El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz Sanciona con Fuerza de: LEY
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- Arturo Soler Torregrosa
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1 El Poder Legislativo de la Sanciona con Fuerza de: LEY LEY N 2644 Artículo 1.- APRUEBASE en todas sus partes el Acta Intención suscripto a los 25 días del mes de Noviembre del año 2002, entre el Estado Mayor General del Ejército, representado en este acto por el Subjefe del Estado Mayor General del Ejército, General de División Dn. Eusebio JURCZYSZYN y la Provincia de Santa Cruz, representada por el señor Gobernador, Doctor Néstor Carlos Kirchner, el cual tiene por objeto por parte del Estado Mayor General del Ejército el compromiso de realizar un estudio de factibilidad de permutar y ceder a la Provincia parte de una mayor fracción de terreno ubicado en el inmueble donde se asienta la actual Guarnición Ejército Argentino "Río Gallegos", con una extensión de sesenta (60) hectáreas, y como contraprestación la Provincia se compromete a realizar un estudio de factibilidad de construir para el Ejército Argentino, un nuevo Cuartel en la localidad de Comandante Luis Piedra Buena; el cual como Anexo I forma parte integrante de la presente. Artículo 2.- COMUNIQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.- DADA EN SALA DE SESIONES: RIO GALLEGOS; 10 de Abril de ARMANDO BYRON Secretario General Honorable Cámara de Diputados SELVA JUDIT FORSTMANN Vice Presidente 2 E/E Presidencia Honorable Cámara de Diputados
2 ACTA DE INTENCION ENTRE EL ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO Y LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ En la ciudad de RIO GALLEGOS, provincia de SANTA CRUZ, a los veinticinco días del mes de noviembre del año dos mil dos, entre el ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO, representado en este acto por el SUBJEFE DEL ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO, General de División EUSEBIO JURCZYSZYN, por una parte, en adelante, el "EJERCITO ARGENTINO" y la Provincia de SANTA CRUZ, representada en este acto por el señor Gobernador de esa Provincia, Doctor NESTOR CARLOS KIRCHNER, por otra parte, en adelante la "PROVINCIA", acuerdan suscribir la presente ACTA DE INTENCION, sujeta a las siguientes cláusulas: PRIMERA: El EJERCITO ARGENTINO, se compromete a realizar el estudio de factibilidad de permutar y ceder a la PROVINCIA, parte de una mayor fracción de terreno ubicado en el inmueble donde se asienta la actual Guarnición Ejército "RIO GALLEGOS", designado como: Circunscripción IV - Sección D, Fracción Ia, con una extensión aproximada de SESENTA (60) HECTAREAS, sobre la Avenida San Martín Nro 2215, perteneciente al ESTADO NACIONAL ARGENTINO, inscripta en el RPI de RIO GALLEGOS el 02 de setiembre de 1966, en el T 54 F , conforme el detalle indicado en el plano que se acompaña como Anexo I. SEGUNDA: Como contraprestación la PROVINCIA se compromete a realizar el estudio de factibilidad de construir para el EJERCITO ARGENTINO, un nuevo Cuartel en la Localidad de COMANDANTE LUIS PIEDRA BUENA, provincia de SANTA CRUZ, apto para el funcionamiento de DOS (2) UNIDADES MILITARES DE COMBATE y UN (1) BARRIO MILITAR, cuyos detalles específicos serán definidos en un ACTA COMPLEMENTARIA, a la presente, a conformar previo a la suscripción del CONVENIO DEFINITIVO. Dichas obras serán proyectadas por la PROVINCIA o un tercero a su cargo, conforme el registro de necesidades que formule el EJERCITO ARGENTINO a través del Organo Técnico pertinente y con el Visto Bueno al Proyecto, Cómputo y Presupuesto, las licitará, contratará "Llave en Mano" y entregará prestando acuerdo para que todas las etapas sean supervisadas y controladas por el Organo antes descripto. TERCERA: Asimismo en el marco del presente, la PROVINCIA, evaluará la construcción para el EJERCITO ARGENTINO de NUEVE (9) edificios destinados a: RANCHO Y COMEDOR, integrados; GIMNASIO; TRES (3) PARQUES integrados de DOS(2) plantas; DEPOSITO integrado; JEFATURA, de DOS (2) plantas; ALOJAMIENTO DE SOLDADOS VOLUNTARIOS (MASCULINOS Y FEMENINOS) con una capacidad para 100 personas; y SERVICIO ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO (SAF). Estas construcciones, que arrojan una superficie de DOCE MIL OCHOCIENTOS DIECINUEVE (12.819) metros cuadrados, se realizarán en el predio próximo al actual emplazamiento del COMANDO DE LA XIra BRIGADA MECANIZADA, dentro de la superficie del rectángulo de NUEVE COMA CINCO (9,5) HECTAREAS y de acuerdo al detalle consignado en el Anexo III. CUARTA: Las obras serán ejecutadas por la PROVINCIA, a través del área correspondiente del Ministerio de Economía y Obras Públicas en el terreno que permanecerá en poder del EJERCITO ARGENTINO, en la ciudad de RIO GALLEGOS y en el predio a determinar en la Localidad de COMANDANTE LUIS
3 PIEDRA BUENA, conforme al detalle indicado en los planos que se acompañan como Anexos I, II y III, que se acompañan y que deben tenerse como partes integrantes de la presente Acta. QUINTA: Las construcciones a realizar en la Localidad de COMANDANTE LUIS PIEDRA BUENA, deberán contar con las siguientes instalaciones: Edificio JEFATURA de cada una de las Unidades Militares; GUARDIA DE PREVENCION; CASINO DE OFICIALES; CASINO DE SUBOFICIALES, ALOJAMIENTOS PARA SOLDADOS VOLUNTARIOS MASCULINOS Y FEMENINOS; RANCHO Y COMEDOR integrado; ENFERMERIA; SECCION INTENDENCIA; DEPOSITO GUARNICIONAL; PARQUES; LAVADEROS para vehículos; TALLER DE MANTENIMIENTO GUARNICIONAL; SECCION ARSENALES GUARNICIONAL; GIMNASIO; CENTRO DE COMUNICACIONES FIJO; USINA; POLVORIN; POLIGONO; HELIPUERTO; PLAZA DE ARMAS, con una superficie cubierta a construir de TREINTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y TRES (39.363) metros cuadrados, sobre un terreno para instalar el referido cuartel de CINCUENTA Y CINCO (55) HECTAREAS, aproximadamente y de acuerdo al detalle indicado en el plano que se acompaña como Anexos II. Este estudio incluye evaluar la construcción de un BARRIO MILITAR compuesto por DOSCIENTAS (200) Viviendas de CIENTO CINCUENTA (150) metros cuadrados aproximadamente cada una y que cuenten con las siguientes comodidades mínimas: Estar-Comedor, Cocina, TRES (3) dormitorios, baño principal y de servicio, lavadero y cochera. Las partes dejan expresa constancia que se incluyen en estas construcciones, las Obras Complementarias y Servicios Públicos necesarios para el normal funcionamiento y capacidad operativa tanto de las Unidades Militares como para el Barrio Militar, tales como agua, luz, gas, etc. Como se expresara anteriormente, los detalles específicos serán definitivos en un ACTA COMPLEMENTARIA a la presente en similares términos a los estipulados en la Cláusula SEGUNDA. SEXTA: En la o las licitaciones correspondientes, a realizar por cuenta y orden de la PROVINCIA se implementará un procedimiento que permita el asesoramiento en la confección y aprobación del proyecto por parte del EJERCITO ARGENTINO, quien también asesorará en la inspección de la obra durante la ejecución de los trabajos. SEPTIMA: Las partes convienen expresamente que permanecerán en poder del EJERCITO ARGENTINO y en pleno funcionamiento, los siguientes edificios y predios, comprendidos en la superficie comprendida en el rectángulo de NUEVE COMA CINCO (9,5) HECTAREAS, que se detalla en el Anexo I y III: 1. COMANDO DE LA XIra BRIGADA MECANIZADA. 2. CENTRO FIJO DE COMUNICACIONES. 3. CASINO DE OFICIALES DE LA GUARNICION EJERCITO "RIO GALLEGOS". 4. JEFATURA DEL REGIMIENTO DE INFANTERIA MECANIZADO PLAZA DE ARMAS DEL REGIMIENTO DE INFANTERIA MECANIZADO GUARDIA DE PREVENCION 7. ALOJAMIENTO DE SOLDADOS VOLUNTARIOS FEMENINOS. 8. CENTRO MEDICO CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS. 9. BARRIO MILITAR "MALVINAS ARGENTINAS" 10. PREDIO necesario para la instalación y construcción, de las obras señaladas en la Cláusula SEGUNDA y comprendido en la superficie rectangular referida.
4 OCTAVA: Las partes convienen expresamente que todos los gastos emergentes de las distintas mensuras y deslindes de los edificios y predios señalados precedentemente, serán a cargo exclusivo de la PROVINCIA. NOVENA: Asimismo las partes acuerdan que todos los edificios ubicados en el predio restante a ceder a la PROVINCIA, serán íntegramente demolidos y los materiales provenientes de los mismos, quedarán en propiedad del EJERCITO ARGENTINO. DECIMA: La presente ACTA DE INTENCION se confecciona Ad-Referendum del JEFE DEL ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO, para lo cual ambas partes efectuarán la totalidad de los pasos legales y administrativos necesarios. Por razones operativas la posesión de los inmuebles que se transfieren entre las partes contratantes se efectivizarán en forma, una vez que la totalidad de las construcciones comprometidas por la PROVINCIA de SANTA CRUZ, se encuentren en condiciones de ser recepcionadas por el EJERCITO ARGENTINO. Previa lectura y de conformidad las partes firman SEIS (6) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados precedentemente.
5 RIO GALLEGOS, 16 DE ABRIL DE VISTO: La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 10 de Abril del año 2003, mediante la cual se APRUEBA en todas sus partes el Acta Intención suscripto a los 25 días del mes de Noviembre del año 2002, entre el Estado Mayor General del Ejército, representado en este acto por el Subjefe del Estado Mayor General del Ejército, General de División, don Eusebio JURCZYSZYN y la, representada por el señor Gobernador, Doctor Néstor Carlos KIRCHNER, el cual tiene por objeto por parte del Estado Mayor General del Ejército el compromiso de realizar un estudio de factibilidad de permutar y ceder a la Provincia parte de una mayor fracción de terreno ubicado en el inmueble donde se asienta la actual Guarnición Ejército Argentino "Río Gallegos", con una extensión de sesenta (60) hectáreas, y como contraprestación la Provincia se compromete a realizar un estudio de factibilidad de construir para el Ejército Argentino, un nuevo Cuartel en la localidad de Comandante Luis Piedra Buena, el cual como ANEXO I forma parte integrante de la presente; y CONSIDERANDO: Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los Artículos 106 y 119 de la Constitución Provincial, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su promulgación; Por ello; EL VICEPRESIDENTE PRIMERO DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA A CARGO DEL DESPACHO DEL PODER EJECUTIVO DECRETA: Artículo 1.- PROMULGASE, bajo el Nº 2644, la Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 10 de Abril del año 2003, mediante la cual se APRUEBA en todas sus partes el Acta Intención suscripto a los 25 días del mes de Noviembre del año 2002, entre el Estado Mayor General del Ejército, representado en este acto por el Subjefe del Estado Mayor General del Ejército, General de División, don Eusebio JURCZYSZYN y la Provincia de Santa Cruz, representada por el señor Gobernador, Doctor Néstor Carlos
6 KIRCHNER, el cual tiene por objeto por parte del Estado Mayor General del Ejército el compromiso de realizar un estudio de factibilidad de permutar y ceder a la Provincia parte de una mayor fracción de terreno ubicado en el inmueble donde se asienta la actual Guarnición Ejército Argentino "Río Gallegos", con una extensión de sesenta (60) hectáreas, y como contraprestación la Provincia se compromete a realizar un estudio de factibilidad de construir para el Ejército Argentino, un nuevo Cuartel en la localidad de Comandante Luis Piedra Buena, el cual como ANEXO I forma parte integrante de la presente.- Artículo 2.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de la Secretaría General de la Gobernación.- Artículo 3.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.- Lic. LUIS RICARDO PALACIO Ministro de la Secretaría General de la Gobernación Dr. HECTOR ICAZURIAGA Vicepresidente 1 Honorable Cámara de Diputados En Ejercicio de la Presidencia a/c. del Despacho del Poder Ejecutivo DECRETO N 1061/03.-
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