TRABAJADORES INDEPENDIENTES - RÉGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES (RS) o MONOTRIBUTO
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- José Ramón Sánchez Sáez
- hace 7 años
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1 TRABAJADORES INDEPENDIENTES - RÉGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES (RS) o MONOTRIBUTO INTRODUCCIÓN ASPECTOS GENERALES DEL RÉGIMEN El Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes o Monotributo es un régimen integrado y simplificado destinado a los pequeños contribuyentes relativo a: Impuesto a las Ganancias, Impuesto al Valor Agregado (IVA) y Sistema Previsional. Los pequeños contribuyentes deberán encuadrarse en categorías tomando distintos parámetros y efectuar solamente el pago mensual de un tributo (de aquí surge la denominación de Monotributo ). PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES Pueden ser pequeños contribuyentes: Personas que realicen: a) Venta de cosas muebles b) Locaciones (alquileres) de cosas (tanto muebles como inmuebles) c) Locaciones de obras y/o prestaciones de servicios Sociedades de hecho e irregulares siempre que tengan hasta 3 socios Integrantes de cooperativas de trabajo Sucesiones indivisas y condominios Etc. PARÁMETROS Para encuadrarse en las diferentes categorías los criterios fijados son: Ingresos brutos anuales Superficie afectada a la actividad Energía eléctrica consumida anual Monto de los alquileres devengados en el año El importe del impuesto a ingresar variará según la actividad realizada por el pequeño contribuyente, ya sea que se trate de: Locaciones y/o prestaciones de servicios ó Venta de cosas muebles Se debe tener en cuenta que: o No se podrán superar los parámetros máximos definidos para cada categoría. o El precio máximo unitario de venta no deberá superar el importe de $ o No podrán realizar más de 3 actividades simultáneas o no poseer más de 3 unidades de explotación. - 1
2 VENCIMIENTO OBLIGACIÓN MENSUAL Hasta el día 20 del correspondiente mes, excepto cuando se trate de inicio de actividades, en cuyo caso el 1º pago podrá efectuarse hasta el último día de ese mes. Modalidades de pago: débito directo en cuenta bancaria, tarjeta de crédito, a través de cajero automático, Pago Fácil, Rapipago, etc. Para abonar se deberá exhibir la credencial para el pago, Form. 152, 153 o 157, según corresponda. CATEGORÍAS El sujeto deberá inscribirse en la categoría en la que no supere el valor de ninguno de los parámetros dispuestos para ella. Categoría Ingresos Brutos Superficie afectada Energía eléctrica consumida Monto de alquileres devengados B Hasta $ Hasta 30 m 2 Hasta KW Hasta $ C Hasta $ Hasta 45 m 2 Hasta KW Hasta $ D Hasta $ Hasta 60 m 2 Hasta KW Hasta $ E Hasta $ Hasta 85 m 2 Hasta KW Hasta $ F Hasta $ Hasta 110 m 2 Hasta KW Hasta $ G Hasta $ Hasta 150 m 2 Hasta KW Hasta $ H Hasta $ Hasta 200 m 2 Hasta KW Hasta $ I Hasta $ Hasta 200 m 2 Hasta KW Hasta $ Exclusivamente para venta de bienes muebles Categoría Cantidad mínima de empleados Ingresos Brutos J 1 $ K 2 $ L 3 $
3 IMPUESTO INTEGRADO El impuesto integrado está compuesto por un componente impositivo y un componente previsional. El importe a pagar en concepto de componente impositivo va a variar según la actividad desarrollada por el contribuyente, ya sea: Locaciones y/o prestaciones de servicios ó Venta de cosas muebles como así también, la categoría en que el contribuyente resulte encuadrado (según los parámetros mencionados anteriormente). El impuesto integrado que por cada categoría deberá ingresarse mensualmente es: Categoría COMPONENTE IMPOSITIVO: (a) o (b) Locaciones y/o Venta de prestaciones de servicios (a) cosas mueble (b) B $ 39 $ 39 C $ 75 $ 75 D $ 128 $ 118 E $ 210 $ 194 F $ 400 $ 310 G $ 550 $ 405 H $ 700 $ 505 I $ $ J No aplicable $ K No aplicable $ L No aplicable $ El importe a pagar en concepto de componente previsional es: $ 323 correspondientes al aporte para Obra Social y $ 157 correspondientes al Aporte para las prestaciones de la Seguridad Social al SIPA (Sistema Integrado Previsional Argentino). Entonces, el IMPORTE TOTAL A INGRESAR en concepto de MONOTRIBUTO surge de la suma de: Componente Impositivo, Aportes de Obra Social y Aportes de Seguridad Social. NORMATIVA VIGENTE Ley (B.O. 21/12/2009) que sustituye el Anexo de la Ley Nº Decreto Nº 01/2010 (B.O. 05/01/2010) R.G. (AFIP) 2746 (B.O. 06/01/2010) modificada por R.G. (AFIP) 2760 (B.O. 26/01/2010) R.G. (AFIP) 3334 (B.O. 31/05/2012) R.G (AFIP) 3529 (B.O. 12/09/2013) R.G (AFIP) 3653 (B.O. 23/07/2014) - 3
4 CATEGORIZACIÓN: INICIO Y CAMBIO DE ACTIVIDAD INICIO DE ACTIVIDADES: INSCRIPCIÓN EN EL RS CATEGORIZACIÓN INICIAL Deberá encuadrarse: Según superficie afectada a la actividad y en su caso al monto del alquiler pactado. Si no posee Estimación razonable. Transcurridos 4 meses: la finalización del período coincide con la finalización del cuatrimestre calendario?: SI Se deberá anualizar Ingresos brutos obtenidos y Energía eléctrica consumida Alquileres devengados en dicho período NO Mantendrá la categorización inicial hasta el momento de la primera recategorización. Confirma categorización Se recategoriza Supera los límites conforme la actividad y de acuerdo a la cantidad de empleados que posea Permanecerá dentro del RS debiendo encuadrarse hasta la próxima recategorización, en la última categoría que corresponda a la actividad que desarrolla (I o L, según el caso). RECATEGORIZACIÓN A la finalización de cada cuatrimestre calendario. Se deberá calcular Ingresos brutos obtenidos y Energía eléctrica consumida Alquileres devengados En los 12 meses inmediatos anteriores. Superficie afectada a la actividad A la finalización del cuatrimestre. Determina la categoría en que resulta encuadrado. Nueva categoría: a partir del segundo mes inmediato siguiente del último mes del cuatrimestre respectivo. - 4
5 TABLA RESUMEN DE LAS DISTINTAS CATEGORÍAS Categ. Ingresos brutos Superficie afectada Energía eléctrica consumida Monto de alquileres devengados Cantidad mínima de empleados Componente impositivo (I) Locaciones y/o Prestaciones de Servicios (a) Venta de cosa mueble (b) Aportes al SIPA (II) Aporte Obra Social (III) Monto TOTAL a ingresar (I+II+III): De (a) ó (b) Locaciones y/o Prestaciones de Servicios (a) Venta de cosa mueble (b) B Hasta $ Hasta 30 m 2 Hasta kw Hasta $ No requiere $ 39 $ 157 $ 323 $ 519 C Hasta $ Hasta 45 m 2 Hasta kw Hasta $ No requiere $ 75 $ 157 $ 323 $ 555 D Hasta $ Hasta 60 m 2 Hasta kw Hasta $ No requiere $128 $ 118 $ 157 $ 323 $ 608 $ 598 E Hasta $ Hasta 85 m 2 Hasta kw Hasta $ No requiere $ 210 $ 194 $ 157 $ 323 $ 690 $ 674 F Hasta $ Hasta 110 m 2 Hasta kw Hasta $ No requiere $ 400 $ 310 $ 157 $ 323 $ 880 $ 790 G Hasta $ Hasta 150 m 2 Hasta kw Hasta $ No requiere $ 550 $ 405 $ 157 $ 323 $ $ 885 H Hasta $ Hasta 200 m 2 Hasta kw Hasta $ No requiere $ 700 $ 505 $ 157 $ 323 $ $ 985 I Hasta $ Hasta 200 m 2 Hasta kw Hasta $ No requiere $ $ $ 157 $ 323 $ $ J Hasta $ Hasta 200 m 2 Hasta kw Hasta $ No aplicable $ $ 157 $ 323 No aplicable $ K Hasta $ Hasta 200 m 2 Hasta kw Hasta $ No aplicable $ $ 157 $ 323 No aplicable $ L Hasta $ Hasta 200 m 2 Hasta kw Hasta $ No aplicable $ $ 157 $ 323 No aplicable $ Observaciones El IMPORTE TOTAL A INGRESAR en concepto de MONOTRIBUTO surge de la suma de I + II + III correspondientes al: Componente impositivo Aportes de Seguridad Social (al SIPA: Sistema Integrado Previsional Argentino) Aportes de Obra Social
6 PROPUESTA DIDÁCTICA I Objetivos de la 1 clase del Monotributo Comprender el tratamiento impositivo para los Pequeños Contribuyentes. Poder categorizar diferentes contribuyentes dentro del Régimen del Monotributo. Referencia normativa Ley (B.O. 21/12/2009) que sustituye el Anexo de la Ley Nº Decreto Nº 01/2010 (B.O. 05/01/2010) R.G. (AFIP) 2746 (B.O. 06/01/2010) modificada por R.G. (AFIP) 2760 (B.O. 26/01/2010) R.G. (AFIP) 3334 (B.O. 31/05/2012) R.G (AFIP) 3529 (B.O. 12/09/2013) R.G (AFIP) 3653 (B.O. 23/07/2014) Actividades I- Leer la ficha RÉGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES (RS) o MONOTRIBUTO. - 6
7 II- Dados los siguientes casos, encuadre a los contribuyentes en la categoría del Monotributo que corresponde e indique cuánto debería pagar mensualmente. Para ejemplificar resuelvan 2 casos todos juntos. Enunciación de casos 1- Un electricista tiene local de ventas de materiales eléctricos con una superficie de 52 m 2, consume kw de energía eléctrica anual y sus ingresos brutos anuales son de $ Es propietario del local. 2- Un abogado recibido hace 1 año y ½, que alquila los lunes, miércoles y viernes un estudio jurídico de una superficie de 32 m 2, consume 500 kw de energía eléctrica, paga un alquiler de $ mensuales y tiene ingresos brutos anuales por $ Un contador que no tiene un estudio contable percibe ingresos por $ Un comerciante que tiene 5 locales de ventas. 5- Un electricista a domicilio que tiene ingresos anuales por $ Un panadero con 2 empleados a cargo e ingresos brutos anuales por $ Un arquitecto por honorarios de dirección de obras percibe anualmente $ Una médica anestesista entre sus guardias y trabajos en clínicas percibe honorarios profesionales por $ anuales. 9- Un joven dentista atiende en un consultorio de 45 m 2. Su tío le alquila el departamento que usa de consultorio y le cobra sólo $ 2000 mensuales. Consume 500 kw de energía eléctrica. Tiene ingresos brutos anuales por $ Una empresa muy grande que tiene 15 puntos de venta. 11- Un contador que tiene un estudio contable percibe ingresos anuales por $ Además tiene un empleo en relación de dependencia: es profesor titular de cátedra de Impuestos I en la Facultad de Ciencias Económicas. Paga una prepaga para él y su familia. 12- Un ingeniero que se dedica a la venta, tiene un comercio de 100 m 2, 5 empleados, consume anualmente kw de energía eléctrica y sus ingresos brutos anuales son de $ Es propietario del local. Es soltero, paga un plan de medicina privada. Es profesor de cátedra de una materia de la carrera de Ingeniero Industrial en la Facultad de Ingeniería. Categoría en la que se encuadra el contribuyente Importe a pagar mensualmente de monotributo - 7
8 Respuestas (para el profesor): 1- Electricista con local de ventas: Categoría E ; Impuesto integrado = $ $ $ 323 = $ Abogado: Categoría D ; Impuesto integrado = $ $ $ 323 = $ Contador: Categoría F ; Impuesto integrado = $ $ $ 323 = $ Comerciante que tiene 5 locales de ventas: Está excluido del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes. 5- Electricista a domicilio: Categoría B ; Impuesto integrado = $ 39 + $ $ 323 = $ Panadero con 2 empleados: Categoría K ; Impuesto integrado = $ $ $ 323 = $ Arquitecto: Categoría I ; Impuesto integrado = $ $ $ 323 = $ Médica anestesista: Categoría H ; Impuesto integrado = $ $ $ 323 = $ Joven dentista: Categoría C ; Impuesto integrado = $ 75 + $ $ 323 = $ Empresa muy grande con 15 puntos de venta: Está excluida del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes. 11- Contador con estudio y empleo en relación de dependencia: Categoría G ; Impuesto integrado = $ $ 0 + $ 0 = $ Debe pagar sólo el componente impositivo. 12- Ingeniero comerciante y profesor: Categoría L ; Impuesto integrado = $ $ 0 + $ 0 = $ Debe pagar sólo el componente impositivo. (Observación: Poner atención en el futuro a la vigencia de las categorías e importes. Valores vigentes desde 01/07/15. Actualizado el 08/03/16) - 8
9 Tarea para la próxima clase: A) Recolectar comprobantes: facturas, tiquet, tiquet-facturas, recibos (10 por persona). B) Visitar 5 negocios pequeños. En relación con la AFIP, observar: a. Qué formulario exhiben generalmente en sus vidrieras o puertas? Mencionar cómo se denomina el formulario. b. Qué formulario exhiben generalmente en sus cajas o en lugar cercano a la caja? Mencionar cómo se denomina el formulario. c. Cuáles son los datos principales que constan en los formularios citados anteriormente? d. Por grupos, mediante el uso de un dispositivo móvil (teléfono inteligente, notebook, netbook, tableta, etc.) provisto de cámara y con acceso a Internet, accedan a los datos que les permitirá visualizar el Data Fiscal capturando el código de respuesta rápida (QR) que posee. Listen por lo menos 10 ítems de información a los que puedan acceder de un contribuyente. Repitan este último procedimiento en por lo menos 3 contribuyentes. Qué observan?
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