UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE QUERÉTARO

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1 UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE QUERÉTARO Voluntad. Conocimiento. Servicio MANUAL DE ADMINISTRACION DE SEGUROS Universidad Tecnológica de Querétaro Memoria Que como parte de los requisitos para obtener el título de Ingeniero en Innovación y Desarrollo Empresarial Presenta ANA ELIZABETH PIMENTEL HENÁNDEZ M. en A. LUIS MIGUEL M. en C. LUZ ELENA GONZÁLEZ GARCÍA NARVÁEZ HERNÁNDEZ Profesor Asesor Asesor de Empresa Santiago de Querétaro, Qro. Mayo 2011

2 INTRODUCCION RESUMEN ABSTRAC ÍNDICE Pág. Capítulo I Antecedentes 1.1 Antecedentes Justificación Objetivos Alcances Plan de trabajo Recursos Materiales y Humanos...14 Capítulo II Fundamentación Teórica 2.1Fundamentación Teórica Definición de Seguridad.16 2,2 Evolución Histórica del Seguro Etapas de la Evolución del Seguro Edad Antigua Edad Media (Hasta mediados del Siglo VX) Desde mediados del siglo XIV a fines del XVII Desde el siglo XVIII hasta la primera mitad del XIX Desde mediados del siglo XIX hasta nuestros días El seguro en México.23

3 2.3.7 Sistema Financiero Mexicano Instituciones Financieras Teoría especifica del área que trata el proyecto Marco legal.26 2,5 Tipos de Seguros Seguro de Automóviles Formas de indemnización en caso de utilizar el seguro Plazos Más información acerca de la contratación del seguro de automóvil Seguro de Vida Modalidades para el seguro de Vida Seguros por Daños Seguros de Casa Habitación Seguro de Responsabilidad Civil Responsabilidad civil profesionales médicos Condiciones Generales Responsabilidad civil en que incurriere el Asegurado Responsabilidad civil del Asegurado Gastos y costas legales por reclamaciones en materia civil Exclusiones..50

4 Fianza garantizada Asistencia legal en lo penal Seguro de Gastos Médicos Mayores Términos relacionados con el seguro de Gastos Mayores Formas de pago en caso de utilizar el seguro Cláusulas del Seguro de gastos médicos mayores que es importante que estén en tu póliza Plazos para el pago de tu póliza Ramo de pensiones: Autorización para operar Consejos para trámite de pensión Instituciones de seguros Instituciones Autorizadas Principales compañías aseguradoras..65 Capítulo III Desarrollo del proyecto 3.1 Desarrollo del proyecto Selección de la muestra Recolectar Datos.87 Capítulo IV Resultados Obtenidos 4.1 Resultados Análisis de Resultados 109 Capítulo V Conclusión 5.1 Conclusiones Recomendaciones ANEXOS..114 Referencias Bibliográficas.125

5 INTRODUCCÓN El modelo educativo de la Universidad Tecnológica de Querétaro esta basado en un programa de competencias que nos permite desarrollar actitudes para transferir conocimientos afines a nuestra área profesional, como capacidad de análisis, síntesis, habilidades para la investigación, las capacidades individuales, las destrezas sociales y el desarrollo de planes, programas, procedimientos y estrategias para el logro de objetivos. El propósito de la presente memoria es conocer acerca del tema de seguros, como los tipos que existen, la instituciones que brindan estos servicios, también conoceremos acerca de sus coberturas, características principales como; primas, deducibles, coberturas, suma asegurada, vigencias e incluso beneficios adicionales aplicables, entre otras, para posteriormente comparar los productos entre la distintas aseguradoras para evaluar las mejores opciones posibles para su contratación de acuerdo a nuestras necesidades, ya que de esta forma se pueden contrarrestar los efectos que ciertas contingencias pueden generar dentro de nuestras vidas. Los Seguros son tan antiguos que se pueden encontrar antecedentes en las culturas griega, romana, aztecas; quienes concedían a los ancianos notables, algo semejante a una pensión y varias culturas más, que implementaban un sistema de ayuda mutua. El hombre siente la necesidad de proteger su vida, sus familiares, su negocio entre otros bienes de los riegos futuros ya sean ciertos como la muerte o inciertos como; robos, incendios, accidentes personales, o enfermedades. Cuando alguno de estos acontecimientos futuros se presenta, toma el nombre de siniestro. Dichos siniestros ocasionan pérdidas económicas, que en la mayoría de los casos, no se está preparado para absorber.

6 RESUMEN Esta memoria es un proyecto de investigación acerca del tema de Seguros que consiste en proporcionar información en relación a este tema, desde la historia de los seguros y evolución tanto a nivel mundial, como en México a lo largo de la historia. Da a conocer los diferentes tipos de seguros, las instituciones que regulan estos mismos y las empresas autorizadas para brindar estos servicios. Y permite identificar las características de los seguros como lo son, coberturas, costos, montos, primas entre otros elementos que nos permitan comparar, analizar y evaluar cual de ellos cubre nuestras necesidades de aseguramiento, brindado la mayor cobertura a un precio razonable con el fin de elegir la mejor opción en caso de necesitarlo. Se realiza un benchmark para evaluar los principales seguros básicos en un producto determinado, con el propósito de evaluar de manera general los elementos primordiales para identificar la mejor opción. Porque el seguro es una herramienta muy valiosa para la previsión y protección de lo que más queremos de la vida, y vale la pena aportar una pequeña cantidad periódica, para evitar una desafortunada pérdida mayor a lo invertido.

7 ABSTRACT This report is a research project on the topic of Insurance, contains information about the history and evolution of insurance. It presents the different types of insurance such as auto, life, health, home, etc. It can identify the institutions authorized to provide these services. The transaction involves the insured assuming a guaranteed and known relatively small loss in the form of payment to the insurer in exchange for the insurer's promise to indemnify the insured in the case of a financial loss. The insured receives a contract, called the insurance policy, which details the conditions and circumstances under which the insured will be financially compensated. Unveils features such as insurance, coverage, costs, amounts, premiums and other elements that allow us to compare, analyze and evaluate, to choose the best option if needed. At some point you will probably need to call upon some kind of insurance.

8 CAPÍTULO I ANTECEDENTES

9 CAPÍTULO I 1.1 Antecedentes Según Minzoni Consorti, Antonio (2005), El primer contrato de seguro, surgió en Génova Italia el 23 de octubre de 1347 por Enrico Bensa, mientras que la primera póliza apareció en Pisa en el año de Durante los siglos XIII y XIV, cambistas lombardos y florentinos literalmente se habían adueñado de los mercados y ferias inglesas, y fueron los genoveses los primeros en ejercer la actividad del seguro, aun sin existir todavía leyes u ordenanzas sobre ella. El primer instrumento jurídico que reguló la actividad aseguradora, y particularmente la marítima, fue la Ordenanza de Barcelona de 1345, «dedicada a extirpar fraudes, daños, discusiones y debates que podían tener lugar en dicha ciudad en ocasión de los seguros sobre buques, mercancías, efectos y bienes y también en beneficio de los asegurados y aseguradores». En Holanda, nace la Compañía de las Indias Orientales en 1629, primera gran compañía moderna que asegura el transporte marítimo. Este tipo de institución se multiplicó por todo el Continente Europeo. Debido al incendio registrado por el año de 1710 en la ciudad de Londres, Inglaterra, donde se consumieron cerca de 13,200 casas, 89 iglesias y la Catedral de Saint Paul, se fundó el 'Fire Office' para el auxilio a las víctimas. Sólo en ese momento el hombre ha ponderado la posibilidad de amenizarse las pérdidas a un nivel financiero. Surge, así, el más antiguo Seguro contra Incendios del mundo. El Seguro crece en Inglaterra en el siglo XIX, amparando manufacturas emergentes de incendios, garantizando condiciones básicas, permitiéndoles expandir sus servicios y el número de protegidos por el seguro. 8

10 La apertura de los puertos al Comercio Internacional en 1808 por D. João VI, origina en el Brasil la primera sociedad aseguradora: La compañía de Seguros Boa Fé. Durante el largo período de la dominación española, en la Nueva España se introdujo la legislación del país ibérico, por lo cual en materia mercantil estuvieron en vigor las Ordenanzas del Consulado de la Universidad de los Mercaderes de la Nueva España, confirmadas por el Rey el 24 de julio de 1604, las que aclaraban que en materia de seguros, cuando llegara a presentarse, deberían, regirse por las Ordenanzas de Sevilla. De hecho, las Ordenanzas de Bilbao rigieron en México hasta 1854, año en que se expidió el primer Código de Comercio, conocido como Código Lares. En México, como en otros muchos lugares del mundo, nace en el mar, y en este caso, en el puerto de Veracruz, ciudad que a fines del siglo XVIII gozaba de gran prosperidad comercial. Fue en el año de 1789, cuando se constituyó la primera compañía de seguros en el puerto de Veracruz, que se denominó Compañía de Seguros Marítimos de Nueva España, con el propósito de cubrir los riesgos de los que se denominaba en España como La Carrera de Las Indias. La segunda institución de seguros en México se estableció en 1802 y, a noventa años de esa fecha, la primera Ley del seguro, que rige a las compañías de seguros mexicanas y extranjeras existentes en esos años, conocida también como Ley del Timbre, porque las compañías de seguros, así como las operaciones a que se dedicarían, quedaron sujetas al impuesto del Timbre de documentos y libros, para la protocolización de las escrituras, estatutos y demás documentos que debían registrarse; a la renta interior, por el importe de los contratos de seguros; y al cuatro por ciento sobre las primas que causaren. Fue durante el gobierno del General Porfirio Díaz que se promulgó la Ley Relativa de la Organización de las Compañías de Seguros sobre la Vida, el 25 de mayo de 1910, la cual regulaba por la primera vez, en forma moderna, el seguro de vida contratado en México. 9

11 La Ley General de Instituciones de Seguros y la Ley del Contrato de Seguros promulgadas bajo la Presidencia del General Lázaro Cárdenas, significaron, en el primer caso, un cambio completo de la legislación sobre materia de seguros y, en el segundo, garantías al público en general. La Ley General de Instituciones de Seguros de 1935 tomó en cuenta los artículos de las leyes de 1926 y 1931 y de su reglamento, procurando una mejor sistematización, y ampliando y adicionando otras disposiciones nuevas relativas a la inversión de las reservas en México, las cuales fueron el motivo por el que las aseguradoras extranjeras se retiraron del mercado. Así, una medida de política económica general fue el punto de partida del desarrollo del seguro mexicano. A partir de 1990, se establecieron Reformas a la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros. Mientras que en 1991 se lleva a cabo la Emisión del Nuevo Reglamento de Inversiones, Establecimiento del Capital Mínimo de Pagos. En 1992 se hace la Implantación del Sistema de Margen de Solvencia y Creación de la Comisión Nacional de Seguros y un año después la Concertación para la Creación del Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) y Venta de ASEMEX al Sector Privado. Durante 1994 aparece el Desarrollo de Estudios para Reformas a la ley del Contrato de Seguros y Participación a través del COECE en las negociaciones del TLC en Estados Unidos y Canadá y dos años más tarde las Reformas a La Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, para incorporar al Sector Asegurador, al nuevo régimen de Seguridad Social. Durante 1997 hubo cambios al Marco Jurídico para fortalecer el esquema de supervisión y el Marco de Operación de la Empresa. Este nuevo marco para la operación de Reaseguro, ofrecer cobertura a los ramos de Accidentes y Enfermedades y la posibilidad de incluir el ramo de salud. Actualización del Margen de Solvencia, contemplando nuevos factores para requerimientos de capital. 10

12 En 1998 se hace el Establecimiento de bases legales, acordes al nuevo esquema de supervisión que operará la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. En el año siguiente viene la autorización, para operar el mercado del Seguro de Salud. Mientras que en el 2000 se hace una expedición por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que habla sobre las Reglas de Operación de las Instituciones Seguridad Especializadas en Salud (ISES). 1.2 Justificación La finalidad de este proyecto es elaborar una memoria de estadía, como requisito para la titulación de la Ingeniería en Innovación y Desarrollo Empresarial en relación a un proyecto de investigación acerca del tema seguros. Este tema es de suma la importancia, ya que además de ofrecer protección al patrimonio, son fuente de empleo, promueven el ahorro interno, y redistribuyen de las aportaciones de monto pequeño realizadas por sus asegurados, es por ello que son parte vital del desarrollo de los países debido al impacto socioeconómico derivado de su operación. Todos contamos con proyectos de vida nuestros como lo son; invertir en un bien, proveer a los hijos de una carrera, contar con un patrimonio para la vejez, tener un negocio propio y en general; poseer la capacidad económica de enfrentar cualquier desavenencia. Sin embargo existen amenazas latentes llamadas riesgos que pueden truncar estos proyectos, esos riesgos pueden ser enfermedades, accidentes, robos, estados de incapacidad y/o incluso la muerte. Ante esos posibles casos, lo mejor sería estar preparado y la forma más sencilla de hacerlo es contando con un Seguro que, dependiendo de cómo se 11

13 contrate, puede aliviar económicamente las consecuencias de cada uno de ellos. En una situación desafortunada, el dinero pagado por un seguro representa una inversión por nuestra seguridad y tranquilidad. 1.3 Objetivos Objetivo General Elaborar una memoria de estadía final con el tema de Seguros en un periodo de cuatro meses para obtener el título de ingeniero Objetivos específicos Investigar los antecedentes históricos de los seguros en dos semanas Conocer los tipos de seguros que existen, así como su cobertura en la tercer semana de febrero de 2011 Establecer los lineamientos a seguir para la contratación de un seguro al término del mes de abril del presente año. Comparar las principales compañías aseguradoras para identificar cual es la mejor opción antes del 5 de mayo de Alcances El alcance de este proyecto consiste en el diseño de una memoria que inicia el 5 enero de 2011, y abarca el último cuatrimestre de la Ingeniería en Innovación y Desarrollo Empresarial, finalizando el 5 de mayo del mismo año, como 12

14 requisito de titilación, El tema a investigar es: Los Seguros, su propósito es dar a conocer el surgimiento, historia, tipos, importancia, las instituciones que brindan este servicio y demás aspectos importantes que lo integran con la finalidad de ayudar elegir la mejor opción para cualquier persona que lo requiera. 1.5 Plan de actividades Actividades 1 Título 2 Resumen 2 Abstract 3 Antecedentes 4 Justificación 5 Objetivos 6 Alcances 7 Fundamentación Teórica 8 Plan de actividades Recursos 9 materiales y humanos Desarrollo del 10 proyecto 11 Resultados Obtenidos 12 Análisis de riesgos 13 Conclusiones 14 Recomendaciones 15 Referencias Bibliográficas Ene-11 Feb-11 Mar-11 Abr-11 13

15 1.6 Recursos Materiales y Humanos El material necesario para el presente trabajo solo requiere de materia de investigación; libros, manuales, artículos, sitios de Internet, revistas, y de una persona únicamente, encargada de la investigación y la realización de este mismo. 14

16 CAPÍTULO II FUNDAMENTACIÓN TEÓRICA 15

17 Capítulo II 2.1Fundamentación Teórica Definición de Seguridad El concepto de seguridad proviene del latín securĭtas, -ātis se refiere a la cualidad del seguro, es decir, aquello que esta exento de peligro, daño o riesgo. La seguridad es una certeza, algo seguro es algo cierto, firme e indubitable, sin embargo este término tiene múltiples usos y puede tomar diversos sentidos según el campo al que haga referencia, es también un estado de ánimo, una sensación, una cualidad intangible. Se puede entender como un objetivo y un fin que el hombre anhela constantemente como una necesidad primaria. Pero del que trataremos en este proyecto es la Fianza u obligación de indemnidad a favor de alguien, regularmente de intereses. 2.2 Evolución Histórica del Seguro La historia del Seguro se origina desde las antiguas civilizaciones de donde se utilizaban prácticas que constituyeron los inicios de nuestro sistema actual de Seguros. Probablemente las formas más antiguas de Seguros fueron iniciadas por los babilonios y los hindúes. Estos primeros contratos eran conocidos bajo el nombre de Contratos a la Gruesa y se efectuaban, esencialmente, entre los banqueros y los propietarios de los barcos. Con frecuencia, el dueño de un barco tomaría prestados los fondos necesarios para comprar carga y financiar un viaje. Una variante de este contrato de préstamo es el préstamo a la gruesa ventura (del latín "nauticum Fœnus") por el cual una persona, el propietario del barco o armador, tomaba a préstamo una suma igual al valor de la mercancía 16

18 transportada. Si llegaba a puerto pagaba el capital más elevados intereses (el 15 por ciento). En caso de naufragio no pagaba nada. Un caso relevante de "préstamo a la gruesa ventura" es el que fue estipulado entre Isabel la Católica y Cristóbal Colón en las Capitulaciones de Santa Fe. Como indica el profesor Del Pino Toscano, Felipe (2004) de la Universidad de Huelva, "el llamado 'préstamo a la gruesa ventura', en español, no es sino el resultado de la recepción, durante los siglos XII y XIII, de la figura jurídica que en Derecho romano se denominó: pecunia traiecticia o foenus nauticum". El seguro es una institución relativamente reciente. Aparentemente surgió en la Edad Media bajo la forma de seguro marítimo, el cual fue consecuencia del desarrollo del comercio marítimo en los países mediterráneos, especialmente España e Italia, pero carecía de bases estadísticas serias y no constituía una institución organizada. Los vestigios del Seguro de Vida se encuentran en antiguas civilizaciones, tal como Roma, donde era acostumbrado por las asociaciones religiosas, colectar y distribuir fondos entre sus miembros en caso de muerte de uno de ellos. Con el crecimiento del comercio durante la Edad Media tanto en Europa como en el Cercano Oriente, se hizo necesario garantizar la solvencia financiera en caso que ocurriese un desastre de navegación. Inglaterra resultó ser el centro marítimo del mundo, y Londres vino a ser la capital aseguradora para casco y carga. El Seguro de Incendio surgió más tarde en el siglo XVII, después que un incendio destruyó la mayor parte de Londres. Las sociedades con objeto asegurador aparecieron alrededor de 1.720, e inicialmente los especuladores y promotores ocasionaron el fracaso financiero 17

19 de la mayoría de estas nuevas sociedades. Eventualmente las repercusiones fueron tan serias, que el Parlamento restringió las licencias de tal manera que sólo hubo dos compañías autorizadas. Estas aún son importantes compañías de Seguros en Inglaterra como la Lloyd's de Londres. 2.3 Etapas de la Evolución del Seguro Edad antigua En un inicio no puede decirse que existiera un seguro con sus bases técnicas y jurídicas, pero sí surgió como un sentimiento de solidaridad ante los infortunios. Ejemplos de estos intentos de solidaridad los tenemos en el seguro de caravanas de Babilonia, donde existía la costumbre de que los que tomaban parte en una caravana se comprometían a saldar en común los daños causados a cada uno de ellos durante el trayecto por robo o asalto. Hacia el siglo V A.C. ya existían en Rodas leyes que imponían la obligación recíproca de los cargadores de contribuir a la indemnización de los daños causados en provecho común en caso de tempestad o de rescate del buque apresado por enemigos. Durante la hegemonía romana existieron asociaciones constituidas por artesanos que, mediante una reducida cuota de entrada y una cotización periódica, otorgaban a sus asociados una sepultura y funerales apropiados. También se practicaba a través del "préstamo a la gruesa" por los cuales una persona, el propietario del barco o armador tomaba a préstamo una suma igual al valor de la mercancía transportada. Si llegaba a puerto pagaba el capital más elevados intereses (15%). En caso de naufragio no pagaba nada. 18

20 Dicha operación era distinta del seguro ya que la indemnización se entrega anticipadamente y el pago de la prima se condicionaba a la existencia del siniestro. En cualquier caso se puede afirmar que durante esta época existieron instituciones muy similares al seguro Edad Media (Hasta mediados del siglo XIV) A diferencia del período anterior donde era la familia que afrontaba los peligros en común, en la Edad Media es el gremio quien desempeña ese papel. Surgen las denominadas "guildas" que si bien no eran verdaderas empresas de seguros sí constituían una aproximación de éstas. Se caracterizaban porque en un principio no tenían carácter comercial, sino de defensa mutua de carácter religioso, prácticamente, mutualidades de personas que se unían para indemnizarse solidariamente de las pérdidas que pudieran sufrir en sus propiedades. Hay ya un principio de interés común, que es la fuerza motriz de estas asociaciones: la inseguridad de todos. Costeaban gastos funerarios, cubrían perjuicios por robo, incendio, granizo, para auxiliar a los enfermos incurables, y en general, para indemnizar a sus asociados de los muchos riesgos que surgían cotidianamente. Con posterioridad ese carácter mutual se fue perdiendo, revistiéndose un carácter más comercial, buscándose propósito de lucro. Los Monasterios daban socorro y caridad a huérfanos, viudas y desempleados, por medio de limosnas. 19

21 Una forma frecuente de obtener dinero desde mediados del siglo XIII fue la compra de renta por el procedimiento de censal o censo consignativo, mediante el cual el prestamista adquiría una renta anual en dinero o en especie y el prestatario obligaba su entrega a algún bien raíz. Sin embargo, el procedimiento que más se difundió fue la emisión de títulos de la deuda contra las propias rentas e impuestos de los poderes públicos. En la Corona de Aragón eran los llamados censals morts al 7,12 por 100 como deuda perpetua, y violaris al 12,24 por 100 pagaderos durante la vida de dos personas. Los títulos eran negociables y transmisibles, y en torno a ellos creció un grupo social de rentistas que preferían la seguridad y estabilidad de este tipo de inversión respaldado por el poder público. En Castilla, en un primer momento, los municipios principales concertaban préstamos de devolución a corto plazo mediante cobro de sisas e imposiciones sobre el vecindario. Más tarde la Corona emitió los llamados juros : mercedes o privilegios graciosos, desde el punto de vista legal, no una obligación de la Corona, que no se consignaban sobre el conjunto de las rentas reales, sino sobre una de ellas en particular. Así se configuraban como una forma primitiva de títulos de la deuda, ya fueran válidos por vida del beneficiario ( juros de por vida ), perpetuamente ( juros de heredad ) o mientras fuera su voluntad ( juros al quitar ). Las Tontinas, de origen italiano que consistían en sumas fijas de dinero cuyo total se dividía entre el número de supervivientes a una fecha dada. En esta época existían también Las Tontinas, de origen italiano que consistían en sumas fijas de dinero cuyo total se dividía entre el número de supervivientes a una fecha dada. El seguro propiamente dicho nace en el siglo XIII con el seguro marítimo. Surge al modificarse el préstamo a la gruesa sustituyéndose el pago de los intereses por una prima y aplazándose el pago de la indemnización hasta cuando el daño 20

22 ocurriese. Esto se debe a un decreto del Papa Gregorio IX dictado en 1230 que prohíbe como usuario el pago de todo tipo de intereses Desde mediados del siglo XIV a fines del XVII En este período, y como consecuencia del desarrollo de la actividad marítima, aparecen los primeros antecedentes del contrato de seguro marítimo. Existe testimonio escrito de un contrato suscrito en Génova en 1347 por el que se aseguraba el buque "Santa Clara" desde Génova hasta Mallorca. Los contratos formalizados se llamaban "polizzas" Aunado a ello surgieron las primeras regulaciones legales de la actividad aseguradora. El asegurador empezó siendo una persona individual, pero pronto surgen la agrupación de personas y las sociedades anónimas. En 1668 se fundó en París la primera compañía de seguros por acciones, para el seguro marítimo. A esta época corresponde la creación del Lloyd's inglés que era una corporación de aseguradores individuales. Surgió a raíz de las reuniones de aseguradores marítimos en el cafetín de Edward Lloyd. Esta institución se funda formalmente en Surgen en este período las empresas de seguros de incendios como consecuencia del famoso incendio de Londres de 1666 que puso de manifiesto la necesidad del mismo en las ciudades de la época, construidas sin la menor protección contra el fuego. 21

23 2.3.4 Desde el siglo XVIII hasta la primera mitad del XIX Junto a los seguros ya existentes relativos a siniestros producidos por siniestros naturales, surgen los que tienen que asegurar los perjuicios causados por actos del hombre. En consecuencia, surgen los seguros de personas que requieren de una mayor base científica. Cabe destacar, en este sentido, los trabajos desarrollados por Pascal y Fermat sobre el cálculo de probabilidades, estudios como los de Halley sobre mortalidad y formulación como la Ley de los Grandes Números de Bernouilli. A través de estos principios se asentaron las bases científicas de la actividad aseguradora. Durante el siglo XVIII surgen en España, Inglaterra, Alemania y Francia Compañías de Seguros con una estructura muy similar a las actuales. En el siglo XIX la actividad aseguradora se desarrolla de forma paralela a la vida económica, ya mucho más compleja Desde mediados del siglo XIX hasta nuestros días: Durante el siglo XIX, las modificaciones en las condiciones de vida influyen en el desarrollo del seguro. En esta etapa surgen fenómenos sociales como la urbanización, la industrialización y la debilitación de la solidaridad familiar, que favorecen en suma el individualismo y por consiguiente el desarrollo de la institución aseguradora. Surgen nuevos riesgos y se cubren otros que anteriormente no se cubrían. Hay un fuerte intervencionismo estatal, debido principalmente al gran número de aseguradoras y el hecho de que muchas de ellas se constituyen sin reunir las 22

24 debidas garantías. En esta época la institución aseguradora va adaptándose a las nuevas exigencias de la vida económica favoreciendo el desarrollo industrial que cuenta con el seguro como garantía ante las crecientes industrias. Héctor Léger Mariño (2006) El seguro en México En México, como en otros muchos lugares del mundo, los seguros habrían de nacer en el mar, y en este caso, en el puerto de Veracruz, ciudad que a fines del siglo XVIII gozaba de gran prosperidad comercial. Fue en el año de 1789, cuando se constituyó la primera compañía de seguros en el puerto de Veracruz, que se denominó Compañía de Seguros Marítimos de Nueva España, con el propósito de cubrir los riesgos de los que se denominaba en España como La Carrera de Las Indias. La segunda institución de seguros en México se estableció en 1802 y, a noventa años de esa fecha, la primera Ley del seguro. Después de varios años, en 1892 se promulga la primera ley que rige a las compañías de seguros mexicanas y extranjeras existentes en esos años, conocida también como Ley del Timbre, porque las compañías de seguros, así como las operaciones a que se dedicarían, quedaron sujetas al impuesto del Timbre de documentos y libros, para la protocolización de las escrituras, estatutos y demás documentos que debían registrarse; a la renta interior, por el importe de los contratos de seguros; y al cuatro por ciento sobre las primas que causaren. En enero de 1897, los representantes de diecisiete compañías de seguros contra incendio extranjeras que operaban en la República Mexicana, fundaron una asociación privada bajo la denominación de Asociación Mexicana de Agentes de Seguros contra Incendio. Al término del primer año de vida de la Asociación, quedó formado su reglamento y, en 1898, se terminó la primera 23

25 tarifa de incendio. Primer presidente de la asociación -y también por muchos períodos posteriores- fue el Sr. don Pablo Alexanderson, el cual representaba la compañía Liverpool & London & Globe de Inglaterra. El documento oficial que autorizaba a la compañía Anglo-Mexicana de Seguros a operar en el país, es fechado en la ciudad de México el 27 de julio de Se trata de la más antigua institución de seguros nacional apta para operar en los seguros generales, después de la época de Maximiliano; todavía sigue operando en el mercado local y en todos los ramos. Fue durante el gobierno del General Porfirio Díaz que se promulgó la Ley Relativa de la Organización de las Compañías de Seguros sobre la Vida, el 25 de mayo de 1910, la cual regulaba por la primera vez, en forma moderna, el seguro de vida contratado en México. La Ley General de Instituciones de Seguros y la Ley del Contrato de Seguros promulgadas bajo la Presidencia del General Lázaro Cárdenas, significaron, en el primer caso, un cambio completo de la legislación sobre materia de seguros y, en el segundo, garantías al público en general. La primera sufrió a lo largo de los años modificaciones y adiciones, pero no sustanciales, en virtud de que todavía hay algunos aspectos de la misma que hoy están en uso, mientras la segunda ha quedado inalterada hasta nuestros días, cuando está al estudio una nueva ley relacionada con el contrato de seguros. La Ley General de Instituciones de Seguros de 1935 tomó en cuenta los artículos de las leyes de 1926 y 1931 y de su reglamento, procurando una mejor sistematización, y ampliando y adicionando otras disposiciones nuevas relativas a la inversión de las reservas en México, las cuales fueron el motivo por el que las aseguradoras extranjeras se retiraron del mercado. Así, una medida de política económica general fue el punto de partida del desarrollo del seguro mexicano. A partir de 1990, se establecen las Reformas a la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros. Mientras que en 1991 se lleva a cabo la 24

26 Emisión del Nuevo Reglamento de Inversiones, Establecimiento del Capital Mínimo de Pagos. En 1992 se hace la Implantación del Sistema de Margen de Solvencia y Creación de la Comisión Nacional de Seguros y un año después la Concertación para la Creación del Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) y Venta de ASEMEX al Sector Privado. Durante 1994 aparece el Desarrollo de Estudios para Reformas a la ley del Contrato de Seguros y Participación a través del COECE en las negociaciones del TLC en Estados Unidos y Canadá y dos años más tarde las Reformas a La Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, para incorporar al Sector Asegurador, al nuevo régimen de Seguridad Social. Durante 1997 hubo cambios al Marco Jurídico para fortalecer el esquema de supervisión y el Marco de Operación de la Empresa. Este nuevo marco para la operación de Reaseguro, ofrecer cobertura a los ramos de Accidentes y Enfermedades y la posibilidad de incluir el ramo de salud. Actualización del Margen de Solvencia, contemplando nuevos factores para requerimientos de capital. En 1998 se hace el Establecimiento de bases legales, acordes al nuevo esquema de supervisión que operará la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. En el año siguiente viene la autorización, para operar el mercado del Seguro de Salud. Mientras que en el 2000 se hace una expedición por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que habla sobre las Reglas de Operación de las Instituciones Seguridad Especializadas en Salud (ISES) Sistema Financiero Mexicano El Sistema Financiero Mexicano está constituido por un conjunto de instituciones que captan administran y canalizan el ahorro de las personas 25

27 hacia la inversión: grupos financieros, banca comercial, administradoras de fondos para el retiro (Afores), aseguradoras, sociedades financieras de objeto limitado (Sofoles) banca de desarrollo, casas de bolsa, sociedades de inversión, arrendadoras financieras, afianzadoras, almacenes generales de depósito, uniones de crédito, casas de cambio y empresas de factoraje entre otras Instituciones Financieras Hay instituciones financieras de varios tipos y cada una ofrece servicios diferentes, pero todas ayudan a las personas que quieran ahorrar, invertir, pedir créditos o asegurar su futuro. Las instituciones financieras en México están reguladas por la Secretaría de Hacienda Crédito Público y supervisadas por el Banco de México. Este último regula principalmente todo lo que tiene que ver con el sistema de pagos. En nuestro país el intermediario financiero más importante son los bancos por el monto de los recursos que administran. Tan es así que los bancos administran más de la mitad del dinero del país que está en el sistema financiero. 2.4 Teoría especifica del área que trata el proyecto Marco legal La obligación para las instituciones de seguros de crear los seguros básicos estandarizados se estableció en el Diario Oficial de la Federación publicado el pasado 20 de junio de 2008, en donde -por decreto- se adiciona el artículo 39 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros. Por otra parte, en el Diario Oficial de la Federación del 29 de diciembre de 2008 salieron publicadas las circulares en donde se dan a conocer los modelos de contratos de adhesión que aplicarán para cada uno de los productos básicos. 26

28 Cabe señalar que posteriormente, en el Diario Oficial de la Federación del 17 de abril del 2009 se publicó una nueva versión de dichas circulares; asimismo en el Diario Oficial de la Federación del 15 de junio del 2009 se publicó una nueva versión de la circular S-8.4, relativa al Seguro Básico de Fallecimiento en la Operación de Vida. Finalmente, el 30 de junio de 2009 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, una nueva versión de la circular S-8.6 relativa al Seguro Básico de Gastos Médicos en la Operación de Accidentes y Enfermedades, mismas que se relacionan a continuación: Vida: mediante la cual se da a conocer a las instituciones de seguros el modelo de contrato de adhesión del producto básico estandarizado de la cobertura de fallecimiento, en la operación de vida. Accidentes Personales: mediante la cual se da a conocer a las instituciones de seguros el modelo de contrato de adhesión del producto básico estandarizado de la cobertura de accidentes personales, en la operación de accidentes y enfermedades. Gastos Médicos: mediante la cual se da a conocer a las instituciones de seguros el modelo de contrato de adhesión del producto básico estandarizado de la cobertura de gastos médicos, en la operación de accidentes y enfermedades. Salud: mediante la cual se da a conocer a las instituciones de seguros especializadas en salud el modelo de contrato de adhesión del producto básico estandarizado de la cobertura de salud, en la operación de accidentes y enfermedades. Dental: mediante la cual se da a conocer a las instituciones de seguros especializadas en salud el modelo de contrato de adhesión del producto básico 27

29 estandarizado de la cobertura de salud dental, en la operación de accidentes y enfermedades. Autos: mediante la cual se da a conocer a las instituciones de seguros el modelo de contrato de adhesión del producto básico estandarizado de la cobertura de responsabilidad civil, en el ramo de automóviles. 2.5 Tipos de seguros Los tipos de seguros básicos son: Automóviles, de Vida, Accidentes personales, Gastos médicos y Salud. A pesar de existir innumerables tipos de seguros, estos pueden clasificarse, en torno a dos grandes modalidades de la siguiente manera: 1. Seguros de personas: comprenden todos los riesgos que puedan afectar a la existencia, integridad física o salud del asegurado. Puede establecerse, en función del objetivo de la cobertura, y 2. Seguros contra daños: son aquéllos que cubren al asegurado de posibles accidentes o hechos que afecten a los elementos patrimoniales de la persona que suscribe el seguro. Entre ellos, podemos destacar los que se muestran a continuación: MODALIDADES DE SEGUROS DE PERSONAS SEGURO De Vida De accidentes Personales OBJETIVO DE LA COBERTURA La aseguradora pagará la suma asegurada de esta cobertura al ocurrir el fallecimiento del asegurado. El seguro de Accidentes Personales garantiza el pago de una determinada suma en caso de 28

30 defunción, pérdidas de órganos del cuerpo o incapacidad total o parcial del asegurado como consecuencia de un accidente. De Gastos Médicos Mayores Sobre la Salud Está diseñado para cubrir los gastos médicos originados por un accidente y/o enfermedad cubiertos en la póliza, una vez que el monto rebasa el deducible. Está enfocado a prevenir, conservar, restaurar y rehabilitar la salud del Asegurado, puede ser preventivo. MODALIDADES DE SEGUROS CONTRA DAÑOS SEGURO Responsabilidad civil y Riesgos profesionales Marítimo y Transportes Incendios OBJETIVO DE LA COBERTURA Daños y perjuicios a terceros de los que sea civilmente responsable el asegurado. Daños materiales de mercancías, medio de transporte u otros objetos. Daños producidos por un incendio en el objeto asegurado. Agrícola y de Animales Contra riesgos nombrados y factores climáticos. Automóviles Crédito Crédito a la vivienda Seguro básico especializado en automóviles. Pérdidas como consecuencia de la insolvencia definitiva de los deudores. Ante las perdidas originadas por incumplimiento de los deudores hipotecarios 29

31 Garantía financiera Diversos Terremoto y otros riesgos catastróficos Contra el robo Lucro cesante Caución Hogar Decenal de daños a la edificación De defensa jurídica Educativos Por incumplimiento de los emisores, de valores, títulos de crédito y documentos de oferta pública o de intermediación de valores. Diversidad de coberturas que se combinan y complementan Cubre los costos de reemplazo o de reparación de la propiedad dañada. Sustracción ilegítima por terceros de las cosas aseguradas. Pérdida del rendimiento económico que hubiese podido alcanzarse en un acto o actividad de no haberse producido el siniestro. Incumplimiento de obligaciones legales o contractuales del tomador del seguro. Protección de los daños acontecidos en el contenido o continente de una vivienda. Garantía sobre las cantidades pagadas a cuenta para la adquisición de una vivienda. Servicios de asistencia jurídica y extrajudicial. Garantizar la continuidad de los estudios ante imprevistos como invalidez o muerte de los padres o tutores y mas frecuentemente ante la falta de ingresos económicos La variedad de seguros es muy amplia e incluso se pueden negociar contratos no previstos por la aseguradora. Algunos ejemplos menos comunes son: 30

32 Asegurar una parte del cuerpo. Las piernas, el pecho, la nariz, etc. Asegurar un sorteo. Si sale premiado lo paga la aseguradora y si no sale la aseguradora ha ganado. Seguro de vehículos de duración un día. Por ejemplo vehículos antiguos que se conducen uno o pocos días al año. Seguro de título inmobiliario. También llamado seguro de título, es un tipo de seguro creado en los Estados Unidos para proteger toda clase de compraventa inmobiliaria o gravamen sobre inmueble. Según Carlos Odriozola autor del primer libro escrito sobre el tema en idioma castellano "El Seguro de Título Inmobiliario", el seguro de título es un convenio de indemnización, pues colateralmente a una operación principal, que puede ser la compraventa o la hipoteca, la aseguradora se obliga a indemnizar al asegurado en el caso de que éste tuviera alguna pérdida causada por acciones incoadas por un tercero. Seguros de Pensiones derivados de la Seguridad Social. A partir de la entrada en vigor de la nueva Ley del Seguro Social (Julio de 1997), una vez que el IMSS te otorgue el derecho de recibir una pensión por invalidez, incapacidad permanente o muerte del asegurado, podrás decidir quién te pague tu pensión, el IMSS o una compañía de pensiones especializada y autorizada para operar los Seguros de Pensiones Derivados de la Seguridad Social. Otros contratos pueden venir obligados por un contrato anterior. Es muy habitual en una hipoteca tener que asegurar el bien hipotecado a favor del acreedor Seguro de Automóviles Este seguro protege el automóvil del asegurado contra riesgos como: choque, robo total, lesiones a ocupantes y daños a terceros en su persona y en sus bienes en caso de accidentes vehiculares. 31

33 Normalmente, estos seguros se manejan por paquetes, los cuales incluyen diferentes coberturas que serán contratadas a voluntad del cliente, como pueden ser: Robo total del automóvil.- Lo protege en caso de robo total del vehículo. Responsabilidad Civil.- Ampara la responsabilidad en que pueda incurrir el propietario o cualquier persona que con su autorización utilice el vehículo por los daños materiales causados a terceros en sus bienes, lesiones corporales o muerte a terceros y la indemnización por daño moral que legalmente se determine. También quedan cubiertos los gastos que tuviera que pagar el asegurado en caso de que se siguiera un juicio civil en su contra por responsabilidad civil. Gastos médicos.- Ampara el pago de gastos médicos por lesiones corporales del asegurado o los demás ocupantes del vehículo, en accidentes de tránsito ocurridos mientras se encuentren dentro del compartimiento, caseta o cabina destinados para transportar personas. Defensa jurídica y asesoría.- La compañía le ofrece servicios profesionales de abogados en caso de accidente o robo total del automóvil, para tramitar la libertad del asegurado ante las autoridades correspondientes, así como la devolución del vehículo accidentado. Otorga servicios de protección jurídica, tramita la libertad condicional del asegurado durante el juicio, libera el vehículo, tramita las fianzas necesarias y realiza los pagos de gastos excepto las multas administrativas. Daños materiales.- Ampara daños o pérdidas materiales que sufra el vehículo a consecuencia de circunstancias que no estén excluidas en la póliza. 32

34 Hay riesgos que no se encuentran cubiertos en el seguro contratado, por lo cual es muy importante revisar la póliza para verificar cuáles son las situaciones en las que la Compañía de Seguros no pagará los daños. Dentro de las causas de no pago más comunes, encontramos: Cuando el conductor no tiene licencia o permiso para conducir, si esta situación influye directamente en la realización del accidente o riesgo. Por rotura, descompostura mecánica o falta de resistencia de piezas, a menos que éstas sean causadas por los riesgos que si están cubiertos por la póliza. Pérdidas o daños a la parte baja del vehículo por transitar fuera de caminos o en caminos en mal estado. Si el conductor se encuentra en estado de ebriedad o bajo la influencia de drogas cuando estas situaciones influyan directamente en el accidente que ha causado el daño. Es importante que sepas que los riesgos que están amparados se encuentran descritos en la póliza que te entregó la aseguradora, donde se especifican los bienes que están protegidos por el seguro, los riesgos cubiertos y las sumas aseguradas para dichos bienes. Asimismo, se estipulan los bienes que no están cubiertos y los riesgos adicionales que pueden estar sujetos a cobertura adicional si así lo deseas, pero éstos deberán ser especificados al momento de contratar su seguro. Cuando por algún motivo solicites alguna modificación en las condiciones de tu póliza de seguro, la compañía aseguradora deberá entregarte un documento llamado endoso en el que consten tales modificaciones para hacerlas válidas. La omisión o la falsa declaración de hechos que hagas respecto del riesgo que quieres asegurar puede ocasionar la rescisión del contrato y, por lo tanto, la pérdida del derecho a recibir la indemnización. 33

35 Formas de indemnización en caso de utilizar el seguro En caso de siniestro, la indemnización te será pagada a valor comercial del bien amparado, a menos que hayas contratado una póliza a valor de reposición. El pago de tu automóvil en caso de robo o pérdida total se hará con base en su valor comercial, es decir, el pago contempla la depreciación del mismo de acuerdo con los libros que manejan las aseguradoras para dichos efectos. Para que la compañía pueda tramitar el pago y/o reparación a causa de los daños, es necesario que entregues toda la documentación e información que ésta requiere, o en su defecto, que lleves a cabo los procedimientos necesarios para la reposición de tales documentos, ya que sin ellos no podrán entregarte la indemnización respectiva Plazos Plazos de vigencia: El periodo de vigencia de las pólizas es el tiempo durante el cual la aseguradora reconoce su responsabilidad para cubrir en alguna proporción los gastos en que incurras, derivados de algún accidente. El periodo de vigencia puede variar desde anual, semestral, trimestral, etc. Plazos para el pago de una póliza: Cada una de las Compañías de Seguros podrá ofrecerte diversos plazos para el pago de las pólizas, aunque regularmente los tipos de plazo son anual, semestral, trimestral o mensual. Debemos hacer notar que si eliges una forma de pago anual solo pagarás el costo del seguro en una sola exhibición, pero si eliges alguna otra diferente, como puede ser el pago semestral, trimestral, etc., la aseguradora incluirá dentro del precio del seguro una cantidad extra como costo de financiamiento. 34

36 A partir de que contrates tu seguro de automóvil, independientemente de la forma de pago que hayas elegido (anual, semestral, trimestral, etc.), de acuerdo a la ley, tienes 30 días para realizar el pago de tu póliza, así como para hacer cualquier aclaración en el contenido de la misma. Una vez transcurrido ese plazo si no has realizado el pago del seguro, la Compañía Aseguradora podrá cancelar tu póliza y tu automóvil no estará protegido. Es importante que este enterado de que cada vez que se venza el plazo de vigencia de tu póliza, y una vez que hayas informado a tu aseguradora por medio de tu agente de seguros de tu deseo de renovarla, contarás con el plazo de 30 días señalado en el párrafo anterior. La mayoría de las aseguradoras ofrecen planes de seguros para automóviles, por lo que es importante que antes de decidirte por alguno, contactes a los diferentes agentes de seguros para que te hagan un presupuesto con base al seguro que necesites y que mejor convenga a tus necesidades. Con todo esto, podrás elegir el plan de seguros que mejor convenga a tu presupuesto necesidades. No firmes ningún documento sin leerlo, pregunta cualquier duda que tengas, tampoco firmes o pague tu póliza si no estas de acuerdo con las condiciones de la misma Más información acerca de la contratación del seguro de automóvil Cualquier persona física o moral puede contratar un seguro contra daños, teniendo en cuenta que la empresa aseguradora responde solamente por el daño causado hasta por el importe del límite de la suma y valor asegurados. El contrato de seguro o póliza, es aquel comprobante de seguro donde se especifican las condiciones como suma asegurada, costos y demás obligaciones de ambas partes. En la póliza o contrato de seguro de automóvil existen tres partes: 35

37 El contratante: La persona que paga por los servicios de alguna aseguradora, El beneficiario: La persona que goza de los servicios que ofrece la aseguradora, y La aseguradora: La empresa que ofrecerá los servicios en caso de algún siniestro. Es así como la póliza o contrato de seguro de automóvil está diseñado específicamente para proteger el bien material (automóvil), dependiendo del tipo de cobertura que adquieras. Cabe señalar que el vehículo es el asegurado, y los beneficios que otorgue la aseguradora en caso de algún siniestro, no dependen de la persona que conduzca el vehículo asegurado, salvo en casos como los siguientes: Que el conductor vaya en estado de ebriedad o bajo influencia de drogas. Que el conductor maneje el vehículo sin autorización del contratante. No traer licencia o permiso para conducir. No contar con los documentos requeridos, como tarjeta de circulación. No haber realizado el pago de la póliza oportunamente, o no haber pagado la renovación dentro de los treinta días correspondientes al vencimiento de la póliza anterior. Recuerda que en caso de algún accidente es recomendable: Guardar calma. No celebrar convenio alguno con las partes involucradas. No discutir o aceptar responsabilidades. 36

38 No ordenar reparación de los vehículos sin la autorización expresa del ajustador o de la aseguradora. Identificar los vehículos con sus números de placas y, de ser posible, nombre y dirección de los conductores. No abandonar la unidad, salvo causas de fuerza mayor. Reportar el accidente a la aseguradora. Los datos que se deben tener a la mano cuando ocurre algún accidente son: Número de póliza. Nombre del asegurado y nombre del conductor. Marca, modelo, placas y número de serie de motor del vehículo asegurado. De ser posible, el lugar exacto del accidente indicando calle, colonia y alguna referencia que permita su mas pronta localización. En la mayoría de los casos la cobertura que adquieres cubre todo el territorio nacional, sin embargo, existen casos en los que ésta también te protege en el extranjero, para lo cual debes confirmar con la institución aseguradora el alcance de la póliza que hayas adquirido o estés por adquirir Seguro de vida El seguro de vida es uno de los tipos del seguro en el que el pago por parte de la compañía de seguros de la suma asegurada del contrato depende del fallecimiento ó sobrevivencia del asegurado en un momento determinado. 37

39 En este tipo de seguro el pago de la indemnización no guarda relación con el valor del daño producido por la concurrencia del siniestro, debido a que la persona no es valuable económicamente. De ahí que este tipo de seguro no constituya un contrato de indemnización propiamente dicho, diferenciándose así, de los seguros de daños Modalidades para el seguro de vida Seguro en caso de sobre vivencia.- El beneficiario (que en este caso es generalmente el propio Asegurado) percibirá la suma asegurada si vive hasta la fecha predeterminada, éste garantiza el pago de un capital o una renta al beneficiario. Las modalidades básicas de este tipo de seguro son: De capital diferido: La compañía de seguros se compromete a entregar la suma asegurada al vencimiento del plazo convenido en el contrato, si el asegurado vive en esa fecha. Puede ser con reembolso o sin reembolso si el asegurado fallece antes de la vigencia del seguro con reembolso opera la devolución de las primas al fallecer el Asegurado antes del vencimiento del seguro. De renta vitalicia inmediata.- La compañía de seguros a cambio de una prima única, garantiza el pago inmediato de una renta a una o varias personas hasta la muerte del asegurado, en cuyo caso cesa dicho pago. De renta diferida.- La compañía de seguros se compromete, al finalizar el plazo diferido estipulado, a pagar al asegurado, mientras viva, una renta constante y periódica. Puede ser sin reembolso de primas si el Asegurado fallece antes de cobrar la renta o con reembolso de primas la compañía de seguros las devuelve a los beneficiarios. 38

40 De capitalización.- La compañía de seguros se compromete a pagar al asegurado un capital al vencimiento del contrato, a cambio de la obligación del contratante o asegurado de realizar el pago de primas periódicas a la compañía de seguros durante la vigencia del contrato. Seguro de Jubilación.- Consiste en el pago de un capital o renta al asegurado hasta que alcance la edad de su jubilación, la cual puede ser vitalicia, dentro de estas existe el plan de pensiones el cual es un instrumento de previsión voluntaria por el que las personas que lo constituyen tiene derecho, en las condiciones y cuantías establecidas, a percibir rentas o capitales por jubilación, supervivencia, viudez, orfandad o invalidez, a cambio de las contribuciones económicas que se aporten a tales efectos. Seguro en caso de fallecimiento.- El Beneficiario (que puede ser una o varias personas) recibirá la suma asegurada estipulada cuando se produzca el fallecimiento del Asegurado, ya sea por causa natural o accidental. Es una clase de seguro de vida, ya sea que se trate de un capital o de una renta, se pagará por la compañía de seguros al beneficiario (que puede ser una o varias personas), si se produce la muerte del asegurado. Las modalidades de este seguro pueden ser: Seguros de vida entera.- Se garantiza el pago de una suma asegurada inmediatamente después del fallecimiento del asegurado, sea cual fuere la fecha en que ocurra dicho fallecimiento, del cual puede tener dos modalidades: I. Con pago de primas vitalicias.- El pago de las primas se mantienen hasta el fallecimiento del asegurado. 39

41 II. Con pago de primas limitado a un cierto número de años.- Las primas correspondientes se pagan durante un período determinado de años. Seguro sobre dos o más vidas.- Es un seguro de vida entera que se caracteriza porque existen simultáneamente, dos o más personas aseguradas que son a la vez beneficiarios recíprocos y en su virtud, cuando el fallecimiento de cualquiera de ellas se produzca dentro del límite estipulado en el contrato, la compañía de seguros pagará la indemnización prevista a el sobreviviente o a los sobrevivientes, según sea el caso. Seguro temporal.- Se caracteriza porque la suma asegurada es pagadera inmediatamente después de la muerte del asegurado, siempre que ocurra antes del plazo de duración del seguro, si sobrevive el seguro se cancela y la aseguradora retiene las primas y pueden ser temporal constante, decreciente, creciente, a un año renovable, renovable. Seguro de deudores.- En esta modalidad, al producirse el fallecimiento del asegurado, la compañía de seguros se hace cargo automáticamente de la liquidación de los créditos previstos en la póliza, no vencidos, que adeude el Asegurado en el momento de su muerte De orfandad.- Tiene por objeto la concesión de una Pensión Temporal a favor de los hijos menores de 18 años en caso de fallecimiento del padre o la madre trabajadora con el que convivan y del cual dependan económicamente. De capital de supervivencia.- El capital es pagadero inmediatamente después del fallecimiento del asegurado, si ocurre antes que el de otra persona designada al contratar el seguro, denominada beneficiario o sobreviviente. Si ésta fallece antes que el asegurado, queda rescindido el 40

42 seguro y las primas pagadas pueden quedar, ya sea a favor de la compañía de seguros, o bien del sobreviviente, según haya sido pactado al celebrarse el contrato de seguro, la prima anual deja de pagarse al morir el asegurado. Seguro Dotal Mixto.- Es una modalidad especial que se integra por un seguro de riesgo y un seguro de ahorro, en virtud de la cual, si el asegurado fallece antes del plazo previsto, se entregará a sus beneficiarios la indemnización estipulada, y si sobrevive a dicho plazo se entregará al propio asegurado la suma asegurada establecida por el contrato, y tiene las siguientes modalidades: Mixto completo.- Si el asegurado vive al vencimiento del plazo del seguro, participará también en utilidades de la póliza con un determinado porcentaje sobre la suma asegurada. Mixto simple.- Garantiza el pago de la suma establecida, a los beneficiarios designados, al producirse el fallecimiento del asegurado, siempre que ocurra antes del vencimiento del contrato. Mixto doble.- Son iguales al del seguro mixto simple, con la particularidad de que el contrato no se extingue con el pago de la suma asegurada establecida al asegurado si vive al vencimiento de la póliza. Mixto Revalorizable.- La suma asegurada aumenta cada año, aunque sus características son iguales al seguro mixto. Mixto variable.- En caso de sobre vivencia el asegurado va percibiendo la suma asegurada distribuida en determinado porcentajes y pagada en diferentes momentos. A plazo fijo.- En esta modalidad se garantiza el pago de la suma asegurada al vencimiento de la póliza, sin importar si el asegurado vive o ya falleció. Dotal.- El beneficiario será un menor de edad, sin importar si el asegurado vive o no. 41

43 Seguro de Vida Universal.- Se combina el proceso de capitalización y el seguro temporal renovable, siendo un plan de ahorro Seguro por daños Existen diferentes ramos como son: I. Ramo de Incendio.- Es aquel que garantiza al Asegurado el pago de una indemnización en caso de incendio de los bienes especificados en la póliza o la reparación o reposición de las piezas averiadas, y puede contemplar coberturas adicionales como pueden ser: Responsabilidad civil, pérdida de rentas, pérdida de beneficios, gastos y daños. II. Ramo de Responsabilidad Civil.- Se compromete a indemnizar al asegurado del daño que pueda experimentar su patrimonio a consecuencia de la reclamación que le efectúe un tercero, por la responsabilidad en que haya podido incurrir, tanto el propio asegurado como aquellas personas que dependen civilmente del asegurado. III. Ramo Agrícola.- Tiene por objeto la cobertura de los riesgos que puedan afectar a las explotaciones agrícolas, ganaderas o forestales y sus principales modalidades son: 1. Seguro de Ganado. 2. Seguro de Incendio de Cosechas. 3. Seguro de Granizo. 42

44 IV. Ramo de Crédito.- Tiene por objeto garantizar a una persona el pago de los créditos que tenga a su favor cuando se produzca la insolvencia de sus clientes deudores por créditos comerciales. V. Ramo de Transportes.- La compañía de seguros se compromete al pago de determinadas indemnizaciones a consecuencia de los daños sobrevenidos durante el transporte de mercancías y se divide en marítimo, aéreo y ferroviario: a) Seguro Marítimo.- Garantiza los riesgos de navegación que puedan afectar, tanto al buque transportador como a la carga transportada, y puede ser seguro de buque, carga o flete. b) Seguro de Aviación.- Tiene por objeto el pago de indemnización derivada de accidentes sufridos por aeronaves. c) Seguro Ferroviario.- Tiene por objeto el pago de indemnización derivada de accidentes sufridos por ferrocarril. VI.- Ramo de Diversos.- a) Seguro de Robo.- La compañía de seguros se compromete a pagar los daños sufridos por la desaparición, destrucción o deterioro de los objetos a causa de robo, asalto o tentativas. b) Seguro Cinematografía.- Tiene por objeto cubrir los daños durante una producción cinematográfica. c) Seguro Cristales.- Éste garantiza al asegurado el pago de una indemnización o reposición en caso de rotura accidental de las lunas o cristales descritos en la póliza. d) Seguro Ingeniería.- Consiste en un grupo de modalidades de cobertura que amparan determinados riesgos derivados del funcionamiento, montaje o prueba 43

45 de maquinaria o inherentes a la construcción de edificios. Sus principales modalidades incluyen: i.- Seguro de Construcción.- Garantiza los daños que puedan sufrir los bienes integrantes de una obra ejecutada. ii.- Seguro de Maquinaria.- Garantiza los daños que puedan sufrir maquinaria, equipos o plantas industriales. iii.- Seguro de Montaje.- Se asemeja al de construcción pero en el momento de su instalación o montaje. iv.- Seguro Electrónico.- Garantiza el seguro al equipo de procesamiento de datos descritos en el contrato. v.- Seguro de Calderas.- Asegura a las calderas en caso de explosión, entre otros Seguros de casa habitación El seguro para casa cuesta tanto como el de un automóvil, pero el patrimonio familiar es infinitamente más importante, no obstante, sólo tres por ciento de los hogares mexicanos están asegurados, frente al 34 por ciento de los automóviles que circulan en el país. El costo de los seguros para casa habitación se calcula en función de las regiones del país: cuando se trata de una zona sísmica, expuesta a erupciones volcánicas o a huracanes, el precio será más alto. También influye el índice delictivo de una ciudad, colonia o municipio. Los seguros para casa son equiparables a los de automóvil: las de interés social pagan una prima promedio anual que oscila entre $1,500 y $2,000 pesos, mientras las que cuestan arriba de 500 mil pesos pagan entre $3,000 y $8,000 44

46 pesos anuales, dependiendo del valor comercial de la misma. El seguro de un automóvil que en promedio cuesta 150 mil pesos sale entre siete y ocho mil pesos, pero el de un Jetta, con gran demanda en el mercado y altos índices de robo, llega a costar hasta 15 mil pesos. Por lo anterior, no es ni oneroso, ni descabellado gastar en un seguro para tu casa. Este tipo de seguros se clasifican en cuatro grandes categorías: de contenido, robo, desastres naturales y gastos extraordinarios. 1.- El seguro de contenidos cubre todos los muebles que posea, como electrodomésticos, ropa, joyas, obras de arte, etc. 2.- La póliza contra robo sólo se paga cuando se trata de robo con violencia, es decir, cuando el peritaje arroja que se empleó la fuerza. 3.- Los seguros de desastres naturales cubren los daños ocasionados por terremotos -sean producidos o no por erupciones volcánicas-, huracanes o inundaciones, entre otros. Tiene dos modalidades: La primera cubre únicamente la construcción. La segunda cubre también su contenido. 4.- El de incendios ampara todos los bienes que haya dentro de la casa al momento del siniestro, además de las instalaciones del edificio. A veces también incluye los llamados gastos extraordinarios, que pagan la renta de otra vivienda mientras se realizan las reparaciones pertinentes en la casa. Al incluir beneficios extras, como servicios gratuitos de plomería o reparaciones eléctricas, por ejemplo, como parte del seguro para casa habitación, las aseguradoras han incorporado a su estrategia de mercadeo la percepción del asegurado de: Al menos ya le saque algo al seguro. 45

47 2.5.5 Seguro de responsabilidad civil El seguro de responsabilidad civil otorga protección al asegurado si un tercero le exigiere indemnización por daños y perjuicios a consecuencia de un acontecimiento que, produciéndose durante la vigencia del seguro, ocasione la muerte, lesión o menoscabo de la salud de la persona (daños personales) o el deterioro o destrucción de sus bienes (daños materiales). El seguro comprende la protección sobre la responsabilidad civil legal, producto de la propiedad o arrendamiento de terreno, edificios o locales y de las actividades normales inherentes al giro del asegurado. Varias son las compañías aseguradoras que en la actualidad ofrecen en nuestro país esta póliza, por ejemplo: ABA Seguros General de Seguros Seguros Allianz Chubb de México Metropolitana Seguros Atlas Kemper seguros Existen compañías de seguros, que además ofrecen este tipo de protección a ciertos mercados específicos, como el de la construcción, medicina, para los arrendatarios de inmuebles, para quienes se dedican a organizar eventos, para quienes realizan filmaciones, etc. A este tipo de pólizas se les llama seguro de responsabilidad civil profesional. Ejemplo: Las compañías que ofrecen estas pólizas para médicos son: 46

48 ING Comercial América: Responsabilidad Civil Profesiones Médicas, GNP Grupo Nacional Provincial Responsabilidad Civil Profesional para Médicos Seguros Inbursa Responsabilidad civil profesionales médicos Antes de adquirir un seguro de este tipo, así como de cualquier otro tipo, es necesario comparar varias opciones, lo que permite identificar cuál es el que más se acerca a lo que necesitas. Para hacer una comparación objetiva, te recomendamos tomar en cuenta aspectos tales como primas, cobertura, riesgos cubiertos, riesgos no cubiertos, alcances en el extranjero (si es el caso), así como obligaciones y responsabilidades tanto del contratante como de la compañía aseguradora. Dentro del Ramo de Daños, encontramos el Seguro de Responsabilidad Civil, que a su vez, se especializa en el llamado seguro de responsabilidad profesional. Este tipo de seguros da el respaldo económico al médico asegurado y sus empleados, para resarcir los daños que ocasionen a sus pacientes o a terceros, en sus bienes o en sus personas, con motivo de su actividad profesional. Cubre la responsabilidad profesional del asegurado derivada del ejercicio de su profesión médica, y la de sus empleados que ejerzan una profesión médica, médica auxiliar, farmacéutica o laboratorista, y que por su culpa, ya sea por negligencia o impericia, causen daños corporales o inclusive la muerte a sus pacientes. 47

49 Asimismo, ampara la responsabilidad civil legal por los daños que causen a terceros en sus bienes o en sus personas, que se deriven por el uso, posesión o mantenimiento de inmuebles, de aparatos y tratamientos médicos con fines de diagnóstico o terapéutica, y de equipos de medicina nuclear y materias radioactivas empleados para el desarrollo de dichas actividades. También ampara los gastos de defensa si es presentada una demanda en contra del asegurado, como por ejemplo las primas por fianzas judiciales en garantía del pago de las sumas reclamadas, así como, el pago de las cauciones o de las primas de las fianzas que deban otorgarse como caución para que alcance su libertad preparatoria, provisional o condicional durante un proceso penal que se siga en su contra. Además, de forma opcional, cubre las siguientes responsabilidades: primeros auxilios en el extranjero, arrendatario, asumida -responsabilidad ajena que acepta el asegurado por convenio o contrato-, y estacionamiento de automóviles. El Seguro de Responsabilidad Civil para Profesiones Médicas, está dirigido a médicos titulados de cualquier especialidad, asociaciones, institutos y grupos de colegios de médicos Condiciones generales En la mayoría de los casos y en términos generales, las condiciones generales de las pólizas de seguros de este tipo son: 48

50 Responsabilidad civil en que incurriere el Asegurado Queda cubierta la responsabilidad civil en que incurriere el Asegurado médico por muerte o lesión en la integridad corporal de sus pacientes, a consecuencia de culpa, ya sea por negligencia o impericia en el ejercicio de una profesión médica, en los términos de la Ley sobre el Contrato de Seguro Responsabilidad civil del Asegurado Este seguro también ampara la responsabilidad civil del Asegurado: a) Derivada de primeros auxilios proporcionados en el extranjero, excluyendo Estados Unidos de Norteamérica, Canadá y sus territorios. b) Derivada de los daños ocasionados por cirugía plástica posterior a un accidente, la correctiva de anormalidades congénitas, así como los daños no estéticos derivados de la cirugía estética. c) En el caso de profesiones veterinarias, derivada de daños causados a los animales entregados para su tratamiento. d) Derivada de los auxiliares que al servicio del Asegurado ejerzan una actividad médica auxiliar, farmacéutica o laboratorista, ya sea por negligencia o impericia en el desempeño de sus labores. e) Por el uso u operación de aparatos médicos con fines de diagnóstico, tratamiento o de terapéutica, siempre que dichos aparatos y tratamientos estén reconocidos por la ciencia médica y no se encuentren comprendidos dentro de la obligación de seguro de Responsabilidad Civil por Daños Nucleares, previstos en los capítulos I, II y III de la Ley de Responsabilidad Civil por Daños Nucleares. 49

51 f) Derivada de la aplicación, a pacientes, de materias radioactivas naturales o artificiales en aparatos en los que está incorporado un isótopo irradiador (por ejemplo, la bomba de cobalto) y otras materias radioactivas Gastos y costas legales por reclamaciones en materia civil Quedan asegurados los gastos y costas legales por reclamaciones en materia civil, bajo las siguientes bases: a) Cuando el abogado sea designado por la Compañía, los gastos de defensa estarán asegurados hasta por un monto igual al 50% adicional a la suma asegurada contratada. b) En caso de que el Asegurado designe a su propio abogado, los gastos de defensa estarán cubiertos hasta por el mismo monto del 50% adicional de la suma asegurada contratada, con un límite por concepto de honorarios de abogados del 20% de dicho monto. Queda entendido y convenido que los límites establecidos en los incisos a) y b) anteriores operan para uno y todos los siniestros presentados durante la vigencia de la póliza. Cualquier indemnización hecha por la Compañía bajo este concepto, reducirá en igual cantidad la suma asegurada establecida para el mismo, por lo que las indemnizaciones de siniestros subsecuentes serán pagadas hasta el límite de la suma restante Exclusiones Esta cobertura en ningún caso ampara ni se refiere a reclamaciones y/o responsabilidades: 50

52 a) Notificadas al Asegurado, judicial o extrajudicialmente, antes del inicio de la vigencia de la presente póliza. b) Cuando las reclamaciones del paciente afectado y/o sus beneficiarios no sean hechas por escrito al Asegurado. c) Derivadas de transfusiones de sangre o por la actividad de bancos de sangre. d) Derivadas de daños causados por servicios profesionales proporcionados bajo la influencia de narcóticos, medicamentos o sustancias que de cualquier manera afecten el buen funcionamiento del sistema nervioso. e) Derivadas de daños y/o perjuicios que sean consecuencia directa de tratamientos dolosamente innecesarios o por la violación del secreto profesional. f) Dirigidas a la obtención de reembolso de honorarios profesionales del Asegurado. g) Derivadas de daños relacionados, de cualquier modo, con el SIDA. h) Por daños genéticos. i) Por daños sufridos por cualquier persona que ejerza actividades profesionales, científicas o derivadas de la medicina en el consultorio o lugar de trabajo del Asegurado, y que por el ejercicio de esta actividad sufra daños. j) Quedan excluidos de la protección de este seguro los anestesiólogos, a menos que sean los asegurados titulares de esta póliza. k) En el caso de médicos odontólogos u ortodoncistas: Por daños causados por la aplicación de anestesia general o mientras el paciente se encuentra bajo 51

53 anestesia general, si esta anestesia no fue llevada a cabo en un hospital acreditado para dicho fin. l) En el caso de la cirugía plástica, no quedan amparados los resultados en la configuración y aspecto físico estético de la operación o tratamiento, así como la insatisfacción del paciente por las mismas causas. m) Derivadas de un diagnóstico, tratamiento y/o procedimiento quirúrgico que no le corresponda al Asegurado, de acuerdo a su especialidad. n) Derivadas de los daños ocasionados por los medicamentos recetados por el Asegurado. o) Derivadas de los daños causados por medicamentos y/o aparatos en fase experimental o que no se encuentren registrados ante la autoridad competente, en caso de ser necesario su registro conforme a la legislación de la materia Fianza garantizada En caso de algún siniestro cubierto por la cobertura de Responsabilidad Civil Profesional para Médicos, y de acuerdo con los requisitos que la Ley establece respecto a la presentación de una fianza para lograr la libertad provisional, condicional y/o preparatoria del Asegurado, la Compañía pagará el importe de la prima correspondiente a dicha fianza, expedida por una Compañía Afianzadora legalmente constituida Asistencia legal en lo penal En caso de algún siniestro cubierto por la cobertura de Responsabilidad Civil Profesional para Médicos, mediante esta cobertura también se otorgan los servicios profesionales de asistencia legal necesaria en los procedimientos 52

54 penales y que, de acuerdo a las leyes vigentes en la República Mexicana, requieren del inicio y seguimiento de cualquier procedimiento, comprometiéndose la Compañía a cubrir los gastos de defensa que permitan gestionar, con la anuencia del Asegurado, su libertad provisional y/o condicional según corresponda de acuerdo al procedimiento iniciado Seguro de Gastos Médicos Mayores Son los que cubren la lesión o incapacidad que afecte la integridad personal o la salud del Asegurado, ocasionada por un accidente o enfermedad. En esta clase de seguros la Aseguradora, mediante el pago de la prima correspondiente, cubre los gastos hospitalarios, atención médica, intervenciones quirúrgicas, alimentos, medicamentos, análisis clínicos, rayos x, etc. a los asegurados y en su caso a los dependientes económicos cuando así quede convenido en la póliza del seguro. Para cada plan de seguro hay una cobertura específica, por lo que es conveniente que revises el contenido de tu póliza y verifiques que la cobertura del plan que contrataste cubra tus necesidades. Las prestaciones más comunes que tienen estos seguros son: Cuarto y alimentación en el hospital (privado o compartido). Cama extra para un acompañante cuando el asegurado esté internado. Servicios generales de enfermería. Laboratorios y rayos X en el hospital. Medicamentos en el hospital. Gastos varios en el hospital. Honorarios de los médicos. Operaciones y servicios de anestesia. Terapia intensiva y Servicio de transporte de urgencia. 53

55 Cobertura de enfermedades adicionales aumentando el monto de la prima. Terapias fuera del hospital como paciente externo. En el contrato pueden establecerse además los siguientes beneficios adicionales: a) Una suma asegurada, que percibirían los herederos legales o los beneficiarios designados en la póliza en caso de fallecimiento accidental del Asegurado. Esta cobertura se puede ampliar de manera que cubra las pérdidas orgánicas originadas a consecuencia de un accidente, para lo cual se establece una Escala de Indemnizaciones que estipulan el porcentaje de la suma asegurada que corresponderá por cada tipo de pérdida orgánica. b) Una suma asegurada en caso de incapacidad permanente y total, causada por accidente. Cuando se trate de incapacidad permanente parcial, la Compañía de Seguros sólo pagará un porcentaje de la suma asegurada establecida para esta cobertura, de acuerdo con la gravedad de la lesión y conforme a la tabla específica que se encuentra en las condiciones generales de la póliza. c) Una pensión diaria en caso de incapacidad temporal durante los días en que el Asegurado permanezca inactivo a causa del accidente. d) Extensión de la cobertura del seguro a algunos países extranjeros. 54

56 Términos relacionados con el seguro de Gastos Mayores Período de espera.- Período de tiempo establecido en la póliza, a partir de la contratación del seguro, durante el cual la Aseguradora no cubre los gastos por la atención o tratamiento médico de ciertas enfermedades o padecimientos. Preexistencia.- Es la enfermedad o padecimiento que se inició antes de la contratación del Seguro de Gastos Médicos y que consecuentemente no están cubiertos por el seguro. Deducible.- Es una cantidad de dinero a partir de la cual la Aseguradora empieza a pagar el monto de la reclamación. La Aseguradora no pagará accidentes o enfermedades cuya atención o tratamiento implique un monto menor al deducible. Coaseguro.- Es un porcentaje del total del monto que la aseguradora haya considerado como procedente para la atención o tratamiento derivado de un padecimiento, una vez que ha sido descontado el deducible. Este porcentaje también lo pagará el asegurado. La mayoría de los seguros de gastos médicos, además del deducible, hacen que el Usuario se solidarice con ellos pagando una parte de los gastos, a lo cual se le llama coaseguro, por lo tanto lo convierten en coasegurador. El pago de esta cantidad tiene como objeto que sólo se utilice el seguro en caso de una enfermedad realmente grave, pero generalmente la Aseguradora no cobra ni deducible ni coaseguro en el caso de accidentes Formas de pago en caso de utilizar el seguro Las formas en que la aseguradora podrá indemnizarte son: 55

57 a) Pago directo en el cual el asegurado solo paga el deducible y coaseguro y la aseguradora paga directamente al médico u hospital. b) Reembolso en el cual el asegurado paga al médico u hospital y después por medio de una reclamación presentada a la aseguradora, ésta paga al asegurado los gastos que hayan sobrepasado las cantidades del deducible y del coaseguro. Para que la compañía pueda tramitar la indemnización correspondiente, es necesario que entregues toda la documentación e información que ésta requiere, o en su defecto, que lleves a cabo los procedimientos necesarios para la reposición de tales documentos, ya que sin ellos no podrán entregarte la indemnización respectiva Cláusulas del Seguro de gastos médicos mayores que es importante que estén en tu póliza a) Importe de la suma asegurada por evento o reclamación, por período o por la vida del asegurado. Asegúrate de que la suma asegura da se reinstale (vuelva a ser por la misma cantidad) después de cada reclamación o periodo. b) Que cubra cirugía estética, procedimientos odontológicos y oftalmológicos requeridos a causa de un accidente o enfermedad que sí esté cubierta. c) Los deportes conocidos como peligrosos (automovilismo, motociclismo, tauromaquia, paracaidismo, etc.) están excluidos de estas pólizas, sin embargo, si los pones en práctica, pueden estar cubiertos cuando se paga una extraprima. d) Que cuente con la cobertura de enfermedades graves, Ej.: cáncer, SIDA. 56

58 e) Si cambias de aseguradora, verifica que te respeten tu antigüedad Plazos para el pago de tu póliza Cada una de las Compañías de Seguros podrá ofrecerte diversos plazos para el pago de las pólizas aunque regularmente los tipos de plazo son anuales, semestrales, trimestrales o mensuales. Debemos hacer notar que si eliges una forma de pago anual solo pagarás el costo del seguro en una sola exhibición, pero si eliges alguna otra diferente como puede ser el pago semestral, trimestral, etc., la aseguradora incluirá dentro del precio del seguro una cantidad extra como costo de financiamiento. A partir de que contrates tu seguro de gastos médicos, independientemente de la forma de pago que hayas elegido (anual, semestral, trimestral, etc.), de acuerdo a la ley tienes 30 días para realizar el pago de tu póliza, así como para hacer cualquier aclaración en el contenido de la misma. Una vez transcurrido ese plazo si no has realizado el pago del seguro la Compañía Aseguradora podrá cancelar tu póliza y no estarás protegido. Es importante que estés enterado de que cada vez que se venza el plazo de vigencia de tu póliza, y una vez que hayas informado a tu aseguradora por medio de tu agente de seguros de tu deseo de renovarla, contarás con el plazo de 30 días señalado a partir del vencimiento de la misma. Existen varias aseguradoras que ofrecen planes de seguros de gastos médicos, por lo que es importante que antes de decidirse por alguno, contactes a los diferentes agentes de seguros de esas Compañías para que te hagan un presupuesto en base al seguro que necesites. Con todo esto, te encontrarás en posibilidad de elegir el plan de seguros que mejor convenga a tu presupuesto y 57

59 a tus necesidades. No firmes ningún documento sin leerlo, ni tampoco firmes o pagues tu póliza si no estas de acuerdo con las condiciones de la misma Ramo de pensiones: Autorización para operar El primero de julio de 1997, entraron en vigor las Reformas a la Ley del Seguro Social, cambio trascendente para el futuro de los trabajadores afiliados al mismo Instituto. Uno de los cambios importantes a la Reforma, fue el abrir la posibilidad a que las Instituciones de Seguros llevaran a cabo la administración y pago de las Pensiones Derivadas de la Seguridad Social, actividad que desarrollaba anteriormente el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), de conformidad a lo marcado en la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros (Artículo Décimo Noveno), es la encargada de autorizar a las Compañías Aseguradoras la operación de los Seguros de Pensiones Derivados de la Seguridad Social a través de dos tipos de autorización: Autorización para que las instituciones de seguros puedan operar el ramo de pensiones a través de constituirse como compañías de pensiones especializadas, las cuales solo podrán manejar los Seguros de Pensiones. Autorización para que las instituciones de seguros que manejan el ramo de vida, puedan ampliar su operación y así comercializar los seguros de pensiones por un plazo de 5 años, obligando a las mismas a separar la operación de pensiones antes del 1o de julio del Ambos tipos de autorización están sujetos a previa certificación por parte de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF), con la cual se garantiza que todas las compañías que operan el ramo cuentan con la solvencia económica y 58

60 financiera, los sistemas y la capacidad para operar en forma correcta los seguros de Pensiones. El plazo de 5 años marcado para las compañías que operan el ramo de pensiones, como un ramo más de su aseguradora, es un plazo que la Ley les otorga para que se conviertan en compañías exclusivas de pensiones. Lo anterior implica que, lejos que éstas compañías desaparezcan, se formalizarán legalmente como compañías de pensiones terminado dicho plazo, acatando así los cambios que establece la Ley Consejos para trámite de pensión Si un trabajador está tramitando su pensión, es importante que tenga presente lo siguiente: El IMSS es quien determina el derecho a recibir una pensión así como el monto y demás prestaciones contempladas en la Ley. Las pensiones por incapacidad, invalidez o muerte de un trabajador, que se originen a partir del 1º de julio de 1997, serán pagadas por aseguradoras autorizadas de acuerdo a la Nueva Ley del Seguro Social. Para que elijas libre y correctamente a la Compañía Aseguradora que te pagará tu pensión, te recomendamos que: Recibas y escuches en tu domicilio a los representantes debidamente acreditados de las aseguradoras autorizadas. Ellos te explicarán los beneficios que por Ley te corresponden y aquellos que en forma 59

61 adicional te ofrecerán sin costo alguno. Asegúrate que los beneficios adicionales que te ofrezcan sean claros y precisos en sus términos. Compara todas las ofertas que por escrito te presenten. Toma tu tiempo para analizarlas y no permitas que nadie te presione o quiera intervenir. El trámite debe ser personal ya que estás decidiendo tu futuro y el de tu familia. Está prohibido que los representantes de las Aseguradoras te ofrezcan pagos en efectivo antes o al momento de la firma de tu Documento de Elegibilidad; tampoco deben utilizar los beneficios adicionales como medida de presión para que hagas tu elección. Todos los pagos que te correspondan te serán entregados en la fecha establecida, después de que hayas recibido su póliza del Seguro de Pensiones. Recuerda que tu mismo puedes realizar los trámites, no permitas que otra persona los realice por ti. Las compañías autorizadas para estos trámites son las siguientes: HSBC Pensiones, S.A. HSBC Rentas Vitalicias, S.A. Metlife Pensiones México, S.A. Pensiones Banamex, S.A. De C.V. Pensiones Banorte Generali, S.A. De C.V. Pensiones BBVA Bancomer, S.A. De C.V. Pensiones Comercial América, S.A. De C.V Pensiones Inbursa, S.A. Principal Pensiones, S.A. De C.V. Profuturo GNP Pensiones, S.A. De C.V. 60

62 2.6 Instituciones de seguros Son instituciones que se obligan a resarcir un daño cubrir, de manera directa o indirecta, una cantidad de dinero en caso de que se presente un evento futuro e incierto, previsto por las partes, contra el pago de una cantidad de dinero llamada prima. Las operaciones de seguros se dividen en tres tipos: vida, daños, o accidentes y enfermedades. Las instituciones de seguros son supervisadas por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF) y se rigen por lo dispuesto en la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros (LGISMS) y son supervisadas por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF), la cual emite circulares y oficios circulares mediante los cuales establece reglas y requerimientos a los que habrán de sujetarse estas instituciones. El Banco de México emite las Reglas a las que Deberán Sujetarse las Instituciones de Banca Múltiple; Casas de Bolsa; Instituciones de Seguros; Instituciones de Fianzas y Sociedades Financieras de Objeto Limitado, en las Operaciones de Fideicomiso (Circular 1/2005) Instituciones Autorizadas A. N. A. Compañía de Seguros, S. A. de C. V. ABA Seguros, S. A. de C. V. ACE Seguros, S. A. Agroasemex, S. A. AIG México, Seguros Interamericana, S.A. de C.V AIG United Guaranty México, S.A. ALICO México Compañía de Seguros de Vida, S. A. de C. V. Allianz México, S. A., Compañía de Seguros 61

63 American National de México, Compañía de Seguros de Vida, S. A. de C. V. Aseguradora Interacciones, S. A., Grupo Financiero Interacciones Aseguradora Patrimonial Daños, S. A. Aseguradora Patrimonial Vida, S. A. Assurant Daños México, S. A. Assurant Vida México, S. A. Atradius Seguros de Crédito, S. A. AXA Seguros, S. A. de C. V. BUPA México, Compañía de Seguros, S. A. de C. V. Cardif México Seguros de Vida, S. A. de C. V. Cardif México Seguros Generales, S.A. de C.V. CESCE México, S.A. de C.V. CHARTIS Seguros México, S.A. de C.V. Chubb de México, Compañía de Seguros, S.A. de C.V. COFACE Seguro de Crédito México, S.A. de C.V. Deco Seguros, S.A. de C.V. Dentegra Seguros Dentales, S.A. El Águila, Compañía de Seguros, S.A. de C.V. Euler Hermes Seguro de Crédito, S.A. Fidelity National Title de México, S.A. de C.V. FM Global de México, S.A. de C.V. General de Salud, Compañía de Seguros, S. A. General de Seguros, S. A. B. 62

64 Grupo Mexicano de Seguros, S.A. de C.V. Grupo Nacional Provincial, S. A. B. HDI-Gerling de México Seguros, S.A. HDI Seguros, S.A. de C.V. HIR Compañía de Seguros, S.A. de C.V. HSBC Seguros, S.A. de C.V., Grupo Financiero HSBC HSBC Vida, S.A. de C.V. Insignia Life, S.A. de C.V. La Latinoamericana Seguros, S.A. Land America Title Insurance Company of México, S.A. Mapfre Seguros de Crédito, S.A. Mapfre Tepeyac, S.A. Médica Integral GNP, S.A. de C.V. Metlife México, S.A. Metropolitana Compañía de Seguros, S.A. Patrimonial Inbursa, S.A. Plan Seguro, S.A. de C.V., Compañía de Seguros Preventis, S.A. de C.V., Grupo Financiero BBVA Bancomer Primero Seguros, S.A. de C.V. Primero Seguros Vida, S.A. de C.V. Principal México, Compañía de Seguros, S.A. de C.V. Protección Agropecuaria, Compañía de Seguros, S.A. Prudential Seguros México, S.A., Prudential Grupo Financiero 63

65 QBE de México Compañía de Seguros, S.A. de C.V. QBE del Istmo México, Compañía de Reaseguros, S.A. de C.V. Quálitas, Compañía de Seguros, S.A. de C.V. Reaseguradora Patria, S.A.B. Royal & SunAlliance Seguros (México), S.A. de C.V. Salud Inbursa, S.A. SaludCoop México, S.A. de C.V. Seguros Afirme, S.A. de C.V., Afirme Grupo Financiero Seguros Argos, S.A. de C.V. Seguros Atlas, S.A. Seguros Azteca Daños, S.A. de C.V. Seguros Azteca, S.A. de C.V. Seguros Banamex, S.A. de C.V., Grupo Financiero Banamex Seguros Banorte Generali, S.A. de C.V., Grupo Financiero Banorte Seguros BBVA Bancomer, S.A. de C.V., Grupo Financiero BBVA Bancomer Seguros Centauro, Salud Especializada, S.A. de C.V. Seguros El Potosí, S.A. Seguros Inbursa, S.A., Grupo Financiero Inbursa Seguros Monterrey New York Life, S.A. de C.V. Seguros Multiva, S.A., Grupo Financiero Multiva Seguros Santander, S.A., Grupo Financiero Santander Servicios Integrales de Salud Nova, S.A. de C.V. Skandia Vida, S.A. de C.V. 64

66 Sompo Japan Insurance de México, S.A. de C.V. Stewart Title Guaranty de México, S.A. de C.V. Tokio Marine, Compañía de Seguros, S.A. de C.V. Torreón, Sociedad Mutualista de Seguros Vitamédica, S.A. de C.V. XL Insurance México, S.A. de C.V. Zurich Vida, Compañía de Seguros, S.A. Zurich, Compañía de Seguros, S.A. 3.5 Principales compañías aseguradoras A.N.A Compañía de Seguros S.A. de C.V. Fundada desde 1995, especializada en el Ramo de Automóviles con los conocimientos y solidez para cumplir con los compromisos asumidos por sus agentes. Ana Seguros busca la excelencia en la calidad de sus servicios, respaldada por tecnología de punta y personal altamente capacitado. Esta compañía forma parte de un nuevo Grupo Asegurador Mexicano (Autos, Vida, Daños y Servicios de Salud) a través de las siguientes Empresas: ANA Compañía de Seguros, S.A. de C.V., Seguros Argos, S.A. de C.V., GMX Grupo Mexicano de Seguros, S.A. de C.V. y ZEUSALUD, S.A. de C.V. ABA Seguros S.A. de C.V. Especializada en el ramo de daños, que ha desarrollado una amplia gama de productos que permite ofrecer a sus clientes, además de tarifas competitivas, un servicio de calidad a través de su extensa red de agentes profesionales en seguros. Algunos de los productos que ofrece productos son: seguros de auto, 65

67 casa, y empresa. Sus oficinas se encuentran ubicadas en los principales estados de la república, y cuenta con el apoyo de reaseguradores como: Muenchener, Swiss, Mapfre, Odyssey y Patria. Dispone de una red de más de 3,750 proveedores a nivel nacional y El tiempo promedio de pago de pérdida total por daños materiales es de 24 horas una vez recibida toda la documentación requerida. En el caso de robo total es al décimo día después de haber reportado el robo. Si el robo fue en el D.F. o Estado de México es a los 30 días considerando también que ya contemos con toda la documentación. ABA Seguros cuenta con una red de talleres autorizados, agencias de autos, proveedores de refacciones, servicios mecánicos y grúas para realizar el proceso de reparación de autos siniestrados. Todos los autos de sus ajustadores tienen equipo GPS para una rápida localización, así envían al ajustador más cercano al lugar del accidente. AIG México, Seguros Interamericana, S.A. de C.V. AIG se especializa seguros y servicios financieros. Su red se extiende por más de 130 países alrededor del mundo. Sus clientes son particulares, instituciones y empresas. En los Estados Unidos AIG es el actor más importante en el sector de seguros comerciales e industriales. Cotiza en las bolsas de Nueva York, Zúrich, París y Tokyo. 66

68 Allianz México, S. A., Compañía de Seguros Allianz Seguros es la filial española del grupo asegurador alemán Allianz Group, uno de los es más grandes del mundo, que cuenta con presencia en más de 70 países donde presta servicios a más de 60 millones de clientes. En España la compañía lleva a cabo una estrategia multicanal, ofreciendo sus soluciones de aseguramiento a través de una extensa Red de Mediadores y Agentes de seguros bajo la marca Allianz y por otro lado, comercializando directamente por teléfono e Internet seguros de automóvil y motos bajo la marca Fenix Directo. ALICO México Compañía de Seguros de Vida, S.A. de C.V. Alico se creó en 1921, es una compañía multinacional que está presente en 54 países del mundo. Es una compañía aseguradora, líder en protección de datos, marketing directo y seguros colectivos. Alico tiene 90 años de experiencia, por ello, es considerada una de las mejores compañías de seguros de vida del mundo. Dispone de una sede en Wilmington, Delaware (USA). En España, Alico, lleva presente desde 1969, siendo líder en protección de datos, marketing directo y seguros colectivos. Ha conseguido el 7º puesto en el Ranking de operaciones de Alico, en el mundo por beneficios US GAAP. Alico se encuentra tutelada por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP). 67

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