"La reglamentación de Precios de Transferencia y su impacto en las empresas"
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- José Manuel Ayala González
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1 "La reglamentación de Precios de Transferencia y su impacto en las empresas" Cr. Nelson Hernández Director General de Rentas de la Dirección General Impositiva Auditorio de la Facultad de Administración y Ciencias Sociales 19 de marzo de 2009
2 Precios de transferencia Director General de Rentas Cr. Nelson Hernández Lamarque Montevideo, 19 de marzo de
3 Contexto internacional Globalización económica Liberalización de mercados de capitales Complejidad de relaciones comerciales internacionales Importancia de empresas multinacionales Disparidad de regímenes tributarios 2
4 Planificación tributaria internacional ALGUNAS TÉCNICAS UTILIZADAS Sociedades controladoras extraterritoriales Sociedades controladoras con licencias y patentes extraterritoriales Sociedades financieras extraterritoriales Compañías comerciales extraterritoriales 3
5 Planificación tributaria internacional ALGUNAS TÉCNICAS UTILIZADAS Oficina de Administración de Grupo o Centro de Coordinación. Compañías de contratación de empleados. Manufactura en un paraíso fiscal. Uso abusivo de los tratados. Fideicomisos extraterritoriales. Compañías de seguros cautivas. Prof. Víctor Uckmar Conferencia CIAT- Lisboa
6 Administración tributaria OBJETIVOS: Resguardar la base tributaria nacional. Desalentar la planificación fiscal nociva. Limitar el desarrollo de maniobras evasivas. Trato equitativo a los contribuyentes que actúan en un plano local y a los que lo hacen internacionalmente. Anticipar situaciones de elusión y evasión, para adoptar oportunamente normas de reglamentación y auditoría efectivas. Alentar, finalmente, el cumplimiento voluntario. María Cecilia Ventura Conferencia CIAT- Lisboa
7 Planificación tributaria internacional MEDIDAS DE PROTECCIÓN: Reglas generales contra la elusión. Legislación sobre sociedades extranjeras controladas (SEC). Reglas sobre subcapitalización. Medidas para contrarrestar la transferencia de residencia. Precios de transferencia. Medidas relacionadas con pagos a países con regímenes de baja tributación. Medidas contra el uso abusivo de los tratados. 6 Prof. Víctor Uckmar Conferencia CIAT- Lisboa 2003
8 Reglas generales contra la elusión Principio de la realidad económica Principio de plena competencia Operaciones relativas a bienes tangibles Retención en la fuente - Imputación de giros o créditos 7
9 Reglas generales contra la elusión ❿ Principio de la realidad económica Las formas jurídicas adoptadas por los particulares no obligan al intérprete: éste deberá atribuir a las situaciones y actos ocurridos una significación acorde con los hechos, siempre que del análisis de la norma surja que el hecho generador fue definido atendiendo a la realidad y no a la forma jurídica. 8
10 Reglas generales contra la elusión Principio de plena competencia i) Operaciones relativas a bienes tangibles Mercado interno Cuando en una actividad gravada se manufacturen o comercialicen bienes o materias primas producidas por explotaciones no gravadas, los valores de ingreso al patrimonio de tales bienes no podrán ser superiores al precio de costo en plaza a la fecha del ingreso. 9
11 Reglas generales contra la elusión Principio de plena competencia i) Operaciones relativas a bienes tangibles Comercio internacional Ingresos provenientes de la exportación: Precio de venta mayorista en el lugar de destino menos costo, seguro, flete y gastos de venta Costos provenientes de la importación: Precio de costo mayorista en el lugar de origen más costo, seguro y flete Subsidiariamente resultados de empresas independientes 10 con similar actividad
12 Reglas generales contra la elusión Principio de plena competencia ii) Retención en la fuente - Imputación de pagos o créditos No se toman en cuenta los que correspondan a operaciones comerciales o financieras, a la vista o a plazo, efectuadas en las mismas condiciones comerciales y financieras que se realizarían entre personas jurídicas y económicamente independientes. 11
13 LEGISLACIÓN DOMÉSTICA Ley Nº de 27 de diciembre de 2006 Dto. Nº 56/009 de
14 OBJETIVOS: Alinearse con la normativa internacional. Generar clima de negocios para los inversores extranjeros. Marco jurídico adecuado para su implementación. 13
15 PRINCIPIO DE PLENA COMPETENCIA Art.38 T.4 T.O Cuando las operaciones que se realicen con personas o entidades vinculadas no se ajusten a las prácticas del mercado entre entidades independientes, lo que deberá ser probado fehacientemente por la Administración Tributaria, las mismas se ajustarán. 14
16 Sujetos comprendidos Art.1 Dto.56/009 Contribuyentes y responsables: ❿ Quienes realicen operaciones con entidades vinculadas NR (constituidas, domiciliadas, radicadas, residentes o ubicadas en el exterior) y: estén comprendidos en el art.3 del Título 4, o contribuyentes de IRPF que tributen IRAE (por opción o preceptivamente) y realicen operaciones con entidades vinculadas NR ❿ Quienes efectúen operaciones con entidades ubicadas en países o que se beneficien de un régimen de baja o nula tributación o que operen en territorio nacional y se beneficien de un régimen de baja o nula tributación.
17 OPERACIONES COMPRENDIDAS Art.39 T.4 T.O Configuración de la operación: ❿ Operaciones con no residentes ❿ Operaciones con entidades que operen en exclaves aduaneros en régimen de nula o baja tributación 16
18 VINCULACIÓN - Art. 39 T.4 Artículo 2 Dec. 56/009 Configuración de la vinculación: Dirección o control de ambas partes, directa o indirectamente, por las mismas personas físicas o jurídicas. Tengan el poder de decisión para orientar o definir las actividades por: Participación en el capital Nivel de sus derechos de crédito Influencias funcionales 17 Otras
19 REGÍMENES DE BAJA O NULA TRIBUTACIÓN Art. 40 T.4 Las operaciones con países de baja o nula tributación se presumirán, sin admitir prueba en contrario, realizadas entre partes vinculadas y no serán consideradas ajustadas a las prácticas o valores normales de mercado entre partes independientes, por lo tanto se deberán ajustar. Se incluyen en esta hipótesis a las operaciones con entidades que operen en exclaves aduaneros. 18
20 Países de baja o nula tributación Art.3 Dto.56/009 Lista de 33 países. Posibilidad de excluir países de la lista. Facultad a la DGI para agregar países 19
21 MÉTODOS DE AJUSTE Art. 41 T.4 No se establece orden preferencial. Más apropiado La Ley prevé los siguientes: Precios comparables entre partes independientes. Lit. a) Art.4 Dto. 56/009: comparable interno o externo. Precio de reventa. b) ut. bruta s/ventas. Costo incrementado. c) ganancia bruta, ut.bruta s/cv. División de ganancias. d) % aplicado entre partes independientes. Margen neto de la transacción. e) margen ganancia interno o externo. Otros que determine la reglamentación 20
22 MÉTODOS DE AJUSTE Análisis de partes intervinientes. Art.5 Dto.56/009: Sujeto local o del exterior. Sujeto del exterior: prueba documentada certificada en país de origen. Transacciones comparables. Art.6 Dto.56/009: Siempre que no existan diferencias que afecten el precio, el margen o el monto. Eliminar diferencias en virtud de ajustes 21
23 MÉTODOS DE AJUSTE Transacciones comparables. Art.6 Dto.56/009: Elementos a considerar para ajuste diferencias: Características de las transacciones Funciones o actividades, activos utilizados y riesgos asumidos. Términos contractuales Circunstancias económicas Estrategias comerciales 22
24 MÉTODOS DE AJUSTE Cuantificación y eliminación de diferencias. Art.7 Dto.56/009: Elementos a considerar: Plazo de pago: valor de intereses. Cantidades negociadas: documentación descuentos o bonificaciones. Propaganda o publicidad: distinción finalidad promoción, empresa o producto. Costo de intermediación Acondicionamiento, flete y seguro. Naturaleza física y de contenido. Diferencias de fecha de celebración de las transacciones Conversión moneda Variaciones accidentales de cotización excepto art
25 MÉTODOS DE AJUSTE Criterios de ajuste. Art.8 Dto.56/009: 2 o + transacciones comparables: determinación de la mediana y rango intercuartil de precios o márgenes. Si el valor fijado por el contribuyente: Dentro del rango: se considera pactado entre partes independientes. Si no: si es < 1er cuartil = mediana - 5% si es > 3er cuartil = mediana + 5% 24
26 MÉTODOS DE AJUSTE Criterios de ajuste. Art.8 Dto.56/009: er cuartil mediana Si el precio fijado en la operación fuera de Esta dentro del rango er cuartil Se considera realizado entre partes independientes 25
27 MÉTODOS DE AJUSTE Criterios de ajuste. Art.8 Dto.56/009: er cuartil mediana 1er cuartil Si el precio fijado en la operación fuera de No esta dentro del rango. < 1er cuartil 70 Mediana 5% = 180,5 26
28 MÉTODOS DE AJUSTE Criterios de ajuste. Art.8 Dto.56/009: er cuartil mediana 1er cuartil Si el precio fijado en la operación fuera de No esta dentro del rango. < 1er cuartil 2500 Mediana 5% = 2755 =
29 MÉTODOS DE AJUSTE Art. 42 T.4 Operaciones de importación y exportación, con precio internacional público y notorio : Mercado transparente Mercado de valores No requiere vinculación Reversión carga de la prueba Vigencia inmediata 28
30 MÉTODOS DE AJUSTE Art. 43 T.4 Operaciones de commodities o con mercados transparentes con vinculados e intermediarios Valor de cotización del bien en el mercado transparente del día de la carga de la mercadería. Salvo que el intermediario: Tenga establecimiento real en el exterior Su actividad principal no sea: obtención de rentas pasivas, operaciones comerciales con Uruguay o entidades vinculadas Las operaciones con la empresa nacional o sus vinculadas, no superen el 30% de sus operaciones internacionales 29
31 Operaciones de importación y exportación a través de intermediarios. Art.10 Dto.56/009. Información a considerar literales A), B) y C) del inciso segundo del artículo 43 T.4: - Correspondiente al año fiscal que se liquida por el sujeto pasivo importador e exportador. - Si fecha intermediario no coincide, último ejercicio anual intermediario. - Facultad DGI fijar igual período. Art. 11 Dto.56/009. Prueba requisitos A), B) y C) fundada en comprobantes fehacientes y concretos. 30 Relación de compras y ventas y de ingresos y egresos.
32 Operaciones de importación y exportación Art.12 Dto.56/009. Rentas pasivas Art. 13 Dto.56/009. Precio internacional de público y notorio conocimiento: valor de cotización del bien en el mercado transparente correspondiente al día de expedición de la carga. Transporte por otros medios: DGI determinará pautas. 31
33 PENALIZACIÓN Régimen general de infracciones Sanciones acumulables Mora Multa: 20 % sobre el impuesto. Recargos: 4 % mensual capitalizable cuatrimestralmente Defraudación De una a quince veces el impuesto defraudado o pretendido defraudar 32
34 SAFE HARBOURS Art. 44 T.4 Se faculta al Poder Ejecutivo a establecer con carácter general, para la determinación de la renta de fuente uruguaya, regímenes especiales de utilidad presunta en atención, entre otras, a las modalidades de las operaciones, giro o explotación. 33
35 IMPLEMENTACIÓN Limitación del secreto de actuaciones Art. 45 T.4: El secreto no será aplicable respecto de la información necesaria para la determinación de precios. Declaraciones juradas especiales Art. 46 T.4: Suministro de información de costos, márgenes de utilidad, etc. para la fiscalización de las operaciones. 34
36 ACUERDOS BILATERALES Art. 46 T.4 Acuerdos con otros Estados que habiliten: ❿ Inspecciones simultáneas ❿ Intercambio de información 35
37 DECLARACIÓN JURADA - DOCUMENTACIÓN Art.14 Dto.56/009: Contribuyentes que determine DGI deberán presentar DJ. Art.15 Dto.56/009: DGI podrá requerir la presentación de comprobantes y justificativos. Plazo no menos a 8 meses desde fecha de cierre. VIGENCIA: Art.16 Dto.56/009: a partir del 1/01/
38 Reglamentos de la Administración Tributaria Orientada a proveer definiciones claras sobre: Documentación Informes que permitan: Procesar la información Auditorias eficientes Reglamentar la información que debe incluir la documentación comprobatoria con base en las diferentes metodologías establecidas en la ley. 37
39 Reglamentos de la Administración Tributaria Información a ser presentada: Contenido de la declaración Informativa de PT Monto Tipo de Operación Parte relacionada Métodos Utilizados Determinación de márgenes por transacción Información de precios, productos y mercados. Plataforma amigable Formato estándar para el procesamiento de la información 38
40 APLICACIÓN DEL RÉGIMEN Precedencia de aplicación: ❿ Realidad económica ❿ Precios de transferencia ❿ Principio general de plena competencia internacional En los casos en que no sea aplicable el sistema de precios de transferencia, las rentas de fuente uruguaya derivadas de operaciones de exportación e importación, se determinarán atendiendo a los valores FOB o CIF de las mercaderías exportadas o importadas (a precios de plena competencia). 39
41 MUCHAS GRACIAS 40
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