A-1. En Madrid a, de de 20. Código Cuenta Cliente: REUNIDOS
|
|
- Martín Plaza Ortiz
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 CONTRATO MARCO DE APERTURA DE CUENTA PARA LA CONTRATACIÓN, CUSTODIA Y ADMINISTRACIÓN DE INSTRUMENTOS FINANCIEROS DERIVADOS, ESPECÍFICO PARA OPERATIVA A TRAVÉS DE En Madrid a, de de 20 Código Cuenta Cliente: REUNIDOS De una parte: D. Oscar Sierra Fonseca con DNI T en virtud de poder otorgado en escritura pública de 19 de septiembre de 2012 por el Notario de Madrid, D. Ignacio Ramos Covarrubias con el número de su protocolo, debidamente inscrito en el Registro Mercantil, en representación de INTERDIN BOLSA, S.V., S.A. con domicilio social en Madrid, Paseo de la Castellana, número 93, Planta 11 con C.I.F. A , inscrita en el Registro Mercantil de Madrid hoja M , tomo 30126, folio 56 e inscrita en el registro administrativo de empresas de servicios de inversión de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (en adelante, CNMV) con el número 116 (en lo sucesivo INTERDIN BOLSA). Y de otra parte: TITULAR/ES: NIF/NIE: DOMICILIO/S DE RESIDENCIA FISCAL: REPRESENTADO/S POR: NIF/NIE: Actuando en su propio nombre y derecho, y en caso de ser más de uno, asumiendo solidariamente todas las obligaciones derivadas del contrato (en adelante el CLIENTE). A-1
2 FICHA DE CLIENTE Código cuenta Cliente Nombre de Usuario 1. INFORMACIÓN PERSONAL Y ECONÓMICA DE LOS TITULARES, AUTORIZADOS Y APODERADOS NOMBRE NIF Tipo Estado Laboral Sector Función Laboral Ejerce usted otras actividades por las que obtenga algún ingreso? Ingresos anuales unidad familiar Importe total del patrimonio destinado a inversiones financieras en Interdin DATOS DE CONTACTO Teléfono de contacto 1 Teléfono de contacto 2 de contacto Domicilio de contacto Para cuantas notificaciones hayan de realizarse con motivo de este contrato, el CLIENTE señala los anteriores datos de contacto, aceptando expresamente la validez de las comunicaciones efectuadas a través de cualquiera de los medios de comunicación facilitados. 3. CUENTA BANCARIA ASOCIADA A LA CUENTA DE INTERDIN Entidad: Oficina: DC: Cuenta: Sólo se realizarán transferencias de salida a la cuenta bancaria asociada 4. CLASIFICACIÓN DE CLIENTE La Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, recoge la necesidad de clasificar adecuadamente a los clientes en función de sus conocimientos y experiencia en los mercados financieros, así como por su capacidad para comprender los riesgos inherentes a los distintos instrumentos financieros. Se establecen, en base a esto, tres categorías: - Cliente Minorista: Son los que reciben el máximo nivel de protección previsto por la ley, tanto por la realización de un test que evalúe su nivel de conocimientos como por el alcance de la información pre y post-contractual que debe ser puesta a su disposición. - Cliente Profesional: Gozan de un nivel de protección inferior, dado que se considera que disponen de conocimientos suficientes para adoptar sus propias decisiones de inversión, comprendiendo los riesgos que asumen con las mismas. - Contraparte elegible: Son las entidades que actúan de forma directa en los mercados financieros, de manera que el nivel de protección que se les otorga es el más bajo. Por la información que poseemos, la categorización dada a su cuenta es la de Cliente Minorista. Los clientes tienen derecho a solicitar un cambio de clasificación, debiendo cumplimentarse y firmarse un formulario que, a petición del CLIENTE, será entregado por INTERDIN BOLSA. La aceptación por parte de INTERDIN BOLSA del mismo dependerá del cumplimiento de los requisitos necesarios para que el cambio pueda hacerse efectivo. A-2
3 EXPONEN Primero.- Ambas partes están interesadas en la apertura de una cuenta por el CLIENTE en INTERDIN BOLSA para la contratación, custodia y administración de instrumentos financieros derivados, a la cual se le asigna el código indicado en el encabezamiento de este contrato. Segundo.- De conformidad con la Orden EHA/1665/2010, de 11 de junio, de desarrollo parcial del Real Decreto 217/2008 de 15 de febrero, sobre el régimen jurídico de las empresas de servicios de inversión y de las demás entidades que prestan servicios de inversión, así como de la Circular de la Comisión Nacional del Mercado de Valores 7/2011, de 12 de diciembre, sobre folleto informativo de tarifas y contenido de los contratos-tipo, es preceptivo, para la prestación de este servicio, la suscripción entre las partes de un contrato-tipo. Tercero.- Habiendo concretado las condiciones en que se producirá la apertura de cuenta para la contratación, así como la custodia y la administración de los instrumentos financieros derivados específicos para la operativa en y reconociéndose mutuamente capacidad al efecto, las partes suscriben el presente contrato marco de apertura de cuenta para la contratación, custodia y administración de instrumentos financieros derivados específico para operativa a través de (en adelante, el contrato marco), de acuerdo a las siguientes, Primera.- OBJETO DEL CONTRATO CLÁUSULAS El presente contrato marco regula las condiciones generales de la contratación, custodia y administración por parte de INTERDIN BOLSA de instrumentos financieros derivados propiedad del CLIENTE que, en la fecha de este contrato marco o en cualquier momento posterior, éste mantenga en su cuenta abierta en INTERDIN BOLSA y sean susceptibles de ser intermediados a través de los mercados y de las plataformas operativas a las que da acceso el servicio De igual forma, el presente contrato marco regula el uso del servicio de acceso vía Internet al sitio (en adelante el sitio web), que INTERDIN BOLSA pone a disposición del CLIENTE al objeto de facilitarle un canal para la transmisión electrónica de sus órdenes y para la mutua comunicación entre las partes. El CLIENTE podrá transmitir sus órdenes por Internet, a través del sitio web de INTERDIN BOLSA o a través de cualquier otro medio telemático que INTERDIN BOLSA ofrezca como plataforma de ejecución. Segunda.- INFORMACIÓN PRECONTRACTUAL El CLIENTE reconoce que INTERDIN BOLSA ha puesto a su disposición el presente contrato marco con antelación suficiente a la celebración del mismo, no quedando el CLIENTE vinculado en derechos y obligaciones hasta que el contrato pueda considerarse celebrado, lo que exigirá la firma de los documentos establecidos, la validación por INTERDIN BOLSA de la documentación exigida, así como la obtención del consentimiento expreso del CLIENTE. Igualmente el CLIENTE reconoce haber tenido acceso con carácter previo, a través de un soporte duradero y accesible, concretamente la página web a la siguiente información relativa al servicio de INTERDIN BOLSA en relación con su bróker online (i) Productos y tarifas; (ii) Horarios de negociación; (iii) Requerimientos de garantías; (iv) Riesgos asociados a la operativa; (v) Política de Incentivos, Mejor Ejecución, Conflictos de Intereses, Manual de Salvaguarda de Activos, Folleto de Tarifas Máximas, así como el Reglamento de Atención al Cliente. En virtud del artículo 10.2 de Ley 22/2007, de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores, no existe derecho de desistimiento desde el momento de formalización de todos los trámites recogidos en este contrato marco para la apertura de cuenta. La cantidad y calidad de la información suministrada se consideran suficientes para que, junto con la aceptación y firma de este contrato marco, el CLIENTE haya estado informado en todo momento previo a la contratación, de la naturaleza y riesgos de los productos derivados ofrecidos por INTERDIN BOLSA, actuando el CLIENTE con pleno conocimiento de causa. Tercera.- CONDICIONES DE ACCESO AL SERVICIO a) Acceso al servicio El acceso al servicio por parte del CLIENTE se produce en el mismo momento en que INTERDIN BOLSA valida el contrato marco suscrito entre las partes y se produce una primera aportación de dinero por parte del CLIENTE. Para acceder al servicio, el CLIENTE dispondrá de un código de usuario y contraseña (en adelante claves de acceso). El CLIENTE tendrá la capacidad de administrar en todo momento su contraseña desde el sitio web. El CLIENTE podrá acceder con las claves de acceso, desde el sitio web, a los servicios financieros ofrecidos por INTERDIN BOLSA, entre otros, tramitar sus operaciones de compra y venta, configurar los mercados con acceso a gráficos en tiempo real, así como realizar todo tipo de consultas y/o cualquier otra prestación que INTERDIN BOLSA decida poner a su disposición en el futuro. Las operaciones realizadas por el CLIENTE a través del sitio web, autentificadas por el correcto uso de las claves de acceso, se considerarán en todo caso válidas, correctas y eficaces, autorizadas y cursadas por el CLIENTE, y reputándose plenamente válidas a efectos jurídicos. El CLIENTE podrá realizar, desde el sitio web, transferencias de efectivo de su cuenta en INTERDIN BOLSA a la cuenta bancaria titularidad del CLIENTE, designada por él en este contrato marco. El CLIENTE asume la completa responsabilidad en cuanto a la veracidad de los datos de la cuenta receptora de los fondos y garantiza que es titular de la misma. El CLIENTE también podrá, alternativamente y vía telefónica, cursar órdenes para la contratación de cualquiera de los servicios ofrecidos a través de la plataforma web, que también requerirán de la autentificación del CLIENTE y serán grabadas de acuerdo con lo previsto por las leyes y con el consentimiento aquí otorgado por el CLIENTE, pudiendo emplearse dichas grabaciones como medio de prueba en cualquier procedimiento judicial o extrajudicial. El canal telefónico para la introducción de las órdenes ha de ser una excepción en el marco de la operativa habitual del CLIENTE que ha de ser necesariamente telemática, manifestando el CLIENTE su conformidad con este punto. b) Plataformas alternativas de acceso al servicio INTERDIN BOLSA ha sido licenciada por la mercantil IT-Finance para ofrecer el software de gráficos denominado IT-Charts (ProRealTime), incluyendo la tecnología que permite una gestión integral de las órdenes por parte del CLIENTE desde este entorno, entre otras, la transmisión y gestión de órdenes de compra-venta. Esta plataforma gráfica es un servicio más ofrecido por INTERDIN BOLSA, que se regula por las condiciones generales del presente contrato marco, sin que se establezca ningún tipo de relación contractual entre el CLIENTE de INTERDIN BOLSA y la mercantil IT-Finance. No todos los mercados ofrecidos por INTERDIN BOLSA podrán ser accesibles desde la herramienta ProRealTime, y en consecuencia los clientes deberán siempre acudir a la plataforma web de INTERDIN BOLSA para consultar la información relativa a su saldo, garantías y posición global abierta. Esta advertencia será visible dentro de la plataforma ProRealTime. INTERDIN BOLSA también ha sido licenciada por la mercantil INTEGRAL DEVELOPMENT CORP para ofrecer el software de gráficos denominado Metatrader (MT4) incluyendo la tecnología que permite una gestión integral de las órdenes por parte del CLIENTE desde este entorno, entre otras, la transmisión y gestión de órdenes de compraventa. Esta plataforma gráfica es un servicio más ofrecido por INTERDIN BOLSA, que se regula por las condiciones generales del presente contrato marco, sin que se establezca ningún tipo de relación contractual entre el CLIENTE de INTERDIN BOLSA y la mercantil INTEGRAL DEVELOPMENT CORP. No todos los mercados ofrecidos por INTERDIN BOLSA podrán ser accesibles desde la herramienta MT4, y en consecuencia los clientes deberán siempre acudir a la plataforma web de INTERDIN BOLSA para consultar la información relativa a su saldo, garantías y posición global abierta. INTERDIN BOLSA también podrá dar acceso al CLIENTE a la operativa online desde la aplicación Visual Chart, propiedad exclusiva de la mercantil VISUAL CHART GROUP, S.L. INTERDIN BOLSA manifiesta su absoluta independencia respecto al producto suministrado por VISUAL CHART GROUP, S.L., no asumiendo responsabilidad alguna por cualquier daño o perjuicio de carácter directo, indirecto o mediato que pudieran causarle al CLIENTE por la utilización de dicha aplicación. c) Propiedad del servicio El CLIENTE reconoce expresamente que la propiedad intelectual del dominio, marca comercial, informaciones y datos contenidos en el presente servicio, o a las que el mismo pueda conectarse, son propiedad exclusiva de INTERDIN BOLSA, con la excepción del software de análisis chartista propiedad de IT-Finance, y de la plataforma Metatrader (MT4) propiedad de MetaQuotes Software Corp. INTERDIN BOLSA se reserva los derechos de reproducción, modificación, adaptación, mantenimiento, corrección, cesión, venta, alquiler, préstamo y cualquier otro derecho de propiedad intelectual o industrial que pueda corresponderle sobre los contenidos de las aplicaciones telemáticas del servicio. Las páginas de INTERDIN BOLSA a las que el servicio permite conectarse no podrán ser copiadas, modificadas o alteradas, ni se podrán establecer asociaciones de esas páginas con otras páginas de Internet, o cualquier sistema o servicio telemático similar. A-3
4 d) Seguridad del servicio Cuando el CLIENTE opere a través del sitio Web, o de cualquiera de las plataformas alternativas ofrecidas por INTERDIN BOLSA, deberá identificarse mediante sus claves de acceso. En caso de acceso erróneo el sistema bloqueará por seguridad a los tres intentos fallidos, debiendo contactar con INTERDIN BOLSA a través de su teléfono de soporte al cliente para proceder a su reactivación. Igualmente, una vez conectado el CLIENTE, le será de aplicación una configuración de seguridad por defecto, por la cual, si transcurridos un número de minutos, configurable por el CLIENTE, sin haber realizado operación ni consulta en el sitio Web, el acceso al terminal se desconectará y deberá identificarse de nuevo con sus claves de acceso. Cuarta.- TITULARIDAD El CLIENTE puede ser tanto una, como varias personas físicas o jurídicas. En este sentido habrá correspondencia entre la titularidad del presente contrato marco y la titularidad jurídica de los instrumentos financieros contratados. Se pacta expresamente que cuando la titularidad esté ostentada por más de una persona, actuarán de forma solidaria y con disponibilidad indistinta, de manera que se entenderá que los cotitulares se conceden poder recíproco, incluso en el caso de que incurran en la figura de la autocontratación, para que cualquiera de ellos, indistinta y solidariamente, pueda realizar en representación de los restantes, todos los derechos dimanantes de este contrato marco, así como toda clase de actos de adquisición, administración y disposición (incluidos la alienación y el gravamen) de los instrumentos financieros derivados contratados a su amparo. No obstante lo anterior, las modificaciones, renuncias o revocaciones de las facultades de los cotitulares, deberán ser ordenados por la totalidad de los cotitulares. Quinta.- OBLIGACIONES DEL CLIENTE. 1.- El CLIENTE o sus herederos, en su caso, asumen la obligación de poner en conocimiento de INTERDIN BOLSA cualquiera de las siguientes circunstancias: a) Modificación en el domicilio, nacionalidad, estado civil, y régimen económico matrimonial. b) Solicitud o declaración de concurso, comunicación de insolvencia e inicio de negociaciones a que se refiere el art. 5.3 de la Ley Concursal, o cualquier otra situación que pueda afectar a la solvencia del CLIENTE. c) La condición de incapacidad del CLIENTE. En caso de no comunicación de esta circunstancia, INTERDIN no será responsable de las operaciones llevadas a cabo por el incapaz. El ejercicio de los derechos inherentes a los productos financieros derivados contratados por éste, sólo podrá verificarse, salvo pacto en contrario, con expresa designación de la persona facultada a tal efecto, por el representante legal del incapaz que no se encuentre incurso en causa alguna de inhabilitación para el ejercicio de la misma. d) Fallecimiento del CLIENTE. Las operaciones que se lleven a cabo en el plazo de tiempo transcurrido desde el fallecimiento hasta la comunicación a INTERDIN de tal circunstancia, en ningún caso serán responsabilidad de INTERDIN. Desde el momento en el que INTERDIN tenga conocimiento del fallecimiento, procederá inmediatamente al bloqueo de la cuenta en caso de un único titular y en caso de varios titulares, se procederá únicamente al bloqueo de la parte del saldo que corresponda al fallecido. e) Cualquier hecho o circunstancia que modifiquen, total o parcialmente, los datos comunicados a INTERDIN BOLSA por el CLIENTE, en el momento de la firma del presente contrato marco o con posterioridad. 2.- En caso de que el CLIENTE sea menor de edad, el ejercicio de los derechos inherentes a los productos financieros derivados contratados por éste, sólo podrá verificarse, salvo pacto en contrario, con expresa designación de la persona facultada a tal efecto, por el representante legal del menor que no se encuentre privado de la patria potestad ni incurso en causa alguna de inhabilitación para el ejercicio de la misma. 3.- El CLIENTE se compromete a disponer en su cuenta de los saldos que se ajusten a las garantías establecidas en cada momento por el mercado o las requeridas razonablemente en cualquier momento por INTERDIN BOLSA, que pueden ser distintas a las exigidas por el mercado antes del horario de cierre de la sesión. Para el cálculo del saldo necesario, INTERDIN BOLSA dispone de información en tiempo real de los mercados, por lo que en todo momento se tendrá en cuenta el resultado latente de las posiciones abiertas en la cartera del CLIENTE. En caso de que el CLIENTE no mantenga los saldos adecuados según los criterios anteriores, INTERDIN BOLSA procederá al cierre de las posiciones que sean necesarias para el restablecimiento del saldo positivo en la cuenta, pudiendo llegar incluso al cierre definitivo de todas ellas. El cierre de las posiciones podrá efectuarse tan pronto como se detecte un descubierto en la cuenta del CLIENTE, salvo en los siguientes casos: (i) si por las condiciones del mercado no resulta posible proceder al cierre de posiciones; (ii) por cualquier otra circunstancia, ajena a INTERDIN BOLSA, que pueda tener como consecuencia el que no se pueda proceder al cierre de posiciones. Adicionalmente INTERDIN BOLSA podrá cerrar los contratos o posiciones abiertas del CLIENTE, en cualquiera de los siguientes casos: (i) si considera que el CLIENTE puede estar en posesión de información privilegiada según el significado de dicho término en el Código Penal español y en la Ley; (ii) si considera que el CLIENTE puede estar incumpliendo la legislación y normativa en materia de abuso del mercado; (iii) si INTERDIN BOLSA considera que el CLIENTE está utilizando el presente contrato como instrumento para el blanqueo de capitales o financiación del terrorismo; (iv) si el CLIENTE no remite la información fiscal requerida por INTERDIN BOLSA en cada momento, en cumplimiento de la normativa aplicable vigente; (v) si es requerida para ello por una autoridad reguladora. Dado que el CLIENTE tiene acceso continuo a sus posiciones a través de Internet, el CLIENTE autoriza expresamente a INTERDIN BOLSA a proceder al cierre de las posiciones sin que sea necesario un aviso previo por parte de INTERDIN BOLSA 4.- El CLIENTE abonará a INTERDIN BOLSA las tarifas correspondientes, de acuerdo con lo previsto en la cláusula séptima del presente contrato marco. 5.- El CLIENTE se compromete a hacer una custodia responsable de las claves de acceso asignadas, quedando INTERDIN BOLSA exonerado de responsabilidad por la incorrecta, negligente o indebida utilización de las mismas. Para su seguridad, el CLIENTE no debe comunicar a nadie ninguno de estos datos y evitar guardar su código de usuario y su contraseña en el mismo lugar. INTERDIN BOLSA nunca le solicitará su contraseña a través de ningún medio. En caso de pérdida, robo o cualquier otro acto u omisión que pudiera afectar el normal uso de las claves, el CLIENTE queda obligado a comunicarlo fehacientemente a la mayor brevedad posible a INTERDIN BOLSA para que se proceda a la anulación de las claves y la generación de unas nuevas, quedando INTERDIN BOLSA exonerado de responsabilidad por las operaciones que fueran tramitadas en este intervalo de tiempo. 6.- EL CLIENTE, en cumplimiento del artículo 12.b) de la Ley 10/2010 de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, se compromete a que el primer ingreso en su cuenta proceda de una cuenta a nombre del mismo CLIENTE abierta en una entidad domiciliada en España o en la UE. Sexta.- OBLIGACIONES DE INTERDIN BOLSA 1.INTERDIN BOLSA informará al CLIENTE de todos los datos relevantes en relación con los instrumentos financieros derivados contratados, custodiados y administrados, sometiéndose las partes, en todo caso, a los requisitos de información previstos en la legislación del mercado de valores. Con periodicidad al menos trimestral INTERDIN BOLSA remitirá al CLIENTE un extracto de operaciones que contendrá información de la situación de su cuenta, detallando las operaciones y movimientos de efectivo realizados en el período. Las obligaciones de información indicadas serán adaptadas por INTERDIN BOLSA a las normas especiales que resulten eventualmente de aplicación en el supuesto de que dichas normas alteren bien el contenido de dicha información o bien su destinatario. INTERDIN BOLSA facilitará al CLIENTE los datos necesarios para la declaración de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas o de Sociedades y (en su caso) sobre el Patrimonio, en lo que hace referencia a la cuenta administrada. 2. INTERDIN BOLSA desarrollará su actividad de custodia y administración procurando, en todo momento, el interés del CLIENTE, ejercitando, en nombre y por cuenta del mismo los derechos y obligaciones económicas que se produzcan de la negociación de los activos financieros contratados en la cuenta. Los derechos y obligaciones económicas que se generen serán abonados/cargados por INTERDIN BOLSA en la cuenta del CLIENTE. 3. INTERDIN BOLSA desarrollará las actuaciones a que se refiere el anterior apartado de esta cláusula siguiendo las órdenes dadas por el CLIENTE que se integrarán, en su caso, en el archivo de justificantes de órdenes y en el archivo de operaciones, dando lugar a las correspondientes anotaciones en la cuenta del CLIENTE. Con carácter previo a la ejecución de cualquier orden dada por el CLIENTE, INTERDIN BOLSA se reserva el derecho a comprobar la identidad del ordenante, pudiendo INTERDIN BOLSA abstenerse de ejecutar aquellas órdenes que excedan del saldo disponible existente. 4. Derivado de la obligación impuesta por la CNMV (Circular 1/2014, de 26 de febrero) para evitar los saldos ociosos en las cuentas de los clientes, entendiendo por saldos ociosos aquellos superiores a 3000 euros y con una inactividad en la cuenta por un periodo superior a 3 meses, considerándose a su vez inactividad, la ausencia de operaciones y liquidaciones en dicha cuenta. INTERDIN BOLSA procederá, unilateralmente y sin necesidad de mediar previo aviso al CLIENTE, al reembolso automático de la parte del saldo que exceda de dicho importe de 3000 euros, a la cuenta corriente asociada referenciada en la ficha de cliente del presente contrato. A-4
5 Séptima.- COMISIONES Y RÉGIMEN ECONÓMICO APLICABLE. INTERDIN BOLSA tendrá derecho a percibir las comisiones e intereses y a aplicar el régimen económico previsto en el Anexo I del presente contrato marco. Igualmente se incorporan como Anexo II las normas generales para movimientos de efectivo de cuenta corriente, aplicables a las operaciones que resultan del presente contrato marco. INTERDIN BOLSA cobrará las comisiones aplicables con cargo a la cuenta abierta por el CLIENTE en INTERDIN BOLSA. En el caso de no disposición de saldo en la citada cuenta, INTERDIN BOLSA procederá de manera inmediata al cierre de las posiciones del CLIENTE, tal y como se detalla en la cláusula novena siguiente. Octava.- DURACIÓN Y TERMINACIÓN El presente contrato marco es de duración indefinida, pudiendo cualquiera de las partes darlo por finalizado, en todo momento de su vigencia, con un preaviso de 30 días. INTERDIN BOLSA podrá cancelar el contrato marco desde el momento en que así se lo requiera el CLIENTE, sin esperar necesariamente al transcurso de los 30 días establecidos. Una vez finalizado, INTERDIN BOLSA seguirá las instrucciones del CLIENTE en lo concerniente al traspaso del efectivo. La resolución de este contrato marco supone la cancelación de todos los productos contratados al amparo del mismo. Novena.- INCUMPLIMIENTO El incumplimiento por parte del CLIENTE de las condiciones pactadas en el presente contrato marco dará lugar a que INTERDIN BOLSA pueda proceder al cierre de todas sus posiciones. El CLIENTE no está autorizado para mantener posiciones en descubierto. De producirse algún saldo negativo a favor de INTERDIN BOLSA, el CLIENTE está obligado a su reintegro inmediatamente sin necesidad de requerimiento alguno. INTERDIN BOLSA queda facultada para el cierre de posiciones abiertas que mantuviera el CLIENTE en cuantía suficiente para reponer el descubierto, así como compensar saldos de efectivo, o activos de todas las cuentas que los titulares puedan tener en INTERDIN BOLSA. A estos efectos, cuando fueran varios los titulares, únicamente se podrá compensar saldos de efectivo o activos de cuentas en las que los titulares sean coincidentes, considerándose como una sola, las posiciones de éstos. En el supuesto de que los activos enajenados de la cuenta o cuentas del CLIENTE, no fueran suficientes para compensar el saldo deudor a favor de INTERDIN BOLSA, los titulares responderán de su deuda con todo su patrimonio solidariamente. Por último, en el caso de que INTERDIN BOLSA no pudiera enajenar valores en cantidad suficiente para reponer el descubierto, el CLIENTE deberá abonar el saldo deudor en el plazo improrrogable de 3 días, transcurrido dicho plazo sin que se proceda al abono, la deuda resultante se considerará como cierta, vencida y exigible. INTERDIN BOLSA quedará facultada para iniciar una acción ejecutiva en contra del CLIENTE, para lo cual, ambas partes acuerdan que la cantidad exigible para la ejecución sea la especificada en la certificación que INTERDIN BOLSA expedirá a tales efectos y que coincidirá con el saldo deudor de efectivo antes mencionado. En caso que el CLIENTE no ingresase en el plazo señalado el saldo neto negativo comunicado, el saldo neto devengará a partir del día siguiente un interés de demora del 15% en las cuantías que se detallan en el Folleto de Tarifas máximas vigentes en cada momento. Décima.- RESPONSABILIDAD INTERDIN BOLSA no asume responsabilidad alguna por los resultados de las operaciones realizadas en base a la transmisión de órdenes que le fueran cursadas por el CLIENTE siempre y cuando INTERDIN BOLSA haya ejecutado exactamente las instrucciones que le hayan sido transmitidas por el CLIENTE. En caso de que el presente contrato marco haya sido suscrito por varios titulares, se pacta expresamente que todos ellos actúan de forma solidaria y con disponibilidad indistinta, y que, en todo caso, todos ellos responderán solidariamente por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contenidas en el presente contrato marco. INTERDIN BOLSA podrá suspender los servicios relacionados con total o parcialmente, sin que por ello se genere ningún tipo de indemnización a favor del CLIENTE, cuando concurra cualquiera de las siguientes circunstancias: (i) cuando sea necesario para el mantenimiento de su sitio web; (ii) cuando tenga conocimiento de la realización por parte del CLIENTE de alguna actividad ilícita; (iii) cuando el CLIENTE incumpliera alguna de sus obligaciones; (iv) cuando sea necesario para preservar la integridad o la seguridad de los servicios que se prestan, de los equipos, los sistemas o de las redes de INTERDIN BOLSA o de terceros; (v) cuando exista causa de fuerza mayor, o cuando así lo requiera una decisión administrativa o judicial. INTERDIN BOLSA no será responsable de los daños y perjuicios que pudiera ocasionarse al CLIENTE o a un tercero, como consecuencia de interferencias, omisiones, interrupciones o desconexiones en el funcionamiento y acceso a la Red Internet, o a cualquier avería en la red o en los sistemas informáticos o telemáticos utilizados. Tampoco generarán responsabilidad alguna para INTERDIN BOLSA: (i) los retrasos en la ejecución de las consultas u operaciones que tengan su origen en caídas, sobrecargas o deficiencias de la Red; (ii) los daños y perjuicios que el CLIENTE pudiera sufrir como consecuencia de errores en la información procedente de proveedores distintos de INTERDIN BOLSA aunque haya sido recibida a través del servicio regulado en las presentes cláusulas; (iii) los que pudieran causarse por intromisiones ilegítimas de terceros y por los llamados virus informáticos. Decimoprimera.- MODIFICACIÓN Cualquier modificación al presente contrato marco, deberá ser comunicada al CLIENTE por correo electrónico pudiendo incorporarse a cualquier información periódica que se suministre a los CLIENTES, estableciéndose un periodo mínimo de 30 días antes de que la modificación sea efectiva. El CLIENTE dispondrá de un plazo de 30 días desde la recepción de la citada información para modificar o cancelar la relación contractual, sin que hasta que transcurra dicho plazo le sean de aplicación las modificaciones. En el supuesto de que tales modificaciones implicaran un beneficio al CLIENTE, le serán aplicadas inmediatamente. En el caso de otras modificaciones, éstas no afectarán a la tramitación, liquidación y cancelación de las operaciones que se hubiesen concertado con anterioridad a la efectividad de la modificación, que seguirán rigiéndose por las condiciones a ellas aplicables, de acuerdo con las estipulaciones del presente contrato marco. INTERDIN BOLSA se reserva el derecho de modificar, ampliar o reducir las operaciones propias del servicio obligándose en tal caso a dar cumplida información en el sitio web de las modificaciones realizadas. Decimosegunda.- NORMAS DE CONDUCTA Las partes convienen la aplicación al presente contrato marco de las normas de conducta previstas, con carácter general, en la legislación del mercado de valores. Decimotercera.- POLÍTICA DE SALVAGUARDA DE ACTIVOS INTERDIN BOLSA ha elaborado una Política de Salvaguarda de Activos, cuya aplicación garantiza que los activos e instrumentos financieros de cada cliente se mantienen en cuentas individualizadas a nombre de cada uno de ellos. Dicha política se encuentra a disposición de los clientes en la página web y en las oficinas de la sociedad. Dando cumplimiento a la normativa vigente, INTERDIN BOLSA informa al CLIENTE, a través de su página web, de que ciertos activos o instrumentos financieros son depositados en cuentas globales, por exigirlo así la práctica habitual en el mercado en el que se opera. Los titulares de estas cuentas son cuidadosamente seleccionados por INTERDIN BOLSA, en base a su calidad crediticia. Con la aceptación de la presente comunicación, el CLIENTE otorga a INTERDIN BOLSA autorización expresa para la utilización de cuentas globales, sin que ello exima a INTERDIN BOLSA de las obligaciones asumidas en virtud del presente contrato. Decimocuarta.- POLÍTICA DE INCENTIVOS INTERDIN BOLSA, como consecuencia de la prestación del servicio objeto de este contrato marco, y a fin de conseguir un aumento de la calidad del servicio prestado y actuando siempre en el interés óptimo del CLIENTE, puede recibir o entregar honorarios, comisiones o beneficios no monetarios cuya existencia, naturaleza y cuantía (o su método de cálculo) constan en la Política de Incentivos elaborada a tal efecto, y que se encuentra a disposición del CLIENTE en la página web de INTERDIN BOLSA y en las oficinas de la sociedad. No obstante, el CLIENTE conserva el derecho en todo momento a recibir, cuando así lo solicite, información exacta y detallada sobre dichos incentivos por parte de INTERDIN BOLSA. A-5
6 Decimoquinta.- POLITICA DE EJECUCIÓN DE ÓRDENES INTERDIN BOLSA ha definido una política de ejecución de órdenes, con el objetivo de garantizar al CLIENTE el mejor resultado posible en las órdenes recibidas. Este documento, llamado Política de Mejor Ejecución, se encuentra a disposición del CLIENTE en la web de INTERDIN BOLSA, así como en las oficinas de la Sociedad y será el que INTERDIN BOLSA aplicará en la ejecución y transmisión de las órdenes, atendiendo siempre a cualquier instrucción específica al respecto que el CLIENTE quiera dar. Decimosexta.- COMUNICACIONES Para cualquier comunicación, el CLIENTE deberá dirigirse en castellano a INTERDIN BOLSA por correo electrónico a la dirección: brokeronline@interdin.com. Por su parte, para cualquier comunicación, INTERDIN BOLSA deberá dirigirse al CLIENTE por cualquiera de los medios facilitados por éste en la Ficha de CLIENTE reconociéndose expresamente la validez de las comunicaciones realizadas por correo electrónico a través de la dirección de correo electrónico facilitada por el CLIENTE. Las comunicaciones entre el CLIENTE e INTERDIN BOLSA efectuadas vía telefónica, podrán ser grabadas de acuerdo con lo previsto por las leyes y con el consentimiento aquí otorgado por el CLIENTE. El CLIENTE e INTERDIN BOLSA, aceptan el contenido de estas comunicaciones grabadas como medio de prueba en cualquier procedimiento judicial o extrajudicial. Decimoséptima.- CESIÓN DE DATOS. De acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, INTERDIN BOLSA, comunica al CLIENTE que los datos personales recabados en el presente contrato marco, pasarán a formar parte de nuestra base de datos (titularidad de INTERDIN BOLSA), y que serán tratados por esta empresa de acuerdo con la legislación vigente en materia de protección de datos personales, con la finalidad del mantenimiento de la presente relación contractual. Adicionalmente se informa al CLIENTE que aquellas órdenes que se transmitan por vía telefónica serán grabadas y objeto de registro de conformidad con el Real Decreto 217/2008, de 15 de septiembre, sobre el régimen jurídico de las empresas de servicios de inversión, o de la norma que en un futuro la sustituya, a lo que el CLIENTE presta su consentimiento. La formalización del presente contrato marco también requerirá de un consentimiento verbal por parte del CLIENTE que será grabado como parte indisoluble de su contrato con INTERDIN BOLSA. Sin perjuicio de lo anterior, INTERDIN BOLSA podrá comunicar los datos personales facilitados tanto a empresas del grupo al que pertenece INTERDIN BOLSA, como a terceras entidades cuando la comunicación a las mismas responda a una necesidad para el desarrollo, cumplimiento y control de la relación contractual con esta empresa y se limite a dicha finalidad. El CLIENTE presta su expreso consentimiento para que su Nombre y Número de Identificación Fiscal, que figuran en la Ficha de CLIENTE, sean comunicados a las autoridades competentes por INTERDIN BOLSA, o por los Mercados, si fuese necesario. El CLIENTE tiene derecho de acceso, cancelación, rectificación u oposición de sus datos, y podrá ejercitar sus derechos mediante correo electrónico dirigido a protecciondatos@interdin.com, o bien a través de un escrito dirigido a la siguiente dirección: INTERDIN BOLSA, Paseo Castellana 93, planta 11, Madrid. INTERDIN BOLSA informa asimismo al CLIENTE, quien consiente, que en el supuesto de producirse el impago de cualquier cantidad debida con arreglo a este contrato marco, los datos relativos al impago podrán cederse por INTERDIN BOLSA e incluirse en ficheros de impago y morosidad relativos al cumplimiento o incumplimiento de obligaciones conforme a la legalidad vigente. Decimoctava.- FONDO DE GARANTÍA INTERDIN BOLSA es una entidad adherida al Fondo de Garantía de Inversiones (FOGAIN). El Fondo tiene por objeto garantizar, en caso de insolvencia de las entidades adheridas, los saldos dinerarios y el depósito de valores e instrumentos financieros mantenidos por cuenta de sus clientes, hasta un importe máximo por depositante de según se regula en el RD628/2010, de fecha 14 de mayo. Puede encontrar información adicional en Decimonovena.- RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS El presente contrato marco estará sujeto a la legislación común española. Las reclamaciones que pudieran surgir entre las partes quedaran sometidas por las partes a los Juzgados y Tribunales de Madrid capital, lugar de cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato marco. Con independencia de todo lo expuesto, el CLIENTE con carácter previo a acudir a CNMV, siempre podrá dirigirse al departamento de atención al cliente de INTERDIN BOLSA, mediante el envío de un escrito dirigido al departamento de atención al cliente a la dirección de correo postal, Paseo de la Castellana 93 planta 11, Madrid o bien mediante el envío de un correo electrónico al buzón de atencioncliente@interdin.com según el procedimiento descrito en el Reglamento de Atención al Cliente publicado en la sección MiFID de la web Y en prueba de conformidad, las partes suscriben el presente contrato marco de apertura de cuenta para la contratación, custodia y administración de instrumentos financieros derivados específico para operativa a través de en el lugar y fecha indicados en su encabezamiento. EL CLIENTE INTERDIN BOLSA, SV, S.A. Registro CNMV nº 116 A-6
7 ANEXO I (al Contrato Marco de Apertura de Cuenta para la Contratación, Custodia y Administración de Instrumentos Financieros Derivados, específico para operativa a través de INTERESES y COMISIONES 1. COMISIONES DE INTERMEDIACIÓN Y LIQUIDACIÓN Las comisiones de intermediación y liquidación en futuros y opciones se especifican en el Contrato de Productos Financieros Derivados. Las comisiones de intermediación y liquidación de CFDs sobre Acciones, Índices, Materias Primas y Divisas, se especifican en el Contrato de Operaciones CFDs (Contratos Financieros por Diferencias) Multiproducto. 2. OTRAS COMISIONES SERVICIO COMISIÓN BONIFICACIÓN MANTENIMIENTO DE CUENTA 6,00 euros + IVA por cuenta y semestre La cuenta quedará exenta de comisión de mantenimiento semestral, si en el semestre se hubieran negociado más de 15 contratos de futuros, opciones y/o CFDs. HERRAMIENTA VISUAL CHART direct access 15,00 euros + IVA por cuenta y mes La cuenta quedará exenta de la comisión mensual de utilización de herramienta Direct Access de Visual Chart, si en el mes se hubieran negociado más de 25 contratos de futuros, opciones y/o CFDs. PRECIOS EN TIEMPO REAL Gratis para CFDs sobre Índices, Materias Primas y Divisas (FX). Resto de productos, coste variable en función del mercado contratado. Consultar precios en la página web. En los mercados que sean de pago, existirá un número determinado de contratos/mes a partir de los cuales quedará exento de pagar la comisión establecida para dicho mercado. Este número de contratos será informado en la plataforma web, previa su contratación por parte del cliente. 3. INTERESES En el caso de que se produzca un descubierto en la cuenta del CLIENTE, se pacta por ambas partes un interés del 15% anual sobre efectivo en descubierto. Y en prueba de conformidad, las partes suscriben el presente Anexo I al Contrato Marco de Apertura de Cuenta para la Contratación, Custodia y Administración de instrumentos financieros derivados, específico para operativa a través de en el lugar y fecha indicados en su encabezamiento. EL CLIENTE INTERDIN BOLSA, SV, S.A. A-7 Registro CNMV nº 116
8 ANEXO II (al Contrato Marco de Apertura de Cuenta para la Contratación, Custodia y Administración de Instrumentos Financieros Derivados, específico para operativa a través de NORMAS GENERALES PARA MOVIMIENTOS DE EFECTIVO DE CUENTA CORRIENTE 1. INGRESOS / APORTACIONES Los ingresos de efectivo deberán ser realizados por el CLIENTE en las cuentas corrientes bancarias abiertas para tal fin a nombre de INTERDIN BOLSA. INTERDIN BOLSA facilitará la información sobre dichas cuentas al CLIENTE durante el proceso de apertura de cuenta. Esta información es consultable de forma permanente para los clientes dentro de la plataforma web de operaciones El CLIENTE deberá indicar en cada ingreso su nombre y apellidos, así como el número de cuenta en INTERDIN BOLSA que figura en este contrato marco. La primera aportación de un CLIENTE a su cuenta en INTERDIN BOLSA, bajo el presente contrato marco, ha de ser obligatoriamente por transferencia bancaria desde una cuenta a nombre del mismo CLIENTE abierta en una entidad domiciliada en España o en la UE, no permitiéndose para este primer ingreso ningún otro medio de pago. Para la segunda y ulteriores aportaciones, además de transferencias bancarias, INTERDIN BOLSA permitirá ingresos en efectivo en la entidad bancaria, cheques bancarios ingresados en la entidad bancaria, y cualquier otra forma de ingreso que, en el futuro, comuniquemos formalmente al CLIENTE según el proceso de comunicaciones establecido en el presente contrato marco. En ningún caso el CLIENTE podrá hacer entrega de efectivo, cheques al portador o cheques nominativos a un agente/representante de INTERDIN BOLSA. 2. PAGOS / REINTEGROS Las salidas de efectivo con cargo a la cuenta del CLIENTE en INTERDIN BOLSA deberán ser solicitadas a través de (i) la plataforma web de INTERDIN (una vez el CLIENTE se autentique con sus claves de acceso); (ii) por a la dirección de brokeronline@interdin.com enviando documento escaneado firmado por el titular de la cuenta; o (iii) por escrito (carta o fax) a INTERDIN BOLSA convenientemente firmadas por el titular de la cuenta. No serán admitidas como solicitudes de efectivo las realizadas por teléfono. INTERDIN BOLSA admitirá únicamente salidas de efectivo con cargo a la cuenta del CLIENTE cuyo destino final sea el mismo titular de cuenta registrado en INTERDIN BOLSA. Es obligatorio que las salidas de efectivo de las cuentas de los clientes se realicen a través de transferencias bancarias. INTERDIN BOLSA solicitará para ello al CLIENTE, en la firma de este contrato marco, los datos de una cuenta corriente en una entidad financiera como destino único de las transferencias por él solicitadas. INTERDIN BOLSA comprobará que dicha cuenta corriente bancaria pertenece de hecho al CLIENTE. Y en prueba de conformidad, las partes suscriben el presente Anexo II al Contrato Marco de Apertura de Cuenta para la Contratación, Custodia y Administración de instrumentos financieros derivados, específico para operativa a través de en el lugar y fecha indicados en su encabezamiento. EL CLIENTE INTERDIN BOLSA, SV, S.A. Registro CNMV nº 116 A-8
CONTRATO DE MANDATO PRIMERA.- PARTES.
CONTRATO DE MANDATO PRIMERA.- PARTES. El presente contrato de mandato se regirá por las siguientes cláusulas, y en lo no previsto en ellas, por las disposiciones del Código Civil y Código de Comercio,
Más detallesCondiciones Generales de Intermediación en los mercados financieros a través de Internet. En, a de de
Condiciones Generales de Intermediación en los mercados financieros a través de Internet En, a de de 1. Objeto del Servicio. Estas condiciones generales tienen por objeto única y exclusivamente regular
Más detallesMODELO DE CONTRATO DE AGENTE DE PUBLICIDAD REUNIDOS
MODELO DE CONTRATO DE AGENTE DE PUBLICIDAD Murcia, a.. de de 2013 REUNIDOS De una parte, D. Diego Pedro García García, Director General, actuando en nombre y representación de la Empresa Pública Regional
Más detallesAviso Legal. Entorno Digital, S.A.
Aviso Legal En relación al cumplimiento de la Ley de Protección de Datos, le informamos que los datos personales facilitados por Ud. en cualquiera de los formularios incluidos en este sitio web son incluidos
Más detallesCONTRATO TIPO DE CUSTODIA Y ADMINISTRACIÓN DE VALORES. Primera.- Objeto
CONTRATO TIPO DE CUSTODIA Y ADMINISTRACIÓN DE VALORES Primera.- Objeto El objeto del Contrato Tipo de Custodia y Administración de Valores, puesto a disposición del público en la Comisión Nacional del
Más detallesCONTRATO DE ACCESO A DATOS PERSONALES ENTRE RESPONSABLE DEL FICHERO
CONTRATO DE ACCESO A DATOS PERSONALES ENTRE RESPONSABLE DEL FICHERO Y ENCARGADO DE TRATAMIENTO En..., a... de... de 20... REUNIDOS De una parte, D...., en nombre y representación de... (en adelante el
Más detallesI. DISPOSICIONES GENERALES
POLÍTICA DE CLASIFICACIÓN DE CLIENTES I. DISPOSICIONES GENERALES 1.1. El propósito de esta Política de Clasificación de Clientes de DELTASTOCK es establecer normas internas para la clasificación de los
Más detallesPrincipios generales de protección de los instrumentos financieros de clientes.
Manual de Salvaguarda de Activos Noviembre 2012 1. INTRODUCCIÓN Para el debido cumplimiento de las obligaciones recogidas en el apartado 1 letra f y apartado 2 letra c del artículo 70 ter de la Ley del
Más detallesCONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE MARKETING Y PUBLICIDAD
CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE MARKETING Y PUBLICIDAD REUNIDOS De una parte. con CIF.. y domicilio, con código postal.,. En nombre. que se denominará en el presente contrato a partir de ahora: EL CLIENTE
Más detallesCONDICIONES GENERALES DE. www.formacioncfi.es. Documento Protegido por Copyright
CONDICIONES GENERALES DE www.formacioncfi.es Documento Protegido por Copyright 0. OBJETO Las presentes Condiciones Generales regulan la adquisición de los productos y servicios ofertados en el sitio web
Más detallesORDEN DE 27 DE DICIEMBRE DE 1991 DE DESARROLLO DEL REAL DECRETO 1816/1991, DE 20 DE DICIEMBRE, SOBRE TRANSACCIONES ECONÓMICAS CON EL EXTERIOR
ORDEN DE 27 DE DICIEMBRE DE 1991 DE DESARROLLO DEL REAL DECRETO 1816/1991, DE 20 DE DICIEMBRE, SOBRE TRANSACCIONES ECONÓMICAS CON EL EXTERIOR FICHA RESUMEN...2 EXPOSICION DE MOTIVOS...3 Artículo 1...3
Más detallesCONTRATO DE SERVICIOS DE DISEÑO GRÁFICO INTERVIENEN
CONTRATO DE SERVICIOS DE DISEÑO GRÁFICO INTERVIENEN De una parte mayor de edad, con N.I.F. y con domicilio en calle REAL 40 ESC1 BJA 28500 Arganda del Rey (Madrid) representando el grupo freelance pixel
Más detallesCONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS CON ACCESO A DATOS ART. 12 LOPD
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS CON ACCESO A DATOS ART. 12 LOPD REUNIDOS De una parte, la parte contratante del servicio online E-conomic como EL RESPONSABLE DEL FICHERO. De otra parte, E-conomic Online
Más detallesContrato de servicios ebusining Básico: Domiciliación en La Finca
Contrato de servicios ebusining Básico: Domiciliación en La Finca 1. PARTES. a. Busining Desarrollos Empresariales, S.L. (a partir de ahora Busining), con CIF B85618361, domiciliada en Pº del Club Deportivo,
Más detallesCONDICIONES GENERALES DE USO DE LA OFICINA VIRTUAL DE AQUALIA AVISO PARA EL USUARIO DE LA OFICINA VIRTUAL DE AQUALIA.
CONDICIONES GENERALES DE USO DE LA OFICINA VIRTUAL DE AQUALIA AVISO PARA EL USUARIO DE LA OFICINA VIRTUAL DE AQUALIA. LEA CUIDADOSAMENTE ESTE DOCUMENTO. EL ACCESO Y USO DE LA OFICINA VIRTUAL IMPLICA, POR
Más detallesAVISO LEGAL y POLITICA DE PRIVACIDAD
AVISO LEGAL y POLITICA DE PRIVACIDAD AVISO LEGAL. OBJETO: La presente página Web ha sido diseñada para dar a conocer los servicios ofertados por la entidad Análisis de Riesgos para Entidades Aseguradoras
Más detallesCONDICIONES GENERALES PARA LA VENTA ONLINE DE PRODUCTOS ENTRE CASADEMONT S.A. Y LOS USUARIOS (en adelante, Condiciones Generales )
CONDICIONES GENERALES PARA LA VENTA ONLINE DE PRODUCTOS ENTRE CASADEMONT S.A. Y LOS USUARIOS (en adelante, Condiciones Generales ) 1. CONDICIONES GENERALES PREVIAS A LA CONTRATACIÓN a) Estas Condiciones
Más detallesCAMPAÑA DE PLANES DE PENSIONES APORTACIONES PERIÓDICAS 2014
CAMPAÑA DE PLANES DE PENSIONES APORTACIONES PERIÓDICAS 2014 Bankia va a llevar a cabo una acción comercial específica con la finalidad de conseguir aportaciones periódicas en planes de pensiones, o incrementar
Más detallesCONTRATO DE DISEÑO WEB
CONTRATO DE DISEÑO WEB En, a de de 20 REUNIDOS D, mayor de edad, con DNI y domicilio en, actuando en nombre y representación de inscrita en el Registro Mercantil de. con domicilio social en, actuando en
Más detallesGestión de Dominio y Cesión de DNS www.ayto-torrelodones.org
Gestión de Dominio y Cesión de DNS www.aytotorrelodones.org Entidad solicitante: AYUNTAMIENTO DE TORRELODONES (SER. INFOR.) A la atención de: FRANCISCO TORRENTE Código propuesta: 120228/21855/versión 1
Más detallesSmail Mantenimiento de Sistemas, S.L.
Smail Mantenimiento de Sistemas, S.L. Contrato de Soporte Informático Con Pag.1. En Madrid, a de de 200 REUNIDOS DE UNA PARTE: D. con Documento Nacional de Identidad nº, en representación de la sociedad
Más detallesINFORMACION PRECONTRACTUAL CUENTA AHORRO bancopopular-e.com
INFORMACION PRECONTRACTUAL CUENTA AHORRO bancopopular-e.com La presente información se proporciona, con finalidad comercial, por bancopopular-e, S.A. (en adelante, la Entidad), en cumplimiento de la Ley
Más detallesA-1. En Madrid a, de de 20. Código Cuenta Cliente: REUNIDOS
CONTRATO MARCO DE APERTURA DE CUENTA PARA LA CONTRATACIÓN, CUSTODIA Y ADMINISTRACIÓN DE INSTRUMENTOS FINANCIEROS DERIVADOS, EJECUTADOS CON SISTEMAS AUTOMÁTICOS DE TRADING, ESPECÍFICO PARA OPERATIVA A TRAVÉS
Más detallesCONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS CON UN TRABAJADOR AUTÓNOMO ECONÓMICAMENTE DEPENDIENTE
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS CON UN TRABAJADOR AUTÓNOMO ECONÓMICAMENTE DEPENDIENTE En, a de de 201_ REUNIDOS De una parte, la empresa, con domicilio en., calle., número, y con CIF (en adelante el
Más detallesCondiciones Generales de Intermediación en los mercados financieros a través de Internet. En, a de de
Condiciones Generales de Intermediación en los mercados financieros a través de Internet En, a de de 1. Objeto del Servicio. Estas condiciones generales tienen por objeto única y exclusivamente regular
Más detallesCONTRATO DE TERMINOS Y CONDICIONES
CONTRATO DE TERMINOS Y CONDICIONES La política de términos y condiciones de UXI SOFTWARE SAPI DE CV (en lo sucesivo e indistintamente "UXI SOFTWARE") tiene por objetivo dar a conocer a los clientes las
Más detallesMODELO 6. Política de Privacidad, Protección de Datos y Formularios de contacto.
MODELO 6. Política de Privacidad, Protección de Datos y Formularios de contacto. De acuerdo con el artículo 10 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio
Más detalleswww.eka.mx! 1. EL AVISO LEGAL Y SU ACEPTACIÓN
1. EL AVISO LEGAL Y SU ACEPTACIÓN El presente aviso legal regula el uso de los servicios en la Página de Internet www.eka.mx (en adelante, la "Página ") que EKA Seguros S.A. de CV. (en adelante, "EKA")
Más detallesCONTRATO PARA LA LICENCIA DE EXPLOTACION DE LA PATENTE
CONTRATO PARA LA LICENCIA DE EXPLOTACION DE LA PATENTE En Madrid, a.. de... 2009 COMPARECEN De una parte la UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID (en adelante UPM), con CIF Q2818015F y domicilio social en
Más detallesFUNDACIÓN TRIBUNAL ARBITRAL DEL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE MÁLAGA
FUNDACIÓN TRIBUNAL ARBITRAL DEL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE MÁLAGA CIF: G92663038 Dirección: Paseo de la Farola, nº 13, 29016-Málaga. Teléfono: 951017900 Fax: E-mail: secretaria@tribunalarbitraldemalaga.es
Más detallesCondiciones generales de contratación de Servicios Personalizados
Condiciones generales de contratación de Servicios Personalizados 1. Consideraciones Preliminares Las presentes Condiciones Generales regularán expresamente la relación surgida entre el ICEX ESPAÑA EXPORTACIÓN
Más detallesANEXO I. INFORMACIÓN PREVIA AL CONTRATO.
ANEXO I. INFORMACIÓN PREVIA AL CONTRATO. Información de la empresa. Razón Social: DCarthago Finance, S.L. Nombre Comercial: DCKapital. CIF: B-30892640 Domicilio Social: Calle Viña del Mar, 25. Escalera
Más detallesCONTRATO DE CESIÓN DE USO DE APLICACIÓN INFORMÁTICA
REUNIDOS CONTRATO DE CESIÓN DE USO DE APLICACIÓN INFORMÁTICA En Madrid, a dd de mm de 2011 De una parte, GRUPO CONFORSA, ANÁLISIS, DESARROLLO Y FORMACIÓN, S.A., (en adelante GRUPO CONFORSA) con domicilio
Más detallesAVISO LEGAL Y PROTECCIÓN DE DATOS. Riojana de Asfaltos, S.A., con C.I.F. Nº A-26016071 y domicilio en
AVISO LEGAL Y PROTECCIÓN DE DATOS INFORMACIÓN LEGAL Y PROTECCIÓN DE DATOS Riojana de Asfaltos, S.A., con C.I.F. Nº A-26016071 y domicilio en Logroño, sociedad inscrita en el Registro de La Rioja, Tomo
Más detallesPROCEDIMIENTO PARA LA EMISIÓN DE VOTO Y OTORGAMIENTO DE REPRESENTACIÓN DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS POR MEDIOS DE COMUNICACIÓN A DISTANCIA
PROCEDIMIENTO PARA LA EMISIÓN DE VOTO Y OTORGAMIENTO DE REPRESENTACIÓN DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS POR MEDIOS DE COMUNICACIÓN A DISTANCIA De conformidad con lo previsto en el artículo 189 y 521
Más detallesCONTRATO PARA LA ESTABULACIÓN DE CABALLOS
CONTRATO PARA LA ESTABULACIÓN DE CABALLOS En Madrid, a. de de 201. 1.- PARTES 1.1. Hipódromo de la Zarzuela, S.A. (HZ) Dª Faina Zurita de Ussía, mayor de edad, con DNI núm. 53.005.235-X y D. Juan Carlos
Más detallesOperaciones de valores mobiliarios y otros activos financieros, por cuenta de clientes
1/17 15.1.- OPERACIONES DE INTERMEDIACIÓN EN MERCADOS Y TRANSMISIÓN DE VALORES. 15.1.1 EN MERCADOS SECUNDARIOS ESPAÑOLES 15.1.1.1 BOLSAS DE VALORES %o sobre efectivo Fijo por 15.1.1.1.1. Compra o venta
Más detallesDOCUMENTO DE CLASIFICACIÓN DE CLIENTES
DOCUMENTO DE CLASIFICACIÓN DE CLIENTES Enero 2015 Descripción de la clasificación La Directiva MiFID y su normativa de desarrollo exigen a las empresas de servicios de inversión el establecimiento de un
Más detallesAVISOS LEGALES Sistema de Control de Solicitudes ( SICS )
AVISOS LEGALES Sistema de Control de Solicitudes ( SICS ) SEGUROS ARGOS, S.A. DE C.V. (en adelante ARGOS ), es una sociedad mercantil legalmente constituida de acuerdo a las Leyes de la República Mexicana
Más detallesCONTRATO MARCO DE SERVICIOS DE INVERSIÓN Y SERVICIOS ADICIONALES APERTURA DE CUENTA INDIVIDUAL PERSONA FÍSICA DOCUMENTO DE CONDICIONES PARTICULARES
CONTRATO MARCO DE SERVICIOS DE INVERSIÓN Y SERVICIOS ADICIONALES APERTURA DE CUENTA INDIVIDUAL PERSONA FÍSICA DOCUMENTO DE CONDICIONES PARTICULARES NÚMERO DE CLIENTE NOMBRE DEL CLIENTE NÚMERO(S) DE CARTERA(S)
Más detallesCONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE SERVICIOS ENTRE CLUB DEPORTIVO DAJAMÁN Y CLUB SANTA CLARA
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE SERVICIOS ENTRE CLUB DEPORTIVO DAJAMÁN Y CLUB SANTA CLARA En Sevilla, a 1 de Enero de 2013 REUNIDOS DE UNA PARTE: CLUB SANTA CLARA con CIF número G-41.042.888, y con domicilio
Más detallesCONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS Lleida,... de... de 2014
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS Lleida,... de.... de 2014 De una parte D....., mayor de edad, con DNI nº., en nombre y representación de 3l3m3nts SCP., CIF J25728197, con domicilio en C/ Forn, 8, Soses,
Más detallesCondiciones Generales y Términos de Uso de la Marca de Certificación de TÜV Rheinland en todas sus variantes
Condiciones Generales y Términos de Uso de la Marca de Certificación de TÜV Rheinland en todas sus variantes General (1) Estas Condiciones Generales y Términos de Uso de la Marca de Certificación (en adelante
Más detallesFOLLETO INFORMATIVO DE TARIFAS
FOLLETO INFORMATIVO DE TARIFAS TARIFAS A. COMISIONES COBRADAS POR VALUE TREE A.1. GASTOS DE ADMINISTRACIÓN Administración y mantenimiento de cuenta Cobro (en Euros) Periodicidad Apertura de cuenta Gratuito
Más detallesPOLÍTICAS DE PRIVACIDAD Y TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES TELEVISORA DE COSTA RICA S.A.
POLÍTICAS DE PRIVACIDAD Y TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES TELEVISORA DE COSTA RICA S.A. Por favor lea cuidadosamente las siguientes Políticas de Privacidad y Tratamiento de Datos Personales de TELEVISORA
Más detallesContrato de compraventa de vehículo. REUNIDOS
Contrato de compraventa de vehículo. En..., a... de... de... REUNIDOS De una parte: D...., mayor de edad, de estado civil..., vecino de..., domiciliado en..., con documento nacional de identidad número...
Más detallesPOLÍTICA DE PRIVACIDAD DE LA SEDE ELECTRÓNICA DE LA AUTORIDAD PORTUARIA DE VALENCIA
POLÍTICA DE PRIVACIDAD DE LA SEDE ELECTRÓNICA DE LA AUTORIDAD PORTUARIA DE VALENCIA 1. Previo En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter
Más detallesFOLLETO INFORMATIVO Y GRATUITO DE LAS CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACION PARA
FOLLETO INFORMATIVO Y GRATUITO DE LAS CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACION PARA LA INTERMEDIACION INDEPEDIENTE DE PRODUCTOS FINANCIEROS, EN CUMPLIMIENTO DE LA LEY 2/2009 de 31 de marzo y R.D. 106/2011
Más detallesAviso Legal. MANUM MANAGEMENT GROUP, S.L. con domicilio social en C/ MUNTANER, 340, 5º 2ª - 08021 BARCELONA
Aviso Legal Aviso Legal AVISO LEGAL Datos identificativos de la entidad gestora del sitio Web MANUM MANAGEMENT GROUP, S.L. con domicilio social en C/ MUNTANER, 340, 5º 2ª - 08021 BARCELONA Se halla inscrita
Más detallesEn este sentido y en cumplimiento de las disposiciones de la Ley 25/2
Suministro y mantenimiento industrial PROTECCIÓN DE DATOS DE CARACTER PERSONAL 1.- CLISER ODIN S.L. (en adelante Piensa Solutions), en cumplimiento de las disposiciones de la Ley Orgánica 15/1999, de 13
Más detalles------------------------------------------------ CONTRATO DE DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS ------------------------------------------------
CONTRATO DE DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS REUNIDOS De una parte D/ Dña, en representación y en su calidad de, con domicilio en, calle nº y con NIF/CIF núm. (en adelante, EL AUTOR) Y de otra, Don JULIO GARCÍA
Más detallesCondiciones Generales
Condiciones Generales 1.- Objeto y generalidades Las presentes Condiciones Generales de Contratación (en adelante, las Condiciones Generales ), junto con las condiciones particulares que puedan establecerse,
Más detallesCondicionado Promoción BONO BOLSA
Condicionado Promoción BONO BOLSA 1. Quién se puede beneficiar de esta promoción? Esta oferta está dirigida exclusivamente a nuevos clientes* de Andbank España, S.A.U., que, soliciten una cuenta dentro
Más detallesContrato de servicios ebusining Advance: Domiciliación Torre Europa + Telesecretariado + Salas de reuniones
Contrato de servicios ebusining Advance: Domiciliación Torre Europa + Telesecretariado + Salas de reuniones 1. PARTES. a. Busining Desarrollos Empresariales, S.L. (a partir de ahora Busining), con CIF
Más detallesCONTRATO DE AUXILIAR DE CORREDURÍA DE SEGUROS REUNIDOS:
CONTRATO DE AUXILIAR DE CORREDURÍA DE SEGUROS En Madrid, a 1 de octubre de 2.014. REUNIDOS: De una parte " " (en adelante el Auxiliar) a través de su representante legal D., con NIF, con domicilio en la,
Más detallesPolítica de Privacidad de la Empresa
Política de Privacidad de la Empresa HARINAS INDUSTRIALES MONTESOL S.A. (en adelante MONTESOL S.A.), con C.I.F. A-78111994, conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de Diciembre, de Protección de Datos
Más detallesAVISO LEGAL Y PROTECCIÓN DE DATOS
AVISO LEGAL Y PROTECCIÓN DE DATOS INFORMACIÓN LEGAL Y PROTECCIÓN DE DATOS SOCIEDAD COOPERATIVA SAN ESTEBAN PROTOMÁRTIR, con C.I.F. Nº F26014472, y domicilio en Ctra. Agoncillo s/n, 26143 Murillo de Río
Más detallesINTRUCCIONES PARA LA REPRESENTACIÓN Y VOTACIÓN A TRAVÉS DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN A DISTANCIA. FORO ELECTRÓNICO DE ACCIONISTAS
INTRUCCIONES PARA LA REPRESENTACIÓN Y VOTACIÓN A TRAVÉS DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN A DISTANCIA. FORO ELECTRÓNICO DE ACCIONISTAS Representación Los accionistas que tengan derecho de asistencia podrán hacerse
Más detallesEPÍGRAFE 74º.- OPERACIONES Y SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES EN MERCADOS EXTRANJEROS
EPÍGRAFE 74º, Página 1 de 5 1. OPERACIONES DE INTERMEDIACIÓN EN MERCADOS EXTRANJEROS Y TRANSMISIÓN DE VALORES (Nota 3 y Nota 9 ) 1.1. En Mercados Extranjeros: 1.1.1. Bolsa de Valores extranjera (Ver Nota
Más detallesRP-CSG-027.00. Fecha de aprobación 2012-03-08
Reglamento Particular para la Auditoría Reglamentaria de Prevención de Riesgos Laborales según el Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/1997) RP-CSG-027.00 Fecha de aprobación 2012-03-08 ÍNDICE
Más detallesN.I.F. - G 38053369. Se prohíbe la reproducción total o parcial de los contenidos de esta WEB sin citar su origen o solicitar autorización.
Información legal www.fedcolombofilatfe.org es un dominio en internet de titularidad de la FEDERACION INSULAR COLOMBOFILA DE TENERIFE en adelante " FEDERACION", con domicilio en: CTRA. DE HOYA FRIA - EL
Más detallesCONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE PATENTES CONTRATO PARA LA LICENCIA DE EXPLOTACION DE LA PATENTE..
CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE PATENTES CONTRATO PARA LA LICENCIA DE EXPLOTACION DE LA PATENTE.. COMPARECEN En Albacete, a.. de... 2015 De una parte (en adelante ), con CIF y domicilio social en, y en su
Más detallesCONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN www.hipodromodelazarzuela.es
CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN www.hipodromodelazarzuela.es Avenida Padre Huidobro s/n, 28023 Aravaca. 28023 Madrid - España - Telf. 91 740 05 40 - Fax 91 357 08 01, Web: www.hipodromodelazarzuela.es
Más detallesCondiciones generales
Condiciones generales Objeto. Descripción de los servicios IURISCAR S.L. domiciliada en C/ Fuencarral nº 135, 3º exterior izda. 28010 Madrid, CIF: B-83610352, es el creador y propietario de la Base de
Más detallesContrato N : CONTRATO DE APERTURA DE CUENTA Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN MERCADOS DE DERIVADOS. Madrid, a. entre:
Contrato N : CONTRATO DE APERTURA DE CUENTA Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN MERCADOS DE DERIVADOS. Madrid, a Nombre entre: Apellidos Domicilio Tipo de documento DNI/NIE/CIF Tipo de cuenta Estándar X-Vip Mínimo
Más detalles4. Honorarios y gastos
CONDICIONES GENERALES 1. Relación profesional Reg. Merc. De Madrid, Libro de Sociedades Hoja M-349746 Folio 44 Tomo 19.852 Sección 8. C.I.F. B-83933481 Todos los encargos profesionales relativos a Abogados
Más detallesComparación de las Condiciones Generales previas y nuevas del Credit Suisse AG
Comparación de las Condiciones Generales previas y nuevas del Credit Suisse AG Condiciones Generales previas (12.2011) Condiciones Generales nuevas (12.2013) Condiciones Generales Las siguientes condiciones
Más detallesModelo de Política de Privacidad
Queda prohibido cualquier tipo de explotación y, en particular, la reproducción, distribución, comunicación pública y/o transformación, total o parcial, por cualquier medio, de este documento sin el previo
Más detallesCONVENIO PRESTACIÓN DE SERVICIOS MEDIANTE CANALES DE AUTOSERVICIO ( Personas Naturales )
CONVENIO PRESTACIÓN DE SERVICIOS MEDIANTE CANALES DE AUTOSERVICIO ( Personas Naturales ) En..., a......, entre CORP BANCA, Rol Unico Tributario Nº 97.023.000-9, representado por don..., cédula nacional
Más detallesContrato N : CONTRATO DE APERTURA DE CUENTA Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN MERCADOS DE DERIVADOS. Madrid, a. entre:
Contrato N : CONTRATO DE APERTURA DE CUENTA Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN MERCADOS DE DERIVADOS. Madrid, a Nombre / Denominación Social entre: Domicilio Tipo de documento DNI/NIE/CIF Tipo de cuenta Estándar
Más detallesDe una parte, D., actuando en su propio nombre y representación, mayor de edad, con domicilio en, Calle, nº, pta. y NIF, en adelante "el Diseñador"
Contrato básico de prestación de servicios de diseño gráfico Modelo de encargo que realiza un empresario a un diseñador para la realización de trabajos de diseño gráfico con unas características determinadas.
Más detallesFicheros creados al amparo de la Ley 12/2003, de 21 de mayo, de prevención y bloqueo de la financiación del terrorismo.
Ficheros creados al amparo de la Ley 12/2003, de 21 de mayo, de prevención y bloqueo de la financiación del terrorismo. Informe 364/2006 La consulta plantea, si le resulta de aplicación al tratamiento
Más detallesUNICAJA BANCO, S.A. COMISIÓN 1.1.1. BOLSAS DE VALORES % sobre efectivo
Página: 1 1. OPERACIONES DE INTERMEDIACIÓN EN MERCADOS Y TRANSMISIÓN DE 1.1. EN MERCADOS SECUNDARIOS ESPAÑOLES 1.1.1. BOLSAS DE % sobre 1.1.1.1. Compra o venta de valores de Renta Variable 1.1.1.2. Compra
Más detallesPOLÍTICA DE EJECUCIÓN Y GESTIÓN DE ÓRDENES
POLÍTICA DE EJECUCIÓN Y GESTIÓN DE ÓRDENES 1 VERSIONES Seguimiento de versiones: Versión Fecha Modificaciones 1.0 01/03/2015 Actualización 2 Contenido 1.- INTRODUCCIÓN... 4 2.- ÁMBITO DE APLICACIÓN...
Más detallesque sea suficiente a estos efectos una marca lógica o el mantenimiento de otro fichero alternativo en el que se registren las bajas producidas.
Otras cuestiones de interés. Cumplimiento de obligaciones previstas en la LOPD por parte de la administración Concursal de una sociedad mercantil. Informe 064/2006 El consultante solicita información acerca
Más detallesTARJETA DE ASISTENCIA Y VOTO A DISTANCIA. Datos de identificación del Accionista
TARJETA DE ASISTENCIA Y VOTO A DISTANCIA Datos de identificación del Accionista Nombre y apellidos o Razón Social Domicilio Personas físicas: Documento Nacional de Identidad (España), pasaporte o cualquier
Más detallesCondiciones Generales de los Servicios DSS EADTRUST (European Agency of Digital Trust, S.L.)
Condiciones Generales de los Servicios DSS EADTRUST (European Agency of Digital Trust, S.L.) Miembro de Histórico de versiones Versión Fecha Documentos sustituidos Descripción / Detalles 1 14/09/09 Cambios
Más detallesCuestionario de honorabilidad y buen gobierno
Cuestionario de honorabilidad y buen gobierno 1. Observaciones El presente cuestionario tiene por finalidad recoger datos en relación con los requisitos de honorabilidad comercial y profesional y de buen
Más detallesCONDICIONES GENERALES DEL PROGRAMA DE PUNTOS CLUB GRUPO GASELEC
CONDICIONES GENERALES DEL PROGRAMA DE PUNTOS CLUB GRUPO GASELEC 1. OBJETO DEL PROGRAMA.- El programa de puntos Club Grupo Gaselec, gestionado por el Grupo Gaselec tiene como finalidad ofrecer ventajas
Más detallesMODELO DE AUDITORIA INFORMÁTICA
MODELO DE AUDITORIA INFORMÁTICA En ( ), a ( ) de ( ) de ( ) REUNIDOS DE UNA PARTE, ( ) mayor de edad, con D.N.I. número ( ) y en nombre y representación de ( ), en adelante, el CLIENTE, domiciliada en
Más detalles1.2 Los Clientes deberán ser mayores de dieciocho (18) años, lo cual deberá ser acreditado al Circuito.
CONDICIONES GENERALES DE VENTA El presente documento establece las condiciones por las cuales se rige el contrato de compraventa de productos cuya promoción se realiza en este sitio web tickets.motorlandaragon.com
Más detallesBolsa POLÍTICA DE EJECUCIÓN DE ÓRDENES BANESTO BOLSA
BANESTO BOLSA INDICE 1. ALCANCE... 3 2. AMBITO DE APLICACIÓN... 4 3. CONSIDERACIÓN DE FACTORES... 6 a. Precio... 6 b. Costes... 6 c. Rapidez... 6 d. Probabilidad de la ejecución y la liquidación... 6 e.
Más detalles1.1.1. Bolsa de Valores ( Ver Nota 1 ) 1.1.1.1. Compra o venta de valores de Renta Variable.(Recepción de órdenes, transmisión y liquidación).
EPÍGRAFE 7º, Página 1 de 5 I. OPERACIONES REALIZADAS EN EL MERCADO NACIONAL 1. OPERACIONES DE INTERMEDIACIÓN EN MERCADOS Y TRANSMISIÓN DE VALORES (Ver Nota 9) 1.1. En Mercados Secundarios españoles: 1.1.1.
Más detallesAviso Legal CONDICIONES GENERALES DE USO DEL SITIO WEB DE RADIOTAXILAGUNA.COM
Aviso Legal CONDICIONES GENERALES DE USO DEL SITIO WEB DE RADIOTAXILAGUNA.COM RADIO TAXI LAGUNA SOC. COOP. con domicilio en Con. El Bronco Nº32-La Laguna- Santa Cruz de Tenerife, representada por D.Francisco
Más detallesCLÁUSULAS DOMINIOS WEB
CL Florida 58 1º- 3ª 01005 Vitoria (Álava) España CLÁUSULAS DOMINIOS WEB Adaptación LOPD realizada por TERRALOGIA 902 01 47 87 www.terralogia.es Francisca Vargas Real, en cumplimiento de lo dispuesto en
Más detallesSe aplicará la base de la Orden de Compra acordada expresamente por las partes contratantes.
Página 1 de 7 Condiciones Generales de Compra 1. Partes contratantes Este contrato (en adelante denominado Orden de Compra) se acuerda entre el proveedor (referido en adelante como "PROVEEDOR") y la empresa
Más detallesAviso Legal. Información de la Empresa. Condiciones Generales de acceso a la pagina Web. Propiedad intelectual
Aviso Legal Información de la Empresa Rehabilitaciones Delgado S.L.U. Domicilio Social: C/ Pedroñeras 46, Madrid - 28043 Madrid Tel.: 91 759 57 46 C.I.F.: B-85243343 Datos Registrales: Sociedad Inscrita
Más detallesCOMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES
COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES De conformidad con lo establecido en la Ley del Mercado de Valores, TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. comunica el siguiente HECHO RELEVANTE En cumplimiento de lo previsto
Más detallesLEY 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito.
NOTA: SOLO SE INCLUYEN AQUELLOS ARTÍCULOS O APARTADOS QUE HACEN REFERENCIA O TIENEN RELACIÓN CON EL FONDO DE GARANTÍA DE DEPÓSITOS DE ENTIDADES DE CRÉDITO LEY 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración
Más detallesEl artículo 45 del Reglamento antes citado, desarrolla este precepto, precisando lo siguiente:
Informe 0105/2010 La consulta plantea si resulta conforme a la normativa de protección de datos el envío de comunicaciones publicitarias, relativas a los servicios que presta la empresa consultante, a
Más detallesAVISO LEGAL Y DE PRIVACIDAD. 1. Objeto e Información General.
AVISO LEGAL Y DE PRIVACIDAD 1. Objeto e Información General. El presente Aviso Legal y de privacidad (en adelante, el Aviso legal") regula el acceso y uso de la página web www.dropsandyou.com (en adelante,
Más detallesREGLAS DE DESARROLLO PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS DE REPRESENTACIÓN Y VOTO A DISTANCIA
REGLAS DE DESARROLLO PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS DE REPRESENTACIÓN Y VOTO A DISTANCIA Los derechos de los accionistas a hacerse representar por medio de otra persona y a ejercer su derecho al voto
Más detallesPROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL:
AVISO LEGAL OBJETO: La presente página Web ha sido diseñada para dar a conocer los servicios ofertados por la entidad MNI TECHNOLOGY ON RAILS, SL, Av. Partenón, nº 10 - Campo de las Naciones, de Madrid,
Más detallesCuarto.- Que para acreditar su derecho, aporta los documentos que a continuación enumera:
FORMULARIO DE SOLICITUD DE TRANSMISIÓN DE DERECHO DE USO DE UN NOMBRE DE DOMINIO BAJO.ES EN CUMPLIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN DICTADA EN EL PROCEDIMIENTO DE RESOLUCIÓN EXTRAJUDICIAL DE CONFLICTOS RECOGIDO
Más detallesBASES DE PARTICIPACIÓN TALENTUM SCHOOLS CAMP. La entidad TELEFÓNICA, S.A. (en adelante TELEFÓNICA), es la empresa organizadora del presente concurso.
BASES DE PARTICIPACIÓN TALENTUM SCHOOLS CAMP La entidad TELEFÓNICA, S.A. (en adelante TELEFÓNICA), es la empresa organizadora del presente concurso. PRIMERA.- OBJETIVO El presente concurso pretende fomentar,
Más detallesGabinete Jurídico. Informe 0545/2009
Informe 0545/2009 La consulta plantea diversas dudas respecto a la aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en lo sucesivo LOPD), a la prestación
Más detallesCondiciones legales particulares de suscripción al panel y a las BBDD de SONDEA. Protección de datos de carácter personal
Condiciones legales particulares de suscripción al panel y a las BBDD de SONDEA. Protección de datos de carácter personal 1.- SONDEA INTERNET, S.L. (en adelante SONDEA), es la Sociedad titular del Sitio
Más detalles