---- Es-VfaJJ.:; ~~. J~(\4~., (2,<1 Hi)j 2 {J.J. i-2.9- f- 2o () . ~ f."-[ l; Qc-<VJ~~) '-tbic) e.l\~~ :if ~1~~., - a~~ t-~ -,J
|
|
- Manuel Hernández Quiroga
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 i-2.9- f- 2o () Sra. Presidenta de Ia Legislatura: Maria Eugenia Vidal. Presentamos este proyecto sobre el Sistema de Transparencia e Informacion Comunal, referente a las Comunas de Ia Ciudad Aut6noma de Buenos Aires, para que sea tratado en las comisiones que usted crea conveniente... Saluda Atte. El Espacio Vecinal 9 Autor: Sergio Narkevicius Coautora: Vanin ---- Es-VfaJJ.:; s~. ~ f."-[ l; Qc-<VJ~~) '-tbic) e.l\~~ ~~. J~(\4~., (2,<1 Hi)j 2 {J.J :if ~1~~., - a~~ t-~ -,J
2 Proyecto de Ley Sistema de Transparencia e Informacion Comunal Capitulo l. Objeto. Articulo 1.- Crease el Sistema de Transparencia e Informaci6n Comunal, que es el mecanismo de caracter obligatorio para las Juntas Comunales y los Consejos Consultivos Comunales sobre la publicaci6n de su trabajo, reuniones y resoluciones y en la participaci6n de la ciudadania en el proceso de las tomas de decisiones y el control de los asuntos publicos como lo establece en el inciso b del articulo 3 de la Ley Capitulo 2. Composition y Funcionamiento. Articulo 2.- El sistema de Transparencia e lnformaci6n Comunal estara constituido por: a. Libro de trabajo y de aetas de la Junta Comunal y el Consejo Consultivo Comunal. b. P{lgina web de cada Comuna c. Foro Comunal Barrial. d. Reclamos. Capitulo 3. Libro de trabajo y de aetas de Ia Junta Comunal y el Consejo Consultivo Comunal. Articulo 3.- La Junta Comunal y los Consejos Consultivos Comunales tendran 3 tipos de libros con documentaci6n legal que se detallan a continuaci6n: a. Libro de acta provisoria. b. Libro de acta definitiva c. Libro de trabajo Articulo 4.- Libro de acta provisoria que podra ser utilizado segiln lo establezca su reglamento hasta que se defina el acta definitiva, debera ser por escrito y de forma legible. a. Seran enumerados en forma correlativa, con fecha, hora de inicio y fin, lugar, cantidad de personas presentes y personas habilitadas con voz y voto b. Temas tratados y propuestos. c. En caso que se realice alguna votaci6n deberan figurar el tema o proyecto aprobado y la cantidad de votos positivos y negativos por cada moci6n de orden. 1. En el caso de la Junta Comunal se debera decir como voto cada integrante. 2. En el caso de los Consejo Consultivos Comtmales se debera detallar como voto cada persona con voz y voto. Ultimo cambio 1)6/04 '2Cll5 ~ "2:00 - Cllltidad dec~ ll Mrc~ i l.\mtidad de palahras l ()6(, i):l~, l 1()
3 d. Debera estar firmado por los responsables legales de la Junta Comunal o del Consejo Consultivo Comunal. Articulo 5.- Libro de aetas definitivo, se realizara del mismo modo que el acta provtsona. a. Antes de aprobar el acta definitiva se debera constatar que no exista disconformidad alguna b. En caso que haya alguna disconformidad se discutiran los temas en conflicto hasta llegar a un acuerdo definitivo, seg\m lo establezca el reglamento de funcionamiento. Articulo 6.- Libro de trabajo para la Junta Comunal: debera contener toda la documentaci6n fehaciente al respecto de los proyectos y temas tratados por cada integrante, las notas, reclamos o pedidos de informes a otros organismos publicos realizados por la Junta Comunal o por alguno de sus miembros y detallando la fecha, organismo o instituci6n, temas involucrados y el nl1mero de expedientes correspondientes; las resoluciones y declaraciones de la Junta Comunal. Articulo 7.-Libro de trabajo para el Consejo Consultivo: debera contener toda la documentaci6n fehaciente respecto de los proyectos y temas tratados por el plenario o las Comisiones, con sus aetas, resoluciones o declaraciones de los Plenarios o Comisiones. a. En Todos los casos que se llegue a consenso o se realicen votaciones de aprobaci6n de alg\m proyecto o tema en los Plenarios o Comisiones, debeni figurar el nombre y apellido del vecino y su voto en el acta como lo establece el articulo 4. Articulo 8.- Los libros de aetas y ellibro de trabajo seran de caracter publico y podn'ln ser vistos por cualquier vecino, persona o instituci6n, en el mismo momento que se lo solicite, deberan estar actualizados cada 48 horas desde su Ultima publicaci6n. Articulo 9.- La Junta Comunal sera la responsable del cuidado y almacenamiento de dichos libros, El libro de acta definitivo y el libro de trabajo no podran salir del establecimiento de la Junta Comunal. Capitulo 4. Pagina Web. Articulo 10.- Cada Comuna tendra que tener una Pagina Web con un dominio registrado con el formato comuna.x.gob.ar o comunaxx.gob.ar, seg\m corresponda por lo establecido en la Ley a. El registro del dominio deben1 ser efectuado por el Gobiemo de la Ciudad Aut6noma de Buenos Aires y la renovaci6n del dominio estara a cargo de este. b. El gasto del alta del dominio y la renovaci6n estara a cargo de cada Junta Comunal. c. El disefio y el mantenimiento de la Pagina Web estara a cargo de cada Junta Comunal, siempre respetando el cumplimiento de esta Ley. d. La P3.gina Web de la Ciudad Aut6noma de Buenos Aires debera tener unlink de acceso para cada una de las Paginas Web de las 15 Comunas. [ Iltuno camhio: 06/ R:S:::OO - Canl idad de c:t' act etc,; l 1 ll7:1- Ca 1lidad de palahras I ()6f, Fag. 2/t)
4 Articulo 11.- La Pagina Web de cada Comuna debeni estar separada en 4 secciones como se detalla a continuacion: a. Seccion referida a la Junta Comunal b. Seccion referida a los Consejos Consultivos Comunales. c. Seccion referida al Foro Comunal Barrial. d. Seccion de reclamos. Articulo 12.- Informacion Obligatoria de la Seccion de las Juntas Comunales que se detalla a continuacion: a. Las Leyes 1777 y 1964 y si hubiera otras leyes concordantes, decretos y resoluciones del Poder Ejecutivo que sean de su competencia o referidos a las Comunas; estos deberan ser actualizados con un plazo no mayor de 10 dias de ser notificado en el Boletin Oficial. b. Deben\ contener el numero de Comuna y el nombre de los barrios que la componen. c. Nombres y Apellidos de los integrantes de la Junta Comunal, como las diferentes aereas de Gestion de competencia y funciones de cada integrante. d. El reglamento internode la Junta Comunal. e. Todas las aetas de la Junta Comunal, tanto provisorias como definitivas, con un plazo no mayor de 5 dias de haberla realizado. f. Las Resoluciones y Declaraciones de la Junta Comunal. g. Lugar, fecha, hora y el temario de sesiones de la Junta Comunal. h. Publicacion de la Agenda Comunal de cada integrante. i. Cantidad de personal de la Comuna, con sus cargos y funciones. j. Publicar el Registro de entidades vecinales que le establece el Articulo 26 inciso k de laley k. copias fehacientes de pedidos de informes, proyectos o notas presentadas ala Junta Comunal, solicitados por el Consejo Con'iultivo Comunal o por los vecinos, conteniendo el numero de expediente. I. Publicar las notas, escritos o expedientes realizados por la Junta Comunal presentados ante el Gobierno de la Ciudad Autonoma de la Buenos Aires u otros Organismos Publicos, con su destinatario, fecha y numero de expediente. m. Informe Semestral presentado ante el Consejo Consultivo Comunal. n. Anteproyecto Anual presentado ante la Legislatura ft. Publicar informes trimestrales sobre la ejecucion del presupuesto de la Comuna, remitidos a1 Poder Ejecutivo para su publicacion, informando fecha y nilmero de expedient e. Articulo 13.- Informacion Obligatoria de la Seccion del Consejo Consultivo Comunal que se detalla a continuacion: a. La norma del Funcionamiento. b. Aetas provisoria o definitiva de los plenarios, cornisiones u otra estructura organica de funcionarniento. c. Temario con fecha, Iugar y hora del plenario a realizarse, con antelacion a los 20 dias. d. Temarios y reuniones de cornisiones u otra estructura de funcionamiento con antelacion a los 10 dias de su inicio. e. Resoluciones, declaraciones y proyectos presentados ante la Junta Comunal. f. Autoridades actuales del Consejo Consultivo Comunal, segiln las norrnas legales vigentes. Ultimo camhw: l)hio V2\l l 1< s: :OO 1. <mhlad.!c, ::r wtne '1 '115 - Cl,ntidml de nalnhras. fll(,l a~:. t<
5 g. Integrantes y participantes de los plenarios, conus10nes y otras estructuras de funcionarniento. h. Todos los incisos mencionados anteriormente deberan ser presentados ante la Junta Comunal 48 horas posteriores de haberse realizado para ser publicadas. Articulo 14.-La Junta Comunal a partir del momento que recibe dicha informacion tendra 48 horas para publicarlo. Capitulo 5. Foro Comunal Barrial. Articulo 15.- Se crean foros de discusi6n llarnados Foro Comuna1 Barrial proyectos y temas que estan siendo tratados por el Consejo Consultivo Comunal. de Articulo 16.- los foros pueden ser de temas o proyectos que esten tratando las cornisiones u otras estructuras de funcionamiento del Consejo Consultivo Comunal o de proyectos y temas que esten siendo tratados en los distintos plenarios. Articulo 17.- Los foros de cada tema estaran abtertos por 60 dias. a. Seran abierto a los 5 dias que cada tema o proyecto conste en acta y haya sido planteado en el plenario o la cornisi6n pertinente. b. Deberan tratarse en el plenario siguiente del Consejo Consultivo Comunal, pasada Ia fecha establecida de cierre del foro. Articulo 18.- Las opiniones de Foro Comunal Barrial son de consideraci6n obligatoria por el Consejo Consultivo Comunal y las decisiones finales seran de forma presencia! por medio de los plenarios o cornisiones. Articulo 19.-Debeni haber un libro de regtstro para que partlctpen los vecinos dorniciliados en Ia Comuna o en cada barrio, Ellibro de registro debera ser llevado por Ia Junta Comunal y controlara el domicilio legal y Ia veracidad de los datos de los inscriptos. Articulo 20.-La inscripci6n se podra hacer por escrito o via mail a Ia Junta Comunal, presentando nombre y apellido, domicilio legal y DNI, la Junta Comunal debeni constatar dicha documentaci6n. Capitulo 6. Reclamos. Articulo 21.- Se creara una secci6n de reclamos efectuados por los vecinos, de las competencias exclusivas y concurrentes de las Comunas. Articulo 22.- Debeni especificar la cantidad de reclamos de un deterrninado tema con Ia fecha y el seguimiento del rnismo. Articulo 23.- Fecha de ejecuci6n y responsable del area. TJ1tnnueamhio: ()6/rH.?.:ll :. g 5~:00 - Ci!rtlH!ad dt: Clll.t< terl' 1 i 175- C;.ntidad de nalahras. 1966
6 Articulo 24.- Los reclamos de las competencias exclusivas nose podnl.n exceder de 30 dias de efectuado el primer reclamo. Articulo 25.- El disefio y la implementaci6n de los foros y los reclamos estaran a cargo de cada Junta Comunal. Articulo 26.- Apruebese y comuniquese. iilumocamhin:\jt.!li4,2t!i~4:"2:00- CtPhla.lclt:Ui t,klt's oii)'?."-cantidaddep;dabras:!<lo( ):i:.l. 5.h
7 FUNDAMENTOS. Sra. Presidenta. Las Comunas son unidades de gestion politica y administrativa descentralizada con competencia territorial, patrimonio y personeria juridica propia, como lo establece el Articulo 2 de la ley Por consiguiente una forma de gobiemo independiente al Gobiemo de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires. El articulo 2 de la Constitucion de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires, establece que todos los actos de Gobiemo son publicos, y en nuestro Pais tanto el Gobiemo Nacional, las Provincias, los Municipios y todos los organos publicos tienen pagina Web para que la ciudadania conozca su trabajo, con dominios especificos, en el caso de las Comunas son Gobiemos independientes y deben tener una pagina Web de acceso gratuito a toda la ciudadania para que conozca su trabajo y que permita facilitar la participacion de la ciudadania en el proceso de toma de decisiones y en el control de los asuntos publicos como lo establece el inciso b del articulo 3 de la Ley I 777, por tal motivo se presenta este proyecto para que cada Comuna tenga su pagina Web con dominio.gob.ar. El costo del alta y Ia renovacion del dominio gob.ar segiln la pagina de NJC Argentina es de 65$ en ambos casos monto por el cuallas Juntas Comunales pueden costear con su presupuesto, al igual que en los servidores de alojamientos de dichas paginas puede ser costeados por las Comunas, ejemplo de esto es elserver.com cuesta 300 pesos al mes, gastos que pueden afrontar las Juntas Comunales. Las Juntas Comunales son un Gobiemo Colegiado de 7 miembros y los Consejos Consultivos Comunales son organismo consultivo y honorario de participacion popular, organismos publicos de participacion ciudadanas independientes a las Juntas comunales ya que estos efecruan el control de las Juntas Comunales. Por consiguiente el reglamento y el trabajo de Los Consejos Consultivos Comunales deben ser publicos y de acceso libre a todos los ciudadanos. Las Juntas Comunales y los Consejos Consulttvo Comunales no hacen publica la informacion de su labor, donde quedan constancias los reclamos efectuados por los vecinos y organizaciones vecinales como el Espacio V ecinal 9 efectuados ante los distintos organismo de control actuacion 4281/2013 de la Defensoria de Ia Ciudad Autonoma de Buenos Aires, Expediente I 7 54/2013 de la Auditoria General de la Ciudad. La Defensoria de la Ciudad emitio Ia Resolucion 0505/14 para que las Comunas hagan publica la informacion. Por lo explicado anteriormente, solicitamos su tratamiento y su aprobacion. ljltillloc<jtnbi<' 06/().,f2ti[5 ~ 52:00- ( illliidad decncten:- 1: 17) -CmtiJadJepdhthras. ;C)()<) I ':i! (>/6
AJUNTAMENT DE TAVERNES BLANQUES
ORDENANZA REGULADORA DE LA CREACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO MUNICIPAL DE ASOCIACIONES VECINALES EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El Ayuntamiento de Tavernes Blanques, a través de la presente Ordenanza, tiene
Más detalles13.2 de la Ley 28/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Propuesta Concejalía Delegada de Bienestar Social Expte. Área de Bienestar Social Asunto: BASES REGULADORAS DEL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE AYUDAS SOCIALES PARA LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO Y MATERIAL
Más detallesEl artículo 45 del Reglamento antes citado, desarrolla este precepto, precisando lo siguiente:
Informe 0105/2010 La consulta plantea si resulta conforme a la normativa de protección de datos el envío de comunicaciones publicitarias, relativas a los servicios que presta la empresa consultante, a
Más detallesEl Código Fiscal de la Federación, en su artículo 6º nos plasma la forma de generación del
CAPITULO 3 EL NACIMIENTO Y FIN DEL CRÉDITO FISCAL. 3.1.- Causa u origen del crédito tributario. El Código Fiscal de la Federación, en su artículo 6º nos plasma la forma de generación del crédito fiscal,
Más detallesProcedimiento y Pautas básicas a tener en cuenta para la puesta en producción de un sistema
Procedimiento y Pautas básicas a tener en cuenta para la puesta en producción de un sistema Objetivo El presente procedimiento tiene como objetivo establecer y describir las tareas a desarrollar para efectuar
Más detallesREGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE LA TERCERA EDAD
REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE LA TERCERA EDAD REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE LA TERCERA EDAD FUNDAMENTACIÓN La necesidad del cumplimiento de los derechos establecidos en la Constitución, hace
Más detallesASOCIACIONES DE MUNICIPALIDADES. Álvaro Villanueva R. alvaro.villanueva@subdere.gov.cl Marzo 2012
ASOCIACIONES DE MUNICIPALIDADES Álvaro Villanueva R. alvaro.villanueva@subdere.gov.cl Marzo 2012 1 TIPOS DE ORGANIZACIONES EN LAS QUE PUEDE PARTICIPAR UNA MUNICIPALIDAD 2 MUNICIPALIDADES CORPORACIONES
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 54 MARTES 5 DE MARZO DE 2013 Pág. 11 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Educación, Juventud y Deporte 2 ORDEN 502/2013, de 25 de febrero, por la que se regula el
Más detallesINSTRUCTIVO DEL PROCEDIMIENTO DE VACANCIA DE AUTORIDADES MUNICIPALES 1
INSTRUCTIVO DEL PROCEDIMIENTO DE VACANCIA DE AUTORIDADES MUNICIPALES 1 Conforme a la Ley Orgánica de Municipalidades (LOM), el procedimiento de vacancia debe seguir los siguientes pasos: I) SOLICITUD DE
Más detallesATRIBUCIONES DE LOS SECRETARIOS MUNICIPALES EN RELACIÓN CON LA NORMATIVA SOBRE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y OTORGAMIENTO DE PERSONALIDAD JURÍDICA
ATRIBUCIONES DE LOS SECRETARIOS MUNICIPALES EN RELACIÓN CON LA NORMATIVA SOBRE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y OTORGAMIENTO DE PERSONALIDAD JURÍDICA MUNICIPALIDADES. DEFINICIÓN Constitución Política de la República
Más detallesBoletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
Pág. 45308 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN A. DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ORDEN FAM/585/2015, de 1 de julio, por la que se regulan los contenidos, duración,
Más detallesDISPONGO. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
ORDEN 502/2013, DE 25 DE FEBRERO DE 2013, DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN,, POR LA QUE SE REGULA EL PROCEDIMIENTO A SEGUIR PARA SOLICITAR EL CAMBIO DE JORNADA ESCOLAR EN LOS CENTROS PÚBLICOS QUE IMPARTEN
Más detallesREGLAMENTO PARA LA DEFENSA DEL CLIENTE
REGLAMENTO PARA LA DEFENSA DEL CLIENTE DE CAJA LABORAL POPULAR COOP. DE CRÉDITO Y DE LAS ENTIDADES DE SU GRUPO ECONÓMICO SECCIÓN I. EL SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Artículo 1. Objeto del Servicio de
Más detallesReglamento de ejecución de la Ley de nombres comerciales, denominaciones sociales y rótulos de establecimiento
Reglamento de ejecución de la Ley de nombres comerciales, denominaciones sociales y rótulos de establecimiento EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El Reglamento de ejecución de la Ley de nombres comerciales, denominaciones
Más detallesTienda Virtual Synergy (Parte 2)
Tienda Virtual Synergy (Parte 2) El catálogo electrónico de productos es la base de toda la aplicación por lo que siempre será necesario instalarlo. Los siguientes dos módulos (tienda virtual y módulo
Más detallesREGLAMENTO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA
REGLAMENTO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA REGLAMENTO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA TÍTULO PRELIMINAR DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 Es objeto del presente Reglamento, la regulación de las normas referentes
Más detallesCAPITULO II LEY DE LA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
CAPITULO II LEY DE LA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Por el Decreto Ley 21435 se promulgó la Ley de la Pequeña Empresa de Propiedad Privada, con el objeto de promover su desarrollo y contribución
Más detallesBASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO
BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO 1.ª Objeto y finalidad. El objeto de las presentes bases es regular la concesión de subvenciones del Ayuntamiento
Más detallesUNIVERSIDAD DE JAÉN Servicio de Gestión Académica. Nuevo proceso en la tramitación de las devoluciones de precios públicos a través de UXXI-AC
Nuevo proceso en la tramitación de las devoluciones de precios públicos a través de UXXI-AC PROCEDIMIENTO EN LA GESTIÓN DE LAS DEVOLUCIONES El sistema generará recibos negativos sobre la base de los importes
Más detallesDecreto 169/1995, de 16 de junio, sobre regulacion de los registros de Altos Cargos (DOG 117, 20/06/1995) 1
Decreto 169/1995, de 16 de junio, sobre regulacion de los registros de Altos Cargos (DOG 117, 20/06/1995) 1 Artículo 1. Se regulan, dependiendo de la Inspección General de Servicios de la Consellería de
Más detallesMinisterio de Industria y Secretaría de Comercio NOMENCLATURA DEL COMERCIO EXTERIOR
Ministerio de Industria y Secretaría de Comercio NOMENCLATURA DEL COMERCIO EXTERIOR Resolución Conjunta 214/2014 Sec. Comercio y 123/2014 Ministerio de Industria Resolución Conjunta Nº 25/2013 y Nº 36/2013.
Más detallesLas entidades aseguradoras españolas y las sucursales en España de las mismas deben disponer de un Reglamento para la Defensa del Cliente, tal y como
Las entidades aseguradoras españolas y las sucursales en España de las mismas deben disponer de un Reglamento para la Defensa del Cliente, tal y como establece el artículo 8.1 de la ORDEN ECO/734/2004,
Más detalles- 1 - Pauta de Administración del Sitio
- 1 - Pauta de Administración del Sitio ÍNDICE I. INTRODUCCIÓN II. PERFILES DE LOS DISTINTOS USUARIOS DEL ADMINISTRADOR DE CONTENIDOS III. RESPONSABILIDADES DE LOS USUARIOS DEL ADMINISTRADOR DE CONTENIDOS
Más detallesSOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE
SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE SEGÚN EL CÓDIGO DE COMERCIO, DECRETO NÚMERO 2-70 DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA ARTÍCULO 68. SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE. Sociedad en comandita simple, es la compuesta
Más detallesREGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE. Deberes de información de Iberia Cards con sus clientes
REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE ARTÍCULO 1º Deberes de información de Iberia Cards con sus clientes 1. La actuación del Departamento de Atención al Cliente se rige por la Orden ECO/734/2004,
Más detalles6. RESPONSABILIDADES DE LOS PRESTADORES DE SERVICIOS DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN
28 6. RESPONSABILIDADES DE LOS PRESTADORES DE SERVICIOS DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN 6.1 Responsabilidad general Las empresas o profesionales que ofrezcan servicios de la sociedad de la información
Más detallesREGLAMENTO DEL REGISTRO DE SOCIEDADES PROFESIONALES DEL COLEGIO DE ECONOMISTAS DE ALICANTE
REGLAMENTO DEL REGISTRO DE SOCIEDADES PROFESIONALES DEL COLEGIO DE ECONOMISTAS DE ALICANTE Artículo 1. Constitución, objeto y finalidad. El presente Reglamento tiene por objeto el desarrollo de los artículos,
Más detallesLINEAMIENTOS GENERALES TRABAJO DE GRADO OPCIÓN EMPRENDIMIENTO
LINEAMIENTOS GENERALES TRABAJO DE GRADO OPCIÓN EMPRENDIMIENTO Teniendo en cuenta los parámetros establecidos por la Facultad de Administración para la elaboración de trabajos de grado para optar a titulo
Más detallesTÍTULO II. Estatuto de los concejales. Capítulo I Derechos y deberes
Artículo 5. Organización. El órgano de dirección del Pleno es su presidente, que en el desarrollo de sus funciones contará con la asistencia de la Secretaría General del Pleno y la Junta de Portavoces.
Más detallesGOBIERNO DEL ESTADO - PODER EJECUTIVO
PERIODICO OFICIAL 17 DE NOVIEMBRE - 2006 PAGINA 11 GOBIERNO DEL ESTADO - PODER EJECUTIVO Juan Manuel Oliva Ramírez, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Guanajuato, en ejercicio de
Más detallesHonorable Concejo Municipal de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz
1 EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ, SANCIONA LA SIGUIENTE Art. 1º: Art. 2º: Art. 3º: O R D E N A N Z A El objeto de la presente ordenanza es regular el ejercicio
Más detallesI. DISPOSICIONES GENERALES Presidencia del Gobierno
1999/096 - Martes 20 de Julio de 1999 I. DISPOSICIONES GENERALES Presidencia del Gobierno 1218 DECRETO 378/1999, de 8 de julio, del Presidente en funciones, por el que se regula la organización y el funcionamiento
Más detallesComunicación de datos entre empresas de un mismo grupo. Informe 325/2004
Comunicación de datos entre empresas de un mismo grupo. Informe 325/2004 Comunicación de datos dentro de empresas de un mismo grupo previo consentimiento. I La consulta plantea si resulta conforme a derecho
Más detallesPONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA ARGENTINA FEDERACIÓN DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA ARGENTINA (FEUCA) ESTATUTO DE LA FEDERACIÓN TÍTULO I
PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA ARGENTINA FEDERACIÓN DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA ARGENTINA (FEUCA) ESTATUTO DE LA FEDERACIÓN Aprobado por Consejo Superior en su reunión de fecha 10 de agosto
Más detallesTABLA DE DECISION. Consideremos la siguiente tabla, expresada en forma genérica, como ejemplo y establezcamos la manera en que debe leerse.
TABLA DE DECISION La tabla de decisión es una herramienta que sintetiza procesos en los cuales se dan un conjunto de condiciones y un conjunto de acciones a tomar según el valor que toman las condiciones.
Más detallesRADION Registro Central de Actividades Laborales con Exposición a la Radiación Natural. Manual de Usuario
RADION Registro Central de Actividades Laborales con Manual de Usuario 1 ÍNDICE 1. INTRODUCCIÓN... 3 2. LOGIN... 4 3. ENVÍO INSTALACIONES... 6 4. BUSCAR INSTALACIONES... 11 5. GESTIÓN DE USUARIOS... 13
Más detallesReglas de Procedimiento y Prueba
Reglas de Procedimiento y Prueba Las Reglas de Procedimiento y Prueba constituyen un instrumento para la aplicación del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, al cual están subordinadas en todos
Más detallesComentarios al Real Decreto 1619/2012 por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación realizados por el REAF
Comentarios al Real Decreto 1619/2012 por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación realizados por el REAF 0. Introducción Esta norma, de aplicación a partir
Más detallesRegistro de Contratos de seguro con cobertura de fallecimiento. Informe 125/2006
Registro de Contratos de seguro con cobertura de fallecimiento. Informe 125/2006 La consulta plantea tres cuestiones relacionadas con la aplicación de la Ley 20/2005, de 14 de noviembre, de creación del
Más detallesMANUAL DE ATENCIÓN A LA COMUNIDAD DLTD DRUMMOND LTD OFICINAS DE ATENCIÓN AL USUARIO. Calle 4 N 4-104 La Loma 5533244
MANUAL DE ATENCIÓN A LA COMUNIDAD DLTD DRUMMOND LTD OFICINAS DE ATENCIÓN AL USUARIO Calle 4 N 4-104 La Loma 5533244 Oficina Instalaciones del SENA - La Jagua de Ibirico Departamento del Cesar, Colombia
Más detallesREGLAMENTO DOCUMENTOS QUE DEBEN REMITIR SOCIEDADES SUJETAS A CONTROL. Informativo No. 7 Marzo 2014 RESUELVE:
REGLAMENTO DOCUMENTOS QUE DEBEN REMITIR SOCIEDADES SUJETAS A CONTROL Resolución de la Superintendencia de Compañías 5 Registro Oficial 209 de 21-mar-2014 Estado: Vigente Estimados Amigos y Clientes: A
Más detallesREGLAMENTO DE LA LEY DEL GUIA DE TURISMO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO DE LA LEY DEL GUIA DE TURISMO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Objeto El presente dispositivo establece las normas reglamentarias de la Ley N 28529, Ley del Guía de Turismo.
Más detallesADMINISTRACIÓN DEL MERCADO ELÉCTRICO CONVOCATORIA
CONVOCATORIA LA ADMINISTRACIÓN DEL MERCADO ELÉCTRICO CONVOCA A EMPRESAS ESPECIALIZADAS PARA REALIZAR AUDITORIAS TÉCNICAS DEL SISTEMA DE MEDICIÓN DE LOS USUARIOS DEL SISTEMA DE MEDICIÓN COMERCIAL (SMEC)
Más detallesCONCURSO. Fotografiando el cielo desde San Luis III
CONCURSO Fotografiando el cielo desde San Luis III Bases y Condiciones del Concurso A continuación se exponen las bases y condiciones del Concurso Fotografiando el cielo desde San Luis III, organizado
Más detallesESTATUTOS DE LA CONFERENCIA DE DECANOS DE CENTROS UNIVERSITARIOS CON TÍTULOS DE MAGISTERIO Y EDUCACIÓN
ESTATUTOS DE LA CONFERENCIA DE DECANOS DE CENTROS UNIVERSITARIOS CON TÍTULOS DE MAGISTERIO Y EDUCACIÓN CAPITULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO. Artículo 1. Con la denominación de Conferencia
Más detallesCLÁUSULAS DOMINIOS WEB
CL Florida 58 1º- 3ª 01005 Vitoria (Álava) España CLÁUSULAS DOMINIOS WEB Adaptación LOPD realizada por TERRALOGIA 902 01 47 87 www.terralogia.es Francisca Vargas Real, en cumplimiento de lo dispuesto en
Más detallesMANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE OBRAS PÚBLICAS
MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE OBRAS PÚBLICAS INTRODUCCIÓN El presente manual se integra en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 25 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados
Más detallesReal Decreto 382/1986, de 10 de febrero, por el que se crea, organiza y regula el Funcionamiento del Registro de Entidades Locales.
Real Decreto 382/1986, de 10 de febrero, por el que se crea, organiza y regula el Funcionamiento del Registro de Entidades Locales. La Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local,
Más detallesComunicación y consulta de horas de formación profesional continuada realizadas por los censores de cuentas.
Circular nº G06/2013 Área: Departamento de Formación Asunto: Extensión: Comunicación y consulta de horas de formación profesional continuada realizadas por los censores de cuentas. A todos los miembros
Más detallesOperación 8 Claves para la ISO 9001-2015
Operación 8Claves para la ISO 9001-2015 BLOQUE 8: Operación A grandes rasgos, se puede decir que este bloque se corresponde con el capítulo 7 de la antigua norma ISO 9001:2008 de Realización del Producto,
Más detallesPolíticas de uso Portal Terminales Medellín www.terminalesmedellin.com
Políticas de uso Portal Terminales Medellín www.terminalesmedellin.com 1. Audiencia Esta política aplicará para todos los usuarios que hagan uso del portal de Terminales Medellín (www.terminalesmedellin.com)
Más detallesManual del Usuario. Sistema de Help Desk
Manual del Usuario Sistema de Help Desk Objetivo del Manual El siguiente manual tiene como objetivo proveer la información necesaria para la correcta utilización del sistema Help Desk. Describe los procedimientos
Más detallesCongreso de Colegios Católicos, Una pasión que se renueva. Pontificia Universidad Católica de Chile. Septiembre 2015.
Panel: Ley de Inclusión, reglamentación y Colegios Católicos Andrés Palma 1 Hola, muy buenas tardes, muchas gracias a la Conferencia Episcopal, a FIDE, a la Universidad Católica por la invitación para
Más detallesEl presente instructivo considera los siguientes temas y alcances para nuestros proveedores- Subcontratistas, según corresponda:
Santiago, 30 de Marzo de 2015 Estimados: Proveedores/Subcontratistas Presente Nos dirigimos a usted (es) para dar a conocer en forma breve y detallada los requerimientos que a partir del 6 de Abril de
Más detallesLa educación ciudadana como sustento de la participación democrática
GESTION LOC OCAL 5 La educación ciudadana como sustento de la participación democrática Un aspecto vital para que este programa tenga éxito y sustento en el tiempo es la información y la formación de los
Más detallesQUÉ ES EL DERECHO AL HABEAS DATA? El Derecho al Hábeas Data es la facultad que tiene toda persona a conocer, actualizar y rectificar la información
QUÉ ES EL DERECHO AL HABEAS DATA? El Derecho al Hábeas Data es la facultad que tiene toda persona a conocer, actualizar y rectificar la información que sobre ella se haya recogido en archivos y bancos
Más detalles1. Que es un nombre de dominio? Es un conjunto de caracteres alfanuméricos utilizados para identificar una computadora determinada en Internet.
Preguntas Frecuentes: 1. Que es un nombre de dominio? Es un conjunto de caracteres alfanuméricos utilizados para identificar una computadora determinada en Internet. Cada computadora en Internet tiene
Más detallesManual del Sistema de Registro de Factura y Póliza 2012 INDICE CAPITULO 1 1
INDICE CAPITULO 1 1 MANUAL DE INSTALACION DEL SISTEMA DE REGISTRO DE FACTURAS Y POLIZAS MÓDULO DEVOLUCIONES 1 INSTALACION DEL SISTEMA DE REGISTRO DE FACTURA Y PÒLIZA. 1 9. Si es por primera vez que está
Más detallesEs una persona que ayudará a que los derechos de las personas con discapacidad se hagan realidad
Naciones Unidas Asamblea General - Concejo de Derechos Humanos Acerca de la Relatora Especial sobre los derechos de las personas con discapacidad Es una persona que ayudará a que los derechos de las personas
Más detallesNUEVO SISTEMA DE LIQUIDACIÓN DIRECTA DE COTIZACIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL ( PROYECTO CRET@ ).
NUEVO SISTEMA DE LIQUIDACIÓN DIRECTA DE COTIZACIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL ( PROYECTO CRET@ ). 28/04/2014 NUEVO SISTEMA DE LIQUIDACIÓN DIRECTA DE COTIZACIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL ( PROYECTO CRET@ ) En
Más detallesImplementación del sistema
C.- CÓMO MONTAR UN SISTEMA DE ADMINISTRACION AVANZADA DE USUARIOS PARA CONTROLAR PERMISOS DESDE EL PROPIO SERVIDOR SIN NECESIDAD DE DESPLAZARSE A LOS CLIENTES Conceptos previos Por definición, los grupos
Más detallesASISTENCIA CREDITICIA A PROVEEDORES NO FINANCIEROS DE CRÉDITO. -Última comunicación incorporada: A 5603-
ASISTENCIA CREDITICIA A PROVEEDORES NO FINANCIEROS DE CRÉDITO -Última comunicación incorporada: A 5603- Texto ordenado al 02/07/2014 TEXTO ORDENADO DE LAS NORMAS SOBRE ASISTENCIA CREDITICIA A PROVEEDORES
Más detallesCapitalización o Pago Único de la prestación Contributiva 27 de agosto de 2012. Alberto Repullo
Capitalización o Pago Único de la prestación Contributiva 27 de agosto de 2012. Alberto Repullo EN QUE CONSISTE Es una medida para fomentar y facilitar iniciativas de empleo autónomo, a través del abono
Más detallesBORRADOR PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE CREA EL REGISTRO DE ENTIDADES MEMORIALISTAS DE LA COMUNITAT VALENCIANA PREÁMBULO
BORRADOR PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE CREA EL REGISTRO DE ENTIDADES MEMORIALISTAS DE LA COMUNITAT VALENCIANA PREÁMBULO La Generalitat, en virtud del artículo 49.1.3ª del Estatut d'autonomia de la
Más detallesCIRCULAR No. 05 DE 2006
CIRCULAR No. 05 DE 2006 PARA: REPRESENTANTES LEGALES, JEFES DE OFICINA DE CONTROL INTERNO, O QUIENES HAGAN SUS VECES, REPRESENTANTES DE LA DIRECCION PARA IMPLEMENTAR MECI Y CALIDAD DE LAS ENTIDADES Y ORGANISMOS
Más detallesMANUAL DE USUARIO DE LA APLICACIÓN DE ACREDITACION DE ACTIVIDADES DE FORMACION CONTINUADA. Perfil Entidad Proveedora
MANUAL DE USUARIO DE LA APLICACIÓN DE ACREDITACION DE ACTIVIDADES DE FORMACION CONTINUADA Perfil Entidad Proveedora El objetivo del módulo de Gestión de Solicitudes vía Internet es facilitar el trabajo
Más detallesPREGUNTAS FRECUENTES ICOdirecto
PREGUNTAS FRECUENTES ICOdirecto 1.- QUÉ AUTÓNOMOS TIENEN ACCESO A ICOdirecto?... 2 2.- A QUÉ SE CONSIDERA PYME?... 2 3.- PUEDO SOLICITAR UN ICOdirecto PARA CREAR UNA EMPRESA O INICIAR UN NEGOCIO?... 3
Más detallesPREGUNTAS FRECUENTES
PREGUNTAS FRECUENTES Curso Puedo obtener información por vía telefónica sobre aulas, horarios, notas, etc.?. Toda información debe ser encausada a través de fisbio@fvet.uba.ar. Me asignaron mal el horario
Más detallesTARJETA DEL VIÑATERO
TARJETA DEL VIÑATERO PREGUNTAS FRECUENTES GENERALES 1) Qué es la Tarjeta del Viñatero? Denominamos Tarjeta del Viñatero al sistema de identificación y registro que acredita que un viñedo se encuentra registrado
Más detallesReglamento de Participación Ciudadana
REGLAMENTO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Exposición de Motivos El Ayuntamiento de Chilches/Xilxes es consciente de la importancia que, para el desarrollo de la vida municipal, tiene la participación de los
Más detallesMinuta Proyecto de Ley que reforma el régimen económico matrimonial de Sociedad Conyugal
Minuta Proyecto de Ley que reforma el régimen económico matrimonial de Sociedad Conyugal 1- Estado del proyecto MAYO 2012 El proyecto se encuentra en tramitación en el Congreso Nacional, en primer trámite
Más detallesLEY Nº 29355. Artículo 2.- Definiciones A efectos de la presente ley, los siguientes términos tienen el significado que se indica:
Ley de creación del registro nacional de información de contratos de seguros de vida y de accidentes personales con cobertura de fallecimiento o de muerte accidental LEY Nº 29355 EL PRESIDENTE DEL CONGRESO
Más detallesHostaliawhitepapers. Las ventajas de los Servidores dedicados. www.hostalia.com. Cardenal Gardoki, 1 48008 BILBAO (Vizcaya) Teléfono: 902 012 199
Las ventajas de los Servidores dedicados Cardenal Gardoki, 1 48008 BILBAO (Vizcaya) Teléfono: 902 012 199 www.hostalia.com A la hora de poner en marcha una aplicación web debemos contratar un servicio
Más detallesGUÍA METODOLÓGICA SOBRE CONSEJOS DE LA SOCIEDAD CIVIL
GUÍA METODOLÓGICA SOBRE CONSEJOS DE LA SOCIEDAD CIVIL Santiago, Diciembre de 2007 MINISTERIO SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO Ministro: Sr. Francisco Vidal Salinas Subsecretario: Sr. Augusto Prado Sánchez
Más detallesREGLAMENTO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL ASEGURADO (SAC) DE UNIÓN ALCOYANA SEGUROS
REGLAMENTO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL ASEGURADO (SAC) DE UNIÓN ALCOYANA SEGUROS CAPÍTULO 1: OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN: - Artículo 1º: De conformidad con la normativa vigente de aplicación, en concreto
Más detallesGabinete Jurídico. Informe 0084/2009
Informe 0084/2009 La consulta plantea si la Junta de propietarios de una comunidad de viviendas en régimen de propiedad horizontal puede acordar la cesión de datos personales de los propietarios, a terceros
Más detallesAccede a su DISCO Virtual del mismo modo como lo Hace a su disco duro, a través de:
Gemelo Backup Online DESKTOP Manual DISCO VIRTUAL Es un Disco que se encuentra en su PC junto a las unidades de discos locales. La información aquí existente es la misma que usted ha respaldado con su
Más detallesPlanes de parentalidad
Planes de parentalidad Información a tener en cuenta por los progenitores durante el proceso de elaboración de un plan de parentalidad El proceso de separación puede ser doloroso para todas las personas
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE FONDOS ASSET ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. Capítulo Primero De la Sociedad Administradora
REGLAMENTO GENERAL DE FONDOS ASSET ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. Capítulo Primero De la Sociedad Administradora Artículo Primero. Asset Administradora General de Fondos S.A. (la Administradora
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO SEGURO DE VIDA REGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO SEGURO DE VIDA REGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO Artículo 1º. Para la celebración del seguro del Grupo, en los términos del artículo 191 de la Ley sobre el Contrato
Más detallesPROCEDIMIENTO DE DESPIDO COLECTIVO
PROCEDIMIENTO DE DESPIDO COLECTIVO (Artículos 1 a 15 del R.D. 1483/2012, según redacción dada por el Real Decreto-ley 11/2013, de 2 de agosto, para la protección de los trabajadores a tiempo parcial y
Más detallesBASES QUE HAN DE REGIR EL CONCURSO DE DISEÑO DE LOGOTIPO TOLEDO CAPITAL ESPAÑOLA DE LA GASTRONOMÍA 2016
AYUNTAMIENTO DE TOLEDO BASES QUE HAN DE REGIR EL CONCURSO DE DISEÑO DE LOGOTIPO TOLEDO CAPITAL ESPAÑOLA DE LA GASTRONOMÍA 2016 1.- OBJETO DEL CONCURSO. Con motivo de la declaración de la ciudad de Toledo
Más detallesGUIAS PARA EL MANUAL DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD MANUAL DE ASEGURAMIENTO DE CALIDAD
MANUAL DE ASEGURAMIENTO DE CALIDAD 1. ALCANCE 1.1 Estas guías definen todos los requerimientos del programa de Aseguramiento de Calidad de los fabricantes que tienen un Aviso de Aceptación de producto,
Más detallesAviso Legal. Entorno Digital, S.A.
Aviso Legal En relación al cumplimiento de la Ley de Protección de Datos, le informamos que los datos personales facilitados por Ud. en cualquiera de los formularios incluidos en este sitio web son incluidos
Más detallesCREACIÓN DE INSTITUTOS IV. CREACIÓN DE INSTITUTOS
CREACIÓN DE INSTITUTOS 321 IV. CREACIÓN DE INSTITUTOS 322 CREACIÓN DE INSTITUTOS CREACIÓN DE INSTITUTOS 323 PROPUESTA PARA LA CREACIÓN DE LOS INSTITUTOS EN LA ACADEMIA NACIONAL DE INGENIERÍA Ing. Manuel
Más detallesPOLÍTICA DE TRATAMIENTO DE DATOS
Aplicable a Clientes. Versión 1 POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE DATOS ALARMAS DISSEL LTDA., como empresa socialmente responsable, actuando en concordancia con sus valores corporativos y en observancia a los
Más detalles34 PACION TITULO I NORMAS. iniciativa propia. comunal, las los vecinos. se estudiará la. ejecución. establecidas en. organizaciones.
Tipo de Norma: Ordenanza Municipal Fecha de creación: 17 de Agosto de 2011 Última modificación: 16 de Diciembree de 2013 (fija texto refundido) ORDENANZAA MUNICIPAL N 34 SOBRE PARTICIP PACION CIUDADANA.
Más detallesAnexo No.2 CUESTIONARIO DE RESPONSABILIDAD CIVIL PARA SERVIDORES PUBLICOS
Anexo No.2 CUESTIONARIO DE RESPONSABILIDAD CIVIL PARA SERVIDORES PUBLICOS Este cuestionario es para pólizas relacionadas exclusivamente con reclamaciones presentadas contra el asegurado durante el período
Más detallesAyuntamiento de Caspe
BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES CULTURALES Y SOCIALES 1. Objeto y finalidad.-el Excmo. convoca estas subvenciones con el objeto de colaborar económicamente con las asociaciones
Más detallesOFICINA DEL ABOGADO GENERAL
Lineamientos para la Asignación, Uso, Mantenimiento y Resguardo de los Vehículos Asignados a Funcionarios y Servicios de la Universidad Autónoma del Estado de México. Lineamientos para la Asignación, Uso,
Más detallesNORMATIVA DE RECONOCIMIENTO ACADÉMICO PARA ESTUDIANTES DE INTERCAMBIO EN EL MARCO DEL PROGRAMA SÓCRATES, OTROS PROGRAMAS INTERNACIONALES Y DE
NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO ACADÉMICO PARA ESTUDIANTES DE INTERCAMBIO EN EL MARCO DEL PROGRAMA SÓCRATES, OTROS PROGRAMAS INTERNACIONALES Y DE CONVENIOS BILATERALES El constante incremento que la Universidad
Más detallesQué necesito para registrarme como usuario/a de Uruguay Concursa?
Qué necesito para registrarme como usuario/a de Uruguay Concursa? Información sobre los datos necesarios para realizar correcta y ágilmente su inscripción en el sistema 1 1. Antes de iniciar el proceso
Más detallesInstituto Electoral del Estado de Guanajuato
Instituto Electoral del Estado de Guanajuato Modelo único de estatutos que deberán seguir los ciudadanos que pretendan postularse como candidatos independientes a un cargo de elección popular, al crear
Más detallesf. Proyección de permanencia de la actividad, aprobando preferiblemente actividades que sean capaces de generar grupos o programas estables frente a
ANEXO I CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A GRUPOS Y ASOCIACIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO DEL MUNICIPIO DE MALLÉN PARA ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS. 1. Bases Reguladoras Las bases reguladoras
Más detallesModelo. Instrucciones para cumplimentar la autoliquidación
Modelo 130 Instrucciones para cumplimentar la autoliquidación Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas Actividades económicas en estimación directa Pago fraccionado - Autoliquidación Importante:
Más detallesQUIERO CREAR UNA SOCIEDAD LIMITADA LABORAL
QUIERO CREAR UNA SOCIEDAD LIMITADA LABORAL CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES Nº SOCIOS Mínimo 3. La mayoría tiene que ser sociotrabajador RESPONSABILIDAD Limitada PERSONALIDAD Jurídica CAPITAL Mínimo 3006. Como
Más detallesQué requisitos deben cumplir los albaranes o notas de entrega?
Qué requisitos deben cumplir los albaranes o notas de entrega? Los albaranes o notas de entrega, pese a su frecuente uso práctico, suelen ser documentos bastante desconocidos por parte de la mayoría de
Más detallesGabinete Jurídico. Informe 0298/2009
Informe 0298/2009 La consulta plantea diversas dudas respecto a la aplicación de la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal en materia de creación, condición de responsable
Más detallesLEY N 20.500 SOBRE ASOCIACIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LA GESTIÓN PÚBLICA I. MUNICIPALIDAD DE PAPUDO
LEY N 20.500 SOBRE ASOCIACIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LA GESTIÓN PÚBLICA I. MUNICIPALIDAD DE PAPUDO ANTECEDENTES SOBRE LA LEY 20.500 La ley Nº 20.500 desarrolla la libertad de asociación, contemplada
Más detallesDocumento realizado por: Abg. Heillen Heiber Dirección de Personal
TRANSPARENCIA VENEZUELA Transparencia Venezuela forma parte de la red mundial de la lucha anticorrupción de Transparencia Internacional, asociación que se encuentra interconectada con alrededor de 100
Más detalles