REGLAMENTO DE LA CARRERA DE INVESTIGADOR CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "REGLAMENTO DE LA CARRERA DE INVESTIGADOR CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO"

Transcripción

1 1. ESCALAFON 1.1. CATEGORÍAS ORDINARIAS El escalafón de Investigador Científico y Tecnológico estará compuesto por 5 (cinco) categorías ordinarias, a saber: Investigador Superior: Deberá acreditar una extensa y reconocida labor original de investigación científica o de desarrollo tecnológico, de alta jerarquía que lo sitúe en el núcleo de los especialistas reconocidos en el ámbito nacional y/o internacional. Asimismo debe haberse destacado en la formación de discípulos y/o la dirección de centros de investigación y responder a uno de estos criterios básicos: a) haber alcanzado dieciséis (16) años como investigador en instituciones de reconocido prestigio y poseer Título de Magíster o Doctor y b) haberse desempeñado seis (6) años como Director de Proyectos. Investigador Principal: Deberá acreditar una amplia labor científica o de desarrollo tecnológico de originalidad y alta jerarquía reconocida, relevada por la influencia de sus trabajos en el adelanto de su especialidad en el campo de la ciencia o de la técnica, así como poseer capacidad para la formación de discípulos y para la dirección de grupos de investigación y responder a uno de estos criterios básicos: a) haber alcanzado diez (10) años como investigador en instituciones de reconocido prestigio y poseer Título de Magíster o Doctor b) haberse desempeñado tres (3) años como Director de Proyectos. Investigador Independiente: Deberá haber realizado trabajos originales de importancia en investigación científica o tecnológica y estar en condiciones de dirigir proyectos de investigación y/o llevar a cabo investigaciones en forma independiente, y responder a uno de estos criterios básicos: a) haberse desempeñado seis (6) años como investigador en instituciones de reconocido prestigio; b) Título de Magister o Doctor. Investigador Adjunto: Deberá poseer la capacidad de planear y ejecutar una investigación o desarrollo tecnológico y colaborar eficientemente en equipos de investigación y acreditar dos (2) años como investigador asistente en instituciones de reconocido prestigio y tener formación de posgrado. Investigador Asistente: Deberá haber realizado trabajos científicos o desarrollos tecnológicos creativos bajo supervisión, demostrando aptitudes y actitudes hacia el trabajo de investigación. Asimismo deberá poseer un sólido dominio teórico y metodológico orientado hacia el campo investigativo de su especialidad. El Comité Superior de Investigación de la Universidad podrá ajustar los requisitos fijados para el ingreso a cada categoría, cuando situaciones específicas así lo aconsejen. Dada la gran heterogeneidad que presenta el campo de la investigación en las distintas disciplinas de acuerdo a su antigüedad y formas de construcción y avance del conocimiento, el Comité adoptará los criterios particulares correspondientes a cada campo disciplinar. 1

2 Designaciones honoríficas ad honorem El Comité Superior de Investigación podrá elevar para su consideración al Consejo Superior la designación en la categoría honorífica ad honorem de Investigador Superior Emérito a aquellos investigadores que hayan demostrado condiciones sobresalientes para la investigación, la formación y conducción de recursos humanos. Investigador Superior Emérito Deberá acreditar una dilatada y reconocida producción en investigación científica o de desarrollo tecnológico. Sus publicaciones deben ser cuanti y cualitativamente significativas y sus logros y aportes para la disciplina específica deben contar con el reconocimiento nacional e internacional de sus pares. Categorías Extraordinarias 1.2. Becarios de Investigación: Aquellos interesados en iniciar la Carrera de Investigador Científico y Tecnológico dentro de la Universidad y que no reúnan los requisitos para ingresar en las categorías anteriormente descriptas, deberán comenzar como Becarios de Investigación. Se contemplarán dos niveles de becarios: A. Becario de Iniciación: Joven profesional o alumno del último año de la carrera no mayor de 30 años. Deberá incluirse en su carácter de becario en algún proyecto de investigación aprobado por la Universidad. Duración de la beca: 2 años. Será su obligación presentar al Comité Superior de Investigaciones un informe de avance de su trabajo (concluido el primer año) y un informe final al término del segundo año. En caso de que sus informes resultaran aprobados podrá presentarse al segundo nivel de beca. B. Becario de Perfeccionamiento: Accederá a esta categoría becario de iniciación que haya cumplido satisfactoriamente sus obligaciones en dicha categoría y también el joven profesional que acredite sólida formación en metodología de la investigación y haber trabajado como mínimo dos años en proyectos de investigación acreditados en el sistema universitario. No deberán superar la edad de 35 años. Duración de la beca: 2 años. Será su obligación presentar al Comité Superior de Investigaciones un informe de avance de su trabajo (concluido el primer año) y un informe final al término del segundo año. Si los informes de referencia demostraran que los trabajos científicos o desarrollos tecnológicos emprendidos probaran creatividad, aptitudes y actitudes al trabajo de investigación; y demostraran un sólido dominio teórico y metodológico en el campo de su especialidad, se lo declarará en aptitud para gestionar un ingreso al escalafón Categorías Ordinarias de la Carrera de Investigador Otras categorías: También podrán incluirse, fuera del escalafón de Investigador Científico y Tecnológico, personal de investigación y auxiliar de investigación encuadrado dentro de las siguientes categorías: 1. Investigador Docente: Categoría equivalente a la de Profesor Adscripto de los Centros de Altos Estudios. Podrán revestir esta categoría aquellos docentes que quieran 2

3 participar de la investigación y no puedan encuadrarse dentro de las categorías previstas en el escalafón anteriormente descripto. 2. Auxiliar de Investigación: Joven profesional o alumno de los dos últimos años de carrera que no pueda o no desee ser becario. 3. Investigador Externo: Podrán revestir esta categoría aquellos investigadores que realicen un proyecto de investigación a término en las condiciones establecidas en un convenio ad hoc con la Universidad. 2. INGRESO A LAS CATEGORÍAS ORDINARIAS Los investigadores que se incorporen a este régimen lo harán en una de las cinco categorías detalladas, según la evaluación de sus antecedentes. Los que ingresen en las categorías de Investigador Asistente e Investigador Adjunto deberán trabajar bajo la supervisión de un investigador que revista en alguna de las tres primeras categorías (I, II y III). Requisitos de admisibilidad: a- Edad límite: El único límite de edad contemplado está referido a la categoría de: Categoría V, Investigador Asistente: cuarenta y cinco (45) años. No obstante, el Comité Superior de Investigaciones, con el voto de las dos terceras (2/3) partes de sus miembros, podrá establecer las excepciones a los límites de edad del Investigador a incorporar, teniendo en cuenta el interés de la Universidad en su trabajo y el proyecto de investigación. b- Poseer grado académico universitario. No obstante, al igual que para el caso de la edad, el Comité Superior de Investigaciones, con el voto de las dos terceras (2/3) partes de sus miembros, podrá establecer las excepciones a este requisito, teniendo en cuenta el interés de la Universidad en su trabajo y el proyecto de investigación. c- Proponer un lugar de radicación del proyecto de investigación, con posibilidad de realizar convenios que le faculten desarrollar tareas en otras instituciones dentro del marco del plan de trabajo. d- Para las categorías de Investigador Independiente, Principal y Superior será exigido como requisito el haber efectuado publicaciones en revistas de jerarquía nacional y/o internacional, entendiéndose por tales aquellas que cuentan con un comité editorial y de admisión de trabajos. Asimismo serán valorados como equivalente las presentaciones en congresos nacionales e internacionales, especialmente en aquellas áreas disciplinares a que alude el párrafo final del punto 1.1 Categorías Ordinarias de este Reglamento. Documentación de ingreso: Los interesados deberán presentar su solicitud en los formularios correspondientes conteniendo la siguiente información, que se ajustarán a los requerimientos de cada Categoría del Escalafón: a- datos personales. 3

4 b- estudios realizados (fotocopia autenticada del título universitario máximo alcanzado). c- especialidad del solicitante. d- conocimiento de idiomas. e- empleos actuales y anteriores. f- instituciones donde desarrollará sus trabajos. g- cargo que mantiene si ingresa a la Carrera. h- nombre de quien dirigirá su trabajo. i- Exposición sintética de la labor original realizada. j- Plan de trabajos que se propone realizar, el que deberá incluir: lugares en los cuales los desarrollará y recursos humanos y materiales de los que dispondrá para los mismos. k- Nómina de los trabajos originales de investigación realizados. l- Si se ha realizado dirección de tesis, becarios o de trabajos de investigación, se indicará el nombre de los dirigidos y los temas desarrollados. m- Subsidios recibidos, consignándose institución otorgante, objeto de los mismos, año y monto. n- Premios y distinciones obtenidos. o- Otros antecedentes: se indicará toda otra información que se considere de interés para el conocimiento de los antecedentes del aspirante y que no se encuentre comprendida en los puntos anteriores. Las presentaciones efectuadas tendrán carácter de declaración jurada, quedando su falseamiento alcanzado por las disposiciones de la parte Octava del Estatuto de la Universidad: Régimen Disciplinario. La solicitud de ingreso, junto con toda la documentación aportada por el aspirante será considerada y evaluada por el Comité Superior de Investigaciones, que se expedirá mediante un informe técnico, acerca de la aptitud del postulante para su ingreso, la categoría a la que debería ingresar y establecer un orden de méritos para cada categoría, elevando dicho informe al Consejo Superior de la Universidad. Son, por tanto, funciones del Comité Superior de Asesoramiento del Área de Investigación: a- considerar y evaluar las solicitudes de ingreso, seleccionando los candidatos que puedan incorporarse a la Carrera, indicando la categoría a la que deberían incorporarse y el orden de mérito. b- Analizar la situación de los investigadores, a través de sus informes y otros elementos de juicio, y aconsejar al Consejo Superior acerca de su calificación, la cual tendrá efectos para su promoción o cese. El Consejo Superior de la Universidad analizará los informes y recomendaciones del Comité Superior de Investigaciones y, en caso de considerar que puede producirse el ingreso, efectuará la correspondiente designación. 3. OBLIGACIONES El Investigador Científico y Tecnológico deberá cumplir con las siguientes obligaciones: 4

5 a- Presentar un informe científico-tecnológico exhaustivo sobre la labor desarrollada en el período. La presentación será anual para Investigadores Asistentes y bianual para las demás categorías. La Universidad podrá solicitar informes fuera de los plazos establecidos precedentemente. b- Prestar su concurso en las tareas conexas a la investigación que sean encomendadas por el Comité Superior de Investigaciones, tales como organizar y conducir Institutos de Investigación, seminarios y dictado de conferencias. c- Los Investigadores Superiores, Principales e Independientes deberán dirigir a Investigadores Asistentes y Adjunto. d- Brindar asesoramiento científico y técnico sobre temas de su especialidad toda vez que sea requerido. e- Los investigadores que no tuvieran título de posgrados académicos (Maestrías o Doctorados) deberán obtenerlo en un plazo no mayor a 6 años desde su ingreso al escalafón. 5

6 4. PERMANENCIA Y PROMOCION PERMANENCIA.- El investigador podrá permanecer activo en la carrera mientras dé estricto cumplimiento a las obligaciones derivadas del propio proyecto de investigación, de este Reglamento y de las normas vigentes en la Universidad. El Consejo Superior podrá licenciar, suspender o dar de baja de la carrera a aquel investigador, independientemente de su categoría, escalafonaria o no escalafonaria, cuando el Comité Superior de Investigación informe negativamente sobre el cumplimiento de las tareas adjudicadas. El investigador podrá ser promovido a la categoría inmediata superior cuando haya cumplido satisfactoriamente con los requisitos establecidos, y se observe en él, un perfeccionamiento que justifique tal promoción, teniendo en cuenta los requisitos que para su categoría se requieran, debiendo existir además la correspondiente vacante. Para acceder a la promoción a una categoría superior el investigador deberá elaborar la propuesta correspondiente, contemplando los siguientes requisitos: 1- una continuidad mínima de dos años (2) en la categoría de Investigador Asistente; de cuatro años (4) en las categorías de Investigador Adjunto e Independiente; y de seis años (6) en la categoría de Investigador Principal. 2- un informe exhaustivo de la obra realizada por el investigador, desde su incorporación al régimen. 3- un análisis de los resultados obtenidos y de su trascendencia. Con los elementos de juicio anteriormente citados, el Comité Superior de Investigaciones elaborará un informe sobre el investigador y propondrá su promoción al Consejo Superior de la Universidad para su consideración. Anualmente el Comité Superior de Investigaciones determinará la oportunidad para considerar todas las propuestas efectuadas. Éstas quedarán aprobadas con el voto afirmativo de las 2/3 partes de sus miembros, implicando tal aprobación, la elevación de la propuesta al Consejo Superior para su promoción. En caso de denegatoria, el investigador podrá interponer un recurso ante el propio Comité Superior de Investigaciones, el cuál deberá reconsiderar su dictamen original y contestar fundamentadamente el recurso interpuesto. En caso de que el Comité Superior de Investigaciones ratificara la denegatoria, el investigador no tendrá la posibilidad de una nueva solicitud de reconsideración. 5. RESULTADOS DE ESTUDIOS E INVESTIGACIONES Los resultados de los estudios, investigaciones y trabajos realizados por el investigador, sean o no patentables, serán de propiedad compartida entre el investigador y la Universidad, con las particularidades del acuerdo que cada investigador mantenga con la Universidad. En los casos de investigaciones cofinanciadas con otros organismos la propiedad será resuelta por convenio de partes. 6

7 6. DISPOSICIÓN ESPECIAL Cuando una Comisión de Investigación de una Facultad desee que se agreguen otros criterios cuali-cuantitativos a los requisitos de una categoría de Investigador, o se modifiquen los vigentes, lo solicitará al Comité Superior de Investigación, en pedido fundado. 7

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE POSGRADO DEPARTAMENTO DE GEOGRAFÍA Y TURISMO 2015

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE POSGRADO DEPARTAMENTO DE GEOGRAFÍA Y TURISMO 2015 UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR DEPARTAMENTO DE GEOGRAFIA Y TURISMO REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE POSGRADO DEPARTAMENTO DE GEOGRAFÍA Y TURISMO 2015 El Programa de Posgrado del Departamento de Geografía y Turismo

Más detalles

De acuerdo a la Ordenanza Nº 261, aprobada por el Honorable Consejo Superior de la UNLP, en su sesión de fecha 26 de noviembre de 2002.

De acuerdo a la Ordenanza Nº 261, aprobada por el Honorable Consejo Superior de la UNLP, en su sesión de fecha 26 de noviembre de 2002. REGLAMENTACION DE LA CARRERA DE DOCTORADO De acuerdo a la Ordenanza Nº 261, aprobada por el Honorable Consejo Superior de la UNLP, en su sesión de fecha 26 de noviembre de 2002. De los títulos y requisitos.

Más detalles

REGLAMENTO DE PROFESORES - INVESTIGADORES. Reformado en XX sesión de Junta de Gobierno de El Colegio de Tamaulipas

REGLAMENTO DE PROFESORES - INVESTIGADORES. Reformado en XX sesión de Junta de Gobierno de El Colegio de Tamaulipas 1 REGLAMENTO DE PROFESORES - INVESTIGADORES Reformado en XX sesión de Junta de Gobierno de El Colegio de SECCIÓN I.- Disposiciones generales Artículo 1.- El presente reglamento de Profesores - Investigadores

Más detalles

LEY DEL INVESTIGADOR

LEY DEL INVESTIGADOR LEY DEL INVESTIGADOR ALCANCES Artículo 1. La presente Ley establece el régimen de carrera para el Investigador Científico y Tecnológico de la Provincia de Buenos Aires, correspondiendo a la Comisión de

Más detalles

b) Postulantes que no habiendo sido Ordinarios, se han desempeñado en calidad de Interinos en forma ininterrumpida en el cargo en cuestión.

b) Postulantes que no habiendo sido Ordinarios, se han desempeñado en calidad de Interinos en forma ininterrumpida en el cargo en cuestión. REGLAMENTO PARA LA DESIGNACIÓN DE DOCENTES Y AUXILIARES INTERINOS PARA LAS MATERIAS DEL DEPARTAMENTO DE MATERIAS BÁSICAS DE LA U.T.N. FACULTAD REGIONAL HAEDO Art. 1.- El nombramiento de Profesores, Jefes

Más detalles

2013 - Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813 1

2013 - Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813 1 2013 - Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813 1 Carrera nueva Nº 10.803/10: Maestría en Catastro Territorial, Universidad Nacional de San Juan, Facultad de Ingeniería. Dictamen

Más detalles

Universidad del Salvador

Universidad del Salvador Anexo I Resolución Decanal Nº 105/10 Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Especialización en Gestión de Finanzas Reglamento de la Carrera Contenido: Capítulo 1: Consideraciones

Más detalles

TEXTO REFUNDIDO DEL REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POST-GRADO

TEXTO REFUNDIDO DEL REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POST-GRADO TEXTO REFUNDIDO DEL REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POST-GRADO TITULO I DE LA DIRECCION DE INVESTIGACION Y POST-GRADO Art. Nº1 A la Dirección de Investigación y Post-Grado de la Vicerrectoría Académica

Más detalles

Los componentes a ser evaluados en Régimen Docente serán los siguientes:

Los componentes a ser evaluados en Régimen Docente serán los siguientes: 1 UNIVERSIDAD PARA LA COOPERACIÓN INTERNACIONAL (UCI) REGLAMENTO DE RÉGIMEN DOCENTE (2014) Aprobado por el Consejo Académico, en la sesión del 28 de octubre del 2014. El siguiente reglamento regula las

Más detalles

CARRERA DE DOCTORADO EN CIENCIAS MEDICAS REQUISITOS DE ADMISION

CARRERA DE DOCTORADO EN CIENCIAS MEDICAS REQUISITOS DE ADMISION CARRERA DE DOCTORADO EN CIENCIAS MEDICAS REQUISITOS DE ADMISION A) Graduados en la Carrera de Medicina, Bioquímica, Farmacia, Odontología de Universidades Nacionales, Provinciales o Privadas, o de Universidades

Más detalles

REGLAMENTO DE LA DIVISIÓN DE ESTUDIOS SUPERIORES DE LA FACULTAD DE COMERCIO Y ADMINISTRACIÓN

REGLAMENTO DE LA DIVISIÓN DE ESTUDIOS SUPERIORES DE LA FACULTAD DE COMERCIO Y ADMINISTRACIÓN REGLAMENTO DE LA DIVISIÓN DE ESTUDIOS SUPERIORES DE LA FACULTAD DE COMERCIO Y ADMINISTRACIÓN El Consejo Universitario en sesión del 29 de junio de 1965, aprobó el presente ordenamiento en los siguientes

Más detalles

REGLAMENTO PARA LA PROVISION DE CARGOS DOCENTES GRADO 3 DE LA ESCUELA DE NUTRICION Y DIETETICA

REGLAMENTO PARA LA PROVISION DE CARGOS DOCENTES GRADO 3 DE LA ESCUELA DE NUTRICION Y DIETETICA Res. Nº 18 de C.D.C. de 30/VIII/1994 Dist. 652/94 - D.O. 03/V/1995 Modificado por Res. Nº 52 de C.D.C. de 20/VII/2010 Dist. 414/10 D.O. 17/VIII/2010 REGLAMENTO PARA LA PROVISION DE CARGOS DOCENTES GRADO

Más detalles

Criterios Específicos de Área para evaluación de

Criterios Específicos de Área para evaluación de Criterios Específicos de Área para evaluación de postulaciones al Sistema Nacional de Investigadores 2009 Los Criterios Específicos fueron elaborados por las respectivas CTA y discutidos y aprobados por

Más detalles

Sistema de Intercambio de estudiantes Principios generales y lineamientos

Sistema de Intercambio de estudiantes Principios generales y lineamientos Sistema de Intercambio de estudiantes Principios generales y lineamientos Introducción La importancia que se le ha asignado a los intercambios académicos no ha cesado de aumentar en las últimos años. Dentro

Más detalles

CICI Servicio de Información

CICI Servicio de Información BOLETIN OFICIAL Nº 32665 24 de junio de 2013 MINISTERIO DE SALUD Resolución Nº 673/2013 Bs. As., 14/6/2013 VISTO el Expediente 2002-5591-13-0 del MINISTERIO DE SALUD, el Decreto Nº 1286 del 9 de septiembre

Más detalles

NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA EVALUACION DE LA CALIDAD DE LOS PROGRAMAS DE POSTGRADO

NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA EVALUACION DE LA CALIDAD DE LOS PROGRAMAS DE POSTGRADO NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA EVALUACION DE LA CALIDAD DE LOS PROGRAMAS DE POSTGRADO El presente documento se basa en la Guía de Normas y Procedimientos de la Comisión Nacional de Acreditación (CNA)

Más detalles

Ordenanza de las Carreras de Posgrado

Ordenanza de las Carreras de Posgrado Ordenanza de las Carreras de Posgrado Res. N 9 del CDC de fecha 25/09/01 - DISTR. 431/01 - DO 3/10/01 (TEXTO DEFINITIVO) I - ÁMBITO DE APLICACIÓN Artículo 1 - La presente Ordenanza se aplica a las carreras

Más detalles

UNIVERSIDAD CIENTIFICA DEL SUR INSTITUTO SISE UNIDAD DE SERVICIOS ODONTOLOGICOS UNIDAD DE SERVICIOS CORPORATIVOS UNIDAD PECUARIA DE CAPACITACION E

UNIVERSIDAD CIENTIFICA DEL SUR INSTITUTO SISE UNIDAD DE SERVICIOS ODONTOLOGICOS UNIDAD DE SERVICIOS CORPORATIVOS UNIDAD PECUARIA DE CAPACITACION E UNIVERSIDAD CIENTIFICA DEL SUR INSTITUTO SISE UNIDAD DE SERVICIOS ODONTOLOGICOS UNIDAD DE SERVICIOS CORPORATIVOS UNIDAD PECUARIA DE CAPACITACION E INVESTIGACION MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA

Más detalles

INSTRUCTIVO SIGEVA PARA USUARIOS

INSTRUCTIVO SIGEVA PARA USUARIOS INSTRUCTIVO SIGEVA PARA USUARIOS Para acceder al sistema tiene que ingresar a la siguiente página web http://sigeva.unc.edu.ar. (Asegúrese de haber ingresado al sistema de la Universidad Nacional de Córdoba,

Más detalles

PROGRAMA DE BECAS PARA ESTUDIANTES CHILENOS

PROGRAMA DE BECAS PARA ESTUDIANTES CHILENOS PROGRAMA DE BECAS PARA ESTUDIANTES CHILENOS La Fundación Konrad Adenauer promueve el estudio de extranjeros en universidades de la República Federal de Alemania. Mediante esta promoción los estudiantes

Más detalles

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA. UNIDAD XOCHIMILCO División de Ciencias Biológicas y de la Salud

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA. UNIDAD XOCHIMILCO División de Ciencias Biológicas y de la Salud UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA UNIDAD XOCHIMILCO División de Ciencias Biológicas y de la Salud Maestría en Ciencias en Salud de los Trabajadores Grado: Maestro o Maestra en Ciencias en Salud de los

Más detalles

Corporación Vitivinícola Argentina Asociación Ad Hoc de IDi. Apoyo a la formación de Recursos Humanos

Corporación Vitivinícola Argentina Asociación Ad Hoc de IDi. Apoyo a la formación de Recursos Humanos Corporación Vitivinícola Argentina Asociación Ad Hoc de IDi Apoyo a la formación de Recursos Humanos Reglamento de Becas de Investigación Científica y Tecnológica Artículo 1. DENOMINACION Se denominan

Más detalles

Reglamento Interno. Programa de Magíster

Reglamento Interno. Programa de Magíster Reglamento Interno Programa de Magíster Versión Acreditación Departamento de Ingeniería Eléctrica (Reglamento vigente desde junio de 2011) Santiago, Junio de 2011 Í N D I C E 1. INTRODUCCIÓN... 3 2. DESCRIPCIÓN

Más detalles

Por ello, LA COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN UNIVERSITARIA RESUELVE:

Por ello, LA COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN UNIVERSITARIA RESUELVE: 1 RESOLUCIÓN N : 539/15 ASUNTO: Acreditar la carrera de Especialización en Inmunología y Alergia, del Instituto Universitario Italiano de Rosario, Escuela de Medicina, Centro Formador Sanatorio Británico,

Más detalles

Julio 2011. Art. 119 La formación que la Universidad ofrece a los alumnos de posgrado se funda en su misión y objetivos:

Julio 2011. Art. 119 La formación que la Universidad ofrece a los alumnos de posgrado se funda en su misión y objetivos: DE LOS ESTUDIOS DE POSGRADOS Art. 119 La formación que la Universidad ofrece a los alumnos de posgrado se funda en su misión y objetivos: I. Misión: Buscar la formación de investigadores y profesionales

Más detalles

NORMATIVA SOBRE EL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE POSGRADO UNIVERSIDAD DE ALCALÁ

NORMATIVA SOBRE EL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE POSGRADO UNIVERSIDAD DE ALCALÁ NORMATIVA SOBRE EL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE POSGRADO UNIVERSIDAD DE ALCALÁ 1 ÍNDICE EXPOSICIÓN DE MOTIVOS CAPÍTULO I. DISPOSICIONES

Más detalles

ORDENANZA ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO DE LA ESCUELA DE POSTGRADO Y EDUCACIÓN CONTINUA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA

ORDENANZA ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO DE LA ESCUELA DE POSTGRADO Y EDUCACIÓN CONTINUA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA Nº 1-3-015-02-2013 Aprobada en: 31ª Sesión Ordinaria del Consejo Directivo Fecha: 28/5/13 ORDENANZA ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO DE LA ESCUELA DE POSTGRADO Y EDUCACIÓN CONTINUA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA

Más detalles

PROCEDIMIENTOS DE MATRÍCULA EN TITULACIONES OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER (Aprobado en Consejo de Gobierno de 30 de abril de 2014 )

PROCEDIMIENTOS DE MATRÍCULA EN TITULACIONES OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER (Aprobado en Consejo de Gobierno de 30 de abril de 2014 ) VICERRECTORADO DE DOCENCIA PROCEDIMIENTOS DE MATRÍCULA EN TITULACIONES OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER (Aprobado en Consejo de Gobierno de 30 de abril de 2014 ) I. DISPOSICIONES GENERALES Primero. Ámbito de

Más detalles

ANEXO I FORMA DE PRESENTACIÓN DE LOS ANTECEDENTES DEL POSTULANTE PARA LOS EFECTOS DEL PROCESO DE JERARQUIZACIÓN

ANEXO I FORMA DE PRESENTACIÓN DE LOS ANTECEDENTES DEL POSTULANTE PARA LOS EFECTOS DEL PROCESO DE JERARQUIZACIÓN ANEXO I FORMA DE PRESENTACIÓN DE LOS ANTECEDENTES DEL POSTULANTE PARA LOS EFECTOS DEL PROCESO DE JERARQUIZACIÓN I. ANTECEDENTES PERSONALES - Nombre - Fecha de nacimiento - Unidad Académica a la que pertenece.

Más detalles

Por ello, LA COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN UNIVERSITARIA RESUELVE:

Por ello, LA COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN UNIVERSITARIA RESUELVE: 1 RESOLUCIÓN N : 75/15 ASUNTO: Acreditar con compromisos de mejoramiento la carrera de Doctorado en Odontología, de la Universidad Nacional de Rosario, Facultad de de Odontología, que se dicta en la ciudad

Más detalles

MAESTRIA EN CIENCIAS VETERINARIAS (Res. CD nº 304/08)

MAESTRIA EN CIENCIAS VETERINARIAS (Res. CD nº 304/08) Universidad Nacional del Litoral Facultad de Ciencias Veterinarias MAESTRIA EN CIENCIAS VETERINARIAS (Res. CD nº 304/08) REGLAMENTO GENERAL La Maestría en Ciencias Veterinarias de la Facultad de Ciencias

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN PARA LA PROVISION DE PLAZAS DE INVESTIGACION EN EL CENTRO DE INVESTIGACION Y TECNOLOGIA AGROALIMENTARIA DE ARAGON

PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN PARA LA PROVISION DE PLAZAS DE INVESTIGACION EN EL CENTRO DE INVESTIGACION Y TECNOLOGIA AGROALIMENTARIA DE ARAGON PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN PARA LA PROVISION DE PLAZAS DE INVESTIGACION EN EL CENTRO DE INVESTIGACION Y TECNOLOGIA AGROALIMENTARIA DE ARAGON 1.- Requisitos: 1. Los aspirantes a plazas de personal propio

Más detalles

PARA PROVEER CARGO PROFESIONAL DE APOYO PAGINAS WEB CONVENIO DE DESEMPEÑO HACS

PARA PROVEER CARGO PROFESIONAL DE APOYO PAGINAS WEB CONVENIO DE DESEMPEÑO HACS BASES CONCURSO DE ANTECEDENTES PARA PROVEER DE APOYO PAGINAS WEB CONVENIO DE DESEMPEÑO HACS El presente documento comprende las Bases Generales que regularán el llamado a Concurso de Antecedentes para

Más detalles

3.- Los aspirantes no podrán alcanzar más de 10 puntos por la valoración de sus méritos. Reglas específicas para cada apartado.

3.- Los aspirantes no podrán alcanzar más de 10 puntos por la valoración de sus méritos. Reglas específicas para cada apartado. Baremo para la valoración de méritos en el procedimiento de ingreso Reglas generales para la aplicación del baremo 1.- Únicamente serán valorados aquellos méritos perfeccionados hasta la fecha de finalización

Más detalles

BECAS DE APOYO PARA LA FINALIZACIÓN DE ESTUDIOS DE POSGRADO EN LA UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA 2015

BECAS DE APOYO PARA LA FINALIZACIÓN DE ESTUDIOS DE POSGRADO EN LA UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA 2015 BECAS DE APOYO PARA LA FINALIZACIÓN DE ESTUDIOS DE POSGRADO EN LA UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA 2015 La Comisión Académica de Posgrado de la Universidad de la República otorgará becas de apoyo a estudiantes

Más detalles

En el presente reglamento consideramos que existen diferencias esenciales e importantes entre los estudios de licenciatura y los de postgrado.

En el presente reglamento consideramos que existen diferencias esenciales e importantes entre los estudios de licenciatura y los de postgrado. REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSTGRADO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS En el presente reglamento consideramos que existen diferencias esenciales e importantes entre los estudios de licenciatura y los de postgrado.

Más detalles

51 FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y SOCIALES

51 FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y SOCIALES SISTEMA DE ESTUDIOS DE POSTGRADO 51 FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y SOCIALES CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1o. Definición. Son estudios de postgrado los que se realicen después de haber

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN 9381 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN de 28 de marzo de 2008 por la que se convoca la celebración de las pruebas de acceso y se establece el plazo de matriculación en el grado superior de las Enseñanzas de

Más detalles

RESOLUCION N : 058/05 ASUNTO Proyecto Nº 1.514/03

RESOLUCION N : 058/05 ASUNTO Proyecto Nº 1.514/03 1 RESOLUCION N : 058/05 ASUNTO: Acreditar al sólo efecto del reconocimiento provisorio del título el proyecto de carrera de Maestría en Contabilidad Internacional de la Universidad de Buenos Aires, Facultad

Más detalles

NORMATIVAS PARA OTORGAR AUSPICIOS, AVALES Y PARA LA ORGANIZACIÓN DE ACTIVIDADES EDUCACIONALES SOLICITADAS POR TERCEROS

NORMATIVAS PARA OTORGAR AUSPICIOS, AVALES Y PARA LA ORGANIZACIÓN DE ACTIVIDADES EDUCACIONALES SOLICITADAS POR TERCEROS NORMATIVAS PARA OTORGAR AUSPICIOS, AVALES Y PARA LA ORGANIZACIÓN DE ACTIVIDADES EDUCACIONALES SOLICITADAS POR TERCEROS Acorde al artículo 61 del nuevo estatuto de la AANEP, titulado de las Sesiones científicas,

Más detalles

CONEAU. Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria MINISTERIO DE EDUCACION. Buenos Aires, 13 de diciembre de 2010

CONEAU. Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria MINISTERIO DE EDUCACION. Buenos Aires, 13 de diciembre de 2010 1 RESOLUCIÓN N : 909/10 ASUNTO: Acreditar la carrera de Doctorado en Geografía, de la Universidad del Salvador, Facultad de Historia, Geografía y Turismo, que se dicta en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Más detalles

BECAS DE APOYO PARA LA FINALIZACIÓN DE ESTUDIOS DE POSGRADO EN LA UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA 2014

BECAS DE APOYO PARA LA FINALIZACIÓN DE ESTUDIOS DE POSGRADO EN LA UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA 2014 BECAS DE APOYO PARA LA FINALIZACIÓN DE ESTUDIOS DE POSGRADO EN LA UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA 2014 La Comisión Académica de Posgrado de la Universidad de la República otorgará becas de apoyo a estudiantes

Más detalles

CONEAU. Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA

CONEAU. Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA 1 RESOLUCIÓN N : 980/05 ASUNTO: Acreditar la carrera de Especialización en Gestión de Organizaciones Sin Fines de Lucro de la Universidad Católica de Córdoba, Instituto de Ciencias de la Administración,

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSGRADO DE LA UACH

REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSGRADO DE LA UACH REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSGRADO DE LA UACH CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Son estudios de posgrado los que se realizan después de licenciatura, conforme a las disposiciones

Más detalles

Buenos Aires, 17 de noviembre de 2015. Carrera Nº 30.365/14. VISTO: la solicitud de reconsideración de la Resolución N 972 - CONEAU - 14 de la

Buenos Aires, 17 de noviembre de 2015. Carrera Nº 30.365/14. VISTO: la solicitud de reconsideración de la Resolución N 972 - CONEAU - 14 de la 1 RESOLUCIÓN N : 1007/15 ASUNTO: Ratificar la categorización asignada por Resolución N 972 - CONEAU - 14 de la carrera de Maestría en Ciencia, Tecnología e Innovación, de la Universidad Nacional de Río

Más detalles

PROGRAMA DE BECAS DE POST-GRADO

PROGRAMA DE BECAS DE POST-GRADO Becas 2009 PROGRAMA DE BECAS DE POST-GRADO La Fundación Konrad Adenauer promueve el estudio de extranjeros en universidades de la República Federal de Alemania. Mediante esta promoción los estudiantes

Más detalles

REGLAMENTO DE ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE MÁSTER UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE CANARIAS. RD 1393/2007

REGLAMENTO DE ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE MÁSTER UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE CANARIAS. RD 1393/2007 REGLAMENTO DE ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE MÁSTER UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE CANARIAS. RD 1393/2007 Exposición de Motivos El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que

Más detalles

REGLAMENTO TIPO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO DE REPRESENTANTES DE LA ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE BURGOS

REGLAMENTO TIPO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO DE REPRESENTANTES DE LA ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE BURGOS REGLAMENTO TIPO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO DE REPRESENTANTES DE LA ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE BURGOS (Informado positivamente por Consejo de Gobierno de 10 de octubre de 2008)

Más detalles

Maestría en Administración Negocios con Orientación en Dirección en Recursos Humanos

Maestría en Administración Negocios con Orientación en Dirección en Recursos Humanos Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Maestría en Administración Negocios con Orientación en Dirección en Recursos Humanos ANEXO 1 Resolución Decanal Nº 237/11 REGLAMENTO DE

Más detalles

IE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013*

IE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013* IE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013* * Revisión aprobada por el Comité Rectoral del 16 de junio de 2014 ÍNDICE PREÁMBULO I. TÍTULO

Más detalles

CONVOCATORIA DEL XII PROGRAMA DE BECAS MIGUEL DE CERVANTES DE RESIDENCIA Y COLABORACIÓN PARA ESTUDIOS DE MASTER EN LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ.

CONVOCATORIA DEL XII PROGRAMA DE BECAS MIGUEL DE CERVANTES DE RESIDENCIA Y COLABORACIÓN PARA ESTUDIOS DE MASTER EN LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ. CONVOCATORIA DEL XII PROGRAMA DE BECAS MIGUEL DE CERVANTES DE RESIDENCIA Y COLABORACIÓN PARA ESTUDIOS DE MASTER EN LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ. CURSO 2015/2016. La Universidad de Alcalá dispone, a través

Más detalles

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN GEOGRAFÍA Y GEOMÁTICA

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN GEOGRAFÍA Y GEOMÁTICA REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN GEOGRAFÍA Y GEOMÁTICA TITULO I De las Normas Generales Artículo 1º El presente Reglamento establece las disposiciones generales y normas para la administración académica

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSGRADO TÍTULO I CAPÍTULO ÚNICO DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSGRADO TÍTULO I CAPÍTULO ÚNICO DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSGRADO TÍTULO I CAPÍTULO ÚNICO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Son estudios de posgrado los que se realizan después de la licenciatura; tienen como finalidad la

Más detalles

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL INSTITUTO MIXTO UNIVERSIDAD CARLOS III DE MADRID FUNDACIÓN JUAN MARCH EN CIENCIAS SOCIALES

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL INSTITUTO MIXTO UNIVERSIDAD CARLOS III DE MADRID FUNDACIÓN JUAN MARCH EN CIENCIAS SOCIALES REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL INSTITUTO MIXTO UNIVERSIDAD CARLOS III DE MADRID FUNDACIÓN JUAN MARCH EN CIENCIAS SOCIALES Artículo 1 TÍTULO PRELIMINAR Disposiciones Generales 1. El Instituto

Más detalles

BECAS DE APOYO PARA LA FINALIZACIÓN DE ESTUDIOS DE POSGRADO EN LA UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA 2016

BECAS DE APOYO PARA LA FINALIZACIÓN DE ESTUDIOS DE POSGRADO EN LA UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA 2016 BECAS DE APOYO PARA LA FINALIZACIÓN DE ESTUDIOS DE POSGRADO EN LA UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA 2016 La Comisión Académica de Posgrado de la Universidad de la República convoca a becas de apoyo a estudiantes

Más detalles

SISTEMA NACIONAL DE BIOTERIOS

SISTEMA NACIONAL DE BIOTERIOS SISTEMA NACIONAL DE BIOTERIOS Plan de actividades para el fortalecimiento del SNB Bases para la Solicitud de Apoyo Económico Formación de recursos humanos El Sistema Nacional de Bioterios (SNB) convoca

Más detalles

6. LOS PROCEDIMIENTOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, PROMOCIÓN DEL ALUMNADO Y TITULACIÓN DEL ALUMNADO.

6. LOS PROCEDIMIENTOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, PROMOCIÓN DEL ALUMNADO Y TITULACIÓN DEL ALUMNADO. 6. LOS PROCEDIMIENTOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, PROMOCIÓN DEL ALUMNADO Y TITULACIÓN DEL ALUMNADO. Los criterios de evaluación en las distintas enseñanzas que se imparten en el centro están recogidos en

Más detalles

BECAS RENÉ HUGO THALMANN Resolución (CS) 930/94 1

BECAS RENÉ HUGO THALMANN Resolución (CS) 930/94 1 BECAS RENÉ HUGO THALMANN Resolución (CS) 930/94 1 Visto, la Resolución (CS) 4517/93 y el Anexo I, por la que se crea el Programa René Hugo Thalmann de Formación y Perfeccionamiento de Recursos Humanos

Más detalles

A N E X O A REGLAMENTO PARA AYUDANTES ESTUDIANTILES DE INVESTIGACIÓN -

A N E X O A REGLAMENTO PARA AYUDANTES ESTUDIANTILES DE INVESTIGACIÓN - A N E X O A REGLAMENTO PARA AYUDANTES ESTUDIANTILES DE INVESTIGACIÓN - 1. El Ayudante Estudiantil de Investigación es un auxiliar alumno que se integra a un Proyecto de Investigación habilitado del Sistema

Más detalles

P á g i n a 1. COMISIÓN NACIONAL DE ACREDITACIÓN (CNA-CHILE) - http://www.cnachile.cl/

P á g i n a 1. COMISIÓN NACIONAL DE ACREDITACIÓN (CNA-CHILE) - http://www.cnachile.cl/ P á g i n a 1 Formulario Solicitud de Acreditación Programas de Postgrado P á g i n a 2 PRESENTACION El presente Formulario de Solicitud de Acreditación debe ser presentado por los programas de postgrado

Más detalles

Qué necesito para registrarme como usuario/a de Uruguay Concursa?

Qué necesito para registrarme como usuario/a de Uruguay Concursa? Qué necesito para registrarme como usuario/a de Uruguay Concursa? Información sobre los datos necesarios para realizar correcta y ágilmente su inscripción en el sistema 1 1. Antes de iniciar el proceso

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE LAS ACTIVIDADES DE POSGRADO Y DE EDUCACIÓN PERMANENTE DE LA FACULTAD DE PSICOLOGÍA

REGLAMENTO GENERAL DE LAS ACTIVIDADES DE POSGRADO Y DE EDUCACIÓN PERMANENTE DE LA FACULTAD DE PSICOLOGÍA Res. Nº 29 de C.D.C. de 18/VIII/2009 Dist. 495/09 D.O. 25/IX/2009 REGLAMENTO GENERAL DE LAS ACTIVIDADES DE POSGRADO Y DE EDUCACIÓN PERMANENTE DE LA FACULTAD DE PSICOLOGÍA I Ámbito de Aplicación Artículo

Más detalles

Universidad Nacional de Lanús 012/14

Universidad Nacional de Lanús 012/14 012/14 Lanús, 10 de enero de 2014 VISTO el expediente Nº 3722/13, correspondiente a la 10ª Reunión del Consejo Superior del año 2013; y, CONSIDERANDO: Que, el Vicerrectorado y la Dirección de Posgrado

Más detalles

DESARROLLOS DE LA CARRERA DOCENTE

DESARROLLOS DE LA CARRERA DOCENTE DESARROLLOS DE LA CARRERA DOCENTE INGRESO: En la actualidad los educadores colombianos ingresan al servicio educativo mediante concurso de méritos, tal como lo establece el artículo 125 de la constitución

Más detalles

DOCTORADO EN ECONOMÍA Y GOBIERNO. Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP)

DOCTORADO EN ECONOMÍA Y GOBIERNO. Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP) DOCTORADO EN ECONOMÍA Y GOBIERNO Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP) Instituto Universitario de Investigación Ortega y Gasset/Fundación José Ortega y Gasset- Gregorio Marañón (IUIOG/FOGM)

Más detalles

CONCURSO INTERFACULTADES UDD 2016

CONCURSO INTERFACULTADES UDD 2016 CONCURSO INTERFACULTADES UDD 2016 BASES CONCURSO 1. Objetivo El objetivo principal es el patrocinio de una facultad con un área de investigación consolidada a colaborar con grupos de otras facultades que

Más detalles

INSTITUTO SUPERIOR DE CIENCIAS MÉDICAS DE LA HABANA FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS «VICTORIA DE GIRON»

INSTITUTO SUPERIOR DE CIENCIAS MÉDICAS DE LA HABANA FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS «VICTORIA DE GIRON» 1 INSTITUTO SUPERIOR DE CIENCIAS MÉDICAS DE LA HABANA FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS «VICTORIA DE GIRON» MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA TUTORIA DEL RESIDENTE Febrero de 2009. La formación académica del

Más detalles

CONTENIDO: Instructivo Carga de CV de Docentes. INSTRUCTIVO. Carga de CV de Docentes. Elaboró Revisó Aprobó. Fecha: Fecha: Fecha: ORIGINAL/COPIA

CONTENIDO: Instructivo Carga de CV de Docentes. INSTRUCTIVO. Carga de CV de Docentes. Elaboró Revisó Aprobó. Fecha: Fecha: Fecha: ORIGINAL/COPIA Rev. 0 Página 1 de 19 CONTENIDO: Instructivo. Elaboró Revisó Aprobó Fecha: Fecha: Fecha: ORIGINAL/COPIA Rev. 0 Página 2 de 19 CONTENIDO 1. Objeto 2. Alcance del Aplicativo 3. Introducción al Aplicativo

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE INGRESO DE ALUMNOS A LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA

REGLAMENTO GENERAL DE INGRESO DE ALUMNOS A LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA REGLAMENTO GENERAL DE INGRESO DE ALUMNOS A LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Este reglamento tiene por objeto definir los criterios, requisitos y procedimientos

Más detalles

LICENCIATURA EN ANTROPOLOGIA SOCIAL Y CULTURAL ESCUELA DE HUMANIDADES / INSTITUTO DE ALTOS ESTUDIOS SOCIALES REGLAMENTO DE TESINA

LICENCIATURA EN ANTROPOLOGIA SOCIAL Y CULTURAL ESCUELA DE HUMANIDADES / INSTITUTO DE ALTOS ESTUDIOS SOCIALES REGLAMENTO DE TESINA LICENCIATURA EN ANTROPOLOGIA SOCIAL Y CULTURAL ESCUELA DE HUMANIDADES / INSTITUTO DE ALTOS ESTUDIOS SOCIALES REGLAMENTO DE TESINA 1. Objetivo de la tesina: La tesina constituye la última obligación académica

Más detalles

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA. Unidad Xochimilco División de Ciencias Biológicas y de la Salud

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA. Unidad Xochimilco División de Ciencias Biológicas y de la Salud UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA Unidad Xochimilco División de Ciencias Biológicas y de la Salud Especialización y Maestría en Patología y Medicina Bucal Diploma: Especialización en Patología y Medicina

Más detalles

CONEAU. Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria MINISTERIO DE EDUCACION. Buenos Aires, 13 de diciembre de 2010

CONEAU. Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria MINISTERIO DE EDUCACION. Buenos Aires, 13 de diciembre de 2010 1 RESOLUCIÓN N : 903/10 ASUNTO: Acreditar la carrera de Maestría en Integración Educativa y Social, de la Universidad Nacional de Cuyo, Facultad de Educación Elemental y Especial, que se dicta en la ciudad

Más detalles

Reglamento de Régimen Interno de la División de Psicología del Trabajo, de las Organizaciones y los Recursos Humanos

Reglamento de Régimen Interno de la División de Psicología del Trabajo, de las Organizaciones y los Recursos Humanos Reglamento de Régimen Interno de la División de Psicología del Trabajo, de las Organizaciones y los Recursos Humanos Aprobado por la Junta General 14 y 15 de diciembre de 2007 Modificado en Junta General

Más detalles

Normativa sobre el Sistema de Reconocimiento y Transferencia de créditos en las enseñanzas universitarias oficiales de Posgrado.

Normativa sobre el Sistema de Reconocimiento y Transferencia de créditos en las enseñanzas universitarias oficiales de Posgrado. Normativa sobre el Sistema de Reconocimiento y Transferencia de créditos en las enseñanzas universitarias oficiales de Posgrado. Aprobada por la Comisión de Estudios Oficiales de Posgrado en sesión de

Más detalles

El nombramiento del CAM tendrá una duración de dos años, y sus funciones

El nombramiento del CAM tendrá una duración de dos años, y sus funciones UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA NORMATIVA ACADÉMICA BÁSICA PARA EL DESARROLLO DE LOS MÁSTERES OFICIALES Aprobada por Consejo de Gobierno de 2 de marzo de 2007 Modificadas por Consejo de Gobierno de 27 de febrero

Más detalles

UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA DESCRIPCIÓN DEL CARGO DE DESARROLLADOR INFORMÁTICO PARA LA COMISIÓN ACADÉMICA DE POSGRADO (CAP)

UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA DESCRIPCIÓN DEL CARGO DE DESARROLLADOR INFORMÁTICO PARA LA COMISIÓN ACADÉMICA DE POSGRADO (CAP) Aprobadas por Res. Nº43 del CDC de fecha 24/05/2016 Exp.Nº 004010-002475-15 UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA DESCRIPCIÓN DEL CARGO DE DESARROLLADOR INFORMÁTICO PARA LA COMISIÓN ACADÉMICA DE POSGRADO (CAP) DENOMINACIÓN:

Más detalles

Doctorado en Ciencias con orientación en Ciencias de la Computación

Doctorado en Ciencias con orientación en Ciencias de la Computación Lineamientos complementarios de los programas de posgrado aprobados por el Consejo de Programas Docentes el 19 de agosto del 2015 en cumplimiento del artículo 3 del Reglamento General de Estudios de Posgrados

Más detalles

CONDICIONES DE ACCESO AL PROGRAMA DE ASISTENCIA A EMPRESAS PYMES D

CONDICIONES DE ACCESO AL PROGRAMA DE ASISTENCIA A EMPRESAS PYMES D CONDICIONES DE ACCESO AL PROGRAMA DE ASISTENCIA A EMPRESAS PYMES D 1. INTRODUCCIÓN El Ministerio de Industria de la Nación, a través del Plan Nacional de Diseño, continúa trabajando en pos de lograr una

Más detalles

CONEAU. C omisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA. Buenos Aires, 25 de abril de 2007

CONEAU. C omisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA. Buenos Aires, 25 de abril de 2007 1 RESOLUCIÓN Nº: 267/07 ASUNTO: Acreditar la carrera de Maestría en Docencia Universitaria de la Universidad Tecnológica Nacional, Facultad Regional Rosario, que se dicta en la ciudad de Rosario, Provincia

Más detalles

DOCTORADO DE ESTUDIOS DE GÉNERO

DOCTORADO DE ESTUDIOS DE GÉNERO DOCTORADO DE ESTUDIOS DE GÉNERO Facultad de Filosofía y Letras Universidad de Buenos Aires (UBA) Ofrece principalmente las líneas: 1: Epistemologías, metodologías y nuevos saberes. 5: Representaciones

Más detalles

QUIÉN EMPLEA? 1. Administración General del Estado 2. Administración Autonómica Estatutos 3. Administración Local 4. Administración Institucional

QUIÉN EMPLEA? 1. Administración General del Estado 2. Administración Autonómica Estatutos 3. Administración Local 4. Administración Institucional QUIÉN EMPLEA? 1. Administración General del Estado La Administración General del Estado integra el conjunto de órganos administrativos que ejercen sobre todo el territorio nacional las competencias que

Más detalles

Magister en Ciencias Empresariales BASES DE SELECCIÓN DE POSTULANTES

Magister en Ciencias Empresariales BASES DE SELECCIÓN DE POSTULANTES BASES DE SELECCIÓN DE POSTULANTES 1. CONVOCATORIA La Universidad Católica del Norte, a través del Comité del Programa Magíster en Ciencias Empresariales, llama a los/as interesados/as en postular al programa

Más detalles

PROYECTOS Qué diferencia existe entre un Proyecto de Promoción General y Motriz?

PROYECTOS Qué diferencia existe entre un Proyecto de Promoción General y Motriz? PROYECTOS Qué diferencia existe entre un Proyecto de Promoción General y Motriz? Proyectos de Promoción General son aquellos cuya finalidad es la obtención de nuevos conocimientos generales, científicos

Más detalles

Reglamento de Postgrado

Reglamento de Postgrado Reglamento de Postgrado LA JUNTA DIRECTIVA DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DEL VALLE DE MÉXICO, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 11 FRACCIÓN V, DEL DECRETO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO

Más detalles

Documento Escalafón Docente

Documento Escalafón Docente Documento Escalafón Docente Abril 21 del año 2014 Publicación web Abril 2014 1 Tabla de Contenido 1. Introducción... 3 2. Justificación... 3 3. Propuesta Reglamentación para el Ingreso, la Permanencia

Más detalles

PLAN DE ESTUDIOS MAESTRÍA EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE ALIMENTOS Facultad de ingeniería Facultad de química

PLAN DE ESTUDIOS MAESTRÍA EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE ALIMENTOS Facultad de ingeniería Facultad de química PLAN DE ESTUDIOS MAESTRÍA EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE ALIMENTOS Facultad de ingeniería Facultad de química Artículo 1º - Objetivos. El objetivo general es que el posgrado se constituya como herramienta

Más detalles

Especialización en Gestión de Recursos Humanos

Especialización en Gestión de Recursos Humanos Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Especialización en Gestión de Recursos Humanos Especialización en Gestión de Recursos Humanos Reglamento de la Carrera Contenido: Capítulo

Más detalles

REGLAMENTO SECRETARIA TECNICA NACIONAL

REGLAMENTO SECRETARIA TECNICA NACIONAL REGLAMENTO SECRETARIA TECNICA NACIONAL CAPITULO I DENOMINACION OBJETO DOMICILIO 1. Se denomina SECRETARIA TECNICA NACIONAL (S.T.N.) al organismo dependiente del Área Técnica de la FEDERACIÓN DEL VOLEIBOL

Más detalles

UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS VICERRECTORÍA DE UNIVERSIDAD ABIERTA Y A DISTANCIA REGLAMENTO PARTICULAR PROGRAMA MAESTRÍA EN EDUCACIÓN

UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS VICERRECTORÍA DE UNIVERSIDAD ABIERTA Y A DISTANCIA REGLAMENTO PARTICULAR PROGRAMA MAESTRÍA EN EDUCACIÓN UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS VICERRECTORÍA DE UNIVERSIDAD ABIERTA Y A DISTANCIA CONTENIDO Capítulo 1 Régimen Académico REGLAMENTO PARTICULAR PROGRAMA MAESTRÍA EN EDUCACIÓN Capítulo 2 Estructura académica del

Más detalles

CONEAU. Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria MINISTERIO DE EDUCACION. 1 2009- Año de homenaje a Raúl Scalabrini Ortiz

CONEAU. Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria MINISTERIO DE EDUCACION. 1 2009- Año de homenaje a Raúl Scalabrini Ortiz 1 RESOLUCIÓN Nº: 474/09 ASUNTO: Acreditar la carrera de Maestría en Sistemas de Salud y Seguridad Social, de la Universidad ISALUD, Secretaría Académica, que se dicta en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS DE POSGRADO PARA DOCENTES DE LA UNL TITULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE BECAS DE POSGRADO PARA DOCENTES DE LA UNL TITULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DE BECAS DE POSGRADO PARA DOCENTES DE LA UNL TITULO I DISPOSICIONES GENERALES OBJETIVOS Artículo 1º.- Se denominan Becas de Posgrado para Docentes de la UNL a los estipendios que a título de

Más detalles

CONEAU. Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria MINISTERIO DE EDUCACION. 1 2009 - Año de homenaje a Raúl Scalabrini Ortiz

CONEAU. Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria MINISTERIO DE EDUCACION. 1 2009 - Año de homenaje a Raúl Scalabrini Ortiz 1 RESOLUCIÓN Nº: 762/09 ASUNTO: Acreditar la carrera de Especialización en Medicina del Trabajo, de la Universidad Favaloro, Facultad de Posgrado, que se dicta en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Buenos

Más detalles

ANEXO I. Reglamento de Becas de Investigación

ANEXO I. Reglamento de Becas de Investigación ANEXO I Reglamento de Becas de Investigación Título I Disposiciones generales Capítulo I ARTÍCULO 1º.- Objeto El presente reglamento tiene por objeto la regulación del sistema de becas de investigación

Más detalles

REGLAMENTO PARA LA ADJUDICACIÓN, RENOVACIÓN Y EJERCICIO DE FUNCIONES DE COLABORACIÓN HONORARIA En los Servicios Docentes de la Facultad de Medicina

REGLAMENTO PARA LA ADJUDICACIÓN, RENOVACIÓN Y EJERCICIO DE FUNCIONES DE COLABORACIÓN HONORARIA En los Servicios Docentes de la Facultad de Medicina REGLAMENTO PARA LA ADJUDICACIÓN, RENOVACIÓN Y EJERCICIO DE FUNCIONES DE COLABORACIÓN HONORARIA En los Servicios Docentes de la Facultad de Medicina RES. Consejo de Fac. de Medicina de 26/10/72 D.0. 14/08/73

Más detalles

ARTICULO 2º - Regístrese, comuníquese y archívese. PROF. MARÍA V. GODOY GUGLIELMONE SEC. GRAL. ACADÉMICA PROF. MARÍA DELFINA VEIRAVÉ RECTORA

ARTICULO 2º - Regístrese, comuníquese y archívese. PROF. MARÍA V. GODOY GUGLIELMONE SEC. GRAL. ACADÉMICA PROF. MARÍA DELFINA VEIRAVÉ RECTORA CORRIENTES, 02 de septiembre de 2014 VISTO: Las actuaciones por las cuales la Sra. Rectora promueve el dictado de una Ordenanza que regule la cobertura del cargo de Director del Instituto de Ciencias Criminalísticas

Más detalles

Fondo de Becas Colombia Biodiversa Una puerta al conocimiento. Bases I convocatoria 2016

Fondo de Becas Colombia Biodiversa Una puerta al conocimiento. Bases I convocatoria 2016 Fondo de Becas Colombia Biodiversa Una puerta al conocimiento 2005 2016, once años apoyando jóvenes investigadores Bases I convocatoria 2016 1. Propósito de las Becas Colombia Biodiversa Estimular la investigación

Más detalles

PODER LEGISLATIVO LEY N 136 DE UNIVERSIDADES

PODER LEGISLATIVO LEY N 136 DE UNIVERSIDADES PODER LEGISLATIVO LEY N 136 DE UNIVERSIDADES EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY CAPITULO I DE SU NATURALEZA Y FINES Artículo 1.- Las Universidades integradas al sistema educativo

Más detalles

OFICINA DE ASUNTOS INTERNACIONALES Y COOPERACIÓN INTERUNIVERSITARIA

OFICINA DE ASUNTOS INTERNACIONALES Y COOPERACIÓN INTERUNIVERSITARIA Se cambió el nombren a Oficina de Cooperación Técnica Internacional en el Estatuto de la UNSM 2004 OFICINA DE ASUNTOS INTERNACIONALES Y COOPERACIÓN INTERUNIVERSITARIA FUNCIÓN GENERAL DE LA OFICINA DE ASUNTOS

Más detalles

ANEXO I DE LA CARRERA DOCENTE

ANEXO I DE LA CARRERA DOCENTE ANEXO I DE LA CARRERA DOCENTE ARTÍCULO 1.- La Carrera Docente en la Universidad Nacional de Rosario implica: a) Ingreso, permanencia y promoción en los cargos, categorías y dedicaciones docentes. b) Funciones

Más detalles

COMISIÓN ACADÉMICA DE POSGRADO

COMISIÓN ACADÉMICA DE POSGRADO COMISIÓN ACADÉMICA DE POSGRADO BECAS DE APOYO A DOCENTES PARA ESTUDIOS DE POSGRADO EN LA UNIVERSIDAD DE LA REPUBLICA 2013 La Comisión Académica de Posgrado (CAP) de la Universidad de la República otorgará

Más detalles