PROTOCOLO N 1: DE ACOSO ESCOLAR ( Bullying )

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1 PROTOCOLO N 1: DE ACOSO ESCOLAR ( Bullying ) En caso de producirse una denuncia de bullying en el interior del colegio, o fuera de él y que afecte a alumnos del establecimiento, el procedimiento oficial a seguir obligará como parte del Reglamento Interno a todos los integrantes de la comunidad educativa del ABS comunicar los hechos respetando el protocolo. 1.- ELEMENTOS GENERALES: 1.1. DEFINICIÓN DE ACOSO ESCOLAR: Se entenderá por acoso escolar toda acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado, realizada fuera o dentro del establecimiento educacional por estudiantes que, en forma individual o colectiva, atenten en contra de otro estudiante, valiéndose para ello de una situación de superioridad o de indefensión del estudiante afectado, que provoque en este último, maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y condición (Ley General de Educación, art.16b) ASPECTOS A CONSIDERAR EN EL PROCEDIMIENTO: A) DERECHOS FUNDAMENTALES EN EL MANEJO DE FALTAS: El derecho a la presunción de inocencia de los alumnos acusados de ser causantes directos e indirectos de la falta reclamada. El derecho de todos los involucrados a ser escuchados. El derecho a conocer el origen de la acusación y presentar sus descargos. El derecho a apelar respecto de las resoluciones tomadas. B) REGISTROS DEL PROCEDIMIENTO: En relación a los registros de las evidencias correspondientes al manejo de faltas, se tomará en cuenta: Las acciones realizadas en el manejo de acoso escolar, por ser una forma especialmente grave de maltrato escolar, quedarán registradas en los formularios definidos para tales efectos, siendo archivados en las carpetas confidenciales resguardadas por el encargado de convivencia escolar. Además deberá registrarse el proceso realizado en School Track, en expediente individual del alumno correspondiente y el encargado de convivencia escolar deberá realizar una revisión periódica de los mismos. C) CON RESPECTO A LA CONFIDENCIALIDAD EN PROCESOS DE ACOSO ESCOLAR: Las personas involucradas podrán conocer una reseña de los procedimientos realizados por el Colegio con sus respectivas contrapartes; Informaciones generales respecto de los contenidos y medidas tratados con éstos. Con ello se buscará resguardar la confidencialidad de la información y proteger la honra de las personas. Sin perjuicio de lo anterior, en algunas situaciones, que se evaluarán caso a caso, Dirección y/o el encargado de convivencia escolar podrán autorizar un grado mayor de conocimiento del proceso a las contrapartes. La misma facultad poseerá las autoridades educacionales o judiciales competentes. 1

2 Los contenidos archivados de las carpetas confidenciales de manejo de faltas a la buena convivencia solo podrán ser conocidos por Dirección, el encargado de convivencia escolar, las directoras de ciclo y los tutores de los alumnos involucrados, así como también, por los profesionales de Pastoral Team a autorizados por el encargado de convivencia escolar. También tendrán acceso a estos archivos las autoridades educacionales o judiciales que tengan competencia sobre tales materias. En situaciones que se deberán evaluar caso a caso, las autoridades del Colegio, o las externas referidas en este mismo punto, podrán autorizar el conocimiento parcial o total del contenido de determinadas carpetas confidenciales a terceras personas. 2. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE ACTOS DE ACOSO ESCOLAR Una vez que se tiene conocimiento de una posible situación de maltrato, ya sea desde el reporte del propio alumno, apoderado, profesor o funcionario, o a través de la observación directa de algún miembro de la comunidad, se llevarán a cabo los siguientes pasos: FASE 1: PRESENTACIÓN DE RECLAMO E INVESTIGACIÓN: ESTRATEGIAS RESPONSABLES Los padres, madres, apoderados, profesionales y asistentes de la educación, así como los equipos docentes, administrativos, auxiliares y directivos del Colegio deberán informar situaciones de violencia física o psicológica entre estudiantes 1.- Recepcionar reporte o reclamo por falta a la buena convivencia entre los alumnos dejando constancia con la mayor cantidad de detalles posibles de los hechos informados, quedando claramente acreditada la identidad de quién reportó el hecho. Tutores Director de Ciclo Encargado de Convivencia 2.- Recabar todos los datos necesarios para aclarar si los hechos denunciados corresponden o no a una situación de maltrato escolar, citando, y entrevistando para tal efecto, a todas las personas involucradas (acosado, acosador y testigos)* Tutor(a) La persona que realiza la investigación, actuará guiado por el principio de inocencia frente a quien, supuestamente, sea el autor de la falta, esto es, realizará sus diligencias con objetividad e imparcialidad, sin atribuir culpabilidad o responsabilidad a tales estudiantes mientras dure esta fase del protocolo. Para ello, estará autorizado para disponer medidas que le permitan tener una visión clarificada de los hechos, tales como: entrevistas a los involucrados y otros que pudieran aportar antecedentes relevantes (especialmente a los apoderados), revisión de documentos y registros, solicitud de orientación y/o evaluación profesional externa, solicitud de informes, etc., en general, todas aquellas acciones que sean prudentes y convenientes para manejar la situación conforme al justo procedimiento 2

3 3.- Al inicio de un proceso de maltrato entre estudiantes, se deberá notificar a los padres y apoderados de los involucrados esta situación. Dicha notificación podrá efectuarse por cualquier medio formal escrito o vía entrevista personal, debiendo quedar constancia de la información entregada. 4.- De cada actuación y hechos ocurridos se debe dejar constancia escrita en School Track o en Ficha de Entrevista al alumno(a) (según normativa de la Superintendencia de Educación Escolar ) Tutor(a) Tutor (a) 5.- Tomar medidas cautelares, como informarle al cuerpo docente implicado si es que fuese necesario Encargado de Convivencia Directora de Ciclo Tutores En el proceso de recopilación de información se asegurará a todas las partes la mayor confidencialidad, privacidad y respeto por la dignidad y honra de cada uno de los involucrados: testigos, afectado y agresor eventual. Se debe brindar protección al afectado en todo el proceso, sea este alumno, profesor o funcionario y se tomarán todas las medidas pertinentes para que pueda seguir desempeñándose normalmente. FASE 2: ANÁLISIS Y RESOLUCIÓN DE MEDIDAS: ESTRATEGIAS 1.- Reunión con Directora de Ciclo, Tutor (a), para acordar las acciones y medidas a adoptar, las cuales deberán quedar documentadas por escrito. Dependiendo de la gravedad, se contará con la presencia del rector o del Equipo de Convivencia Ampliado. RESPONSABLES Encargado de Convivencia Directora de Ciclo FASE 3: ACCIONES Y MEDIDAS DE APOYO A LOS AFECTADOS 1.- Se acoge al alumno que está siendo intimidado. (víctima) Entrevista, orientaciones y compromiso de apoyo Entrevista, compromiso, orientaciones y seguimiento a los compañeros más cercanos al alumno y con los espectadores silencioso. Tutor (a) Tutor (a) 1 Se enfatiza en el hecho de que el colegio no acepta, ni valida ninguna situación de agresión o maltrato. 3

4 3.- Entrevista con apoderado de alumno intimado para informar sobre acciones que se están realizando y dar, orientaciones a los padres del alumno. 4.- Trabajo con todo el curso, para indagar, reflexionar y/o profundizar el tema. 5.- En caso que lo amerite se trabaja con los profesores de asignatura del curso, de manera de resguardar la integridad del alumno(a) Deja constancia por escrito de las acciones realizadas (entrevistas, orientaciones, mediaciones, etc.) Tutor (a) En caso que se requiera Directora de ciclo y/o Pastoral Team. Tutor(a) con Apoyo de Pastoral Team Encargado de Convivencia Tutor(a) Tutor o persona que realiza la acción. FASE 4: ACCIONES Y MEDIDAS CON ALUMNOS (AS) AGRESORES 1.- Entrevista con el o los alumnos(as) agresor(es) para conocer su visión respecto a los acontecimientos y evaluar el grado de conciencia respecto a lo sucedido. Reflexionar acerca de sus acciones Entrevista con apoderado de los o las alumnos (as) agresores (as) (por separado) para informar sobre acciones que se están realizando y dar, orientaciones a sus padres. Solicitar colaboración y apoyo en el abordaje de resolución de conflictos de sus hijos Tutor (a) Tutor (a) 3.- Solicitar a los padres Apoyo Psicológico y/o de Tutor (a) Orientación al o los alumnos en forma interna o externa, En caso que se según corresponda en cada situación. requiera Directora de ciclo y/o Pastoral Team. FASE 5: DETERMINR MEDIDAS A TOMAR FRENTE A LA INTIMIDACIÓN 1-.-Las consecuencias y medidas de reparación serán decididas en conjunto entre Pastoral Team, Tutores y Dirección de ciclo, en concordancia con el Reglamento interno del colegio, Estas medidas irán orientadas principalmente a lograr que el alumno desarrolle habilidades socioemocionales y aprenda de su comportamiento, asuma las consecuencias de sus actos, y pueda potenciar el desarrollo de los valores del respeto, la responsabilidad, y el buen trato. Tutor(a) Directora de Ciclo 2.- Dependiendo de la gravedad de los hechos, se aplicarán sanciones de tipo formativa, consecuencias lógicas suspensiones según corresponda, pudiendo llegar a la Condicionalidad de la 2 Se enfatiza en el hecho de que el colegio no acepta, ni valida ninguna situación de agresión o mal trato. 4

5 matrícula del alumno y/o no renovación de Contrato Educacional en los casos más graves que, el Consejo de Profesores ratifique, de acuerdo a aplicación del Reglamento Interno. 3 Denuncia a la Fiscalía si el o los agresores son mayores de 14 años y los hechos constituyen delitos. FASE 6: APLICACIÓN DE' SANCIONES Y SEGUIMIENTO DE LA SITUACIÓN: 1.- Conversar con alumno intimidado para acompañarlo y Tutores refrendarle el apoyo y protección 2.- Informar al apoderado tanto de la víctima como del Tutores agresor, acerca de las medidas disciplinarias y de reparación que debe realizar el alumno agresor. 3.- Se aplica y se supervisa que la medidas disciplinarias aplicadas al alumno agresor se realicen y que éste cumpla con las medidas reparatorias 4.- Realización de talleres de mediación como apoyo al curso y/o grupo afectado, en el caso que se requiera. 5.- Seguimiento y control de las relaciones interpersonales entre los alumnos involucrados en la situación 6.- Entrevista mensual con los padres y/o apoderados de alumnos involucrados para reportar cómo ha sido la dinámica después de lo sucedido.7.- Evaluación de las medidas remediales realizadas y definición de la situación del año próximo, debiendo quedar registro de su evolución Tutores Tutores Tutores Tutor Encargado de Convivencias 3.- ESTRATEGIAS DE REPARACIÓN Es parte de la reparación el pedir disculpas y mostrar arrepentimiento. Se refuerza la idea de que todos estarán mejor si evitan estas conductas, y que todos son valorados por lo que son, y pueden mejorar cuando se equivocan u obran mal. 4.- RECURSOS O APELACIONES A. Todas las partes tendrán la posibilidad de recurrir fundadamente en contra de la resolución adoptada ante la autoridad correspondiente, para lo cual tendrán un plazo de 5 días hábiles. Dicha apelación se presentará por escrito a la misma instancia que haya determinado la sanción. B. En caso de cancelación de matrícula, el Apoderado podrá apelar al Rector del Colegio a través de un documento escrito y en un plazo no superior a 48 hrs. desde la notificación de la medida. La Rectoría se considera la última instancia luego de haber acudido a las anteriores. 3 Las sanciones por situaciones de violencia escolar deberán considerar entre otros elementos, el daño causado, la gravedad y frecuencia de los eventos. 5

6 PROTOCOLO N 2: ESCOLAR ENTRE PARES 1. ELEMENTOS GENERALES: 1.1. DEFINICIÓN DE MALTRATO ESCOLAR: Se entenderá por maltrato escolar cualquier acción u omisión intencional, ya sea física o psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o cibernéticos, en contra de cualquier integrante de la comunidad educativa, con independencia del lugar del establecimiento en que se cometa, siempre que pueda: Provocar el temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su integridad física o psíquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos fundamentales; Crear un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante o abusivo Dificultar o impedir de cualquier manera su desarrollo o desempeño académico, afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico ASPECTOS A CONSIDERAR EN EL PROCEDIMIENTO: A) DERECHOS FUNDAMENTALES EN EL MANEJO DE FALTAS: El derecho a la presunción de inocencia de los alumnos acusados de ser causantes directos e indirectos de la falta reclamada. El derecho de todos los involucrados a ser escuchados El derecho a conocer el origen de la acusación y presentar sus descargos. El derecho a apelar respecto de las resoluciones tomadas. B) REGISTROS DEL PROCEDIMIENTO: En relación a los registros de las evidencias correspondientes al manejo de faltas, se tomará en cuenta: Las acciones realizadas en el manejo de acoso escolar, por ser una forma especialmente grave de maltrato escolar, quedarán registradas en los formularios definidos para tales efectos, siendo archivados en las carpetas confidenciales resguardadas por el encargado de convivencia escolar. Además deberá registrarse el proceso realizado en School Track, en expediente individual del alumno correspondiente y el encargado de convivencia escolar deberá realizar una revisión periódica de los mismos. C) CON RESPECTO A LA CONFIDENCIALIDAD EN PROCESOS DE ACOSO ESCOLAR: Las personas involucradas podrán conocer una reseña de los procedimientos realizados por el Colegio con sus respectivas contrapartes; Informaciones generales respecto de los contenidos y medidas tratados con éstos. Con ello se buscará resguardar la confidencialidad de la información y proteger la honra de las personas. Sin perjuicio de lo anterior, en algunas situaciones, que se evaluarán caso a caso, Dirección y/o el encargado de convivencia escolar podrán autorizar un grado mayor de conocimiento del proceso a las contrapartes. La misma facultad poseerá las autoridades educacionales o judiciales competentes. Los contenidos archivados de las carpetas confidenciales de manejo de faltas a la buena convivencia solo podrán ser conocidos por Dirección, el encargado de convivencia escolar, las directoras de ciclo y los tutores de los alumnos involucrados, así como también, por los profesionales de Pastoral Team a autorizados por el encargado de convivencia escolar. 6

7 También tendrán acceso a estos archivos las autoridades educacionales o judiciales que tengan competencia sobre tales materias. En situaciones que se deberán evaluar caso a caso, las autoridades del Colegio, o las externas referidas en este mismo punto, podrán autorizar el conocimiento parcial o total del contenido de determinadas carpetas confidenciales a terceras personas. 2. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A MALTRATO ENTRE ESTUDIANTES FASE 1: PRESENTACIÓN DE RECLAMO E INVESTIGACIÓN: ESTRATEGIAS RESPONSABLES Los padres, madres, apoderados, profesionales y asistentes de la educación, así como los equipos docentes, administrativos, auxiliares y directivos del Colegio deberán informar situaciones de violencia física o psicológica entre estudiantes 1.- Recepcionar reporte o reclamo por falta a la buena convivencia entre los alumnos dejando constancia con la mayor cantidad de detalles posibles de los hechos informados, quedando claramente acreditada la identidad de quién reportó el hecho. Tutores Director de Ciclo Encargado de Convivencia 2.- Recabar todos los datos necesarios para aclarar si los hechos denunciados corresponden o no a una situación de maltrato escolar, citando, y entrevistando para tal efecto, a todas las personas involucradas (acosado, acosador y testigos)* Tutor(a) La persona que realiza la investigación, actuará guiado por el principio de inocencia frente a quien, supuestamente, sea el autor de la falta, esto es, realizará sus diligencias con objetividad e imparcialidad, sin atribuir culpabilidad o responsabilidad a tales estudiantes mientras dure esta fase del protocolo. Para ello, estará autorizado para disponer medidas que le permitan tener una visión clarificada de los hechos, tales como: entrevistas a los involucrados y otros que pudieran aportar antecedentes relevantes (especialmente a los apoderados), revisión de documentos y registros, solicitud de orientación y/o evaluación profesional externa, solicitud de informes, etc., en general, todas aquellas acciones que sean prudentes y convenientes para manejar la situación conforme al justo procedimiento 3.- Al inicio de un proceso de maltrato entre estudiantes, se deberá notificar a los padres y apoderados de los involucrados esta situación. Dicha notificación podrá efectuarse por cualquier medio formal escrito o vía entrevista personal, debiendo quedar constancia de la información entregada. Tutor(a) 7

8 4.- De cada actuación y hechos ocurridos se debe dejar constancia escrita en School Track o en Ficha de Entrevista al alumno(a) (según normativa de la Superintendencia de Educación Escolar ) Tutor (a) 5.- Tomar medidas cautelares, como informarle al cuerpo docente implicado si es que fuese necesario Encargado de Convivencia Directora de Ciclo Tutores En el proceso de recopilación de información se asegurará a todas las partes la mayor confidencialidad, privacidad y respeto por la dignidad y honra de cada uno de los involucrados: testigos, afectado y agresor eventual. Se debe brindar protección al afectado en todo el proceso, sea este alumno, profesor o funcionario y se tomarán todas las medidas pertinentes para que pueda seguir desempeñándose normalmente. FASE 2: ANÁLISIS Y RESOLUCIÓN DE MEDIDAS: ESTRATEGIAS 1.- Reunión con Directora de Ciclo, Tutor (a), para acordar las acciones y medidas a adoptar, las cuales deberán quedar documentadas por escrito. Dependiendo de la gravedad, se contará con la presencia del rector o del Equipo de Convivencia Ampliado. RESPONSABLES Encargado de Convivencia Directora de Ciclo FASE 3: ACCIONES Y MEDIDAS DE APOYO A LOS AFECTADOS 1.- Se acoge al alumno que está siendo intimidado. (víctima) Entrevista, orientaciones y compromiso de apoyo Entrevista, compromiso, orientaciones y seguimiento a los compañeros más cercanos al alumno y con los espectadores silencioso. 3.- Entrevista con apoderado de alumno intimado para informar sobre acciones que se están realizando y dar, orientaciones a los padres del alumno. 4.- Trabajo con todo el curso, para indagar, reflexionar y/o profundizar el tema. 5.- En caso que lo amerite se trabaja con los profesores de asignatura del curso, de manera de resguardar la integridad del alumno(a) Tutor (a) Tutor (a) Tutor (a) En caso que se requiera Directora de ciclo y/o Pastoral Team. Tutor(a) con Apoyo de Pastoral Team Encargado de Convivencia Tutor(a) 4 Se enfatiza en el hecho de que el colegio no acepta, ni valida ninguna situación de agresión o mal trato. 8

9 Deja constancia por escrito de las acciones realizadas (entrevistas, orientaciones, mediaciones, etc.) Tutor o persona que realiza la acción. FASE 4: ACCIONES Y MEDIDAS CON ALUMNOS (AS) AGRESORES 1.- Entrevista con el o los alumnos(as) agresor(es) para conocer su visión respecto a los acontecimientos y evaluar el grado de conciencia respecto a lo sucedido. Reflexionar acerca de sus acciones Entrevista con apoderado de los o las alumnos (as) agresores (as) (por separado) para informar sobre acciones que se están realizando y dar, orientaciones a sus padres. Solicitar colaboración y apoyo en el abordaje de resolución de conflictos de sus hijos Tutor (a) Tutor (a) 3.- Solicitar a los padres Apoyo Psicológico y/o de Tutor (a) Orientación al o los alumnos en forma interna o externa, En caso que se según corresponda en cada situación. requiera Directora de ciclo y/o Pastoral Team. FASE 5: DETERMINR MEDIDAS A TOMAR FRENTE A LA INTIMIDACIÓN 1-.-Las consecuencias y medidas de reparación serán decididas en conjunto entre Pastoral Team, Tutores y Dirección de ciclo, en concordancia con el Reglamento interno del colegio, Estas medidas irán orientadas principalmente a lograr que el alumno desarrolle habilidades socioemocionales y aprenda de su comportamiento, asuma las consecuencias de sus actos, y pueda potenciar el desarrollo de los valores del respeto, la responsabilidad, y el buen trato. Tutor(a) Directora de Ciclo 2.- Dependiendo de la gravedad de los hechos, se aplicarán sanciones de tipo formativa, consecuencias lógicas suspensiones según corresponda, pudiendo llegar a la Condicionalidad de la matrícula del alumno y/o no renovación de Contrato Educacional n los casos más graves que, el Consejo de Profesores ratifique, de acuerdo a aplicación del Reglamento Interno. 6 Denuncia a la Fiscalía si el o los agresores son mayores de 14 años y los hechos constituyen delitos. FASE 6: APLICACIÓN DE' SANCIONES Y SEGUIMIENTO DE LA SITUACIÓN: 1.- Conversar con alumno intimidado para acompañarlo y refrendarle el apoyo y protección Tutores 5 Se enfatiza en el hecho de que el colegio no acepta, ni valida ninguna situación de agresión o mal trato. 6 Las sanciones por situaciones de violencia escolar deberán considerar entre otros elementos, el daño causado, la gravedad y frecuencia de los eventos. 9

10 2.- Informar al apoderado tanto de la víctima como del agresor, acerca de las medidas disciplinarias y de reparación que debe realizar el alumno agresor. 3.- Se aplica y se supervisa que la medidas disciplinarias aplicadas al alumno agresor se realicen y que éste cumpla con las medidas reparatorias 4.- Realización de talleres de mediación como apoyo al curso y/o grupo afectado, en el caso que se requiera. 5.- Seguimiento y control de las relaciones interpersonales entre los alumnos involucrados en la situación 6.- Entrevista mensual con los padres y/o apoderados de alumnos involucrados para reportar cómo ha sido la dinámica después de lo sucedido.7.- Evaluación de las medidas remediales realizadas y definición de la situación del año próximo, debiendo quedar registro de su evolución Tutores Tutores Tutores Tutores Tutor Encargado de Convivencias 3.- ESTRATEGIAS DE REPARACIÓN Es parte de la reparación el pedir disculpas y mostrar arrepentimiento. Se refuerza la idea de que todos estarán mejor si evitan estas conductas, y que todos son valorados por lo que son, y pueden mejorar cuando se equivocan u obran mal. 4.- RECURSOS O APELACIONES A. Todas las partes tendrán la posibilidad de recurrir fundadamente en contra de la resolución adoptada ante la autoridad correspondiente, para lo cual tendrán un plazo de 5 días hábiles. Dicha apelación se presentará por escrito a la misma instancia que haya determinado la sanción. B. En caso de cancelación de matrícula, el Apoderado podrá apelar al Rector del Colegio a través de un documento escrito y en un plazo no superior a 48 hrs. desde la notificación de la medida. La Rectoría se considera la última instancia luego de haber acudido a las anteriores. PROTOCOLO N 3: MALTRATO DE ALUMNO A UN PROFESOR O UN FUNCIONARIO COLEGIO Los profesionales de la educación tienen derecho a trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo. Del mismo modo, tienen derecho a que se respete su integridad física, psicológica y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios, degradantes o maltratos psicológicos por parte de los demás integrantes de la comunidad educativa. 10

11 1. ELEMENTOS GENERALES: 1.1. DEFINICIÓN DE MALTRATO DE ALUMNO A FUNCIONARIO DEL COLEGIO: Cualquier acción u omisión intencional, ya sea física o psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o cibernéticos, proferida por parte de un alumno en contra de un profesor o funcionario del Colegio, la cual pueda provocar al funcionario el temor razonable de sufrir un menoscabo en su integridad física o psíquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos, fundamentales, dificultando o impidiendo, de cualquier manera, su desarrollo o desempeño laboral, afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico ASPECTOS A CONSIDERAR EN EL PROCEDIMIENTO: A) En el manejo de maltrato de un alumno a un funcionario, se garantizarán a los involucrados los siguientes derechos: El derecho a la presunción de inocencia del alumno acusado de ser causante directo o indirecto de la falta reclamada. El derecho a la protección y apoyo para el presunto afectado por la falta reclamada. El derecho de todos los involucrados a ser escuchados y a presentar sus descargos. El derecho a apelar respecto de las resoluciones tomadas. B) REGISTROS DEL PROCEDIMIENTO: Respecto de los registros de las evidencias correspondientes al manejo de faltas, se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones: Las acciones realizadas en el manejo de actos de posible maltrato estudiantefuncionario quedarán registradas en los formularios definidos para tales efectos, siendo archivados en las carpetas confidenciales de convivencia escolar. Sin perjuicio de lo anterior, deberá registrarse una referencia o reseña del proceso realizado en School track y el encargado de convivencia escolar deberá realizar una revisión periódica de las mismas. Las partes involucradas en un proceso de manejo de faltas, asimismo, sólo podrán conocer: Una reseña de los procedimientos realizados por el Colegio con sus respectivas contrapartes; informaciones generales respecto de los contenidos y medidas tratados con estos. Con ello se buscará resguardar la confidencialidad de la información y proteger la honra de las personas. Sin perjuicio de lo anterior, en algunas situaciones, que se evaluarán caso a caso, Dirección o el encargado de convivencia escolar podrán autorizar un grado mayor de conocimiento del proceso a las contrapartes. La misma facultad poseerá el MINEDUC u otras autoridades competentes 1.3. ROL DE LOS APODERADOS: Frente a la situación de maltrato de un alumno a un profesor o funcionario, la participación de los apoderados de los involucrados será: Acercarse inmediatamente al tutor cuando sea convocado por algún hecho que constituya maltrato de su pupilo hacia un funcionario del Colegio. Evitar juicios al funcionario supuestamente afectado, recordando que este tiene derecho a trabajar en un ambiente de respeto hacia su integridad personal. 11

12 Permitir que el Colegio intervenga a través de su equipo directivo, docente y Pastoral Team, trabajando unidos para solucionar el conflicto. Mantener comunicación a través de los conductos regulares. En caso de requerirse algún apoyo profesional externo, estar dispuesto a proporcionarlo Y autorizar el diálogo entre el Colegio y el profesional tratante. En general, aportar todos aquellos antecedentes y acciones que permitan una solución formativa y efectiva para el conflicto MEDIDAS ESPECIALES PARA EL FUNCIONARIO: La Directora de Ciclo, el Encargado de Convivencia, entrevistará al funcionario y determinará su estado personal frente a la posible falta y el proceso que se realizará. Si se determina que requiere alguna medida de apoyo, se propondrán aquellas que sean pertinentes para garantizar su bienestar y buen desempeño profesional tales como: reasignarle tareas alternativas, otorgarle permisos especiales, solicitar al alumno reportado que no interactúe privadamente con el funcionario u otras medidas de similar naturaleza. 2. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN MALTRATO DE ALUMNO A UN PROFESOR O UN FUNCIONARIO COLEGIO FASE 1: DENUNCIA E INVESTIGACIÓN ESTRATEGIA RESPONSABLE Todo miembro del Colegio que reciba un reporte de maltrato de estudiante a funcionario deberá acoger el relato mostrando empatía y comprensión, adecuándose a las características de la persona que está informándolo (edad, estado emocional, rol dentro de la comunidad educativa del Colegio, etc.) En esta primera aproximación, se debe contener emocionalmente a quien presenta el reclamo y levantar una descripción básica del hecho informado. Luego de ello, se debe conducir al reclamante a una entrevista con LA Directora de Ciclo o el Encargado de Convivencia Escolar. Denuncia del Profesional maltratado a la Profesional agredido Directora de ciclo o al Encargado de Director de Ciclo Convivencia del Colegio. Tutores El receptor inicial deberá informarles personalmente o por escrito al tutor(a) del alumno la situación para que esté en conocimiento de ella. Si un funcionario del Colegio posee antecedentes de maltrato de un estudiante a un funcionario, deberá reportarlo al encargado de convivencia escolar en un plazo máximo de 24 horas desde que tuvo conocimiento del hecho. Evaluación preliminar de la situación: Investigación de los hechos. Durante el proceso se privilegiará la comunicación personal (entrevista) con los alumnos y con el funcionario involucrado. El encargado del proceso deberá informar a todos los involucrados el proceso a realizar y sus condiciones. Encargada de Convivencia 12

13 Entrevista a alumno o alumnos implicados para recabar antecedentes respecto de los hechos. En todo momento, el encargado deberá dejar un registro escrito y firmado por todos los participantes. Entrevista al profesional afectado para recabar antecedentes respecto de los hechos. En todo momento, el encargado deberá dejar un registro escrito y firmado por todos los participantes Tutor Tutor Registro de los hechos en School Track Tutores Behaviors Teachers Notificación de los hechos al apoderado. Tutores Elaboración de informe concluyente y comunicación a la autoridad del Colegio: Cuando el encargado haya agotado la indagatoria, analizará los medios de prueba recabados y presentará al comité de buena convivencia escolar, la acreditación del maltrato reportado o la desestimación del reclamo Encargado de Convivencia 2.- FASE DE INTERVENCIÓN Adopción de medidas de urgencia para implicados derivar atención de Estación de Primeros Auxilios y, si procede, al Servicio de Urgencia para la constatación de lesiones. Director de Ciclo Encargado de Convivencia EN EL CASO QUE NO LOGRE COMPROBAR EL MALTRATO REPORTADO O LO DESESTIME: El encargado realizará un reporte que indique el resultado de su indagación y sus sugerencias y lo remitirá al comité de Convivencia Escolar para que lo resuelva. Una vez que el comité haya resuelto, comunicará su decisión al encargado de la indagación, junto con las indicaciones que correspondan sobre quién, cómo y cuándo se deberá informar a los involucrados el resultado del proceso. El encargado coordinará el cierre del proceso según lo indicado. La persona designada para informar la resolución del procedimiento comunicará la decisión a las personas involucradas y a quienes les corresponda conocer de la situación Se privilegiará la comunicación personal (entrevista) en esta fase, pero se podrá hacer uso de otros medios escritos si las circunstancias así lo ameritaran, debiendo quedar constancia del envío y recepción del mismo. Asimismo, esta misma persona velará porque todos los antecedentes del procedimiento queden resguardados en las carpetas de Convivencia y que una reseña de lo realizado sea consignada en el School Track N EL CASO QUE LOGRE COMPROBAR EL MALTRATO REPORTADO: El encargado sugerirá las medidas que correspondan conforme a lo señalado en el presente Reglamento Interno y de Convivencia Escolar. 13

14 Una vez que la autoridad haya resuelto, comunicará su decisión al encargado de la indagación, junto con las indicaciones que correspondan sobre quién, cómo y cuándo se deberá informar a los involucrados el resultado del proceso. El encargado coordinará el cierre del proceso según lo indicado. CONSECUENCIAS QUE SE APLICARÁN A LOS ESTUDIANTES POR MALTRATO A FUNCIONARIOS O EDUCADORES SON LAS SIGUIENTES: 1.- Registro de la conducta inadecuada en School Track 2.- Mañana reflexiva: El/la director(a) de ciclo suspende una mañana de clases al alumno(a) quien debe realizar en la Biblioteca del Colegio un trabajo orientado llevar a la alumno a reflexionar sobre sus acciones y las consecuencias que conlleva. (Valores, habilidades Sociales autocontrol) 3.- Suspensión del colegio: El/la director(a) de ciclo puede suspender de clases al estudiante entre uno y tres días. Ante la ausencia o por mandato de este(a) podrá aplicar dicha sanción al Encargado de Convivencia 4.- Condicionalidad de matrícula: Carta al alumno y/o familia solicitando el cumplimiento de exigencias específicas para el logro de su superación actitudinal y/o conductual y/o requerimientos del Colegio que le permitan al alumno su permanencia en él. La condicionalidad será evaluada trimestralmente de acuerdo a la fecha estipulada en la misma por la instancia resolutiva correspondiente a la Dirección de Ciclo y su incumplimiento será una causal de no renovación de las Prestaciones de Servicios Educacionales. 5.- No renovación de matrícula: No renovación del Contrato Privado de Prestación de Servicios Educacionales. Esta determinación se comunicará por escrito a los padres en entrevista con la Dirección de Ciclo previo a un proceso de investigación a fin de resguardar el derecho al debido proceso del estudiante conforme. 3.- RECURSOS O APELACIONES Todas las partes tendrán la posibilidad de recurrir fundadamente en contra de la resolución adoptada ante la autoridad correspondiente, para lo cual tendrán un plazo de 5 días hábiles. Dicha apelación se presentará por escrito a la misma instancia que haya determinado la sanción. En caso de cancelación de matrícula, el Apoderado podrá apelar al Rector del Colegio a través de un documento escrito y en un plazo no superior a 48 hrs. desde la notificación de la medida. La Rectoría se considera la última instancia luego de haber acudido a las anteriores 4.- SEGUIMIENTO: En los casos que se hayan dispuesto medidas de orientación y apoyo hacia el funcionario afectado, la persona que realizó la indagación se encargará de verificar que estas se mantengan durante el tiempo que se estime conveniente. Respecto del alumno, en el caso que se haya verificado el maltrato reportado y se le hayan aplicado medidas o sanciones, el encargado de convivencia escolar verificará que estas se cumplan conforme fue indicado y procederá a cerrar el caso en cuanto estas se hayan ejecutado. 14

15 PROTOCOLO N 4: MALTRATO DE ADULTO A ESTUDIANTE 1. ELEMENTOS GENERALES 1.1. DEFINICIÓN DE MALTRATO DE UN ADULTO HACIA UN ESTUDIANTE: Se entenderá por maltrato cualquier acción u omisión intencional, ya sea física o psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o cibernéticos, proferida por parte de un adulto en contra de uno o más estudiantes del Colegio, la cual pueda provocar al menor el temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su integridad física o psíquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos, fundamentales, dificultando o impidiendo, de cualquier manera, su desarrollo o desempeño académico, afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico 1.2. DEBER DE INFORMAR: a) Los apoderados y profesionales de la educación, así como los equipos docentes, administrativos, auxiliares y directivos del Colegio deberán informar situaciones de violencia física o psicológica, agresión u hostigamiento contra un estudiante, cuyo supuesto autor sea un adulto de la comunidad escolar (padre, apoderado, profesor, auxiliar, administrativo, directivo, etc.) b) La persona del Colegio que reciba un reporte o reclamo por supuesto maltrato de adulto a estudiante, deberá dejar constancia por escrito con la mayor cantidad de detalles posibles de los hechos informados, quedando claramente acreditada la identidad de quién reportó el hecho. c) El reporte de supuesto maltrato adulto-estudiante deberá ser presentado, preferentemente, al tutor (a) de los alumnos involucrados. En su defecto, la Directora de ciclo, Coordinador de Pastoral Team, o al encargado de convivencia escolar. d) El supuesto autor de la falta tendrá derecho a conocer la identidad de quien presentó la queja, así como también, podrá conocer las circunstancias de la falta atribuida. Lo anterior, con objeto de que pueda presentar su versión de los hechos y/o sus descargos. Sin embargo, el adulto acusado deberá mantener estricta confidencialidad respecto del procedimiento que se esté realizando y vincularse con la posible víctima y/o padres y apoderados solo en los momentos y condiciones que sean expresamente autorizados por el responsable de aplicar el protocolo en este caso. Más aún, tratándose de un funcionario del Colegio, el establecimiento podrá disponer medidas que impliquen evitar el contacto entre éste y la supuesta víctima 1.3. DERECHOS DEL JUSTO PROCEDIMIENTO: En el manejo de supuesto maltrato de adulto a estudiante, se garantizarán a todos los involucrados los siguientes derechos: A) El derecho a la presunción de inocencia de él o las personas acusadas de ser causantes directos e indirectos de la falta reclamada. B) El derecho de todos los involucrados a ser escuchados C) El derecho a conocer el origen de la acusación y presentar sus descargos D) El derecho a apelar respecto de las resoluciones tomadas 15

16 2. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN DE ACTOS DE MALTRATO DE ADULTO HACIA ESTUDIANTE 1.- DETECCIÓN o DENUNCIA ESTRATEGIA Detección o Denuncia: Dar a conocer a tutores, Directora de Ciclo o Encargado de Convivencia, situación en la cual un adulto del colegio ha ejercido una acción de violencia en contra de un alumno(a). RESPONSABLE Cualquier integrante de la comunidad educativa. Tutores Directora de Ciclo Encargado de Convivencia Al inicio de este tipo de procedimientos, se deberá notificar tanto al supuesto autor de la falta, como a los padres o apoderados del alumno supuestamente afectado. Dicha notificación podrá efectuarse por cualquier medio formal escrito o vía entrevista personal, debiendo quedar constancia de la información entregada. Evaluación preliminar de la situación: Investigación de los hechos. Entrevista a alumno o alumnos implicados para recabar antecedentes respecto de los hechos. ) Las entrevistas o procedimientos indagatorios a realizar con el o los alumnos supuestamente afectados, se realizarán en la compañía de su tutor(a) (siempre y cuando no sea éste el supuesto autor de la falta), un miembro del Pastoral Team o un integrante del comité de buena convivencia escolar. También será posible que en tales entrevistas pueda estar, si fuera necesario, el apoderado del estudiante presente. Encargada de Convivencia Encargad de Convivencia Tutor Entrevista al adulto implicado para recabar antecedentes de los hechos. Se debe proceder considerando el Principio de Inocencia: Las investigaciones deben orientarse a la descripción y clarificación de las circunstancias del reclamo, sin atribuir intencionalidad o culpabilidad al adulto señalado como autor de la falta, mientras dure esta fase del proceso Elaboración de informe concluyente y comunicación a la autoridad del Colegio. Directora de Ciclo Encargado de Convivencia Si durante el proceso los encargados, si bien actuarán en base al principio de inocencia del adulto que supuestamente cometió la falta, se podrán tomar las siguientes medidas: Si el supuesto autor es funcionario del Colegio: Se garantizará la tranquilidad y seguridad de el o los alumnos supuestamente afectados, ya sea supervisando las tareas en las que el funcionario deba interactuar con el estudiante reclamante, reasignando las tareas del funcionario en cuestión, otorgándole permisos administrativos, ejecutando cambios de turnos o puesto de trabajo, u otras acciones que, no implicando menoscabo 16

17 laboral, sean prudentes y convenientes conforme a la evaluación que se haya realizado de la situación. Si el supuesto autor es apoderado del Colegio: Se le solicitará actuar con prudencia frente a estas circunstancias, prohibiendo interactuar en forma privada con el estudiante supuestamente afectado o sus apoderados (interacciones que, de ser necesarias, deberán realizarse en presencia de una autoridad del Colegio). 2.- FASE DE INTERVENCIÓN Adopción de medidas de urgencia para implicados derivar atención de Estación de Primeros Auxilios y, si procede, al Servicio de Urgencia para la constatación de lesiones. Constancia o denuncia en carabineros si lo amerita Notificación por escrito al adulto implicado: Se cita al adulto implicados en la denuncia y se le informa los resultados de la investigación y la aplicación de las sanciones correspondientes o si el reclamo fue desestimado dejándose constancia escrita de ambas circunstancias. Entrevista cada uno de los padres del o los estudiantes involucrados -en un plazo máximo de 7 días a partir de la fecha del inicio de la denuncia para comunicar los resultados de la investigación y la aplicación de las sanciones correspondientes o si el reclamo fue desestimado dejándose constancia escrita de ambas circunstancias. En la resolución se especificarán las medidas de reparación adoptadas a favor del afectado, así como la forma en que se supervisará su efectivo cumplimiento: disculpas privadas o públicas, restitución de efectos personales, cambio de curso u otras que la autoridad competente determine. Director de Ciclo Encargado de Convivencia Sólo el Rector del Colegio o a quien él designe Encargado de la Investigación y colaboradores. ( Behaviors Teachers) Directora de Ciclo En el caso que se haya acreditado el maltrato y el rol que le cabe a los involucrados, los encargados de la investigación deben considerar, a la luz del Proyecto Educativo y Reglamentos del Colegio, las siguientes variables antes de sugerir medidas a aplicar: La condición de especial gravedad asignada a la falta, dado que el supuesto autor es un adulto. La actitud asumida por el supuesto autor durante la aplicación del protocolo. La edad, la etapa de desarrollo y madurez del o los alumnos afectados. La naturaleza, intensidad y extensión de la falta. La conducta anterior del responsable. La discapacidad o indefensión del afectado. 17

18 CONSECUENCIAS QUE SE APLICARÁN A LOS ADULTOS POR MALTRATO A LOS ESTUDIANTES 1. Entrevista y amonestación Verbal: Conversación con el adulto en la instancia correspondiente acerca de la situación ocurrida a fin de analizar las causas y consecuencias de la falta cometida estableciendo compromisos. 2. Amonestación Escrita: carta escrita enviada por la instancia correspondiente acerca de la situación ocurrida a fin de analizar las causas y consecuencias de la falta cometida estableciendo compromisos. 3. Suspensión Temporal: Suspensión temporal del adulto como Apoderado del Colegio nombrándose a un reemplazante. Aplicable solo a apoderados. 4. Cancelación de Matrícula: no renovación del Contrato de Prestación de Servicios Educacionales si el agresor es un apoderado. 5.- En el caso de que el supuesto autor de la falta no sea un miembro de la comunidad escolar, pero que se encuentre ligado a esta (ej. familiar de un funcionario o apoderado), se sugerirá la prohibición de ingreso al Colegio. 6. Término del contrato laboral si el agresor es un Educador. 7. Denuncia a Tribunales por delitos. Si se configura un delito, sólo el Rector del Colegio o a quien él designe hará la denuncia a Carabineros, PDI y Tribunales de Justicia. 3.- RECURSOS O APELACIONES Todas las partes tendrán la posibilidad de recurrir fundadamente en contra de la resolución adoptada ante la autoridad correspondiente, dentro de un plazo de 5 días hábiles. Dicha apelación se presentará por escrito a la misma instancia que haya determinado la sanción, la cual resolverá, en virtud a los antecedentes que se hayan recibido. En caso de cancelación de matrícula, el Apoderado podrá apelar al Rector del Colegio a través de un documento escrito y en un plazo no superior a 48 hrs. desde la notificación de la medida. La Rectoría se considera la última instancia luego de haber acudido a las anteriores. PROTOCOLO N 4.1. MALTRATO EN ESPACIO VIRTUAL: a. Ningún alumno está autorizado a grabar imágenes dentro del establecimiento y menos aún a subirlas a la web. b. El incumplimiento de esta norma se considerará una falta grave y su responsabilidad involucrará a todos los que en ella participen, grabando y/o prestándose a la filmación, al igual que quienes la suban a la web, según la reglamentación de convivencia vigente. c. Si en estas imágenes se observa a algún alumno en actitudes contrarias a nuestros valores y normas de convivencia, será sancionado por la actitud que exhibe, aunque haya sido filmado sin saberlo o contra su voluntad. d. En el mismo orden de cosas, también atenta contra el respeto a los demás el enviar mensajes injuriosos o groseros por cualquier medio y se tomarán mediadas acorde al reglamento interno. 18

19 PROTOCOLO N 5: MALTRATO DE APODERADO A UN FUNCIONARIO DEL COLEGIO 1. ELEMENTOS GENERALES 1.1. DEFINICIÓN DE MALTRATO DE UN APODERADO A FUNCIONARIO DEL COLEGIO: Se entenderá por maltrato de apoderado hacia funcionario del Colegio cualquier acción u omisión intencional, ya sea física o psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o cibernéticos, proferida por parte de un apoderado en contra de un funcionario del Colegio, la cual pueda provocar al funcionario en cuestión el temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su integridad física o psíquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos, fundamentales, dificultando o impidiendo, de cualquier manera, su desarrollo o desempeño académico, afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico DEBER DE INFORMAR: a) Los apoderados y profesionales de la educación, así como los equipos docentes, administrativos, auxiliares y directivos del Colegio deberán informar situaciones de violencia física o psicológica, agresión u hostigamiento contra un funcionario del colegio, cuyo supuesto autor sea un padre o apoderado del colegio. b) La persona del Colegio que reciba un reporte o reclamo por supuesto maltrato de un apoderado hacia un funcionario del colegio, deberá dejar constancia por escrito con la mayor cantidad de detalles posibles de los hechos informados, quedando claramente acreditada la identidad de quién reportó el hecho. c) El reporte de supuesto maltrato apoderado-funcionario deberá ser presentado, preferentemente, al Encargado de Convivencia, la Directora de ciclo o el Coordinador de Pastoral Team. d) El supuesto autor de la falta tendrá derecho a conocer la identidad de quien presentó la queja, siempre y cuando este sea el mismo funcionario afectado, así como también, podrá conocer las circunstancias de la falta atribuida. Lo anterior, con objeto de que pueda presentar su versión de los hechos y/o sus descargos. Sin embargo, el apoderado acusado deberá mantener estricta confidencialidad respecto del procedimiento que se esté realizando y vincularse con la posible víctima solo en los momentos y condiciones que sean expresamente autorizados por el responsable de aplicar el protocolo en este caso DERECHOS DEL JUSTO PROCEDIMIENTO: En el manejo de supuesto maltrato de apoderado a funcionario, se garantizarán a todos los involucrados los siguientes derechos: a) El derecho a la presunción de inocencia de él o las personas acusadas de ser causantes directos e indirectos de la falta reclamada. b) El derecho de todos los involucrados a ser escuchados c) El derecho a conocer el origen de la acusación y presentar sus descargos d) El derecho a apelar respecto de las resoluciones tomadas 19

20 2. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN DE ACTOS DE MALTRATO DE APODERADO A FUNCIONARIO DEL COLEGIO FASE 1: DETECCIÓN o DENUNCIA ESTRATEGIA Detección o Denuncia: Dar a conocer, situación en la cual un apoderado ha ejercido una acción de violencia en contra de funcionario del colegio. Evaluación preliminar de la situación: Investigación de los hechos. RESPONSABLE Los miembros autorizados para recibir reclamos de posible maltrato de apoderado a funcionario son: preferentemente el encargado de convivencia escolar; en su defecto las Directoras de Ciclo. Encargada de Convivencia y/o un miembro designado del Comité de buena convivencia del colegio. Al inicio de este tipo de procedimientos, se deberá notificar el procedimiento tanto al supuesto autor de la falta, como al funcionario supuestamente afectado. Dicha notificación podrá efectuarse por cualquier medio formal escrito o vía entrevista personal, debiendo quedar constancia de la información entregada. Entrevista al apoderado implicado para recabar antecedentes de los hechos. Se debe proceder considerando el Principio de Inocencia: Las investigaciones deben orientarse a la descripción y clarificación de las circunstancias del reclamo, sin atribuir intencionalidad o culpabilidad al apoderado señalado como autor de la falta, mientras dure esta fase del proceso Encargada de Convivencia y/o un miembro designado del Comité de buena convivencia del colegio y/o los Behaviors Teachers La persona que lleva a cabo la investigación, atendiendo a las circunstancias del reclamo, determinará las acciones a seguir para clarificar el hecho, las cuales pueden ser, entre otras: entrevistar a los involucrados y posibles testigos, citar a testigos, solicitar orientación y/o evaluaciones de especialistas externos al Colegio, analizar diversos antecedentes o evidencias atingentes, etc. Dentro de las acciones será obligatorio escuchar las versiones de los involucrados y acoger los posibles descargos que ellos (u otros interesados, tales como los apoderados) pudieran presentar. En esta fase del procedimiento, si ambas partes están de acuerdo, podrán implementarse acciones de arbitraje conciliación entre las partes, dirigidas por el encargado de convivencia escolar y/o un Director de ciclo y/o un miembro del comité de buena convivencia escolar Elaboración de informe concluyente y comunicación a la autoridad del Colegio. Encargado de Convivencia MEDIDAS A TOMAR DURANTE EL PROCEDIMIENTO Y SU POSTERIOR RESOLUCIÓN: Respecto del funcionario del Colegio: Si la persona que lleva la investigación lo estima pertinente, se sugerirá una evaluación para determinar su condición personal ante la situación que lo afecta. De acuerdo a los resultados de tal evaluación, se determinará la aplicación de las medidas que se deriven de tal evaluación. En el caso de que se haya otorgado Licencia Médica al funcionario afectado, se dará curso al procedimiento institucional estipulado para estos casos. 20

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