INFORME SOBRE LAS CONSECUENCIAS RD LEY 2/2013 DEL ACUERDO MARCO PLANTEADO POR CONSELLERIA DE SANIDAD EN EL. Marzo Marzo 2013 Pág.
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- Amparo Rodríguez Acuña
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1 INFORME SOBRE LAS CONSECUENCIAS DEL ACUERDO MARCO PLANTEADO POR CONSELLERIA DE SANIDAD EN EL RD LEY 2/2013 Marzo 2013 Marzo 2013 Pág. 1
2 Índice 1. Introducción Pág Inversiones en el Sistemas de Información Colegial Pág Convenio Marco por parte de Conselleria Marzo 2013 Pág. 5 - Procedimientos en materia de dispensación Pág. 5 en el sistema de receta electrónica. - Concertación para la ejecución de la prestación Pág. 7 farmacéutica a través de las oficinas de farmacia de la Comunidad Valenciana - Condiciones de facturación y pago Pág Efectos que provoca el posible Acuerdo Marco Pág. 11 Marzo 2013 Pág. 2
3 1. Introducción La realización de diferentes acuerdos Marco con la Agencia Valenciana de Salud para establecer las condiciones de concertación para la ejecución de la prestación farmacéutica a través de las oficinas de farmacia de la Comunidad Valenciana, propone acabar con la cohesión que actualmente tienen las farmacias a la hora de realizar la dispensación, facturación y pago de los productos dispensados en las farmacias, prescritos a través del Sistema Nacional de Salud, creando una vía de concertación individualizada por farmacia y estableciendo un sistema de facturación directa a la Agencia Valenciana de Salud o mediante sistemas de otras entidades o instituciones, distintas a los Colegios Oficiales. El Concierto entre la Conselleria de Sanitat y los Colegios Oficiales de Farmacéuticos de las provincias de Alicante, Castellón y Valencia de 23 de junio de 2004 fija las condiciones para la prestación farmacéutica en oficinas de farmacia, estableciendo las tareas que los Colegios Oficiales tienen encomendadas, entre ellas la facturación de las recetas del Sistema Nacional de Salud, así como la creación de los sistemas de información de los Colegios Oficiales (SICOF) que han sido desarrollados durante los últimos años mediante un esfuerzo económico durante este tiempo que supera los dos millones de euros, así como unos gastos de explotación anuales que rondan los dos millones de euros anuales para las farmacias y el Colegio en la provincia de Valencia. Los Colegios Oficiales se constituyen desde un comienzo como órganos gestores de esta información hasta la administración e interlocutores únicos como representantes de todas las farmacias, permitiendo unificar y homogeneizar todos los procesos al mínimo coste y con un mismo sistema de seguridad, certificación y facturación. Marzo 2013 Pág. 3
4 2. Inversiones en el Sistema de Información Colegial Debemos destacar que tanto el objetivo del Concierto de prestaciones farmacéuticas de 2004, vigente en la actualidad entre la AVS y los Colegios Oficiales, como el RD Ley 9/2011 pretenden implantar al prescripción, dispensación y facturación de receta electrónica en la Comunidad Valenciana, con ese objetivo vienen trabajando los Colegios Oficiales dotándose de las infraestructuras necesarias en el Colegio creando los sistemas de información SICOF y en las farmacias adquiriendo y adaptándose a las necesidades planteadas. Estas inversiones y gastos soportados desde la firma del convenio en el año 2004 superan los 2 millones de euros en inversión, así como 2 millones de euros es el gasto que supone anualmente al Colegio Oficial y a las 1210 farmacias. Estos sistemas se componen de: Servidores centrales Alojados en un datacenter situados en dos rack con los equipos físicos que albergan las aplicaciones y las bases de datos del sistema de información. Red de comunicaciones Red Privada Virtual (VPN) que conecta el SICOF con todas las oficinas de farmacia con los Servidores (1.210 nodos) y con el nodo de Conselleria y el Colegio. Aplicaciones de gestión Compuestas por diferentes módulos, permite procesar la información de prescripción y dispensación de las farmacias hacia Conselleria, el uso de los servicios de facturación colegiales, así como administrar la plataforma a nivel de seguridad y servicios de configuración y control. Centro de atención de llamadas El Callcenter situado en el Colegio, compuesto de recursos técnicos y humanos, permite administrar las consultas e incidencias acaecidas en las farmacias, tanto a nivel técnico como de uso de la plataforma realizando un seguimiento de las incidencias hasta su resolución y derivándolas a los agentes involucrados en su resolución. Aplicaciones de gestión de oficinas de farmacia Aplicaciones informáticas que poseen las oficinas de farmacia para su gestión y cuyos proveedores han adaptado a las distintas versiones del sistema de dispensación electrónica que ha propuesto Consellería, así como en continua evolución de nuevos servicios en marcha. Marzo 2013 Pág. 4
5 INFRAESTRUCTURA ALCANCE INVERSIÓN (en miles de ) GASTO ANUAL (en miles de ) EQUIPOS Y SOFTWARE BÁSICO Suministro de los servidores centrales, software de Base de Datos y equipos de red centrales RED Servicio de comunicaciones de Red Privada Virtual (VPN) (de las 730 farmacias conectadas, a falta de conectar 470 para totalizar 1.200) APLICACIÓN Suministro del aplicativo central (SICOF) Actualización de Bases de Datos CENTRO DE ATENCIÓN DE LLAMADAS Servicio de Centro de Atención de Llamadas. CallCenter GESTIÓN DE OFICINAS DE FARMACIA Aplicaciones de gestión de oficina de farmacia TOTALES Marzo 2013 Pág. 5
6 3. Convenio Marco por parte de Conselleria. Marzo 2013 Procedimientos en materia de dispensación en el sistema de receta electrónica Entendemos que los objetivos y esfuerzos de la Agencia Valenciana de Salud deben ir dirigidos a una ayuda mutua con los Colegios como representantes de las farmacias representadas por sus Colegios Profesionales en la tarea de potenciar la dispensación, facturación y pago farmacéutico dentro de los sistemas actuales de receta electrónica ya realizados y que se demuestra los más adecuados para este propósito, sin incurrir en otros desarrollos y costes para la administración y el contribuyente con la aparición de nuevos sistemas añadidos a los que ya existen. Los sistemas actuales se han demostrado solventes, escalables, homogéneos y que funcionan de manera unificada. Un punto diferente donde sí debería dirigir sus esfuerzos la administración es a conseguir una interoperabilidad de los sistemas con otras comunidades autónomas, la segregación de los diferentes sistemas de receta electrónica de cada comunidad autónoma, no debería tener una continuidad como la que se plantea en este Acuerdo Marco ycon diferentes posibilidades de conexión paralelas a un sistema integrador que ya existe y es el de los Colegios Oficiales de Farmacéuticos, que tiene las inversiones realizadas y que se demuestra fiable, escalable y de máxima seguridad, ofreciendo un servicio homogéneo y de calidad al paciente. El acuerdo marco planteado, dirige sus esfuerzos a dos objetivos que nada tienen que ver con las prioridades del paciente, sino que están orientados a multiplicar sistemas, procedimientos y costos, creando confusión en el colectivo, dilatando los tiempos de implantación y rompiendo la cohesión existente en el colectivo alrededor del concierto de 2004 vigente actualmente. La realización de un nuevo sistema de dispensación por parte de la Conselleria de Sanidad u otros organismos o instituciones, paralelo a los ya existentes de los Colegios Oficiales de las tres provincias establecidos en el convenio actual, supone multiplicar los esfuerzos técnicos y económicos ya realizados. El efecto es perjudicial, contrario, de distracción e impedimento para el desarrollo de los sistemas de receta Marzo 2013 Pág. 6
7 electrónica actuales, introduciendo un elemento de discordia entre las partes y desencadenando una falta de consenso entre la AVS y Colegios Oficiales en representación de todo el colectivo farmacéutico. Mayor si cabe la inutilidad de este nuevo planteamiento de concertación y desarrollo de nuevos sistemas de facturación directos, si su objetivo es el de facilitar la facturación y cobro a determinadas farmacias que reúnan una serie de requisitos de facturación y localización geográfica, dado que los actuales sistemas colegiales de facturación permiten técnicamente la entrega inmediata de adelantos de facturación de farmacia a Conselleria en cualquier tipo de condicionamiento y en los mismos plazos que un nuevo acuerdo marco, con la diferencia que los sistemas de los Colegios Oficiales ya están creados, pilotados, en funcionamiento y con el consenso que da el anterior convenio. Marzo 2013 Pág. 7
8 Concertación para la ejecución de la prestación farmaceútica a través de las oficinas de farmacia de la CV Este acuerdo marco plantea la posibilidad de concertación para la ejecución de la prestación farmacéutica a través de las oficinas de farmacia en la comunidad valenciana (dispensación, facturación y pago), mediante la adhesión voluntaria de los titulares de farmacia al acuerdo marco mediante concierto individualizado con la AVS por parte de cada oficina de farmacia. La concertación individual a farmacia deja sin valor el papel que los Colegios Profesionales desempeñan hasta la fecha, privándoles de la capacidad de negociación colectiva que tienen en la actualidad y que facilita los acuerdos, el consenso, la colaboración y el trabajo conjunto con la administración con el fin de conseguir la mayor calidad de servicio y atención al paciente. La Farmacia Valenciana ha desarrollado e implantado la receta electrónica con grandes esfuerzos e inversiones a través de los Colegios Oficiales de Farmacéuticos, recibiendo subvenciones públicas de la administración en el ámbito de la comunidad y a nivel Nacional con fondos europeos, subvenciones sufragadas por los ciudadanos, que no tienen por qué aplicarse a otros desarrollos similares y que van en contra de lo marcado por las propias comisiones europeas. Estas inversiones han dado lugar al sistema de información SICOF perteneciente a todas ellas con el que se sientan las bases de lo que ya es el futuro de la farmacia, y que además de la receta electrónica, permite unificar otros tipos de servicios en relación a la dispensación y facturación de recetas de cualquier organismo, servicios de atención farmacéutica, formulación magistral, información de medicamentos, formación, comunicación, etc. Los servicios de receta electrónica que pone el SICOF de los Colegios Oficiales a disposición de las farmacias facilitan toda la información necesaria para la facturación actualmente y esta se procesa de acuerdo al convenio de prestación farmacéutica de la comunidad valenciana de La concertación directa con la farmacia y la posibilidad de que estas se conecten directamente con los sistemas de la AVS, supone el desarrollo por parte de esta de un nuevo sistema de dispensación y facturación ajeno al de los colegios oficiales, esto implica realizar unas inversiones por parte de la AVS similares o superiores a la que los Colegios Oficiales están realizando, dado que además, se abre la posibilidad de incorporar sistemas de facturación pertenecientes a cualquier tipo de organismos o entidad. Marzo 2013 Pág. 8
9 El nuevo sistema a desarrollar por la AVS, se encontraría con una serie de inconvenientes en cualquiera de las dos formas en las que la farmacia se pudiese comunicar con la AVS: 1. Comunicación mediante un interface web La farmacia conectaría en este supuesto de manera directa en dispensación y facturación electrónica a través de una página web que Conselleria realiza y dispone para tal fin. Esto supone una pérdida de la información que actualmente se genera en la farmacia a todos los niveles actuales, tanto de ventas, alertas, información de stock y pedidos e información necesaria para la atención farmacéutica al paciente y optimizar los tiempos de gestión en la farmacia, información que actualmente dispone el farmacéutico a través de sus programas de gestión de manera totalmente integrada. Ello supondría además una formación de su personal en el manejo de estas nuevas herramientas y un servicio de soporte adecuado para tal fin en el caso de dudas, errores y demás incidencias. 2. Comunicación vía integración de servicios web Al igual que han hecho con los sistemas de información suministrados por los Colegios Oficiales, los proveedores de aplicaciones de gestión deberán multiplicar esfuerzos económicos y de tiempo de desarrollo para integrar los servicios que la AVS disponga, esto implica un importante tiempo de desarrollo, homologación y pilotaje por parte de estos, multiplicando los desarrollos que existen actualmente y dificultando la convivencia en diferentes versiones de todos los sistemas existentes. La farmacia en base a su modo de concierto se ve obligada a elegir el uso de unos u otros servicios, servicios que son distintos y que tienen unos niveles de seguridad y certificación y modo de facturación completamente diferentes. La existencia de más de diez proveedores diferentes en la comunidad, demuestra por la experiencia que tienen los Colegios Oficiales en los últimos años, la dificultad, tiempo y esfuerzo económico que ello conlleva. Marzo 2013 Pág. 9
10 Vistos los inconvenientes de ambas soluciones técnicas, cualquiera de las dos provoca una multiplicidad de costes para la administración, las farmacias, los proveedores informáticos y en última instancia para el ciudadano que no redunda en beneficio de la farmacia ni la atención que recibe el paciente. Disponer de un acuerdo marco como el que se propone en el que las farmacias conciertan directamente con la AVS y poseen diferentes soluciones a la hora de elegir el sistema de facturación a emplear, una individualizada por farmacia y otra a través de otras entidades o instituciones, no hace más que menospreciar el trabajo e inversiones realizados hasta la fecha por los Colegios Oficiales, a la vez que generar confusión, incertidumbre y diversidad en los procesos y servicios farmacéuticos. Estando resuelto y llevado a término estos desarrollos por parte de los Colegios Oficiales, se pretende imponer nuevas soluciones a desarrollar al margen de estos, en base a injustificados argumentos y engañosos objetivos. Marzo 2013 Pág. 10
11 Condiciones de facturación y pago El concierto individual por farmacia abre la puerta a que cada una de ellas realice una facturación personal y directa con la AVS, a la vez que posibilita que sean otras personas físicas o jurídicas, entidades o instituciones distintas a los Colegios Oficiales las que realicen la facturación periódica, ignorando de un plumazo todo el tiempo, trabajo, esfuerzo y coste realizado por los Colegios oficiales para dotar a las farmacias de una infraestructura común, una facturación integradora, facilitando esta etapa de transición y adaptación a las nuevas tecnologías. Esta diferenciación rompe la cohesión actual existente en el colectivo farmacéutico, cohesión conseguida a través de muchos años de esfuerzo y que ha permitido a las farmacias dotar de altos niveles de calidad su servicio de atención a la salud del paciente. Esta diferenciación no existente en la actualidad, ni a nivel autonómico, ni nacional es hasta todo punto injustificable e inasumible. El procedimiento de identificación al paciente, información del fichero de facturación, entrega y ordenación de cupones y periodicidad es similar al existente actualmente, sin embargo la entrega de la factura mensual establece dos tipos de facturas, una individualizada por farmacia y otra en el supuesto de facturación a través de otros organismos, creando una importante complejidad de identificación de los distintos modos de facturación, revisión, adaptación y actualización de las novedades en la variedad de sistemas existentes, creando una diversidad de situaciones y capacidades poco propicia para el sector y la atención del paciente. El objetivo de aplicación de índice correctores a determinadas farmacias establecidas en núcleos pequeños o con dispersión poblacional es posible, directa e inmediatamente como adenda del actual convenio de prestaciones farmacéuticas de la Comunidad Valenciana de 2004, dado que la información que la receta electrónica genera en ambos sistemas, es susceptible de ser facilitada por los Colegios oficiales a la AVS directa e inmediatamente con el alcance y procedimientos que se estimen oportunos utilizando los sistemas y medios actuales, sin requerir ni un céntimo de coste por ninguna de las partes. Marzo 2013 Pág. 11
12 4. Efectos que provoca el posible acuerdo Marco Los efectos inmediatos que provoca la imposición de este concierto, entre otros, son: - Indefensión del paciente ante una media anticonstitucional en el artículo 14 por el que todos los españoles son iguales ante la Ley, recibiendo una degradación paulatina del servicio asistencial y la atención farmacéutica recibida desde la farmacia, recibiendo los servicios de dispensación y facturación de manera no unificada y con diferentes calidades de asistencia y servicio. - Aumento de los costes por parte de la administración y del contribuyente para dar soporte a nuevos sistemas que duplican los ya existentes. - Multiplicación de costes de desarrollo, mantenimiento, resolución de incidencias y actualización de aplicaciones ante los diferentes sistemas de facturación posibles, tanto para la administración como para las farmacias. - Rotura del Modelo Farmacéutico Mediterráneo - Incapacidad de homogeneización de los servicios farmacéuticos, provocando la aparición de diferencias, discordancias, desvíos tanto técnicos como de tiempos, costes y servicios, que ocasionan perjuicio a todos los agentes implicados: Pacientes, Farmacéuticos, AVS y Colegios Profesionales - La diversidad de Sistemas de facturación provoca dificultades de configuración, compatibilidad entre los diferentes sistemas y los existentes en la farmacia, así como complejos procesos de actualización y adaptación de nuevas de versiones y servicios. - Rotura de la cohesión actual de las farmacias, desprotección, incapacidad de negociación y toma de acuerdos colectivos. - Nuevos esfuerzos económicos para la farmacia de desarrollo, homologación, pilotaje, configuración, puesta en marcha y mantenimiento - Rotura autonómica del papel que los Colegios Oficiales tienen en la dispensación y facturación en el ámbito Nacional Marzo 2013 Pág. 12
Bulevar L.Demetrio Herrero, Nº4, 39300 Torrelavega ( Cantabria )Tfno:942 812 228, Fax:942 881 400
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