MEDELLÍN, AGOSTO 4 DE 2010

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "MEDELLÍN, AGOSTO 4 DE 2010"

Transcripción

1 Usurpación y Competencia Desleal en el Comercio Objetivo: Analizar los riesgos inminentes de usurpación y competencia desleal en el comercio a nivel nacional e internacional y establecer los mecanismos de protección LEGAL de sus marcas, productos, clientes y mercado. MEDELLÍN, AGOSTO 4 DE 2010

2 GUSTAVO ADOLFO ORTEGA H. ABOGADO ESPECIALISTA EN DERECHO ADMINISTRATIVO ESPECIALISTA EN LEGISLACION AMBIENTAL ESPECIALISTA EN PROPIEDAD INTELECTUAL, DERECHOS DE AUTOR Y NUEVAS TECNOLOGIAS.

3 PROPIEDAD INDUSTRIAL. SIGNOS DISTINTIVOS NOMBRE COMERCIAL ENSEÑA COMERCIAL MARCAS LEMAS

4 PROPIEDAD INDUSTRIAL. NOMBRE COMERCIAL SIGNO QUE IDENTIFICA UNA ACTIVIDAD ECONOMICA UNA RAZON SOCIAL, UNA EMPRESA O UN ESTABLECIMIENTO MERCANTIL. EL DERECHO SE OBTIENE POR EL PRIMER USO. EL DEPOSITO SE REALIZA UNICAMENTE ANTE LA SIC. EL DEPOSITO ES DECLARATIVO Y NO CONSTITUTIVO DEL DERECHO.

5 PROPIEDAD INDUSTRIAL. ENSEÑA COMERCIAL ES EL SIGNO QUE IDENTIFICA EL ESTABLECIMIENTO COMERCIAL, PUEDE SER NOMINATIVA O MIXTA. EL DERECHO SE OBTIENE POR EL PRIMER USO. EL DEPOSITO SE REALIZA UNICAMENTE ANTE LA SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO. EL DEPOSITO ES DECLARATIVO Y NO CONSTITUTIVO DEL DERECHO.

6 NOMBRE COMERCIAL VS. RAZON SOCIAL NOMBRE COMERCIAL: Es como el comerciante se identifica ante su público Se adquiere por el primero uso Se pierde por el NO USO Se Visualiza principalmente en las facturas El ámbito es nacional RAZÓN SOCIAL: Es la inscripción del comerciante en Cámara de Comercio Se adquiere por el registro Se pierde por la renuncia o cancelación del registro Se visualiza en el registro mercantil Su ámbito es regional (R.U.C Es la excepción)

7 PROPIEDAD INDUSTRIAL MARCA ES EL SIGNO DISTINTIVO QUE DISTINGUE EN EL MERCADO LOS PRODUCTOS O SERVICIOS DE UN UNA EMPRESA O UNA PERSONA, DE LOS DE PRODUCTOS O SERVICIOS DE OTRA EMPRESA. PODRAN CONSTITRUIR MARCAS LOS SIGUIENTES SIGNOS: A. LAS PALABRAS O COMBINACION DE PALABRAS B. LAS IMÁGENES, FIGURAS, SIMBOLOS, MONOGRAMAS, RETRATOS, ETIQUETAS, EMBLEMAS Y ESCUDOS C. LOS SONIDOS Y LOS OLORES

8 D. LAS LETRAS Y LOS NUMEROS E. UN COLOR DELIMITADO POR UNA FORMA O UNA COMBINACION DE COLORES F. LA FORMA DE LOS PRODUCTOS, SUS ENVASES O ENVOLTURAS.

9 LEMAS COMERCIALES PALABRA FRASE O LEYENDA UTILIZADA COMO COMPLEMENTO DE UNA MARCA QUE HACE ALUSIÓN A LAS CARACTERISTICAS O BONDADES DEL PRODUCTO O SERVICIO. CARACTERISTICAS EL LEMA DEBE SER ASOCIADO DIRECTAMENTE CON UNA MARCA PREVIAMENTE REGISTRADA EL LEMA DEBERA SER TRANSFERIDO CONJUNTAMENTE CON LA MARCA LA VIGENCIA DEL LEMA ESTARA SUJETA AL LA DEL SIGNO MARCARIO.

10 USO DE MARCAS EXTRANJERAS NO OTORGAN NINGUN DERECHO SE PUEDE PERDER LA INVERSIÓN EL USO PROLONGADO NO MEJORA LAS EXPECTATIVAS DE DERECHO

11 REGISTRO DE MARCAS EXTRANJERAS QUIEN DEBE HACERLO EL DUEÑO EXTRANJERO EL DISTRIBUIDOR EN COLOMBIA EL USO DE LA MARCA POR PARTE DE UN TERCERO LA MARCA EN EL PACTO ANDINO LA MARCA FUERA DEL PACTO ANDINO

12 LA MARCA TAL CUAL ES SIGNO ENGAÑOSO

13 PROTECCION DE LA MARCA SIN REGISTRO EL USUARIO EXTRARREGISTRAL REALIDAD DE LAS MARCAS MECANISMOS DE PROTECCION

14 COMPETENCIA DESLEAL

15 FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL La Constitución Política en su artículo 333 establece como principios orientadores del Estado Social de Derecho colombiano la libertad de empresa y la libertad de competencia. Art La actividad económica y la iniciativa privada son libres, dentro de los límites del bien común. Para su ejercicio, nadie podrá exigir permisos previos ni requisitos, sin autorización de la ley. La libre competencia económica es un derecho de todos que supone responsabilidades. La empresa, como base del desarrollo, tiene una función social que implica obligaciones. El estado fortalecerá las organizaciones solidarias y estimulará el desarrollo empresarial. El Estado, por mandato de ley, impedirá que se obstruya o se restrinja la libertad económica y evitará y controlará cualquier abuso que personas o empresas hagan de su posición dominante en el mercado nacional. La ley delimitará el alcance de la libertad económica cuando así lo exijan el interés social, el ambiente y el patrimonio cultural de la Nación.

16 FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL De manera breve, la doctrina ha definido la competencia económica como: El ejercicio de la libertad en procura de captar la clientela, colocando en el mercado productos y servicios a precios, calidades y en condiciones contractuales diferentes a los demás participantes." Qué significa? Todas las personas tienen el derecho de concurrir al mercado dentro de un marco de competencia; Cada participante luchará por atraer el mayor número de consumidores; Quien lo logre, hará ver a sus competidores disminuida la demanda de los productos/servicios que ofrecen.

17 FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL Conclusión: Si en la lucha por atraer a los consumidores se utilizan medios legales y leales, quienes resulten vencidos en virtud del libre juego de la oferta y la demanda tienen la obligación de soportar dicho efecto. A contrario sensu, cuando dentro de esa lucha los competidores se valen de medios restrictivos o desleales que distorsionan el mercado, su conducta se hace reprimible y sancionable. Lo que se sanciona son los medios ilegítimos que se utilicen para obtener mercado y no el querer incrementar o captar clientela, pues ésta no puede considerarse como propiedad de un oferente.

18 LA COMPETENCIA DESLEAL La Competencia Desleal es una rama del Derecho de la Competencia, junto con las siguientes materias: Prácticas Restrictivas. Protección al Consumidor. Metrología: Pesos y Medidas. Conjunto de normas jurídicas que pretenden regular el poder actual o potencial de las empresas sobre un determinado mercado, en aras del interés público.

19 CARACTERÍSTICAS DEL ACTO DE COMPETENCIA DESLEAL Para que un acto pueda ser sancionado como de competencia desleal, debe: 1. Ser desleal. Encuadrar en las conductas descritas en la Ley 256 o en la cláusula general de la misma; 2. Realizarse en el mercado. El acto debe tener efectos en el mercado colombiano, así se haya ejecutado fuera del país; y 3. Tener fines concurrenciales. Que su objetivo sea mantener o incrementar la participación en el mercado de quien lo realiza o de un tercero. El acto desleal se reprime siempre que tenga por objeto o como efecto competir deslealmente, sin considerar la intención de su autor.

20 NOCIONES BÁSICAS SOBRE LA COMPETENCIA DESLEAL DESLEAL : No es un término jurídico, sino ético y moral que varía según la persona y el escenario espacio-tiempo en el que se desarrolla. CONDUCTA DESLEAL : Las conductas que se pueden calificar como tales varían y evolucionan a la misma velocidad como se desarrolla el comercio. Con base en estas definiciones, la Ley 256 de 1996 establece una lista de doce acciones que se consideran desleales. Además, fija una cláusula general, dejando abierta la posibilidad de sancionar conductas que, aunque no estén enumeradas, se constituyan como desleales.

21 CONDUCTAS ESTABLECIDAS COMO DE COMPETENCIA DESLEAL Artículo 7 - Cláusula General. Teniendo en cuenta la calidad moral de la palabra desleal y la variación constante de las conductas en el tiempo, la Ley 256 de 1996 establece una cláusula general que permite abarcar posibles actuaciones desleales, diferentes a las enumeradas. ( ) se considera que constituye competencia desleal, todo acto o hecho que se realice en el mercado con fines concurrenciales, cuando resulte contrario a las sanas costumbres mercantiles, al principio de la buena fe comercial, a los usos honestos en materia industrial o comercial ( ).

22 CONDUCTAS DESLEALES - LEY 256 DE 1996 CLÁUSULA GENERAL Buena fe comercial. La práctica que se ajusta a los mandatos de honestidad, confianza, honorabilidad, lealtad que rige a los comerciantes en sus actuaciones. -Será desleal la conducta contraria a la buena fe comercial. -Quien alega la mala fe debe probarla, demostrándola en la actuación del demandado. Sanas costumbres mercantiles. Para que sea considerada como tal, la costumbre debe ser pública, uniforme, reiterada, y tenida como obligatoria por los comerciantes. -Quien alega contravención a una sana costumbre debe probar la existencia de la costumbre y el acto violatorio de la misma.

23 CONDUCTAS DESLEALES - LEY 256 DE 1996 CLÁUSULA GENERAL El artículo 3º del código del comercio de Colombia establece que la costumbre mercantil detectada tiene la misma fuerza que la ley comercial, siempre y cuando ésta no resulte contraria de ninguna manera, y sea uniforme, reiterada y de conocimiento público. Se identifican como funciones LA RELATORIA DEL PUEBLO de la Costumbre Mercantil la interpretativa, tal como está establecido en el artículo 5 del Código; la integradora o interpretadora, como complemento de las normas jurídicas dictadas por el legislador; y normativa, a falta de ley comercial existente, en los casos previstos por el artículo 3 del Código de Comercio colombiano. Tal como se establece en ese mismo artículo, debe ser reconocida. Este reconocimiento puede ser tanto local, como nacional, según los requisitos que ésta disponga. Debe ser probada según lo dispuesto en el Código de Procedimiento Civil en su artículo 190, por medio de testimonios y pruebas auténticas, a través de dos decisiones judiciales idénticas que sean definitivas, o por medio de la certificación de la cámara de comercio correspondiente. En este sentido, las cámaras de comercio se encargan de recopilar y certificar estas costumbres que se dan a nivel local y de los municipios que comprendan la jurisdicción. En el caso de la Cámara de Comercio de Bogotá, el proceso de reconocimiento está compuesto por etapas: la solicitud del interesado/a para la investigación de una costumbre, la determinación de la viabilidad jurídica, en el caso de ésta ser pertinente la recolección de las bases de datos en los cuales ésta es practicada (a través de muestras representativas, encuestas, etcétera). Realizados estos estudios, se procede a comprobar si la costumbre en cuestión recoge las condiciones para que sea confirmada como costumbre mercantil. Estos requisitos son la publicidad, la uniformidad, la reiteración, la vigencia y la obligatoriedad; tiene que ser conforme a que deben estar en un mínimo del 70% para declararse como probados. Por último la junta directiva de la Cámara pone a consideración la costumbre si esta parece estar acorde con el mínimo de requisitos, y si lo cree de esta manera, expide la certificación.

24 CONDUCTAS DESLEALES - LEY 256 DE 1996 CLÁUSULA GENERAL Usos honestos en materia industrial o comercial. Son las conductas seguidas por los comerciantes en sus negocios, pero, a diferencia de las costumbres, los usos no son considerados como obligatorios. -Será desleal la conducta que contraríe las conductas honestas, que sin ser constitutivas de costumbre mercantil, son seguidas por los comerciantes en sus actuaciones. -Debe probarse la existencia de los usos que se consideran contrariados por el infractor.

25 PRESTACIONES MERCANTILES ARTICULO 5o.- CONCEPTO DE PRESTACIONES MERCANTILES.- Las prestaciones mercantiles pueden consistir en actos y operaciones de los participantes en el mercado, relacionados con la entrega de bienes y mercancías, la prestación de servicios o el cumplimiento de hechos positivos o negativos, susceptibles de apreciación pecuniaria que se constituyen en la actividad concreta y efectiva para el cumplimiento de un deber jurídico.

26 CAUSALES DE COMPETENCIA DESLEAL LEY 256 DE Desviación de clientela (artículo 8 ). Desviar la clientela del competidor no es ilegal, lo que es incorrecto es utilizar medios desleales para el efecto. Por lo general, este acto se presenta acompañado de alguna de las otras causales de competencia desleal. 2. Actos de desorganización (artículo 9 ). Estos actos buscan desorganizar internamente una empresa, alterando su estructura, orden y desenvolvimiento ordinario. Ejemplo: Sustracción de empleados de confianza y técnicos estrella, buscando generar desorganización interna en la empresa competidora.

27 CAUSALES DE COMPETENCIA DESLEAL LEY 256 DE Actos de confusión (artículo 10 ). Buscan crear confusión con un competidor: sus productos, servicios, establecimientos o actividades; con el fin de traer para si la clientela. Genera mezcla de identidades empresariales. Afecta tanto al competidor como al usuario, pues lo induce a adquirir bienes o servicios que no desean. Ejemplo: El consumidor compra un producto de una marca pensando que está adquiriendo otra; o, sabiendo que son marcas diferentes, cree que provienen del mismo empresario.

28 CAUSALES DE COMPETENCIA DESLEAL LEY 256 DE Actos de engaño (artículo 11 ). Utilización aseveraciones falsas o incorrectas, u omisión de la verdadera información, buscando engañar al consumidor. Diferencia entre confusión y engaño: En la confusión se busca crear una identidad entre los productos propios y unos ajenos, que son exitosos en el mercado; mientras que el objetivo del engaño es crear una imagen distorsionada del competidor, evitando cualquier identidad con la propia oferta.

29 CAUSALES DE COMPETENCIA DESLEAL LEY 256 DE 1996 ACTOS DE ENGAÑO Para analizar si un acto es engañoso se observa su capacidad efectiva de distorsionar la realidad en la mente del consumidor. Se puede engañar diciendo la verdad (ej. tergiversación) Se puede no engañar diciendo mentiras (ej. exageración obvia) Ejemplo: Las películas que no consiga en Blockbuster, y consiga en otro lugar, deben ser piratas. Mensaje radial que la SIC determinó como engañoso, ya que resultó siendo falso.

30 CAUSALES DE COMPETENCIA DESLEAL LEY 256 DE Actos de descrédito (artículo 12 ). Todas aquellas afirmaciones que afecten la reputación de un competidor y que no sean: -Exactas: puntuales, fieles, cabales; -Verdaderas: acordes con la realidad; -Pertinentes: justificadas y necesarias. Ejemplo: Las prendas que se venden en almacenes Exito son de mala calidad. Los endulzantes que contienen aspartame causan alzheimer.

31 6. Actos de comparación (artículo 13 ). CAUSALES DE COMPETENCIA DESLEAL LEY 256 DE 1996 Las comparaciones entre productos, servicios y oferentes están permitidas, siempre y cuando sean: -Ciertas; -Verificables/comprobables; -Lo que se compare debe ser susceptible de comparación. No es comparable la velocidad de arranque de un BMW con la de un Renault 4. Ejemplo: El producto X tiene un 30% menos de grasas saturadas que el producto Y.

32 CAUSALES DE COMPETENCIA DESLEAL LEY 256 DE Actos de imitación (artículo 14 ). La imitación en Colombia es libre, siempre y cuando no genere confusión o aprovechamiento de la reputación ajena. En estos casos, la imitación será sancionable. Lo más recomendable es evitar la imitación a toda costa. Ejemplo: Abrir establecimientos en las mismas partes donde los abre la competencia y ofrecer los mismos productos cuando la competencia los ofrece.

33 CAUSALES DE COMPETENCIA DESLEAL LEY 256 DE Explotación de la reputación ajena (artículo 15 ). El aprovechamiento de la reputación ajena constituye una forma parasitaria de competir, pues implica tener una presencia en el mercado a costa del esfuerzo económico e intelectual de un tercero. Por lo general, esta causal va acompañada de usurpación marcaria o de actos que contravienen la propiedad industrial. La Ley 256 solo sanciona el acto desleal, sin inmiscuirse en lo relativo al derecho industrial que se esté contraviniendo. Ejemplo: Utilización de nombres ajenos, logos o empaques muy similares a los de la competencia, desviando así a los usuarios.

34 CAUSALES DE COMPETENCIA DESLEAL LEY 256 DE Violación de secretos (artículo 16 ). Un secreto es aquello que por su naturaleza es reservado, custodiado, no evidente para las personas relacionadas con la materia y tiene un valor comercial, por el hecho de su desconocimiento. La divulgación o explotación de un secreto es desleal, cuando las acciones se desarrollan sin autorización de su titular. Ejemplo: El empleado que tiene acceso a la base de datos de la compañía y, al renunciar, pone al servicio de la empresa competidora la información conocida.

35 CAUSALES DE COMPETENCIA DESLEAL LEY 256 DE Inducción a la ruptura contractual (artículo 17 ). Inducción a trabajadores, proveedores, clientes y demás obligados a infringir los deberes contractuales que tienen con los competidores. De la ruptura se pretende disminuir la clientela del competidor. Ejemplo: Inducir a la parte a terminar el contrato celebrado con el competidor, prometiendo a cambio el pago de la cláusula penal u otras prevendas, desmejorando la condición la empresa en el mercado o lo colocándola en situación de desventaja.

36 CAUSALES DE COMPETENCIA DESLEAL LEY 256 DE Violación de normas (artículo 18 ). Cuando un competidor viola una ley, y tal actitud le confiere una ventaja competitiva frente a los demás, se rompe la igualdad básica del mercado, pues no se puede asumir que el resto de participantes deban violar la ley para restaurar el equilibrio. La Ley 256 de 1996 no sanciona la violación de la norma particular, sino el haber adquirido una ventaja competitiva de dicha infracción, afectando la transparencia del mercado. Ejemplo: Un empresario no paga impuestos y, con los dineros de la evasión, invierte en publicidad y nuevas tecnologías, mejorando su posición en el mercado.

37 CAUSALES DE COMPETENCIA DESLEAL LEY 256 DE Pactos desleales de exclusividad (artículo 19 ). Serán desleales los pactos de exclusividad que: Tengan por objeto, o como efecto, restringir el acceso de los participantes en el mercado; Tengan por objeto, o como efecto, monopolizar la distribución de productos o servicios. Aunque esta causal se definió como de competencia desleal, está más relacionada con las prácticas restrictivas de la competencia, pues busca evitar la entrada de nuevos competidores al mercado o monopolizarlo.

38 SUJETOS DE LA ACCIÓN DE COMPETENCIA DESLEAL Sujeto Activo: Quién puede demandar? 1. Cualquier persona que participe o demuestre su intención de participar en el mercado, probando el perjuicio actual o inminente sobre sus intereses económicos; 2. Las asociaciones gremiales en pro de sus miembros; 3. Las asociaciones de defensa del consumidor; y 4. El Procurador general de la Nación. Sujeto Pasivo: Quién puede ser demandado? 1. Quien realiza la conducta; 2. Empleador del trabajador que, en ejercicio de sus funciones, realizó la conducta.

39 USURPACION

40 DIFERENCIAS CON LA COMPETENCIA DESLEAL ES PENAL SE ADELANTA ANTE FISCALIA ESPECIALIZADA LAS PARTES SON EL ESTADO Y EL DENUNCIADO TERMINA CON CONDENA PENAL NO INCLUYE PERJUICIOS A LA PARTE

41 LEY 1032 DE 2006 Artículo 306. Usurpación de derechos de propiedad industrial y derechos de obtentores de variedades vegetales. El que, fraudulentamente, utilice nombre comercial, enseña, marca, patente de invención, modelo de utilidad, diseño industrial, o usurpe derechos de obtentor de variedad vegetal, protegidos legalmente o similarmente confundibles con uno protegido legalmente, incurrirá en prisión de cuatro (4) a ocho (8) años y multa de veintiséis punto sesenta y seis (26.66) a mil quinientos (1.500) salarios mínimos legales mensuales vigentes. En las mismas penas incurrirá quien financie, suministre, distribuya, ponga en venta, comercialice, transporte o adquiera con fines comerciales o de intermediación, bienes o materia vegetal, producidos, cultivados o distribuidos en las circunstancias previstas en el inciso anterior.

42 ANTERIOR CODIGO PENAL ART Usurpación de marcas y patentes. El que utilice fraudulentamente nombre comercial, enseña, marca, patente de invención, modelo de utilidad o diseño industrial protegido legalmente o similarmente confundible con uno protegido legalmente, incurrirá en prisión de dos (2) a cuatro años y multa de veinte (20) a dos mil (2.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes. En la misma pena incurrirá quien financie, suministre, distribuya, ponga en venta, comercialice, transporte o adquiera con fines comerciales o de intermediación, bienes producidos o distribuidos en las circunstancias previstas en el inciso anterior.

43 CARACTERISTICAS ES UN DELITO SE REQUIERE DEMOSTRAR LA MALA FE NO ES TRANSABLE EL DENUNCIANTE NO HACE PARTE DEL PROCESO SE PUEDE CONSTITUIR EN PARTE CIVIL

44 MEDIDAS CAUTELARES INCAUTACIÓN MOMENTO DE SOLICITARLA SISTEMA ANTERIOR SISTEMA PENAL ORAL PRACTICA EN MEDELLÍN

45 INFRACCION MARCARIA

46 INFRACCION MARCARIA DECISION 486 del 200 ART El titular de un derecho protegido en virtud de esta decisión podrá entablar acción ante la autoridad nacional competente contra cualquier persona que infrinja su derecho. También podrá actuar contra quien ejecute actos que manifiesten la inminencia de una infracción. Si la legislación interna del país miembro lo permite, la autoridad nacional competente podrá iniciar de oficio, las acciones por infracción previstas en dicha legislación. En caso de cotitularidad de un derecho, cualquiera de los cotitulares podrá entablar la acción contra una infracción sin, que sea necesario el consentimiento de los demás, salvo acuerdo en contrario entre los cotitulares.

47 TIPO DE PROCESO ES UN PROCESO CIVIL LOS SUPUESTOS SON PARECIDOS A LOS DE LA COMPETENCIA DESLEAL ES MAS DE TIPO OBJETIVA QUE LA COMPETENCIA DESLEAL

48 3 AÑOS EN PRIMERA INSTANCIA 2 AÑOS EN SEGUNDA INSTANCIA ES UN PROCESO MAS BIEN EXOTICO EN COLOMBIA EN OTROS PAISES ES IGUAL A LA USURPACIÓN.

49 LA PRINCIPAL ES LA PRESCRIPCIÓN LOS HECHOS A DEMOSTRAR SON DIFERENTES, EN ESTE CASO SE DEBE PROBAR LA VIOLACIÓN POR PASIVA DEL SIGNO DEMANDANTE.

50 La "Cruz Roja" Denunciada por Infracción Marcaria La empresa estadounidense Johnson & Johnson ha procedido a denunciar a la Cruz Roja por el uso del popular logotipo. El gigante farmacéutico Johnson & Johnson y la Cruz Roja ha declarado que posee dicho diseño registrado en Estados Unidos como marca desde el año Por su parte la Cruz Roja emplea dicho símbolo desde su fundación en el año 1863, y representa la bandera suiza con los colores invertidos, en honor al país del fundador, Henry Dunant. Ambos grupos comparten símbolo desde que lo registrara la farmacéutica 24 años después de que lo estuviera usando la Cruz Roja. Johnson & Johnson argumenta que el problema ha surgido cuando la Cruz Roja ha decidido vender productos propios para buscar así nuevas formas de financiación. Los productos a los que se refiere Johnson & Johnson producen a la Cruz Roja unos 10 millones de dólares que son reinvertidos en fines humanitarios. Mientras tanto la farmacéutica obtuvo millones de dólares en su último ejercicio fiscal.

51

Relaciones profesionales

Relaciones profesionales Asesoría Jurídica de fepfi Relaciones profesionales Con empleados y colaboradores Por TERESA MORÁN GARRIDO Relaciones profesionales con empleados y colaboradores. A veces un fotógrafo contrata a otro para

Más detalles

ABUSO DE LA POSICIÓN DOMINANTE

ABUSO DE LA POSICIÓN DOMINANTE ABUSO DE LA POSICIÓN DE DOMINIO III III Jornadas de Generación del Sector Eléctrico William Antonio Burgos Durango 2010 NORMATIVIDAD APLICABLE Ley 155 de 1959, artículo 1 Ley 155 de 1959, artículo 1 Constitución

Más detalles

WINTERBOTHAM FIDUCIARIA S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE INVERSIÓN CÓDIGO DE ETICA

WINTERBOTHAM FIDUCIARIA S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE INVERSIÓN CÓDIGO DE ETICA WINTERBOTHAM FIDUCIARIA S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE INVERSIÓN CÓDIGO DE ETICA 1 Asunto: CÓDIGO DE ETICA Para uso por: Todo el personal Fecha de aprobación: Abril 2015 Contenido: 1. Introducción 2.

Más detalles

ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN MATERIA DE ADUANAS ARTÍCULO 1. Definiciones

ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN MATERIA DE ADUANAS ARTÍCULO 1. Definiciones ANEXO V ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN MATERIA DE ADUANAS ARTÍCULO 1 Definiciones Para los efectos del presente Anexo: «autoridad requerida» significa toda autoridad administrativa designada para este

Más detalles

POLÍTICA DE PROTECCION DE DATOS PERSONALES DE ACH COLOMBIA S.A.

POLÍTICA DE PROTECCION DE DATOS PERSONALES DE ACH COLOMBIA S.A. POLÍTICA DE PROTECCION DE DATOS PERSONALES DE ACH COLOMBIA S.A. 1. CONSIDERANDO 1.1. ACH COLOMBIA tiene implementado un Sistema de Gestión de Seguridad de la Información bajo el marco de la norma ISO 27001,

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0183/2009

Gabinete Jurídico. Informe 0183/2009 Informe 0183/2009 La consulta plantea como debe actuarse para, en casos concretos, mantener en secreto el dato del domicilio de las victimas de violencia de género o restringir su acceso a determinados

Más detalles

CAPÍTULO V. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES. La franquicia es una figura jurídica regulada en la ley de propiedad industrial,

CAPÍTULO V. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES. La franquicia es una figura jurídica regulada en la ley de propiedad industrial, CAPÍTULO V. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES. La franquicia es una figura jurídica regulada en la ley de propiedad industrial, en donde de acuerdo a ésta ley, destacan ciertas características fundamentales,

Más detalles

Directiva del Consejo de 14 de mayo de 1991 sobre la protección jurídica de programas de ordenador (91/250/CEE)

Directiva del Consejo de 14 de mayo de 1991 sobre la protección jurídica de programas de ordenador (91/250/CEE) Directiva del Consejo de 14 de mayo de 1991 sobre la protección jurídica de programas de ordenador (91/250/CEE) El Consejo de las comunidades europeas Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica

Más detalles

Política antisoborno y de cumplimiento de la Ley sobre Prácticas Corruptas en el Extranjero

Política antisoborno y de cumplimiento de la Ley sobre Prácticas Corruptas en el Extranjero Política antisoborno y de cumplimiento de la Ley sobre Prácticas Corruptas en el Extranjero Crawford & Company y todas sus subsidiarias en todo el mundo están sujetas a ciertas obligaciones de registros

Más detalles

COLEGIO COLOMBIANO DE PSICÓLOGOS Concepto Jurídico

COLEGIO COLOMBIANO DE PSICÓLOGOS Concepto Jurídico 1 Bogotá D.C., 20 de Octubre de 2009 COLEGIO COLOMBIANO DE PSICÓLOGOS Concepto Jurídico El Colegio Colombiano de Psicólogos es una entidad gremial, de derecho privado, sin ánimo de lucro, con personería

Más detalles

Las operaciones vinculadas tienen un doble ámbito de aplicación según la naturaleza del impuesto:

Las operaciones vinculadas tienen un doble ámbito de aplicación según la naturaleza del impuesto: La regulación de las operaciones vinculadas vigente va a ser objeto de reforma en breve debido a su difícil aplicación práctica y a la revisión normativa que de esta materia se ha producido en numerosos

Más detalles

NIFBdM C-7 OTRAS INVERSIONES PERMANENTES

NIFBdM C-7 OTRAS INVERSIONES PERMANENTES NIFBdM C-7 OTRAS INVERSIONES PERMANENTES OBJETIVO Establecer los criterios de valuación, presentación y revelación para el reconocimiento inicial y posterior de las otras inversiones permanentes del Banco.

Más detalles

ANEXO VI REFERIDO EN EL PARRAFO 2 DEL ARTÍCULO 2.3 (REGLAS DE ORIGEN Y ASISTENCIA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS)

ANEXO VI REFERIDO EN EL PARRAFO 2 DEL ARTÍCULO 2.3 (REGLAS DE ORIGEN Y ASISTENCIA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS) ANEXO VI REFERIDO EN EL PARRAFO 2 DEL ARTÍCULO 2.3 (REGLAS DE ORIGEN Y ASISTENCIA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS) RESPECTO A ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS ANEXO VI REFERIDO EN EL PARRAFO

Más detalles

Resolución. Cuestión Q238. Reivindicaciones de Segundo uso médico y otra segunda indicación

Resolución. Cuestión Q238. Reivindicaciones de Segundo uso médico y otra segunda indicación Congreso Toronto Resolución adoptada 17 septiembre 2014 Resolución Cuestión Q238 Reivindicaciones de Segundo uso médico y otra segunda indicación AIPPI Teniendo en cuenta que: 1) El ámbito de esta resolución

Más detalles

Los contenidos deben ser entendibles, agradables y de fácil uso

Los contenidos deben ser entendibles, agradables y de fácil uso POLÍTICA EDITORIAL Y DE ACTUALIZACIÓN DEL SITIO WEB La política Editorial y de actualización del Sitio Web se encuentra regida por el Decreto 067, expedido el 24 de septiembre de 2012, que tiene por objeto

Más detalles

ANEXO VI REFERIDO EN EL ARTÍCULO 2.3 EN RELACIÓN CON LA ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS

ANEXO VI REFERIDO EN EL ARTÍCULO 2.3 EN RELACIÓN CON LA ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS ANEXO VI REFERIDO EN EL ARTÍCULO 2.3 EN RELACIÓN CON LA ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS ANEXO VI REFERIDO EN EL ARTÍCULO 2.3 EN RELACIÓN CON LA ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN ASUNTOS

Más detalles

Generalidades. DOCUMENTOS DE PATENTES COMO FUENTE DE INFORMACION TECNOLOGICA

Generalidades. DOCUMENTOS DE PATENTES COMO FUENTE DE INFORMACION TECNOLOGICA DOCUMENTOS DE PATENTES COMO FUENTE DE INFORMACION TECNOLOGICA Generalidades. Cuando una persona ha realizado una invención lo más conveniente es protegerla obteniendo un derecho de Propiedad Industrial.

Más detalles

NORMA TÉCNICA DE AUDITORÍA SOBRE CONSIDERACIONES RELATIVAS A LA AUDITORÍA DE ENTIDADES QUE EXTERIORIZAN PROCESOS DE ADMINISTRACIÓN

NORMA TÉCNICA DE AUDITORÍA SOBRE CONSIDERACIONES RELATIVAS A LA AUDITORÍA DE ENTIDADES QUE EXTERIORIZAN PROCESOS DE ADMINISTRACIÓN Resolución de 26 de marzo de 2004, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se publica la Norma Técnica de Auditoría sobre consideraciones relativas a la auditoría de entidades

Más detalles

DECLARACIONES I. DECLARA LAS PARTES DE COMÚN ACUERDO QUE: a) Ambos señalan como su domicilio el ubicado en. DEFINICIONES

DECLARACIONES I. DECLARA LAS PARTES DE COMÚN ACUERDO QUE: a) Ambos señalan como su domicilio el ubicado en. DEFINICIONES CONTRATO DE COTITULARIDAD Y REGLAS DE USO DE MARCAS CONTRATO DE COTITULARIDAD Y REGLAS DE USO DE MARCA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE SUJETO A A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COTITULAR 1, Y POR LA

Más detalles

CEOE-CEPYME, por el presente voto particular, manifiesta su voto negativo a la propuesta de aprobación del documento de referencia.

CEOE-CEPYME, por el presente voto particular, manifiesta su voto negativo a la propuesta de aprobación del documento de referencia. VOTO PARTICULAR DE CEOE-CEPYME AL DOCUMENTO LA EMPRESA SOCIALMENTE RESPONSABLE EN LA COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO ELABORADO POR EL GRUPO DE TRABAJO DE RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL DEL CONSEJO DE

Más detalles

El derecho fundamental de huelga

El derecho fundamental de huelga AUTONOMÍA SUR SCA El derecho fundamental de huelga Documento de trabajo 03. Área jurídica [Septiembre 2014] Disposiciones legales y artículos básicos sobre el derecho fundamental de huelga de la legislación

Más detalles

GRUPO DE TRABAJO SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS -ARTÍCULO 29. Grupo de Trabajo sobre protección de datos - Artículo 29

GRUPO DE TRABAJO SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS -ARTÍCULO 29. Grupo de Trabajo sobre protección de datos - Artículo 29 GRUPO DE TRABAJO SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS -ARTÍCULO 29 MARKT/5058/00/ES/FINAL WP 33 Grupo de Trabajo sobre protección de datos - Artículo 29 Dictamen 5/2000 sobre el uso de las guías telefónicas públicas

Más detalles

POLITICA EDITORIAL Y ACTUALIZACIÓN DE CONTENIDOS WEB

POLITICA EDITORIAL Y ACTUALIZACIÓN DE CONTENIDOS WEB CODIGO: I-102-01 VERSIÓN: 01 FECHA: 30-OCT-2015 PAGINA:1 DE 8 POLITICA EDITORIAL Y ACTUALIZACIÓN DE CONTENIDOS WEB 1 CODIGO: I-102-01 VERSIÓN: 01 FECHA: 30-OCT-2015 PAGINA:2 DE 8 INTRODUCCIÓN En miras

Más detalles

CAPÍTULO DIEZ COMERCIO TRANSFRONTERIZO DE SERVICIOS. comercio transfronterizo de servicios significa suministrar un servicio:

CAPÍTULO DIEZ COMERCIO TRANSFRONTERIZO DE SERVICIOS. comercio transfronterizo de servicios significa suministrar un servicio: CAPÍTULO DIEZ COMERCIO TRANSFRONTERIZO DE SERVICIOS Artículo 10.01: Definiciones Para efectos de este Capítulo: comercio transfronterizo de servicios significa suministrar un servicio: del territorio de

Más detalles

EL CONTRATO DE DISTRIBUCIÓN*

EL CONTRATO DE DISTRIBUCIÓN* EL CONTRATO DE DISTRIBUCIÓN* Existen diferentes mecanismos mediante los cuales las empresas pueden obtener el apoyo y la colaboración requeridos para desarrollar su actividad comercial. Uno de los objetivos

Más detalles

CÓDIGO DE CONDUCTA DEL GRUPO EMPRESARIAL REDEXIS GAS

CÓDIGO DE CONDUCTA DEL GRUPO EMPRESARIAL REDEXIS GAS DEL GRUPO EMPRESARIAL REDEXIS GAS ÍNDICE PREÁMBULO... 2 TÍTULO I. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN... 3 Artículo 1.- Objeto... 3 Artículo 2.- Ámbito de aplicación... 3 TÍTULO II. NORMAS DE CONDUCTA... 4 CAPÍTULO

Más detalles

de la LOPD y del RDLOPD Cómo cumplir con la Ley sin perder operatividad y eficacia

de la LOPD y del RDLOPD Cómo cumplir con la Ley sin perder operatividad y eficacia Fundamentos Las empresas básicos y la LOPD de la LOPD y del RDLOPD Cómo cumplir con la Ley sin perder operatividad y eficacia Cómo le afecta la LOPD 1 Dispone de datos personales de sus empleados y clientes

Más detalles

Ley Modelo sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores de Centroamérica y República Dominicana. Capítulo I Disposiciones generales

Ley Modelo sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores de Centroamérica y República Dominicana. Capítulo I Disposiciones generales Ley Modelo sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores de Centroamérica y República Dominicana Artículo 1. Objeto de la normativa. Capítulo I Disposiciones generales La presente ley tiene por objeto

Más detalles

de Leyes Electrónicamente Accesible BOLIVIA Código de Comercio (Extractos) ÍNDICE De los comerciantes y sus obligaciones

de Leyes Electrónicamente Accesible BOLIVIA Código de Comercio (Extractos) ÍNDICE De los comerciantes y sus obligaciones Código de Comercio (Extractos) ÍNDICE Artículo Libro primero: Título I: Capítulo V: Libro segundo: Título I: Capítulo III: Capítulo IV: Capítulo V: Capítulo VI: Capítulo VII: De los comerciantes y sus

Más detalles

REGLAMENTO SOBRE RESULTADOS DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE CANTABRIA, redactado en los siguientes términos:

REGLAMENTO SOBRE RESULTADOS DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE CANTABRIA, redactado en los siguientes términos: REGLAMENTO SOBRE RESULTADOS DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE CANTABRIA, redactado en los siguientes términos: MOTIVACIÓN En el momento actual, las tres funciones de la universidad (docencia, investigación

Más detalles

PRONUNCIAMIENTO DOCTRINARIO SOBRE PUBLICIDAD COMPARATIVA DE PRECIOS

PRONUNCIAMIENTO DOCTRINARIO SOBRE PUBLICIDAD COMPARATIVA DE PRECIOS PRONUNCIAMIENTO DOCTRINARIO SOBRE PUBLICIDAD COMPARATIVA DE PRECIOS CONSIDERANDO Que, CONAR existe como una iniciativa de la industria para preservar la confianza y la credibilidad en la publicidad, siendo

Más detalles

El procedimiento de modificación de la capacidad jurídica se divide en:

El procedimiento de modificación de la capacidad jurídica se divide en: Los conceptos de la modificación de la capacidad jurídica, la tutela o la curatela son términos complejos que a menudo se desconocen o se confunden en el entorno más inmediato de las personas con discapacidad

Más detalles

REGLAMENTO DE USO DE LA MARCA PROMOCIONAL HECHO EN MIJAS MADE IN MIJAS AYUNTAMIENTO DE MIJAS PROMOCIÓN INDUSTRIAL Y COMERCIAL

REGLAMENTO DE USO DE LA MARCA PROMOCIONAL HECHO EN MIJAS MADE IN MIJAS AYUNTAMIENTO DE MIJAS PROMOCIÓN INDUSTRIAL Y COMERCIAL REGLAMENTO DE USO DE LA MARCA PROMOCIONAL HECHO EN MIJAS MADE IN MIJAS AYUNTAMIENTO DE MIJAS PROMOCIÓN INDUSTRIAL Y COMERCIAL REGLAMENTO DE USO DE LA MARCA PROMOCIONAL HECHO EN MIJAS y MADE IN MIJAS TÍTULO

Más detalles

Aspectos importantes en la protección de intangibles. Natalia González Auque Abogada Correo: natalia.gonzalez@cientech.org

Aspectos importantes en la protección de intangibles. Natalia González Auque Abogada Correo: natalia.gonzalez@cientech.org Aspectos importantes en la protección de intangibles Natalia González Auque Abogada Correo: natalia.gonzalez@cientech.org Economía del conocimiento o La base del desarrollo económico es el aumento en el

Más detalles

III ED PREMIOS EMPRENDEDOR UCM

III ED PREMIOS EMPRENDEDOR UCM El guión que se presenta a continuación pretende ser una guía de los contenidos que debería reunir el Proyecto que se presente al certamen. No obstante, si se ha elaborado previamente el documento a partir

Más detalles

Mensaje Del Presidente de la Cámara de Comercio e Industria de Tegucigalpa

Mensaje Del Presidente de la Cámara de Comercio e Industria de Tegucigalpa CODIGO DE ETICA EMPRESARIAL Mensaje Del Presidente de la Cámara de Comercio e Industria de Tegucigalpa En la Cámara de Comercio e Industria de Tegucigalpa y personalmente creo que es importante contar

Más detalles

RESUMEN TRÁFICO- Enseñanza On Line

RESUMEN TRÁFICO- Enseñanza On Line RESUMEN TRÁFICO- Enseñanza On Line Un particular informa sobre la existencia de obstáculos a la libertad de establecimiento en el ámbito de la formación de contenidos teóricos para la obtención del permiso

Más detalles

RESOLUCIÓN (Expte. R 177/96, Placas Matrícula)

RESOLUCIÓN (Expte. R 177/96, Placas Matrícula) RESOLUCIÓN (Expte. R 177/96, Placas Matrícula) Pleno Excmos. Sres.: Petitbò Juan, Presidente Alonso Soto, Vicepresidente Bermejo Zofío, Vocal Fernández López, Vocal Hernández Delgado, Vocal Rubí Navarrete,

Más detalles

PROPIEDAD Y DERECHOS DE EXPLOTACIÓN DE LAS CREACIONES PUBLICITARIAS

PROPIEDAD Y DERECHOS DE EXPLOTACIÓN DE LAS CREACIONES PUBLICITARIAS Rambla de Catalunya, 45, 2º Tel: 93 216 04 50 Fax: 93 487 16 71 Barcelona 08007 E-Mail: info@bmcf-abogados.com PROPIEDAD Y DERECHOS DE EXPLOTACIÓN DE LAS CREACIONES PUBLICITARIAS El presente informe expone

Más detalles

CAPITULO V PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN DEL PROYECTO

CAPITULO V PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN DEL PROYECTO CAPITULO V PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN DEL PROYECTO La adquisición de un acuerdo de outsourcing fuerte y activo es una tarea particularmente compleja, con ramas de actividad muy dispares y potencialmente difíciles.

Más detalles

SUPERVISOR EUROPEO DE PROTECCIÓN DE DATOS

SUPERVISOR EUROPEO DE PROTECCIÓN DE DATOS 30.11.2010 Diario Oficial de la Unión Europea C 323/1 I (Resoluciones, recomendaciones y dictámenes) DICTÁMENES SUPERVISOR EUROPEO DE PROTECCIÓN DE DATOS Dictamen del Supervisor Europeo de Protección de

Más detalles

DIRECTRIZ DE ICC/ESOMAR SOBRE MANTENIMIENTO DE LAS DISTINCIONES ENTRE LA INVESTIGACIÓN DE MERCADO Y EL MARKETING DIRECTO

DIRECTRIZ DE ICC/ESOMAR SOBRE MANTENIMIENTO DE LAS DISTINCIONES ENTRE LA INVESTIGACIÓN DE MERCADO Y EL MARKETING DIRECTO DIRECTRIZ DE ICC/ESOMAR SOBRE MANTENIMIENTO DE LAS DISTINCIONES ENTRE LA INVESTIGACIÓN DE MERCADO Y EL MARKETING DIRECTO Copyright ICC/ESOMAR, 1997 Introducción El Código Internacional ICC/ESOMAR sobre

Más detalles

Establecido el objeto del informe y la problemática que pretende afrontar, se realizan las siguientes consideraciones: I Régimen jurídico

Establecido el objeto del informe y la problemática que pretende afrontar, se realizan las siguientes consideraciones: I Régimen jurídico INFORME DE LA INTERVENCIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID DE 17 DE ENERO DE 2008. OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y DE SEGURIDAD SOCIAL. CERTIFICADOS PARA ACREDITAR HALLARSE AL CORRIENTE DE TALES OBLIGACIONES.

Más detalles

INFRACCIONES A DERECHOS DE MARCAS Y PATENTES: EXPERIENCIA DE LOS TRIBUNALES Y DEL MINISTERIO PÚBLICO. P

INFRACCIONES A DERECHOS DE MARCAS Y PATENTES: EXPERIENCIA DE LOS TRIBUNALES Y DEL MINISTERIO PÚBLICO. P INFRACCIONES A DERECHOS DE MARCAS Y PATENTES: EXPERIENCIA DE LOS TRIBUNALES Y DEL MINISTERIO PÚBLICO. P III JORNADAS ACHIPI- LUNES 30 DE AGOSTO 2010 Marcelo Correa Morales MARCA COMERCIAL Bajo la denominación

Más detalles

CÓDIGO DE ÉTICA ABRIL 2010

CÓDIGO DE ÉTICA ABRIL 2010 CÓDIGO DE ÉTICA ABRIL 2010 ÍNDICE Introducción 3 Alcance 3 Marco Ético 4 Comisión de Honor 4 Políticas Comerciales 6 Relación con la Autoridad 8 Contactos con la Prensa 9 Sanciones 10 PÁGINA 1 PÁGINA 2

Más detalles

Tema 1:La empresa y el sistema económico

Tema 1:La empresa y el sistema económico Tema 1:La empresa y el sistema económico 1.Concepto de economía 2. Algunos conceptos básicos de economía 3.La curva de transformación 4.Problemas económicos fundamentales 5.Los sistemas económicos 6.Los

Más detalles

Por qué registrar su Marca con Nosotros

Por qué registrar su Marca con Nosotros Por qué registrar su Marca con Nosotros Desde IdenBiz le brindamos asesoramiento integral en Identidad Corporativa, tanto en lo que hace al proceso legal de Registro de su Marca ante el INPI, como a las

Más detalles

GRUPO DE ACCIÓN SOBRE LA CAPACIDAD LEGAL SEGÚN LA CONVENCION

GRUPO DE ACCIÓN SOBRE LA CAPACIDAD LEGAL SEGÚN LA CONVENCION GRUPO DE ACCIÓN SOBRE LA CAPACIDAD LEGAL SEGÚN LA CONVENCION DISEÑO DE SISTEMAS DE TOMA DE DECISIONES CON APOYO: UNA GUÍA PARA EL DIÁLOGO Febrero de 2009 INTRODUCCIÓN El artículo 12 de la Convención de

Más detalles

Aranco&Asociados. Abogacía Notariado Economía y Finanzas

Aranco&Asociados. Abogacía Notariado Economía y Finanzas Montevideo, 19 de marzo de 2012 DE: Aranco & Asociados PARA: ASUNTO: Esbozo de algunas controversias sobre titularidad y legitimidad de registro de nombres de dominio y relacionadas a servicios de hosting.

Más detalles

Cometarios sobre el Fundamento.-

Cometarios sobre el Fundamento.- Estado Plurinacional de Bolivia Comentarios y Contribuciones al documento Marco para la Colaboración con los Agentes no Estatales de la Organización Mundial de la Salud (OMS) El Estado Plurinacional de

Más detalles

22. Tratado de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) sobre Derecho de Autor

22. Tratado de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) sobre Derecho de Autor 22. Tratado de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) sobre Derecho de Autor Clase de Instrumento: Tratado internacional Adopción: 20 de diciembre de 1996 Fecha de entrada en vigor

Más detalles

Guía para ser un empresario formal del Turismo en Chile

Guía para ser un empresario formal del Turismo en Chile Guía para ser un empresario formal del Turismo en Chile Organizado y ejecutado por:r Apoyado y financiado por:r Relator : Víctor González Director Fundación Trekkingchile victor.gonzalez@trekkerchile.com

Más detalles

Generalitat de Catalunya Departament d Economia i Finances Junta Consultiva de Contractació Administrativa

Generalitat de Catalunya Departament d Economia i Finances Junta Consultiva de Contractació Administrativa Informe 5/1998, de 30 de octubre, de la COMISIÓN PERMANENTE de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Generalidad de Cataluña. Asunto: Elementos definidores de los contratos de gestión

Más detalles

Manual básico de gestión económica de las Asociaciones

Manual básico de gestión económica de las Asociaciones Manual básico de gestión económica de las Asociaciones El control económico de una Asociación se puede ver desde dos perspectivas: Necesidades internas de información económica para: * Toma de decisiones

Más detalles

SOCIEDAD ESPAÑOLA DE MEDICINA Y SEGURIDAD DEL TRABAJO www.semst.org PRESIDENTE. Madrid 3 de Noviembre de 2008. Excelentísimo Señor:

SOCIEDAD ESPAÑOLA DE MEDICINA Y SEGURIDAD DEL TRABAJO www.semst.org PRESIDENTE. Madrid 3 de Noviembre de 2008. Excelentísimo Señor: SOCIEDAD ESPAÑOLA DE MEDICINA Y SEGURIDAD DEL TRABAJO www.semst.org PRESIDENTE Madrid 3 de Noviembre de 2008 Excelentísimo Señor: La Ley 31/95, de Prevención de Riesgos Laborales, establece en su artículo

Más detalles

Capítulo 5. Cooperación y Asistencia Administrativa Mutua en Asuntos Aduaneros

Capítulo 5. Cooperación y Asistencia Administrativa Mutua en Asuntos Aduaneros Capítulo 5 Cooperación y Asistencia Administrativa Mutua en Asuntos Aduaneros Artículo 5.1: Alcance 1. Las Partes, por medio de sus autoridades competentes, deberán proporcionarse asistencia administrativa

Más detalles

Guía paso a paso para emprender en México!

Guía paso a paso para emprender en México! Guía paso a paso para emprender en México Emprender en México puede no ser una tarea sencilla si no se conocen todas la opciones y obligaciones que se tienen, por ese motivo esta guía pretende dar una

Más detalles

CORPORACIÓN COLEGIATURA COLOMBIANA AVISO DE PROTECCIÓN DATOS PERSONALES AUTORIZACIÓN Y REFRENDACIÓN DE USO DE DATOS PERSONALES

CORPORACIÓN COLEGIATURA COLOMBIANA AVISO DE PROTECCIÓN DATOS PERSONALES AUTORIZACIÓN Y REFRENDACIÓN DE USO DE DATOS PERSONALES CORPORACIÓN COLEGIATURA COLOMBIANA AVISO DE PROTECCIÓN DATOS PERSONALES AUTORIZACIÓN Y REFRENDACIÓN DE USO DE DATOS PERSONALES Con la expedición de la ley 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2013, se da

Más detalles

REGLAS PARA LA REFERENCIA DE LA CERTIFICACIÓN ECOCERT Y MARCA DE CERTIFICACIÓN PRODUCTOS AGRÍCOLAS Y ALIMENTICIOS CERTIFICADOS POR ECOCERT

REGLAS PARA LA REFERENCIA DE LA CERTIFICACIÓN ECOCERT Y MARCA DE CERTIFICACIÓN PRODUCTOS AGRÍCOLAS Y ALIMENTICIOS CERTIFICADOS POR ECOCERT REGLAS PARA LA REFERENCIA DE LA CERTIFICACIÓN ECOCERT Y MARCA DE CERTIFICACIÓN PRODUCTOS AGRÍCOLAS Y ALIMENTICIOS CERTIFICADOS POR ECOCERT ECOCERT, como organismo de certificación y propietario de esta

Más detalles

ANA LUISA DIAZ JIMENEZ I.A. Ph.D. Directora Tecnica de Semillas del ICA. ana.diaz@ica.gov.co obtentores.semillas@ica.gov.co

ANA LUISA DIAZ JIMENEZ I.A. Ph.D. Directora Tecnica de Semillas del ICA. ana.diaz@ica.gov.co obtentores.semillas@ica.gov.co ANA LUISA DIAZ JIMENEZ I.A. Ph.D. Directora Tecnica de Semillas del ICA ana.diaz@ica.gov.co obtentores.semillas@ica.gov.co DERECHOS DE OBTENTOR: Concepto EL DERECHO DE OBTENTOR ES UNA FORMA DE PROPIEDAD

Más detalles

2. QUE ENTENDEMOS POR COMERCIO ELECTRONICO

2. QUE ENTENDEMOS POR COMERCIO ELECTRONICO 1. INTRODUCCION. LA TECNOLOGIA AVANZA MAS RAPIDO QUE LA LEGISLACION. ES NECESARIO QUE EXISTA SEGURIDAD Y PRIVACIDAD PARA LOGRAR CONFIANZA: DE CONSUMIDORES Y EMPRESAS EN EL MEDIO. 1 2. QUE ENTENDEMOS POR

Más detalles

ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN MATERIA DE ADUANAS ARTÍCULO 1. Definiciones

ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN MATERIA DE ADUANAS ARTÍCULO 1. Definiciones ANEXO III ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN MATERIA DE ADUANAS ARTÍCULO 1 Definiciones A efectos del presente anexo: a) "autoridad requirente" significa una autoridad aduanera competente u otra autoridad

Más detalles

RESOLUCIÓN 167-04 SOBRE INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS RELATIVAS A LA PROMOCIÓN Y PUBLICIDAD DE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE PENSIONES.

RESOLUCIÓN 167-04 SOBRE INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS RELATIVAS A LA PROMOCIÓN Y PUBLICIDAD DE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE PENSIONES. RESOLUCIÓN 167-04 SOBRE INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS RELATIVAS A LA PROMOCIÓN Y PUBLICIDAD DE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE PENSIONES. CONSIDERANDO: Que de conformidad con los artículos

Más detalles

TÍTULO IX. SEPARACIÓN CONTABLE CAPÍTULO 1. OBLIGACIÓN DE SEPARACIÓN CONTABLE POR PARTE DE LOS PRST Y OTVS SECCIÓN 1. DISPOSICIONES GENERALES

TÍTULO IX. SEPARACIÓN CONTABLE CAPÍTULO 1. OBLIGACIÓN DE SEPARACIÓN CONTABLE POR PARTE DE LOS PRST Y OTVS SECCIÓN 1. DISPOSICIONES GENERALES TÍTULO IX. SEPARACIÓN CONTABLE CAPÍTULO 1. OBLIGACIÓN DE SEPARACIÓN CONTABLE POR PARTE DE LOS PRST Y OTVS SECCIÓN 1. DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 9.1.1.1. ÁMBITO DE APLICACIÓN. El CAPÍTULO 1 del TÍTULO

Más detalles

CÁMARA DE COMERCIO DEL PUTUMAYO Nit. 891.224.106-7

CÁMARA DE COMERCIO DEL PUTUMAYO Nit. 891.224.106-7 Nit. 891.4.106-7 ACUERDO 079/010 Por medio del cual se recopila una practica constitutiva de costumbre mercantil en el municipio de Mocoa LA JUNTA DIRECTIVA DE LA CÁMARA DE COMERCIO DEL PUTUMAYO, EN USO

Más detalles

LEY 1328 DE 2009 (julio 15) POR LA CUAL SE DICTAN NORMAS EN MATERIA FINANCIERA, DE SEGUROS, DEL MERCADO DE VALORES Y OTRAS DISPOSICIONES.

LEY 1328 DE 2009 (julio 15) POR LA CUAL SE DICTAN NORMAS EN MATERIA FINANCIERA, DE SEGUROS, DEL MERCADO DE VALORES Y OTRAS DISPOSICIONES. LEY 1328 DE 2009 (julio 15) POR LA CUAL SE DICTAN NORMAS EN MATERIA FINANCIERA, DE SEGUROS, DEL MERCADO DE VALORES Y OTRAS DISPOSICIONES. El Congreso de Colombia DECRETA: T I T U L O I DEL RÉGIMEN DE PROTECCION

Más detalles

Introducción. La diferenciación positiva de las empresas de APROSER

Introducción. La diferenciación positiva de las empresas de APROSER Introducción La diferenciación positiva de las empresas de APROSER La Asociación Profesional de Compañías Privadas de Seguridad (APROSER) se creó en 1977. Es la patronal en la que se integran empresas

Más detalles

PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 843/2011, DE 17 DE JUNIO, POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS BÁSICOS SOBRE LA

PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 843/2011, DE 17 DE JUNIO, POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS BÁSICOS SOBRE LA PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 843/2011, DE 17 DE JUNIO, POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS BÁSICOS SOBRE LA ORGANIZACIÓN DE RECURSOS PARA DESARROLLAR LA ACTIVIDAD

Más detalles

RESUMEN EMPLEO/ SANIDAD- Prevención Laboral Asturias

RESUMEN EMPLEO/ SANIDAD- Prevención Laboral Asturias RESUMEN EMPLEO/ SANIDAD- Prevención Laboral Asturias Una asociación de servicios de prevención de riesgos laborales informa sobre los requisitos establecidos por el Decreto de la Comunidad Autónoma del

Más detalles

Las Relaciones Públicas en el Marketing social

Las Relaciones Públicas en el Marketing social Las Relaciones Públicas en el Marketing social El marketing social es el marketing que busca cambiar una idea, actitud o práctica en la sociedad en la que se encuentra, y que intenta satisfacer una necesidad

Más detalles

Educación Tributaria y Formación Ciudadana

Educación Tributaria y Formación Ciudadana Educación Tributaria y Formación Ciudadana Localidad: Neuquén Destinatarios: alumnos de 2, 3 y 4 grado del nivel primario. Materia: Lengua y Ciencias Sociales. Propuesta Pedagógica Fundamentación: El desarrollo

Más detalles

CÓDIGO DE ÉTICA Y CONDUCTA

CÓDIGO DE ÉTICA Y CONDUCTA CONTENIDO INTRODUCCIÓN 2 OBJETIVO 2 ALCANCE 2 DISPOSICIÓN 3 FILOSOFÍA 3 PRINCIPIOS 3 CONFLICTOS DE INTERÉS 4 Página 1 de 12 INTRODUCCIÓN La ética, hace referencia al comportamiento moral del individuo

Más detalles

AVISO LEGAL Y ACEPTACION.

AVISO LEGAL Y ACEPTACION. AVISO LEGAL Y ACEPTACION. 1. Entidad Responsable. El presente aviso legal regula el uso de los Servicios que: AUTO-TECNICA J.J.G.,S.L. (en adelante, AUTO-TECNICA), Calle Pere D' Alcàntara Penya, 12 07006

Más detalles

Sociedades Comerciales

Sociedades Comerciales Sociedades Comerciales Crear, Constituir y Mantener una Empresa Comercial en Bolivia Tel: +591-2 -2740429 Francisco Fax: +591 X. -2 Miguel -2740429 Gumucio Email: info@miguelasoc.com Sociedades Comerciales

Más detalles

RESOLUCION NUMERO 036 (Mayo 7 de 1998)

RESOLUCION NUMERO 036 (Mayo 7 de 1998) MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO RESOLUCION NUMERO 036 (Mayo 7 de 1998) Por la cual se determinan algunas normas y procedimientos sobre registros presupuestales, suministro de información y su

Más detalles

Las regulaciones laborales. Sergio Mejía V

Las regulaciones laborales. Sergio Mejía V Las regulaciones laborales Sergio Mejía V CAMBIOS EN EL MUNDO DEL TRABAJO Un enfoque centrado en la Empresa. Mayor Flexibilidad. Creciente importancia en el desarrollo de destrezas. Afiliación sindical

Más detalles

IDENTIDAD DEL TITULAR DEL SITIO WEB

IDENTIDAD DEL TITULAR DEL SITIO WEB IDENTIDAD DEL TITULAR DEL SITIO WEB El sitio web y red social periodistasdeportivostv.es son de titularidad de TRACOR, S.A., con domicilio en la calle López de Hoyos, 370, 29043 Madrid, con código de identificación

Más detalles

INFORME UCSP Nº: 2012/060

INFORME UCSP Nº: 2012/060 MINISTERIO COMISARÍA GENERAL DE SEGURIDAD CIUDADANA INFORME UCSP Nº: 2012/060 FECHA 06.09.2012 ASUNTO Medidas de seguridad de los cajeros automáticos desplazados, ubicados dentro del perímetro interior

Más detalles

Clasificación de información I F A I

Clasificación de información I F A I Clasificación de información I F A I Febrero, 2008 Instituto Federal de Acceso a la Información Pública Organismo público descentralizado, con autonomía operativa, presupuestaria y de decisión, encargado

Más detalles

3.2 Los trabajadores encargados de la prevención

3.2 Los trabajadores encargados de la prevención 3.2 Los trabajadores encargados de la prevención Carácter de Designación: La modalidad de organización que según la Ley de Prevención de Riesgos Laborales parece considerarse como originaria, natural o

Más detalles

Publicar datos de carácter personal en la web supone tratamiento automatizado de datos y exige consentimiento de los afectados.

Publicar datos de carácter personal en la web supone tratamiento automatizado de datos y exige consentimiento de los afectados. PROTECCIÓN DE DATOS Pliegos de condiciones Publicar datos de carácter personal en la web supone tratamiento automatizado de datos y exige consentimiento de los afectados. Resolución de la Dirección de

Más detalles

Qué ventajas e inconvenientes tiene el comercio electrónico con respecto al tradicional?

Qué ventajas e inconvenientes tiene el comercio electrónico con respecto al tradicional? COMERCIO ELECTRÓNICO Qué son los servicios de la sociedad de la información? Qué es el comercio electrónico? Qué ventajas e inconvenientes tiene el comercio electrónico con respecto al tradicional? Cómo

Más detalles

Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM www.juridicas.unam.

Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM www.juridicas.unam. Capítulo cuarto Cobro de honorarios y provision de fondos I. Honorarios El abogado tiene derecho a una compensación económica digna y adecuada por los servicios prestados, así como al reintegro de los

Más detalles

Boletín de Consultoría Gerencial

Boletín de Consultoría Gerencial www.pwc.com/ve Inicio Valoración de empresas como Estrategia de Negocio (1/4) Boletín Digital No. 12-2013 Parte 1/4 Boletín Consultoría Gerencial - No. 12-2013 / Parte 1/4 Haga click en los enlaces para

Más detalles

POLÍTICA DE PROPIEDAD INTELECTUAL

POLÍTICA DE PROPIEDAD INTELECTUAL POLÍTICA DE PROPIEDAD INTELECTUAL La Oficina de Transferencia de Conocimientos de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos, por medio del presente documento da a conocer las reglas y procedimientos

Más detalles

Prohibición del lucro en las universidades: alcances y consecuencias

Prohibición del lucro en las universidades: alcances y consecuencias Prohibición del lucro en las universidades: alcances y consecuencias Andrés Bernasconi Facultad de Educación Pontificia Universidad Católica de Chile Plan de la exposición 1. Naturaleza jurídica de las

Más detalles

Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Decreto Número de 2007 ( ) Por el cual se dictan disposiciones sobre los depósitos centralizados de valores

Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Decreto Número de 2007 ( ) Por el cual se dictan disposiciones sobre los depósitos centralizados de valores República de Colombia Ministerio de Hacienda y Crédito Público Decreto Número de 2007 ( ) Por el cual se dictan disposiciones sobre los depósitos centralizados de valores EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Más detalles

La integridad guía nuestra conducta para con la Sociedad, asociados y colegas.

La integridad guía nuestra conducta para con la Sociedad, asociados y colegas. STI- ITS Argentina, Asociación Civil sin Fines de Lucro Pautas de Conducta La integridad guía nuestra conducta para con la Sociedad, asociados y colegas. Esta declaración básica y nuestros Valores constituyen

Más detalles

Condiciones generales

Condiciones generales Condiciones generales Objeto. Descripción de los servicios IURISCAR S.L. domiciliada en C/ Fuencarral nº 135, 3º exterior izda. 28010 Madrid, CIF: B-83610352, es el creador y propietario de la Base de

Más detalles

4. Dirección de correo electrónico: info@excursionsacabrera.es

4. Dirección de correo electrónico: info@excursionsacabrera.es AVISO LEGAL 1. Denominación social: EXCURSIONS A CABRERA, S.L 2. Nif: B07796212 3. Domicilio: CALLE MIGUEL SERRA CLAR Nº 4, C.P. 07640 SES SALINES 4. Dirección de correo electrónico: info@excursionsacabrera.es

Más detalles

SISTEMA DE GESTION DE CALIDAD Fecha: 31/08/2015 MANUAL DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES

SISTEMA DE GESTION DE CALIDAD Fecha: 31/08/2015 MANUAL DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES Página 1 de 9 TABLA DE CONTENIDO 1. PRESENTACIÓN... 2 2. OBJETO... 3 3. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y BASES DE DATOS... 3 4. ALCANCE... 3 5. FINALIDAD DE LA BASE DE DATOS... 4 6. TRATAMIENTO DE... 4 7. DERECHOS

Más detalles

CONVENCIÓN SOBRE LA PREVENCIÓN Y EL CASTIGO DE DELITOS CONTRA PERSONAS INTERNACIONALMENTE PROTEGIDAS, INCLUSIVE LOS AGENTES DIPLOMÁTICOS

CONVENCIÓN SOBRE LA PREVENCIÓN Y EL CASTIGO DE DELITOS CONTRA PERSONAS INTERNACIONALMENTE PROTEGIDAS, INCLUSIVE LOS AGENTES DIPLOMÁTICOS CONVENCIÓN SOBRE LA PREVENCIÓN Y EL CASTIGO DE DELITOS CONTRA PERSONAS INTERNACIONALMENTE PROTEGIDAS, INCLUSIVE LOS AGENTES DIPLOMÁTICOS DOF 10 de junio de 1980 Fe de erratas: 28 de julio de 1980 La Asamblea

Más detalles

Ley de nombres comerciales, denominaciones sociales y rótulos de establecimiento

Ley de nombres comerciales, denominaciones sociales y rótulos de establecimiento Ley de nombres comerciales, denominaciones sociales y rótulos de establecimiento EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Esta Ley establece los principios y los criterios para adoptar y para utilizar los signos que sirven

Más detalles

Como vemos, para garantizar la realización adecuada del intercambio

Como vemos, para garantizar la realización adecuada del intercambio I.6. Requisitos económicos del mercado Como vemos, para garantizar la realización adecuada del intercambio se requieren una serie de presupuestos. En primer lugar, el requerimiento de una cierta transparencia

Más detalles

GACETA OFICIAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE VENEZUELA. Caracas, 6 de septiembre de 1944 Número 21.503 EL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE VENEZUELA

GACETA OFICIAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE VENEZUELA. Caracas, 6 de septiembre de 1944 Número 21.503 EL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE VENEZUELA GACETA OFICIAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE VENEZUELA Caracas, 6 de septiembre de 1944 Número 21.503 EL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE VENEZUELA Decreta: la siguiente, LEY SOBRE PROPAGANDA COMERCIAL Artículo

Más detalles

TEXTO REFUNDIDO REGLAMENTO DEL REGISTRO GENERAL DE FACTURAS DEL AYUNTAMIENTO DE ALBACETE. Exposición de motivos

TEXTO REFUNDIDO REGLAMENTO DEL REGISTRO GENERAL DE FACTURAS DEL AYUNTAMIENTO DE ALBACETE. Exposición de motivos AYUNTAMIENTO DE ALBACETE Unidad o Servicio: Unidad de Gestión de Compras TEXTO REFUNDIDO REGLAMENTO DEL REGISTRO GENERAL DE FACTURAS DEL AYUNTAMIENTO DE ALBACETE Aprobación inicial por acuerdo pleno de

Más detalles

El procedimiento de modificación de la capacidad jurídica se divide en:

El procedimiento de modificación de la capacidad jurídica se divide en: Los conceptos de la modificación de la capacidad jurídica, la tutela o la curatela son términos complejos que a menudo se desconocen o se confunden en el entorno más inmediato de las personas con discapacidad

Más detalles

5.1. Organizar los roles

5.1. Organizar los roles Marco de intervención con personas en grave situación de exclusión social 5 Organización de la acción 5.1. Organizar los roles Parece que el modelo que vamos perfilando hace emerger un rol central de acompañamiento

Más detalles

IMPERATIVOS PARA LA CONDUCTA ÉTICA DEL SERVIDOR PÚBLICO QUE INTERVIENE EN LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DEL ESTADO

IMPERATIVOS PARA LA CONDUCTA ÉTICA DEL SERVIDOR PÚBLICO QUE INTERVIENE EN LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DEL ESTADO ANEXO IMPERATIVOS PARA LA CONDUCTA ÉTICA DEL SERVIDOR PÚBLICO QUE INTERVIENE EN LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DEL ESTADO CAPÍTULO PRIMERO ASPECTOS GENERALES ARTÍCULO 1º (DEFINICIÓN) El presente

Más detalles

NOTA INFORMATIVA SOBRE LO DISPUESTO EN EL REAL DECRETO 1000/2010, DE 5 DE AGOSTO, SOBRE VISADO COLEGIAL OBLIGATORIO

NOTA INFORMATIVA SOBRE LO DISPUESTO EN EL REAL DECRETO 1000/2010, DE 5 DE AGOSTO, SOBRE VISADO COLEGIAL OBLIGATORIO NOTA INFORMATIVA SOBRE LO DISPUESTO EN EL REAL DECRETO 1000/2010, DE 5 DE AGOSTO, SOBRE VISADO COLEGIAL OBLIGATORIO A raíz del contenido de las consultas que en relación al Real Decreto 1000/2010, de 5

Más detalles