GRUPO CÍVICO ETICA Y TRANSPARENCIA
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- Celia Vidal Giménez
- hace 8 años
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1 VALORACION TECNICA FINAL del Proceso Electoral para Presidente y Diputados NICARAGUA 2011 I. INTRODUCCION Laborando bajo un concepto de soberanía y derechos básicos, el Grupo Cívico Etica y Transparencia (ET) no solicitó autorización alguna al CSE y fundamentó su trabajo en sus 15 años de experiencia en materia de Observación en 32 elecciones a nivel mundial y 10 procesos en Nicaragua. La metodología de Observación utilizada fue la de Valoración de Cumplimiento de Indicadores Mínimos de Calidad, con 18 indicadores en las 4 áreas claves del Proceso Electoral, incluyendo sufragio y conteos. Al poner a disposición de la ciudadanía este Informe Final, gradecemos el apoyo y solidaridad recibidos desde todos los sectores y saludamos a los más de 78,000 Nicaragüenses que aportaron a la Observación Nacional, bajo el lema de Cada Nicaragüense un Observador. II. ANTECEDENTES Al concluir las votaciones e iniciarse los conteos, a las 6 y 30 pm del día 6 de Noviembre, el Grupo Cívico Etica y Transparencia presentó su Informe Técnico Preliminar, sumarizándolo de la siguiente forma: La falta de soluciones a los asuntos preliminares básicos causó que se concurriera a elecciones con magistrados mantenidos en sus cargos por decisión exclusiva (sin asidero legal alguno) de uno de los candidatos presidenciales, mismo que luego, en abierta violación a la constitución, fue aceptado como candidato por el CSE fruto de un procedimiento de menos de 72 horas por parte de algunos magistrados de la CSJ y CSE en que se violó la doctrina constitucional universal mas elemental de que la carta magna solo puede ser reformada por la Asamblea Nacional. Es así que se permitió una candidatura expresamente prohibida por dos candados constitucionales y se minó la credibilidad del proceso electoral de forma decisiva. Igualmente negativo, y a la vez muy explicativo de la pérdida de calidad del proceso y el abierto favoritismo de las autoridades electorales hacia el Presidente de la República e ilegal candidato, fue que éste, aparte de otorgarles extensión de sus funciones hasta nuevo aviso a los Magistrados Electorales, también los protegió del más mínimo actuar de las instituciones de control del Estado cuando se reveló con amplia y clara documentación, incluyendo giros y facturas falsas, grabaciones, videos y declaraciones juradas, el desfalco cometido por ese cuerpo colegiado de un tercio del presupuesto anual del CSE durante varios años. De igual forma, esta inmunidad impidió su obligada destitución por el fraude electoral cometido durante el Todo esto desembocó en un proceso electoral que concurrió al día del sufragio con severos vicios y no es certificable. Estando sólo pendientes los conteos y considerando que ya tiene carácter conclusivo la medición de los indicadores relacionados con los otros 3 temas de valoración universal en materia de observación electoral, el Grupo Cívico Etica y Transparencia hace pública su valoración de los primeros 13 indicadores relacionados con los temas de participación, campañas limpias y garantías del sufragio. Etica y Transparencia observa en 11 de estos 13 indicadores una violación e incumplimiento sistemático y voluntario de parte del Estado Nicaraguense. El incumplimiento de estos 11 mínimos internacionales en la materia nos obligan a declarar que el actual proceso Electoral no es justo, honesto o creíble. Por el contrario, presenta indicios de fraude e incumple de forma intencional requisitos mínimos de calidad, causando que no existan garantías mínimas sobre la fidelidad y transparencia de los conteos, mismos que a criterio de esta organización pasan a ser no confiables. 1
2 Expresamos también que continuaríamos observando el proceso. Entregamos en este documento a la ciudadanía Nicaragüense, la valoración final del proceso electoral 2011, incluyendo ahora la evaluación de los indicadores pendientes (aquellos relacionados con los conteos y recursos), así como la incorporación de nuevos elementos disponibles en materia de los indicadores ya evaluados en el Informe Técnico Preliminar. III. RESUMEN EJECUTIVO Aplazado en 17 de 18 indicadores medibles y en cada una de las 4 áreas sujetas a evaluación técnica en un proceso electoral, confirmamos nuestra valoración preliminar que este proceso electoral del año 2011 no fue justo ni honesto. Los resultados publicados no merecen credibilidad dadas las graves, sistemáticas e intencionales irregularidades durante su emisión y conteos y más aún a la luz de las irregularidades de las etapas anteriores, en que al menos el 6% del electorado 1 fue inhabilitado o impedido de participar por el aparato Electoral durante la fase de inscripción de votantes. Basado en lo anterior, esta organización no puede certificar los resultados de las elecciones, pero establece que los problemas que impiden esta certificación no son accidentales en medida alguna, sino que son fruto expreso de la voluntad política del CSE de generar un proceso sin garantías ni ecuanimidad mínimas, recurriendo para esto a violaciones sistemáticas de la legislación nacional y de 17 de los 18 requisitos mínimos internacionales en materia electoral. Adicionalmente, a lo largo del proceso electoral ET emitió 4 informes de análisis y planteó la existencia de un Modus Operandi (MO) por parte del CSE, desde el año 2008, para facilitar fraude a la voluntad popular. Con el mayor rigor científico y de cara al público se planteó desde el mes de Mayo la hipótesis de cómo se realizaban fraudes en Nicaragua, misma que señalaba los eventos y las etapas, las JRV en riesgo especial, así como el corolario vaticinado. Todo se cumplió con enorme exactitud. Sistemáticamente el CSE entregó control absoluto de los CED, CEM y JRV al partido de Gobierno, y se eliminó de forma casi absoluta a la oposición, llegando al extremo el CSE de ni siquiera publicar los nombres de quienes conformaron las JRV, ni su partido. El 100% de los resultados no son auditables pues no se publicaron JRV por JRV y a los partidos de oposición les impidieron fiscalizar en al menos el 30% de las JRV. En esas JRV el FSLN obtiene hasta un 30% mas de votos que en los que obtiene en lugares donde se fiscalizó debidamente al menos el conteo para diputados. Es también revelador que primera vez a nivel mundial, bajo un régimen electoral presidencialista, en los últimos 50 años, en más de 200 elecciones cuya información está disponible, hay mas votos para legisladores que para Presidente. En el presente caso ET estima que ambos eventos significan sumatorias alteradas a favor del FSLN de al menos 150,000 votos (8 a 12 diputaciones), que representan el mínimo de escaños asignados de forma fraudulenta en las presentes condiciones de opacidad y disfuncionalidad del sistema electoral. 2 I. RESUMEN DE ANÁLISIS TÉCNICO DE REQUISITOS MÍNIMOS. Aéreas de Evaluación: I. PARTICIPACIÓN UNIVERSAL (3 indicadores) II. CAMPAÑAS LIMPIAS (6 indicadores) III. SUFRAGIO CON GARANTIAS (4 indicadores) IV. CONTEOS TRANSPARENTES RESPETO A LA VOLUNTAD POPULAR (5 indicadores) CATEGORIA 1: PARTICIPACION UNIVERSAL INDICADORES A SER EVALUADOS: 1. Trámite de Cédula apegado a los requisitos que establece la ley y sin discriminación política ,073 ciudadanos, basado en proyecciones del Censo Nacional Poblacional 2005
3 2. Elaboración y entrega de la cédula en tiempo razonable, o del documento supletorio, cuando el ciudadano tiene problemas de registro. 3. Publicación del padrón electoral fiel y definitivo en donde todos y todas estén incluidos y ubicados en la JRV que le corresponde según su domicilio. EVALUACIÓN: 1. Hemos denunciado el funcionamiento de una estructura paraestatal del partido de gobierno a nivel de todos los municipios del país que se encarga de tramitar los documentos de votación sin controles observables de parte de las autoridades a abusos tales como el registro de extranjeros y menores, de los cuales se conocen numerosos casos, violatorios de varios artículos de la Ley Electoral (art. 173 al 175, por ejemplo). El total de estos casos suman 198,073 de acuerdo al Censo Poblacional 2005 versus Padrón Electoral definitivo del año 2011, además se estima en 100,000 empleados públicos y demás personas afines al partido de gobierno que recibieron de forma declarada por el CSE un 2do documento de votación de forma preferencial y que en el 80% de los casos no se les retiró a estas personas el documento anterior. 2. La totalidad de las estructuras oficiales de emisión del documento de votación han permanecido cerradas hasta tres meses antes de las elecciones y su mal funcionamiento desde entonces incluye documentadas quejas de no recibir trámites y no entregar los documentos de votación y de otras formas negar el derecho al voto a 198,073 personas 2. No es posible certificar la supuesta entrega de parte del CSE de otros 300,000 documentos de votación aproximadamente. 3. El Padrón Electoral no fue auditado y no existen controles confiables sobre el uso de terceros del documento de votación y derecho al voto de un aproximado del 30% del padrón que consiste en ciudadanos en el extranjero o difuntos. El proceso de Verificación del Padrón se convirtió en un ejercicio por parte de la autoridad electoral para profundizar el control del partido de gobierno sobre la ciudadanía en general y sobre la estructura administrativa de las elecciones. En dicho proceso, el CSE infló una participación menor al 15% del padrón, declarando un 60% de participación (por supuesto, sin dar documentación de soporte alguno, a un proceso al que negó fiscalización). Dado el antecedente de fraude en los conteos en 40 municipios en las elecciones 2008 por parte de los mismos magistrados, estimamos que el hacer evidente su sesgo y preferencia partidaria oficialista de parte de los magistrados e inflar absurdamente los datos constituyó un esfuerzo institucional de fomento al abstencionismo de los sectores opositores. CONCLUSIÓN: Estimamos que a un mínimo de 198,073 ciudadanos en edad de votar se les negó el derecho a la ciudadanía y al voto en estas elecciones, en la mayoría de los casos, por razones de su presunta filiación opositora. No es posible cuantificar ni los efectos disuasivos a la votación que presenta el actuar sesgado del CSE ni la erosión de los controles al doble voto, pero ambas irregularidades constituyen violaciones muy graves. Basado en lo anterior estimamos que el Proceso Electoral no cumple con los requisitos y garantías mínimas universales en materia de Participación Ciudadana. CATEGORIA 2: CAMPAÑAS LIMPIAS INDICADORES A SER EVALUADOS: 1. Candidaturas en apego a la Constitución y la Ley. 2. Autoridad electoral capaz e imparcial en su actuar 2 Fuente de información. Censo poblacional 2005 y padrón electoral definitivo
4 3. Campañas y Jornadas Electorales libres de violencia. 4. No uso de bienes del estado para proselitismo partidario. 5. Acceso de todos los partidos a los medios de comunicación. 6. Transparencia Elemental en el financiamiento de campaña. EVALUACIÓN 1. Se violentó el más elemental principio Constitucional, reconocido a nivel mundial, de que la Carta Magna solo puede derogarse por trámite especialísimo del legislativo: A través de una maniobra de 72 horas de fin de semana, algunos magistrados de la Corte Suprema de Justicia y el Consejo Supremo Electoral se reunieron a espaldas de otros y derogaron el doble candado que impedía la candidatura del actual presidente. Posteriormente el CSE, fuera del tiempo establecido y ajeno a las causales reconocidas eliminó candidatos de una Alianza y luego ambas instituciones expresaron amenazas de que los candidatos que el pueblo escogiera de ésa Alianza podrían ser destituidos por una supuesta y extemporánea Litis interna de uno de los miembros de la Alianza Extendida su gerencia del proceso por decisión de uno de los candidatos presidenciales, el CSE no dejó en ningún momento en duda su favoritismo hacia ese candidato y el partido de Gobierno, permitiendo su inscripción como candidato en violación de la Constitución, eliminando y amenazando candidaturas de otras alianzas, entregando control de las instancias administrativas y jurisdiccionales al partido de Gobierno, entre otras cuestionables acciones detectadas por esta misión. Estas acciones a veces alcanzaron niveles insólitos, como cuando el CSE dejó por fuera el abuso de bienes del estado del manual de Ética Electoral, (asunto que la misma Ley Electoral, en el art. 175 condena con dos años de cárcel) o impidió de forma activa y diversa la acreditación y funcionamiento de fiscales. Se destaca también la violación expresa a la Ley en materia de Observación Electoral, la que se redujo a acompañamiento y se negó a los nacionales no oficialistas. 3. En el Informe técnico Preliminar publicado la noche de las elecciones se dijo: En términos generales y considerando los tristes estándares regionales donde muertes incluso son asunto electoral consuetudinario, el caso Nicaragüense, a esta fecha y hora compara favorablemente. Se destaca la ausencia de agresiones a periodistas. Dada la ejecución de 4 personas al menos, a manos de policías, funcionarios del CSE y personeros de partidos políticos, la noche posterior a las elecciones y como fruto del irregular proceso electoral, sumadas a los otros 18 casos de violencia en torno a las elecciones (incluyendo la quema de 30 JRV), señalados por reconocidos organismos de derechos humanos, esta valoración ha dejado de ser positiva. 4. Es difícil encontrar una sola oficina o escuela pública en todo el país que esté libre de mensajes proselitistas del gobierno y sus banderas. El transporte y presencia de jóvenes de escuela secundaria (y aún menores de edad) uniformados durante horas de clases a actividades de proselitismo es abierto en su promoción y ejecución, abundando señalamientos de que esto está acompañado de mejores calificaciones y otros pagos a los participantes. Varios espacios públicos como rotondas, etc. tienen instalada de forma permanente propaganda y personal oficialista, sin similares oportunidades para los demás partidos, Vehículos y oficinas estatales están a cargo de la logística de acciones de proselitismo de forma declarada, incluyendo el abierto proselitismo en la labores de rescate y emergencia que ocurrieron durante la campaña. La lista de violaciones e irregularidades se extiende porque la confusión Estado-Partido que promueve el Gobierno en detrimento de controles y límites aplicables a ambos, es sistématica. 5. En general, existió un espectro mediático plural y abierto a la libertad de expresión. Se incumplió de forma total el artículo 90 de la Ley electoral que establece acceso por 30 minutos diarios de los partidos de oposición a los canales estatales de televisión y radio. 6. La enorme diferencia en gastos de Campaña estimada por este Grupo Observador en que el partido de Gobierno gastó 15 veces más que todos sus contendientes juntos en todas las actividades relacionadas con la campaña electoral no es ajena al problema de la confusión
5 Estado- partido, tal que una empresa privada de capital mixto mayoritariamente del Estado de Venezuela está a cargo, en acciones no fiscalizadas por ninguna institución nacional de pagar a empleados públicos, capitalizar programas del Estado a través del partido de Gobierno, al tono de $500 millones anuales. Es evidente que parte de este dinero apoya la campaña electoral del partido de Gobierno. La Ley Electoral Nicaragüense, art. 103 prohíbe las donaciones a los partidos políticos de parte de empresas Estatales o mixtas (nacionales o extranjeras). Ninguna autoridad parece darse por enterada. CONCLUSIÓN: 5 de 6 indicadores y los correspondientes requisitos mínimos han sido abiertamente violentados o incumplidos. El clima de libertad de expresión, fue razonable, a pesar de las señaladas violaciones al art. 90 de la Ley Electoral. El tema de la violencia, originalmente aprobado, decayó particularmente como fruto de las 4 ejecuciones realizadas al calor del irregular proceso por autoridades electorales, activistas y policías. En los temas de respeto a la legalidad de candidatos, imparcialidad de las autoridades, abuso de bienes del estado y Transparencia en el financiamiento de Campaña, es evidente el incumplimiento del Estado Nicaragüense y sus autoridades electorales de 5 requisitos mínimos. Basado en lo anterior estimamos que el Proceso Electoral no cumple con los requisitos y garantías mínimas universales en materia de Campañas Electorales Limpias. CATEGORIA 3: SUFRAGIO CON GARANTIAS INDICADORES A SER EVALUADOS: 1. La conformación de los CED, CEM y JRV en apego a la ley y sin manipulaciones. 2. Presencia de fiscales de todos los partidos políticos en todas las actividades claves del sistema electoral, especialmente los conteos y recursos. 3. La aplicación de la tinta indeleble de calidad a todos los votantes y uso de los demás candados para impedir doble voto. 4. Las condiciones para ejercer el voto de manera secreta. 5 EVALUACION: 1. Se violó la Ley respecto a la debida conformación de las instancias claves, administrativas y jurisdiccionales del CSE, los llamados CED y CEM, tal que a la Alianza del partido de gobierno se le otorgó una ilegal segunda membrecía en esos cuerpos de 3 individuos en más del 33% de los casos. Por otra parte, se le negó su respectiva cuota a dos partidos. En el caso del PLI en los CED, su cuota, en vez de ser del 33%, fue de 0%. La violación fue más flagrante ocurrió a nivel de las JRV, donde ni siquiera se publicó la composición de las JRV. 2. Desde un inicio se le negó a dos partidos la acreditación de sus fiscales nacionales de forma arbitraria, otorgándose el CSE un inexistente derecho a veto. De igual manera, el CSE retrasó la acreditación y restringió el acceso de los demás fiscales de diversas instancias a numerosos procesos. El caso más grave, fue el proceso de verificación ciudadana en el mes de Julio, donde se impidió la fiscalización de forma total y absoluta. En vez de entregar las credenciales de fiscales de JRV diez días antes del sufragio, a como establece el art. 28 de la Ley, a menos de 24 horas antes de las elecciones se le entregó a dos partidos el remanente 50% de las credenciales de sus casi 13,000 credenciales (de cada uno), para trabajar en las JRV, con numerosos errores, negando por esta vía la posibilidad de fiscalización en más del 20% de las JRV a nivel nacional. Con otras medidas, como la expulsión y la falta de copias (legibles) de actas de escrutinio, este alto porcentaje sólo puede crecer. (Para más información, ver indicador 1, de la sección siguiente) 3. Aunque la tinta era de calidad, el CSE reglamentó aplicarla de forma leve (sólo en la yema del dedo) contrario a todas las elecciones anteriores que se garantizaba aplicarla al lado visible del dedo y a la cutícula, lo que dificultaba su remoción. En casi el 70% de la JRV, los miembros negaron el acceso a los fiscales, antes de finalizar la conformación de la JRV, tal que estos no pueden garantizar que la urna estuviera vacía al comenzar las votaciones. Se
6 eliminaron requisitos y candados de seguridad (firmas y códigos, al reverso de las boletas) y se pre generó, por parte del CSE, el código de seguridad, mismo que antes se establecía en la JRV, por los miembros. Esto abrió la posibilidad de sustitución de boletas. No se recibieron explicaciones por estos peligrosos cambios. De forma sistemática, se cambió la ubicación de los recintos secretos en las JRV con respecto a años anteriores. Como resultado de la observación en la muestra científica realizada encontramos que en el 55% de las JRV se violentó la secretividad del voto principalmente por la ubicación de los recintos que no prestaron condiciones para ejercer el voto de forma secreta. CONCLUSIÓN: Los 4 indicadores de requisitos mínimos relacionados con las garantías del sufragio presentan graves y sistemáticas violaciones. Basado en lo anterior estimamos que el Proceso Electoral no cumple con los requisitos mínimos universales en materia de Garantías al Sufragio CATEGORIA 4: CONTEOS TRANSPARENTES RESPETO A LA VOLUNTAD POPULAR INDICADORES: 1. Conteo de votos en presencia de fiscales, con entrega de fieles copias de las actas de conteos a cada partido. 2. Que no se eliminen votos y JRV por su preferencia Partidaria. 3. Publicación inmediata de los resultados en el exterior de tu JRV y acceso a la Población para verlos. 4. Publicación en tiempo mínimo razonable por el CSE Junta por Junta, el 100% de los resultados de la votación. 5. El debido proceso y transparencia a los Recursos. EVALUACION: 1. En al menos un 20% de las JRV el CSE, utilizando variadas maniobras, no acreditó a fiscales de al menos 3 partidos. Al menos dos de ellos habían mostrado a los Observadores Nacionales su listado completo en tiempo y forma desde 20 días antes de las elecciones. En un 15% adicional se expulso a algún fiscal de partidos de oposición antes del escrutinio. En el caso del PLI, no se le entregaron copias del acta de escrutinio legibles, en al menos un 35% de las JRV en las que logró tener presencia. En más del 70% de las JRV, estas se constituyeron o abrieron con antelación, cerrando las urnas sin dar posibilidad a los fiscales de constatar si estas estaban vacías antes de comenzar las votaciones.. Estos hechos son coincidentes con la observación y denuncia ciudadana de las cuales el 49 % señalan el ingreso de miembros de mesa y fiscal del FSLN a las JRV previo a la constitución oficial de las JRV, negando la entrada a fiscales de las demás alianzas u organizaciones políticas. Por otra parte nos encontramos que en el 75% de las JRV auditadas 3 se registran más votos para diputados (cualquiera de las diputaciones en especial la de diputados departamentales) que para presidente, lo que constituye un hecho atípico en la historia electoral de Nicaragua 4. Para las JRV en riesgo este porcentaje se incrementa al 86% 5. El 56 % de actas auditadas no tienen información de votos válidos y el 59% no tienen información de votos nulos, nuevamente nos encontramos ante hechos atípicos en este proceso electoral. 2. Dados los problemas de fiscalización y demás señalados, es imposible certificar el cumplimiento de este requisito, particularmente ante la eliminación sistemática de fiscales de oposición y de controles como el código de seguridad en las boletas (ahora decidido por el CSE y no por la JRV). Sin embargo la muestra realizada nos revela hallazgos importantes. En el 18% 3 60% de actas de escrutinio auditadas por EyT (7784 de JRVs) 4 Fuente CSE. La diferencia de votos para presidente en elecciones 2001 y 2006 fueron de 7,875, y 14,082 respectivamente, por encima a las diputaciones, por primera vez se registra que las diputaciones superan a la elección presidencial en 118,305 votos 5 Como resultado de la Auditoría de Actas se detectó acciones dirigidas a las Juntas Receptoras de Votos en Riesgo en relación de más votos para diputados que para presidentes, ausencia de votos válidos y ausencia de votos nulos. 6
7 de las JRV no se realizó el escrutinio de los votos, encontramos que en las JRV en riesgo aproximadamente 71,500 ciudadanos no pudieron votar. Por otra parte, se conocen al menos 98 casos documentados de más votos que votantes en las JRV y alto grado de sistematicidad en rellenar las urnas por la vía del doble y triple voto, en aquellas JRV sin debida fiscalización. 3. Un 31 % de las JRV no publicaron los carteles de resultados y en el 77% de la muestra observada negaron el acceso de ciudadanos al centro de votación durante y después del escrutinio. 4. Aún ante conteos no confiables, el CSE no publicó los resultados JRV por JRV, para ocultar las irregularidades. 5. Para tratar de impedir la debida documentación de los recursos de los partidos, el CSE, aparte de no publicar los datos por JRV y negarles copias legibles del acta de escrutinio en el 35% de las JRV al menos a uno de ellos, restó ilegalmente una semana al período disponible por los partidos para presentar sus recursos. CONCLUSIÓN: Los 5 indicadores de requisitos mínimos relacionados con los conteos transparentes y respeto a la voluntad popular presentan graves, intencionales y sistemáticas violaciones por parte de la autoridad electoral nicaragüense. Basado en lo anterior estimamos que el Proceso Electoral no cumple con los requisitos mínimos universales en materia de Transparencia en los conteos y respeto a la voluntad popular. V. RECOMENDACIONES 1. De forma categórica se debe aplaudir y potenciar el civismo y la naturaleza pacífica y democrática del pueblo Nicaragüense estableciendo como único camino para la solución de esta crisis de legitimidad, la vía institucional, cívica y pacífica. 2. Dada la lesionada legitimidad de los electos en un proceso tan viciado, se debe dar inicio a un proceso de reemplazo de la vigente legislación y sistema electoral, por medio de un proceso transparente y participativo, atento a las evaluaciones de las debilidades en el texto y manejo de la Ley Electoral, diagnosticadas a lo largo de 10 años por diversas instituciones de Observación Electoral y con los aportes de los diversos sectores de la vida nacional. Hay que estar atentos a los contenidos de la reforma electoral para evitar maquillajes o empeoramiento de la legislación, como ocurrió durante la anterior reforma (año 2000). 3. Ante la cercanía (menos de un año) del próximo proceso Electoral Municipal, se debe proceder al reemplazo inmediato y urgente de las todas las autoridades electorales, así como la debida investigación y enjuiciamiento por los delitos electorales y violaciones expresas a la Ley Electoral y su mandato específico cometidos por funcionarios del CSE. 4. Hacemos un llamado a los actores internacionales a no caer en la frustración al ver los retrocesos democráticos de nuestro país. Se deben descartar de forma tajante como respuestas al irregular proceso electoral medidas que afecten la precaria economía nacional y las oportunidades e ingreso de los Nicaragüenses. El avergonzamiento permanente a los responsables y las sanciones morales acompañados de un emplazamiento serio al Gobierno de la República para tomar de forma activa y pronta las medidas correctivas necesarias son, por otra parte, requisitos para el urgente cambio fundamental que requiere el Sistema Electoral y la Democracia Nicaraguense. 7
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