PROPUESTA DE RESOLUCIÓN NÚMERO 7, TRANSPARENCIA Y CALIDAD DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS.

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1 PROPUESTA DE RESOLUCIÓN NÚMERO 7, TRANSPARENCIA Y CALIDAD DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS. Los profundos cambios sociales, económicos y tecnológicos que han ocurrido en las últimas décadas, y la rapidez de los mismos, están produciendo una serie de disfunciones y de falta de respuestas a las necesidades de la población que ponen en cuestión el equilibrio social y político que supone la democracia. El alejamiento y la escasa participación de la población en la política, afecta de manera importante al modelo democrático de sociedad. Por este motivo, hay que avanzar en Democracia porque es avanzar en igualdad, y porque supone una participación mayor de los ciudadanos. En este sentido, es fundamental complementar la representación con una participación activa de los ciudadanos en las instituciones democráticas. Hoy es evidente que la democracia tiene demandas de participación que trasciende a votar cada cuatro años. La necesaria ampliación de los espacios y procesos democráticos tiene que partir del impulso de una ciudadanía activa, de reformas legales que blinden derechos y servicios públicos para el bienestar de la población, de una mayor transparencia, control y rendición de cuentas, y de reformas instituciones que frente a una Asamblea de Madrid invisible para los ciudadanos, implica la necesidad de un Parlamento abierto, flexible y dispuesto a un ejercicio permanente de adaptación que permita la participación directa de los ciudadanos en la Cámara. Los servicios públicos son esenciales para la vida diaria de los ciudadanos, inciden directamente en el desarrollo y bienestar de la población y son el pilar fundamental de la igualdad de oportunidades y de una sociedad próspera y desarrollada. La calidad y eficiencia de servicios públicos como la sanidad, la educación, la atención social, la justicia, la seguridad pública, etc., cuya prestación debe garantizar el ejercicio de derechos reconocidos en la Constitución Española, vienen determinadas por la capacidad de las Administraciones Públicas para gestionarlos y por los recursos que dispone para ello. Así mismo, la administración pública debe velar porque tanto los servicios que presta directamente, como aquellos que son prestados por los mercados, se atengan a unas reglas básicas de justicia y equidad de tal forma que quede garantizada la igualdad de oportunidades de toda la ciudadanía. En los últimos meses, con la excusa de la crisis económica, estos recursos de las Administraciones Públicas están sufriendo los mayores recortes de la historia de la democracia española que afectan, de manera especial, a los empleados públicos que son un elemento

2 fundamental para la prestación de servicios, y de cuyo número, trabajo y cualificación depende la eficaz atención a la demanda de servicios por los ciudadanos.

3 Es indudable que existe la necesidad de ordenar racionalmente estos recursos y de controlar el gasto público, pero ello no justifica medidas como las adoptadas por el Gobierno de la Comunidad de Madrid que a través de la ley 6/2011 de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas el Gobierno, rompiendo los acuerdos alcanzados con las organizaciones sindicales, aumentó la jornada laboral de los empleados públicos y recortó la prestación económica prevista para la situación de incapacidad temporal (I.T.) con el argumento de acabar con el absentismo laboral, pero sin dar un solo dato o cifra fiable y contrastable sobre ese absentismo en la Administración Autonómica. Con la ley 3/2012, de modificación de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2012, se reduce el número de empleados públicos con la amortización de vacantes, se incide en los recortes en las condiciones laborales y retributivas de los empleados públicos con la reducción de jornada y salario para personal temporal, se recortan las prestaciones sociales y asistencia sanitaria, y se contempla también una reducción de un 3,3% en los salarios (que no se aplicará en el año 2012 y será sustituido por la eliminación de la paga extraordinaria del mes de diciembre aprobada por el Gobierno de la Nación pero que, en base a las declaraciones del Sr. Consejero de Economía y Hacienda, es posible que se aplique en el año 2013). Afecta también esta ley a la prestación del servicio de asistencia jurídica gratuita puesto que establece la reducción del 20% en los honorarios de los profesionales del turno de oficio que, si bien no tienen la condición de empleados públicos, son trabajadores que prestan un servicio público que debe garantizar el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva. Tal medida, sin duda, afectará a la sostenibilidad del servicio y al derecho de defensa de los sectores más necesitados de la población. El origen de la crisis no está en los servicios públicos ni son los empleados públicos sus causantes como se pretende hacer creer, de manera interesada, a la ciudadanía para justificar los brutales recortes que está llevando a cabo el Partido Popular desde las distintas Administraciones. Y la racionalización de los servicios públicos y la reducción del déficit presupuestario no puede ni debe conseguirse a costa de incrementar el déficit social y de poner en riesgo la calidad y la continuidad de los servicios públicos madrileños. Si el Gobierno quiere mantener la prestación adecuada de los servicios públicos debe reconsiderar las medidas adoptadas y buscar soluciones alternativas para racionalizar el gasto público sin recortar los gastos sociales ni afectar negativamente a los empleados públicos. Y ello es posible si las medidas necesarias para gestionar de manera eficaz y eficiente los recursos públicos se adoptan en el marco del diálogo y la negociación colectiva y con la

4 colaboración y el consenso de las organizaciones sindicales que representan a los empleados públicos. Paralelamente a esto, se han ido generando una serie de circunstancias, estafas con las Preferentes en bancos y cajas y desahucios por impago hipotecarios, que han agravado de forma notable, la situación de los más desfavorecido que son los que más sufren los efectos de la crisis económica, sin que ni el Gobierno o de España hayan puesto en marcha soluciones reales y eficaces, más allá de parches y palabras rimbombantes. La Asamblea de Madrid insta al Gobierno de la Comunidad de Madrid a que se dirija al Gobierno de la Nación y al Parlamento de la Nación, para que: 1. Realice el blindaje constitucional efectivo de nuestro actual sistema de pensiones tanto para las prestaciones actuales como para las futuras, y de ese modo pase lo que pase en nuestro país, nuestro sistema de pensiones sea intocable. 2.- Proponer la modificación de la Ley Hipotecaria, de modo que la responsabilidad derivada del préstamo hipotecario esté limitada al valor de la finca o fincas hipotecadas. Esto es, la regulación de la dación en pago como regla general de extinción del crédito hipotecario. 3.- Proponer la modificación de la legislación concursal para instaurar con carácter de urgencia el sistema "fresh start", para que una vez ejecutado todo el patrimonio embargable del deudor hipotecario, la deuda restante quede cancelada por decisión judicial sin necesidad del consentimiento del acreedor. 4.- Proponer que la Nacional del Mercado de Valores, audite, responda y emita de oficio la idoneidad de los titulares de participaciones preferentes, con la emisión de informes individuales para cada uno de los ahorradores minoristas que mantienen este tipo de productos híbridos. 4.- Proponer que dote en su caso; a la Nacional del Mercado de Valores de los recursos necesarios y suficientes para llevar a cabo esta auditoría, con repuesta individualizada a las personas poseedoras de participaciones preferentes.

5 5.- Proponer que el Gobierno de España, con los instrumentos a su alcance resuelva la situación de los productos híbridos; participaciones preferentes, con canjes por bonos o depósitos, sin pérdida del dinero aportado, para los ahorradores minoristas, calificados de no idóneos para poseer este tipo de productos. La Asamblea de Madrid insta al Gobierno de la Comunidad de Madrid y a la propia Asamblea a llevar a cabo cuantas modificaciones legislativas o reglamentarias sean necesarias para: 1. Exigir la Obligación legal de Cumplir el Programa electoral. Su incumplimiento podrá ser llevado ante los tribunales y provocar la inhabilitación de los miembros del Consejo de Gobierno. 2. Blindar derechos y servicios públicos. Modificación del Estatuto de la Comunidad Autónoma de Madrid para garantizar los derechos y servicios públicos a todos los ciudadanos. Dentro de este apartado establecer las modificaciones estatutarias y legales necesarias para que el Canal de Isabel II, la empresa Metro de Madrid y RTVM sean empresas siempre de titularidad y gestión pública. 3. Realizar Plenos ciudadanos. En un día a determinar, de la última semana de cada mes, se celebrará el Pleno Ciudadano con las iniciativas que los ciudadanos o distintos colectivos hayan presentado y con su intervención en el Pleno de la Asamblea de Madrid. 4. Facilitar la constitución de Comisiones de investigación en la Asamblea de Madrid. 5. Dar Publicidad de la declaración de bienes y actividades de diputados y altos cargos del gobierno y las empresas, organismos y entes. 6. Modificar la Ley 14/1995, de 21 de abril, reguladora de las Incompatibilidades de los Altos Cargos de la Comunidad de Madrid, con el fin de hacer publica la declaración las actividades, bienes y derechos que se posean y copia de la última declaración tributaria correspondiente al impuesto sobre la renta de las personas físicas y del impuesto extraordinario sobre el patrimonio, de los altos cargos de la Comunidad de Madrid. 7. Realizar dos plenos semanales en la Asamblea de Madrid. Una de las sesiones se dedicará a la sustanciación de iniciativas de información y de control de la acción del Gobierno regional mientras que en otra sesión distinta se incluirán las iniciativas de

6 impulso y las de carácter legislativo. Ambas sesiones tendrán comienzo a las 9 horas del día fijado para las mismas. 8. Permitir la Presentación de interpelaciones urgentes. 9. Avanzar hacia un Gobierno Abierto y transparente. Realizar las modificaciones legislativas pertinentes para que la Asamblea de Madrid pueda fiscalizar el presupuesto de la Comunidad de Madrid en su totalidad. Y promover formulas que permitan y mejoren la accesibilidad de los ciudadanos a la información que les pueda resultar de interés. 10. Habilitar el mes de julio como periodo de sesiones ordinario. 11. Impulsar medidas de lucha contra la corrupción y el tranfugismo. 12. Presentar un Código de buenas prácticas para el ejercicio de la actividad legislativa y de la gestión de la administración de la Comunidad de Madrid. 13. Promover una ley de Participación Ciudadana a efectos de mejorar los cauces de participación de los ciudadanos. 14. Abrir un proceso de negociación colectiva con las organizaciones sindicales con el fin de consensuar las medidas que se consideren necesarias para la racionalización del gasto público sin afectar a la calidad en la prestación de servicios públicos que sean esenciales para la población. 15. Suspender la aplicación de la reducción de la prestación económica prevista para la situación de incapacitación temporal (I.T) que ha comenzado a aplicarse desde el pasado 1 de septiembre en base a lo dispuesto en la ley 6/2011 de 28 de diciembre. 16. Suspender la aplicación de las medidas establecidas en la ley 4/2012, de 4 de julio que afectan a las condiciones laborales, retributivas y sociales de los empleados públicos de la Comunidad de Madrid. 17. Cubrir todas la vacantes que se produzcan en puestos de trabajo vinculados a la prestación de servicios que deben garantizar el ejercicio de los derechos ciudadanos reconocidos en la Constitución Española. 18. Suspender la aplicación de la reducción de un 20% en los honorarios de los profesionales del turno de oficio establecida en la Ley 4/2012, de 4 de julio.

7 19. Abrir un proceso de diálogo y colaboración con los Colegios de Abogados y con las Asociaciones Profesionales que permita abordar con eficacia la racionalización del servicio que se presta a través del turno de oficio sin que se vea afectado el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva. 20. Que modifique, en el ámbito de sus competencias, la legislación fiscal en sucesiones y donaciones y en transmisiones patrimoniales para facilitar las operaciones de dación en pago de los créditos hipotecarios ya celebrados. 21. Que establezca un Servicio de Mediación, Conciliación e Información, destinado a los ciudadanos que no pueden hacer frente a su crédito hipotecario y no han logrado renegociar las condiciones del mismo con la entidad financiera con la que lo contrataron, garantizando así la mediación efectiva de la Administración entre el deudor y el acreedor que evite el concurso y la pérdida de la vivienda

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