Sumario DECRETOS. Número DECRETOS PRESIDENCIA DE LA NACION. Primera Sección. Buenos Aires, jueves 19 de febrero de 2015

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1 Primera Sección Buenos Aires, jueves 19 de febrero de 2015 Año CXXIII Número Precio $ 5,00 Sumario DECRETOS CONTRATOS Decreto 183/2015 Modelo de Contrato de Préstamo CAF. Aprobación... 1 MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA Decreto 2814/2014 Prorrógase designación del Director de Seguimiento y Evaluación de Proyectos y Subsidios... 2 MINISTERIO DE DEFENSA Decreto 160/2015 Nómbrase Vocal del Tribunal Administrativo de la Navegación... 2 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Decreto 179/2015 Dase por prorrogada designación en el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social... 3 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Decreto 180/2015 Decreto N 1840/1986. Otórganse beneficios... 3 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS Decreto 161/2015 Fondo Fiduciario para la Reconstrucción de Empresas. Prorrógase plazo para disolución MINISTERIO DE EDUCACIÓN Decreto 181/2015 Designaciones en la Dirección de Recursos Humanos... 4 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Decreto 182/2015 Dase por prorrogada designación de la Directora Nacional de Información y Evaluación de la Calidad Educativa... 4 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO Decreto 158/2015 Convalídase tratamiento de Huésped Oficial... 5 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO Decreto 159/2015 Dase por prorrogada designación del Director de Arzobispados y Obispados... 5 MINISTERIO DE SALUD Decreto 177/2015 Dase por prorrogada designación de la Directora de Compras, Patrimonio, Suministros y Servicios.. 5 MINISTERIO DE SALUD Decreto 178/2015 Dase por prorrogada asignación de función de Director en el Instituto Nacional de Rehabilitación Psicofísica del Sur Dr. Juan Otimio Tesone... 5 MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE Decreto 2815/2014 Designaciones en la Dirección Nacional de Migraciones. Prórrogas... 6 MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE Decreto 2816/2014 Designaciones en la Dirección Nacional de Migraciones. Prórrogas... 7 OBRAS PÚBLICAS Decreto 165/2015 Ley Nº Deléganse facultades y obligaciones. Decreto N 1022/1978. Derogación... 9 Continúa en página 2 Pág. DECRETOS #I I# CONTRATOS Decreto 183/2015 Modelo de Contrato de Préstamo CAF. Aprobación. Bs. As., 9/2/2015 VISTO el Expediente N S01: /2014 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, el Modelo de Contrato de Préstamo destinado al Programa para el Desarrollo de la Infraestructura Destinada a Promover la Capacidad Emprendedora, propuesto para ser suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y la CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO (CAF), y Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo mencionado en el Visto, la COR- PORACIÓN ANDINA DE FOMENTO (CAF) se compromete a asistir financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA a fin de cooperar en la ejecución del Programa para el Desarrollo de la Infraestructura Destinada a Promover la Capacidad Emprendedora por un monto de hasta DÓLARES ES- TADOUNIDENSES SETENTA MILLONES (U$S ). Que el objetivo del Programa es promover iniciativas y proyectos empresariales productivos e innovadores en áreas de alta tecnología, a través de la construcción y dotación de infraestructura, y la formación de capital humano, favoreciendo la creación y consolidación de empresas competitivas y la prestación de servicios de alta tecnología. Que para la ejecución del referido Programa se desarrollarán DOS (2) Subprogramas: El Subprograma I, destinado al fortalecimiento del ecosistema emprendedor en áreas de alta tecnología, en particular la infraestructura; y el Subprograma II destinado a la formación de capital humano para la innovación. PRESIDENCIA DE LA NACION SecretarIa Legal y TEcnica Dr. Carlos Alberto Zannini Secretario DirecciOn Nacional del Registro Oficial DR. Jorge Eduardo FeijoÓ Director Nacional Que el Subprograma I está constituido por TRES (3) componentes: (i) Fortalecimiento de la Infraestructura para la Competitividad, (ii) Creación del Polo Tecnológico de Medicina Traslacional y Desarrollo de Insumos Médicos en La Matanza y (iii) Fortalecimiento del Marco de Políticas y del Ecosistema Emprendedor. Que el Subprograma II está constituido por DOS (2) componentes: (i) Becas de Movilidad Científica Regional las cuales están orientadas a atraer talento de otros países de la Región a la REPÚBLICA AR- GENTINA, proporcionando becas para maestrías, doctorados y postdoctorados en áreas de experticia y (ii) Programa de formación de nuevos Programadores PROGRAM.ar, que persigue permear la educación formal e informal, e incrementar las habilidades del uso de las tecnologías de información en la comunidad educativa. Que las funciones de Organismo Ejecutor del Programa para el Desarrollo de la Infraestructura Destinada a Promover la Capacidad Emprendedora estarán a cargo del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA, a través de la Unidad Coordinadora del Programa (UCP). Que la ejecución técnica del Programa recaerá en una Unidad Ejecutora (UE) conformada para cada Subprograma. Dichas Unidades Ejecutoras dependerán de la Unidad Coordinadora del Programa (UCP). Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA ARGENTINA, en su carácter de prestataria y por intermedio del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINAN- ZAS PÚBLICAS, suscriba el Contrato de Préstamo, así como toda otra documentación relacionada con la operatoria de dicho préstamo. Que en virtud de lo expuesto en el considerando que antecede, corresponde facultar al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas para que en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo y acuerde las modificaciones que sean convenientes para la ejecución del Programa para el Desarrollo de la Infraestructura Destinada a Promover la Capacidad Emprendedora, siempre y cuando no constituyan cambios sustanciales al objeto y destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su monto o una alteración en el procedimiento arbitral pactado. dnro@boletinoficial.gob.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº Domicilio legal Suipacha 767-C1008AAO Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax y líneas rotativas

2 Jueves 19 de febrero de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº DECISIONES ADMINISTRATIVAS MINISTERIO DE CULTURA Decisión Administrativa 17/2015 Autorízase contratación MINISTERIO DE CULTURA Decisión Administrativa 18/2015 Autorízase contratación MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE Decisión Administrativa 1341/2014 Dase por aprobada contratación CONCURSOS OFICIALES Nuevos AVISOS OFICIALES Nuevos Anteriores CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO 19 Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de Préstamo propuesto para ser suscripto, son los usuales que se pactan en este tipo de contratos y resultan adecuados a los propósitos y objetivos a los que será destinado dicho préstamo. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el Artículo 53 de la Ley N , Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014). LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: Artículo 1 Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo a celebrarse entre la REPÚ- BLICA ARGENTINA y la CORPORACIÓN ANDI- NA DE FOMENTO (CAF), por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES SETENTA MI- LLONES (U$S ), destinado a financiar parcialmente el Programa para el Desarrollo de la Infraestructura Destinada a Promover la Capacidad Emprendedora, que consta de las Condiciones Particulares de Contratación, integradas por VEINTIDÓS (22) Cláusulas, de las Condiciones Generales de Contratación integradas por TREINTA Y TRES (33) Cláusulas y UN (1) Anexo Único, cuyas copias autenticadas forman parte integrante del presente decreto como Anexo I. Art. 2 Facúltase al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o funcionarios que el mismo designe a suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLI- CA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo y su documentación adicional, conforme al modelo que se aprueba por el Artículo 1 del presente decreto. Pág. Art. 3 Facúltase al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o funcionarios que el mismo designe, a convenir y suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, modificaciones al Contrato de Préstamo cuyo modelo se aprueba por el Artículo 1 del presente decreto, siempre que las mismas no constituyan cambios sustanciales al objeto, ni al destino de los fondos, y no deriven en un incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento arbitral pactado. Art. 4 Desígnase al MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRO- DUCTIVA, a través de la Unidad Coordinadora del Programa (UCP), como Organismo Ejecutor del Programa para el Desarrollo de la Infraestructura Destinada a Promover la Capacidad Emprendedora, quedando facultado para realizar todas las operaciones necesarias para la ejecución del mismo, conforme las normas y procedimientos contenidos en el Modelo de Contrato de Préstamo que se aprueba por el Artículo 1 de la presente medida. Art. 5 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Jorge M. Capitanich. Axel Kicillof. José L. S. Barañao. NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha Ciudad Autónoma de Buenos Aires). #F F# #I I# MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA Decreto 2814/2014 Prorrógase designación del Director de Seguimiento y Evaluación de Proyectos y Subsidios. Bs. As., 30/12/2014 VISTO el Expediente N 915/13 del registro del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLO- GIA E INNOVACION PRODUCTIVA, la Ley N , los Decretos Nros del 3 de diciembre de 2008, 491 del 12 de marzo de 2002 y 2210 del 18 de diciembre de 2013, lo propuesto por el señor Ministro de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, y Que por la citada Ley se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio del año Que mediante Decreto N 491/02, se estableció entre otras medidas, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente. Que por el Decreto N 2098/08 se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, el que rige a partir del 1 de diciembre de Que mediante el Decreto N 2210/13 se efectuó la designación transitoria del Licenciado Diego Alejandro DALL ARMELLINA (DNI N ) por el término de CIEN- TO OCHENTA (180) días hábiles, en UN (1) cargo Nivel B - Grado 0, Función Ejecutiva Nivel III de Director de Seguimiento y Evaluación de Proyectos y Subsidios dependiente del Fondo Tecnológico Argentino de la AGENCIA NACIONAL DE PROMOCION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA del MINIS- TERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E IN- NOVACION PRODUCTIVA. Que no ha sido posible cumplimentar el proceso de selección previsto para la cobertura del mencionado cargo en el plazo establecido, por lo que se considera imprescindible proceder a la prórroga de dicha designación transitoria, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles a partir del 29 de septiembre de 2014, a fin de asegurar el normal desenvolvimiento operativo de ese Ministerio. Que la persona propuesta ha cumplido satisfactoriamente con los requisitos de experiencia e idoneidad para el cargo aludido. Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno. Que la DIRECCION GENERAL DE ASUN- TOS JURIDICOS del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del Artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIO- NAL, y el artículo 1 del Decreto N 491/02. LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1 Prorrógase, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles a partir del 29 de septiembre de 2014, la designación transitoria efectuada en los términos del Decreto N 2210/13, del Licenciado Diego Alejandro DALL ARMELLINA (DNI N ) en el cargo de Director de Seguimiento y Evaluación de Proyectos y Subsidios, dependiente del Fondo Tecnológico Argentino de la AGENCIA NACIONAL DE PROMOCION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, Nivel B - Grado 0, autorizándose el pago de la Función Ejecutiva Nivel III del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por Decreto N 2098/08. Art. 2 El cargo involucrado deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público homologado por Decreto N 2098/08, dentro del plazo de CIEN- TO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha consignada en el artículo 1. Art. 3 El gasto que demande el financiamiento de la presente medida será atendido con las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio de la Jurisdicción 71 - MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLO- GIA E INNOVACION PRODUCTIVA, Categoría 01 - ACTIVIDADES CENTRALES, Actividad 01 - PLANIFICACION Y CONDUCCION, UNIDAD EJECUTORA: UNIDAD MINISTRO. Art. 4 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Jorge M. Capitanich. José L. S. Barañao. #F F# #I I# MINISTERIO DE DEFENSA Decreto 160/2015 Nómbrase Vocal del Tribunal Administrativo de la Navegación. Bs. As., 9/2/2015 VISTO lo informado por el señor Jefe del ES- TADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA y lo propuesto por el señor MINISTRO DE DEFENSA, y Que por el artículo 1 de la Ley N se creó el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE LA NAVEGACIÓN dependiente de la ARMADA ARGENTINA. Que en los artículos 2 y 5 de la citada ley se establece que el referido Tribunal tendrá jurisdicción en todas las aguas navegables de la Nación o de las Provincias que sirvan al tránsito y comercio interjurisdiccional y en sus costas, así como en los puertos sometidos a jurisdicción nacional, respecto de los hechos considerados accidentes de navegación, que comprenden aquellos causados o sufridos por buques, embarcaciones o artefactos navales, que produjeren daño o riesgo de daño a sí mismos, o a otros buques, embarcaciones o artefactos navales, o a personas o a cosas, o un perjuicio injustificado a los intereses comprometidos en la expedición marítima. Que en el artículo 8 de la citada ley, sustituido por la Ley N , se establece que el aludido Tribunal se conformará con UN (1) Presidente y CUATRO (4) Vocales. Que el 14 de junio de 2011 finalizó el período de ley para el cual, por Decreto N 1060, de fecha 13 de agosto de 2009, fue nombrado como Vocal del TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE LA NAVEGACIÓN el señor Capitán de Ultramar D. Alfredo ARNAIZ (M.I. N ). Que, en virtud de lo establecido en el artículo 2 del Decreto N 1060/09, el Capitán ARNAIZ continúa ejerciendo el cargo en la actualidad. Que, de acuerdo con lo informado por el CENTRO DE CAPITANES DE ULTRAMAR Y OFICIALES DE LA MARINA MERCANTE mediante nota del 5 de julio de 2011, corresponde relevar al Capitán ARNAIZ. Que la ARMADA ARGENTINA, en razón de la terna presentada por el CENTRO DE CAPITANES DE ULTRAMAR Y OFICIALES DE LA MARINA MERCANTE, propone el nombramiento del señor Capitán de Ultramar D. Víctor Eduardo DELGADO (M.I. N ) como Vocal del TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE LA NAVEGACIÓN. Que en el artículo 11 de la citada Ley N , sustituido por la Ley N , se establece que los miembros del Tribunal durarán DOS (2) años en el ejercicio de sus cargos y serán reelegibles. Que las DIRECCIONES GENERALES DE ASUNTOS JURÍDICOS de la ARMADA y del MINISTERIO DE DEFENSA han tomado la intervención que les compete. Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emergentes del artículo 9 de la Ley N , modificada por la Ley N LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: Artículo 1 Nómbrase a partir de la fecha del presente Decreto, por un período de ley de

3 Jueves 19 de febrero de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº DOS (2) años, como Vocal del TRIBUNAL AD- MINISTRATIVO DE LA NAVEGACIÓN, al señor Capitán de Ultramar D. Víctor Eduardo DELGA- DO (M.I. N ), en reemplazo del señor Capitán de Ultramar D. Alfredo ARNAIZ (M.I. N ), quien fue nombrado por Decreto N 1060, de fecha 13 de agosto de Art. 2 El Oficial nombrado en el artículo 1, al expirar el período previsto para ei desempeño de su cargo, deberá continuar ejerciéndolo provisoriamente hasta tanto sea dictado el acto administrativo que prorrogue su nombramiento o determine su reemplazo. Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Agustín O. Rossi. #F F# #I I# MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Decreto 179/2015 Dase por prorrogada designación en el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social. Bs. As., 9/2/2015 VISTO el Expediente N 3231/2009 del registro del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATI- VISMO Y ECONOMIA SOCIAL, organismo descentralizado que funciona en el ámbito del MINISTERIO DE DESARROLLO SO- CIAL, la Ley N , los Decretos N 491 del 12 de marzo de 2002, N 2098 del 3 de diciembre de 2008, N 1568 del 26 de octubre de 2009 y N 2020 del 3 de diciembre de 2013, y lo solicitado por el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECO- NOMÍA SOCIAL, y Que por la Ley N se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio Que por el Decreto N 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la jurisdicción o entidad correspondiente. Que por el Decreto N 2098/08 se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, el que rige a partir del 1 de diciembre de Que mediante el Decreto N 1568/09 se efectuó la designación transitoria del C.P. Juan Daniel Cancelli (DNI N ) por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a partir del 1 de julio de 2009, en el cargo de Gerente de Inspección de la Secretaría de Contralor, Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva Nivel III, perteneciente al INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATI- VISMO Y ECONOMIA SOCIAL, organismo descentralizado que funciona en el ámbito del MINISTERIO DE DESARROLLO SO- CIAL, y cuya última prórroga se efectuó mediante el Decreto N 2020/13, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados desde la fecha de su dictado. Que, toda vez que aún no se ha realizado el proceso de selección previsto para la cobertura del mencionado cargo, el INSTI- TUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL, organismo descentralizado que funciona en el ámbito del MINIS- TERIO DE DESARROLLO SOCIAL, considera imprescindible proceder a la prórroga de dicha designación transitoria, a partir del 5 de septiembre de 2014 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados desde la fecha del presente decreto, a fin de asegurar el normal desenvolvimiento operativo de la mencionada entidad. Que tal requerimiento implica resolver la prórroga de la citada designación transitoria, mediante una excepción a las pautas generales de selección para el acceso a la función de que se trata, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 y a lo dispuesto, en los Títulos II Capítulos III, IV y VIII y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO, homologado por el Decreto N 2098/08. Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno. Que la persona propuesta ha cumplido satisfactoriamente las funciones asignadas. Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUN- TOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE DE- SARROLLO SOCIAL ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIO- NAL y del artículo 1 del Decreto N 491/02. LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: Artículo 1 Dase por prorrogada, a partir del 5 de septiembre de 2014 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados desde la fecha del presente decreto, la designación transitoria efectuada mediante el Decreto N 1568/09, cuya última prórroga se efectuó mediante el Decreto N 2020/13, del C.P. Juan Daniel CANCELLI (DNI N ), en el cargo de Gerente de Inspección de la Secretaría de Contralor, perteneciente al INSTITUTO NACIO- NAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SO- CIAL, organismo descentralizado que funciona en el ámbito del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, Nivel A, Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel III, del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N 2098/08, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del citado Convenio. Art. 2 El cargo involucrado deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II Capítulos III, IV y VIII y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto N 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente decreto. Art. 3 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIA- TIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL. Art. 4 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Jorge M. Capitanich. Alicia M. Kirchner. #F F# #I I# MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Decreto 180/2015 Decreto N 1840/1986. Otórganse beneficios. Bs. As., 9/2/2015 VISTO el Decreto N 1840 de fecha 10 de octubre de 1986, sus modificatorios y complementarios, la Resolución MDS N 1562 del 02 de julio de 2014, y el Expediente N E del MINISTERIO DE DE- SARROLLO SOCIAL, y Que por el Decreto N 1840/86, sus modificatorios y complementarios, se dispuso el Régimen de Compensaciones de Gastos para los funcionarios con residencia en el interior del país. Que mediante Resolución MDS N 1562/14 se procedió a designar, a partir del 01 de abril de 2014, en el cargo de Director de Tutorías Orientadas de la Dirección Nacional de Gestión de Cooperativas Protegidas, de la Unidad Ejecutora de Ingreso Social con Trabajo, del MINISTERIO DE DESA- RROLLO SOCIAL, al señor Luciano Alfredo BATTISTELLI. Que el MINISTERIO DE DESARROLLO SO- CIAL considera necesario proceder al otorgamiento del beneficio de desarraigo a favor del señor Luciano Alfredo BATTISTELLI. Que la persona precitada acredita su residencia permanente dentro de los límites fijados por el Decreto N 1840/86, correspondiendo acordarle las compensaciones que prescribe la mencionada norma, sus modificatorios y complementarios, con carácter de excepción a lo establecido por los artículos 1 y 2º de dicho Decreto. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, ha tomado la intervención de su competencia. Que el presente se dicta conforme a las facultades otorgadas por el inciso 1 del artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL. LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1 Otórganse, a partir del primer día hábil del mes siguiente al de la fecha del dictado de la presente medida, los beneficios del Decreto N 1840/86, sus modificatorios y complementarios, al Director de Tutorías Orientadas de la Dirección Nacional de Gestión de Cooperativas Protegidas, de la Unidad Ejecutora de Ingreso Social con Trabajo del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, señor Luciano Alfredo BATTISTELLI (DNI N ), mientras su residencia permanente se encuentre a una distancia superior a los CIEN KILOMETROS (100 km) de la sede de sus funciones. Art. 2 El presente beneficio se otorga como excepción a lo establecido por los artículos 1 y 2 del Decreto N 1840/86, sus modificatorios y complementarios. Art. 3 El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio, correspondiente a la Jurisdicción 85 - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL. Art. 4 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Jorge M. Capitanich. Alicia M. Kirchner. #F F# #I I# MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS Decreto 161/2015 Fondo Fiduciario para la Reconstrucción de Empresas. Prorrógase plazo para disolución. Bs. As., 9/2/2015 VISTO el Expediente N S01: /2014 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, los Decretos Nros. 445 de fecha 28 de marzo de 1995, 342 de fecha 18 de abril de 2000, de fecha 27 de diciembre de 2002, y Que por el Decreto N 445 de fecha 28 de marzo de 1995, se constituyó el FONDO FIDUCIARIO DE CAPITALIZACIÓN BAN- CARIA con el objeto de asistir a las entidades que se empeñaban en el proceso de capitalización y fortalecimiento del sistema financiero argentino. Que dicha asistencia se brindó en el marco de la crisis financiera de diciembre de 1994 que produjo una fuerte restricción del crédito bancario, con aumento de las tasas de interés de depósitos y préstamos, e iliquidez en el sistema financiero. Que a través del dictado del Decreto N 342 de fecha 18 de abril de 2000, se encomendó disolver el mencionado Fondo y se tuvo por constituido el FONDO FIDUCIARIO DE ASISTENCIA A ENTIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROS, estableciéndose asimismo, su objeto y forma de integración. Que en virtud del Decreto N de fecha 27 de diciembre de 2002, y atento las circunstancias económicas del momento, se extendió la asistencia que brinda el Fondo a las entidades financieras y de seguros, a entidades prestadoras de servicios de salud, educación, bienes y servicios culturales, ciencia, tecnología y energía nuclear con el fin de auxiliarlas en los procesos de reestructuración de deudas denominadas en moneda extranjera. Que, asimismo, y en virtud de la ampliación de los sectores asistidos por el Fondo, se dispuso modificar su denominación por la de FONDO FIDUCIARIO PARA LA RECONS- TRUCCIÓN DE EMPRESAS, y establecer los criterios rectores de la asistencia a las empresas de los nuevos sectores de la economía, limitándola exclusivamente al pago y/o rescate y/o recompra y/o garantía de la reestructuración de la totalidad o parte de sus deudas en moneda extranjera contraídas con anterioridad al 31 de diciembre de Que en el Artículo 8 del decreto citado en último término, se estableció un plazo de disolución del Fondo de DOCE (12) años a contar desde su dictado. Que a la fecha del presente decreto, el FONDO FIDUCIARIO PARA LA RECONS- TRUCCIÓN DE EMPRESAS no vio agotado aún el objeto de su creación. Que en ese sentido, cuenta con presupuesto suficiente para continuar cumplimentando su cometido. Que resulta necesario ampliar el plazo de vigencia de dicho Fondo, modificando en consecuencia el plazo para su disolución. Que por lo tanto resulta necesario ampliar el plazo que prevé el Artículo 8 del Decreto N 2.705/02 por un período de UN (1) año, que se empezará a contar desde el mencionado vencimiento. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL. LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: Artículo 1 Dáse por prorrogado el plazo establecido para la disolución del FONDO FI- DUCIARIO PARA LA RECONSTRUCCIÓN DE EMPRESAS previsto en el Artículo 8 del Decreto N de fecha 27 de diciembre de 2002, hasta el 27 de diciembre de Art. 2 Facúltase al señor Secretario de Finanzas del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS a prorrogar el contrato de fideicomiso suscripto con el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, quedando autorizado a modificar los términos y condiciones actuales. Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Jorge M. Capitanich. Axel Kicillof. #F F#

4 Jueves 19 de febrero de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº #I I# MINISTERIO DE EDUCACIÓN Decreto 181/2015 Designaciones en la Dirección de Recursos Humanos. ANEXO DEPENDENCIA: MINISTERIO DE EDUCACIÓN - SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMI- NISTRATIVA - DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN FINANCIERA - DIREC- CIÓN DE RECURSOS HUMANOS Bs. As., 9/2/2015 VISTO el Expediente N 6.169/14 en TRES (3) cuerpos del Registro del MINISTERIO DE EDUCA- CIÓN, la Decisión Administrativa N del 8 de noviembre de 2012, el artículo 9 de la Decisión Administrativa N 609 del 1 de agosto de 2014, la Resolución N 609 del 28 de diciembre de 2012 de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRA- TIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las Resoluciones Nros del 8 de julio de 2013, del 18 de julio de 2013 y 372 del 16 de abril de 2014 del citado Ministerio, y Que mediante el Decreto N 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente. Que por la Decisión Administrativa N 1.126/12 se autorizó como excepción a lo dispuesto por el artículo 7 de la Ley N la cobertura mediante los respectivos procesos de selección de CINCO MIL (5.000) cargos vacantes y financiados correspondientes al ejercicio presupuestario 2012 en el ámbito del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLI- CO, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N 2.098/08 y modificatorios. Que el artículo 9 de la Decisión Administrativa N 609/14 establece que Los cargos vacantes y financiados que hubiesen sido autorizados por aplicación de lo dispuesto en el artículo 1 de la Decisión Administrativa N 1.126/12 y que al 31 de diciembre de 2013 no hubiesen podido ser cubiertos mediante la designación correspondiente, se consideran autorizados para sus respectivas coberturas, como excepción a lo dispuesto por el artículo 7 de la Ley N , mediante proceso de selección. Que por la Resolución N 609/12 de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se asignaron los cargos vacantes y financiados del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, autorizados para su cobertura por el artículo 1 de la Decisión Administrativa N 1.126/12, mediante el Régimen de Selección establecido por el Título IV del citado Convenio. Que por la Resolución N 1.480/13 del MINISTERIO DE EDUCACIÓN se designaron a los integrantes de los Comités de Selección para la cobertura de CIENTO CINCUENTA Y TRES (153) cargos vacantes y financiados de la planta permanente, mediante el Régimen de Selección de Personal aprobado por la Resolución N 39/10 de la entonces SECRE- TARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a las personas que se detallan en los Anexos I a XVII, que forman parte integrante de la referida resolución. Que por la Resolución N 1.522/13 del MINISTERIO DE EDUCACIÓN se llamó a proceso de selección de personal mediante Convocatoria Extraordinaria, General o Abierta, para cubrir los cargos vacantes financiados y se aprobaron las Bases de las Convocatorias dictadas por los Comités de Selección. Que los integrantes del Comité de Selección han actuado en un todo de acuerdo con el Decreto N 2.098/08 y con los procedimientos de selección establecidos por la Resolución N 39/10 de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. Que por la Resolución N 372 del 16 de abril de 2014 del MINISTERIO DE EDUCACIÓN se aprobó el Orden de Mérito elevado por el Comité de Selección A -14 respecto de los postulantes para cada uno de los cargos y con sus respectivos puntajes, que se consignan en los Anexos I a VII de la citada resolución. Que por el Acta N 010 del 11 de marzo de 2014 el Comité Selector recomienda la incorporación en la carrera o, en su caso, su continuidad en la misma, en el Grado escalafonario del Agrupamiento y Tramo correspondiente, tal como se refleja en el Anexo de la mencionada acta. Que la designación en los aludidos cargos no constituye asignación de recurso extraordinario alguno. Que se ha dado cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 6 del Decreto N 601 del 11 de abril de Que la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATU- RA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE EDUCACIÓN han tomado la intervención que les compete. Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 1 del Decreto N 491 del 12 de marzo de LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: Artículo 1 Desígnanse a las personas que se mencionan en el ANEXO que forma parte integrante del presente decreto, en el Agrupamiento, Tramo, Nivel y Grado escalafonario correspondiente al SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO homologado por el Decreto N 2.098/08 y en la Dependencia del MINISTERIO DE EDUCACIÓN que se determina. Art. 2 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 70 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN. Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFI- CIAL y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Jorge M. Capitanich. Alberto E. Sileoni. #I I# MINISTERIO DE EDUCACIÓN Decreto 182/2015 Dase por prorrogada designación de la Directora Nacional de Información y Evaluación de la Calidad Educativa. Bs. As., 9/2/2015 VISTO el Expediente N 4.355/14 del Registro del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 226 del 8 de febrero de 2010, del 16 de noviembre de 2010, 708 del 6 de junio de 2011, 221 del 9 de febrero de 2012, del 12 noviembre de 2012, 909 del 5 de julio de 2013 y 480 del 3 de abril de 2014 y lo solicitado por el citado Ministerio, y Que el Decreto N 491 del 12 de marzo de 2002 estableció que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTI- VO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente. Que por el Decreto N 226 del 8 de febrero de 2010 se cubrió en el MINISTE- RIO DE EDUCACIÓN el cargo de Director Nacional de Información y Evaluación de la Calidad Educativa dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO EDUCATIVO de la SECRETARÍA DE EDU- CACIÓN. Que en el artículo 2 del referido decreto se estableció que el cargo involucrado debía ser cubierto mediante los sistemas de selección previstos en el SISTE- MA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N 2.098/08, en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 26 de agosto de Que por el Decreto N del 16 de noviembre de 2010 se prorrogó por CIENTO OCHENTA (180) días hábiles el plazo mencionado precedentemente y por sus similares Nros. 708 del 6 de #F F# junio de 2011, 221 del 9 de febrero de 2012, del 12 de noviembre de 2012, 909 del 5 de julio de 2013 y 480 del 3 de abril de 2014, se hizo lo propio por otros CIENTO OCHENTA (180) días hábiles en cada caso. Que por razones operativas no ha sido posible cumplimentar la cobertura del cargo en el plazo establecido. Que por ello se considera indispensable prorrogar en el MINISTERIO DE EDU- CACIÓN el término fijado en el artículo 1 del Decreto N 480 del 3 de abril de Que el cargo citado no constituye asignación de recurso extraordinario alguno. Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUN- TOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE EDUCACIÓN ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones emergentes de los artículos 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 1 del Decreto N 491 del 12 de marzo de LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: Artículo 1 Dáse por prorrogada a partir del 29 de septiembre de 2014, fecha de su vencimiento y por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, la designación transitoria efectuada por el Decreto N 226/10 y prorrogada por sus similares Nros /10, 708/11, 221/12, 2184/12, 909/13 y 480/14, de la Doctora en Ciencias de la Educación Liliana Noemí PASCUAL (D.N.I. N ), en el cargo de Directora Nacional de Información y Evaluación de la Calidad Educativa (Nivel A con Función Ejecutiva I) dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO EDU- CATIVO de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva I del SISTEMA NACIONAL DE EM- PLEO PÚBLICO (SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo. Sectorial homologado por el Decreto N 2.098/08. Art. 2 El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, res-

5 Jueves 19 de febrero de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº pectivamente, en los Títulos II Capítulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N 2.098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 29 de septiembre de Art. 3 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 70 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN. Art. 4 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGIS- TRO OFICIAL y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Jorge M. Capitanich. Alberto E. Sileoni. #F F# #I I# MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO Decreto 158/2015 Convalídase tratamiento de Huésped Oficial. Bs. As., 9/2/2015 VISTO el Expediente N /2014 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, y Que entre los días 22 y 24 de abril de 2014 visitó la REPÚBLICA ARGENTINA el señor Primer Ministro y Gobernador de Dubai de los EMIRATOS ÁRABES UNIDOS, Jeque Mohamed Bin Rachid AL MAKTOUM. Que por el expediente citado en el Visto tramita la recomendación del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO de convalidar el tratamiento de Huésped Oficial acordado a la autoridad de los EMI- RATOS ÁRABES UNIDOS referida en el párrafo anterior durante su permanencia en la República. Que la Declaración de Huésped Oficial se encuadra en las atribuciones conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el Artículo 99, inciso 1 de la CONS- TITUCIÓN NACIONAL. LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: Artículo 1 Convalídase el tratamiento de Huésped Oficial del Gobierno argentino acordado al señor Primer Ministro y Gobernador de Dubai de los EMIRATOS ÁRABES UNIDOS, Jeque Mohamed Bin Rachid AL MAKTOUM, durante su permanencia en la República entre los días 22 y 24 de abril de Art. 2 Atiéndanse los gastos derivados del presente decreto con cargo al presupuesto correspondiente a la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIO- RES Y CULTO. Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Héctor M. Timerman. #F F# #I I# MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO Decreto 159/2015 Dase por prorrogada designación del Director de Arzobispados y Obispados. Bs. As., 9/2/2015 VISTO el Expediente N /2014 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, 1561 de fecha 9 de octubre de 2013, y Que mediante el Decreto N 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL, centralizada y descentralizada en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción o entidad correspondiente. Que por el Decreto N 2098/08 se procedió a homologar el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚ- BLICO (SINEP). Que por el Decreto N 1561/13 se designó transitoriamente al Licenciado D. Carlos Francisco HOLUBICA, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, en el cargo de Director de Arzobispados y Obispados, dependiente de la Dirección General de Culto Católico, en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE CULTO, dependiente de la SECRETARÍA DE CULTO del MINISTERIO DE RELA- CIONES EXTERIORES Y CULTO, Nivel B, Grado 0, con Función Ejecutiva Nivel III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP). Que la designación dispuesta por el Decreto N 1561/13 se encuentra vencida. Que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, conforme a la urgencia de las tareas a desarrollar y el alto nivel de responsabilidad inherente al mencionado cargo, requiere la prórroga de dicha cobertura transitoria. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELA- CIONES EXTERIORES Y CULTO ha dictaminado manifestando que no existen objeciones legales que formular para el dictado del presente decreto. Que la SUBSECRETARÍA LEGAL, TÉC- NICA Y ADMINISTRATIVA y la SECRETA- RÍA DE COORDINACIÓN Y COOPERA- CIÓN INTERNACIONAL del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CUL- TO prestan conformidad al dictado del presente decreto. Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los Artículos 99, inciso 1 de la CONS- TITUCIÓN NACIONAL y 1 del Decreto N 491/02. LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: Artículo 1 Dase por prorrogada a partir del 2 de julio de 2014 fecha de su vencimiento por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente decreto, la designación transitoria del Licenciado D. Carlos Francisco HOLUBICA (D.N.I. N ), dispuesta por el Decreto N 1561/13, en el cargo de Director de Arzobispados y Obispados, dependiente de la Dirección General de Culto Católico, en el ámbito de la SUB- SECRETARÍA DE CULTO, dependiente de la SECRETARÍA DE CULTO del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, Nivel B, Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel III del mencionado Sistema, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N 2098/08. Art. 2 El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente decreto. Art. 3 El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELA- CIONES EXTERIORES Y CULTO. Art. 4 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Jorge M. Capitanich. Héctor M. Timerman. #F F# #I I# MINISTERIO DE SALUD Decreto 177/2015 Dase por prorrogada designación de la Directora de Compras, Patrimonio, Suministros y Servicios. Bs. As., 9/2/2015 VISTO los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, N 638 del 14 de junio de 2005, N 70 del 24 de enero de 2006, N 1504 del 23 de octubre de 2006, N 1100 del 14 de agosto de 2007, N 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, N 2289 del 28 de diciembre de 2009, N 178 del 22 de febrero de 2011, N 1894 del 17 de noviembre de 2011, N 1576 del 30 de agosto de 2012, N 565 del 20 de mayo de 2013 y 1368 del 14 de agosto de 2014, lo propuesto por el MINISTERIO DE SALUD y el Expediente N /05-2 del registro del ex MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE, y Que por el Decreto N 491/02 el PO- DER EJECUTIVO NACIONAL, reasumió el control directo de todas las designaciones de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, en los cargos de planta permanente y no permanente. Que por el Decreto N 638/05, se designó con carácter transitorio a la Doctora Fanny Elena CLEMENTE LAMAS en un cargo Nivel B - Grado 0, Función Ejecutiva de Nivel III, como Directora de Compras, Patrimonio, Suministros y Servicios dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE SALUD. Que por los Decretos Nros. 70/06, 1504/06, 1100/07, 2289/09, 178/11, 1894/11, 1576/12, 565/13 y 1368/14, se prorrogó sucesivamente por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles el plazo de la designación transitoria citada en el párrafo precedente. Que el procedimiento de selección correspondiente no se ha instrumentado hasta el presente y no resulta factible concretarlo en lo inmediato, motivo por el cual, teniendo en cuenta la naturaleza del cargo involucrado y a efectos de contribuir al normal cumplimiento de las acciones que tiene asignadas la Dirección de Compras, Patrimonio, Suministros y Servicios, el MINISTERIO DE SA- LUD solicita se prorrogue la designación transitoria de la citada funcionaria por igual período que el precedentemente señalado. Que la DIRECCION GENERAL DE ASUN- TOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y el artículo 1 del Decreto N 491/02. LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1 Dáse por prorrogado a partir del 2 de junio de 2014 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, el plazo establecido en el artículo 1 del Decreto N 1368/14, con respecto a la designación transitoria de la Doctora Fanny Elena CLE- MENTE LAMAS (D.N.I. N ), en el cargo de Directora de Compras, Patrimonio, Suministros y Servicios dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRA- CION de la SUBSECRETARIA DE COORDI- NACION ADMINISTRATIVA de la SECRETA- RIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE SALUD, Nivel B - Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva de Nivel III del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PU- BLICO (SINEP), homologado por el Decreto N 2098/08 y sus modificatorios. Art. 2 El cargo involucrado deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II Capítulos III, IV y VIII y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO homologado por Decreto N 2098/08 y sus modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir de la fecha mencionada en el artículo 1. Art. 3 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 80 - MINIS- TERIO DE SALUD. Art. 4 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Jorge M. Capitanich. Juan L. Manzur. #F F# #I I# MINISTERIO DE SALUD Decreto 178/2015 Dase por prorrogada asignación de función de Director en el Instituto Nacional de Rehabilitación Psicofísica del Sur Dr. Juan Otimio Tesone. Bs. As., 9/2/2015 VISTO los Decretos Nros del 25 de agosto de 2009, 491 del 12 de marzo de 2002, 601 del 11 de abril de 2002, 2695 del 28 de diciembre de 2012, y 552 del 14 de abril de 2014, y el Expediente N /11-3 del registro del INSTITUTO NACIONAL DE REHABI- LITACION PSICOFISICA DEL SUR DR. JUAN OTIMIO TESONE, organismo descentralizado que funciona en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, y Que por el Decreto N 2695/12 y en función de las previsiones emergentes del Decreto N 1133 del 25 de agosto de 2009, se asignó con carácter transitorio a partir del 1 de agosto de 2011 por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del referido decreto, la función jerarquizada de Director del INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACION PSICOFISICA DEL SUR DR. JUAN OTIMIO TESONE, al Dr. D. Mario RICCIUTO (DNI N ) quien revista en la planta permanente del citado establecimiento.

6 Jueves 19 de febrero de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº Que dicha asignación preveía asimismo que dicha función jerarquizada debía ser cubierta conforme con los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido, respectivamente, en el artículo 37 y en los Títulos II, Capítulo II, y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL PROFESIONAL DE LOS ESTABLECI- MIENTOS HOSPITALARIOS Y ASISTEN- CIALES E INSTITUTOS DE INVESTIGA- CION Y PRODUCCION DEPENDIENTES DEL MINISTERIO DE SALUD, homologado por Decreto N 1133/09, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado del Decreto N 2695/12. Que el plazo establecido en el referido Decreto fue prorrogado por Decreto N 552/14 y se encuentra actualmente vencido. Que el procedimiento de selección correspondiente no se ha instrumentado hasta el presente y no resulta factible concretarlo en lo inmediato, motivo por el cual, teniendo en cuenta la naturaleza de la función involucrada y a efectos de contribuir al normal cumplimiento de las acciones que tiene asignadas el INSTI- TUTO NACIONAL DE REHABILITACION PSICOFISICA DEL SUR DR. JUAN OTI- MIO TESONE, resulta necesario disponer la prórroga por igual período del plazo precedentemente señalado. Que mediante el Decreto N 491/02 se definió, entre otros aspectos, que toda designación de personal o asignación de funciones al mismo, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente, será efectuada por el PO- DER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente. Que por el artículo 2 del Decreto N 601/02 se especificó que la asignación de funciones a que se refiere el artículo 1 del Decreto N 491/02 comprende a aquellas que impliquen el ejercicio transitorio de un cargo superior o su reemplazo y que genere una mayor erogación y su correspondiente compromiso presupuestario. Que la DIRECCION GENERAL DE ASUN- TOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, y los Decretos N 491/02 artículo 1 y su reglamentario N 601/02. LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1 Dáse por prorrogada, a partir del 10 de julio de 2014 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del dictado del presente Decreto, la asignación con carácter transitorio de la función jerarquizada de Director del INSTITU- TO NACIONAL DE REHABILITACION PSICO- FISICA DEL SUR DR. JUAN OTIMIO TESO- NE, establecimiento de Nivel I que funciona en calidad de organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, al Dr. D. Mario RICCIUTO (DNI N ) quien revista en la planta permanente del citado establecimiento en un cargo correspondiente al régimen escalafonario del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del MINISTERIO DE SALUD, homologado por Decreto N 1133 del 25 de agosto de 2009, autorizándose el pago de la referida función directiva. Art. 2 La función involucrada deberá ser cubierta de conformidad con los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido, respectivamente, en el artículo 37 y en los Títulos II, Capítulo II, y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SEC- TORIAL DEL PERSONAL PROFESIONAL DE LOS ESTABLECIMIENTOS HOSPITALARIOS Y ASISTENCIALES E INSTITUTOS DE INVES- TIGACION Y PRODUCCION DEPENDIENTES DEL MINISTERIO DE SALUD, homologado por Decreto N 1133/09, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado del presente Decreto. Art. 3 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto del INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACION PSICOFISICA DEL SUR DR. JUAN OTIMIO TESONE. Art. 4 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Jorge M. Capitanich. Juan L. Manzur. #F F# Que por el Decreto N 273/10 se prorrogó por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles el plazo de las prórrogas aprobadas por el Decreto N 1719/07, en los términos del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto N 2098 del 3 de diciembre de Que por el Decreto N 1726/11 se prorrogó por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles el plazo de las prórrogas aprobadas por el Decreto N 273/10. Que por razones operativas no ha sido posible cumplimentar la cobertura de los cargos en el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles por lo que resulta indispensable prorrogar dichas designaciones por un período adicional de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles. Que asimismo, resulta necesario aprobar una nueva designación de las agentes involucradas en el Anexo III y en el artículo 3 de la presente medida, en razón de haberse modificado la unidad de revista asignada a través del Decreto N 927/07. Que a través de las Leyes N , N y N se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para los Ejercicios 2012, 2013 y 2014, respectivamente. Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DEL INTE- RIOR Y TRANSPORTE ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, los artículos 7 y 10 de las Leyes N , N y N , y a tenor de lo establecido por el artículo 1 del Decreto N 491 del 12 de marzo de LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: Artículo 1 Dase por prorrogado a partir del 26 de julio de 2012 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del dictado de la presente medida, el plazo establecido por el Decreto N 927 del 17 de julio de 2007, que fuera prorrogado por los Decretos N 1719 del 27 de noviembre de 2007, N 273 del 18 de febrero de 2010 y N 1726 del 25 de octubre de 2011, con relación a las designaciones con carácter transitorio en la Planta Permanente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, de los agentes que se detallan en el Anexo I de la presente medida, en el Nivel y Grado del SISTE- MA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto N 2098 del 3 de diciembre de 2008 y en las funciones que se detallan en cada caso. Art. 2 Dase por prorrogado a partir del 26 de julio de 2012 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del dictado de la presente medida, el plazo establecido por el Decreto N 927 del 17 de julio de 2007, que fuera prorrogado por los Decretos N 1719 del 27 de noviembre de 2007, N 273 del 18 de febrero de 2010 y N 1726 del 25 de octubre de 2011, con relación a las designaciones con carácter transitorio en la Planta Permanente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, de los agentes que se detallan en el Anexo II de la presente medida, en el Nivel y Grado y en las funciones que se detallan en cada caso, y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto N 2098/08. #I I# MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE Decreto 2815/2014 Designaciones en la Dirección Nacional de Migraciones. Prórrogas. Bs. As., 30/12/2014 VISTO el Expediente N S02: /2012 Cuerpos I y II del registro de la DIRECCIÓN NA- CIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, las Leyes N , N y N , y los Decretos N 491 del 12 de marzo de 2002, N 927 del 17 de julio de 2007, N 1719 del 27 de noviembre de 2007, N 273 del 18 de febrero de 2010 y N 1726 del 25 de octubre de 2011, y Que mediante el Decreto N 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción o entidad correspondiente. Que mediante el Decreto N 927/07 se han designado transitoriamente en la Planta Permanente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES a los agentes involucrados en la presente medida, con carácter de excepción a lo establecido por el Título III, Capítulos I y II del Anexo I del Decreto N 993/91 (t.o. 1995). Que por el Decreto N 1719/07 se prorrogó por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles el plazo de las designaciones aprobadas por el Decreto N 927/07. Art. 3 Dase por designada a partir del 26 de julio de 2012 y hasta el 20 de septiembre de 2012 inclusive, con carácter transitorio en la Planta Permanente de la DIREC- CIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, a la agente Antonia Gregoria CANTEROS (DNI N ) en el cargo de Auxiliar Administrativo de la DIRECCIÓN GENERAL DE AD- MINISTRACIÓN, Nivel E - Grado 0, y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto N 2098 del 3 de diciembre de 2008, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7 de la Ley N Art. 4 Danse por designadas a partir del 26 de julio de 2012, con carácter transitorio en la Planta Permanente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida, a las agentes que se detallan en el Anexo III de la presente medida, en los términos del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el CON- VENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto N 2098/08, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7 de las Leyes N , N y N Art. 5 Los cargos involucrados, consignados en los artículos 1, 2 y 4 de la presente medida, deberán ser cubiertos conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III y IV, y IV, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida. Art. 6 El gasto que demande el cumplimiento del presente será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto vigente para el corriente ejercicio, correspondiente a la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE - O.D DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES. Art. 7 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Jorge M. Capitanich. Aníbal F. Randazzo.

7 Jueves 19 de febrero de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº ANEXO I DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES PLANTA PERMANENTE EXPEDIENTE N 13729/12 ANEXO II DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES PLANTA PERMANENTE EXPEDIENTE N 13279/12 ANEXO III DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES PLANTA PERMANENTE EXPEDIENTE N 13729/12 #F F# #I I# MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE Decreto 2816/2014 Designaciones en la Dirección Nacional de Migraciones. Prórrogas. Bs. As., 30/12/2014 VISTO el Expediente N S02: /2012 Cuerpos I y II del registro de la DIRECCIÓN NACIO- NAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTE- RIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, las Leyes N , N y N , y los Decretos N 491 del 12 de marzo de 2002, N 413 del 11 de marzo de 2008 y N 1548 del 28 de septiembre de 2011, y Que mediante el Decreto N 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción o entidad correspondiente. Que mediante el Decreto N 413/08 se han designado transitoriamente en la Planta Permanente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES a los agentes involucrados en la presente medida, con carácter de excepción a lo establecido por el Título III, Capítulos I y II del Anexo I del Decreto N 993/91 (t.o. 1995). Que por el Decreto N 1548/11 se prorrogó por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles el plazo de las designaciones aprobadas por el Decreto N 413/08, en los términos del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto N 2098 del 3 de diciembre de Que asimismo, resulta necesario aprobar la designación respecto de los agentes involucrados en los Anexos III y IV y en los artículos 7 y 9 de la presente medida en razón de haberse modificado la unidad de revista asignada a través del Decreto N 413/08. Que por razones operativas no ha sido posible cumplimentar la cobertura de los cargos en el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles por lo que resulta indispensable prorrogar dichas designaciones por un período adicional de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles. Que a través de las Leyes N , N y N se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para los Ejercicios 2012, 2013 y 2014, respectivamente.

8 Jueves 19 de febrero de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, los artículos 7 y 10 de las Leyes N , N y N y a tenor de lo establecido por el artículo 1 del Decreto N 491 del 12 de marzo de LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: Artículo 1 Dase por prorrogado a partir del 29 de junio de 2012 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del dictado de la presente medida, el plazo establecido por el Decretó N 413 del 11 de marzo de 2008, que fuera prorrogado por el Decreto N 1548 del 28 de septiembre de 2011, con relación a las designaciones con carácter transitorio en la Planta Permanente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, de los agentes que se detallan en el Anexo I de la presente medida, en el Nivel y Grado del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto N 2098 del 3 de diciembre de 2008 y en las funciones que se detallan en cada caso. Art. 2 Dase por prorrogado a partir del 29 de junio de 2012 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del dictado de la presente medida, el plazo establecido por el Decreto N 413 del 11 de marzo de 2008, que fuera prorrogado por el Decreto N 1548 del 28 de septiembre de 2011, con relación a las designaciones con carácter transitorio en la Planta Permanente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, de los agentes que se detallan en el Anexo II de la presente medida, en el Nivel y Grado y en las funciones que se detallan en cada caso, y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto N 2098/08. Art. 3 Danse por designados a partir del 29 de junio del 2012, con carácter transitorio en la Planta Permanente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente Medida, a los agentes que se detallan en el Anexo III de la presente medida, en el Nivel y Grado del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto N 2098/08 y en las funciones que se detallan en cada caso, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7 de las Leyes N , N y N Art. 4 Danse por designadas a partir del 29 de junio del 2012, con carácter transitorio en la Planta Permanente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida, a las agentes que se detallan en el Anexo IV de la presente medida, en el Nivel y Grado, y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto N 2098/08 y en las funciones que se detallan en cada caso, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7 de las Leyes N , N y N Art. 5 Dase por prorrogado a partir del 29 de junio de 2012 y hasta el 30 de julio de 2012 inclusive, el plazo establecido por el Decreto N 413 del 11 de marzo de 2008, que fuera prorrogado por el Decreto N 1548 del 28 de septiembre de 2011, con relación a la designación con carácter transitorio en la Planta Permanente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRA- CIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, del agente Víctor Fernando REYES (DNI N ) en el cargo de Asistente Administrativo de la entonces DIRECCIÓN DE SISTEMAS, Nivel D - Grado 0, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRA- BAJO SECTORIAL homologado por el Decreto N 2098/08. Art. 6 Dase por prorrogado a partir del 29 de junio de 2012 y hasta el 24 de septiembre de 2012 inclusive, el plazo establecido por el Decreto N 413 del 11 de marzo de 2008, que fuera prorrogado por el Decreto N 1548 del 28 de septiembre de 2011, con relación a la designación con carácter transitorio en la Planta Permanente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTE- RIOR Y TRANSPORTE, del agente Horacio Alfredo MORENO (DNI N ) en el cargo de Coordinador de la DIRECCIÓN GENERAL DE MOVIMIENTO MIGRATORIO, Nivel B - Grado 0, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el CONVENIO CO- LECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto N 2098 del 3 de diciembre de Art. 7 Dase por designada a partir del 29 de junio del 2012 y hasta el 30 de septiembre de 2012 inclusive, con carácter transitorio en la Planta Permanente de la DIRECCIÓN NACIO- NAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, a la agente Marilina VAZQUEZ VALENCIA (DNI N ) en el cargo de Asistente Técnico de la DELEGACIÓN MAR DEL PLATA, en el Nivel C - Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto N 2098/08, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7 de las Leyes N , N y N Art. 8 Dase por prorrogado a partir del 29 de junio de 2012 y hasta el 27 de marzo de 2014 inclusive, el plazo establecido por el Decreto N 413 del 11 de marzo de 2008, que fuera prorrogado por el Decreto N 1548 del 28 de septiembre de 2011, con relación a la designación con carácter transitorio en la Planta Permanente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTE- RIOR Y TRANSPORTE, de la agente Mercedes Virginia GONZÁLEZ (DNI N ) en el cargo de Asistente Técnico de la DIRECCIÓN GENERAL DE SISTEMAS Y TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN, Nivel C - Grado 0, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto N 2098/08. Art. 9 Dase por designada a partir del 29 de junio del 2012 y hasta el 23 de junio de 2014 inclusive, con carácter transitorio en la Planta Permanente de la DIRECCIÓN NA- CIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTE- RIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, a la agente Verónica Paola SORIANO ZOTHNER (DNI N ) en el cargo de Asistente Administrativo de la DELEGACIÓN ROSARIO, en el Nivel D - Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto N 2098/08, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7 de las Leyes N , N y N Art. 10. Los cargos involucrados, consignados en los artículos 1, 2, 3 y 4 de la presente medida, deberán ser cubiertos conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III y IV, y IV del SISTE- MA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto N 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida. Art. 11. El gasto que demande el cumplimiento del presente será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto vigente para el corriente ejercicio, correspondiente a la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE - O.D DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES. Art. 12. Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Jorge M. Capitanich. Aníbal F. Randazzo. ANEXO I DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES PLANTA PERMANENTE EXPEDIENTE N 10093/12

9 Jueves 19 de febrero de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº ANEXO II DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES PLANTA PERMANENTE EXPEDIENTE N 10093/12 ANEXO III DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES PLANTA PERMANENTE EXPEDIENTE N 10093/12 ANEXO IV DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES PLANTA PERMANENTE EXPEDIENTE N 10093/12 #F F# #I I# OBRAS PÚBLICAS Decreto 165/2015 Ley Nº Deléganse facultades y obligaciones. Decreto N 1022/1978. Derogación. Bs. As., 9/2/2015 VISTO el Expediente N /08 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EM- PLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, las Leyes Nros y y sus respectivas modificatorias, y los Decretos Nros del 10 de mayo de 1978 y 238 del 19 de junio de 2003, y Que la Ley N y sus modificatorias, estableció el Régimen de obras públicas. Que el artículo 2 de la Ley N y sus modificatorias, determina que las facultades y obligaciones que establece dicha ley, podrán ser delegadas por el Poder Ejecutivo en autoridad, organismo o funcionario legalmente autorizado. Que, asimismo el artículo 13 de la Ley de Ministerios N (texto ordenado por Decreto N 438/92) y sus modificatorias, faculta al PODER EJECUTIVO NACIONAL para delegar en los Ministros y en los Secretarios de la Presidencia de la Nación facultades relacionadas con las materias que les competen, de acuerdo con lo que determine expresa y taxativamente por Decreto. Que por Decreto N del 10 de mayo de 1978, se delegó en el entonces MI- NISTERIO DE TRABAJO, de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de la Ley N , las facultades y obligaciones determinadas por la citada ley para la ejecución de trabajos de conservación, reparación y modificaciones o mejoras de sus edificios, como ampliaciones menores de los mismos, previa conformidad para cada una de ellas del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA. Que dicha delegación ha quedado desactualizada en orden a la competencia del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDE- RAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, otorgada mediante la Ley de Ministerios N (texto ordenado por Decreto N 438/92) y sus modificatorias, entre ellas, asistir al Presidente de la Nación en todo lo inherente a la obra pública y a la delegación genérica de las facultades y obligaciones en el marco del artículo 2 de la Ley N , aprobada por el Decreto N 238 del 19 de junio de Que conforme lo establecido en los incisos 1 y 2 del artículo 23 de la Ley de Ministerios N (texto ordenado por Decreto N 438/92) y sus modificatorias, compete al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Entender en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia, así como Ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el Poder Ejecutivo Nacional. Que a los efectos de evitar el deterioro de las construcciones y predios de uso de ese Ministerio éste realiza en forma permanente acciones de preservación del patrimonio edilicio mediante tareas de refuncionalización y rehabilitación total o parcial, tendientes a adaptar los inmuebles a las normas vigentes. Que dichas acciones tienen por finalidad mantener los bienes patrimoniales alargando su vida útil y garantizando el sustrato material en el que desarrollan sus tareas

10 Jueves 19 de febrero de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº los agentes del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL. Que a los efectos de otorgar a ese Ministerio los instrumentos necesarios para la realización de obras públicas en su jurisdicción y a los fines de procurar la conservación y el mantenimiento de los inmuebles de la Cartera de Estado, resulta necesario delegarle, de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de la Ley N y sus modificatorias, las facultades y obligaciones determinadas por la misma, sin perjuicio de la facultad genérica del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS aprobada por el Decreto N 238 del 19 de junio de 2003 en orden a su competencia. Que la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN ha indicado que...si bien se encuentra vigente la norma por medio de la cual el Poder Ejecutivo en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2 de la Ley N , efectuó una delegación genérica a favor del MINISTERIO DE PLANIFICA- CIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, ello no obsta al dictado de otra norma de igual rango, posterior y especial, que disponga una delegación puntual con un objeto preciso y limitado, en cabeza de un Ministerio distinto, con competencia específica en el área involucrada (cfr. PTN, Dictamen 248:385). Que por el Expediente citado en el Visto el MINISTERIO DE CULTURA solicita la excepción para la contratación del señor Juan Manuel ZANABRIA (DNI N ) en un Nivel B, Grado 0 del SINEP, bajo el régimen del artículo 9 del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N y su reglamentación. Que sin perjuicio de que el señor Juan Manuel ZANABRIA no cumple con el requisito de experiencia laboral de 3 (TRES) años después de la titulación, establecido para el Nivel B, en el Capítulo III, del Título II, del Decreto N 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, el citado reúne las condiciones de idoneidad requeridas para el puesto. Que con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento de las funciones del MI- NISTERIO DE CULTURA, resulta necesario autorizar al mismo a contratar al señor Juan Manuel ZANABRIA con carácter de excepción al punto II del inciso c) del artículo 9 del Anexo I del Decreto N 1421/02. Que el Jefe de Gabinete de Ministros se encuentra facultado para autorizar mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción excepciones a los requisitos mínimos previstos para la equiparación escalafonaria. Que sin perjuicio de que la señora Malena BERTOLOTTO no cumple con el requisito de nivel educativo establecido para el Nivel B, en el Capítulo III, Título II, del Anexo del Decreto N 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, la citada reúne las condiciones de idoneidad y experiencia requeridas para el puesto. Que con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento de las funciones del actual MINISTERIO DE CULTURA, resulta necesario autorizar al mismo a contratar a la señora Malena BERTOLOTTO con carácter de excepción al punto II del inciso c) del artículo 9 del Anexo I del Decreto N 1421/02. Que el Jefe de Gabinete de Ministros se encuentra facultado para autorizar mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción excepciones a los requisitos mínimos previstos para la equiparación escalafonaria. Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUN- TOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE CUL- TURA ha tomado intervención. Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIO- NAL y por el último párrafo del artículo 9 del Anexo I del Decreto N 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE: Artículo 1 Autorízase al MINISTERIO DE CULTURA, para contratar desde el 01/07/2014 y hasta el 31/12/2014 a la señora Malena BER- TOLOTTO (DNI N ), en una categoría Nivel B Grado 0, con carácter de excepción al Punto II del inciso c) del artículo 9 del Anexo I del Decreto N 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N , por no reunir los requisitos mínimos establecidos para el acceso al Nivel B del Sistema Nacional de Empleo Público (SI- NEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N 2098/08. Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Jorge M. Capitanich. Teresa A. Sellarés. #F F# Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EM- PLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIO- NAL y el artículo 2 de la Ley N LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: Artículo 1 Deléganse en el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de la Ley N y sus modificatorias, las facultades y obligaciones determinadas por dicha ley para la contratación y ejecución de construcciones, trabajos o servicios, incluyendo el planeamiento y la formulación de proyectos respectivos, que revistan el carácter de obra pública y de aquellas necesarias para el cumplimiento de sus objetivos, así como para la adquisición de materiales, maquinarias, mobiliarios y elementos destinados exclusivamente a los edificios bajo su jurisdicción cuya administración está a cargo del Servicio Administrativo Financiero 350. Art. 2 Derógase el Decreto N de fecha 10 de mayo de Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Jorge M. Capitanich. Julio M. De Vido. Carlos A. Tomada. #F F# DECISIONES ADMINISTRATIVAS #I I# MINISTERIO DE CULTURA Decisión Administrativa 17/2015 Autorízase contratación. Bs. As., 6/2/2015 VISTO el Expediente CUDAP N 568/14 del Registro del MINISTERIO DE CULTURA, el Decreto N 1421/02, Reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N , el Decreto N 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, y Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUN- TOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE CUL- TURA ha tomado intervención. Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIO- NAL y por el último párrafo del artículo 9 del Anexo I del Decreto N 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE: Artículo 1 Autorízase al MINISTERIO DE CULTURA, para contratar desde el 01/09/2014 y hasta el 31/12/2014 al señor Juan Manuel ZA- NABRIA (DNI N ), en una categoría Nivel B Grado 0, con carácter de excepción al Punto II del inciso c) del artículo 9 del Anexo I del Decreto N 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N , por no reunir los requisitos mínimos establecidos para el acceso al Nivel B del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N 2098/08. Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Jorge M. Capitanich. Teresa A. Sellarés. #F F# #I I# MINISTERIO DE CULTURA Decisión Administrativa 18/2015 Autorízase contratación. Bs. As., 6/2/2015 VISTO el Expediente N 1610/14 del Registro del MINISTERIO DE CULTURA, el Decreto N 1421/02, Reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N , el Decreto N 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, y Que por el Expediente citado en el Visto el MINISTERIO DE CULTURA solicita la excepción para la contratación de la señora Malena BERTOLOTTO (DNI N ) en un Nivel B, Grado 0 del SINEP, bajo el régimen del artículo 9 del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N y su reglamentación. #I I# MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE Decisión Administrativa 1341/2014 Dase por aprobada contratación. Bs. As., 30/12/2014 VISTO el Expediente N S02: /2014, del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, los Decretos N 202 del 30 de enero de 1991, N 601 del 11 de abril de 2002, N 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios, N 1522 del 6 de noviembre de 2007, y Que de acuerdo a las normas mencionadas en el Visto tramita la propuesta de contratación de la persona especializada a celebrarse en el ámbito de la UNIDAD EJECUTO- RA CENTRAL del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE. Que por el artículo 1 del Decreto N 577/03 y modificatorios, se estableció que los contratos de locación de servicios personales, convenidos para proyectos o programas de cooperación técnica con financiamiento bilateral o multilateral, nacional e internacional, serán aprobados por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos con honorarios correspondientes a la máxima función en virtud de lo dispuesto por el ANEXO 2 del artículo 7 del ANEXO I del Decreto N 2345/08 y sus modificatorios. Que en la contratación propiciada se configura el supuesto previsto en el artículo 1 del Decreto N 577/03 y sus modificatorios, correspondiendo a quien suscribe disponer su aprobación. Que el Decreto N 202/91 dispuso la creación de la UNIDAD EJECUTORA CENTRAL del PROGRAMA DE SANEAMIENTO FINANCIERO Y DESARROLLO ECONOMICO DE LAS PROVINCIAS ARGENTINAS (UEC). Que por Decreto N 1522/07 se aprobó el Modelo de Contrato de Préstamo BID 1855/ OC-AR para la ejecución del PROGRAMA DE MEJORA DE LA GESTION MUNICIPAL, suscripto entre la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DE- SARROLLO (BID). Que el artículo 7 del Decreto citado en el considerando anterior estableció que la UNIDAD EJECUTORA CENTRAL del PROGRAMA DE SANEAMIENTO FINANCIERO Y DESARROLLO ECONOMICO DE LAS PROVINCIAS ARGENTINAS (UEC) mantendrá la estructura, misiones y funciones descriptas en el Anexo del Decreto N 202/91. Que por el referido modelo de Contrato de Préstamo el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) se comprometió a asistir financieramente a la REPUBLICA ARGEN- TINA, a fin de posibilitar la ejecución del PROGRAMA DE MEJORA DE LA GESTION MUNICIPAL, el cual se desarrolla bajo la coordinación y supervisión general de la UNI- DAD EJECUTORA CENTRAL del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE. Que el objetivo general del PROGRAMA DE MEJORA DE LA GESTION MUNICIPAL es mejorar la capacidad de gestión de los gobiernos municipales, para que éstos respondan de forma más efectiva a las necesidades locales. Que los objetivos específicos del PROGRAMA DE MEJORA DE LA GESTION MUNI- CIPAL implican el desarrollo e implementación de mecanismos replicables de fortalecimiento municipal en las áreas de administración interna; finanzas; tributación; catastros; servicios de atención al ciudadano, gobierno electrónico, planificación urbana y promoción económica local, entre otras; y para ello contempla intervenciones coordinadas en los TRES (3) ámbitos de gobierno (nacional, provincial y municipal)

11 Jueves 19 de febrero de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº tendientes al fortalecimiento de las capacidades de los gobiernos municipales incluyendo: (i) actividades desarrolladas por las provincias para mejorar su capacidad de apoyar a los municipios y desarrollar instrumentos de gestión que requieren soluciones de escala; y (ii) proyectos de desarrollo institucional identificados por los propios municipios, en temas como planificación urbana, centros de atención de trámites, preparación de proyectos y adicionalmente, el Programa apoya actividades a ser ejecutadas por el MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE en temas de promoción, fortalecimiento y seguimiento del sector municipal. Que por resultar necesario proceder a la contratación de una persona especializada para el PROGRAMA DE MEJORA DE LA GESTION MUNICIPAL, la UNIDAD EJECU- TORA CENTRAL del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE ha elevado la propuesta de contratación de la persona que se detalla en el Anexo I que integra esta medida. Que la contratación en cuestión será financiada con recursos provenientes del PRO- GRAMA DE MEJORA DE LA GESTION MUNICIPAL (Préstamo BID 1855/OC - AR). Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto vigente asignado a la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE - PROGRAMA 19 - ACTIVI- DAD 10, aprobado para el ejercicio 2014 por la Ley N , a fin de atender el gasto resultante de la contratación alcanzada por la presente medida. Que la persona involucrada en el presente acto ha dado cumplimiento a lo estáblecido en el artículo 6 del Decreto N 601/02. Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUN- TOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE. Que el presente acto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el artículo 1 del Decreto N 577/03 y sus modificatorios. EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE: Artículo 1 Dase por aprobada la contratación celebrada entre la UNIDAD EJECUTORA CENTRAL del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE y la persona que se detalla en el Anexo I del presente acto, conforme las condiciones allí consignadas. Art. 2 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será financiado con recursos provenientes del PROGRAMA DE MEJORA DE LA GESTION MUNICIPAL, Contrato de Préstamo BID 1855/OC-AR y se imputará con cargo a la partida específica de la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE - PROGRAMA 19 - ACTIVIDAD 10. Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFI- CIAL y archívese. Jorge M. Capitanich. Aníbal F. Randazzo. ANEXO I CONSULTOR D.N.I. PERIODO CALONJE, Diego Andrés /04/2013 al 31/12/2013 MONTO TOTAL MONTO MENSUAL del 01/04/2013 al 30/04/2013 $ $ $ MONTO MENSUAL del FUNCION 01/05/2013 al 31/12/2013 Responsable de Proyectos- RANGO II FINANCIAMIENTO Contrato de Préstamo BID 1855/OC-AR #F F# CONCURSOS OFICIALES Nuevos #I I# RADIO Y TELEVISIÓN ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO Concurso Público y Abierto 2/2015 a) Nombre del organismo contratante: Radio y Televisión Argentina Sociedad del Estado. b) Tipo, objeto y número de la contratación: CPA N 02/2015 Concurso Público y Abierto de antecedentes para cubrir el siguiente cargo perteneciente a su Unidad de Gestión Radio Nacional en LRA26 RN RESISTENCIA: PERIODISTA. c) Lugar, día y hora donde se pueden consultar las bases: Los requisitos pueden consultarse en las siguientes páginas Web: com.ar o retirarse sin cargo en la Gerencia de RRHH de Radio Nacional sita en Maipú 555 3er. Piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en la emisora sita en Sarmiento 1202, de la ciudad de Resistencia, Provincia de Chaco a partir del día de publicación del presente llamado, de lunes a viernes en el horario de 10 a 17. d) Lugar, día y hora de presentación: Las respectivas postulaciones se recibirán desde el día de la fecha hasta las 17 horas del 04 de marzo de 2015, en la Gerencia de RRHH de Radio Nacional, sita en Maipú 555, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la emisora sita en Sarmiento 1202, de la ciudad de Resistencia, Provincia de Chaco, en el horario de 10 a 17, de lunes a viernes. Lic. ROBERTO J. LUACES, Gerente de Recursos Humanos, R.T.A. S.E., Radio Nacional. e. 19/02/2015 N 10076/15 v. 19/02/2015 #F F#

12 Jueves 19 de febrero de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº AVISOS OFICIALES Nuevos #I I# MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DIRECCIÓN NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR Título, autor y demás recaudos por la Ley ; Expediente Obra Publicada Género: LITERARIO Título: ANTOLOGIA DEL CUENTO POLICIAL ARGENTINO ESCRITORES Autor: VICENTE BATTISTA AJENOS AL GENERO Editor: DESDE LA GENTE DEL INSTITUTO MOVILIZADOR DE FONDOS COOPERATIVOS CL Obra Publicada Género: LITERARIO Título: GRAGEAS 3 MAS DE CIEN MINIFICCIONES DE AMERICA Y EL Autor: SERGIO GAUT VEL HARTMAN MUNDO Editor: DESDE LA GENTE DEL INSTITUTO MOVILIZADOR DE FONDOS COOPERATIVOS CL Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: MIRADAS Y CONTROVERSIAS DEL DESARROLLO TERRITORIAL Autor: CARLOS FIDEL EN ARGENTINA. APROXIMACION A UN ENFOQUE ANALITICO Autor: ALEJANDRO VILLAR Editor: CENTRO CULTURAL DE LA COOPERACION FLOREAL GORINI DE INSTITUTO MOVILIZA Editor: UNIVERSIDAD NACIONAL DE QUILMES Obra Publicada Género: MUSICA Título: EXPLOTA Autor: CRISTIAN GUILLERMO BARRIONUEVO Autor: JUAN NICOLAS CAÑADELL Autor: MARIO GABRIEL ANTONIONE Autor: RODRIGO LUIS MARIA Editor: WARNER CHAPPELL MUSIC ARGENTINA Editor: HELEN MONTECINO MUSIC DE MARIA E MONTECINO Obra Publicada Género: LETRA Título: EXPLOTA Autor: PABLO ANDRES AMUCHASTEGUI Autor: JULIAN D AMICO Autor: LEONARDO ROMERO Autor: MAURO EMANUEL VALENTIN Editor: WARNER CHAPPELL MUSIC ARGENTINA Editor: HELEN MONTECINO MUSIC DE MARIA E MONTECINO Obra Publicada Género: MUSICA Título: LEYENDA EXPOSITO Autor: MARIELA C CAMAÑO Autor: MARCELO AGUIRRE Editor: EDICIONES MUSICALES BARRIENTOS DE MARCELO ANGEL BARRIENTOS Obra Publicada Género: LETRA Título: LEYENDA EXPOSITO Autor: MARIELA C CAMAÑO Autor: MARCELO AGUIRRE Editor: EDICIONES MUSICALES BARRIENTOS DE MARCELO ANGEL BARRIENTOS Obra Publicada Género: HISTORICO Título: RECETARIO DEL ACEITE A LA CACEROLA DESDE LAS Autor: LUCIANA GALIN INVASIONES INGLESAS AL 2001 Autor: ANA INES MALLIMACI BARRAL Autor: LAURA VACCARI Editor: LUCIANA GALIN Obra Publicada Género: LITERARIO Título: EL INVENTOR DE JUEGOS Autor: PABLO DE SANTIS Editor: EDICIONES SANTILLANA SA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: CINCUENTA SOMBRAS MAS OSCURAS Autor: E L JAMES Traductor: MONTSERRAT ROCA COMET Editor: DEBOLSILLO DE RANDOM HOUSE MONDADORI Obra Publicada Género: LITERARIO Título: EL NOMBRE SECRETO LA AVENTURA ESCRITA EN LAS RUNAS Autor: LAURA NO (FALLECIDA) Autor: MARCELO TOME Editor: EDITORIAL ESTRADA SA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: SORPRENDEME Autor: MEGAN MAXWELL Editor: GRUPO EDITORIAL PLANETA SAIC Obra Publicada Género: LITERARIO Título: SUPER GOL! EL SUEÑO DE LOS CAMPEONES Autor: LUIGI GARLANDO Traductor: SANTIAGO JORDAN EMPERE Editor: MONTENA DE RANDOM HOUSE MONDADORI SA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: UN PUERTO DE ABRIGO Autor: NORA ROBERTS Traductor: NIEVES CALVIÑO GUTIERREZ Editor: DEBOLSILLO DE RANDOM HOUSE MONDADORI SA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: EL JUEGO INFINITO Autor: JAMES DASHNER Traductor: VERONICA GANALES MEDINA Editor: MONTENA DE RANDOM HOUSE MONDADORI SA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: PARIS NO SE ACABA NUNCA Autor: ENRIQUE VILA-MATAS Editor: SEIX BARRAL DE GRUPO EDITORIAL PLANETA SAIC Obra Publicada Género: LITERARIO Título: GOTHIC FATE LA ULTIMA ELEGIA Autor: LORENA AMKIE Editor: DESTINO DE GRUPO EDITORIAL PLANETA SAIC Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: EL HOGAR COMO PROBLEMA Y COMO SOLUCION. UNA Autor: PAULA LUCIA AGUILAR MIRADA GENEALOGICA DE LA DOMESTICIDAD A TRAVES DE LAS PO Editor: EDICIONES DEL CCC DE CENTRO CULTURAL DE LA COOPERACION FLOREAL GORINI Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: SABER DE LA POBREZA. DISCURSOS EXPERTOS Y SUBCLASES Autor: ANA GRONDONA EN LA ARGENTINA ENTRE Editor: EDICIONES DEL CCC DE INSTITUTO MOVILIZADOR DE FONDOS COOPERATIVOS COOP Obra Publicada Género: PROGRAMA COMPUTACION Título: PIP Autor/Titular: MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL INVERSION PUBLICA DE SERVICIOS (Q) Obra Publicada Género: PROGRAMA COMPUTACION Título: SALUDAR Autor/Titular: MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL INVERSION PUBLICA DE SERVICIOS (Q) Obra Publicada Género: PROGRAMA COMPUTACION Título: GATEWAYSERVER V125 Autor/Titular: DANIELA ANDREA ORLAMDINI Obra Publicada Género: PROGRAMA COMPUTACION Título: FACTURACION ELECTRONICA FEAFIP Autor: DANIELA ANDREA ORLAMDINI Autor/Titular: SERGIO HUGO SZYCHOWSKI Obra Publicada Género: CIENTIFICO Título: LECCIONES APRENDIDAS Y DESAFIOS FUTUROS BAJO Autor: MARTIN HORACIO SABIGNOSO NUEVOS ESQUEMAS DE GESTION DE LA SALUD EN LA ARGENTINA Autor: HUMBERTO ANTONIO SILVA Autor: MARIA CLARA ZERBINO Autor: CARLOS ALBERTO VALLEJOS Editor: MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION Editor: FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS DE LA UNIVERSIDAD NAC DE LA PLATA

13 Jueves 19 de febrero de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº Obra Publicada Género: TEATRAL Título: EL OJO PUBLICO DE PETER SHAFFER Traductor/Titular: LUCIANA FERNANDEZ CALUCCI Obra Publicada Género: PROGRAMA COMPUTACION Título: MEDIA 5 STORAGE CALCULATOR Autor: OSVALDO MOISES MARTINI Autor: FABIAN ALBERTO BALLIRO Titular: MEDIA 5 SRL Obra Publicada Género: PAGINA WEB Título: LISTAS TOP Autor/Titular: TOMAS PLINER Obra Publicada Género: FONOGRAMA Título: ORBE Productor: VIAJERO INMOVIL RECORDS DE FELIPE ABEL SURKAN Obra Publicada Género: FONOGRAMA Título: ESPACIO INTERMEDIOS Productor: VIAJERO INMOVIL RECORDS DE FELIPE ABEL SURKAN Obra Publicada Género: FONOGRAMA Título: SECUENCIA Productor: VIAJERO INMOVIL RECORDS DE FELIPE ABEL SURKAN Obra Publicada Género: FONOGRAMA Título: LAQUESIS Productor: VIAJERO INMOVIL RECORDS DE FELIPE ABEL SURKAN Obra Publicada Género: PROGRAMA COMPUTACION Título: TUTTIFRUTTI Autor/Titular: BOGDAN NOVAKOVIC Dr. ARIEL VACCARO, Director Nacional del Derecho de Autor, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. e. 19/02/2015 N 10117/15 v. 19/02/2015 #F F# #I I# MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DIRECCIÓN NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR Título, autor y demás recaudos por la Ley ; Expediente Obra Publicada Género: INFANTIL Título: LOS CASOS DE ANITA DEMARE LA GATA EN EL BALCON Autor: NORMA HUIDOBRO Autor: LUCIA MANCILLA PRIETO Editor: EDITORIAL NORMA DE KAPELUSZ EDITORA SA Obra Publicada Género: INFANTIL Título: LOCO POR VOS Autor: GABRIELA KESELMAN Autor: MEY CLERICI Editor: EDITORIAL NORMA DE KAPELUSZ EDITORA SA Obra Publicada Género: INFANTIL Título: ELLA CANTABA (EN TONO MENOR) Autor: ANTONIO SANTA ANA Editor: GRUPO EDITORIAL NORMA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: POR LOS PUNTOS Autor: FERNANDO SANCHEZ Autor: GUIDO SANDLERIS Obra Publicada Género: INFANTIL Título: HAY UNA COSA Y OTROS POEMAS Autor: JORGE ACCANE Editor: GRUPO EDITORAL NORMA DE KAPELUSZ EDITORA SA Autor: JAVIER JOAQUIN Obra Publicada Género: LITERARIO Título: FIEBRE AMARILLA Autor: FRANCO VACCARINI Editor: EDITORIAL NORMA DE KAPELUSZ EDITORA SA Editor: EDITORIAL NORMA DE KAPELUSZ EDITORA SA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: EL BOSQUE DEL PRIMER PISO Autor: MARGARA AVERBACH Obra Publicada Género: LITERARIO Título: MALKU Y LOS CABRITOS Autor: MARGARITA MAINE Editor: GRUPO EDITORIAL NORMA DE KAPELUSZ EDITORA SA Autor: ROCIO ALEJANDRO Obra Publicada Género: DIDACTICO Título: ACA HAY GATO ENCERRADO 5 Autor: OBRA COLECTIVA Editor: GRUPO EDITORIAL NORMA DE KAPELUSZ EDITORA SA Director: LIDIA MAZZALOMO Editor: EDICIONES SM SA Obra Publicada Género: DIDACTICO Título: MATEMATICA 2 Autor: MARIA AMALIA FONES Editor: EDICIONES SM SA Director: LIDIA MAZZALOMO Obra Publicada Género: PROGRAMA COMPUTACION Título: TDV TABLEROS DEPORTIVOS VIRTUALES Autor/Titular: OMAR ALEJANDRO BAZAR Autor: AGUSTIN ROQUE FERRU Obra Publicada Género: PAGINA WEB Título: GAJOS DEL OFICIO Autor/Titular: MARIA CONSTANZA FUNES Obra Publicada Género: FOTOGRAFÍA Título: MENDOZA NATURAL Autor/Editor: DEDE VARGAS Obra Publicada Género: LETRA Título: VERTIENTE Autor/Editor: CARLOS GASTON GALVAN Obra Publicada Género: MUSICA Título: VERTIENTE Autor/Editor: CARLOS GASTON GALVAN Autor: JUAN MANUEL GALVAN Obra Publicada Género: ARTISTICO Título: MUSICA ARGENTINA DESDE LA IMPROVISACION Autor/Editor: ALBERTO GERARDO MAZZA Traductor: MARIA LAURA HERMIDA Obra Publicada Género: PAGINA WEB Título: FUNDASAMIN Autor: FUNDASAMIN (Q) Titular: FUNDASAMIN FUNDACION PARA LA SALUD MATERNO INFANTIL Obra Publicada Género: CIENTIFICO Título: TEOSOFIA. INTRODUCCION AL CONOCIMIENTO Autor: RUDOLF STEINER SUPRASENSORIO DEL MUNDO Y AL DESIGNIO DEL HOMBRE Traductor: MARITA KROMBERG Editor: EDITORIAL CIENTIFICIO ESPIRITUAL DE LA OBRA DE RUDOLF STEINER Obra Publicada Género: CIENTIFICO Título: COMPRENSION SOCIAL A LA LUZ DEL CONOCIMIENTO Autor: RUDOLF STEINER CIENTIFICO - ESPIRITUAL Traductor: URSULA SIEGERIST Editor: EDITORIAL CIENTIFICO ESPIRITUAL DE LA OBRA DE RUDOLF LICHER ERKENNTHIS Obra Publicada Género: TEATRAL Título: HUMOR Y MISERIAS DE UN PRIMER MUNDO Autor/Titular: GERMAN MARIANO HALILI Obra Publicada Género: INFANTIL Título: CHOLITO Y EL VIEJO DE LOS ZAPATOS GRANDES Autor: ALDO ALFREDO CARBALLO Editor: GRANADINA EDICIONES DE CARBALLO ALDO ALFREDO Obra Publicada Género: INFANTIL Título: LA GITANA Y EL ARBOL DE MORAS Autor: ALDO ALFREDO CARBALLO Editor: GRANADINA EDICIONES DE CARBALLO ALDO ALFREDO Obra Publicada Género: LITERARIO Título: CONFESIONES DEL ALMA Autor: TRINI URQUIA Editor: EDICIONES INDEPENDIENTES RUBEN SADA DE SADA RUBEN BENJAMIN Obra Publicada Género: LITERARIO Título: PROCEDIMIENTO DE RUTINA Autor: MARTIN FERRIGNO Editor: EDICIONES INDEPENDIENTES RUBEN SADA DE SADA RUBEN BENJAMIN Obra Publicada Género: LITERARIO Título: TREINTA CUADRAS A LA REDONDA EL REGRESO Autor: NORBERTO CALUL Editor: EDICIONES INDEPENDIENTES RUBEN SADA DE SADA RUBEN BENJAMIN Obra Publicada Género: PROGRAMA COMPUTACION Título: SISTEMA DE GESTION INMOBILIARIO Autor: OBRA COLECTIVA Autor/Titular: ONELOOP SRL (Q) Obra Publicada Género: PROGRAMA COMPUTACION Título: POSICION ACTUAL.COM Autor/Titular: CARLOS EZEQUIEL ORMACHEA Dr. ARIEL VACCARO, Director Nacional del Derecho de Autor, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. e. 19/02/2015 N 10120/15 v. 19/02/2015 #F F#

14 Jueves 19 de febrero de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº #I I# ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Disposición 83/2015 Asunto: S/finalización de funciones y designación de jefatura interina en jurisdicción de la Dirección de Contencioso. Bs. As., 9/2/2015 VISTO la Actuación N del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE IN- GRESOS PÚBLICOS, y Que a través de la misma, la Subdirección General de Técnico Legal Impositiva propone dar por finalizadas las funciones que le fueran asignadas oportunamente al Abogado Guillermo Roberto ALQUATI en el carácter de Jefe Interino de la División Coordinación y Control de la Dirección de Contencioso. Que asimismo, gestiona designar en idéntico carácter y cargo a la Abogada María Alejandra INCOLLA GARAY. Que el artículo 6, inciso 1) b) del Decreto N 618/97, otorga a esta Administración Federal la facultad de organizar y reglamentar el funcionamiento interno del Organismo en sus aspectos estructurales, funcionales y de administración de personal, siendo competencia de la misma la evaluación de la oportunidad, mérito o conveniencia del ejercicio de dichas atribuciones y/o facultades discrecionales. Que dichas potestades poseen una particular relevancia institucional en el caso de la Administración Federal de Ingresos Públicos en razón de la función estratégica del servicio (Art. 4 C.N.) que se le ha encomendado por imperativo legal (Decretos Nros. 1156/96, 618/97 y 1399/01), consistente en la gestión de las políticas tributarias, fiscales y aduaneras del Estado Nacional. Que la medida respeta la estabilidad que gozan los agentes de Planta Permanente de este Organismo, atento a que de acuerdo a lo que prescriben los artículos 11 del Convenio Colectivo de Trabajo N 56/92 - Laudo N 16/92 (t.o. Resolución S.T. N 924/10) y 14 del Convenio Colectivo de Trabajo - Laudo N 15/91 (t.o. Resolución S.T. N 925/10), la estabilidad es el derecho del agente de planta permanente a conservar el empleo y el nivel alcanzado en el escalafón, calidad que en el presente acto se mantiene estrictamente. Que al estar receptada en la normativa legal y convencional vigente, la asignación y finalización de funciones forma parte de la actividad habitual de este Organismo y en tal sentido ha sido respaldada por vasta jurisprudencia administrativa y judicial. Que la Procuración del Tesoro de la Nación tiene dicho en reiteradas oportunidades que la estabilidad del empleado no implica, en principio y dentro de ciertos límites, que no puedan variarse las modalidades de la prestación de los servicios, con la eventual incidencia que puedan tener en las retribuciones no permanentes. Que las facultades que tiene este Organismo como empleador con relación a la organización, dirección y modificación de las formas y modalidades de trabajo resultan amplias. Que de lo antes expuesto surge que las medidas que se adoptan inscriben dentro del plexo de facultades normales de organización que posee esta Administración Federal y que, por consiguiente, encuadran en el ámbito de discrecionalidad propia de la función. Que el presente acto dispositivo se dicta en el marco de lo dispuesto en Decreto N 1322 de fecha 26 de octubre de Que la presente medida cuenta con la conformidad de la Subdirección General de Operaciones Impositivas de Grandes Contribuyentes Nacionales a cargo de la Dirección General Impositiva. Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Disposición N 487 (AFIP) de fecha 14 de diciembre de 2007, procede disponer en consecuencia. LA SUBDIRECTORA GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS DISPONE: ARTÍCULO 1 Dar por finalizadas y asignadas las funciones de los agentes que continuación se detallan, en el carácter y en la Unidad de Estructura que en cada caso se indica: NOMBRES Y APELLIDO LEGAJO N FUNCIÓN ACTUAL FUNCIÓN ASIGNADA Abog. Guillermo Roberto ALQUATI Abgda. Maria Alejandra INCOLLA GARAY / /64 Jefe de división técnico jurídico - DIV. COORDINACIÓN Y CONTROL (DI CONT) Abogado contencioso - SEC. JUSTICIA A (DV LETC) Acorde al grupo - SEDE SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS (SDG RHH) Jefe de división Int. - DIV. COORDINACION Y CONTROL (DI CONT) ARTÍCULO 2 Dése conocimiento a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 del Decreto N 1322 de fecha 26 de octubre de ARTÍCULO 3 Regístrese, comuníquese, publíquese y remítase a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y archívese. Lic. MARÍA SIOMARA AYERÁN, Subdirectora General, Subdirección General de Recursos Humanos (AFIP). e. 19/02/2015 N 10752/15 v. 19/02/2015 #F F# #I I# ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Disposición 82/2015 Asunto: Finalización y designación de Jefa Interina en jurisdicción de la Dirección de Investigación Financiera. Bs. As., 9/2/2015 VISTO la Actuación N del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE IN- GRESOS PÚBLICOS, y Que a través de la misma, la Dirección de Investigación Financiera propone designar en el carácter de Jefa Interina de la División Prevención de Delitos Financieros, a la Contadora Pública Zelmira LOZA, quien se viene desempeñando como Supervisora Interina del Equipo C1 dependiente de la citada División. Que el presente acto dispositivo se dicta en el marco de lo dispuesto en el Decreto N 1322 de fecha 26 de octubre de Que la presente medida cuenta con la conformidad de la Subdirección General de Fiscalización. Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Disposición N 487 (AFIP) de fecha 14 de diciembre de 2007, procede disponer en consecuencia. LA SUBDIRECTORA GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS DISPONE: ARTÍCULO 1 Dar por finalizadas y asignadas las funciones de la agente que a continuación se detalla, en el carácter y en la Unidad de Estructura que se indica: NOMBRES Y APELLIDO LEGAJO N FUNCIÓN ACTUAL FUNCIÓN ASIGNADA Cont. Púb. Zelmira LOZA /31 Supervisor de fiscalización EQUIPO C1 (DI INFI) Jefe de división Int. - DIV. PREVENCIÓN DE DELITOS FINANCIEROS (DI INFI) ARTÍCULO 2 Dése conocimiento a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 del Decreto N 1322 de fecha 26 de octubre de ARTÍCULO 3 Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y archívese. Lic. MARÍA SIOMARA AYERÁN, Subdirectora General, Dirección General de Recursos Humanos (AFIP). #I I# ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Disposición 94/2015 e. 19/02/2015 N 10749/15 v. 19/02/2015 #F F# Asunto: Finalización y designación de jefatura interina en jurisdicción de la Dirección de Programas y Normas de Fiscalización. Bs. As., 13/2/2015 VISTO la Actuación N del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE IN- GRESOS PÚBLICOS, y Que a través de la misma, la Subdirección General de Fiscalización propone designar como Jefa Interina del Departamento Procedimientos Estratégicos de Control de la Dirección de Programas y Normas de Fiscalización a la Contadora Pública Gabriela Rita FERRARI, quien se viene desempeñando en idéntico carácter en el Departamento Gestión de la Fiscalización Especializada de la Dirección de Análisis de Fiscalización Especializada. Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Disposición N 487 (AFIP) de fecha 14 de diciembre de 2007, procede disponer en consecuencia. LA SUBDIRECTORA GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS DISPONE: ARTÍCULO 1º Dar por finalizadas y asignadas las funciones de la agente que a continuación se detalla, en el carácter y en la Unidad de Estructura que se indica: NOMBRES Y APELLIDO LEGAJO N FUNCIÓN ACTUAL FUNCIÓN ASIGNADA Cont. Púb. Gabriela Rita FERRARI /90 Jefe de Departamento de Fiscalización y Operativa Aduanera - DEPTO. GESTION DE LA FISCAL. ESPECIALIZADA (DI ANFE) Jefe de Departamento Int. - DEPTO. PROCEDIMIENTOS ESTRATEGICOS DE CONTROL (DI PYNF) ARTÍCULO 2º Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y archívese. Lic. MARÍA SIOMARA AYERÁN, Subdirectora General, Subdirección General de Recursos Humanos (AFIP). #I I# ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL Resolución 39/2015 Bs. As., 5/2/2015 e. 19/02/2015 N 11324/15 v. 19/02/2015 #F F# VISTO el Expediente N ANC: /2015 del Registro de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (A.N.A.C.), el Decreto N de fecha 29 de noviembre de 2007, la Resolución N 225 de fecha 4 de diciembre de 2009 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, y

15 Jueves 19 de febrero de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº Que mediante el expediente citado en el Visto, tramita la aprobación del proyecto de Parte 142 bajo el título Centros de Entrenamiento de Aeronáutica Civil, elaborado por el Departamento Normas de Licencias Aeronáuticas de la Dirección de Licencias al Personal, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (A.N.A.C.), para su incorporación al cuerpo de REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL (R.A.A.C.). Que conforme lo establecido en la Resolución N 225 de fecha 4 de diciembre de 2009 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, es función de la Dirección de Licencias al Personal dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL de la ADMI- NISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, a través del Departamento Normas de Licencias Aeronáuticas, intervenir en la elaboración de Normas y Reglamentaciones que rigen las actividades de Escuelas de Instrucción Teórica y Práctica, proponiendo las modificaciones pertinentes. Que la norma propiciada establece los requisitos para la certificación de los Centros de Entrenamiento de Aeronáutica Civil (C.E.A.C.) por parte de la A.N.A.C., en lo relativo a programas de estudio, personal, equipamiento, sistema de garantía de calidad y reglas de funcionamiento que deben observar los mismos. Que el proyecto elaborado tiene origen en la necesidad de ordenar en un solo cuerpo normativo, todo lo referido a la certificación, reglas de operación y administración que deben seguir los Centros de Capacitación del personal aeronáutico, y forma parte del programa de reforma normativa iniciado por la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL tendiente a lograr la armonización de la reglamentación aeronáutica argentina con el Reglamento Aeronáutico Latinoamericano, conforme da cuenta la Resolución N 46 de fecha 27 de enero de 2014 de la ADMINIS- TRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL. Que conforme surge de la Resolución N 903 de fecha 7 de octubre de 2013 de la ADMI- NISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, durante el proceso de elaboración del proyecto normativo referido, se tuvieron en cuenta las opiniones de los usuarios del sector aeronáutico, en cumplimiento del Reglamento General para la Elaboración Participativa de Normas, aprobado mediante Decreto N de fecha 3 de diciembre de Que el proyecto normativo citado incorpora innovaciones relativas a infraestructura, estructura orgánica de la organización y obligaciones a cargo de los C.E.A.C., que hacen necesario diferir la fecha de su aplicación, a fin de posibilitar que los Centros de Capacitación actualmente habilitados, lleven a cabo las modificaciones necesarias a fin de adecuar sus organizaciones al nuevo régimen. Que en consecuencia. resulta necesario mantener la vigencia de la Disposición N 9 de fecha 22 de enero de 1999 del ex-comando DE REGIONES AÉREAS de la FUERZA AÉREA ARGENTINA, que establece el Régimen y Procedimientos para la Habilitación y funcionamiento de los Centros de Capacitación Aeronáutica, durante el término que se fije para la aplicación del nuevo régimen. Que las dependencias con competencia técnica en la materia, se han expedido en forma favorable a la aprobación del proyecto reseñado. Que la Dirección de Asuntos Jurídicos dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL LEGAL, TÉC- NICA Y ADMINISTRATIVA de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL ha tenido la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en el Decreto N 1.770, de fecha 29 de noviembre de Por ello; EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL ARTÍCULO 1 Apruébase el texto de la Parte 142 de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL (RAAC), bajo el título Centros de Entrenamiento de Aeronáutica Civil, que como Anexo I obra adjunto a la presente medida, la cual será de aplicación a partir del día 1 de junio de ARTÍCULO 2 El régimen establecido por la Disposición N 9 de fecha 22 de enero de 1999 del ex-comando DE REGIONES AÉREAS de la FUERZA AÉREA ARGENTINA que establece el Régimen y Procedimientos para la Habilitación y funcionamiento de los Centros de Capacitación Aeronáutica, se mantendrá vigente hasta la fecha referida en el Artículo 1 precedente. ARTÍCULO 3 Dése intervención a la Unidad de Planificación y Control de Gestión de esta Administración Nacional a efectos de la adecuación editorial de las secciones que se modifican mediante la presente resolución. ARTÍCULO 4 Regístrese, notifíquese a la Dirección de Licencias al Personal de la DIREC- CIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIA- CIÓN CIVIL, a sus efectos, y dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y difusión en el ámbito aeronáutico. Cumplido, archívese. Dr. ALEJANDRO A. GRANADOS, Administrador Nacional de Aviación Civil. NOTA: El/los anexos que integran la presente Resolución podrán ser consultados en la siguiente dirección web: #I I# ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO Resolución 5/ /2/2015 e. 19/02/2015 N 10308/15 v. 19/02/2015 #F F# El Presidente del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS) ha dictado en el Expediente N la Resolución ERAS N 5 de fecha 10/2/2015, mediante la cual se autoriza la celebración de un contrato de locación de servicios profesionales, transcribiendo a continuación los artículos: ARTÍCULO 1.- Autorízase la celebración de un contrato de locación de servicios profesionales con el Dr. Guillermo Patricio SAN MARTÍN (D.N.I. N ), por el término de UN (1) año contado a partir del día 1 de marzo de 2015; con el objeto, condiciones y modalidades señaladas en el modelo de contrato que como Anexo se adjunta a la presente resolución. ARTÍCULO 2.- La presente resolución deberá ser ratificada en la primera reunión de Directorio del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS). ARTÍCULO 3.- Regístrese, notifíquese al interesado, dese intervención al DEPARTAMEN- TO ADMINISTRATIVO para que prosiga con las tramitaciones correspondientes, y dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación extractada y, cumplido, archívese. Dr. CARLOS MARÍA VILAS, Presidente. #I I# MINISTERIO DE SALUD SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS HOSPITAL NACIONAL PROFESOR ALEJANDRO POSADAS Resolución 216/2015 El Palomar, 13/2/2015 e. 19/02/2015 N 10077/15 v. 19/02/2015 #F F# VISTO el Expediente N /14-6 del Registro del HOSPITAL NACIONAL PROFESOR ALEJANDRO POSADAS, organismo descentralizado en la órbita del MINISTE- RIO DE SALUD, la Ley N aprobatoria del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto N 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del MINISTERIO DE SALUD homologado por el Decreto N 1133 del 25 de agosto de 2009, la Resolución de la entonces SECRETARIA DE LA GESTIÓN PÚBLICA N 39 de fecha 18 de marzo de 2010 y sus modificatorias, y la Resolución Conjunta del MINISTERIO DE SALUD N 2328 y de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA N 311 del 30 de diciembre de 2010, y Que mediante la Resolución de la entonces SECRETARIA DE LA GESTIÓN PÚBLICA N 39/10 y sus modificatorias, y la Resolución Conjunta del MINISTERIO DE SALUD N 2328/10 y de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA N 311/10, se aprueban el Régimen de Selección de Personal para el Sistema Nacional de Empleo Público y el Régimen para la Selección del Personal Profesional comprendido en el C.C.T.S. (Decreto N 1133/2009), respectivamente. Que por el segundo párrafo del artículo 7 de la Ley N se exceptúa al organismo citado en el Visto de la prohibición de cubrir cargos vacantes financiados. Que las denominaciones y perfiles de los cargos vacantes a concursar fueron dictaminados favorablemente por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINIS- TRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y por la SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD, respectivamente, en cumplimiento de lo establecido por el artículo 6 del Anexo I de la Resolución de la entonces SECRETARIA DE LA GESTIÓN PÚBLICA N 39/10 y sus modificatorias, y por el artículo 12 del Anexo I de la Resolución Conjunta del MINISTERIO DE SALUD N 2328/10 y de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA N 311/10. Que en virtud de las necesidades de los servicios a satisfacer por el ejercicio de los cargos involucrados, corresponde organizar los Procesos y Comités de Selección según la modalidad determinada por el inciso b) del artículo 13 del Anexo I a la Resolución de la entonces SECRETA- RIA DE LA GESTIÓN PUBLICA N 39/10 y sus modificatorias, determinándose que la convocatoria respectiva se efectúe como EXTRAORDINARIA GENERAL, en un todo de acuerdo con el artículo 4 de la citada Resolución y conforme lo dictaminado por la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO, OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO en su Dictamen de fecha 09 de Diciembre de 2014 obrante a Fs Que en virtud de lo expuesto en el párrafo anterior, a los fines de proceder a la organización de los procesos de selección correspondientes, resulta necesario efectuar la designación de los integrantes de los Comités de Selección, conforme a lo establecido por el artículo 29 del Anexo I de la entonces SECRETARIA DE LA GESTIÓN PÚBLICA N 39/10 y sus modificatorias, y por el artículo 2 del Anexo I de la Resolución Conjunta del MINISTERIO DE SALUD N 2328/10 y de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA N 311/10. Que las personas propuestas reúnen los requisitos establecidos en los respectivos regímenes de selección, para integrar los correspondientes Comités de Selección. Que los integrantes de los Comités de Selección tienen, entre sus responsabilidades, la de definir las Bases de la Convocatoria, la de evaluar a los postulantes e impulsar los procesos de selección a los fines de concluirlo dentro de los plazos previstos. Que corresponde garantizar la participación en los procesos de selección para la cobertura de los cargos objeto de la presente, a las entidades sindicales y dependencias oficiales establecidas en el artículo 35 del Anexo I de la entonces SECRETARIA DE LA GESTIÓN PÚBLICA N 39/10 y sus modificatorias, y por el artículo 47 del Anexo I de la Resolución Conjunta del MINISTERIO DE SALUD N 2328/10 y de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA N 311/10, respectivamente. Que la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS dependiente de la DIRECCIÓN EJE- CUTIVA de este Hospital Nacional tomó la intervención correspondiente certificando la existencia de previsión presupuestaria suficiente para afrontar el gasto que demandará la ejecución del proceso selectivo. Que ha tomado la intervención de su competencia el Departamento Legal de este Hospital Nacional. Que la presente medida se dicta en virtud a las facultades conferidas por el Decreto N 1.342/07, N 2.090/12 y N 905/14, y las Resoluciones M.S. N 447/14 y N 1.761/14.

16 Jueves 19 de febrero de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DEL HOSPITAL NACIONAL PROFESOR ALEJANDRO POSADAS ARTÍCULO 1 Desígnanse integrantes de los Comités de Selección para la cobertura de los cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente detallados en el Anexo I que integra la presente resolución, mediante el Régimen para la Selección del Personal Profesional Comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del MINISTERIO DE SALUD, homologado por Decreto N 1133 del 25 de agosto de 2009, aprobado por la Resolución Conjunta del MINISTERIO DE SA- LUD N 2328 y de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA N 311 del 30 de diciembre de 2010, a las personas que allí se consignan, quienes actuarán conjuntamente con los veedores que oportunamente nominen la UNIÓN DEL PERSONAL CIVIL DE LA NA- CIÓN (U.P.C.N.), la ASOCIACIÓN TRABAJADORES DEL ESTADO (A.T.E.), la ASOCIACIÓN SINDICAL DE PROFESIONALES DE LA SALUD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (CI- COP), el CONSEJO NACIONAL DE LA MUJER y el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL. ARTÍCULO 2 Desígnanse integrantes de los Comités de Selección para la cobertura de los cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente de este Hospital detallados en el Anexo II que integra la presente resolución, mediante el Régimen de Selección de Personal para el Sistema Nacional de Empleo Público aprobado por la entonces Resolución de la SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA N 39 de fecha 18 de marzo de 2010 y sus modificatorias, a las personas que allí se consignan, quienes actuarán conjuntamente con los veedores que oportunamente comunique la UNIÓN DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN (U.P.C.N.) y la ASOCIACIÓN TRABAJADORES DEL ESTADO (A.T.E.), el CONSEJO NACIONAL DE LA MUJER y el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL. ARTÍCULO 3 Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dr. DONATO SPACCAVENTO, Presidente Consejo de Administración, Hosp. Nac. Prof. A. Posadas. Dr. ALFREDO DANIEL VIDAL, Vocal Consejo de Administración, Hospital Nac. Prof. A. Posadas. Dr. FRANCISCO DANIEL VITALI, Vocal Consejo de Administración, Hospital Nac. Prof. A. Posadas. Klgo. MARIO L. MARION, Vocal Consejo de Administración, Htal. Nac. Prof. A. Posadas. ANEXO I CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL PROFESIONAL DE LOS ESTABLECIMIENTOS HOSPITALARIOS Y ASISTENCIALES E INSTITUTOS DE INVESTIGACIÓN Y PRODUCCIÓN DEPENDIENTES DEL MINISTERIO DE SALUD, HOMOLOGADO POR DECRETO N 1133 DEL 25 DE AGOSTO DE 2009

17 Jueves 19 de febrero de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº ANEXO II CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), HOMOLOGADO POR EL DECRETO N 2098 DEL 3 DE DICIEMBRE DE 2008 Y SUS MODIFICATORIOS #I I# PROCURACIÓN GENERAL DE LA NACIÓN Resolución 3263/2014 Bs. As., 29/12/2014 VISTOS Y e. 19/02/2015 N 11216/15 v. 19/02/2015 #F F# Que, mediante el artículo 5 del Anexo II de la Ley aprobatoria del nuevo Código Procesal Penal de la Nación, se dispuso la creación de dos Fiscalías Generales ante la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, que se individualizara con los números dos (2) y tres (3), dependencias que aún no se encuentran habilitadas. Que a fin de garantizar el cumplimiento por parte de este Ministerio Público Fiscal de las funciones y atribuciones establecidas por la Constitución Nacional en su artículo 120 y la Ley Orgánica del Ministerio Público, considero conveniente disponer medidas que sean conducentes a ese efecto, para establecer una adecuada distribución del trabajo, y así posibilitar un mejor aprovechamiento de los recursos humanos disponibles art. 33 de la L.O.M.P. Que, por ello, se dispondrá la habilitación de las Fiscalías Generales N 2 y N 3 ante la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, a partir del 2 de febrero de 2015, designando a los señores Fiscales Generales, doctores Rodolfo M. Molina y Hernán Israel Schapiro en carácter de subrogantes a cargo de las dependencias. de conformidad con lo dispuesto por el artículo 120 de la Constitución Nacional y la Ley Orgánica del Ministerio N , LA PROCURADORA GENERAL DE LA NACIÓN I.- HABILITAR las Fiscalías Generales N 2 y N 3 ante la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, provincia de Buenos Aires, ello a partir del día 2 de febrero de II.- DESIGNAR en carácter de subrogantes a cargo de la Fiscalías Generales N 2 y N 3 ante la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, provincia de Buenos Aires, respectivamente, a los señores Fiscal Generales, doctores Rodolfo M. Molina y Hernán Israel Schapiro. III.- ENCOMENDAR a la Secretaria General de Administración de la Procuración General de la Nación la realización de todas las gestiones que fueren menester a los efectos de garantizar la puesta en funcionamiento de las dependencias. IV.- PROTOCOLÍCESE, hágase saber a la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, provincia de Buenos Aires, a los magistrados de la jurisdicción, publíquese en el Boletín Oficial y, oportunamente archívese. ALEJANDRA GILS CARBÓ, Procuradora General de la Nación. #I I# PROCURACIÓN GENERAL DE LA NACIÓN Resolución 3264/2014 Bs. As., 29/12/2014 VISTOS Y e. 19/02/2015 N 10249/15 v. 19/02/2015 #F F# Que, mediante el artículo 7 del Anexo II de la Ley aprobatoria del nuevo Código Procesal Penal de la Nación, se dispuso la creación de una Fiscalía General ante la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, que se individualizara con el numero dos (2), dependencia que aún no se encuentra habilitada.

18 Jueves 19 de febrero de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº Que a fin de garantizar el cumplimiento por parte de este Ministerio Público Fiscal de las funciones y atribuciones establecidas por la Constitución Nacional en su artículo 120 y la Ley Orgánica del Ministerio Público, considero conveniente disponer medidas que sean conducentes a ese efecto, para establecer una adecuada distribución del trabajo, y así posibilitar un mejor aprovechamiento de los recursos humanos disponibles art. 33 de la L.O.M.P. Que, por ello, se dispondrá la habilitación de la Fiscalía General N 2 ante la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, a partir del 2 de febrero de 2015, designando a la señora Fiscal General subrogante, doctora Adriana Saccone en carácter de subrogante a cargo de la dependencia vres. MP 3074/14. de conformidad con lo dispuesto por el artículo 120 de la Constitución Nacional y la Ley Orgánica del Ministerio N , LA PROCURADORA GENERAL DE LA NACIÓN I.- HABILITAR la Fiscalía General N 2 ante la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, provincia de Santa Fe, ello a partir del día 2 de febrero de II.- DESIGNAR en carácter de subrogante a cargo de la Fiscalía General N 2 ante la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, provincia de Santa Fe, a la señora Fiscal General subrogante, doctora Adriana Saccone. III.- ENCOMENDAR a la Secretaria General de Administración de la Procuración General de la Nación la realización de todas las gestiones que fueren menester a los efectos de garantizar la puesta en funcionamiento de la dependencia. IV.- PROTOCOLÍCESE, hágase saber a la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, provincia de Santa Fe, a los magistrados de la jurisdicción, publíquese en el Boletín Oficial y, oportunamente archívese. ALEJANDRA GILS CARBÓ, Procuradora General de la Nación. #I I# PROCURACIÓN GENERAL DE LA NACIÓN Resolución 3265/2014 Bs. As., 29/12/2014 VISTOS Y e. 19/02/2015 N 10250/15 v. 19/02/2015 #F F# Que, mediante el artículo 9 del Anexo II de la Ley aprobatoria del nuevo Código Procesal Penal de la Nación, se dispuso la creación de una Fiscalía General ante la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín, que se individualizara con el numero dos (2), dependencia que aún no se encuentra habilitada. Que a fin de garantizar el cumplimiento por parte de este Ministerio Público Fiscal de las funciones y atribuciones establecidas por la Constitución Nacional en su artículo 120 y la Ley Orgánica del Ministerio Público, considero conveniente disponer medidas que sean conducentes a ese efecto, para establecer una adecuada distribución del trabajo, y así posibilitar un mejor aprovechamiento de los recursos humanos disponibles art. 33 de la L.O.M.P. Que, por ello, se dispondrá la habilitación de la Fiscalía General N 2 ante la Cámara Federal de Apelaciones de San Martin, a partir del 2 de febrero de 2015, designando al señor Fiscal General, doctor Marcelo García Berro en carácter de subrogante a cargo de la dependencia. de conformidad con lo dispuesto por el artículo 120 de la Constitución Nacional y la Ley Orgánica del Ministerio N , LA PROCURADORA GENERAL DE LA NACIÓN I.- HABILITAR la Fiscalía General N 2 ante la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín, provincia de Buenos Aires, ello a partir del día 2 de febrero de II.- DESIGNAR en carácter de subrogante a cargo de la Fiscalía General N 2 ante la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín, provincia de Buenos Aires, al señor Fiscal General, doctor Marcelo García Berro. III.- ENCOMENDAR a la Secretaria General de Administración de la Procuración General de la Nación la realización de todas las gestiones que fueren menester a los efectos de garantizar la puesta en funcionamiento de la dependencia. IV.- PROTOCOLÍCESE, hágase saber a la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín, provincia de Buenos Aires, a los magistrados de la jurisdicción, publíquese en el Boletín Oficial y, oportunamente archívese. ALEJANDRA GILS CARBÓ, Procuradora General de la Nación. #I I# MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN Resolución /2015 Expediente: Síntesis: 11/2/2015 VISTO... Y CONSIDERANDO... EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACIÓN e. 19/02/2015 N 10254/15 v. 19/02/2015 #F F# ARTÍCULO 1 Autorízase a las entidades aseguradoras que operan en el Seguro de Caución para Garantías Aduaneras a aplicar la siguiente modalidad operativa dentro de las Garantías Aduaneras de Operaciones: CÓDIGO (Motivo de Garantía) INHI DENOMINACIÓN: Importación de Bienes Usados Destinados a la Industria Hidrocarburífera. DESCRIPCIÓN: Se garantiza la falta de presentación de la documentación exigida por la Resolución Conjunta N 184 y 294 de fecha 2 de Octubre de 2014 de la SECRETARÍA DE COMERCIO y del MINISTERIO DE INDUSTRIA conjuntamente con la no reexportación del bien usado. NORMATIVA APLICABLE: Resolución Conjunta N 184 y 294 de fecha 2 de Octubre de 2014 de la SECRETARÍA DE COMERCIO y del MINISTERIO DE INDUSTRIA. CONCEPTO Y MONTO A GARANTIZAR: Importe equivalente al del valor en aduana de las mercaderías. ARTÍCULO 2 Incorpórese la modalidad al Anexo I de la Resolución SSN N de fecha 23 de Octubre de ARTÍCULO 3 Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial. Lic. GABRIEL WOLF, Vice Superintendente, A/C de la Superintendencia de Seguros de la Nación (Decreto N 1513/2014). NOTA: La versión completa de esta Resolución se puede obtener en Av. Julio A Roca 721 P.B. Capital Federal. e. 19/02/2015 N 9619/15 v. 19/02/2015 #F F#

19 Jueves 19 de febrero de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº AVISOS OFICIALES Anteriores #I I# BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA EDICTO El Banco Central de la República Argentina notifica, en el Sumario Nº 1298 Expediente Nº /09 caratulado HSBC Bank Argentina Sociedad Anónima, que mediante Resolución Nº 059 del , el Superintendente de Entidades Financieras y Cambiarias resolvió, entre otras medidas, absolver al Señor BEATTIE Alan Nicol (D.N.I. Nº ), imponer a cada uno de los Señores FERNANDES Mariano Lawrence (D.N.I. Nº ), KENNEY David Clive (D.N.I. Nº ) y MACNAUGHTON Graham Ha o MacNAUGHTON Graham H. o MACNAUGHTON Graham (Pasaporte Extranjero ), sanción de Apercibimiento, e imponer al señor SILVA MUÑOZ Alberto Alejo (D.N.I. Nº ) multa de $ (pesos setecientos veinte mil). Dentro de los 5 (cinco) días hábiles bancarios contados a partir de la última publicación del presente, deberá abonar el importe de la multa aplicada u optar por solicitar el acogimiento al régimen de facilidades para el pago de las multas previsto en la Comunicación A 5682 del (antes Comunicación B 10451), bajo apercibimiento de perseguirse su cobro por la vía de ejecución fiscal. En ambos casos deberán concurrir a la Gerencia de Administración de Activos Control de Fideicomisos, sita en Sarmiento 1118, P. 2 Ciudad Autónoma de Buenos Aires. De interponer recurso de apelación deberá cumplir con el art. 2, inc. 3 de la Acordada 13/05 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo. Publíquese por 3 (tres) días en el Boletín Oficial. MARÍA CRISTINA GARCÍA, Analista Sr. de Sustanciación de Sumarios Financieros, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Financiero. ROBERTO LUIS ALBERICI, Jefe de Sustanciación de Sumarios Financieros, Gerencia de Asuntos Conteciosos en lo Financiero. #I I# COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES EDICTO COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES Perú CIUDAD DE BUENOS AIRES CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO e. 18/02/2015 Nº 9044/15 v. 20/02/2015 #F F# NOTIFÍCASE la Nota CNC N 181/14, dictada en el Expte. CNC N 7.041/03, cuyo tenor se transcribe a continuación: Declárase la caducidad del procedimiento administrativo iniciado por COOPE- RATIVA DE AGUA, ENERGÍA Y OTROS SERVICIOS PÚBLICOS LA UNIÓN DEL PUEBLO LIMITADA (CUIT ) con la solicitud del registro del Servicio de Valor Agregado. Conste que el presente se publica por el término de TRES (3) días y conforme lo establece la Ley de Procedimientos Administrativos Dto. N 1759/72 (t.o. 1991), en sus arts. 84, 88, 89 y c.c. se podrán articular los recursos de reconsideración o jerárquico dentro de los DIEZ (10) y QUINCE (15) días hábiles administrativos, respectivamente, computados a partir de los CINCO (5) días de la última publicación de este edicto. Ing. CEFERINO A. NAMUNCURÁ, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones. #I I# COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES EDICTO COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES Perú CIUDAD DE BUENOS AIRES e. 13/02/2015 N 8955/15 v. 19/02/2015 #F F# NOTIFÍCASE la Nota CNC N 200/14, dictada en el Expte. CNC N 7.607/2008, cuyo tenor se transcribe a continuación: Declárase la caducidad del procedimiento administrativo iniciado por A1 SISTEMAS S.A. (CUIT ) con la solicitud de Licencia Única de Telecomunicaciones y el registro de los Servicios de Telefonía de Larga Distancia Nacional e Internacional, Telefonía Pública, Telefonía Local y Reventa de Servicios. Conste que el presente se publica por el término de TRES (3) días y conforme lo establece la Ley de Procedimientos Administrativos Dto. N 1759/72 (t.o. 1991), en sus arts. 84, 88, 89 y c.c. se podrán articular los recursos de reconsideración o jerárquico dentro de los DIEZ (10) y QUINCE (15) días hábiles administrativos, respectivamente, computados a partir de los CINCO (5) días de la última publicación de este edicto. Ing. CEFERINO A. NAMUNCURÁ, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones. e. 13/02/2015 N 8956/15 v. 19/02/2015 #F F# #I I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARÍA DE TRABAJO Resolución 2564/2014 Bs. As., 29/12/2014 VISTO el Expediente Nº /14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº (t.o. 2004), la Ley Nº (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley Nº (t.o. 2004), y Que a fojas 2, fojas 4/5 y fojas 6/9 del Expediente Nº /14, obran los acuerdos celebrados entre el CENTRO DE CAPITANES DE ULTRAMAR Y OFICIALES DE LA MARINA MERCAN- TE por el sector gremial y la empresa DOF MANAGEMENT ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva Nº (t.o. 2004). Que por medio de los acuerdos precitados, las partes pactan condiciones laborales y salariales en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 562/09, conforme surge de los lineamientos allí estipulados. Que en referencia a la gratificación convenida en el acuerdo de fojas 4/5 del Expediente Nº /14, corresponde señalar que sin perjuicio de la homologación que por la presente se dispone, los pagos que en cualquier concepto sean acordados en favor de los trabajadores tendrán el carácter que les corresponda según lo establece la legislación laboral y su tratamiento a los efectos previsionales será el que determinan las leyes de seguridad social. Que respecto a lo pactado en la cláusula primera del acuerdo de fojas 6/9 del Expediente Nº /14, cabe hacer saber a las partes que deberán ajustarse a lo previsto en el artículo 17 de la Ley de Contrato de Trabajo, el cual resulta ser de orden público y aplicable de pleno derecho. Que el ámbito de aplicación de los presentes acuerdos, se corresponde con la actividad de la empresa signataria y la representatividad de la asociación sindical firmante, emergente de su personería gremial. Que las partes han acreditado su representación invocada ante esta Cartera de Estado y ratificaron en todos sus términos los mentados acuerdos. Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº (t.o. 2004). Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete. Que se ha constituido la Comisión Negociadora de conformidad con lo establecido en la Ley Nº (t.o. 2004). Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el presente acto administrativo de homologación, con los alcances y limitaciones que se precisan en los considerandos, tercero y cuarto de la presente medida. Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando los acuerdos alcanzados, se procederá a remitir las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley Nº (t.o. 1976) y sus modificatorias. Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto Nº 200/88 y sus modificatorios. LA SECRETARIA DE TRABAJO ARTÍCULO 1 Declárase homologado el acuerdo obrante a fojas 2 del Expediente Nº /14 celebrado entre el CENTRO DE CAPITANES DE ULTRAMAR Y OFICIALES DE LA MARINA MERCANTE y la empresa DOF MANAGEMENT ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva Nº (t.o. 2004). ARTÍCULO 2 Declárase homologado el acuerdo obrante a fojas 4/5 del Expediente Nº /14 celebrado entre el CENTRO DE CAPITANES DE ULTRAMAR Y OFICIALES DE LA MARINA MERCANTE por el sector gremial y la empresa DOF MANAGEMENT ARGENTINA SOCIE- DAD ANÓNIMA, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva Nº (t.o. 2004). ARTÍCULO 3 Declárase homologado el acuerdo obrante a fojas 6/9 del Expediente Nº /14 celebrado entre el CENTRO DE CAPITANES DE ULTRAMAR Y OFICIALES DE LA MARINA MERCANTE y la empresa DOF MANAGEMENT ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva Nº (t.o. 2004). ARTÍCULO 4 Regístrese la presente Resolución por ante la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento Coordinación registre los acuerdos obrantes a fojas 2, fojas 4/5 y fojas 6/9 del Expediente Nº /14. ARTÍCULO 5 Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 562/09. ARTÍCULO 6 Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EM- PLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito de los acuerdos homologados, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5 de la Ley Nº (t.o. 2004). ARTÍCULO 7 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo. Expediente Nº /14 Buenos Aires, 05 de Enero de 2015 De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCIÓN ST Nº 2564/14 se ha tomado razón de los acuerdos obrantes a fojas 2, 4/5 y 6/9 del expediente de referencia, quedando registrados bajo los números 1/15, 2/15 y 3/15, respectivamente. VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T. ACTA ACUERDO En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 27 días del mes de enero de 2014, se reúnen el Sr. Gustavo Reinaldo Nordenstahl en representación de DOF MANAGEMENT S.A., en adelante La Empresa, con domicilio legal en la calle 25 de Mayo 260, piso 3, oficina 2 de la Ciudad de

20 Jueves 19 de febrero de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, y Marcos Ricardo Castro, en representación del Centro de Capitanes de Ultramar y Oficiales de la Marina Mercante en adelante, El Centro, con domicilio legal en la calle Perú Nº 779 de la CABA, por la otra parte, convienen: Art. 1.- Vistas las incorrectas liquidaciones practicadas por La Empresa, como consecuencia del cálculo erróneo del Adicional Costa Afuera y la Responsabilidad Jerárquica, ambas partes acuerdan que las diferencias surgidas como consecuencia de lo anteriormente descripto en los últimos veinticuatro (24) meses a partir de la firma del presente, serán abonadas en tres (3) cuotas iguales, mensuales y consecutivas, de acuerdo a lo detallado en el Anexo I, el cual forma parte integral e indivisible del presente Acuerdo. Art. 2.- La primera de las cuotas citadas en el Art. 1 del presente será pagadera conjuntamente con los salarios correspondientes al mes de mayo del corriente. Art. 3.- Las diferencias citadas en el Art. 1 del presente serán abonadas a todo el personal representado por el Centro que preste o hubiese prestado servicio en el buque Skandi Patagonia, dentro los últimos veinticuatro (24) meses a partir de la firma del presente. En prueba de conformidad, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto. ACTA ACUERDO En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los días 27 del mes de enero de 2014, se reúnen el Sr. Gustavo Reinaldo Nordenstahl en representación de DOF MANAGEMENT S.A., en adelante La Empresa, con domicilio legal en la calle 25 de Mayo 260, piso 3, oficina 2 de la Ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, y Marcos Ricardo Castro, en representación del Centro de Capitanes de Ultramar y Oficiales de la Marina Mercante en adelante, El Centro, con domicilio legal en la calle Perú Nº 779 de la CABA. La Empresa ha sido contratada por DOF MANAGEMENT ASA de Noruega, para contratar y tripular los buques de bandera noruega de nombre SKANDI MOGS- TER número IMO Nº y SKANDI SAIGON IMO Nº Las citadas embarcaciones operarán en el Cabotaje Nacional por aplicación de la excepción prevista en el artículo 6 de la Ley de Cabotaje, Decreto Nº /44, ratificado por Ley Ambas partes, en cumplimiento del Decreto 1022/06 acuerdan lo siguiente: Artículo 1.- Considerando las especiales características de los buques, en que el personal representado por El Centro prestará servicios, y las particulares condiciones del trabajo en los mismos, La Empresa otorgará, una vez finalizados dichos trabajos para los que fue contratada, una gratificación extraordinaria y por única vez, según se detalla en el Art. 2 de la presente, la cual no tributará cargas sociales en los términos del art. 7 de la Ley Artículo 2.- La Empresa abonará a cada uno de los representados por El Centro que hubiesen prestado servicio durante la vigencia de la excepción otorgada en el/los buque/s citado/s ut-supra, un adicional mensual sobre las remuneraciones embarcado y de franco, denominado Adicional Zona Económica Exclusiva (Z.E.E.). Dicho adicional, se abonará conjuntamente con el pago de la liquidación final, o cada seis meses en caso de continuación del contrato laboral y ascenderá a un importe bruto por cada treinta (30) días embarcado o de francos compensatorios o la parte proporcional al servicio de La Empresa, de: a) Capitán: pesos veinticinco mil ciento cuarenta y ocho ($ ); b) Primer Oficial de Cubierta: pesos diecisiete mil novecientos treinta y dos ($ ) y c) Segundo Oficial de Cubierta: pesos trece mil quinientos cincuenta y ocho ($ ). Los valores mencionados se reajustarán automáticamente conjuntamente con los incrementos salariales otorgados por la Cámara Argentina de Empresas Navieras y Armadoras (CAENA). Los montos citados precedentemente, absorben los incrementos porcentuales que se acuerden con la CAENA por el período 01/04/2014 al 31/03/2015. Sin perjuicio de ello, dentro de los 10 días hábiles de la entrada en vigencia de un incremento salarial por parte de la citada Cámara, ambas partes se reunirán para determinar ajustes adicionales a los otorgados por dicho incremento. En prueba de conformidad, se firman tres ejemplares originales de un mismo tenor y a un solo efecto. ACTA ACUERDO En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 27 días del mes de enero de 2014, se reúnen el Sr. Gustavo Reinaldo Nordenstahl en representación de DOF MANAGEMENT S.A., en adelante La Empresa, con domicilio legal en la calle 25 de Mayo 260, piso 3, oficina 2 de la Ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, y Marcos Ricardo Castro, en representación del Centro de Capitanes de Ultramar y Oficiales de la Marina Mercante en adelante, El Centro, con domicilio legal en la calle Perú Nº 779 de la CABA. La Empresa ha sido contratada por DOF MANAGEMENT ASA de Noruega para contratar y tripular los buques de bandera noruega de nombre SKANDI MOGSTER número IMO Nº y SKANDI SAIGON número IMO Nº Las citadas embarcaciones operarán en el Cabotaje Nacional por aplicación de la excepción prevista en el artículo 6 de la Ley de Cabotaje, Decreto Nº /44, ratificado por Ley Ambas partes, en cumplimiento del Decreto 1022/06 acuerdan lo siguiente: ARTÍCULO 1.- La Empresa contratará personal afiliado al Centro en las categorías de Capitán, Primer Oficial de Cubierta y Segundo Oficial de Cubierta. ARTÍCULO 2.- La presente Acta tiene las características de un Convenio de Empresa, siendo de aplicación exclusiva a los buques indicados en el encabezamiento y a los que en el futuro se incorporen, ya sean de propiedad y/o administrados u operados por La Empresa. Serán de aplicación al presente acuerdo, las condiciones laborales y de salarios resultantes del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 562/09, suscripto entre el Centro y la entonces Cámara de Armadores de Buques, Barcazas Tanque y Embarcaciones de Apoyo (C.A.B.B.T.A.), hoy denominada Cámara Argentina de Empresas Navieras y Armadoras (C.A.E.N.A.) y la de sus Actas Acuerdo complementarias y/o modificatorias, ya vigentes o que en el futuro se suscriban; con más los mayores beneficios que para ese personal puedan resultar de la presente Acta Acuerdo, del Convenio Colectivo de Trabajo por Empresa suscrito con fecha 1 de noviembre de 2005 entre El Centro y La Empresa y sus actas acuerdo complementarias y/o modificatorias; ello, sin perjuicio de la observancia de la legislación y de otros Convenios argentinos vigentes y aplicables. Esto, sin perjuicio de que aquellos buques de propiedad y/o que sean administrados u operados por La Empresa, que fueran incorporados para tareas especiales, puedan ser objeto del régimen especial que para ellos pueda pactarse. Fundamenta este Convenio de Empresa, las distintas características, condiciones laborales y de explotación que requieren normas específicas complementarias. ARTÍCULO 3.- Se procederá a hacer efectivo el embarco del personal citado en el Artículo 1 del presente, al momento del otorgamiento, por parte de la Autoridad de Aplicación, de la excepción prevista en el artículo 6 de la Ley de Cabotaje, Decreto Nº /44, ratificado por Ley , o al arribo del buque al primer puerto de la República Argentina en caso de encontrarse el citado buque en el exterior al momento del otorgamiento de dicha excepción. El Capitán y los Oficiales de Cubierta citados, comenzarán a devengar sus correspondientes salarios a órdenes al momento de otorgarse la excepción citada y hasta el momento de su embarque. ARTÍCULO 4.- Cualquier incremento salarial que fuese aplicado por la Cámara Argentina de Empresas Navieras y Armadoras (C.A.E.N.A.), sobre los salarios, francos compensatorios y licencias de los Capitanes u Oficiales de Cubierta, durante la vigencia de la excepción citada ut-supra será de automática aplicación a los salarios convenidos en el presente Acta. ARTÍCULO 5.- Los Sueldos Básicos del personal definido en el artículo 1 se ajustarán al siguiente detalle: Sueldos Básicos: Los valores al pie constituyen los Sueldos Básicos vigentes a partir del 01/04/2014 y absorben hasta su concurrencia los acuerdos que se alcancen con la CAENA por el período 01/04/2014 al 31/03/2015. Capitán: Pesos veintinueve mil trescientos cuarenta y nueve con treinta y seis centavos ($ ,36). Primer Oficial de Cubierta: Pesos veinte mil novecientos veintisiete con treinta y siete centavos ($ ,37). Segundo Oficial de Cubierta: Pesos quince mil ochocientos veintitrés con trece centavos ($ ,13). La Responsabilidad Jerárquica y el resto de los Adicionales a aplicar sobre los Sueldos Básicos citados ut-supra serán los establecidos en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 562/09 y sus Actas Acuerdo complementarias y/o modificatorias Adicional por Falta de Estabilidad: Finalizado el Contrato de Ajuste del tripulante, La Empresa deberá notificar en forma fehaciente a El Centro, su decisión de proceder o no al reembarco del tripulante conforme la siguiente modalidad: 1.- Si optase por no proceder a su reembarco, deberá abonarle al momento de realizar la liquidación final, un monto equivalente al ocho coma treinta y tres por ciento (8,33%) sobre los salarios devengados por todo concepto por el tripulante, en concepto de Adicional por Falta de Estabilidad. 2.- De comprometerse a su reembarco, practicará la liquidación final correspondiente y procederá a su reembarco finalizados los plazos establecidos en el artículo 7 del presente. Este procedimiento podrá reiterarse hasta el momento en que el tripulante alcance su efectividad con La Empresa. De no producirse en algún momento el reembarco comprometido por La Empresa, se procederá a liquidar el Adicional por Falta de Estabilidad conforme lo señalado en el inciso 1.- del presente artículo desde el primer día en que hubiese efectuado el primer embarque, independientemente del buque que se tratase, hasta el momento de producirse la desvinculación de La Empresa Aportes y Contribuciones: Los Aportes y Contribuciones aplicables a los beneficiarios del presente Acta Acuerdo serán los establecidos en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 562/09. ARTÍCULO 6.- La Empresa celebrará con cada uno de los beneficiarios del presente Acta Acuerdo un Contrato de Ajuste Individual, según el modelo establecido en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 562/09 nombrado como ANEXO II.-B. ARTÍCULO 7.- El régimen de trabajo será de cuarenta y dos (42) días embarcados por cuarenta y dos (42) días en goce de francos compensatorios, en el caso de los Capitanes y Primeros Oficiales, en tanto que, en el caso de los Segundos Oficiales, el régimen de trabajo será treinta (30) días embarcados por treinta (30) días en goce de francos compensatorios. El Coeficiente de Franco Compensatorio será de un día de Franco por cada día enrolado, Coeficiente uno por uno (1x1). El citado régimen de trabajo podrá, por razones operativas y/o comerciales, extenderse en no más de (10) diez días. En prueba de conformidad, se firman tres ejemplares originales de un mismo tenor y a un solo efecto. ANEXO I #I I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARÍA DE TRABAJO Resolución 5/2015 Bs. As., 8/1/2015 #F F# VISTO el Expediente Nº /14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº (t.o. 2004), la Ley Nº (t.o. 1976) y sus modificatorias y Que a foja 2 del Expediente de referencia, obra el Acuerdo celebrado entre la ASOCIA- CIÓN DEL PERSONAL DE DIRECCIÓN DE LOS FERROCARRILES ARGENTINOS (A.P.D.F.A.), por la parte gremial y la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, por el sector empleador, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº (t.o. 2004). Que bajo el mentado Acuerdo, se conviene una actualización en la compensación por gastos de comida, dentro de los términos y lineamientos estipulados. Que el presente resultará de aplicación para el personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 1020/08 E, cuyas partes signatarias coinciden con los actores aquí intervinientes. Que los agentes negociales han ratificado a foja 13 el contenido y firmas allí insertas, acreditando su personería con las constancias obrantes en autos.

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