BASES ADMINISTRATIVAS LICITACIÓN PÚBLICA MANTENIMIENTO DE SISTEMAS Y EQUIPOS DE CLIMATIZACIÓN DEL METRO DE SANTIAGO

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1 BASES ADMINISTRATIVAS LICITACIÓN PÚBLICA MANTENIMIENTO DE SISTEMAS Y EQUIPOS DE CLIMATIZACIÓN DEL METRO DE SANTIAGO 2013

2 Contenido ARTICULO 1 CRONOGRAMA DE LICITACIÓN... 3 ARTÍCULO 2 LLAMADO A LICITACIÓN... 3 ARTÍCULO 3 CÓMPUTO DE PLAZOS... 4 ARTÍCULO 4 OBJETO DE LA LICITACIÓN... 4 ARTICULO 5 RESTRICCIÓN A PARTICIPACIÓN DE FILIALES Y COLIGADAS... 5 ARTÍCULO 6 VISITA A TERRENO... 6 ARTÍCULO 7 CONSULTAS, RESPUESTAS, ACLARACIONES Y/O MODIFICACIONES... 6 ARTÍCULO 8 PRESENTACION Y ANTECEDENTES DE LA OFERTA... 7 ARTÍCULO 9 RECEPCIÓN DE LAS PROPUESTAS Y APERTURA DE OFERTAS TÉCNICAS... 8 ARTÍCULO 10 ACEPTACIÓN O RECHAZO DE LAS OFERTAS... 9 ARTICULO 11 GASTOS... 9 ARTÍCULO 12 BOLETA DE GARANTIA SERIEDAD DE LA OFERTA... 9 ARTÍCULO 13 EVALUACIÓN DE LA OFERTA TÉCNICA ARTÍCULO 14 APERTURA DE LAS OFERTAS ECONÓMICAS ARTÍCULO 15 ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA ARTÍCULO 16 FIRMA Y ANTECEDENTES DEL CONTRATO ARTÍCULO 17 GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO ARTÍCULO 18 DOCUMENTOS INTEGRANTES ARTÍCULO 19 MONEDA DEL CONTRATO ARTÍCULO 20 PLAZO DE EJECUCIÓN ARTÍCULO 21 PROHIBICIÓN DE CESIÓN ARTÍCULO 22 REAJUSTES Y ANTICIPO ARTÍCULO 23 INICIO DE LOS SERVICIOS O TRABAJOS ARTÍCULO 24 FORMA DE PAGO Y FACTURACIÓN ARTÍCULO 25 MULTAS ARTÍCULO 26 EVALUACIÓN AL CONTRATO ARTÍCULO 27 DAÑOS Y PERJUICIOS ARTÍCULO 28 RESPONSABILIDAD LABORAL DEL CONTRATISTA ARTÍCULO 29 HORARIO DE TRABAJO Y PERMANENCIAS ARTÍCULO 30 TRANSPORTE Y TRASLADO DE PERSONAL DEL CONTRATISTA ARTÍCULO 31 REPUESTOS PARA EL MANTENIMIENTO Y REPARACIONES ARTÍCULO 32 SEGURIDAD Y PREVENCIÓN DE RIESGOS ARTÍCULO 33 VESTUARIO E IDENTIFICACIÓN DEL PERSONAL ARTÍCULO 34 PÓLIZAS DE SEGURO ARTÍCULO 35 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA ARTÍCULO 36 RECURSOS HUMANOS Y TECNICOS PARA EL SERVICIO ARTÍCULO 37 SUPERVISIÓN POR PARTE DEL CONTRATISTA ARTÍCULO 38 CONFIDENCIALIDAD ARTÍCULO 39 ADMINISTRACIÓN E INSPECCIÓN DEL CONTRATO ARTÍCULO 40 MANEJO DE RESIDUOS, EFLUENTES Y EMISIONES ARTÍCULO 41 LIMPIEZA DE LOS RECINTOS ARTÍCULO 42 CONTINUIDAD DEL SERVICIO ARTÍCULO 43 ADQUISICIONES EVENTUALES ARTÍCULO 44 DOCUMENTACIÓN DEL MANTENIMIENTO ARTÍCULO 46 TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO ARTÍCULO 47 RESPONSALIDAD PENAL ARTÍCULO 48 SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

3 ASPECTOS RELATIVOS A LA LICITACIÓN ARTICULO 1 CRONOGRAMA DE LICITACIÓN Actividad Fecha Hora Publicación 03 de Octubre 2013 A partir de las 10:00 horas Descarga de Bases ( 03 de Octubre 2013 al 09 de Octubre 2013 Hasta las 14:00 horas Visita obligatoria a Terreno Lugar: Contacto:, Fono: de Octubre 2013 y/o el 11 de Octubre 2013 Desde las 09:00 horas Recepción de Consultas Enviar a Correo Electrónico: abarrera@metro.cl 14 de Octubre 2013 Hasta las 17:30 horas Respuestas a Consultas Vía Correo Electrónico a todos los Participantes 15 de Octubre 2013 al 21 de Octubre 2013 Hasta las 19:30 horas Entrega de Ofertas técnico - económicas Lugar: Subgerencia de Abastecimiento, Gerencia de Administración y Finanzas, Av. Libertador Bernardo O Higgins Nº 1414, Santiago 22 de Octubre 2013 al 07 de Noviembre 2013 Hasta las 12:00 horas Apertura de Ofertas Técnicas Lugar: Subgerencia de Abastecimiento, Gerencia de Administración y Finanzas, Av. Libertador Bernardo O Higgins Nº 1414, Santiago 07 de Noviembre 2013 A partir de las 16:00 horas ARTÍCULO 2 LLAMADO A LICITACIÓN La Empresa de Transporte de Pasajeros Metro S.A., en adelante indistintamente Metro o Metro S.A., requiere contratar el servicio de Mantenimiento de sistema y equipos de climatización del Metro de Santiago. Sólo podrán participar en esta licitación, las empresas especialistas en el rubro de mantenimiento de sistema y equipos de climatización, que se hayan inscrito para esta licitación en el portal de licitaciones de Metro S. A., ( y que, por experiencia, capacidad técnica y económica, cumplan a satisfacción con las exigencias establecidas en las presentes Bases y en sus Especificaciones Técnicas, como asimismo en las Modificaciones o Aclaraciones y en las Respuestas escritas emitidas por Metro a consultas efectuadas durante el proceso, documentos que formarán parte integrante del respectivo contrato. 3

4 Sin perjuicio de los requisitos que se establecen más adelante, las empresas interesadas en participar, deberán acreditar experiencia en actividades similares a las materias propias de esta licitación. Se deja constancia que es responsabilidad de los Participantes obtener la confirmación de su inscripción para este proceso de licitación, a través de los procedimientos descritos en el portal antes indicado. Las propuestas deberán ajustarse a los formatos definidos en los formularios adjuntos a las presentes bases, considerando la totalidad de los costos asociados a los servicios. Para todos los efectos de la licitación y del contrato, el idioma oficial será el español. Todo Proponente interesado en participar en el presente proceso de licitación deberá presentar en su propuesta técnica el certificado F-30 emitido por la Inspección del Trabajo, en que se indique su comportamiento histórico en temas laborales, con antigüedad mínima de 12 meses. La no presentación de este certificado será causal de desestimación de la propuesta por parte de Metro. ARTÍCULO 3 CÓMPUTO DE PLAZOS Para todos los fines contemplados en estas Bases, los plazos de días se considerarán como días corridos, salvo que se indique expresamente que son de días hábiles, entendiéndose por éstos, sólo de lunes a viernes, excluyendo días festivos. En caso que un plazo venza en día inhábil, se entenderá prorrogado hasta el día hábil siguiente. ARTÍCULO 4 OBJETO DE LA LICITACIÓN El objeto de la presente licitación, es la contratación por parte de Metro S.A. del Servicio de Mantenimiento de Sistemas y Equipos de Climatización del Metro de Santiago, cuya identificación detallada de su naturaleza se define en las Especificaciones Técnicas. El Contratista podrá subcontratar servicios que no sean de su especialidad para dar cumplimiento a los servicios adjudicados, debiendo indicar en su Oferta Técnica los trabajos que propone subcontratar, así como el nombre y experiencia de la empresa que realizará dichos servicios. El Contratista deberá considerar todo lo necesario para ejecutar en buena forma el mantenimiento solicitado, de manera de asegurar una alta disponibilidad de los equipos para la operación y preservar su vida útil. El detalle de emplazamientos a considerar por cada zona se describen a continuación: 4

5 Grupo Ubicación Cantidad Equipos Línea 1+Intermodal Pajaritos 217 Talleres Neptuno 68 CCA 79 ZONA 1 SEAT equipos Gerencia General 44 Casino 2 Casona A. Ovalle 35 Container 10 Grupo Ubicación Cantidad Equipos Línea 2 + Intermodales Lo Ovalle y Vespucio 76 Norte Talleres Lo Ovalle 7 Línea ZONA 2 Talleres Puente Alto equipos Cocheras Intermedias 13 Línea 4-A 22 Línea 5 + Intermodal del Sol 109 Talleres San Eugenio 15 Metro S.A. tendrá la opción de incorporar o retirar del contrato, los servicios de mantenimiento para los equipos que estime necesario, sin que ello represente indemnización de ninguna especie para el Contratista. Se deja constancia que el Proponente, por el solo hecho de participar en esta licitación presentando oferta, conoce a cabalidad los equipos instalados, el estado de las instalaciones, así como la documentación técnica necesaria y demás condiciones de terreno que pudieran influir directa o indirectamente en la ejecución de los trabajos, debiendo en consecuencia, el Proponente, aclarar con anterioridad a la presentación de su propuesta, en la etapa de preguntas y respuestas, las dudas que pudiere tener al respecto. ARTICULO 5 RESTRICCIÓN A PARTICIPACIÓN DE FILIALES Y COLIGADAS En el caso de sociedades matrices (coligantes), filiales o coligadas entre sí, cuyos conceptos se definen en el Título VIII de la Ley , sólo una de ellas podrá presentar oferta. En caso de incumplimiento, todas las ofertas serán rechazadas, pudiendo Metro S.A. hacer efectivas las respectivas Boletas de garantía de seriedad de las ofertas. En el caso de consorcios, ninguno de sus integrantes podrá presentar otra oferta. El incumplimiento de esta restricción habilitará a Metro S.A. para rechazar, tanto la oferta presentada por el Consorcio, como aquella presentada por uno de sus miembros, pudiendo hacer efectivas las respectivas boletas de garantía de seriedad de las ofertas. 5

6 ARTÍCULO 6 VISITA A TERRENO Para efectos de esta licitación, Metro S.A. ha programado a lo menos una visita a las instalaciones involucradas, constituyendo su asistencia un requisito indispensable para presentar oferta. Para tal efecto, Metro S.A. ha establecido un programa cuyo horario y fecha se da a conocer en el cronograma de esta licitación. (Artículo 1) Para efectos de la visita, las empresas que hayan confirmado su participación en la licitación deberán enviar vía correo electrónico al correo abarrera@metro.cl, con copia a igalvez@metro.cl la nómina del personal que asistirá en su representación, el que no podrá exceder de 2 personas, indicando: nombre completo, cédula de identidad o número de pasaporte y RUT de la empresa. Cada visitante deberá estar provisto de los siguientes elementos de seguridad: casco, zapatos de seguridad, antiparras y chaleco reflectante. En dicha visita se presentarán los principales aspectos de esta licitación. ARTÍCULO 7 CONSULTAS, RESPUESTAS, ACLARACIONES Y/O MODIFICACIONES Las Proponentes que se hayan registrado para participar en la licitación, podrán efectuar por escrito, todas aquellas consultas que estimen necesarias, ya sea para aclarar el contenido de las presentes Bases o el de sus Anexos y Especificaciones Técnicas, como también para la presentación de sus propuestas. Las consultas deberán ser enviadas en formato Word con la referencia Consultas Mtto. Sistemas de Climatización vía a abarrera@metro.cl con copia a plarrain@metro.cl, de acuerdo al cronograma de la licitación. Las respuestas a las consultas realizadas por los Proponentes se entregarán a través de la misma vía, en la fecha indicada en el cronograma de esta licitación. Las respuestas se enviaran por igual a todos aquellos que se inscribieron en el portal de Metro S.A. Metro podrá por cualquier causa y en cualquier momento, antes de que venza el plazo para la presentación de las ofertas, emitir las aclaraciones y/o modificaciones a los documentos y plazos de la licitación que estime convenientes, las que serán obligatorias para los Proponentes. Dichas aclaraciones y/o modificaciones serán enviadas a los Proponentes, al correo electrónico registrado al momento de la inscripción en este proceso. Las respuestas entregadas por Metro a las consultas formuladas, así como las posibles aclaraciones y/o modificaciones emitidas por Metro, pasarán a formar parte integrante de las Bases de Licitación. Es obligación de los Proponentes tomar conocimiento de las respuestas, aclaraciones y/o modificaciones, siendo de su responsabilidad verificar la recepción conforme de los correos electrónicos, tanto de las consultas emitidas, como de las respuestas, aclaraciones y/o modificaciones entregadas por Metro. Existirá un set con todas las respuestas a las consultas, aclaraciones y/o modificaciones en las oficinas de Metro que permanecerá a disposición de los interesados hasta la fecha de recepción de las ofertas. No se aceptarán reclamos posteriores respecto al desconocimiento de ellas para cualquier efecto. 6

7 ARTÍCULO 8 PRESENTACION Y ANTECEDENTES DE LA OFERTA Los Proponentes deberán presentar sus Ofertas en original y una copia, en dos sobres cerrados, caratulados Oferta Técnica el primero y Oferta Económica el segundo, indicando en el exterior de cada uno el nombre y firma del Proponente, nombre de la licitación, dirigido a Alvaro Barrera Guzmán. Los Proponentes deberán presentar sus ofertas por separado para cada una de las 2 zonas. En caso de no presentar ofertas por ambas zonas, Metro S.A. se reserva el derecho de no considerar sus ofertas a su sola decisión. Cada Proponente podrá presentar sólo una oferta, debiendo cubrir la totalidad del servicio licitado. Las ofertas no podrán contener errores ni enmendaduras, pudiendo Metro rechazarlas por esta causal. Sobre oferta técnica: La Oferta Técnica se presentará en original y una copia en papel, además deberá presentar la oferta técnica en digital (CD), en formato Word y en pdf, (1 CD con los 2 archivos en ambos formatos). Sobre oferta económica: La Oferta Económica se presentará en original y una copia en papel, además deberá presentar la oferta económica en formato digital (CD) con el contenido de los formularios de cotización en Excel. Sobre "OFERTA TÉCNICA" Los Proponentes deberán presentar su Oferta Técnica de acuerdo al orden y formato establecido en los formularios preparados por Metro S.A., cuyo contenido se indica en el Anexo A de estas Bases. La documentación correspondiente a la Oferta Técnica, en particular lo que se refiere a acreditación de experiencia, currículum, manuales técnicos y otros de esta naturaleza, deben ser en idioma español. Los antecedentes solicitados en calidad de Formulario deberán ser presentados necesariamente de esa manera, sin perjuicio de ser complementados con otra documentación. La presentación de documentos adicionales, distintos a los anteriormente señalados, se considerará información complementaria. El incumplimiento de estas exigencias podrá ser causal de descalificación de la oferta correspondiente. 7

8 Sobre OFERTA ECONÓMICA En el sobre denominado Oferta Económica los Proponentes deberán presentar su oferta económica, completando el o los formularios asociados al servicio a ofertar, cuyo contenido se indica en el anexo B de estas Bases.. En el sobre Oferta Económica, el Proponente no podrá agregar comentarios ni condicionamientos a los formularios entregados por Metro S.A., ni a los precios entregados por el mismo Proponente. Tampoco se podrá realizar oferta o propuesta alguna bajo presupuestos no contemplados en las Bases de Licitación y/o en sus documentos. No se admitirá modificación alguna a la Oferta Económica. Los Proponentes deberán indicar en su oferta económica, si consideraran un descuento por la adjudicación de las 2 zonas. El proponente deberá presentar su oferta económica detallando por separado cada una de las zonas involucradas. Sin perjuicio de lo anterior, Metro S.A. se encuentra facultado para realizar adjudicación de las propuestas a uno o más oferentes, mediante la adjudicación por ítem (zona) o global. ARTÍCULO 9 RECEPCIÓN DE LAS PROPUESTAS Y APERTURA DE OFERTAS TÉCNICAS Las propuestas presentadas tendrán una vigencia mínima de 120 días corridos, contados a partir de la fecha de recepción de las mismas. Metro S.A. podrá solicitar la ampliación de dicha vigencia. Las propuestas se presentarán el día, hora y lugar establecidos en el cronograma de la presente Licitación a nombre de Alvaro Barrera Guzmán. El día y hora también señalados en el cronograma, se procederá a la apertura de los sobres caratulados "Oferta Técnica", en presencia de los Proponentes que deseen asistir. En dicho acto sólo se verificará la presentación de los documentos exigidos, realizándose el análisis detallado en la etapa de evaluación de las ofertas. Los sobres que contienen la "Oferta Económica" se mantendrán cerrados y quedarán en custodia de Metro. En caso que uno o más de los formularios o precios de la Oferta Económica sean incluidos dentro del sobre de Oferta Técnica, la propuesta respectiva será descalificada, sin lugar a indemnización de ninguna especie. Si a la licitación se presentara una sola propuesta, Metro podrá declararla desierta de inmediato o bien continuar con el acto de apertura, sin que ello afecte su derecho a desestimar la propuesta en cualquier momento, decisión que no dará derecho al Proponente a ningún tipo de acción, reclamación o cobro de indemnización en contra de Metro. Metro se reserva el derecho de solicitar mayores antecedentes si así lo estima conveniente en cualquier etapa del proceso de licitación o devolver las ofertas, sin lugar a indemnización alguna, a aquellos Proponentes que a su juicio exclusivo no cumplan con los requisitos 8

9 establecidos en la presente licitación. Sin embargo, de ninguna forma los antecedentes que Metro solicite podrán constituir modificación a los valores de la Oferta Económica. De comprobarse la falsedad o inconsistencia de alguno de los antecedentes presentados, ello podrá ser causal de cobro de la Boleta de Garantía de Seriedad de la Oferta y, la no consideración de la oferta respectiva, sin perjuicio que el Proponente responsable podrá ser suspendido o excluido de futuras licitaciones. ARTÍCULO 10 ACEPTACIÓN O RECHAZO DE LAS OFERTAS Toda oferta que no esté presentada en conformidad con las presentes Bases y demás documentos de la Licitación o que no contengan la totalidad de los documentos solicitados podrá ser rechazada durante la etapa de evaluación. Del mismo modo, no se aceptarán ofertas que no cumplan con los estándares establecidos en las Especificaciones Técnicas. Aquellos Proponentes cuyas ofertas no Califican Técnicamente serán notificados por escrito de dicha situación, indicándoles la fecha de retiro del sobre conteniendo su Oferta Económica y de la Boleta de Garantía de Seriedad de la Oferta. Metro no se responsabiliza por la tenencia de dichos documentos después de transcurridos 30 días corridos desde la fecha de envío del aviso. Sin perjuicio de lo anterior, Metro se reserva el derecho a dejar sin efecto el proceso, a aceptar o rechazar total o parcialmente todas o alguna de las ofertas, adjudicar por zona o en forma global, desestimar y/o declarar desierta la licitación, en cualquiera de sus etapas, sin lugar a indemnización o compensación de ninguna especie a favor de los Proponentes, quedando todos los costos incurridos en la preparación y presentación de ofertas a entero cargo y riesgo de los oferentes. Para todos los efectos, las aclaraciones y modificaciones, las respuestas a consultas, las presentes Bases de Licitación, las Especificaciones Técnicas y sus anexos, prevalecerán sobre las propuestas de los Proponentes. ARTICULO 11 GASTOS Todos los gastos que se originen para el Proponente del estudio de la licitación, presentación de la propuesta y firma del contrato, serán exclusivamente de su cargo. ARTÍCULO 12 BOLETA DE GARANTIA SERIEDAD DE LA OFERTA Los Proponentes deberán acompañar una Boleta de Garantía Bancaria de Seriedad de la Oferta, incondicional e irrevocable, a nombre de Metro S.A., RUT , cobrable y pagadera en Santiago de Chile, por un monto total de UF 400 (cuatrocientas unidades de fomento), con un plazo de vigencia de 150 (ciento cincuenta) días corridos contados a partir de la fecha de recepción de ofertas, establecida en el cronograma de la presente licitación. Esta boleta deberá incluir la glosa Garantiza seriedad de la oferta en licitación Mant. Sistemas y Equipos de Climatización de Metro S.A.. 9

10 En caso que Metro extienda los plazos de licitación, los Proponentes interesados en continuar participando en el proceso de licitación deberán renovar dicha boleta, en los mismos términos antes descritos y con vigencia hasta la nueva fecha que Metro señale. Los Proponentes que no renueven la Garantía de Seriedad de la Oferta en los términos señalados, quedarán excluidos automáticamente de la licitación. Metro podrá hacer efectiva esta garantía sin mayor trámite y sin derecho a reclamo alguno por parte del Proponente, entre otros, en los siguientes casos: 1.- Si los antecedentes suministrados en su oferta no fueren verídicos o hubiesen inducido a Metro a error en la adjudicación de la licitación. 2.- Si por alguna otra razón o circunstancia hubiera quedado de manifiesto la falta de seriedad del Proponente. Se incluye entre estas circunstancias que el Proponente haya falseado u ocultado información relevante para la evaluación de la propuesta, ya sea referida a su organización, antecedentes financieros, servicios prestados o cualquier otra que a juicio de Metro pueda o haya inducido a error en la adjudicación por estos motivos. 3.- Si el Proponente se desiste de su oferta, no suscribe el contrato en caso de serle adjudicado en el plazo establecido para su firma, o no presenta oportunamente (en los plazos estipulados) la boleta de garantía de fiel cumplimiento del contrato y polizas de seguro exigidas en estas bases. La garantía de seriedad de la oferta será devuelta a los Proponentes no favorecidos, dentro de los 30 días posteriores a su notificación de adjudicación de la propuesta. Será obligación de dichos Proponentes retirarla dentro del plazo establecido. Metro no se responsabiliza por la tenencia de este documento con posterioridad al mencionado plazo. ARTÍCULO 13 EVALUACIÓN DE LA OFERTA TÉCNICA Metro calificará y evaluará técnicamente las ofertas de los Proponentes, verificando que cumplan y satisfagan adecuadamente las exigencias de las Bases y Especificaciones Técnicas de esta Licitación, entre otros: - Revisión de antecedentes generales. - Evaluación de antecedentes legales. - Evaluación de antecedentes financieros. - Evaluación de antecedentes técnicos, operativos y organizacionales: CV y Competencias técnicas del personal, Metodología de trabajo propuesta, Programa de trabajo, Plan de aseguramiento de la calidad, Programa Prevención de riesgos, Trabajos especiales, Recursos ofrecidos., Políticas y procedimientos. Durante esta etapa, Metro S.A. podrá efectuar consultas o solicitar aclaraciones o antecedentes respecto de los antecedentes técnicos y administrativos entregados por los proponentes en su Oferta Técnica. Tales respuestas deberán ser entregadas por escrito y 10

11 pasarán a formar parte de los documentos integrantes de la oferta. Sin embargo, de ninguna forma dichas aclaraciones o antecedentes podrán constituir modificación a los valores de la Oferta Económica. En la segunda etapa, se efectuará la evaluación de las Ofertas Económicas sólo de aquellos Proponentes que aprueben la evaluación técnica. Para esto, los Proponentes deberán presentar oferta para todos los servicios especificados en los formularios de propuestas económicas. Los Proponentes que no califiquen técnicamente, quedaran fuera del proceso de licitación y se les devolverá sin abrir el sobre con la Oferta Económica. ARTÍCULO 14 APERTURA DE LAS OFERTAS ECONÓMICAS La Apertura de las Ofertas Económicas se efectuará en un acto al que se invitará sólo a los Proponentes que califiquen en la etapa de evaluación técnica y que se efectuará en las oficinas de Metro el día y hora señalados en el cronograma o, en caso de ser modificado, en la fecha que se comunicará oportunamente. ARTÍCULO 15 ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA Metro adjudicará los servicios por Zona a él o los Proponentes cuyas ofertas estime más conveniente a los intereses de Metro, a su juicio exclusivo. Asimismo, Metro S.A. podrá adjudicar el total del servicio a un solo proponente. Metro notificará por escrito el resultado final de este proceso a todos los Proponentes a quienes se abrió su Oferta Económica. No obstante lo anterior, conforme a lo señalado precedentemente, Metro se reserva el derecho a adjudicar total o parcialmente por zona o en forma global, dejar sin efecto, desestimar y/o declarar desierta la licitación, en cualquiera de sus etapas, sin expresión de causa y sin lugar a indemnización o compensación de ninguna especie. Metro S.A. se reserva el derecho de modificar el contrato ya sea por la Incorporación o disminución de equipos, remodelaciones o ampliaciones de las ya contratadas o por cualquier otra causa, conforme los precios señalados en la oferta del adjudicatario. ASPECTOS RELATIVOS AL CONTRATO ARTÍCULO 16 FIRMA Y ANTECEDENTES DEL CONTRATO Previo a la firma del contrato con el o los Proponentes que resulten adjudicados, en adelante también el o los Contratista(s), éste deberá presentar original o copia legalizada de la escritura de constitución de la sociedad, de sus principales modificaciones y del otorgamiento de poderes, como asimismo certificados de vigencia de la sociedad y de los poderes otorgados a sus representantes legales, ambos emitidos con una anticipación no superior a 11

12 60 días. Estos documentos deben ser presentados a Metro dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha en que el Proponente seleccionado sea notificado de la adjudicación. El representante legal del Contratista deberá suscribir el contrato dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha en que Metro le haga entrega de los ejemplares correspondientes. Si no lo hiciere dentro de dicho plazo, Metro podrá dejar sin efecto la adjudicación y adjudicar la licitación a otro Proponente o declararla desierta, haciendo efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta del primer adjudicatario. Para el caso de consorcios o grupo de empresas, el contrato deberá ser suscrito por todas las empresas que lo componen, constituyéndose todos ellos en codeudores solidarios e indivisibles del contrato y de todas las obligaciones que emanen de éste. ARTÍCULO 17 GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO Dentro de los 10 días hábiles siguientes a la firma del contrato, el Contratista deberá presentar a Metro, una Garantía de Fiel Cumplimiento expresada en Unidades de Fomento, por una suma igual al 10% (diez por ciento) del valor total del contrato impuestos incluidos, sin incorporar el monto de las Adquisiciones Eventuales. La garantía mencionada deberá ser expresada en forma de Boletas de Garantía Bancaria (hasta 2), incondicionales e irrevocables, cobrables y pagaderas en Santiago de Chile, a la vista, a su sola presentación, las que deberán ser emitidas a nombre de Metro S.A. RUT , con la misma vigencia del contrato, aumentada en 90 días. La glosa de la Boleta será la siguiente: Garantiza el Fiel Cumplimiento del contrato N..., Servicio de Mantenimiento de Sistemas y Equipos de Climatización del Metro de Santiago. El número del contrato se informará oportunamente al(los) Contratista(s) que resulte(n) adjudicado(s). Dichas boletas podrán tener una vigencia anual, en cuyo caso deberán ser renovadas con una anticipación no inferior a 30 días de su vencimiento. El incumplimiento de esta obligación habilitará a Metro para poner término anticipado al contrato y/o hacer efectivas las garantías que tenga en su poder. A la presentación y aprobación conforme de este documento por parte de Metro, se procederá a la devolución de la Garantía de Seriedad de Oferta presentada. Para efectos de una eventual prórroga del contrato, el Contratista se obliga a renovar la(s) Boleta(s) de Garantía correspondiente(s) vigentes y por el mismo monto de la garantía original, con una anticipación no inferior a 30 días de su vencimiento, extendiéndose por el plazo señalado en el párrafo segundo de este artículo. El incumplimiento de esta obligación facultará a Metro para poner término anticipado al contrato y hacer efectiva la garantía que tenga en su poder. No se pagarán facturas ni se cursarán estados de pago mientras no se cumpla con la presentación y aprobación de esta garantía y/o su correspondiente renovación. Estas boletas tendrán por finalidad, además, garantizar eventuales pagos que deba efectuar Metro por demandas que invoquen su responsabilidad solidaria y/o subsidiaria conforme a lo previsto en el Título VII del Libro I del Código del Trabajo, pudiendo Metro S.A. exigir que el monto de estas boletas de garantía sea ajustado, si al término de su vigencia existieren 12

13 demandas laborales por montos totales que difieran de la garantía vigente, pudiendo además hacerse efectivas en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 183 C del Código del Trabajo. La Garantía de Fiel Cumplimiento será restituida al término de su vigencia, siempre que se hubiere dado cabal cumplimiento a todas las obligaciones y actividades derivadas del servicio contratado; se haya dado cumplimiento íntegro a las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores del Contratista, además, de no existir demandas pendientes interpuestas contra Metro S.A. en su calidad de demandado solidario y/o subsidiario del Contratista o subcontratista, que puedan dar origen a obligaciones de pago de Metro S.A. a favor del (los) demandante (s) del Contratista o subcontratista. ARTÍCULO 18 DOCUMENTOS INTEGRANTES Los servicios deberán prestarse de acuerdo a lo establecido en los documentos y antecedentes que se indican a continuación los que, en caso de discrepancia, prevalecerán entre sí en el mismo orden en que se mencionan: 1- El contrato que se suscriba entre Metro S.A. y el Contratista. 2- Carta de adjudicación de la licitación, enviada por Metro al Contratista. 3- Aclaraciones y/o Modificaciones a los documentos de la licitación y Respuestas por escrito emitidas por Metro a las Consultas recibidas durante el proceso. 4- Bases de Licitación y Especificaciones Técnicas. 5- Oferta del Contratista. ARTÍCULO 19 MONEDA DEL CONTRATO El precio del contrato se expresará en UF (unidades de fomento) tanto para el Servicio de Mantenimiento de Sistemas y Equipos de Climatización del Metro de Santiago, así como también, para cualquier servicio especial, eventualidad o repuestos. ARTÍCULO 20 PLAZO DE EJECUCIÓN La prestación de los servicios o ejecución de los trabajos contratados, deberá efectuarse durante el plazo de 36 meses. Se estima como fecha de inicio el día 01 de Febrero del Sin perjuicio de lo anterior, la fecha de inicio de los servicios será informada a través de Carta de Adjudicación del Servicio. Metro S.A. se reserva la facultad de adelantar o postergar la fecha de inicio de los servicios o trabajos, debiendo el contratista respetar los valores de la oferta adjudicada. Metro S.A. podrá a su sola decisión, prorrogar la vigencia del contrato por hasta 12 meses adicionales, lo que comunicará al Contratista a través de carta que le enviará, como mínimo, con 60 días de anticipación a la fecha de vencimiento del primitivo plazo del contrato. En este caso, los precios y condiciones del servicio deberán mantenerse conforme el contrato original y no tendrán variación alguna por el hecho de la prórroga. 13

14 No obstante, cualquiera de las partes podrá poner término anticipado al contrato en cualquier momento de su vigencia y/o renovaciones, sin expresión de causa y sin necesidad de declaración judicial o arbitral alguna y sin derecho a indemnización o compensación de ninguna especie a favor de la otra, previo aviso por escrito, enviado al domicilio que éste hubiere indicado en la comparecencia del contrato, mediante correo certificado o certificado por Notario Público, con a lo menos 60 días de anticipación a la nueva fecha de término del contrato por parte de Metro y de 180 días de anticipación por parte del Contratista. En este caso sólo se pagarán los servicios efectivamente prestados y recibidos a su satisfacción, hasta la fecha señalada en la comunicación. ARTÍCULO 21 PROHIBICIÓN DE CESIÓN El Contratista no podrá ceder, traspasar o delegar a ningún título todo o parte del contrato, sin la expresa y previa autorización, otorgada en forma escrita por Metro. Tampoco podrá, sin esta autorización previa, delegar ni ceder ninguna de las obligaciones y derechos que adquiera en virtud del contrato o cualquiera de sus partes. El Contratista no podrá en ningún caso gravar con prendas o establecer otros gravámenes sobre el contrato, sin autorización previa de Metro. ARTÍCULO 22 REAJUSTES Y ANTICIPO No se considera ningún tipo de reajustes ni anticipos, sin perjuicio de la variación que experimente el valor de la Unidad de Fomento. ARTÍCULO 23 INICIO DE LOS SERVICIOS O TRABAJOS El Contratista deberá estar en condiciones de desarrollar los servicios o trabajos que se contemplan en estas bases y en las Especificaciones Técnicas, dando cumplimiento a todas las exigencias que en ellas se exponen, a partir de la fecha de inicio establecida en estas Bases y particularmente en la Carta de Adjudicación. Al mismo tiempo, deberá tener todo el personal seleccionado con suficiente anticipación y entregar a Metro S.A., la nómina de dicho personal antes del inicio de los servicios, indicando nombres, apellidos, fecha de nacimiento, cedula de identidad y domicilio particular de cada trabajador. ARTÍCULO 24 FORMA DE PAGO Y FACTURACIÓN Metro S.A. pagará el servicio por mes vencido al término de los servicios, mediante transferencia bancaria, previa emisión que hará del formulario Hoja de entrada de Servicios (HES), siendo condición necesaria para la emisión de este documento el cumplimiento íntegro de las condiciones contractuales pactadas, así como la presentación por parte del Contratista del Certificado F30-1 emitido por la Inspección del Trabajo y la recepción conforme de los servicios por la Administración Técnica del Contrato. Metro dispondrá de un plazo de 12 días hábiles para aprobar o formular observaciones al estado de pago presentado por el contratista. 14

15 Las facturas se expresarán en pesos chilenos, al valor de la Unidad de Fomento del último día del mes del servicio que se facture, pudiendo el Contratista emitirlas únicamente cuando Metro así lo autorice. En todo caso, Metro S.A. pagará única y exclusivamente los servicios efectivamente prestados por el Contratista y recibidos a satisfacción por Metro. En consecuencia, en los estados de pago se incluirán sólo dichos servicios o bien la proporción de ellos que corresponda, según se detalla en el artículo 5 de las Especificaciones Técnicas. Las facturas serán recepcionadas sólo en la Unidad de Recepción de Facturas de Metro S.A., ubicada en su Edificio Corporativo de Av. Libertador Bernardo O Higgins Nº 1414, primer piso, en horario de 09:00 a 16:00 hrs., días hábiles de lunes a viernes. Metro S.A. dispondrá de un plazo máximo de 30 días corridos para reclamar del contenido de las facturas y de un plazo estimado de 30 días corridos para efectuar el pago correspondiente, esto último siempre y cuando se cumplan las demás condiciones fijadas en el contrato. Ambas fechas se contabilizarán a partir de la fecha de recepción conforme de la factura. En caso que una factura fuere devuelta por haberse reclamado de su contenido u otros reparos, los plazos antes señalados comenzarán a regir a partir de la recepción de la nueva factura corregida. En caso que por sentencia ejecutoriada se condene a Metro S.A. a pagar alguna prestación de carácter laboral, previsional o tributaria que el Contratista o Subcontratista no haya cubierto y que sean de su cargo, el monto respectivo se descontará de cualquiera de los Estados de Pago siguientes, en caso de haberlos, de las retenciones o de la garantía, para lo cual Metro S.A. se entenderá especialmente facultada por el Contratista. Para el caso de efectuar la cesión de una factura a un tercero, y sin perjuicio de la notificación legal correspondiente, el Contratista deberá presentar a Metro, copia de los poderes vigentes de las personas que hayan firmado la cesión en su representación. ARTÍCULO 25 MULTAS Metro podrá disponer la aplicación de multas, en caso de determinar la existencia de incumplimientos por parte del Contratista, las cuales no podrán superar el 15% del valor del contrato mensual. Las multas que podrá aplicar y las causas específicas que darán lugar a las mismas, se detallan a continuación: AMBITO TECNICO - OPERATIVO 1- NO CUMPLIMIENTO CPM (CUMPLIMIENTO PLAN MATRIZ) El no cumplimiento del programa de mantenimiento CPM, sin justificación aceptada por Metro S.A., será causal de aplicación de multa por no cumplimiento, entre un 2% y un 6% del valor mensual del servicio, según lo indicado en tabla adjunta. 15

16 Cumplimiento % Multa Entre 97,9 y 90% 2% Entre 89,9 y 80% 4% Menor del 80% 6% Sin perjuicio de haber aplicado la multa anterior, si dentro del periodo de un año, en 2 meses consecutivos no se cumple con la meta del 98% del Mantenimiento Preventivo, Metro S.A aplicará una multa equivalente al tres por ciento (3%) del valor de la facturación mensual del mes vigente (con IVA incluido), de mantenimiento. Asimismo, Metro S.A podrá poner término anticipado al Contrato por incumplimiento reiterado si así lo estima conveniente. Se entenderá por incumplimiento reiterado el no cumplimiento de la meta indicada anteriormente 3 meses no necesariamente consecutivos dentro del periodo de un año. 2- NO CUMPLIMIENTO INDICADORES DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO En caso que el IGMC (Indicador general de Mantenimiento correctivo) resulte con una calificación inferior a 5.0 se procederá a la aplicación de multas en la forma y oportunidad señaladas a continuación: a)- Si dentro del periodo de un año, dos meses consecutivos obtiene calificación Insatisfactoria, es decir, nota inferior a 5,0, Metro S.A aplicará una multa equivalente al dos por ciento (2%) del valor atribuido al costo de mantenimiento del mes vigente. Sin perjuicio de haber aplicado la multa anterior, si dentro del periodo de un año, en tres ocasiones obtiene calificación Insatisfactoria, es decir, nota inferior a 5,0, Metro S.A aplicará una multa equivalente al tres por ciento (3%) del valor de la facturación mensual del mes vigente (con IVA incluido), de mantenimiento. Asimismo, Metro S.A podrá poner término anticipado al Contrato por incumplimiento reiterado si así lo estima conveniente. Se entiende por incumplimiento reiterado, la obtención de una calificación insatisfactoria 3 meses no necesariamente consecutivos dentro del periodo de un año. b)- Si dentro del periodo de un año, dos meses consecutivos no se cumple con la meta del 100% de retroalimentación de averías solucionadas en SISMAN, se procederá a aplicación de una multa equivalente al 0,5% del valor de la facturación mensual del mes vigente (con IVA incluido). Sin perjuicio de lo anterior, el total de las multas no podrán exceder en ningún caso, el 15% del valor total de la facturación mensual. Mayor detalle sobre la composición y definición de estos conceptos, se encuentran incorporados en artículo N 10 denominado Cumplimiento de Indicadores de las Especificaciones Técnicas. AMBITO ADMINISTRATIVO - LEGAL 1- Se considerará como falta grave al contrato, el incumplimiento a los plazos establecidos para la entrega de Boletas de Garantía, Pólizas de Seguros y sus renovaciones, si procediera. Por este motivo, Metro S.A. podrá aplicar al Contratista, por cada día de atraso, una multa de 1 UF, por cada documento no presentado dentro de plazo. 16

17 Sin perjuicio de lo anterior, Metro podrá hacer efectiva la boleta de garantía de seriedad de la oferta si el Contratista no presenta oportunamente la boleta de garantía de fiel cumplimiento, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 12 de las presentes Bases. 2- Se evaluará mensualmente y se sancionará el incumplimiento de los procedimientos y reglamentos aplicables a los servicios contratados, correspondiendo al Administrador del Contrato velar por su permanente acatamiento. En caso de cualquier incumplimiento al Reglamento de Seguridad para Empresas Contratistas de Metro S.A., se aplicará una multa equivalente a 3 UF por cada evento. Por incumplimiento de lo estipulado en el Artículo 33 de estas Bases, se aplicará una multa de 1 UF por trabajador involucrado. En caso de no cumplir con el Procedimiento de Control Obligaciones Laborales- Previsionales de Empresas Contratistas de Metro S.A., se aplicará una multa equivalente al 0,5 UF por Trabajador. El Contratista podrá presentar justificaciones si el incumplimiento de las obligaciones señaladas en este numeral no fuera atribuible a su competencia. Las justificaciones deberán efectuarse por escrito dentro de las 72 horas de notificada la multa por Metro S.A.y dirigirse al Administrador del Contrato, quien resolverá si la causal se encuentra o no justificada. La aplicación de 2 Multas por este concepto dentro de un semestre, facultará a Metro S.A. a poner término anticipado al contrato en caso que lo estime necesario. Metro S.A. se reserva la facultad para cobrar las multas indicadas, por los montos y causales expresados, lo que hará administrativamente, sin necesidad de decisión judicial o arbitral previa. Las multas aplicadas serán exigibles de inmediato, pudiendo Metro S.A., hacerlas efectivas al momento de pagar los servicios realizados o bien descontarlas de cualquier otra suma que adeudare al Contratista, por cualquier motivo o concepto. Podrá asimismo, a su sólo arbitro y mientras se encuentre pendiente el pago de dichas multas, no autorizar nuevos estados de pago, cobrar la boleta de garantía de fiel cumplimiento del contrato o ejercer cualquier otro derecho que legal o contractualmente le corresponda. En el evento de hacerse efectiva la boleta de garantía, el Contratista deberá reemplazarla, dentro de los 10 días corridos siguientes, por otra del mismo monto y condiciones que la original. La no constitución oportuna de la garantía de reemplazo, facultará a Metro S.A. a poner término anticipado al contrato. Sólo si el monto de las multas fuere inferior al valor de la boleta de garantía cobrada, el excedente será devuelto por Metro al Contratista una vez recibida a su entera conformidad la nueva garantía y en la medida que no concurran otras causales para su cobro. Si el monto acumulado de las multas excede el 15% del valor total del contrato, Metro podrá, si lo estima conveniente, poner término anticipado al contrato. 17

18 ARTÍCULO 26 EVALUACIÓN AL CONTRATO El Administrador del Contrato, evaluará mensualmente el servicio ejecutado por el Contratista, durante todo el período de vigencia del contrato, dejando registros de los antecedentes, incumplimientos y aplicación de multas de las cuales entregará copia al Contratista para conocimiento del resultado y mejoras cuando así lo amerite y para ser considerados en futuros procesos de contratación. Sin perjuicio de lo anterior, aparte de realizar las respectivas evaluaciones detalladas en las especificaciones técnicas, se deberá tener presente que todos los niveles de servicios técnicos y administrativos considerados en las presentes bases, deberán ser evaluados de acuerdo a la periodicidad indicada precedentemente. ARTÍCULO 27 DAÑOS Y PERJUICIOS El Contratista deberá cumplir sus obligaciones en condiciones de máxima seguridad y diligencia, a fin de que durante el cumplimiento del contrato no se ocasionen daños o perjuicios a terceros, trenes, equipos, instalaciones o personal de Metro S.A., obligándose a indemnizar o reembolsar los daños que causare. Todo daño, de cualquier naturaleza que, con motivo de dolo, negligencia, caso fortuito o fuerza mayor en la ejecución de los trabajos o servicios materia de esta licitación, realizado por acción u omisión, se cause directa o indirectamente a terceros o a bienes o personal de Metro S.A., será de exclusiva responsabilidad del Contratista, quien deberá, en consecuencia, asumir todas las responsabilidades tanto económicas como de cualquier otro tipo. Asimismo, responderá de cualquier otro pago que Metro deba efectuar como gastos de defensa judicial, pagos de deducibles u otros derivados de la prestación del servicio licitado. En caso que un equipo sea afectado por una mala operación de los técnicos que ejecutan el servicio, los costos asociados para la reparación serán exclusivamente de cargo del Contratista, incluidos repuestos, mano de obra, etc. La responsabilidad anterior comprende los hechos provocados por su propio personal o el de sus Subcontratistas, si fuera el caso. ARTÍCULO 28 RESPONSABILIDAD LABORAL DEL CONTRATISTA El Contratista se obligará por su cuenta y riesgo a ejecutar los servicios con trabajadores contratados en conformidad al Código del Trabajo, quienes actuarán bajo su exclusiva subordinación y dependencia, quedándole prohibido tener personal a honorarios y subcontratar servicios para cumplir con el contrato, salvo la subcontratación que Metro S.A. autorice previamente por escrito. El Contratista y sus Subcontratistas deberán dar estricto y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones legales y contractuales de carácter laboral respecto del personal que empleen en la ejecución del contrato. En consecuencia, sin que la enumeración que sigue sea taxativa, serán de su cargo exclusivo las remuneraciones, sueldos, asignaciones, gratificaciones, bonificaciones y cualquier otra remuneración, las cotizaciones previsionales y/o de salud que correspondan a dicho personal y, en general, cualquier otro desembolso que deban realizar por conceptos análogos. Serán también de su cargo los gastos de 18

19 movilización del personal y todos los demás que, en relación con el mismo, se originen con motivo del contrato. Los pagos que Metro S.A. por cualquier causa deje de efectuar al Contratista con ocasión del Contrato, no podrán ser considerados o esgrimidos por éste como un antecedente justificatorio para dejar de pagar las sumas que deba a sus dependientes por concepto de remuneraciones, sobresueldos, premios, imposiciones legales, etc., según los contratos que celebre con éstos y las disposiciones legales vigentes. El Contratista deberá pagar electrónicamente las cotizaciones previsionales de su personal a través de Previred, además de entregar a Metro S.A. una clave de consulta que le permita verificar mensualmente el pago de las cotizaciones previsionales de los trabajadores sujetos al contrato. Metro S.A. tendrá derecho a información, retención y pago en la forma prevista en el Código del Trabajo y sus posteriores modificaciones. Metro S.A. a su elección, podrá determinar si se acreditará mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo o bien por entidades o instituciones competentes, conforme a lo previsto en el Decreto Supremo Nº 319, de 13 de diciembre de 2006, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Reglamento del artículo 183 C inciso segundo, del Código del Trabajo, sobre acreditación de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales. Sin perjuicio de lo establecido precedentemente, para la procedencia de los pagos que correspondan al Contratista, Metro S.A. tendrá las siguientes facultades: a) Verificar mensualmente o con la periodicidad que estime conveniente, el cumplimiento de las obligaciones legales, laborales y previsionales que afecten al Contratista respecto de los dependientes que prestan servicios en el cumplimiento del contrato. Para estos efectos, Metro S.A. exigirá al Contratista, presentar mensualmente, adjunto a sus Estados de Pago, un Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo u otro organismo certificador. Además tendrá derecho a revisar, y el Contratista la obligación de exhibir, dentro del plazo que por escrito le fije Metro S.A., los contratos con sus correspondientes documentos que acrediten el monto y estado de pago de remuneraciones, planillas de declaración y pago de impuestos de segunda categoría, imposiciones previsionales, registros de asistencia y control de jornada de trabajo, formularios de pago de impuestos, entre otros. Para estos efectos, el Contratista deberá adoptar las medidas para dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 154 bis del Código del Trabajo. Adicionalmente, de forma trimestral, el Contratista deberá enviar a la Gerencia de Recursos Humanos, Departamento de Personal de Metro S.A. un certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales otorgado por la Dirección del Trabajo o el organismo que corresponda, con la finalidad de conocer la situación actual del Contratista respecto de multas o deudas por cotizaciones provisionales asociadas a la empresa. En caso de que éste sea informado con multas o deudas, deberán ser aclaradas si corresponden a contratos con Metro S.A., y en tal caso, subsanadas por el Contratista a la mayor brevedad. b) Retener, total o parcialmente, todo pago que deba efectuar al Contratista, cuando no cumpla en tiempo y forma con la exhibición de documentos señalada en la letra precedente. Metro S.A. también estará facultada para retener las sumas de dinero que adeude al 19

20 Contratista por las obligaciones laborales, previsionales y de salud, adeudadas a su vez por el Contratista, cuando éstas consten en actas de la Inspección del Trabajo, documentos o registros públicos o privados independientes de Metro (auditores o certificadores), más los reajustes e intereses correspondientes. En tal evento, podrá a su voluntad, retener dichos montos hasta la acreditación del pago de las obligaciones de que se trata, o pagarlas a las personas o entidades correspondientes, a nombre y por cuenta del Contratista. Las sumas retenidas no devengarán ni reajustes ni intereses a favor del Contratista. En todo caso, si éste no acredita el pago de las obligaciones laborales, previsionales y de salud de sus trabajadores antes del día 10 del mes calendario siguiente al de recepción de la factura, Metro S.A. podrá pagar dichas obligaciones a nombre del Contratista. Sin perjuicio de lo anterior, en el evento que Metro S.A. efectuare el pago de las obligaciones antes indicadas por cuenta del Contratista, se devengará en contra de éste, y a favor de Metro S.A., además del derecho de repetición de ésta por lo que hubiere tenido que pagar, incluyendo dentro de este monto, los gastos adicionales que dicho pago generare, la suma equivalente en pesos a UF. 0,5 (cero coma cinco unidades de fomento) por Trabajador, a título de multa convencional en que se avalúan anticipadamente los perjuicios y gastos que dicho incumplimiento de Contrato le ocasiona a Metro S.A. Esta multa se devengará por cada oportunidad en que se produzca incumplimiento en el pago de obligaciones laborales y previsionales del Contratista respecto de un trabajador destinado al cumplimiento del Contrato con Metro S.A. El Contratista otorgará mandato irrevocable a Metro S.A. para efectuar el pago de todas sus obligaciones antedichas, incluidos reajustes, intereses y multas, con cargo a lo que ésta le deba, según arriba se ha expuesto, liberándola, asimismo, de la obligación de rendir cuentas, debiendo sólo entregar copia de los respectivos comprobantes de pago. Si durante la vigencia del contrato Metro S.A. fuere demandado y/o condenado al pago de dinero, solidaria o subsidiariamente, en juicios laborales o civiles, por incumplimiento de obligaciones laborales y/o previsionales de origen legal, reglamentario o contractual o a causa de accidentes del trabajo o enfermedades profesionales sufridos por el personal del Contratista o subcontratista, Metro S.A. podrá retener de cualquier estado de pago que adeude al Contratista, los montos demandados por aquellos trabajadores que prestaron servicios en régimen de subcontratación para Metro S.A., pudiendo además hacer efectiva cualquier garantía vigente constituida a su favor. Para velar el cumplimiento de la normativa correspondiente, el contratista enviará a Metro S.A. mensualmente un informe de control de riesgos el cual se detalla en anexo 2 de Especificaciones Técnicas. ARTÍCULO 29 HORARIO DE TRABAJO Y PERMANENCIAS El Contratista deberá garantizar la disponibilidad de los equipos, adaptándose al horario establecido por Metro S.A., los trescientos sesenta y cinco (365) días del año. El mantenimiento preventivo en general será realizado fuera del horario comercial de transporte de pasajeros. Sin perjuicio de lo anterior, existen actividades preventivas que pueden ser realizadas en horario comercial, en los casos que las intervenciones no afecten el normal funcionamiento de los equipos. El horario para desarrollar el Mantenimiento Correctivo será las 24 horas del día los 365 días del año. Las actividades correctivas dentro del horario de explotación podrán ser ejecutadas 20

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