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1 A NEXO DE A CTUALIZACIÓN - ENERO 2009 A CTUALIZACIONES A NTERIORES: J UNIO 2008 Colección Práctica Laboral Empleados de comercio José Luis Sirena Lorena F. De Luca APORTES Y CONTRIBUCIONES. INACAP. FONDO SOLIDARIO DE REDISTRIBUCIÓN SE DECLARA HOMOLOGADO EL ACUERDO CELEBRADO ENTRE LA FEDERACIÓN ARGEN- TINA DE EMPLEADOS DE COMERCIO (FAECYS), POR EL SECTOR SINDICAL,Y LA UNIÓN DE ENTIDADES COMERCIALES ARGENTINAS (UDECA), LA CONFEDERACIÓN ARGENTINA DE LA MEDIANA EMPRESA (CAME) Y LA CÁMARA ARGENTINA DE COMERCIO (CAC), POR LA PARTE EMPRESARIA. POR EL CITADO ACUERDO, LAS PARTES CONVIENEN ESTABLECER EL RÉGIMEN DE IMPLEMENTACIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL DE CAPACITACIÓN PROFESIO- NAL Y TECNOLÓGICO PARA EMPLEADOS DE COMERCIO (INCAPTEC), SEGÚN LO PRESCRI- BE EL ARTÍCULO 102 DEL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO 130/1975. CON EL FIN DE SUFRAGAR LOS GASTOS QUE DEMANDE EL FINANCIAMIENTO DE DICHO INSTITUTO, SE ESTABLECE UNA CONTRIBUCIÓN MENSUAL, POR CADA TRABAJADOR, EQUIVALENTE AL 0,5% DEL SALARIO INICIAL DE LA CATEGORÍA "MAESTRANZA A" A PAR- TIR DEL 1/7/2008. POR ÚLTIMO, SEÑALAMOS QUE EL INSTITUTO TENDRÁ A SU CARGO LA GESTIÓN RECAU- DATORIA, CON FACULTADES DE EJERCER TODA ACCIÓN LEGAL, JUDICIAL O EXTRAJUDI- CIAL, PARA RECLAMAR LA TOTALIDAD DE LO ADEUDADO CON MÁS LAS ACTUALIZACIO- NES E INTERESES QUE CORRESPONDAN Y QUE SE ESTABLECERÁN SEGÚN LAS PAUTAS

2 Página 2 Anexo de Actualización - Enero 2009 QUE, PARA EL COBRO DE SUS ACREENCIAS,TENGA EN VIGENCIA LA AFIP RESPECTO DE LOS TRIBUTOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL. R. (ST) 600/2008, BO: 13/6/2008 SE FIJA EN $ 2.400, A PARTIR DE LAS REMUNERACIONES DEVENGADAS DESDE EL 1/1/2009, EL IMPORTE DE LA REMUNERACIÓN BRUTA MENSUAL SOBRE LAS QUE PROCE- DEN LAS RETENCIONES DESTINADAS AL FONDO SOLIDARIO DE REDISTRIBUCIÓN. D. 10/2009, BO: 9/1/2009 PARA UN USO ÓPTIMO DE LA OBRA, PROCEDER COMO SE INDICA A CONTINUACIÓN:

3 José Luis Sirena Lorena F. De Luca Laboral Empleados de comercio Página 1 EN LA PÁGINA 43, CONSIDERAR LAS SIGUIENTES MODIFICACIONES DESTACADAS EN TONO GRI- SADO: Aportes del trabajador Seguridad social Jubilación (L , art. 11) 11% Ley (INSSJyP) (Arts. 1 y 9) 3% Obra social Hasta $ Sindical De Dirección Obra social (L ) 2,70% 2,55% ANSSal (L ) 0,30% 0,45% Total 3,00% 3,00% Más de $ Sindical De Dirección Obra social (L ) 2,55% 2,40% ANSSal (L ) 0,45% 0,60% Total 3,00% 3,00% Sindicales y convencionales: Contribución solidaria Art. 100, CCT 2,00% Federación (FAECyS) Art. 100, CCT 0,50% Art. 97, CCT s/contrato Cuota sindical 1 s/zona 2 Otros aportes sindicales 3 Las empresas facilitarán, a sus trabajadores, la adquisición de las mercaderías o productos que expendan, con una reducción monetaria con respecto a los precios de venta al público (artículo 58, CCT); en tal sentido, el empleador podrá retener el importe correspondiente a dicha compra [conforme lo establecido en el art. 132, inc. h), de la LCT]. Aportes y contribuciones sindicales Contribuciones patronales Seguro de retiro "La Estrella" 3,50% INACAP 0,5% (sueldo "Maestranza A" inicial) Seguro mercantil Art. 97 s/contrato (ver Capítulo V: "Datos de interés") Aportes sindicales (trabajador) Contribución solidaria Art. 100, CCT 2,00% Federación (FAECyS) Art. 100, CCT 0,50% Art. 97 CCT s/contrato (ver capítulo V: "Datos de interés") Cuota sindical s/zona 1 Las mismas son voluntarias y su importe está establecido según la zona. En caso de afiliarse, deberá consultarse al SEC correspondiente a cada zona. 2 Consultar en las delegaciones (ver el título Delegaciones sindicales del Capítulo V). 3 Se recomienda a los empleadores verificar, en cada zona geográfica, si existe obligación de actuar como agente de retención de otros aportes sindicales (por ej.: aporte campo de deporte del 1% para zona norte, San Fernando).

4 Página 2 Anexo de Actualización - Enero 2009 Aportes con fines sindicales El acuerdo de partes de fecha 21/6/1991 [Disp. homologatoria (DNRT) 4803 de fecha 4/7/1991 (CCT 130/75)], establece, con carácter de contribución solidaria a cargo de los trabajadores, un aporte del 2,5% de la remuneración total. LUEGO DE LA PÁGINA 198, AGREGAR LO SIGUIENTE: INACAP - INSTITUTO ARGENTINO DE CAPACITACIÓN PROFESIONAL Y TECNOLÓGICA PARA EL COMERCIO Introducción Vigencia Con la resolución (ST) 600/2008, se ha homologado el Acuerdo 479/2008. Éste último le otorga vigencia e implementa la contribución prevista en el segundo párrafo del artículo 102 del convenio colectivo de trabajo 130/1975. Es así que el Instituto Nacional de Capacitación Profesional y Tecnológico para Empleados de Comercio (INCAPTEC), creado o- portunamente y homologado en el marco del Convenio Mercantil, se sustituye por una contribución mensual, por cada trabajador, equivalente al 0,5% del salario inicial de la categoría "Maestranza A" determinado en el convenio colectivo de la actividad con destino al INACAP Instituto Argentino de Capacitación Profesional y Tecnológica para el Comercio 1. La contribución patronal al INACAP tiene vigencia desde el 1 de julio de 2008, es decir que la implementación del régimen comienza con los sueldos de julio de Depósito de la contribución El primer pago vence el 15 de agosto de 2008 y se corresponde con los salarios del mes de julio de Posteriormente, también se deberá ingresar hasta el día 15 de cada mes siguiente al período liquidado. En caso de pago fuera de término, el aplicativo previsto en la web permite volcar, en el casillero "fecha de pago indicada", la fecha correspondiente al día de pago y calcula los "intereses resarcitorios" correspondientes (% anual aplicado por la AFIP). Forma de cálculo El INACAP se financiará con una contribución patronal mensual de carácter obligatorio. La misma se hallará a cargo del empleador y concierne a todos los empleados que se encuentren bajo la órbita del Convenio Mercantil. El cálculo se realiza con el 0,50% del sueldo del empleado categoría "Maestranza A" Inicial ($ 1.652,38 según la escala salarial actual), más allá de la categoría del empleado y/o su antigüedad. La suma a depositar, de acuerdo con lo mencionado, será de $ 8,26 por trabajador. 1 Acuerdo 479/2008, art. 4: "A los fines de adecuar el nombre del Instituto citado a las disposiciones vigentes en la materia, el mismo quedará denominado INA- CAP Instituto Argentino de Capacitación Profesional y Tecnológica para el Comercio".

5 José Luis Sirena Lorena F. De Luca Laboral Empleados de comercio Página 3 Liquidación y emisión de la boleta de pago La liquidación y emisión de las boletas se realiza a través de la página web del Instituto: Otros temas de interés Solo se paga por empleados adheridos al CCT 130/1975, no por empleados fuera de dicho convenio. Esta contribución es del mismo monto, ya sea se trate de empleados "Full Time" o de empleados "Part Time". El pago de esta contribución tiene alcance nacional. Objetivo del Instituto El objetivo de este Instituto es llevar a cabo, de manera descentralizada, las siguientes acciones: Capacitar y formar a los trabajadores de la actividad, así como también capacitar a los cuadros ejecutivos del sector empleador, a fin de complementar la actuación de ambos, fortaleciendo la productividad de la empresa en beneficio del consumidor. Actuar en forma conjunta a la organización sindical firmante, coordinando esfuerzos, adecuando los programas y las escuelas de capacitación de las organizaciones que suscriben el presente, a fin de actuar en consonancia con los objetivos que aquí se proponen. Promover, por intermedio de las organizaciones empresarias y con la FAECyS, la investigación, la formación, la capacitación y la difusión de toda materia relativa a los riesgos del trabajo, la seguridad e higiene en el ámbito y ambiente del trabajo. Impulsar la colaboración y la interacción con organismos especializados, universidades, institutos académicos, centros de investigación, tanto del país como del extranjero, procurando el intercambio de información, profesores y docentes en todas las materias relativas a la actividad comercial, de distribución y de servicios. Fomentar la interacción entre los actores sociales, los distintos organismos del Estado ya sean nacionales, provinciales o municipales, entes autárquicos y/u organizaciones no gubernamentales, en todo cuanto propenda al mejoramiento de la actividad comercial y la prestación de servicios, así como también a la preservación del medio ambiente y los recursos naturales. Fortalecer el desempeño y la actuación de entidades empresarias de primer, segundo, tercer y cuarto grado y de cámaras sectoriales para el mejor logro de los objetivos que a- quí se proponen. Promover la actividad comercial en condiciones de competitividad y eficiencia, a fin de que se integre a la cadena de distribución capacitada para dar satisfacción a las demandas de bienes y servicios de la población en las mejores condiciones de salubridad, calidad y precio. Impulsar, en esas mismas entidades, todo lo relacionado con la planificación y el desarrollo de actividades de promoción y capacitación con los mismos objetivos que en este Acuerdo se establecen.

6 Página 4 Anexo de Actualización - Enero 2009 En todos los casos, ya sea a nivel nacional, provincial o local, las entidades empresarias interactuarán con las organizaciones sindicales integrantes de la FAECyS que correspondan a su jurisdicción. Generación de la boleta de pago Luego del ingreso en la página web del INACAP ( se puede acceder a la aplicación para la generación de boletas realizando un clic en la opción "Boleta de Pago" indicada en el menú superior, o bien en la imagen izquierda de la ventana que indica "Emisión de Boletas". Si es la primera vez que se accede a esta función, hay que realizar la registración a través de la opción "Regístrese por primera vez". Los datos requeridos como obligatorios corresponden al grupo de "Datos Identificatorios" y "Domicilio" y se encuentran señalados con un asterisco (*).También debe ingresarse la CUIT y la dirección de , ya que a través del correo electrónico se puede recuperar la contraseña en caso de olvido. Adicionalmente, se puede ingresar el nombre y el número de teléfono de una persona de contacto en caso de comunicaciones que deba hacer el Instituto con una empresa determinada..

7 José Luis Sirena Lorena F. De Luca Laboral Empleados de comercio Página 5 Una vez que se registra por primera vez la empresa, para generar la boleta de pago, se la debe identificar con la CUIT y su correspondiente clave de seguridad.

8 Página 6 Anexo de Actualización - Enero 2009 El menú del aplicativo ofrece las siguientes opciones: Menú Modificación de datos Cambio de clave Generación de boletas Permite mantener actualizados los datos de la empresa. No permite la modificación de la CUIT ni de la clave, ya que para esto último existe una opción independiente. El procedimiento de actualización exige ingresar la clave activa en ese momento, que corresponde a la que se utilizó para acceder a la aplicación, y luego indicar la nueva clave y una reconfirmación de la misma para asegurar su ingreso. Ante el olvido de dicha clave, ésta puede ser remitida por accediendo al link " Olvidó su Clave?" que figura en la página principal del sitio web La emisión de boleta requiere que en la PC se encuentre registrado el producto Adobe Acrobat Reader u otro componente que permita visualizar contenido en formato PDF. El aplicativo brinda la posibilidad de descargar ese programa, en forma gratuita, realizando un clic en el botón que figura a la izquierda de la ventana, debajo del menú. Se debe seleccionar el período que desea liquidar. Automáticamente aparecerá la fecha de vencimiento del mismo. Entonces, se agrega la cantidad de empleados por la que se debe aportar y la fecha de pago. Para este último caso, se debe presionar el botón calendario, que permite fácilmente indicar la fecha requerida. Se debe indicar la entidad en donde se desea realizar el pago, pudiendo ser esta: el Banco de la Provincia de Buenos Aires (para el pago en efectivo o con cheque por cualquier monto). el BAPRO Pagos (para abonar solo en efectivo y hasta $ 1000 como máximo). Pago Fácil (para abonar en efectivo y con cheque. En este caso, se deberá verificar cuál es el monto máximo que acepta cada punto de cobranza y si acepta cheques. Para ello, se puede consultar el botón "Pago con Cheques"). El sistema calcula automáticamente el monto a abonar, cliqueando el botón "Calcular Monto a Abonar", teniendo en cuenta, de corresponder, los intereses resarcitorios.

9 José Luis Sirena Lorena F. De Luca Laboral Empleados de comercio Página 7

10 Página 8 Anexo de Actualización - Enero 2009

11 José Luis Sirena Lorena F. De Luca Laboral Empleados de comercio Página 9 Reimpresión de boletas Permite reimprimir una boleta ya generada. Al ingresar en esta opción, se deberá indicar cuál es el período de la boleta a reimprimir. Luego de esta selección, se mostrará el total de boletas emitidas (Originales y Rectificativas). Mesa de ayuda y consultas:

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