registran: el ejemplo más clásico es el de arrendamiento que hoy en día está clasificado como arrendamiento operativo, pero que bajo las normas internacionales se registra como financiero, que por su cuenta genera la necesidad de registrar el activo y pasivo relacionado con el contrato en los libros. En el tema de reconocimiento de los ingresos puede ser que haya cambios, principalmente por el manejo del tema de incentivos a los compradores. Como conclusión, lo importante de es entender que puede haber temas que hoy en día no se manifiesten tan claramente en los estados financieros preparados bajo los principios colombianos, pero que si son muy importantes bajo las NIIF. Consejo 6: Realiza los cambios principales Aquí queda una gran pregunta después de haber hecho todos los pasos mencionados antes, pero cómo hacerlo de la mejor forma para la conversión en tu empresa? La respuesta corta es: depende del caso. Dependiendo de la empresa, puede ser que contratando un experto externo (firma de auditoría, consultoría) para hacer un acompañamiento durante todo el proceso de conversión sea la estrategia más adecuada. La ventaja de contratación de los expertos externos de forma temporal es que tenemos cierta garantía de que alguien ya experimentado nos esté ayudando y probablemente nos puede evitar hacer todo el proceso desde cero, es decir en vez de comenzar con inventar la rueda probablemente un especialista ya sabe cuál es el mejor camino para montar bicicleta. El problema puede ser que cuando hay acompañamiento todo anda muy bien en el proceso de conversión, pero después cuando se queden solos no van a saber qué hacer. Por esta razón, es importante preguntarle a los expertos externos cómo han planeado manejar el tema de transferencia de conocimiento, porque si todo el conocimiento relevante se queda en el experto externo y no en la empresa no tiene sentido contratar alguien. También existe la posibilidad de que un experto externo sea contratado de manera indefinida. Es decir, conseguir ya alguien con buen fondo en el tema de las NIIF para que lidere todo el proceso. En este caso, el problema es que no necesariamente es fácil encontrar profesionales que tengan conocimiento, no solamente académico sino también práctico, pero cuando la empresa ya tiene más complejidad en la conversión y tiene los recursos disponibles para la contratación del experto de forma permanente, a largo plazo puede ser más razonable que contratar de forma temporal. Otra posibilidad es mejorar el conocimiento interno. Las personas claves para la preparación de los estados financieros necesitan ser los expertos principales de las NIIF en la empresa. Es decir, una inversión en el conocimiento técnico es clave y cuando se habla de inversión no necesariamente el único factor a considerar es el dinero que está disponible para las capacitaciones, sino también el tiempo para prepararse bien. Las personas aprenden de forma diferente y tienen sus preferencias, pero en general está comprobado que para aprender bien algo los adultos necesitan que el material del curso este directamente relacionado con su realidad cotidiana. Consejo 7: Garantiza que hiciste todo de forma correcta En el tema de aprendizaje hay que tomar iniciativa y responsabilidad propia para aprender bien las NIIF, no solamente formalmente tomando alguna actividad académica, sino realmente poniendo este nuevo conocimiento en una práctica correcta hacia la realidad de las empresas con las que estás trabajando.

10 De otro lado puede resultar muy útil usar el conocimiento profesional de los colegas, hablando con el revisor fiscal y con otros colegas, para garantizar si el tratamiento de algún tema contable es realmente correcto. Todo ese cambio a las NIIF está implícitamente pidiendo que la profesión contable sea más abierta, es decir que se comunique más entre los pares, entre los gremios y finalmente también con toda la profesión a nivel mundial para garantizar que estemos usando las mejores prácticas. Lo importante es tomar todo el proceso con calma, prepararse bien, consultar permanentemente con los expertos y con las mejores prácticas y con seguridad la conversión va a ser exitosa! Fuente: Imre Karulin, Amigo experto incp Normas Internacionales de Información Financiera Reforma tributaria protegería convergencia hacia NIIF. Y el aseguramiento? (II) Y el aseguramiento en materia fiscal? La exigencia de la firma de contador público en las declaraciones tributarias en Colombia tiene inconsistencias técnicas, en la medida que en algunas normas no diferencian las dos formas que puede ejercer la actividad el contador profesional: 1- Cuando actúa como profesional independiente (auditor externo y/o revisor fiscal), en cuyo caso el trabajo es de aseguramiento de la información y 2- Cuando actúa como profesional dependiente (Contador privado), en cuyo caso estaría certificando la información por cuanto la elabora. para el aseguramiento de información con origen en la contabilidad fiscal. La inconsistencia técnica está en que las declaraciones tributarias de contribuyentes obligados a llevar contabilidad pero que no están obligados a tener revisor fiscal, podría firmar un contador privado. Y cuál es la debilidad? Es precisamente el significado que le dio el artículo 581 a dicha firma, indistintamente que lo haga un profesional en ejercicio independiente o como contador privado. Son dos cosas bien diferentes, y de hecho las exigencias técnicoprofesionales para desarrollar estas dos actividades igualmente lo son. Cuando las normas del Estatuto Tributario Nacional ETN -, exigen la firma del revisor fiscal cuando la figura existe en la entidad, en este caso se estaría actuando como profesional independiente, incluso si fuere vinculado mediante contrato laboral. La otra posibilidad de actuar como independiente sería cuando se contrata al contador independiente (o sociedad de contadores), y firma las declaraciones tributarias en calidad de auditor externo, figura muy rara vez utilizada en Colombia Establece el artículo 581 que el contador certifica los siguientes hechos cuando firma una declaración tributaria: 1) Que los libros de contabilidad se encuentren llevados en debida forma, de acuerdo con los principios de contabilidad generalmente aceptados y con las normas vigentes sobre la materia, 2) Que los libros de contabilidad reflejan razonablemente la situación financiera de la empresa, y 3) Que las operaciones registradas en los libros se sometieron a las retenciones que establecen las normas vigentes, en el caso de la declaración de retenciones. Primera debilidad. Las dos primeras afirmaciones del artículo 581 hacen referencia a los trabajos de aseguramiento, pero de la información financiera y de negocios para propósito general, en el nuevo escenario con aplicación de los dos modelos de NIIF y el de NIFM, y no de la información contenida en las declaraciones tributarias. En palabras

11 sencillas, lo anterior significa realmente es que el contador público está asegurando que los balances están bien o cumplen con los principios de contabilidad, pero ello no necesariamente significa que las declaraciones tributarias cumplen con los fundamentos técnicos y legales de la contabilidad fiscal. Se podría sancionar un contador cuando el balance está de acuerdo con la regulación de NIIF pero la declaración tributaria está mal elaborada? Segunda debilidad. Al contador privado no se le puede exigir el cumplimiento de las normas de auditoria generalmente aceptadas, por cuanto su trabajo no es de aseguramiento de la información. En este caso, al contador privado, igualmente no se le puede sancionar por algo que técnicamente no corresponde a su actividad principal que es la de elaborar los estados financieros y/o las declaraciones tributarias, pero no emitir un dictamen como profesional independiente. Tercera debilidad. Las normas de auditoria, exigidas tanto el estatuto profesional de la Ley 43 de 1990 como en las normas del ETN, actuar de dos formas: 1- No cumplir ningún parámetro técnico no exigido legalmente, o 2- hacer el trabajo con base en los estándares internacionales en vigencia, incluso antes de ser obligatorios en Colombia, como efectivamente lo hacemos en las firmas multinacionales de auditoria. Una sugerencia que podría subsanar en parte las tres inconsistencias técnicas expuestas anteriormente, ahora multiplicadas por los nuevos modelos contables y la expedición ahora sí de los estándares de aseguramiento, es la de re-redactar el artículo 581, para establecer el dictamen profesional independiente en materia fiscal, incluso, con un párrafo adicional obligatorio sobre los riesgos detectados en materia de fraude tributario de conformidad con el estándar internacional de auditoria 240. Esta propuesta, si eliminaría sustancialmente las prácticas evasoras de impuestos, lo cual se traduciría en incrementos en el recaudo y reducción de los altos costos de fiscalización en que hoy se incurren. Fuente: Gabriel Vásquez Tristancho, Socio incp Socio Impuestos Baker Tilly Colombia, Columnista Vanguardia Liberal, Amigo experto incp Contable Contrapartida En un estado de derecho, una garantía fundamental de todo ciudadano es el privilegio a un debido proceso cuando quiera que su conducta sea objeto de investigación y, eventualmente, de castigo. Como se sabe, por mandato expreso de nuestra Constitución Política, el debido proceso se aplica a toda clase de actuaciones administrativas. Entre otras cosas, esto quiere decir que es de observancia en las causas adelantadas ante el ahora denominado Tribunal Disciplinario de la Junta Central de Contadores. Ya son más de 20 años de largo padecer en materia procesal tratándose de los asuntos disciplinarios tramitados en la Junta. Hay dos situaciones protuberantes: la falta de conocimiento y habilidad de los señores contadores públicos sobre asuntos jurídicos disciplinarios y la falta de recursos para adelantar debidamente las actuaciones. Ni estas ni otras falencias serían solucionadas de aprobarse el proyecto de ley 77 de Una buena reforma debería empezar por cualificar la idoneidad que deberían exhibir quienes vayan a integrar este juzgador disciplinario. Además de demostrar conocimientos en materia disciplinaria y habilidades en materia de investigación de hechos punibles, deberían acreditar conocimientos y experiencia, en materia de contabilidad y aseguramiento, por lo menos igual, si no superior, a la de quienes serían examinados y evaluados por ellos. Como están las cosas, habrán de demostrar dominio sobre los estándares internacionales de ética, información financiera y aseguramiento de información. Por otra parte, a los miembros del tribunal disciplinario se les debería exigir el más alto nivel de integridad, independencia y objetividad, lo que, entre otras cosas, implicaría la dedicación exclusiva al tribunal y

12 la ausencia de vínculos con las agremiaciones profesionales. deberían ser ejecutores de los mismos, cumpliendo en la mayor extensión posible el principio de inmediación, cesando la actual inaceptable delegación en contadores y abogados auxiliares. En lugar de tener más de 24 mil millones de pesos en inversiones, el tribunal debería tener una adecuada, estable y altamente cualificada planta de personal, que no dependiera, en ninguna forma, del director de la unidad administrativa. liberándose así de la absurda e injusta interpretación que las autoridades judiciales y administrativas han hecho del principio non bis in ídem. No es con largos articulados, copiando de aquí y de allá, que se arreglará la problemática disciplinaria de los contadores públicos colombianos. Fuente: Hernando Bermúdez Gómez, Tomado de CONTRAPARTIDA Numero 588, octubre 8 de 2012 Publicad en el Departamento de Ciencias Contables de la Pontificia Universidad Javeriana. Otro tema que el mencionado proyecto de ley deja sin resolver, es la cascada de sanciones. Los contadores públicos, así fuera con mayor rigor que el actual, solo deberían ser juzgado por una entidad de la rama ejecutiva, Impuestos Nacionales Los arrendatarios en concesiones, a pagar el predial Bogotá El arrendatario de un local de una concesión, como los del aeropuerto Eldorado, empezarían a pagar el impuesto predial y la valorización, según la nueva propuesta de la versión mejorada de la reforma tributaria, revelado en exclusiva por LR. En el artículo 150 del capítulo noveno (Disposiciones Generales) del texto ajustado se propone extender la obligación del pago áreas sujetas a explotación o aprovechamiento comercial en las áreas dadas en concesión, correspondientes a puertos aéreos o marítimos a título de arrendamiento, uso, usufructo o cualquier otro contrato o acto jurídico y, a falta de estos, el concesionario, que en cualquier caso será Un ejemplo de esto sería que los 126 arrendatarios de locales que tendrá el Aeropuerto Internacional Eldorado, entre los que están Juan Valdez, Kokoriko, Crepes & Wafles, entre otros, pagarían el predial y la valorización, que actualmente están a cargo del concesionario Opaín, el encargado de administrar, modernizar y mantener el aeropuerto. El artículo 54 de la Ley 1430 de 2010, o la mal edores de inmuebles públicos a título de concesión son sujetos pasivos del Esto cambió la regla general que establecía que los bienes de uso público no están sujetos a esta clase de impuestos dada su especial destinación a satisfacer el interés acuerdo con María Alejandra Buitrago, de Prieto & Carrizosa. Posteriormente, el artículo 8 del Acuerdo 469 de 2011 del Concejo de Bogotá, ratificó lo mencionado en el artículo 54 de la Ley plazos establecidos el impuesto predial sobre los terrenos con sus respectivas edificaciones que por Contrato de Concesión tiene en tenencia, pago efectuado de acuerdo con los avalúos catastrales efectuados por la Oficina

13 De aprobarse el proyecto de ley de reforma tributaria en este periodo legislativo con los cambios propuestos por el Gobierno, los comerciantes tendrían que pagar el impuesto predial y la valorización. La base gravable, resulte de la proporción de áreas sujetas a explotación, teniendo en cuenta la información Para el ex director de la Dian, Horacio Ayala, la idea de que se extienda la obligación a todos los que exploten económicamente los bienes, no solo a los concesionarios, resulta de un bien es quien debe pagar los impuestos Cambios en impuesto de registro Muchos de los cambios planteados para el texto de la reforma tributaria que puso el Gobierno a consideración del Congreso son de forma. Por ejemplo, en el impuesto de registro se incorpora la prima en colocación de acciones en la base del gravamen, lo cual aparece ya en otro artículo del proyecto inicial. disfrace el aporte de capital como prima en colocación de acciones, para evadir el impuesto de registro, y además se reduce o elimina en otras transacciones, para facilitar y abaratar los procesos de reorganización de sociedades. Es un poco parte de la política de reducción de trámites y reducción de los se necesita más tiempo para el estudio de la vamos a aprobar las cosas a pupitrazo y un mensaje al Gobierno para hacer un estudio En las próximas semanas, se llevarán a cabo seis foros en Bogotá, Cali, Medellín, Barranquilla, Cartagena y Montería. El primero se hará el próximo ocho de noviembre en la capital del país. Se espera radicar la ponencia el 22 de noviembre e iniciar el primer debate el 29 de noviembre en comisiones conjuntas. Proponen que tarifa del Cree suba al 10% El Partido de la U propuso que la tarifa de la Contribución Empresarial para la Equidad (Cree), el nuevo impuesto que financiará los parafiscales del Sena y el Icbf y los aportes a la salud, que hoy están a cargo de la nómina del empleo, se incremente del 8% a un 10%. El representante a la Cámara Ángel Custodio Cabrera dijo que también se planteó que las zonas francas paguen los parafiscales y no el Cree y continúen con su tarifa de impuesto de renta del 15%. En el texto inicial del proyecto se especifica que el régimen franco también será sujeto pasivo del Impuesto para la Equidad. Las empresas exentas de renta como las cadenas hoteleras seguirían pagando parafiscales. Las opiniones Horacio Ayala Vela, Ex Director de la Dian caso el monto total del impuesto de registro de Valor Tributario de 2012 ($26.049) equivale a $ Los tiempos de la tributaria Las comisiones económicas de Senado y Cámara pedirán al Gobierno que convoque a sesiones extraordinarias del 17 al 22 de diciembre. El presidente de la comisión tercera de Cámara, Hernando Padauí, dijo que todos los que exploten económicamente los bienes, no sólo a los concesionarios, lo cual Hernando Paduí, Presidente de la comisión tercera de la cámara de representantes mensaje de que no vamos a aprobar las cosas a pupitrazo y un mensaje al Gobierno para Fuente: LaRepublica.com.co

14 Normas Internacionales de Información Financiera La integración de la buena gobernanza genera éxito sostenible La IFAC emite nuevo Informe para Contadores Profesionales en Empresas. El Comité de Contadores Profesionales en Empresas (PAIB) de la Federación Internacional de Contadores (IFAC) ha emitido el documento Integrando la Gobernanza para el Éxito Sostenible, el cual hace uso de estudios de casos para analizar cómo los contadores profesionales en empresas apoyan el desempeño de sus organizaciones al integrar la gobernanza en las claves principales del éxito organizacional sostenible. aún es vista principalmente como un ejercicio de cumplimiento y no como un medio para dirigir el desempeño sostenible presidente del Comité PAIB. s organizaciones exitosas cuentan con una estructura y cultura de gobernanza que van más allá del cumplimiento de las regulaciones y apoyan los esfuerzos de la organización por mejorar el desempeño; la gobernanza debe formar parte del ADN de una organizaci Laboral Este nuevo informe ilustra que una buena gobernanza es mucho más que la protección de los intereses de las partes interesadas o un cumplimiento diseñado para satisfacer requerimientos regulatorios. Por lo contrario, la integración de una buena gobernanza a través de una organización ofrece un apoyo poderoso a la manera en que el valor sostenible es creado. El informe abarca la forma en que los contadores soportan sus organizaciones a fin de crear una buena gobernanza en el ciclo completo de Planeación estratégica, el uso de los recursos, la creación de valor, la responsabilidad y el aseguramiento. Un enfoque tan holístico garantiza que la gobernanza está integrada en todos los aspectos de una organización. ocupan una posición de liderazgo estratégico o funcional o de lo contrario se encuentran bien posicionados para asociarse con colegas en la evaluación y el mejoramiento de la de la Fuerza de Trabajo de Gobernanza y Ética del Comité del PAIB. pueden aumentar el desempeño sostenible de Fuente: PAIB IFAC Costos fiscales de los Beneficios Económicos Periódicos (BEPs) El promedio de cotizantes activos a pensiones (al menos una vez en los últimos seis meses) ha sido sólo del 33% de la Población. Económicamente Activa (PEA). Más grave aún, Anif ha estimado que sólo el 15% de la PEA cotiza de forma regular (todos los meses), unos 3.2 millones de personas de los 21 millones en la PEA (promedio ). Es

15 evidente que se ha progresado muy poco en formalización laboral pensional desde la expedición de la Ley 100 de 1993, hace ya casi 20 años. Cómo está encarando la Administración Santos este grave problema estructural? De forma algo tímida. Si bien en la reciente reforma tributaria presentada al Congreso se aborda el tema de los elevados costos no salariales, ya hemos explicado que ello se hace de forma sub-óptima, debido a que: i) no se busca una fuente de sustitución tributaria general (elevando el IVA del 16% al 17% frente a la media del 18% en América Latina y del 22% en Europa); ii) no se incluyó el desmonte del 4% de las Cofamiliares; y iii) no se lleva el gasto de los parafiscales (Sena, ICBF) al presupuesto nacional (ver Informe Semanal No de Octubre del 2012). En esencia, se continúa con enfoques más mora activamente. Para qué continuar esforzándome en ahorrar si después el Estado se encargará de mi pensión? Dentro de estos proyectos asistencialistas figuran la pensión familiar (Ley No de 2012) y la reciente reglamentación de los llamados Beneficios Económicos Periódicos (BEPs), según el Conpes No. 156 de Viendo la elevada informalidad laboralpensional, la Administración Uribe impulsó el Acto Legislativo 01 de 2005 para habilitar dichos BEPs, en principio no asimilables a una pensión y por montos inferiores a 1 SML. La reciente reglamentación crea cuentas individuales de ahorro voluntario para los estratos bajos, donde el gobierno entrará a aportar hasta un 20% de los ahorros (antes se hablaba del 50%). La idea es ayudar a engrosar los ahorros pensionales, donde unos (eventualmente) lograrán acumular tiempos (en el RPM) y otros montos (en el RAIS) para acceder a una pensión mínima o, en su defecto, contar con ahorros para encarar la vejez. Cuál es el costo fiscal de dichos BEPs? Su cálculo es muy sensible a los supuestos que se hagan. Por ejemplo, un individuo puede estar muy cerca del umbral mínimo de tiempo/monto para acceder a una pensión. Si logra esos mínimos, entonces el costo fiscal sería bajo, pues se financiaría con los embargo, si dicho individuo está lejos de en los BEPs, cuyo costo dependerá del ncialista que se fije el gobierno de turno. El cuadro adjunto ilustra tres posibles escenarios, en función de la masa de informales que se busca beneficiar. El millones de personas, según cifras promedio de los últimos 5 años [= 70%*(18.8 millones de ocupados 3.2 millones de contribuyentes activos 12 meses)]. Supondremos que un 25% de dicho universo está en el grupo - que les falta poco para alcanzar los umbrales mínimos de tiempo/monto. Otro 25% estaría de los 20 años requeridos o cuentan con la El grupo más numeroso (50% del universo) estaría en el tercer grupo, aquellos con muy el fisco, donde supondremos que han cotizado 5 de los 20 años requeridos. Siguiendo los lineamientos del Conpes, los aportes del gobierno serían un 20% de los $40.000/mes que aportarían al fondo dichos individuos; es decir los apoyos del gobierno serían sólo $8.000/mes por individuo. Alternativamente, el gobierno ha pensando en ahorros de $ /mes/individuo, donde el aporte gubernamental se elevaría a $ La discusión está en la capacidad de ahorro (efectiva) de aquellos que viven con 1 SML. - costo fiscal adicional atribuible al BEP es cuasi-nulo, pues ya explicamos que dichos recursos provendrían de los fondos de subsidio ya existentes, aunque tocaría evaluar si alcanzan o no para esos 2.7 millones. Para ascendería a sólo 0.04% del PIB anual, equivalente al 0.7% del PIB en Valor Presente Neto (VPN), suponiendo un horizonte de 38 años, hasta 2050, a una tasa de interés del (bajo tiempo/ahorro) costaría un 0.1% del PIB por año, equivalente al 1.3% del PIB en VPN.

16 Así, los cálculos de Anif indican que el costo fiscal de los BEPs, suponiendo ahorros mensuales de sólo $40.000/individuo, representaría un costo cercano a los 0.13% del PIB anual, cifra equivalente a 2% del PIB en VPN. Curiosamente esta cifra es la mitad respecto del 4% del PIB en VPN que ha venido mencionando Min-Trabajo. Probablemente las diferencias radican en el monto de los ahorros individuales esperados ($ vs. los $40.000/mes aquí señalados). Si bien fiscalmente los BEPs parecerían estar bien acotados en la reglamentación del Conpes, nuestra conclusión al respecto es: i) ii) iii) directamente la mayor formalidad laboral (financiando la totalidad de los parafiscales por la vía presupuestal); estos cálculos no incluyen los riesgos jurídicos de que los jueces los conviertan en pensiones-vitalicias y, además, que los eleven a 1 SML por la vía interpretativa; y este programa deja por fuera a los ancianos pobres sin capacidad de ahorro, quienes tendrán que financiarse por la vía presupuestal del PPSAM. Fuente: ANIF Contable Contrapartida La contabilidad gerencial se posiciona día a día como una herramienta de administración de negocios, en la cual el concepto de generación de valor para los stakeholders, la integración de la compañía en general y el conocimiento completo de la misma y de su entorno es el único mecanismo posible para verificar el cumplimiento de las metas. Es importante comenzar a analizar de forma juiciosa (causa - efecto) todos los manejos de la compañía para entender la repercusión directa en los estados financieros y, a su vez, cómo la toma de decisiones puede modificar el rumbo de una organización afectando directamente a todos los stakeholders. HERRAMIENTAS PROFESIONALES Uno de los principales rubros en el activo de un balance general son los "Inventarios", que

17 pueden corresponder a un 30% del total del activo, por lo cual deben analizarse como un aspecto decisorio teniendo en cuenta: Afectan directamente el flujo de caja de la compañía, "una empresa no puede vivir sin liquidez"; puede tener millones de pesos en sus bodegas, pero al no tener efectivo le será imposible pagar a proveedores y nómina, impidiendo el flujo de producción y ventas de la organización. Afectan las cuentas de proveedores, generando mayor deuda, gastos financieros, pérdida de cupo; la mercancía en stock no genera ingresos; si no se cancela a los proveedores no enviarán mercancía. Endeudamiento: al no existir rotación de inventarios no hay dinero para pagar a los proveedores. Requiere, además, solicitar préstamos con entidades bancarias generando gastos financieros. Si los inventarios son superiores, corren riesgos de obsolescencia, daño, etc., haciendo que la empresa tenga muchos inventarios pero ninguno apto para la venta. Costos de Inventario: El manejo de inventario conlleva costos de mantenimiento. Pérdida en valor del inventario y fluctuaciones del mercado (disminución de valor). Es importante resaltar que una compañía puede durar varios periodos destruyendo valor con la pérdida en estados financieros, pero, en su mayoría, no superará tres meses sin efectivo. La contabilidad gerencial no pude solamente basarse en los costos de producción; debe encargarse de asegurar la producción futura, manteniendo la disponibilidad de todos los recursos, entendidos como: Mano de Obra (disponibilidad de pagos de nómina); Materia Prima (Pago proveedores); Costos Indirectos, también llamados Generales de producción (pago de arriendos, servicios, etc.); al igual que asegurar la cadena de distribución de los mismos. Fuente: Rosa Catalina Sarmiento Rodríguez, Tomada de CONTRPARTIDA Numero 606, octubre 29 de 2012 Publicación del Departamento de Ciencias Contables de la Pontificia Universidad Javeriana Auditoria El tiempo lo es todo en la estrategia Cómo pueden los equipos de ejecutivos modernos administrar estratégica y tácticamente las etapas expansivas y recesivas de los ciclos de negocios para ganar ventajas competitivas sobre sus rivales? De acuerdo con Peter Navarro, profesor de la Escuela de Negocios de Wharton, y autor del libro The Well-Timed Strategy, existen seis factores fundamentales a ser administrados adecuadamente en los ciclos de los negocios, según se muestra en la gráfica 1.

18 Estos factores son los siguientes: Finanzas e inversiones de capital. Adquisiciones y desinversiones. Recursos humanos. Producción y control de inventarios. Mercado y precios. Riesgos. A continuación se detallan las estrategias recomendadas en relación con cada uno de los seis factores mencionados. Finanzas e inversiones de capital Altos ejecutivos, cuyas empresas prosperan en épocas expansivas, pueden caer fácilmente en el síndrome del imperio, invirtiendo agresivamente cuando los tiempos de recesión se acercan. Lo anterior puede crear grandes necesidades de efectivo en tiempos de peligro cuando los ingresos podrían caer dramáticamente. Disminuir las inversiones de capital en anticipación a una posible recesión es una estrategia defensiva muy importante empleada por los expertos en los ciclos de negocios, ya que preserva el flujo de efectivo en el tiempo más oportuno. También pueden efectuarse inversiones en ampliación de la capacidad instalada e innovación de productos, para estar listos cuando la recuperación llegue. Adquisiciones y desinversiones Las empresas adquieren otras empresas por muchas razones estratégicas, quizá buscan abrir nuevos mercados, complementar nuevas tecnologías, poseer una patente clave, o tener una parte importante de la cadena de abastecimiento. La estrategia corporativa determinará el porqué de la adquisición, pero es el experto en los ciclos de negocios quien entiende la importancia del tiempo en la implementación táctica de la estrategia.

19 Cuando se tiene una reacción reactiva a los ciclos del negocio se podrían terminar efectuando adquisiciones muy elevadas, ocasionando una desventaja en costos en el largo plazo, inclusive podrían tomarse endeudamientos a tasas muy elevadas, ocasionando problemas de flujo de efectivo en épocas de recesión. Un experto en los ciclos de negocios nunca efectúa una adquisición de manera impulsiva si el precio de la acción es muy elevado, sin importar qué tan vital sea desde el punto de vista estratégico. Para efectuar adquisiciones se debe entender el ciclo del negocio, su relación con el mercado de valores y los ciclos de las tasas de interés, para que, tácticamente, se establezca el tiempo adecuado para las adquisiciones y desinversiones estratégicas que resulten clave para la organización. Recursos humanos Cuando se tiene una reacción reactiva a los ciclos del negocio, se continúa contratando personal con salarios elevados en las últimas etapas de una expansión y posteriormente se inicia un periodo de despidos masivos cuando llega la recesión, esta situación conduce a un éxodo de algunos de los mejores empleados de la organización. Los expertos en el manejo de los ciclos del negocio durante una recesión contratan a empleados con mucho talento a salarios muy accesibles, ganando una ventaja competitiva ya que fortalecen las habilidades de su fuerza de trabajo a menores costos que sus rivales Producción y control de inventarios Cuando se tiene una reacción reactiva a los ciclos del negocio, no se decrece el nivel de inventarios cuando una recesión se acerca, de manera que cuando ésta, llega hay sobrante que se vuelve obsoleto o fuera de moda y tiene que rematarse en el mercado. Asimismo, en el caso de una expansión, no se cuenta con inventario suficiente y se pierde participación de mercado frente a los rivales. Administrar la cadena de abastecimiento implica mantener la rotación de inventarios tan alta como sea posible para abatir costos y mejorar el flujo de efectivo, sin importar los movimientos del ciclo del negocio. Producir para el mercado implica no mantener altos niveles de inventario, minimizando con ello los riesgos de los ciclos. Mercado y precios Los expertos en el manejo de los ciclos del negocio invierten agresivamente en publicidad, cambiando tanto la mezcla de producción como los mensajes de mercadotecnia durante las diferentes temporadas, replanteando tanto los clientes como el mercado de acuerdo con las condiciones económicas cambiantes. Incrementar la publicidad en épocas de recesión puede ser un camino altamente efectivo para construir una marca e incrementar la participación de mercado, porque las tarifas son más baratas y existe menos ruido en el mismo. En el caso de los precios, cuando se tiene una reacción reactiva a los ciclos del negocio, los ejecutivos ignoran la existencia de la elasticidad de los precios y tratan de compensar su caída en los ingresos incrementando los precios, lo cual decrementa sus utilidades. Durante épocas recesivas los consumidores se vuelven más orientados al valor, y la demanda se vuelve más elástica y sensitiva a los precios. Éste es el mejor tiempo para cortar precios y proteger o construir participación de mercado. Riesgos Las empresas enfrentan riesgos macroeconómicos específicos, el fracaso para no cubrir estos riesgos específicos, es decir, no hacer nada, puede ocasionar pérdidas mayores. Los derivados financieros como los futuros y las opciones, así como los instrumentos de cobertura naturales de cada negocio, pueden ser utilizados para mitigar estos riesgos. Los expertos en el manejo de los ciclos del negocio, emplean herramientas sofisticadas de predicción económica y análisis de las condiciones de la industria, para guiar las estrategias y tácticas de cobertura. Las tácticas de cobertura permiten ajustar oportunamente los niveles de riesgos en anticipación a las condiciones futuras. Debido a que las predicciones económicas no son 100% acertadas, la estrategia consiste en cubrir al menos algunos ciclos de riesgo del negocio, lo cual incluye generalmente crear

20 unidades de negocio, diversificar geográficamente, así como maquilar o producir fuera del país, siempre y cuando se logre una correlación negativa que logre mitigar el riesgo del ciclo del negocio. En el caso de riesgos naturales o aleatorios como el terrorismo, guerra, enfermedades, los ejecutivos pueden cubrir precios, cambiar mercados, expandir líneas de productos estratégicamente, cambiar el mensaje del mercado. Administrar el ciclo del negocio para ganar ventaja competitiva implica aprender a predecir el ciclo de manera precisa y oportuna, para ello se cuenta con herramientas importantes como son las siguientes: Un grupo selecto de indicadores económicos predictivos, que incluye la tasa de interés, mercado de valores, precio del petróleo, puede utilizarse el tablero ECRI. (Economic Cycle Research Institute), que incluye indicadores económicos, así como índices de inflación y precios. Modelos de predicción más sofisticados, el llamado Blue Chip Consensus Forecast es el que ha funcionado mejor que cualquier otro en EE. UU. Conjunto de datos acumulados sobre bases regulares En general, las estrategias tratan con gran detalle la manera en la cual los factores independientes determinan la estructura de la industria y la ventaja competitiva, el por qué ciertas decisiones estratégicas deben llevarse a cabo; sin embargo, no hablan del cuándo deben implementarse, lo cual precisamente se refiere a la dinámica de los movimientos de los ciclos económicos y cómo deben ser administrados éstos. Es por ello que los profesores de las escuelas de negocios, para entrenar de manera adecuada a nuestros alumnos, debemos conseguir recrear en el salón de clases, de la manera más cercana posible a la realidad, situaciones de negocios en las que haya que determinar el cómo, el por qué y el cuándo deben tomarse las decisiones tanto estratégicas como tácticas, considerando el dinamismo y la perspectiva global y de riesgo a la que se enfrentan los ejecutivos hoy en día. Lo anterior no lo conseguiremos con la simple teoría y ejercicios de pizarrón, sino con el uso de la tecnología para efectuar simulaciones y casos contextuales que reúnan los elementos necesarios para acercar al alumno lo más posible a situaciones reales. Fuente: Revista Contaduría Pública Instituto Mexicano de Contadores Públicos Normas Internacionales de Información Financiera IAASB continúa abarcando las necesidades de aseguramiento Los contratos de revisión son relevantes para las entidades que no están obligadas o que deciden no llevar a cabo una auditoría, pero que desean potenciar la credibilidad de, y la confianza en, sus estados no auditados entre los usuarios, a través de la implicación del profesional. Cuando un contrato de revisión ha sido llevado a cabo de acuerdo con la ISRE 2400 (revisada), el informe del profesional describe cualquier cosa que llame su atención y que cause que el profesional considere que los estados financieros no han sido preparados -en todos los aspectos materiales- de acuerdo con el marco de información financiera aplicable. Una revisión es un contrato de aseguramiento limitado, aunque los procedimientos realizados sean mucho menores que aquellos realizados en una auditoría basada en las Normas Internacionales de Auditoría. Así, el contrato de revisión del profesional no expresa una opinión de auditoría sobre los estados

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