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1 PARANINFO DIGITAL MONOGRÁFICOS DE INVESTIGACIÓN EN SALUD ISSN: AÑO IX N Disponible en: PARANINFO DIGITAL es una publicación periódica que difunde materiales que han sido presentados con anterioridad en reuniones y congresos con el objeto de contribuir a su rápida difusión entre la comunidad científica, mientras adoptan una forma de publicación permanente. Este trabajo es reproducido tal y como lo aportaron los autores al tiempo de presentarlo como COMUNICACIÓN DIGITAL en FORO I+E Impacto social del conocimiento - II Reunión Internacional de Investigación y Educación Superior en Enfermería II Encuentro de Investigación de Estudiantes de Enfermería y Ciencias de la Salud, reunión celebrada del 12 al 13 de noviembre de 2015 en Granada, España. En su versión definitiva, es posible que este trabajo pueda aparecer publicado en ésta u otra revista científica. Título Autores Centro/institución Ciudad/país Dirección Del arte de asistir partos hacia la actual titulación de Matrona en España Zoraida de la Rosa Várez, María Teresa Rivas Castillo, María del Valle Alguacil Sánchez Sistema Sanitario Público de Andalucía Granada, España zory_57@hotmail.com TEXTO DE LA COMUNICACIÓN Introducción El prestigio y reconocimiento social de una profesión pasa, inevitablemente, por el reconocimiento de su historia y de su pasado: desde cuándo existe como tal, cuáles fueron sus precedentes o qué funciones y tareas ha desempeñado la profesión a lo largo de la historia. 1-3 Es un hecho conocido que la partería o el arte de asistir partos es tan antiguo como los tiempos, y que en todas las culturas y épocas ha estado vinculado al hecho de ser mujer, siendo su estatus social muy variante. Mientras en épocas premedievales, las comadronas ocuparon una posición humilde y a menudo no reconocida, en la España moderna constituyeron unos de los grupos ocupacionales más destacados y el único dentro de los sanitarios en el cual las mujeres tuvieron, durante un largo tiempo, absoluta hegemonía, con funciones que las convertían en figuras centrales de la vida comunitaria y les daban importante poder social. Su situación relegada en algunos períodos podría atribuirse al bajo estatus de las mujeres de la época y a su exclusión de la educación. 2,4-7 Como profesión, aunque actualmente está ligada a la de enfermería, siendo una especialidad de ésta, históricamente surgió antes y su reconocimiento social y académico es anterior. En la actualidad las matronas españolas tenemos bien definidas nuestras competencias profesionales, pero nuestra profesión se halla en un momento histórico, con la entrada de España en el Espacio Europeo de Educación Superior y la creación de los títulos de Grado y Posgrado, lo que afectará a su estructura, tanto a nivel profesional como a nivel de la disciplina. 1

2 Objetivos Objetivo general: recorrer la historia de la profesión de matrona en España desde las primeras ordenanzas que la regularon hasta la actual titulación. Objetivo específico: establecer las competencias de la matrona a lo largo de la historia. Metodología Para responder a los objetivos se ha realizado una búsqueda bibliográfica en diferentes bases de datos. Se inició la búsqueda en el metabuscador Google Académico y posteriormente en las bases de datos Cuiden, La Biblioteca Cochrane Plus y Scielo. Para la inclusión de estudios se utilizaron los siguientes criterios: - Revisiones sistemáticas. - Artículos originales. - Trabajos publicados desde el inicio hasta la actualidad. - Trabajos cuyo tema tratara sobre la investigación histórica de la partería. - Trabajos sobre la partería en España. Se incluyeron también aquellos trabajos que, sin cumplir los criterios primarios de inclusión, los autores consideraron importantes para la redacción y/o comprensión del marco teórico del trabajo. Para la búsqueda bibliográfica se utilizaron los operadores boleanos AND y OR según conveniencia y las palabras clave matrona, historia, legislación, competencia profesional y titulación, con diferentes cadenas de búsqueda. En el caso de Google Académico se utilizaron los operadores propios de dicho metabuscador, utilizando así la búsqueda avanzada. Resultados Se obtuvieron un total de 340 documentos de los que, en una primera selección, se leyeron los títulos y resúmenes de los que inicialmente parecían cumplir los criterios de inclusión y se eliminaron los documentos duplicados, obteniéndose un total de 33 artículos. Finalmente, tras una valoración crítica de los textos completos de dichos artículos y excluyendo aquellos que no trataban específicamente los objetivos planteados en este trabajo, se seleccionaron un total de 16, correspondiendo 12 a artículos originales y 4 a revisiones sistemáticas. El contenido de los resultados obtenidos de nuestra búsqueda los resumiremos en los siguientes epígrafes cronológicos: Hasta el siglo XV Siendo el arte de asistir partos tan antiguo como los tiempos, posiblemente, las diferencias en destreza y la experiencia acumulada fueron los motivos para que se eligieran algunas mujeres con preferencia a las demás. Estas mujeres se formaban acompañando a otra mujer de más edad y experiencia, que cumplía una función docente. 1-3,5,7,8 En España las ordenanzas de las Cortes de Valladolid en 1258, con el objetivo de prevenir las mezclas de razas, prohibían a judías y moras atender el nacimiento de hijos cristianos, y a éstas criar hijos de padres israelitas o sarracenos. 1,3,9 En ese mismo siglo XIII, en el año 1265 el rey Alfonso X el Sabio dicta Las Partidas, en las que se reconoce a las matronas: en la II Partida habla de las cualidades que deben

3 adornar a las comadronas mientras en la VI Partida se alude a las mujeres sabidoras, que se dedicaban a la asistencia al parto y al tratamiento de las enfermedades propias de la mujer y de algunos padecimientos infantiles. Alfonso X el Sabio establece también una función jurídico-legal para las parteras, que podían ser llamadas para resolver pleitos en los que estaban en juego herencias o derechos de primogenitura. 1,3,4,8-10 Desde el siglo XV existen en España referencias legales sobre la formación y práctica del oficio de matrona. Las Cortes de Zamora en 1434 y las Ordenanzas de Madrigal de 1448, a través de sus alcaldes-examinadores daban cartas de aprobación a parteras que demostraban tener conocimientos y experiencia probada para que pudieran ejercer libremente, si bien ésta no era una práctica generalizada. 1,3,4,7,9,10 En el año 1477 se crea el Real Tribunal del Protomedicato, un cuerpo técnico encargado de vigilar el ejercicio de las profesiones sanitarias (médicos, cirujanos y farmacéuticos) así como de ejercer una función docente y atender a la formación de estos profesionales; sin embargo, este Tribunal no contemplaba a las matronas, dado que la mujer y los temas en torno al parto eran considerados cuestiones menores y naturales. Por tanto, las matronas quedan fuera de la posibilidad de mejorar su ejercicio profesional. 4,6,7 Siglo XVI A finales del siglo XV, en 1498, los Reyes Católicos promulgaron una pragmática que recogía el arte de partear y regulaba el ejercicio profesional de las matronas a cargo del Real Tribunal del Protomedicato. En ella se obligaba a las parteras a pasar examen; no obstante, esta regulación tuvo carácter transitorio, ya que Felipe II la abolió en 1576, y prohibió al Tribunal del Protomedicato examinar a parteras debido al excesivo control que ejercían. 1,3,4,6,7-9 Hay que considerar que las universidades, tanto medievales como renacentistas, harán una clara diferenciación entre la teoría médica y la práctica quirúrgica, diferencias que afectarán a la titulación y la lingüística, dado que el latín como lengua científica será dominado por escasos médicos en relación con las lenguas romances o vulgares que utilizaban los cirujanos y otros profesionales, y por esto se verán privados de acceso al conocimiento especializado. La obstetricia, como parte de la cirugía, compartirá igual consideración, y, por tanto, no será una materia que pueda encontrar hueco en las universidades, habituadas a tratar cuestiones filosóficas trascendentales y a no dedicar su tiempo a cuestiones de naturaleza simple y que además son atendidas por mujeres de escasa instrucción. 4 A mediados del siglo XVI se extendió por Europa una corriente que pretendía divulgar los conocimientos obstétricos y ginecológicos en forma de tratados que tuvieron gran éxito y difusión, al estar escritos en su mayoría en romance o lengua vulgar, la lengua que hablaba el pueblo y no en latín, lengua de los eruditos. La redacción de estas obras corrió a cargo de médicos varones cuyo objetivo era enseñar a las mujeres (madrinas, parteras, comadronas, o matronas) aspectos de su profesión, ya que no existía una enseñanza oficial, ni control ni examen de las mujeres que ejercían como matronas. La publicación de estos tratados por parte de médicos y cirujanos supone el primer contacto de la figura masculina con el campo de la obstetricia. El primer tratado en lengua castellana es el de Damiá(n) Carbó(n), que en 1541 publicó el libro Del arte de las comadres o madrinas y del regimiento de las preñadas y paridas de los niños. 3,7,9,11

4 Siglo XVII La comadrona era una figura clave en la sociedad del siglo XVII, cuando el embarazo y el nacimiento de los hijos dominaba la vida de toda mujer. Pero a lo largo de este siglo, la figura masculina comienza a introducirse en la especialidad obstétrica. Esto hace que Rodrigo de Castro, arzobispo de Sevilla, publique un texto en el que se queja, en nombre del sexo opuesto, del abandono de la obstetricia y de la ausencia de tratados para la formación de matronas, y apunta de manera expresa que el parto normal debería ser asistido por comadres por su mayor experiencia. 4,7 Siglo XVIII Se acepta que a finales del siglo XVII y comienzos del XVIII es cuando la obstetricia empieza a considerarse disciplina con fundamentación científica. 4,7 Es en este siglo cuando se empieza a usar la palabra matrona para denominar a las parteras cualificadas, se reafirma la profesión como actividad quirúrgica y se publican cantidad de manuales dedicados al arte obstétrico. 2,4,8 En 1713, el cirujano francés Clément llega a España para asistir el parto de la reina Luisa Gabriela de Saboya, esposa de Felipe V. Esta práctica se había generado a finales del siglo XVII en el Hôtel Dieu de París, donde se había autorizado a los cirujanos a asistir partos normales, lo que dejó atrás la exclusividad de la partera de asistir los nacimientos, algo que más tarde se extendió a la alta sociedad de la época. Aunque esto ocurre a principios de este siglo, pasarán algunas décadas hasta que el desplazamiento de las matronas empiece a materializarse. 4,7-9 También en este siglo, como consecuencia de la percepción del abandono en la formación de las matronas, el rey Fernando VI promulgó en 1750 una Real Cédula a través de la cual se devolvía al Real Tribunal del Protomedicato la facultad de examinar a las parteras. En la Cédula se plasma el interés y preocupación por la mala preparación de quienes se dedicaban a partear, mayormente mujeres, y se convierte oficialmente el arte de partear en parte de la cirugía. Se abren así dos caminos para ejercer la actividad según el género de los aspirantes: los varones debían formarse como cirujanos y de forma voluntaria examinarse de partos, paso este último único y obligatorio para matronas. 2-4,6,7,9,12 Consecuencia de esta disposición es la publicación en 1750 por parte de Antonio Medina, médico de la familia real y examinador del Real Tribunal del Protomedicato, de la Cartilla nueva, util, y necesaria para instruirse las Matronas, que vulgarmente se llaman Comadres en el oficio de partear. 2,9 Otro texto de interés, aunque menos conocido, será el de Babil de Gárate y Casabona titulado Nuevo y natural modo de auxiliar á las mugeres en los lances de los partos, sin operación de manos ni instrumentos, escrito en 1756, es el primer manual de partos en castellano en el que constatamos que se incluyen las instrucciones para que las matronas o cirujanos administraran el bautismo en un recién nacido en peligro de muerte, desempeñando así una función religiosa. 4,9,12 La formación de matronas en instituciones académicas españolas se inició a finales del siglo XVIII con la creación de los Reales Colegios de Cirugía. En el Real Colegio de

5 San Carlos en Madrid, fueron reglamentados los estudios de matronas, recibiendo la aprobación del Protomedicato, por Real Orden de 13 de julio de ,3,7-10 Siglo XIX El 6 de mayo de 1804 se aprobó una Real Cédula sobre el reglamento encargado de regular la situación académico-legal de cirujanos, sangradores y parteras. Esta Real Cédula anula al Protomedicato como examinador, especifica las materias que se deben estudiar, y fija la formación en dos cursos de dos meses cada uno. Menciona además la obligatoriedad de las matronas de avisar a un cirujano en los partos difíciles. 3,4,7-9 La obtención del Título de Matrona o Partera de manera oficial se regula posteriormente mediante la Ley de Instrucción Pública de 9 de septiembre de Esta ley fue promulgada por el ministro Claudio Moyano, por lo que popularmente se conoció como Ley Moyano. 3-5,7,8,10,13-15 En ella se define a la Matrona o Partera como la mujer práctica en el arte de partos o que ejerce en virtud de título, y determina el reglamento y condiciones necesarias para obtener el título de matrona; los estudios se imparten en las Facultades de Medicina (sólo existentes en Madrid, Barcelona, Granada, Santiago, Sevilla, Cádiz, Zaragoza, Salamanca, Valencia y Valladolid). En el Reglamento se recoge que estas profesionales deben conocer el modo de administrar el sacramento del bautismo en aquellos casos que el niño nacía con dificultades o no llegaba a nacer. Esta titulación se suprimió en ,4,9,13-15 El Decreto de Ruiz Zorrilla de 21 de octubre de 1868 de Libertad de enseñanza que reconocía el derecho de todos los españoles a abrir centros docentes, abrió una posibilidad inédita en la historia de la profesión, permitió a las matronas ser docentes de una enseñanza normalizada y reconocida hasta la abolición de esta Ley en ,5,7,8,13,14 Al amparo del Decreto, fundaron escuelas de matronas Francisca Iracheta y Pilar Jaúregui. La primera, en 1870 crea una Escuela especial de obstetricia y publica el primer libro de partos de autoría femenina en España: Examen de las matronas conforme hoy son y conforme deben ser. Jaúregui, en 1875 crea una Escuela para matronas vinculada al Museo Antropológico de Madrid. 5,13 En 1888 en Real Decreto de 16 de noviembre, se aprobó el Reglamento para la Carreras de Matronas y Practicantes, y trataba los conocimientos y prácticas previas que debían adquirir los estudiantes de matrona, sin modificar los exigidos a lo largo de este siglo, aunque sí desaparecen las cláusulas de edad, estado civil y educación elemental, lo que afectó positivamente al número de tituladas. 4,5,7,9,13,14 Siglos XX Y XXI Se produce una reorganización académica de los estudios de matrona, que se unifican mediante el Real Decreto del Ministerio de Instrucción Pública para la Carrera de Matronas de 12 de agosto de Los dos cursos que se establecía para los estudios podían realizarse tanto en centros oficiales como en centros no oficiales. 3,4,7-9,13,14 El 28 de junio de 1924 se inaugura la Casa de Salud Santa Cristina de Madrid, primera escuela de matronas de la que se tiene referencia legal y que existía desde 1882 con el nombre de Maternidad de Santa Cristina. Tras el Real Decreto de 1928, que establece los requisitos de las escuelas de matronas y los planes de estudio para esta titulación, en 1931 esta Maternidad queda adscrita a la Facultad de Medicina de Madrid como Escuela Especial de Matronas. 4,7-9,13,14

6 En 1933 mediante Orden de 21 de febrero se señala un nuevo plan de estudios que han de cursar los aspirantes a obtener los títulos de Practicante y Matrona; un año después por Orden de 13 de diciembre de 1934 se establece la exigencia de tres años de bachiller, más reválida, para poder comenzar los estudios. 9 La titulación de matrona se mantiene como carrera independiente hasta 1953 cuando por Real Decreto de 4 de diciembre, se unifican los estudios de practicantes, enfermeras y matronas en un único título: el de Ayudante Técnico Sanitario (ATS), especificando una separación de género, siendo los estudios femeninos en régimen de internado. 3,4,7,9,16 En 1957, mediante Real Decreto de 18 de enero, se creó la especialidad de asistencia obstétrica (matrona) para los ATS, en escuelas sujetas a las facultades de medicina. Esta nueva situación conllevará cambios sustanciales, ya que la profesión pasa de tener una formación independiente a quedar entonces asimilada como formación especializada en la nueva carrera de ATS. A pesar de la unificación de estudios, la colegiación continuaba diferenciada en función del sexo y de los estudios cursados, en la Orden de 11 de Enero de 1958 se especifica que los estudiantes masculinos debían colegiarse en la Sección de Practicantes, en la de Enfermeras debían hacerlo los estudiantes femeninos y en la de Matrona las especializadas en tal disciplina. 4,8-10,16 Ya en la época contemporánea tenemos la Orden Ministerial de 26 de abril de 1973, en la que se definen las funciones de las matronas, la gran mayoría supeditadas a la figura del médico. 3,9 En 1977, por Real Decreto de 23 de julio, se integran los estudios de ATS en las universidades, creándose las Escuelas Universitarias de Enfermería para la carrera de Diplomado en Enfermería. 3,7-10 Con la desaparición del título de ATS impuesto en 1953, se produce una vuelta al origen de la profesión, el de enfermería y no el de ayudante técnico, lo que supuso un salto cualitativo. La concepción biologicista y tecnicista va cambiando hacia una línea más integral de los cuidados basada en la persona sana o enferma. 1 Sin embargo, a pesar de esta nueva denominación, no se procedió a desarrollar las especialidades adecuadas a la nueva titulación, sino que se autorizó a los nuevos Diplomados a continuar con las especialidades de los ATS. 9 En Real Decreto de 26 de Septiembre de 1980, se suprime la limitación por razón de sexo en los estudios de matrona, por lo que el ATS o Diplomado en Enfermería masculino pudo optar por primera vez a cursar estos estudios. 3,7,9,16 Con la incorporación de España a la Comunidad Económica Europea (CEE), que entra en vigor el 1 de enero de 1986, se adquiere el compromiso de adecuar el currículum de formación de las matronas a las Directrices de la Comunidad Europea. 16 Las competencias de la profesión habían sido ampliamente actualizadas en el año 1980, en la Directiva Comunitaria 155/80, que establece unas normas mínimas para la formación de las matronas, así como dos modalidades de formación para los Estados miembros: una específica de Matrona de al menos 3 años a tiempo completo con acceso directo, o una formación de Matrona tras los estudios de Diplomado en Enfermería de horas a tiempo completo. 7,9,16

7 El Real Decreto de 3 de Julio de 1987 regula en España las Especialidades de Diplomado en Enfermería, creando la especialidad de Enfermería Obstétrico- Ginecológica (Matrona) ajustándose a las exigencias de las Directrices de la CEE. A partir de esta fecha, queda derogado el anterior plan de estudios de matrona y cesa la formación de matronas en España. 7-9 Ante esta situación, el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas presentó, el 11 de octubre de 1989, un recurso contra el Reino de España, por no haber adoptado en los plazos establecidos, las disposiciones necesarias para ajustarse a las Directrices relativas al acceso a las actividades de Matrona y al ejercicio de éstas. La implantación en el ordenamiento jurídico español de lo establecido en las Directrices del Consejo de las Comunidades Europeas se realizó mediante promulgación del Real Decreto de 28 de junio de Es en la Orden Ministerial de 1 de junio de 1992 en la cual se define al especialista en Enfermería Obstétrico-Ginecológica (Matrona) como el profesional formado específicamente para proporcionar una atención integral a la mujer a lo largo de su ciclo reproductivo en relación a la promoción de la salud, prevención de la enfermedad y recuperación en los procesos patológicos, y a la madre y al hijo en el diagnóstico, control y asistencia del embarazo, parto y puerperio normal, así como al nacido sano hasta el 28 día de vida auxiliándose de los medios clínicos y tecnológicos adecuados. Además se establecen los requisitos mínimos de las Unidades Docentes, los objetivos formativos, la duración del programa formativo queda fijada en dos años a tiempo completo, con un total de horas, las materias a impartir y el sistema de acceso para la obtención del título de Enfermera especialista en Enfermería Obstétrico- Ginecológica (Matrona) de forma similar al que estaba en vigor para todas las especialidades sanitarias. Este programa formativo estará vigente hasta la publicación del actual en ,3,7-9,16 La escasez de profesionales provocados por la ausencia de formación específica, desde 1987 hasta que finaliza la primera promoción de matronas con el sistema de residencia, en 1996, desencadenó una restricción importante en el número de matronas que podían incorporarse a los puestos profesionales propios. Esto ocasionó, en algunas situaciones, la transformación de las plazas de matrona por enfermeras, reduciéndose así las posibilidades de acceder a puestos de trabajo que históricamente y por capacitación profesional son debidos a esta profesional. 7,16 En el año 2005, por Real Decreto 55/2005 y 56/2005 se produce la entrada de España en el Espacio Europeo de Educación Superior (Declaración de Bolonia de 19 de junio de 1999), con la creación de títulos de Grado y Posgrado. 1 En Mayo del mismo año, se publica en el BOE el Real Decreto 450/2005, de 22 de Abril, sobre especialidades de Enfermería, donde se destaca el título de Enfermero Especialista y se enumeran las especialidades oficialmente aprobadas. 3 También en 2005, la Unión Europea establece la Directiva 2005/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales. En ella se expone la facultad de ejercer una profesión en un Estado miembro que no sea aquel en que hayan adquirido sus cualificaciones profesionales. Esta nueva Directiva sustituye a la 80/155/CEE. 3 En el año 2008, España elabora el Real Decreto 1837/2008, de 8 de noviembre, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico español la citada Directiva 2005/36/CE. En

8 este Real Decreto se regula la formación de matrona, modalidades de reconocimiento de los títulos de formación de matrona y el ejercicio de las actividades profesionales de Enfermera Especialista Obstétrico-Ginecológica (Matrona). 3 En el año 2009 la Orden SAS/1349/2009, de 6 de mayo, aprueba y publica el programa formativo de la especialidad de Enfermería Obstétrico-Ginecológica (Matrona), actualmente vigente. Con ella desaparece el sistema de Unidades Docentes en la formación de matronas. 3 Conclusiones El oficio de partera o matrona fue ejercido en exclusividad por la mujer hasta la finalización del periodo medieval cuando comienza a introducirse la figura masculina en la atención al parto. La historia nos muestra que, desde la Edad Media, la matrona ha venido realizando las siguientes funciones: 1 - Función asistencial: al igual que sucede actualmente, era la más ampliamente desarrollada, y comprendía la atención al embarazo, parto y puerperio, la educación sanitaria en temas relativos al proceso reproductivo de la mujer, consejos para la anticoncepción y cuidados al recién nacido entre otras. - Función jurídico-legal: la partera actuaba con capacidad pericial y su palabra era válida ante la Ley con carácter testifical. Diversos testimonios escritos, de carácter legal, dan fe del testimonio de la partera en el momento del parto. - Función docente: El aprendizaje del oficio se hacía junto a una partera experta. El oficio de partera se ejercía habitualmente por tradición familiar o por relaciones de proximidad. Es frecuente encontrar a varias generaciones de parteras. La aprendiz adquiría la práctica acompañando a su maestra en los partos, realizando la función de ayudante o auxiliar. Según la época, la aprendiz debía después examinarse o no ante el Protomedicato. - Función religiosa: Consistía en administrar el denominado bautismo condicionado en aquellos casos de niños deprimidos, tras un parto difícil, o cuando se preveía la muerte del feto. Las autoridades comienzan a regular el ejercicio profesional de la matrona a finales del siglo XV, los Reyes Católicos obligaron a las matronas a pasar examen para poder ejercer el oficio. 1 Es cierta la débil formación de las parteras, pero no lo es menos que el no poder acceder a unos estudios ni a la universidad por su condición de género, las relegaba al empirismo y al aprendizaje por transmisión oral de mujer a mujer. La falta de acceso a la lectura y escritura ha hecho que este colectivo, durante siglos, haya dejado menos documentación escrita que cualquier otro de género masculino. Los libros que hacían referencia al trabajo de la matrona en el periodo antiguo y medieval estaban escritos por médicos o cirujanos. 1,4 A pesar de las dificultades por las que ha pasado nuestra profesión en muchos momentos, actualmente es una titulación universitaria en la que la docencia es impartida principalmente por matronas. Diferentes aspectos de la profesión han ido cambiando a lo largo de la historia, adaptándose a las características propias de cada época y cultura, observándose en este recorrido una evolución favorable, en la que el reconocimiento de

9 nuestras funciones ha ido en aumento, tanto en las ordenaciones jurídicas europeas como españolas. Este avance en el ámbito legal hace que el nivel competencial de las matronas deba ser reconocido en todos sus aspectos por las Administraciones, tanto a nivel nacional como autonómico. 3,8 El término matrona, incluye a todos los profesionales sanitarios que tras haber cursado estudios como enfermeros especialistas y superado los mismos, están en posesión del título que habilita en la Unión Europea para el ejercicio de la profesión. 16 Podemos concluir que el sistema de residencia implantado para la formación de matronas en 1992 y consolidado para todas las especialidades en Ciencias de la Salud por las previsiones contenidas en la Ley 44/2003, de 21 de Noviembre, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, ha demostrado ser un procedimiento adecuado para que las matronas durante su periodo formativo adquieran un perfil profesional polivalente, vinculado tanto a la atención primaria como a la especializada, mediante la realización de actividades docente-asistenciales estrechamente ligadas a la práctica asistencial y a la actividad ordinaria de los centros y servicios sanitarios. 16 Bibliografía 1. García M, García AC. Las funciones de la matrona en el mundo antiguo y medieval. Una mirada desde la Historia. Matronas Prof 2005; 6(1): Valle JI, García MJ. Las matronas en la Historia. Un estudio del siglo XIX. Rev Rol Enf 1994; 187: De la Rosa Z, Rivas MT, Alguacil MV. Recorrido legislativo de la profesión de matrona. Metas Enferm 2014; 17(6): Valle JI. El saber y la práctica de las matronas: desde los primeros manuales hasta Matronas Prof 2002; 9: Ortiz T. Las matronas y la transmisión de saberes científicos sobre el parto en la España del S. XIX. Arenal 1999; 6(1): Ortiz T. Protomedicato y matronas. Una relación al servicio de la cirugía. Dynamis 1996; 16: Linares M. Mujeres matronas, un recorrido por la historia con perspectiva de género. I Congreso Virtual sobre Historia de las Mujeres; 2009; oct: Disponible en < [Consultado el ] 8. Manrique J, Fernández AI, Echevarría P, Figuerol MI, Teixidó J, Barranco MP. Historia de la profesión de Matrona. AgInf 2014; 18(69): García MJ, García AC. Fechas claves para la historia de las Matronas en España. Híades 1998/1999; (5-6): Iboleón MC. Matronas en la segunda mitad del siglo XX. Diferencias formativas y su impacto social. Híades 2008; 2(10): Gallego G, Miró M, Ferrer P, Gastaldo D. Las parteras y/o comadronas del siglo XVI: El manual de Damiá Carbó. Texto Contexto Enferm 2005; 14(4): Carmona I, Saiz MS. El bautismo de urgencia. Función tradicional de las matronas. Matronas Prof 2009; 10(4): Subirón AB, Germán C, Fernández A. Las primeras mujeres tituladas para la asistencia al parto en la Universidad de Zaragoza ( ). Disponible en < 2&id_seccion=5> [Consultado el ] 14. Subirón AB, Germán C, Fernández A, Blázquez I, Azón E, García MA. Los primeros 50 años de las matronas en la Universidad de Zaragoza ( ). Matronas Prof 2014; 15(4): Grupo Andaluz para la Investigación de la Historia de la Enfermería. Primer Reglamento en España para la enseñanza de Practicantes y Matronas (1861). Qalat Chabir 1994; 2(2): Poço AM, Gómez S, Campos TM, Velasco M. Formación de matronas en España desde la segunda mitad del s. XX hasta la actualidad. Referência 2014; 4(3):

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