ADVERTENCIA SOBRE NOMBRAMIENTO DE GERENTE DEL PROYECTO DEL CIERRE TÉCNICO DE RIO AZUL.
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- Nieves Paz Montes
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1 MINISTERIO DE SALUD DIRECCIÓN GENERAL DE AUDITORIA Teléfonos: / Fax: Correo electrónico: audit_ms@ministeriodesalud.go.cr DGA Julio de 2014 Doctora María Elena López Núñez Ministra de Salud ADVERTENCIA SOBRE NOMBRAMIENTO DE GERENTE DEL PROYECTO DEL CIERRE TÉCNICO DE RIO AZUL. Estimada doctora: Dentro de las competencias de la Auditoría Interna indicadas en el artículo 22 inciso d) de la Ley General de Control Interno, así como a la norma del Manual de Normas para el Ejercicio de la Auditoría Interna en el Sector Público R-DC , en donde ambas regulaciones establecen los servicios preventivos que debe prestar la Auditoría Interna a la Administración activa, entre los cuales se consigna la advertencia sobre asuntos que son objeto de estudio. Como parte del Plan Anual de Auditoría período 2014, se está evaluando la ejecución del contrato entre el Ministerio de Salud y la empresa WPP Continental S.A. sobre la Contratación de las obras de post cierre en el relleno sanitario de Río Azul. A continuación se presentan algunos antecedentes: Mediante Decreto Ejecutivo No MP-S, publicado en La Gaceta No. 161 del día 23 de agosto de 2007, se hizo la declaratoria del Estado de Emergencia Nacional la situación del Relleno Sanitario de Río Azul. Por lo anterior el Ministerio promueve la contratación directa concursada 2007CD , cuyo fin primordial sería el desarrollo de las obras y servicios para la mitigación de efectos indeseables en la salud pública y el ambiente en el sitio donde se ubica el Relleno Sanitario de Río Azul, resultando el contrato DM-F y varias adendas con la empresa WPP Continental S.A, en la adenda DM-F , se designa como Director y jefe del proyecto, al funcionario Ing. Jorge Boza Quesada, cédula Para el año 2010 se tramita una continuidad de estos servicios a través de la contratación directa N 2010CD UPIMS, y en el 2011 con la licitación Pública 2011LN UPIMS, siendo en esta ocasión la vigencia de este contrato de Bienes y Servicios en las obras de Post cierre en el relleno Sanitario de Rio Azul, por un año prorrogable hasta por 48 meses. En el contrato respectivo, DM se confirma que el director del proyecto sigue siendo el Ing.
2 Jorge Boza Quesada, a quien se le señalan las funciones que debe cumplir en cuanto a la dirección y supervisión del contrato: 1. El director del cierre técnico del relleno sanitario de Rio Azul, Ing. Jorge Boza Quesada es el máximo responsable del proyecto, designado por la Ministra de Salud. En temimos generales en velar por la consecución de plazo, la calidad, el costo y la utilización de los recursos asignados al proyecto, autorizar el inicio de la obra o de cualquier trabajo que deba cargase a los fondos destinados al proyecto. 2. Se encarga de la administración cotidiana del proyecto resolviendo oportunamente los problemas técnicos que se presentan durante la ejecución de las obras.- Representa al Ministerio de Salud ante el contratista y las comunidades donde se localiza le proyecto, de manera que es la instancia ante la cual estos deben presentar cualquier reclamo, factura o problema relacionado con la obra. 3. El Director del proyecto, ejercerá la supervisión debida durante la ejecución y vigencia del presente contrato, autorizara con su firma y sello las facturas que para efectos de pago se presenten, además se deberá llevar un control interno de los servicios recibos de conformidad. Asimismo, deberá informar al proceso de contrataciones de la Unidad de Bienes y Servicios para dejar constancia en el expediente de la calidad del mismo. 4. El director del proyecto representa a la contratante y tendrá como función la de aprobar o improbar la calidad de los materiales y el trabajo realizado, decidir cualquier duda en la interpretación de los planos y específicamente, vigilar que los trabajos se desarrollen y velen por el fiel cumpliendo del contrato. Sus decisiones serán definitivas y tendrán suficiente autoridad para hacer cumplir aquellas decisiones y ordenar que el contratista las ejecute pronta y debidamente. 5. Todos los materiales y mano de obra deberán estar sujetos a la aprobación del Director del proyecto. Los materiales deberán ser nuevos y de la mejor calidad en su clase, de acuerdo con lo especificado, y podrán ser sometidos a inspección, examen y prueba por parte en cualquier momento durante la manufactura o la construcción y en el lugar donde se efectúen los procesos. 6. El director del proyecto, podrán rechazar materiales y mano de obra defectuosos y también exigir sus corrección. Todo mano de obra que haya sido rechazada deberá ser corregida satisfactoriamente y todos material deberá ser sustituido por el contratista si se han encontrado defectuosos. Esta sustitución no significa costo adicional para la contratante. 7. El contratista deberá quitar o retirar inmediatamente del lugar de la obra el material rechazado. El hecho de que el director de proyecto hubiera aprobado verbalmente o por escrito la calidad de los materiales y de los trabajos realizados, no releva al contratista de su obligación de reponerlos si se encuentran defectuosos posteriormente. 8. Cualquier porte de la obra que no estuviere de acuerdo con las especificaciones serán considerada también como trabajo defectuosa. La circunstancia de que el director del 2
3 proyecto no hubieren aprobado el trabajo no exime al contratista de responsabilidad legal en el caso de que la obra resultare defectuosa. 9. El director del proyecto podrá ordenar pruebas de laboratorio para efectos de verificación o control cruzado. 10. El control de las pruebas de laboratorio serán cubierto por el Ministerio de Salud, como reembolso contra factura original del laboratorio, en el pago mensual inmediato siguiente; salvo cuando las pruebas deban ser repetidas por no haberse alcanzado los resultados requeridos, en cuya caso, el costo será asumido enteramente por el contratista. Con oficio DDH , del 17 de junio del 2013, el Director de Desarrollo Humano, consulta a la Directora Administrativa que, en relación con la reasignación temporal como Gerente del señor Jorge Boza Quesada, en virtud de la designación para el cargo Director y Jefe del Proyecto de Mitigación de Efectos Indeseables del Relleno Sanitario de Rio Azul, le indique si continúa asumiendo el cargo. Con el oficio DA , la directora administrativa contesta que el señor Boza Quesada, continúa como Director y Jefe del proyecto de Mitigación en Relleno Sanitario Rio Azul, el cual debido a las características del mismo se estima tendrá una duración de aproximadamente 15 años más, hasta que concluyan las obras. Por lo anterior, el Ing. Jorge Boza Quesada se designó como director y jefe del proyecto del Cierre Técnico del relleno Sanitario de Rio Azul, desde el 2008 a la fecha. Por otra parte, mediante el oficio DM , del 06 de octubre del 2006, suscrito por la Doctora Lidieth Carballo Quesada, Ministra de Salud a.i., se designa al Ing. Jorge Boza Quesada, cédula , como nuevo representante ante la Comisión Plenaria de Secretaria Técnica Nacional Ambiental, del Ministerio de Ambiente y Energía. Con el Acuerdo A de MINAE, se publica en el Diario Oficial la Gaceta su nombramiento. De acuerdo con la Ley Orgánica del Ambiente N 75541, en el artículo N 85 se establece la integración de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental y en el artículo 88 señala la condición de los miembros de la siguiente forma: Los integrantes de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental serán funcionarios de tiempo completo, con dedicación exclusiva y prohibición para el ejercicio de sus actividades personales, profesionales o particulares. Serán nombrados por seis años y deberán dividirse en dos grupos para que la mitad de sus miembros se elija en el medio período. Sus deliberaciones y resoluciones se adoptarán en comisión plenaria, de conformidad con el reglamento de funcionamiento interno que el Poder Ejecutivo emitirá 1 Publicada en La Gaceta 215 del 13/11/1995 3
4 en el plazo de tres meses, contados a partir de la vigencia de esta ley. Su remoción sólo podrá ser acordada cuando exista falta grave o incumplimiento de lo que establecen esta u otras leyes. El resaltado no corresponde al original Con el acuerdo presidencial N MINAE del 13 de mayo del 2013 se formaliza el nombramiento del señor Boza Quesada como miembro representante del Ministerio de Salud en la comisión Plenaria de la SETENA por un periodo de seis años a partir del 25 de febrero del Dicho acuerdo dicta en el punto 2 lo siguiente: 2 De conformidad con lo dispuesto por el artículo 88 de la Ley Orgánica del Ambiente, ambos integrantes serán funcionarios de tiempo completo, con dedicación exclusiva y prohibición para el ejercicio de sus actividades personales, profesionales y particulares. El resaltado no corresponde al original. De lo anterior se deriva que el Ing. Jorge Boza Quesada se designó, como representante del Ministerio de Salud en la Comisión Plenaria de SETENA desde el año 2006 a la fecha. Así las cosas esta Auditoría advierte sobre la situación que presenta los nombramientos del funcionario Boza Quesada, al estar ejerciendo dos cargos, una como representante del Ministerio de Salud en la Comisión Plenaria de SETENA desde el año 2006 y otra como director y jefe del proyecto del Cierre Técnico del relleno Sanitario de Rio Azul, desde el 2008, donde en la primera se establece la condición de funcionario de tiempo completo en dicha función según la Ley 7554 y en la segunda, por el cargo de director de proyecto debe velar por la consecución de plazo, la calidad, el costo y la utilización de los recursos asignados al proyecto de Río Azul, para lo cual se le reasigna el puesto temporalmente como Gerente. Es evidente que la Administración le ha designado al funcionario Boza Quesada la labor de representante en el SETENA dentro de la misma jornada laboral que debe desarrollar como director del proyecto de cierre de Río Azul, proyecto que desde el año 2008 a la fecha registra una inversión de , más 600 millones que aproximadamente se han reconocido por reajustes de precios. Conforme los datos presentados, esta auditoría advierte sobre la importancia de esta contratación para la Institución y al País, por lo que es conveniente que la Administración Activa valore lo expuesto, con el propósito de cumplir con la legislación vigente (nombramiento tiempo completo de representante del Ministerio en SETENA) y por otro lado el efectivo control para garantizar a la población la correcta ejecución de los contratos para el cierre técnico del Relleno Sanitario en Río Azul, acciones que deben encaminarse en asegurar la 2 Contratos administrativos: DM , DM , DM , DM , DM , DM , este último es el vigente por la suma de anual y con un plazo de 4 años para un total de , el último contrato vence en agosto
5 calidad y control técnico necesario para que la empresa contratada cumpla con los requerimientos establecidos en el proyecto, de forma que el contratista se ajuste a las condiciones y plazos establecidos en el contrato y de ser necesario se pueda señalar, en forma oportuna cualquier desajuste o inobservancia a las condiciones pactadas que pueda incidir negativamente en el cumplimiento del objeto contractual, asimismo, brinde transparencia en la aprobación de los pagos que son significativamente cuantiosos y se proyecta para más años. Conocedora de su actitud hacia el control interno institucional en cuanto a que los funcionarios públicos deben actuar con prudencia, integridad y rectitud en el desempeño diario de sus funciones y como depositarios del uso de los recursos públicos, es que le solicito respetuosamente tomar las medidas pertinentes para que la situación comentada se corrija, con el fin de minimizar riesgos legales y técnicos, que puedan afectar la imagen de la Institución y por ende de la jerarca. Quedo a la espera de la información en cuanto a lo dispuesto por ese Despacho en relación a la presente advertencia. De usted con atentos saludos. DIRECCIÓN GENERAL DE AUDITORÍA Licda. Bernardita Irola Bonilla, Msc AUDITORA INTERNA. C: Dra. Maria Esther Anchia Ángulo-Viceministra de Salud MBA. Sandra Barrientos Escobar-Directora-División Administrativa OAM/BIB/xzc 5
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