La Confederación Empresarial Norte de Madrid (CENOR), gracias a la financiación de la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales, continúa
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- María Mercedes Rojas Alarcón
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1 QUÉ TE OFRECEMOS? La Confederación Empresarial Norte de Madrid (CENOR), gracias a la financiación de la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales, continúa llevando a cabo acciones y estrategias gratuitas para seguir promoviendo condiciones de trabajo seguras en las empresas de la zona: SERVICIO GRATUITO DE ASESORAMIENTO EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES PARA PYMES DE LA ZONA NORTE DE MADRID 2
2 QUÉ SON LOS RIESGOS LABORALES? OBLIGACIONES COMO EMPRESARIO El Art. 4 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales define el término como la posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado de su trabajo. Es necesario realizar una serie de acciones para eliminar o minimizar estos riesgos porque si no se conocen ni se estudian pueden dar lugar a alteraciones en la salud o lo que llamamos DAÑOS DERIVADOS DEL TRABAJO: En el momento que dispones de trabajadores, debes darles protección ante los riesgos laborales. Para ello, tienes que realizar una prevención permanente y específica de los riesgos laborales existentes en tu empresa. Implantar la acción preventiva elaborando y haciendo un seguimiento de los siguientes documentos: Plan de Prevención, Evaluación de Riesgos y Planificación de la acción preventiva principalmente. Proporcionar a los trabajadores Equipos de Protección Individual (EPI s) cuando no se hayan podido reducir ni evitar los riesgos mediante las medidas de protección colectivas. Informar y formar a los trabajadores sobre los riesgos del centro de trabajo y los asociados a su puesto de trabajo o tareas desempeñadas, así como actuación en caso de emergencias. Poner a disposición de los trabajadores la Vigilancia de la Salud. Realizar la investigación de accidentes cuando se haya producido uno. Saber por qué razones se produjo ayudará a establecer las medidas necesarias para evitar que se vuelva a producir. Establecer un plan o medidas de emergencia. 3 Facilitar la consulta y participación de los trabajadores en todas las cuestiones que afecten a la seguridad y salud en el trabajo. 4
3 OBLIGACIONES COMO TRABAJADOR Velar tanto por su seguridad como por la de las personas a las que pueda afectar su actividad, de acuerdo con su formación e indicaciones del empresario. Usar correctamente aparatos, herramientas, sustancias peligrosas y cualquier utensilio de trabajo. Hacer uso de los EPI s de forma correcta. No poner fuera de funcionamiento y utilizar correctamente los dispositivos de seguridad en los lugares de trabajo. Alertar acerca de cualquier situación que entrañe un riesgo para la seguridad. CÓMO GESTIONAMOS LA PREVENCIÓN? POSIBLES MODALIDADES ASUNCIÓN POR EL EMPRESARIO El empresario podrá gestionar personalmente la prevención, con excepción de la Vigilancia de la salud, cuando: tenga hasta 10 trabajadores; la actividad no sea especialmente peligrosa (se encuentre en el Anexo I); esté capacitado y desarrolle de forma habitual su actividad en el centro de trabajo. DESIGNACIÓN DE TRABAJADORES El empresario podrá designar a uno o varios trabajadores con la capacidad necesaria para ocuparse de la actividad preventiva de la empresa. Los medios y el tiempo que el empresario ponga a su disposición deberán ser los necesarios para desarrollar las funciones. Contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la autoridad competente con el fin de proteger la seguridad y salud de los trabajadores en el ambiente laboral. DERECHOS DEL TRABAJADOR Disponer de EPI s cuando sean necesarios para las tareas realizadas. Informar, consultar y participar en la Prevención de Riesgos Laborales de la empresa. Recibir información y formación en materia preventiva. Vigilancia periódica del estado de salud. 5 CONSTITUCIÓN DE UN SERVICIO DE PREVENCIÓN PROPIO Se constituirá cuando la empresa tenga más de 500 trabajadores, entre 250 y 500 (si la actividad se encuentra en el Anexo I) o cuando así lo decida la autoridad laboral. CONTRATACIÓN DE UN SERVICIO DE PREVENCIÓN AJENO El empresario podrá contratar un SPA siempre que no esté obligado a tener un SPP. En cualquier caso, tendrá obligaciones en materia preventiva que debe asumir. 6
4 CÓMO GESTIONAMOS LA PREVENCIÓN? DOCUMENTACIÓN PRINCIPAL CÓMO GESTIONAMOS LA PREVENCIÓN? INFORMACIÓN Y FORMACIÓN PLAN DE PREVENCIÓN El Art. 16 de la Ley establece que este documento debe incluir los siguientes elementos: - Identificación de la empresa, su actividad productiva, el número y características de los centros de trabajo y de trabajadores. - La estructura organizativa de la empresa, identificando las funciones y responsabilidades que asume cada uno de sus niveles jerárquicos y los respectivos cauces de comunicación entre ellos en prevención. - La organización de la producción en cuanto a la identificación de los distintos procesos técnicos y procedimientos organizativos existentes en la empresa, en relación con la prevención. - La organización de la prevención en la empresa, indicando la modalidad preventiva elegida y los órganos de representación existentes. - La política, los objetivos y las metas que en materia de prevención pretende alcanzar la empresa. El empresario adoptará las medidas necesarias para que los trabajadores reciban toda la información necesaria en relación: A los Riesgos existentes, tanto a nivel general de la empresa como los específicos de su puesto de trabajo. Las medidas y actividades de protección y prevención aplicables a dichos Riesgos. Las Medidas previstas para situaciones de Emergencia. La información se canalizará a través de los representantes de los trabajadores, salvo la relativa a los Riesgos específicos de cada puesto de trabajo que se comunicará directamente a cada trabajador. Recuerda que los trabajadores con relaciones de trabajo temporales y los que provengan de ETT, tienen los mismos derechos en cuanto a la Información, que debe realizarse con carácter previo a su incorporación al Puesto de trabajo. VIGILANCIA DE LA SALUD EVALUACIÓN DE RIESGOS Recoge los riesgos detectados que no se han podido evitar y su valoración. Se evaluarán teniendo en cuenta la probabilidad de que ocurra el riesgo y la severidad de las consecuencias. PLANIFICACIÓN DE LA ACCIÓN PREVENTIVA En este documento se establecen las medidas a adoptar para eliminar o minimizar los riesgos detectados en la evaluación. Se incluyen los RRHH, económicos y los plazos para realizar las medidas preventivas indicadas. Es necesario hacer un seguimiento del mismo 7 Los trabajadores tienen derecho a que el empresario garantice la vigilancia periódica de su estado de salud. Esta vigilancia se realizará: En función de los riesgos inherentes al trabajo que se desempeñe. Con el consentimiento del trabajador (existen casos obligatorios cuando se trata de actividades con especial peligrosidad). De forma lo menos molesta posible para el trabajador y proporcional al riesgo al que esté expuesto. Son datos totalmente confidenciales. 8
5 CÓMO GESTIONAMOS LA PREVENCIÓN? ACTUACIÓN FRENTE A EMERGENCIAS INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES La investigación de accidentes es una técnica de análisis que tiene como objetivo determinar las causas que originaron los accidentes, para eliminarlas o controlarlas mediante acciones preventivas, que eviten su repetición o la aparición de consecuencias más graves. Desde el punto de vista de la gestión preventiva deben investigarse tanto los accidentes como los incidentes (accidentes que no generan lesiones); en el caso de los accidentes porque es un imperativo legal, y en el caso de los incidentes porque a partir de su estudio identificaremos situaciones de riesgo sobre las que actuar. Las fases de investigación de accidentes son las siguientes: 1. Recabar información 2. Análisis de datos y determinación de las causas 3. Propuesta y adopción de medidas correctoras 4. Seguimiento y control de las medidas correctoras aprobadas. EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL Un EPI es cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin. Es deber del empresario proporcionar a los trabajadores, cuando sean necesarios, EPI s adecuados a la actividad que realizan, es decir, únicamente en aquellos casos en los que existan riesgos que no puedan evitarse o limitar suficientemente, mediante protecciones colectivas o medidas organizacionales. 9 Es necesario proteger el lugar de los hechos para evitar más daños o lesiones. Mantener la calma y tranquilidad para hacerse cargo de la situación. Hay que buscar los riesgos persistentes y eliminar sus causas. Siempre que sea posible avise a los servicios sanitarios de la existencia del accidente y así activará el Sistema de Emergencia. Inmediatamente después comience a socorrer mientras espera la ayuda. Es muy importante dar la ALERTA de forma correcta y estructurada. Para ello se debe tener muy claro: - Quién tiene que avisar, - Cómo tiene que dar el mensaje y - A quién debe dar el mensaje Muchas veces, un error en la forma de alertar implica la pérdida de la vida del accidentado, por retraso o por mala interpretación del mensaje. Procederá a actuar sobre el accidentado, reconociendo sus signos vitales SIEMPRE! por este orden: 1. Conciencia 2. Respiración: Mirar, Escuchar, Sentir 3. Pulso 10
6 MANIPULACIÓN DE CARGAS E HIGIENE POSTURAL El 85% de la población sufre a lo largo de su vida algún tipo de dolor lumbar. El 10% de las patologías por una mala postura en el trabajo se convierte en dolencias crónicas. EL TALLER DE PREVENCIÓN DE LESIONES MÚSCULO ESQUELÉTICAS ayuda a prevenir, paliar o eliminar el dolor derivado de las malas posturas en el trabajo. NO LO DEJES PASAR, ES GRATUITO! OBJETIVO: el aprendizaje de los conocimientos y habilidades necesarios para alcanzar y mantener un estado de salud óptimo de su espalda. DURACIÓN: El taller tendrá una duración total de 4 horas (1 teórica/ 3 prácticas). Llámanos y consulta lugares de impartición y horarios disponibles. CONTENIDOS: Teóricos: - Anatomía y Biomecánica básica - Los trastornos músculo-esqueléticos. Factores de riesgo. - Patologías más frecuentes. Medidas preventivas. - Higiene postural y manipulación de cargas. Prácticos: - Ejercicios de movilización - Ejercicios de fortalecimiento - Estiramientos - Relajación Precauciones y contraindicaciones 11 LEGISLACIÓN BÁSICA Ley 31/1995, de 8 de Noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales y sus modificaciones (LEY 54/2003). Real Decreto 39/1997, de 17 de Enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención y sus modificaciones (Real Decreto 688/2005, Real Decreto 604/2006, Real Decreto 298/2009, Real Decreto 337/2010). Real Decreto 1215/1997, de 18 de Julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización de los equipos de trabajo y sus modificaciones (Real Decreto 2177/2004). Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo y sus modificaciones (Real Decreto 2177/2004). Con la financiación de la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales Código de Acción: IT-0032/2010 ASISTENCIA TÉCNICA PRESENCIAL Avda. Cerro del Águila, San Sebastián de los Reyes (Madrid) SERVICIO TELEFÓNICO: SERVICIO ON LINE: madridnorteprevencion@yahoo.es Web: 12
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