Programa para la Regularización de la Propiedad
|
|
- Juan José Giménez Ríos
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 Reglas de Operación Programa para la Regularización de la Propiedad I.- Introducción: Descripción y normatividad aplicable: El Estado de Aguascalientes presenta un rezago existente en la regularización de la tenencia de la propiedad, por tal razón el Gobierno del Estado estableció como un objetivo en el plan sexenal abatirlo a través de la implementación de acciones que contribuyan a disminuir esta condición que vulnera el patrimonio de las familias hidrocálidas al no tener seguridad jurídica sobre su propiedad. Correspondiendo al Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad la instrumentación y ejecución de dicho programa a través del Departamento de Ordenamiento de la Propiedad. El origen de este programa queda establecido dentro del plan sexenal, en la Estrategia 4.14 específicamente en el objetivo dando formalización a las acciones destinadas a dar certidumbre jurídica en el ordenamiento de la propiedad de forma que se atienda el problema que plantea la existencia de este rezago. Al inicio de la presente administración se estimaba un universo de 7,000 viviendas sin escriturar, considerando únicamente las vendidas a través del IVSOP, sin embargo el programa se prevé atienda a población en general que requiera apoyo para la escrituración de su vivienda cuyo universo total se desconoce. II.- Programa de Ordenamiento de la Propiedad: Este programa constituye uno de los ejes para obtener la seguridad jurídica del patrimonio familiar y elimina una causal de la pobreza al tratar directamente el aseguramiento del patrimonio de las familias aguascalentenses, Por lo que dicho programa se constituye como una de sus acciones que contribuyen directamente a los objetivos y estrategias perfiladas en el Plan Sexenal del Estado para el periodo 2010 al
2 III.- Objetivos: Objetivo general: Contribuir en el abatimiento del rezago existente en el Estado en relación al ordenamiento de la propiedad, a través de acciones que permitan a los beneficiarios del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad, y población que así lo solicite, escriturar su propiedad, de forma que adquieran certeza jurídica sobre la misma. Objetivo Específico: Dar certidumbre jurídica a los propietarios de una vivienda a través de la escrituración de la misma. IV.- Cobertura: El programa opera a nivel Estatal en localidades urbanas y rurales. Dando atención a toda la población que cuente con una propiedad habitacional y que no haya realizado la escrituración de la misma. V.I.- Población Potencial: Beneficiarios que hayan adquirido una Unidad Básica de Vivienda ó Lote con Servicios a través del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad que no hayan realizado la escrituración de su propiedad a la fecha, así como población en general radicada en el Estado que a la fecha no haya escriturado su propiedad. V.-Criterios de priorización para los beneficiarios del programa V.I.- En el Caso de beneficiarios del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad: Son susceptibles de apoyo de este programa: 2
3 1.- Hogares donde el beneficiario o titular del crédito haya finiquitado el monto del mismo y a la fecha no haya realizado el trámite de escrituración. 2.- Hogares donde el beneficiario o titular del crédito liquidado haya fallecido y no haya realizado el trámite de escrituración. 3.- Hogares donde el beneficiario o titular del crédito liquidado se haya separado o divorciado de su cónyuge y exista sentencia dictada por un juez asignando la posesión de la vivienda a su cónyuge o a sus hijos. V.II.- En el caso de la población en general Son beneficiarios potenciales de este programa: Las personas que no hayan escriturado su propiedad siempre y cuando sea de uso habitacional y que esta no se encuentre en litigio, juicio de intestado así como que esté libre de cualquier gravamen. VI.-Solicitud de apoyos del Programa Los interesados en recibir apoyo de este programa deberán de acudir a las instalaciones del Instituto de Vivienda y Ordenamiento de la Propiedad al Departamento de Ordenamiento de la Propiedad. La documentación que deberán llevar los solicitantes es la siguiente: VI.I.- Requisitos: (beneficiarios del IVSOP) Copia del Contrato de compra venta Manifestación del Predio en Catastro Recibo del predial debidamente pagado del año en curso. Copia del acta de nacimiento del beneficiario y del cónyuge Copia del acta de matrimonio 2 Copias de credencial del IFE del beneficiario y su cónyuge Aval solidario en caso de que solicite el financiamiento del trámite. VI.II.- Requisitos población en general: Copia de las Escrituras anteriores de la propiedad 3
4 Recibo del predial debidamente pagado del año en curso Subdivisión autorizada y avaluó en su caso Identificación del propietario a quien se escriturara Comprobante de domicilio CURP Acta de nacimiento Aval solidario en caso de que solicite el financiamiento del trámite. VII.- Características y montos del apoyo: VII.I.- El apoyo otorgado por el Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad se orienta tanto a apoyar a beneficiarios directos del IVSOP como a la población en general y se otorgara bajo los siguientes criterios: 1.- Para ambos grupos o sectores se requerirá la aportación inicial de15% del costo de la escrituración. 2.- El IVSOP otorgará financiamiento en el siguiente rango de montos y plazos: Rango Monto a financiar Plazo 1 $0 a meses 2 $1045 a meses 3 $3001 a meses 4 $6001 a 10, meses 5 $10,001 a 15, meses Se cobrara una tasa de interés del 7% anual sobre saldos insolutos. 3.- El IVSOP brindará orientación y apoyo para realizar el trámite de escrituración ante los notarios participantes en el programa, (es importante señalar que el IVSOP ha establecido un programa con algunos notarios de la entidad a efecto de ofrecer el trámite de escrituración a bajo costo) 4.-El IVSOP brindara orientación para la resolución del trámite de escrituración cuando el titular que la adquirió falleció y la propiedad ha quedado intestada. 5.-El IVSOP gestionará ante el Registro Público de la propiedad y del comercio, en cumplimiento a su objeto social de interés público, las exenciones necesarias para la ejecución más eficaz de este programa. 4
5 VII.II.- Para población en general: El apoyo que se brinda consiste en financiamiento del pago del trámite de escrituración, aportando un 15% de enganche una vez que se obtiene el presupuesto por parte del notario seleccionado. VIII.- Tiempo de Respuesta: 30 días después de iniciado el trámite IX.- Fundamento legal: Reglamento Interno del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad. X.- Mecánica operativa del Programa de Regularización de la Propiedad. Proceso de operación: a) El Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad definirá el procedimiento y mecanismos más adecuados para promover y difundir el programa entre la población objetivo del programa. b) El Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad celebrara acuerdos de colaboración con las notarias establecidas en el Estado que quieran participar en el programa y que demuestren eficiencia en el proceso de escrituración para establecer las condiciones óptimas para el funcionamiento del programa. c) El ciudadano interesado en participar en el programa, podrá registrar su solicitud en las oficinas del IVSOP únicamente, en el Departamento de Ordenamiento de la Propiedad. d) Las personas interesadas en recibir un apoyo del programa, podrán acudir en cualquier época del año a las oficinas del IVSOP, para ingresar su solicitud y realizar la entrega de documentación y trámites necesarios. e) En caso de fallecimiento del solicitante o titular que adquirió el crédito de vivienda ante el IVSOP, el trámite podrá ser realizado por sus beneficiarios o herederos previa acreditación ante el IVSOP. 5
6 f) El IVSOP realizará la integración respectiva de los expedientes, mismos que turnara a la notaria seleccionada por el solicitante, a efecto de que esta proceda a realizar el trámite de escrituración. g) El solicitante podrá tramitar ante el IVSOP el financiamiento del trámite de escrituración, el cual podrá gestionar proporcionando un pago inicial del 15% del costo total del trámite de escrituración. h) A la formalización del crédito para escrituración el IVSOP proceda a cubrir el costo respectivo de forma que el trámite no se detenga, quedando el crédito otorgado garantizado con la firma de pagares por parte del solicitante. i) El IVSOP dará seguimiento al procedimiento de escrituración a efecto de monitorear su avance hasta la conclusión del mismo con el registro de la escritura respectiva en el Registro Público de la propiedad. Llevando los registros conducentes para fines estadísticos. j) El IVSOP monitoreara de igual forma el trabajo de las notarias a efecto de priorizar el trabajo con aquellas que tengan mejor desempeño, llevando registros sobre su desempeño. k) En el caso de solicitantes que no hayan adquirido su propiedad a través del IVSOP, deberán presentar la siguiente documentación: escrituras, recibos de predial, subdivisión autorizada y avaluó en su caso, identificación del solicitante, comprobante de domicilio, CURP y acta de nacimiento. Turnando con el notario para que realice el presupuesto correspondiente y sea entregado al IVSOP para realizar el contrato correspondiente en función a este presupuesto. l) La notaria correspondiente posteriormente al trámite presentará la factura respectiva para pago al IVSOP. m) El solicitante presentara el presupuesto emitido por la notaria y con los datos de su aval solidario para contratación del crédito y pago del 15% de enganche. El aval solidario debe presentar Identificación, comprobante de domicilio, CURP y acta de nacimiento. XI.- Normatividad aplicable al programa y su procedimiento: a) Todo inmueble que vaya a ser escriturado debe estar completamente liquidado a la fecha de inicio del trámite de escrituración 6
7 b) Los Beneficiarios interesados en la escrituración de su propiedad deberán entregar la documentación completa estipulada en los requisitos para escrituración. c) Todos los beneficiarios interesados en escriturar su propiedad deberán entregar la solicitud de escrituración debidamente llenada con sus datos actuales. d) El trámite de escrituración podrá ser realizado por el beneficiario o su cónyuge. e) En caso de fallecimiento del beneficiario o su cónyuge deberá entregarse copia de testamento a efecto de determinar lo procedente. f) Cuando el beneficiario y su cónyuge se hayan divorciado deberá presentarse la separación de bienes resultante del proceso de divorcio a efecto de determinar a quién debe escriturarse la propiedad. g) En caso de no contar con testamento del fallecido el Departamento de Ordenamiento de la Propiedad lo deberá canalizar al despacho jurídico universitario para que lo auxilie en este caso. h) Las Notarias que participen en los programas de escrituración puestos en marcha por el IVSOP deberán notificar a este por escrito sobre las propiedades cuya escritura haya sido registrada en el registro público de la propiedad. i) El Departamento de Ordenamiento de la Propiedad será el responsable de actualizar en el sistema correspondiente los datos de aquellas propiedades cuyo proceso de escrituración haya concluido. j) El IVSOP como instancia normativa y ejecutora del programa debe verificar los datos y las propiedades cuya escrituración sea solicitada a través del programa a efecto de corroborar la veracidad de los datos. k) Todos aquellos supuestos no aclarados podrán ser resueltos por el IVSOP como instancia normativa y ejecutora del programa. XII.- Metas del programa: a) En el caso de beneficiarios del IVSOP la meta es abatir el 100% del rezago, escriturando las 14,000 viviendas detectadas en el inventario más las que se detecten posteriormente. Lograr la escrituración inmediata de todas las viviendas que se vayan finiquitando durante el sexenio. b) En el caso de la población en general contribuir al ordenamiento de la propiedad en el estado en función de las solicitudes recibidas. 7
8 Indicadores: El IVSOP establecerá conforme la evolución del programa, los indicadores que considere necesarios para medir la eficiencia en la atención a las solicitudes recibidas así como otros que aporten información sobre el avance en la cobertura y resolución de este problema en el Estado. Como indicador Inicial se establece: % de eficiencia= Núm. de Solicitudes Resueltas/ Núm. de Solicitudes Recibidas XIII.- Transparencia: En cumplimiento de la Ley de transparencia el I.V.S.O.P pone a disposición de la ciudadanía la información catalogada como publica en lo referente a dicho programa, el cual está contemplado dentro de los trámites que forman parte de las obligaciones públicas de transparencia del Instituto. En virtud de lo anterior para cualquier solicitud de información favor de dirigirse a la Unidad de Enlace del Instituto en el teléfono Encargado de la Unidad de Enlace: Lic. Baltazar Bonilla Padilla Correo Electrónico: baltazar.bonilla@aguascalientes.gob.mx Teléfono Ext XIV.- Difusión: Para la difusión del programa el I.V.S.O.P. empleara los medios que considere más convenientes para la correcta difusión del programa de forma que se haga del conocimiento de la población potencial beneficiaria del programa empleando entre otros: Difusión a través de carteles, presidencias municipales, IVSOP móvil, spots en medios masivos de comunicación dentro de los emitidos por el Gobierno del Estado. 8
9 XV.- Padrón de beneficiarios: El padrón de beneficiarios se integrara con los datos de los solicitantes que deseen recibir los beneficios del programa y que radiquen en cualquier parte del territorio del Estado. El Instituto abrirá los beneficios del programa a las personas que así lo soliciten por lo que los beneficios no están limitados a un padrón en particular. XVI.- Acciones de blindaje electoral En la operación y ejecución de los recursos del Instituto que sean aplicados en el presente programa, se deberán observar y atender las medidas que emita la SEFIRECU para impedir que el programa sea utilizado con fines políticos electorales en el desarrollo de procesos electorales, federales, estatales y municipales. XVII:- Perspectiva de género: El Programa impulsará la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, a través de la incorporación gradual de la perspectiva de Género. Apoyando en igualdad de circunstancias a Hombres y mujeres que presenten su solicitud en el programa. XVIII:- Glosario de términos: Beneficiario: personas que adquirieron su propiedad a través del IVSOP. CURP: Cedula de la Clave Única de Registro de la Población. IVSOP: Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad. SEFIRECU: Secretaria de Fiscalización y Rendición de Cuentas. 9
10 Contacto: C. Oscar Camerino García Mendivil Jefe del Departamento de Ordenamiento de la Propiedad Av. De la Convención Oriente #104 Planta baja Teléfono Ext Horario de Lunes a Viernes de 8:00 a 15:00 Hrs. Las presentes Reglas de Operación fueron aprobadas por la H. Junta de Gobierno del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad en sesión ordinaria con fecha 28 de agosto de
2. OBJETIVOS. 2.1. GENERAL.
ACUERDO QUE CONTIENE LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA ATENCIÓN Y ORIENTACIÓN A MIGRANTES HIDALGUENSES EN EL ESTADO Y EN EL EXTRANJERO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2013. 1. INTRODUCCIÓN. Derivado de las
Más detalles3. Objetivo del Programa de Incorporación de talentos con grado de maestría y doctorado
Este documento complementa la información descrita en la Convocatoria del Programa de incorporación de talentos con grado de maestría y doctorado (PROTALENTO) Jalisco 2015 publicada el 12 de agosto de
Más detallesEmprendedores Juveniles 2015
Emprendedores Juveniles 2015 El Instituto Mexicano de la Juventud (IMJUVE) y el Instituto Municipal para la Juventud de Pachuca (IMJUPA) con fundamento en las Políticas de Operación del IMJUVE correspondiente
Más detallesREGLAS DE OPERACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE INVERSIÓN PARA EJECUCIÓN DE OBRA PÚBLICA EN CENTROS EDUCATIVOS DEL SABES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015
REGLAS DE OPERACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE INVERSIÓN PARA EJECUCIÓN DE OBRA PÚBLICA EN CENTROS EDUCATIVOS DEL SABES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015 Introducción El Gobierno del Estado de Guanajuato busca mejorar
Más detallesH. Ayuntamiento de Guaymas
H. Ayuntamiento de Guaymas 14-VI.- Los servicios a su cargo y los trámites requisitos y formatos correspondientes a: SINDICATURA MUNICIPAL C. ORALIA SANCHEZ HERNANDEZ SINDICA MUNICIPAL (Con Licencia por
Más detallesAprobado por el Comité Técnico y de Inversión de Fondos en Sesión SC-488 del 26 de octubre de 2006.
REGLAMENTO DEL COMITÉ DE ENAJENACIÓN DE BIENES INMUEBLES DEL FIDEICOMISO FONDO NACIONAL DE FOMENTO EJIDAL Aprobado por el Comité Técnico y de Inversión de Fondos en Sesión SC-488 del 26 de octubre de 2006.
Más detallesArtículo 4º.- Para el cumplimiento de su objeto, el fideicomiso tendrá los siguientes fines:
DECRETO QUE AUTORIZA LA CONSTITUCIÓN DEL FIDEICOMISO DEL PROGRAMA DE APOYO ESCOLAR PARA EL MANTENIMIENTO, MEJORA Y EQUIPAMIENTO DE LAS ESCUELAS PÚBLICAS DE EDUCACIÓN BÁSICA EN EL ESTADO DE SONORA Artículo
Más detallesINICIATIVA DE REGLAMENTO DE LA ASIGNATURA DE ESTADÍAS PROFESIONALES
INICIATIVA DE REGLAMENTO DE LA ASIGNATURA DE ESTADÍAS PROFESIONALES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO II DE LAS ESTADÍAS PROFESIONALES CAPÍTULO III DE LOS RESPONSABLES SECCIÓN I DE LOS RESPONSABLES
Más detallesREGLAMENTO DEL PROGRAMA DE PRÉSTAMOS CON SUBSIDIO RAP
REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE PRÉSTAMOS CON SUBSIDIO RAP CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES El Consejo Directivo, consciente de su responsabilidad social de proponer programas de financiamiento de vivienda
Más detallesMANUAL DE PROCEDIMIENTOS DIRECCIÓN DE FINANZAS
PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO Secretaría de Administración y Finanzas DIRECCIÓN DE FINANZAS TOLUCA DE LERDO, MÉXICO FEBRERO DE 2008 PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO Secretaría de Administración
Más detallesESQUEMA DE CONTRALORÍA SOCIAL Enero de 2015 PROGRAMA DE FOMENTO A LA URBANIZACIÓN RURAL
1 ÍNDICE I. INTRODUCCIÓN 3 II. ANTECEDENTES 4 III. ETAPAS DE OPERACIÓN 5 PROMOCIÓN Y CONVOCATORIA CONFORMACIÓN DE LOS COMITÉS CAPACITACIÓN DE LOS COMITÉS ASESORÍA A LOS COMITÉS ACTIVIDADES DE LOS COMITÉS
Más detallesPROGRAMAS FEDERALES APLICABLES AL: Instituto Jalisciense de la Vivienda (IJALVI)
PROGRAMAS FEDERALES APLICABLES AL: Este tipo de programa es federal. Programa : Esquema de Financiamiento y Subsidio Federal Esta es Tu Casa Este programa es operado por la Comisión Nacional de Vivienda
Más detallesARTÍCULO 104.- Son facultades y obligaciones del Contralor Municipal:
DE LEY ARTÍCULO 101.- La Contraloría Municipal es la dependencia encargada del control interno, vigilancia, fiscalización, supervisión y evaluación de los elementos de la cuenta pública, para que la gestión
Más detallesSECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA ACUERDO por el que se establecen los Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social. Al margen un sello
Más detallesINDICE I INTRODUCCIÓN 2 II OBJETIVOS 3 III MARCO JURÍDICO 4 IV ÁMBITO DE APLICACIÓN 5 V VIGENCIA 6 VI DISPOSICIONES GENERALES 7
INDICE I INTRODUCCIÓN 2 II OBJETIVOS 3 III MARCO JURÍDICO 4 IV ÁMBITO DE APLICACIÓN 5 V VIGENCIA 6 VI DISPOSICIONES GENERALES 7 VII GLOSARIO DE TÉRMINOS 8 VIII NORMAS GENERALES 9 IX BASES GENERALES 10
Más detallesREGLAMENTO ESPECIAL DE ADMISIÓN
REGLAMENTO ESPECIAL DE ADMISIÓN TÍTULO ÚNICO Procedimiento para la admisión en la Universidad Autónoma de Sinaloa Capítulo i Disposiciones generales Artículo 1 El presente Reglamento Especial de Admisión
Más detallesING HIPOTECARIA, S.A. DE C.V. SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD NO REGULADA
I. Crédito de la Sociedad Hipotecaria Federal, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo (SHF), con tasa fija para adquisición de vivienda nueva o usada. II. Cuantía máxima del crédito
Más detallesC O N S I D E R A N D O
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL UNIVERSIDAD DIGITAL DEL ESTADO DE MÉXICO, EN EJERCICIO DE LA ATRIBUCIÓN QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 9 FRACCIÓN V DEL DECRETO DE CREACIÓN DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO
Más detallesMANUAL DE PROCEDIMIENTO
Página: 1 de 11 I. PROPÓSITO Establecer los mecanismos de operación que permitan el adecuado control y registro de asistencia del servidor público que labora en las oficinas del Instituto Nacional De Lenguas
Más detallesFONDO DE EMPLEADOS UNIVERSIDAD DE SAN BUENAVENTURA FEDUSAB FONDO DE SOLIDARIDAD REGLAMENTO COMITÉ DE SOLIDARIDAD
FONDO DE EMPLEADOS UNIVERSIDAD DE SAN BUENAVENTURA FEDUSAB FONDO DE SOLIDARIDAD REGLAMENTO COMITÉ DE SOLIDARIDAD La Junta Directiva del FEDUSAB, en uso de sus facultades legales y estatutarias, y considerando
Más detallesEstos Lineamientos son de observancia obligatoria para los Organismos Públicos Locales Electorales en la designación de:
Lineamientos para la designación de los Consejeros Electorales Distritales y Municipales, así como de los Servidores Públicos Titulares de las Áreas Ejecutivas de Dirección de los Organismo Públicos Locales
Más detallesPROCESOS DE OTORGAMIENTO DE LOS SEGUROS SERVICIOS Y PRESTACIONES CENIDET. Subdirección Especializada de Atención al Público MORELOS
PROCESOS DE OTORGAMIENTO DE LOS SEGUROS SERVICIOS Y PRESTACIONES CENIDET Subdirección Especializada de Atención al Público MORELOS Qué es el PENSIONISSSTE? Es el Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores
Más detallesFONDO MIXTO CONACYT GOBIERNO DEL ESTADO DE SINALOA CONVOCATORIA 2014-02 CONVOCAN
FONDO MIXTO CONACYT GOBIERNO DEL ESTADO DE SINALOA CONVOCATORIA 2014-02 El Gobierno del Estado de Sinaloa y el Gobierno Federal a través del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT), con fundamento
Más detallesConsejo de Administración Comité de Auditoría
LINEAMIENTOS DE EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO DE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD Y SUS EMPRESAS SUBSIDIARIAS Y FILIALES 27 de Enero de 2015 Índice Página Presentación 2 Objetivo. 2 Marco Jurídico. 3 Misión..
Más detallesBANCO DE COMERCIO EXTERIOR DE COLOMBIA S. A. BANCÓLDEX CONCURSO PARA LA CONTRATACION DE SEGUROS
BANCO DE COMERCIO EXTERIOR DE COLOMBIA S. A. BANCÓLDEX CONCURSO PARA LA CONTRATACION DE SEGUROS I. OBJETO DEL CONCURSO El Banco de Comercio Exterior de Colombia S.A. - BANCÓLDEX, requiere de los servicios
Más detallesEL COLEGIO DE MICHOACÁN A.C. MANUAL DE POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS DEL DEPARTAMENTO DE CÓMPUTO
EL COLEGIO DE MICHOACÁN A.C. MANUAL DE POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS DEL DEPARTAMENTO DE CÓMPUTO CONTENIDO 1. Prefacio... 3 2. Misión... 3 3. Visión... 3 4. Planeación... 3 5. Inventario y adquisiciones...
Más detallesTÍTULO ÚNICO DEL FOMENTO A LAS ACTIVIDADES REALIZADAS POR LAS ORGANIZACIONES CIVILES. CAPÍTULO PRIMERO Disposiciones Generales
LEY DE FOMENTO A LAS ACTIVIDADES REALIZADAS POR LAS ORGANIZACIONES CIVILES PARA EL ESTADO DE QUINTANA ROO Ley Publicada en el Periódico Oficial el 22 de Marzo del 2011. TÍTULO ÚNICO DEL FOMENTO A LAS ACTIVIDADES
Más detallesCONTESTACIÓN DE AVISOS NOTARIALES. 1.- Información Básica del Servicio
CONTESTACIÓN DE AVISOS NOTARIALES 1- Información Básica del Servicio Nombre del Servicio: Objetivo del Servicio: Contestación de Avisos Notariales Realizar trámites de enajenación de bienes inmuebles,
Más detallesIE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013*
IE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013* * Revisión aprobada por el Comité Rectoral del 16 de junio de 2014 ÍNDICE PREÁMBULO I. TÍTULO
Más detallesREGLAS DE OPERACIÓN. I. Apoyos: Los subsidios que el Gobierno Estatal otorga a quienes resulten Beneficiarios.
PROGRAMA DE APOYO PARA LA INCORPORACIÓN DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACIÓN PARA EL ESCALAMIENTO COMPETITIVO DE PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES REGLAS DE OPERACIÓN 1. Objetivo El
Más detallesSECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES Bases para llevar a cabo la Liquidación de Ferrocarriles Nacionales de México
SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES Bases para llevar a cabo la Liquidación de Ferrocarriles Nacionales de México Al margen un sello del Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
Más detallesLINEAMIENTOS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO NACIONAL DE LA CRUZADA CONTRA EL HAMBRE.
LINEAMIENTOS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO NACIONAL DE LA CRUZADA CONTRA EL HAMBRE. México, DF, a 22 de febrero de 2013. Con fecha 22 de enero de 2013, el Presidente de los Estados Unidos
Más detallesFOGACOOP FONDO DE GARANTIAS DE ENTIDADES COOPERATIVAS NIT 830.053.319-2
RESOLUCIÓN 0018 DE 2002 ( 12 DICIEMBRE DE 2002 ) Publicada Diario Oficial No. 45.038 el 18 de diciembre de 2002 Por la cual se determinan las condiciones de compra de acreencias de ahorradores y depositantes
Más detallesLineamientos para los procesos de Planeación y Evaluación Institucionales de la Universidad Popular de la Chontalpa
Lineamientos para los procesos de Planeación y Evaluación Institucionales de la Universidad Popular de la Chontalpa CONTENIDO CAPITULO I Pág. Considerando 2 Disposiciones Generales 3 Objetivos CAPITULO
Más detallesLey de Fomento al Deporte del Estado de Tabasco
LEY PARA EL FOMENTO DEL DEPORTE EN EL ESTADO DE TABASCO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Las normas de esta Ley son de orden público e interés social y tienen por objeto contribuir en la formación
Más detallesMANUAL ADMINISTRATIVO ALBERGUE PARA NIÑAS, NIÑOS Y JÓVENES TRABAJADORES DE LA CENTRAL DE ABASTO.
MANUAL ADMINISTRATIVO ALBERGUE PARA NIÑAS, NIÑOS Y JÓVENES TRABAJADORES DE LA CENTRAL DE ABASTO. Procedimiento: Brindar atención a niños y jóvenes trabajadores de el Albergue para Niños y Jóvenes Trabajadores
Más detallesAGOSTO DE 2008. Oficialía Mayor Dirección General de Recursos Humanos Dirección de Capacitación y Desarrollo
LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DEL SERVICIO SOCIAL Y/O PRÁCTICAS PROFESIONALES EN LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES AGOSTO DE 2008 Oficialía Mayor Dirección
Más detallesPROGRAMA DE ATENCIÓN DEL MALTRATO INFANTIL Y LA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR 2015
PROGRAMA DE ATENCIÓN DEL MALTRATO INFANTIL Y LA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR 2015 Nombre del Programa: Atención del Maltrato Infantil y la Violencia Intrafamiliar. Descripción: Atender a las niñas, niños, adolescentes
Más detalles[Escriba texto] P-DV-01-D-18-V1 CONDICIONES GENERALES PÓLIZA DE SALDOS DEUDORES
P-DV-01-D-18-V1 CONDICIONES GENERALES PÓLIZA DE SALDOS DEUDORES I. CONTRATO Estas Condiciones Generales, la solicitud de seguro, los consentimientos, los listados de asegurados proporcionados por el Contratante,
Más detallesLINEAMIENTOS TÉCNICO ACADÉMICOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS ACADEMIAS NACIONALES A DISTANCIA
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN E INVESTIGACIÓN TECNOLÓGICAS DIRECCIÓN GENERAL DE CENTROS DE FORMACIÓN PARA EL TRABAJO DIRECCIÓN TÉCNICA SUBDIRECCIÓN ACADÉMICA LINEAMIENTOS TÉCNICO
Más detallesCONSIDERANDO CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES
María del Rosario Robles Berlanga, Secretaria de Desarrollo Social, con fundamento en los artículos 32 fracción XVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1 y 5 fracción XXI del Reglamento
Más detallesREGLAMENTO DEL ARCHIVO ADMINISTRATIVO E HISTORICO DEL MUNICIPIO DE URUAPAN, MICHOACAN. CONTENIDO.
EL H. AYUNTAMIENTO DE URUAPAN, MICHOACÁN 2005-2007, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN II SEGUNDO PÁRRAFO DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 123 FRACCION
Más detallesQUÉ SE NECESITA PARA HACER UNA HIPOTECA EN COLOMBIA?
QUÉ SE NECESITA PARA HACER UNA HIPOTECA EN COLOMBIA? La hipoteca hoy en día no es la garantía más usada para respaldar el pago de obligaciones, pero si se constituye en un mecanismo sumamente necesario
Más detallesINSTRUCTIVO DEL FUNCIONAMIENTO INTERNO Y OPERATIVO PARA REGULAR EL USO DE LOS SERVICIOS E INSTALACIONES DE LA COORDINACIÓN DE SERVICIOS DE CÓMPUTO
INSTRUCTIVO DEL FUNCIONAMIENTO INTERNO Y OPERATIVO PARA REGULAR EL USO DE LOS SERVICIOS E INSTALACIONES DE LA COORDINACIÓN DE SERVICIOS DE CÓMPUTO APROBADO POR EL CONSEJO ACADÉMICO EN LA SESIÓN NÚMERO
Más detallesEsquema de Contraloría Social. PROSPERA Programa de Inclusión Social
Esquema de Contraloría Social PROSPERA Programa de Inclusión Social Coordinación Nacional de PROSPERA Programa de Inclusión Social 2015 Índice 1. Marco Normativo 2. Definición 3. Actividades de Difusión
Más detallessocial Privada para Niñas, Niños y Adolescentes. De acuerdo al Art. 15 Frac. I de la LIASPNNA.
Requisitos para obtener la Licencia de Operación para Instituciones de Asistencia Social Privada para Niñas, Niños y Adolescentes de acuerdo a la Ley de Instituciones de Asistencia Social Privada para
Más detallesREGLAMENTO DE BECAS TITULO I DEFINICIONES. Para todos los efectos de este Reglamento, deberán considerarse las siguientes definiciones:
REGLAMENTO DE BECAS El Reglamento de Becas es un documento normativo que establece los procedimientos y condiciones para la postulación y/o asignación de las becas internas de la Universidad SEK. Artículo
Más detallesINSTITUTO GUATEMALTECO DE TURISMO ACUERDO NO. 141-90-D EL DIRECTOR DEL INSTITUTO GUATEMALTECO DE TURISMO CONSIDERANDO:
INSTITUTO GUATEMALTECO DE TURISMO ACUERDO NO. 141-90-D EL DIRECTOR DEL INSTITUTO GUATEMALTECO DE TURISMO CONSIDERANDO: Que es función del Estado, por conducto del Instituto Guatemalteco de Turismo INGUAT-
Más detallesNÚMERO 244 Viernes, 19 de diciembre de 2014
37915 RESOLUCIÓN de 26 de noviembre de 2014, de la Dirección General de Medio Ambiente, por la que se concede renovación de la autorización, como entidad gestora de un sistema integrado de gestión de residuos
Más detallesREGLAS PARA LA CONSTITUCIÓN DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO FILIALES
REGLAS PARA LA CONSTITUCIÓN DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO FILIALES Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Más detallesLINEAMIENTOS GENERALES Y RECOMENDACIONES PARA LA CONSERVACIÓN Y ORGANIZACIÓN DE DOCUMENTOS Y ARCHIVOS DE LOS SUJETOS OBLIGADOS CONSIDERANDO
LINEAMIENTOS GENERALES Y RECOMENDACIONES PARA LA CONSERVACIÓN Y ORGANIZACIÓN DE DOCUMENTOS Y ARCHIVOS DE LOS SUJETOS OBLIGADOS CONSIDERANDO I.- QUE DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO POR EL ARTÍCULO 25 BIS,
Más detallesFUNCIONES PÚBLICAS DEL IJCF
El Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses como sujeto obligado realiza las siguientes funciones públicas basándose en los siguientes fundamentos legales como son: Ley Orgánica del IJC. Artículo 5º.-
Más detallesDe los participantes en el proceso del Trabajo Final de Graduación
REGLAMENTO INTERNO DE LA ESCUELA DE INGENIERÍA AGRÍCOLA PARA TRABAJOS FINALES DE GRADUACIÓN (Incluye reforma al 4 de setiembre del 2012, artículo 7, Sesión 20-2012) CAPÍTULO I Objetivos y definiciones
Más detallesDURANGO SOLIDARIO PROGRAMA DE APOYO A ADULTOS MAYORES REGLAS DE OPERACIÓN
DURANGO SOLIDARIO PROGRAMA DE APOYO A ADULTOS MAYORES REGLAS DE OPERACIÓN Página 1 de 18 LIC. MARÍA DEL ROCÍO REBOLLO MENDOZA, Secretaria de Desarrollo Social del Estado de Durango, con fundamento en lo
Más detallesMANUAL DE OPERACION DEL COMITE DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE AHORRO DE LOSTRABA]ADORES DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL
,, MANUAL DE OPERACION DEL COMITE DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE AHORRO DE LOSTRABA]ADORES DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL ÍNDICE Presentación 1 Página Objetivo 1 1. MARCO JURÍDICO 2 11. DEFINICIONES
Más detallesELABORACIÓN DE PROCEDIMIENTOS
NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO: Atención Temprana a la CÓDIGO DEL PROCEDIMIENTO: 64-APD-P08/Rev.00 Fecha de Emisión: 29 de Marzo de 2013. I. OBJETIVO DEL PROCEDIMIENTO Brindar a los padres de familia las herramientas
Más detallesDEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PLANEACIÓN
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PLANEACIÓN Temas Relacionados Planos de un Predio Certificado de Estratificación Copia Licencia de Construcción Factibilidad Terreno Modificación de una Vivienda Material
Más detallesFOLLETO INFORMATIVO CON BASE EN LA LEY DE TRANSPARENCIA Y DE FOMENTO A LA COMPETENCIA EN EL CRÉDITO GARANTIZADO
FOLLETO INFORMATIVO CON BASE EN LA LEY DE TRANSPARENCIA Y DE FOMENTO A LA COMPETENCIA EN EL CRÉDITO GARANTIZADO Con la finalidad de que el solicitante cuente con los datos necesarios para elegir el crédito
Más detallesFraccion IV. A) Normas Básicas de Competencias.
Fraccion IV. A) s. Breve Descripción: La tiene como función planear, organizar, supervisar y evaluar a través de auditorías a las dependencias y organismos de la Administración Pública Municipal, para
Más detallesREGLAMENTO DE LA COORDINACIÓN DE ACTUARIOS Y PERITOS DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO ARTEAGA CONTENIDO
REGLAMENTO DE LA COORDINACIÓN DE ACTUARIOS Y PERITOS DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO ARTEAGA CONTENIDO TÍTULO PRIMERO. DE LA COORDINACIÓN DE ACTUARIOS Y PERITOS CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Más detallesLey Nº 20.506: Bono a los Cónyuges que cumplan 50 años de matrimonio. BODAS DE ORO Mayo 2011
Ley Nº 20.506: Bono a los Cónyuges que cumplan 50 años de matrimonio BODAS DE ORO Mayo 2011 Definición Es un beneficio monetario de $ 250.000 financiado por el Estado que se entrega a parejas que hayan
Más detallesEl ejercicio del gasto que el programa conlleva, deberá sujetarse a la disponibilidad presupuestal.
Pág.: 1 OBJETIVO GENERAL: Brindar un estimulo económico, a los alumnos que cuenten con un nivel de excelencia académica y que estudien en secundarias y telesecundarias públicas de la demarcación, para
Más detallesPENSIONES PENSIÓN DE INVALIDEZ
PENSIONES PENSIÓN DE INVALIDEZ Se otorga cuando como trabajador asegurado te encuentras imposibilitado para procurarte, mediante un trabajo igual al que venías desarrollando, un salario superior al 50%
Más detallesUNIVERSIDAD PSICOLOGÍA INDUSTRIAL DOMINICANA REGLAMENTO PARA UTILIZACIÓN DE TALLERES Y LABORATORIOS CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES
UNIVERSIDAD PSICOLOGÍA INDUSTRIAL DOMINICANA REGLAMENTO PARA UTILIZACIÓN DE TALLERES Y LABORATORIOS CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- El presente reglamento es de observancia para todos
Más detallesCONVOCATORIA. Impulso México
CONVOCATORIA Impulso México 2014 DIRIGIDA A: Grupos y organizaciones de la sociedad civil, de cualquier entidad federativa de la República Mexicana, para presentar proyectos de intervención social e investigación
Más detallesReglamento de Peritos Valuadores Inmobiliarios para el Municipio de Doctor Mora, Gto. 6 ABRIL 2004
Reglamento de Peritos Valuadores Inmobiliarios para el Municipio de Doctor Mora, Gto. 6 ABRIL 2004 AÑO XCI TOMO CXLII GUANAJUATO, GTO., A 6 DE ABRIL DEL 2004 NUMERO 56 ORDINARIO PRESIDENCIA MUNICIPAL DOCTOR
Más detallesREGLAMENTO INTERIOR DE LA COORDINACION ESTATAL PARA LA ATENCION DE LOS PUEBLOS INDIGENAS
REGLAMENTO INTERIOR DE LA COORDINACION ESTATAL PARA LA ATENCION DE LOS PUEBLOS INDIGENAS TEXTO ORIGINAL. Reglamento publicado en la Edición Extraordinaria del Periódico Oficial del Estado de San Luis Potosí,
Más detallesRESOLUCIÓN PC No.-77-02. (De 4 de febrero de 2002)
RESOLUCIÓN PC No.-77-02 () El Pleno de los Comisionados de la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor, en uso de sus facultades legales, y; CONSIDERANDO: Que entre las funciones asignadas
Más detallesLineamientos de Estudios Avanzados a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México
Lineamientos de Estudios Avanzados a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México OFICINA DEL ABOGADO GENERAL LINEAMIENTOS DE ESTUDIOS AVANZADOS A DISTANCIA DE LA UAEM CAPÍTULO I DE LAS GENERALIDADES
Más detallesCONVOCAN A LAS Y LOS JOVENES
EL H. AYUNTAMIENTO DE CULIACÁN A TRAVÉS DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE LA JUVENTUD EN COLABORACION CON GOBIERNO FEDERAL Y GOBIERNO ESTATAL CONVOCAN A LAS Y LOS JOVENES Residentes del Polígono de actuación
Más detallesEMPRENDURISMO Y BIENESTAR REGIONAL
CONVOCATORIA EMPRENDURISMO Y BIENESTAR REGIONAL DE APOYO A, MICRO PEQUEÑA EMPRESA DE JALISCO, REGIONES Y SECTORES ESTRATÉGICOS. Con fundamento en los artículos 52 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo
Más detallesANEXO 6 TÍTULO PRIMERO ASOCIACIÓN CIVIL. CAPÍTULO PRIMERO De las disposiciones generales
ANEXO 6 MODELO ÚNICO DE ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN CIVIL QUE DEBERÁN CONSTITUIR LOS CIUDADANOS INTERESADOS EN POSTULARSE COMO CANDIDATOS INDEPENDIENTES DE PLANILLA DE AYUNTAMIENTO POR EL PRINCIPIO DE MAYORÍA
Más detallesGobierno del Estado de Querétaro (EFSL del Estado) Recursos del Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal Alcance Antecedentes
Gobierno del Estado de Querétaro (EFSL del Estado) Recursos del Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal Auditoría Financiera y de Cumplimiento: 13-A-22000-02-0604 GF-043 Alcance Del universo
Más detallesMartes 17 de julio de 2012 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) Instituto Mexicano del Seguro Social Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales
Instituto Mexicano del Seguro Social Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales ANEXO A Anexo por el que se establecen los plazos máximos de resolución y vigencia de ésta, así como de los datos y
Más detallesREGLAMENTO DEL FONDO DE AYUDA MUTUA ASEOVI
REGLAMENTO DEL FONDO DE AYUDA MUTUA ASEOVI INDICE Página CAPITULO I: Disposiciones Generales 2 CAPITULO II: De los Recursos Económicos 2 CAPITULO III: Del Manejo de los Fondos 3 CAPITULO IV: De los beneficiarios
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE CONTROL Y EVALUACIÓN (COCOE) DEL CONSEJO MEXIQUENSE DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA CAPÍTULO PRIMERO OBJETO Y DEFINICIONES
REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE CONTROL Y EVALUACIÓN (COCOE) DEL CONSEJO MEXIQUENSE DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA CAPÍTULO PRIMERO OBJETO Y DEFINICIONES Artículo 1.- El presente Reglamento tiene por objeto
Más detallesComisión de Vigilancia del H. Consejo General Universitario
1. Comisión de Vigilancia del H. Consejo General Universitario Lineamientos para el ejercicio y control de los recursos públicos en el cumplimiento de las funciones de la Universidad de Guanajuato para
Más detallesREGISTRO ESPECIAL PARA EL SEGURO DE VIDA TEMPORAL A UN AÑO, DEL RAMO DE VIDA GRUPO
REGISTRO ESPECIAL PARA EL SEGURO DE VIDA TEMPORAL A UN AÑO, DEL RAMO DE VIDA GRUPO CLÁUSULA Interés Moratorio CLÁUSULA ACTUAL CON ARTÍCULO/REFERENCIA LEGAL DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y SOCIEDADES
Más detallesACUERDO GUBERNATIVO No. 86-2006
Acuérdase emitir el REGLAMENTO DE LA LEY PARA PREVENIR Y REPRIMIR EL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO. ACUERDO GUBERNATIVO No. 86-2006 Guatemala, 2 de marzo de 2006 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:
Más detallesMANUAL DE TITULOS REPRESENTATIVOS DE FACTURAS BOLSA DE PRODUCTOS DE CHILE, BOLSA DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS S. A.
MANUAL DE TITULOS REPRESENTATIVOS DE FACTURAS BOLSA DE PRODUCTOS DE CHILE, BOLSA DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS S. A. MANUAL DE TITULOS REPRESENTATIVOS DE FACTURAS BOLSA DE PRODUCTOS DE CHILE, BOLSA DE PRODUCTOS
Más detallesAl margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo.- Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave.
PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL ESTADO DE FECHA 3 DE MAYO DE 1994. EL PRESENTE DECRETO FUE REFORMADO, MEDIANTE PUBLICACIÓN EN GACETA OFICIAL DEL ESTADO NO. 153 DE FECHA 2 DE AGOSTO DE 2004. SE REFORMAN
Más detalles10. PRÁCTICAS EXTERNAS
10. PRÁCTICAS EXTERNAS 10.1. DEFINICIÓN Las prácticas externas se configuran como actividades formativas integradas en el plan de estudios de las correspondientes enseñanzas artísticas superiores y podrán
Más detallesLINEAMIENTOS NORMATIVOS PARA LA APLICACIÓN DE LAS TARIFAS APROBADAS PARA LA AFECTACIÓN DE LAS PARTIDAS DE VIÁTICOS Y GASTOS DE CAMINO
LINEAMIENTOS NORMATIVOS PARA LA APLICACIÓN DE LAS TARIFAS APROBADAS PARA LA AFECTACIÓN DE LAS PARTIDAS DE VIÁTICOS Y GASTOS DE CAMINO ABRIL DEL 2006 1 LINEAMIENTOS NORMATIVOS PARA LA APLICACIÓN DE LAS
Más detallesFONDO DE VIVIENDA DEL MAGISTERIO DEL ATLÁNTICO
FONDO DE VIVIENDA DEL MAGISTERIO DEL ATLÁNTICO "FONVIMA" NIT No 890.105.676-1 CALLE 44 No. 36-95 TELS. 3414534-3049424 3049423 FAX 3414534 Email: Fonvima_atlantico@hotmail.com Info@fonvima.com Página:
Más detallesREGLAMENTO INTERIOR DEL COMITÉ ESTATAL INTERINSTITUCIONAL PARA LA FORMACIÓN Y CAPACITACION DE RECURSOS HUMANOS E INVESTIGACIÓN PARA LA SALUD.
REGLAMENTO INTERIOR DEL COMITÉ ESTATAL INTERINSTITUCIONAL PARA LA FORMACIÓN Y CAPACITACION DE RECURSOS HUMANOS E INVESTIGACIÓN PARA LA SALUD. CAPITULO I De la organización y objeto del Comité. ARTICULO
Más detallesPROGRAMA NACIONAL DE BECAS 2014 PROGRAMA DE CAPACITACIÓN DE DOCENTES PARA FORMACIÓN DIDÁCTICA EN EL IDIOMA FRANCÉS
PROGRAMA NACIONAL DE BECAS 2014 PROGRAMA DE CAPACITACIÓN DE DOCENTES PARA FORMACIÓN DIDÁCTICA EN EL IDIOMA FRANCÉS Con base en el Acuerdo número 708 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa
Más detallesNORMATIVA PARA LA GESTIÓN DE PROYECTOS INTERNOS DE INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN DE LA UST
NORMATIVA PARA LA GESTIÓN DE PROYECTOS INTERNOS DE INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN DE LA UST 1. Contexto La Universidad Santo Tomás ha definido como uno de los aspectos importantes de desarrollo académico el
Más detallesREGISTRO DE NACIMIENTO PARA MENORES DE SEIS MESES PRESENTAR LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN ACTUALIZADA EN ORIGINAL Y COPIA
REGISTRO DE NACIMIENTO PARA MENORES DE SEIS MESES CONSTANCIA DE ALUMBRAMIENTO ACTAS DE NACIMIENTO DE LOS PADRES (En caso de ser extranjero alguno de los padres, pedir información adicional) ACTA DE MATRIMONIO,
Más detallesREGLAMENTO DEL SERVICIO TELOCONSIGO CREDOMATIC DE COSTA RICA S.A.
REGLAMENTO DEL SERVICIO TELOCONSIGO CREDOMATIC DE COSTA RICA S.A. PRIMERO: PROPIEDAD DEL PROGRAMA: El presente reglamento pertenece en forma exclusiva a CREDOMATIC DE COSTA RICA, S.A., empresa que en adelante
Más detallesGOBIERNO DEL ESTADO DE HIDALGO PODER EJECUTIVO C O N S I D E R A N D O
1 GOBIERNO DEL ESTADO DE HIDALGO PODER EJECUTIVO MIGUEL ÁNGEL OSORIO CHONG, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE HIDALGO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIEREN LOS ARTÍCULOS
Más detallesSUBCOMISIÓN DE ORDENAMIENTO Y REGULARIZACIÓN DE LA PROPIEDAD RURAL COMISION DE REFORMA AGRARIA
SUBCOMISIÓN DE ORDENAMIENTO Y REGULARIZACIÓN DE LA PROPIEDAD RURAL COMISIONDEREFORMAAGRARIA 1 INDICE 1. Integrantes de la Subcomisión de Ordenamiento y Regularización de la Propiedad Rural. 2. Consulta
Más detallesClasificación de información I F A I
Clasificación de información I F A I Febrero, 2008 Instituto Federal de Acceso a la Información Pública Organismo público descentralizado, con autonomía operativa, presupuestaria y de decisión, encargado
Más detallesCAPÍTULO I GENERALIDADES
CONSIDERANDO Legislación universitaria Que la Universidad de Ciencias y Artes de Chiapas, no cuenta con un reglamento que norme las tarifas para la aplicación de viáticos y pasajes del personal académico
Más detallesCrédito para el consumo abierto, que no requiere garantías reales.
CREDITO AL CONSUMO FOLLETO CREDITO CONSUMO Mayo 2011 PRODUCTOS CREDITO NOMINA 1. Nómina adquisición Crédito para el consumo abierto, que no requiere garantías reales. Dirigido: A clientes del banco que
Más detallesOBJETIVO LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN
OBJETIVO ESTRATÉGICO: MODERNIZAR LA GESTIÓN DEL SISTEMA CARRETERO, CON OBJETO DE LOGRAR UNA OPERACIÓN MÁS EFICIENTE E INCREMENTAR LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS QUE SE OFRECEN EN LAS CARRETERAS DEL PAÍS.
Más detallesCOMISIÓN MIXTA PERMANENTE DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO A C U E R D O S
U N A M COMISIÓN MIXTA PERMANENTE DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO STUNAM Acuerdo No. 297 En Ciudad Universitaria, Distrito Federal, siendo las catorce horas del veintisiete de octubre del año dos mil
Más detallesTema del día: PRODUCTO. Tu Opción en México
Tema del día: PRODUCTO Tu Opción en México Descripción del producto Es un crédito hipotecario a través del cual los mexicanos que viven y trabajan en Estados Unidos y Canadá, cualquiera que sea su situación
Más detallesGUÍA PARA EL REGISTRO Y CONTROL DE BIENES, CON ÉNFASIS EN CADENA DE FRÍO Y MANEJO DEL SOFTWARE SIGA PATRIMONIO. Documento de trabajo
GUÍA PARA EL REGISTRO Y CONTROL DE BIENES, CON ÉNFASIS EN CADENA DE FRÍO Y MANEJO DEL SOFTWARE SIGA PATRIMONIO Documento de trabajo Noviembre del 2010 Introducción GUÍA PARA EL REGISTRO Y CONTROL DE BIENES,
Más detallesORDENACIÓN DE LAS ACTUACIONES PERÍODICAS DEL CONSEJO SOCIAL EN MATERIA ECONÓMICA
Normativa Artículo 2, 3 y 4 de la Ley 12/2002, de 18 de diciembre, de los Consejos Sociales de las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid Artículo 14 y 82 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de
Más detalles