Definir la estructura, funciones y procedimientos de la Dirección de Obras Públicas y Desarrollo Urbano.

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1 OBJETIVO Definir la estructura, funciones y procedimientos de la Dirección de Obras Públicas y Desarrollo Urbano. FUNDAMENTO LEGAL El Artículo 73 del Código Municipal para el Estado de Tamaulipas indica que el Ayuntamiento, a propuesta del Presidente Municipal, deberá nombrar un Secretario de Desarrollo Urbano y Ecología o, en su caso, un Director de Obras y Servicios Públicos Municipales, quien tendrá las siguientes facultades y obligaciones: I.- Formular, proponer y ejecutar los programas de obras y servicios públicos que correspondan al Municipio. II.- Participar en la elaboración de los proyectos de planes de desarrollo urbano que afecten al Municipio. III.- Revisar y dar trámite a las solicitudes de fusiones, subdivisiones, relotificaciones y fraccionamientos de terrenos, y formular dictamen para que el Ayuntamiento acuerde lo conducente. IV.- Intervenir en la celebración y vigilar el cumplimiento de los contratos y concesiones para la construcción de obras o prestación de servicios. V.- Otorgar licencias o permisos para la construcción, reparación y demolición de fincas, así como para la ocupación temporal de vías públicas. VI.- Prestar el servicio de nomenclatura, numeración oficial y alineamiento de construcciones. VII.- Construir y conservar los servicios públicos de alumbrado, mercados, panteones, rastros, calles, parques, plazas, jardines y los demás que estén a cargo del Municipio. VIII.- En general, organizar la construcción de obras y la prestación de servicios públicos que correspondan al Municipio y no estén atribuidos a otra autoridad, organismo o dependencia. IX.- Las demás previstas en las leyes y reglamentos. Por otro lado, el 20 de marzo de 2003, con fundamento en los artículos 26, 27 y 115 fracciones II y III, V inciso i) y VI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 17, 22, 26 y 32 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 4, 5, 9, 12, 113 y 117 de la Ley de Aguas Nacionales; 1, 4, 14 fracciones I, IX y XV y 173 del Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales; 1, 3, 5, 7 y 8 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 2 fracción XXXI letra a, 19 fracción XXIII, 41, 42, 44, 45 fracciones I, III y VII, 47 y 51 del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, 4, 130, 131, 132 y 134 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas; 1, 2, 3, 5, 49 fracción XXXII, 55 fracción VI, 60 fracción XII y 68 fracción V del Código Municipal para el Estado de Tamaulipas, se celebraron tres convenios entre el Municipio de Tampico y la Comisión Nacional del Agua, en los que esta última Dependencia transfiere al Municipio la zona federal adyacente a las corrientes, lagos y lagunas de propiedad nacional que a continuación se enlistan, para su administración, custodia, conservación y mantenimiento: Cuerpo de agua: Lagunas del Chairel, Tancol y La Puerta, afluentes del Río Tamesí. o Tramo 1: 21,600 metros de zona federal adyacente a la margen oriente; inicia: Puente La Puntilla; termina: límite con el Municipio de Altamira, Tamaulipas. o Tramo 2: 1,700 metros de zona federal adyacente a la margen poniente de la Laguna del Chairel; inicia: Puente La Puntilla; termina: Carretera Tampico-Valles. Cuerpo de agua: Río Tamesí, afluente del Río Pánuco. o Tramo: 1,000 metros de zona federal de la margen izquierda; inicia: Puente Ferroviario, ubicado antes de la desembocadura con el Río Pánuco; termina: Colonia Vicente Guerrero (antes Moralillo Chico). Cuerpo de agua: Laguna del Carpintero, afluente del Rio Pánuco. o Tramo: 5,215 metros de zona federal adyacente al perímetro de la Laguna del Carpintero, que colinda en línea quebrada al norte y oriente con el Mesón Municipal, instalaciones de la Feria y de Unidad Deportiva Laguna del Carpintero ; al poniente y al sur también en línea quebrada con el Boulevard Fidel Velázquez. 1

2 RESPONSABILIDADES Las responsabilidades de la Dirección de Obras Públicas y Desarrollo Urbano, a quien en lo sucesivo se le denominará la Dirección, son las definidas en el Artículo 73, fracciones I (en lo que se refiere a los programas de obras públicas), II, III, IV (en lo que se refiere a la construcción de obras), V, VI, VII (en lo que se refiere a construir mercados, panteones, rastros, calles, parques, plazas, jardines y los demás que estén a cargo del Municipio, y a conservar calles) y VIII (en lo que se refiere a organizar la construcción de obras públicas que correspondan al Municipio) del Código Municipal para el Estado de Tamaulipas, así como en la cláusula segunda de los convenios celebrados el 20 de marzo de 2003 con la Comisión Nacional del Agua para la administración, custodia, conservación y mantenimiento de la zona federal adyacente a las corrientes, lagos y lagunas de propiedad nacional mencionados en los convenios; para mayor claridad se describen a continuación: 1. Formular, proponer y ejecutar los programas de obras públicas que correspondan al Municipio. 2. Participar en la elaboración de los proyectos de planes de desarrollo urbano que afecten al Municipio. 3. Revisar y dar trámite a las solicitudes de fusiones, subdivisiones, relotificaciones y fraccionamientos de terrenos, y formular dictamen para que el Ayuntamiento acuerde lo conducente. 4. Intervenir en la celebración y vigilar el cumplimiento de los contratos y concesiones para la construcción de obras. 5. Otorgar licencias o permisos para la construcción, reparación y demolición de fincas, así como para la ocupación temporal de vías públicas. 6. Prestar el servicio de nomenclatura, numeración oficial y alineamiento de construcciones. 7. Acordar las acciones administrativas para que las edificaciones, instalaciones y vías públicas reúnan las condiciones necesarias de higiene, seguridad, comodidad y estética. 8. Vigilar y controlar el uso del suelo y las densidades de construcción de viviendas, de acuerdo con el interés público y la legislación vigente en materia de ordenamiento territorial y desarrollo urbano. 9. Autorizar o negar, de acuerdo con lo dispuesto en la legislación vigente en materia de ordenamiento territorial y desarrollo urbano, permisos para obras relacionadas con la edificación. 10. Inspeccionar las edificaciones e instalaciones que se ejecuten o estén terminadas en la jurisdicción del territorio municipal. 11. Practicar inspecciones para conocer el uso que se haga de un predio, estructura, instalación, edificio o edificación. 12. Ordenar la suspensión de las obras que no cumplan con la legislación vigente. 13. Dictar disposiciones en materia de seguridad y protección civil con relación a edificios peligrosos y establecimientos malsanos o que causen molestias a la población o a la salud. 14. Ordenar y ejecutar demoliciones de edificios en los casos que no cumplan con lo previsto en la legislación vigente en materia de desarrollo urbano, las cuales serán con cargo al propietario. 15. Ejecutar, por cuenta de los propietarios, las obras ordenadas en cumplimiento de la legislación vigente en materia de desarrollo urbano que no se realicen en el plazo que se fije por la autoridad. 16. Autorizar o negar la ocupación o uso de una edificación, estructura o instalación. 17. Llevar un registro clasificado de Directores Responsables de Obra y Corresponsable. 18. Utilizar la fuerza pública cuando fuere necesario para hacer cumplir las determinaciones apegadas a la legislación vigente en materia de ordenamiento territorial y desarrollo urbano. 19. Construir mercados, panteones, rastros, parques, plazas, jardines y los demás que estén a cargo del Municipio. 20. Construir y conservar calles. 21. En general, organizar la construcción de obras públicas que correspondan al Municipio y no estén atribuidos a otra autoridad, organismo o dependencia. 22. Administrar y custodiar la zona federal para evitar invasiones por asentamientos humanos irregulares así como la construcción de obras que modifiquen las características hidráulicas del cauce. 23. Ejecutar acciones tendientes al aprovechamiento de las zonas federales en espacios de beneficio público como son: parques y jardines, canchas deportivas, áreas culturales y recreativas, vialidades y otros, evitando la edificación de toda clase de obras y construcciones definitivas, que puedan obstruir el flujo de las aguas, modificar el curso de las mismas o alterar en forma parcial o total las corrientes hidráulicas existentes en las corrientes, lagos o lagunas de propiedad nacional a los que correspondan las zonas federales en administración y custodia. 24. Conservar las características de las zonas federales mediante acciones de limpieza, retiro de escombros, maleza y vegetación indeseable y retiro de basura. 25. Ejecutar las acciones de mantenimiento de carácter correctivo después de la ocurrencia de crecientes o avenidas que pudieran modificar las zonas federales. 2

3 MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO A continuación se relacionan los ordenamientos jurídicos vigentes que regulan la operación y funcionamiento de la Dirección: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas (D.O.F. 4 de enero del 2000 y sus reformas). Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas (D.O.F. 28 de julio de 2010 y sus reformas). Ley General de Protección Civil (D.O.F. 6 de junio de 2012 y sus reformas). Ley de Aguas Nacionales (D.O.F. 1 de septiembre de 1992 y sus reformas). Constitución Política del Estado de Tamaulipas (P.O.E de febrero de 1921 y sus reformas). Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Tamaulipas (P.O.E 18, 3 de marzo de Decreto LII-10 y sus reformas). Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Tamaulipas. (P.O.E. 101, 21 de agosto de Decreto LVIII-352 y sus reformas) Ley para el Desarrollo Urbano del Estado de Tamaulipas (P.O.E. 49, 25 de abril de Decreto LIX-520 y sus reformas). Ley sobre el Régimen de Propiedad en Condominio de Bienes Inmuebles para el Estado de Tamaulipas (P.O.E de junio de Decreto 335 y sus reformas). Ley de Salud para el Estado de Tamaulipas (Anexo al P.O.E de noviembre del Decreto 520 y sus reformas). Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tamaulipas (P.O.E de julio de Decreto LIX-958 y sus reformas). Código Municipal para el Estado de Tamaulipas. (Anexo al P.O.E de febrero de Decreto VII y sus reformas). Código Civil para el Estado de Tamaulipas (Anexo al P.O.E de enero de Decreto 441 y sus reformas). Tres convenios con la Comisión Nacional del Agua para la administración, custodia, conservación y mantenimiento de la zona federal adyacente a las corrientes, lagos y lagunas de propiedad nacional mencionados en los convenios referidos. (20 de marzo de 2003). Reglamento de Construcciones para el Estado de Tamaulipas (Anexo al P.O.E de julio de 2012 y sus reformas) Programa Municipal de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano de Tampico, Tamps. (P.O.E de octubre de 2011). Plan Parcial de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Centro Histórico de Tampico, Tamps. (P.O.E de octubre de 2011). Plan Parcial de Desarrollo Urbano para el Canal de la Cortadura de Tampico, Tamps. (P.O.E de junio de 2005). Plan Parcial de Desarrollo Urbano de la Laguna del Carpintero de Tampico, Tamps. (P.O.E de junio de 2005). Plan Municipal de Desarrollo vigente. Acuerdos del Cabildo Municipal en materia de obras públicas y desarrollo urbano. Reglamentos y disposiciones administrativas del Ayuntamiento de Tampico. Reglas de operación de los fondos a utilizarse para la ejecución de programas de obra pública y desarrollo urbano. 3

4 ESTRUCTURA Para cumplir con sus responsabilidades, la Dirección se organiza en 8 subdirecciones: La Subdirección de Obras. La Subdirección de Control de Obra. La Subdirección de Desarrollo Urbano. La Subdirección de Planeación Urbana. La Subdirección de Construcción. La Subdirección de Cuerpos de Agua Municipales. La Subdirección de Operaciones. La Subdirección Administrativa. Director de Obras Públicas y Desarrollo Urbano. Subdirector de Obras Subdirector de Control de Obras Subdirector de Desarrollo Urbano Subdirector de Planeación Urbana Subdirector de Construcción Subdirector de Cuerpos de Agua Municipales Subdirector de Operaciones Subdirector Administrativo 4

5 SUBDIRECCIÓN DE OBRAS La Subdirección de Obras tiene las siguientes responsabilidades: 1. Colaborar en la formulación y propuesta de los programas de obras públicas que correspondan al Municipio. 2. Ejecutar los procesos de celebración de los contratos y concesiones para la construcción de obras. 3. Diseñar y licitar la construcción de mercados, panteones, rastros, parques, plazas, jardines y los demás que estén a cargo del Municipio. 4. Diseñar y licitar la construcción de calles, incluyendo la infraestructura pluvial. 5. Diseñar y licitar proyectos tendientes al aprovechamiento de las zonas federales en espacios de beneficio público como son: parques y jardines, canchas deportivas, áreas culturales y recreativas, vialidades y otros. 6. En general, realizar el diseño y la adjudicación de contratos para la construcción de obras públicas que correspondan al Municipio y no estén atribuidos a otra autoridad, organismo o dependencia. ESTRUCTURA La Subdirección de Obras se organiza en 5 jefaturas: La Jefatura de Proyectos de Infraestructura, que tiene las siguientes responsabilidades: 1. Diseñar la construcción de calles, incluyendo la infraestructura pluvial. 2. Diseñar proyectos tendientes al aprovechamiento de las zonas federales en espacios de beneficio público como son vialidades. La Jefatura de Proyectos de Edificación, que tiene las siguientes responsabilidades: 1. Diseñar la construcción de mercados, panteones, rastros, parques, plazas, jardines y los demás que estén a cargo del Municipio. 2. Diseñar proyectos tendientes al aprovechamiento de las zonas federales en espacios de beneficio público como son: parques y jardines, canchas deportivas, áreas culturales y recreativas y otros. 3. En general realizar el diseño para la construcción de obras públicas que correspondan al Municipio y no estén atribuidos a otra autoridad, organismo o dependencia. La Jefatura de Presupuestos. 1. Elaborar los presupuestos de los proyectos de construcción de mercados, panteones, rastros, parques, plazas, jardines y los demás que estén a cargo del Municipio. 2. Elaborar los presupuestos de los proyectos de construcción de calles, incluyendo la infraestructura pluvial. 3. Elaborar los presupuestos de los proyectos tendientes al aprovechamiento de las zonas federales en espacios de beneficio público como son: parques y jardines, canchas deportivas, áreas culturales y recreativas, vialidades y otros. 4. En general elaborar los presupuestos para la construcción de obras públicas que correspondan al Municipio y no estén atribuidos a otra autoridad, organismo o dependencia. La Jefatura de Procesos Licitatorios, que tiene las siguientes responsabilidades: 1. Ejecutar los procesos licitatorios para la construcción de obras. La Jefatura de Contratos y Convenios, que tiene las siguientes responsabilidades: 1. Elaborar los contratos para la construcción de obras. Subdirector de Obras Jefe de Proyectos de Infraestructura Jefe de Proyectos de Edificación Jefe de Presupuestos Jefe de Procesos Licitatorios Jefe de Contratos y Convenios 5

6 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE OBRAS La Subdirección de Control de Obras tiene las siguientes responsabilidades: 1. Supervisar la ejecución de los programas de obras públicas que correspondan al Municipio. 2. Vigilar el cumplimiento de los contratos y concesiones para la construcción de obras. 3. Supervisar la construcción de mercados, panteones, rastros, parques, plazas, jardines y los demás que estén a cargo del Municipio. 4. Supervisar la construcción de calles. 5. Supervisar la ejecución de contratos tendientes al aprovechamiento de las zonas federales en espacios de beneficio público como son: parques y jardines, canchas deportivas, áreas culturales y recreativas, vialidades y otros. 6. En general, supervisar la construcción de obras públicas que correspondan al Municipio y no estén atribuidos a otra autoridad, organismo o dependencia. ESTRUCTURA La Subdirección de Control de Obras se organiza en 3 jefaturas: La Jefatura de Supervisores, que tiene las siguientes responsabilidades: 1. Supervisar la ejecución los programas de obras públicas que correspondan al Municipio. 2. Vigilar el cumplimiento de los contratos y para la construcción de obras. 3. Supervisar la construcción de mercados, panteones, rastros, parques, plazas, jardines y los demás que estén a cargo del Municipio. 4. Supervisar la construcción de calles. 5. Supervisar la ejecución de contratos tendientes al aprovechamiento de las zonas federales en espacios de beneficio público como son: parques y jardines, canchas deportivas, áreas culturales y recreativas, vialidades y otros. 6. En general, supervisar la construcción de obras públicas que correspondan al Municipio y no estén atribuidos a otra autoridad, organismo o dependencia. La Jefatura de Estimaciones, que tiene las siguientes responsabilidades: 1. Revisar y gestionar las estimaciones derivadas de los contratos de obra pública para su pago correspondiente. La Jefatura de Control de Obra, que tiene las siguientes responsabilidades: 1. Recopilar y organizar la información generada de la ejecución de los contratos de obra pública para su análisis. Subdirector de Control de Obras Jefe de Supervisores Jefe de Estimaciones Jefe de Control de Obras 6

7 SUBDIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO La Subdirección de Desarrollo Urbano tiene las siguientes responsabilidades: 1. Participar en la elaboración de los proyectos de planes de desarrollo urbano que afecten al Municipio. 2. Revisar y dar trámite a las solicitudes de fusiones, subdivisiones, relotificaciones y fraccionamientos de terrenos, y formular dictamen para que el Ayuntamiento acuerde lo conducente. 3. Revisar la documentación presentada por particulares y entidades públicas para obtener licencias o permisos para la construcción, reparación y demolición de fincas, así como para la ocupación temporal de vías públicas y regímenes de propiedad en condominio. 4. Prestar el servicio de nomenclatura, numeración oficial y alineamiento de construcciones. 5. Proponer las acciones administrativas para que las edificaciones, instalaciones y vías públicas reúnan las condiciones necesarias de higiene, seguridad, comodidad y estética. 6. Vigilar y controlar el uso del suelo y las densidades de construcción de viviendas, de acuerdo con el interés público y la legislación vigente en materia de ordenamiento territorial y desarrollo urbano. 7. Inspeccionar las edificaciones e instalaciones que se ejecuten o estén terminadas en la jurisdicción del territorio municipal. 8. Practicar inspecciones para conocer el uso que se haga de un predio, estructura, instalación, edificio o edificación. 9. Proponer la suspensión de las obras que no cumplan con lo previsto por este reglamento. 10. Proponer disposiciones en materia de seguridad y protección civil con relación a edificios peligrosos y establecimientos malsanos o que causen molestias a la población o a la salud. 11. Proponer demoliciones de edificios en los casos que no cumplan con lo previsto en la legislación vigente en materia de desarrollo urbano, las cuales serán con cargo al propietario. 12. Proponer la ejecución, por cuenta de los propietarios, de las obras ordenadas en cumplimiento de la legislación vigente en materia de desarrollo urbano que no se realicen en el plazo que se fije por la autoridad. 13. Proponer la autorización o negación de la ocupación o del uso de una edificación, estructura o instalación. 14. Llevar un registro clasificado de Directores Responsables de Obra y Corresponsable. 15. Proponer el uso de la fuerza pública cuando fuere necesario para hacer cumplir las determinaciones apegadas a la legislación vigente en materia de ordenamiento territorial y desarrollo urbano. 16. Apoyar en la administración y custodia de la zona federal para evitar invasiones por asentamientos humanos irregulares, así como por la construcción de obras que modifiquen las características hidráulicas del cauce. 17. Evitar la edificación de toda clase de obras y construcciones definitivas, que puedan obstruir el flujo de las aguas, modificar el curso de las mismas o alterar en forma parcial o total las corrientes hidráulicas existentes en las corrientes, lagos o lagunas de propiedad nacional a los que correspondan las zonas federales en administración y custodia. ESTRUCTURA La Subdirección de Desarrollo Urbano se organiza en 5 jefaturas: La Jefatura de Licencias de Construcción, que tiene las siguientes responsabilidades: 1. Revisar la documentación presentada por particulares y entidades públicas para obtener licencias o permisos para la construcción, reparación y demolición de fincas, así como para la ocupación temporal de vías públicas y regímenes de propiedad en condominio. 2. Llevar un registro clasificado de Directores Responsables de Obra y Corresponsable. La Jefatura de Control Urbano, que tiene las siguientes responsabilidades: 1. Revisar la documentación presentada por particulares y entidades públicas para obtener nomenclaturas, numeraciones oficiales y alineamientos de construcciones. La Jefatura de Inspección Urbana, que tiene las siguientes responsabilidades: 1. Notificar las acciones administrativas para que las edificaciones, instalaciones y vías públicas reúnan las condiciones necesarias de higiene, seguridad, comodidad y estética. 2. Vigilar y controlar el uso del suelo y las densidades de construcción de viviendas, de acuerdo con el interés público y la legislación vigente en materia de ordenamiento territorial y desarrollo urbano. 7

8 3. Inspeccionar las edificaciones e instalaciones que se ejecuten o estén terminadas en la jurisdicción del territorio municipal. 4. Practicar inspecciones para conocer el uso que se haga de un predio, estructura, instalación, edificio o edificación. 5. Notificar la suspensión de las obras que no cumplan con lo previsto en la legislación vigente. 6. Revisar el cumplimiento de disposiciones en materia de seguridad y protección civil con relación a edificios peligrosos y establecimientos malsanos o que causen molestias a la población o a la salud. 7. Notificar demoliciones de edificios en los casos que no cumplan con lo previsto en la legislación vigente en materia de desarrollo urbano, las cuales serán con cargo al propietario. 8. Apoyar en la administración y custodia de la zona federal a través de acciones de vigilancia para evitar invasiones por asentamientos humanos irregulares, así como por la construcción de obras que modifiquen las características hidráulicas del cauce. 9. Realizar labores de inspección para evitar la edificación de toda clase de obras y construcciones definitivas, que puedan obstruir el flujo de las aguas, modificar el curso de las mismas o alterar en forma parcial o total las corrientes hidráulicas existentes en las corrientes, lagos o lagunas de propiedad nacional a los que correspondan las zonas federales en administración y custodia. La Jefatura de Patrimonio Edificado, que tiene las siguientes responsabilidades: 1. Preservar las edificaciones con valor histórico y/o artístico que se encuentran identificadas dentro del Programa Municipal de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano de Tampico, Tamps. Y del Plan Parcial de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Centro Histórico de Tampico, Tamps. La Jefatura Jurídica, que tiene las siguientes responsabilidades: 1. Verificar el cumplimiento de la legislación vigente en materia de ordenamiento territorial y desarrollo urbano durante el desarrollo de las actividades que se llevan a cabo en la Subdirección. 2. Tramitar la solicitud de la fuerza pública cuando fuere necesario para hacer cumplir las determinaciones apegadas a la legislación vigente en materia de ordenamiento territorial y desarrollo urbano. Subdirector de Desarrollo Urbano Jefe de Licencias de Construcción Jefe de Control Urbano Jefe de Inspección Urbana Jefe de Patrimonio Edificado Jefe Jurídico 8

9 SUBDIRECCIÓN DE PLANEACIÓN URBANA La Subdirección de Planeación Urbana tiene las siguientes responsabilidades: 1. Participar en la elaboración de los proyectos de planes de desarrollo urbano que afecten al Municipio. 2. Participar en la elaboración de anteproyectos para construir mercados, panteones, rastros, parques, plazas, jardines y los demás que estén a cargo del Municipio. 3. Participar en la elaboración de anteproyectos tendientes al aprovechamiento de las zonas federales en espacios de beneficio público como son: parques y jardines, canchas deportivas, áreas culturales y recreativas, vialidades y otros. ESTRUCTURA La Subdirección de Planeación Urbana se organiza en 3 jefaturas: La Jefatura de Proyectos Metropolitanos, que tiene las siguientes responsabilidades: 1. Desarrollar los anteproyectos conceptuales para construir mercados, panteones, rastros, parques, plazas, jardines y los demás que estén a cargo del Municipio. 2. Desarrollar los anteproyectos conceptuales tendientes al aprovechamiento de las zonas federales en espacios de beneficio público como son: parques y jardines, canchas deportivas, áreas culturales y recreativas, vialidades y otros. La Jefatura de Imagen de Proyectos, que tiene las siguientes responsabilidades: 1. Dotar de una imagen atractiva a los anteproyectos conceptuales desarrollados para construir mercados, panteones, rastros, parques, plazas, jardines y los demás que estén a cargo del Municipio. 2. Dotar de una imagen atractiva a los anteproyectos conceptuales desarrollados tendientes al aprovechamiento de las zonas federales en espacios de beneficio público como son: parques y jardines, canchas deportivas, áreas culturales y recreativas, vialidades y otros. La Jefatura de Centro Histórico, que tiene las siguientes responsabilidades: 1. Coadyuvar en el desarrollo de anteproyectos tendientes al aprovechamiento de la zona definida como Centro Histórico del Municipio. Subdirector de Planeación Urbana Jefe de Proyectos Metropolitanos Jefe de Imagen de Proyectos Jefe de Centro Histórico 9

10 SUBDIRECCIÓN DE CONSTRUCCIÓN La Subdirección de Construcción tiene las siguientes responsabilidades: 1. Conservar calles, incluyendo la infraestructura pluvial del Municipio. 2. Conservar las características de las zonas federales mediante acciones de limpieza, retiro de escombros, maleza y vegetación indeseable y retiro de basura. 3. Ejecutar las acciones de mantenimiento de carácter correctivo después de la ocurrencia de crecientes o avenidas que pudieran modificar las zonas federales. ESTRUCTURA La Subdirección de Construcción se organiza en 4 jefaturas: La Jefatura de Supervisión Zona Norte, que tiene las siguientes responsabilidades: 1. Conservar calles, incluyendo la infraestructura pluvial del Municipio en el área delimitada entre el Distribuidor Vial Aeropuerto y la Avenida Burton Grossman/Divisoria. 2. Conservar las características de las zonas federales en el área delimitada entre el Distribuidor Vial Aeropuerto y la Avenida Burton Grossman/Divisoria, mediante acciones de limpieza, retiro de escombros, maleza y vegetación indeseable y retiro de basura. 3. Ejecutar las acciones de mantenimiento de carácter correctivo después de la ocurrencia de crecientes o avenidas que pudieran modificar las zonas federales en el área delimitada entre el Distribuidor Vial Aeropuerto y la Avenida Burton Grossman/Divisoria. La Jefatura de Supervisión Zona Sur, que tiene las siguientes responsabilidades: 1. Conservar calles, incluyendo la infraestructura pluvial del Municipio en el área delimitada entre el Distribuidor Vial Aeropuerto y el Río Pánuco. 2. Conservar las características de las zonas federales en el área delimitada entre el Distribuidor Vial Aeropuerto y el Río Pánuco, mediante acciones de limpieza, retiro de escombros, maleza y vegetación indeseable y retiro de basura. 3. Ejecutar las acciones de mantenimiento de carácter correctivo después de la ocurrencia de crecientes o avenidas que pudieran modificar las zonas federales en el área delimitada entre el Distribuidor Vial Aeropuerto y el Río Pánuco. La Jefatura de Maquinaria, que tiene las siguientes responsabilidades: 1. Conservar en buen estado físico y operativo la maquinaria de la Subdirección. La Jefatura Administrativa, que tiene las siguientes responsabilidades: 1. Apoyar en el control de los recursos financieros, materiales y humanos que le han sido suministrados a la Subdirección para su operación. Subdirector de Construcción Jefe de Supervisión Zona Norte Jefe de Supervisión Zona Sur Jefe de Maquinaria Jefe Administrativo 10

11 SUBDIRECCIÓN DE CUERPOS DE AGUA MUNICIPALES La Subdirección de Cuerpos de Agua Municipales tiene las siguientes responsabilidades: 1. Apoyar en la conservación de las características de las zonas federales mediante el trámite de permisos para la ejecución de acciones de limpieza, retiro de escombros, maleza y vegetación indeseable y retiro de basura. 2. Tramitar permisos para la ejecución de acciones de mantenimiento de carácter correctivo después de la ocurrencia de crecientes o avenidas que pudieran modificar las zonas federales. ESTRUCTURA La Subdirección de Cuerpos de Agua Municipales se organiza en una coordinación y una jefatura: La Coordinación de Cuerpos de Agua, que tiene las siguientes responsabilidades: 1. Coordinar la ejecución de los planes de trabajo de la Subdirección. La Jefatura de Maquinaria, que tiene las siguientes responsabilidades: 1. Conservar en buen estado físico y operativo la maquinaria de la Subdirección. Subdirector de Cuerpos de Agua Municipales Coordinador de Cuerpos de Agua Jefe de Maquinaria SUBDIRECCIÓN DE OPERACIONES RESPONSABILIDADES La Subdirección de Operaciones tiene las siguientes responsabilidades: 1. Recopilar, analizar y preparar la información generada por la Dirección para su difusión. 2. Recibir, canalizar y dar seguimiento a las comunicaciones y solicitudes recibidas desde el exterior de la Dirección. 3. Proponer el tipo de sistemas de medición y control requeridos para asegurar la eficiencia en el desempeño de las actividades desarrolladas por la Dirección, así como supervisar su implantación y llevar a cabo su operación. La Subdirección de Operaciones se organiza en 1 jefatura: La Jefatura de Operaciones e Información, que tiene las siguientes responsabilidades: 1. Recopilar y preparar la información generada por la Secretaría para su difusión. 2. Colaborar en la recepción, canalización y seguimiento a las comunicaciones y solicitudes recibidas desde el exterior la Dirección. Subdirector de Operaciones Jefe de Operaciones e Información 11

12 SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA RESPONSABILIDADES La Subdirección Administrativa tiene las siguientes responsabilidades: 1. Gestionar el suministro, administración y control de los recursos financieros, materiales, tecnológicos y humanos requeridos para la operación de la Dirección. La Subdirección Administrativa se organiza en 3 jefaturas: La Jefatura Administrativa, que tiene las siguientes responsabilidades: 1. Apoyar en la gestión y administración de los recursos materiales requeridos para la operación de la Dirección. La Jefatura de Control Presupuestal, que tiene las siguientes responsabilidades: 1. Llevar a cabo los movimientos que afectan al presupuesto de la Dirección. La Jefatura de Informática, que tiene las siguientes responsabilidades: 1. Conservar y mejorar los recursos tecnológicos requeridos para la operación de la Dirección. Subdirector Administrativo Jefe Administrativo Jefe de Control Presupuestal Jefe de Informática 12

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