MEMORANDUM Los participantes directos del SIP pagarán una tarifa a SWIFT por el uso del software para y liquidar las transacciones.
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- Marta Iglesias Muñoz
- hace 7 años
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1 CONSEJO MONETARIO CENTROAMERICANO Secretaría Ejecutiva MEMORANDUM PARA: Comité Técnico de Sistemas de Pagos DE: Secretaría Ejecutiva ASUNTO: Consideraciones sobre modelo tarifario SIP FECHA: 12 de Noviembre de Conforme lo acordado por el Comité Técnico de Sistema de Pagos en su 12 Reunión (Santo Domingo, de julio de 2010), se traslada la valoración que permita definir una propuesta de tarifas a ser aplicadas a las órdenes de pagos cursadas por medio del Sistema de Interconexión de Pagos (SIP). Para esta valoración, se consideró la información remitida por los bancos centrales de la Región, relativa a los costos de las transferencias regionales o internacionales en sus respectivos países; así como los costos específicos derivados del uso de la plataforma de pagos local. A continuación se detallan los elementos de la propuesta: I. PRINCIPIOS: 1. Sujetos de cobro 1.1. Los participantes directos del SIP pagarán una tarifa a SWIFT por el uso del software para y liquidar las transacciones Las comisiones o tarifas que cada participante establezca para sus clientes a nivel del Sistema de Pagos Nacional, estarán sujetas a su propia determinación. 2. Base de Cobro: 2.1. La tarifa que se establezca por la participación en el SIP, la pagará exclusivamente la entidad que origine la transacción independientemente de su resultado final en el destino. Esta tarifa, en 1
2 ninguno caso podrá ser ad-valoren. En ningún caso la entidad destino podrá deducir ningún costo adicional al beneficiario de la transferencia. La tarifa deberá ser competitiva dentro del mercado nacional y regional, garantizando a la vez la sostenibilidad financiera del SIP, incluido el costo de los nuevos desarrollos que se realicen para promover la eficiencia y seguridad del sistema En observancia de las Normas Generales del SIP, se define el dólar de los Estados Unidos de América (US$) como moneda para establecer la tarifa La tarifa será revisada cada dos años por el Gestor Institucional del SIP, con el fin de incorporar los ajustes que procedan para garantizar el auto financiamiento y sostenibilidad del Sistema. 3. Facturación y Pago: 3.1. El Gestor Institucional del SIP facturará el cobro de la tarifa en forma mensual (por mes vencido), debiendo enviar la factura a los participantes los primeros cinco días hábiles Los participantes deberán contar con suficientes fondos en sus respectivas cuentas de liquidación, a efecto que el operador pueda aplicar satisfactoriamente el monto que por concepto de la facturación adeude al Gestor Institucional del SIP La liquidación de la factura la hará el Gestor Institucional del SIP automáticamente sobre las cuentas de liquidación de los participantes, quienes podrán solicitar revisiones y ajustes de su factura mientras que el operador no haya realizado la liquidación definitiva de los cobros. Esta liquidación deberá realizarse a día hábil posterior de ser presentadas las facturas a los participantes. Cualquier reclamo que un participante efectúe al Gestor Institucional del SIP relacionado con su factura posterior a su liquidación, cuando proceda deberá ser resuelto mediante un ajuste aplicado en las cuentas de liquidación de las contrapartes. 4. Transparencia 4.1. Todo sistema de pagos debe promover la transparencia en los esquemas de fijación de tarifas, tanto las que correspondan a la plataforma nacional como la del SIP y las que establezcan sus miembros para los clientes que representan Las entidades que participen en el sistema deberán publicar la estructura de comisiones que cobran sobre las transferencias regionales. Esta publicación también la deberá hacer el Gestor Institucional del SIP, y a escala regional con la información integrada de la estructura de comisiones que mantenga cada país Cualquier modificación en la estructura de tarifas deberá ser publicado por el participante directo, como mínimo, el mismo día en que rija el cambio. 2
3 CONCLUSIÓN: Derivado del análisis efectuado, se estima que la tarifa que debería aplicarse en un inicio por las transacciones que se procesen y liquiden por medio del SIP, sería aproximadamente de US$4.54, cada transacción. Sin embargo, los miembros del Comité Técnico de Sistemas de Pagos, consideran que en el primer año de operaciones del SIP, no exista una tarifa por transacción, con el propósito de promover el servicio de transferencias electrónicas y pagos regionales, lo cual permitirá estimular la competencia y la utilización del Sistema de Interconexión de Pagos (SIP). IV. RECOMENDACIÓN: La Secretaría Ejecutiva del Consejo Monetaria Centroamericano, se permite recomendar lo siguiente: 1. De conformidad con lo sugerido por el Comité Técnico de Sistema de Pagos, no se fije una tarifa para las transacciones que se procesen y liquiden por medio del Sistema de Interconexión de Pagos (SIP), durante el primer año de funcionamiento del mismo. 2. Las tarifas del SIP sean revisadas de conformidad con lo que establecen las Normas Generales del Sistema de Interconexión de Pagos (una vez al año). Para tal efecto, se adjunta el proyecto de resolución correspondiente. Atentamente, 3
4 ANEXO ANÁLISIS TARIFARIO DEL SISTEMA DE INTERCONEXIÓN DE PAGOS (SIP) Determinación de Tarifas por Órdenes Cursadas en SIP 1. Estructura Vigente de las tarifas en la región El modelo tarifario aplicado a transferencias regionales e internacionales en vigencia en los países de región presenta las características siguientes: El principio de cobro en el origen de la transferencia no se aplica uniformemente en la región o entre los bancos que ofrecen el servicio. Por lo general, las plataformas LBTR locales no cursan transferencias internacionales, por lo que predomina el cobro en el origen. Sin embargo, en el caso de las transferencias internacionales, estas son realizadas exclusivamente por operadores privados y por regla aplican tanto un cobro por transferencia enviada como recibida. Cuadro 1: Estructura promedio regional de tarifas aplicadas por participantes privados a transferencias internacionales. En dólares de los Estados Unidos País Costos Transferencias desde o hacia los bancos Por receptor Enviadas Recibidas Al Gob. $ $ - Guatemala Al público $ $ El Salvador Honduras Nicaragua Costa Rica Republica Dominicana CARD Al Gob. Al público $ $ Al Gob. $ $ Al público $ $ Al Gob. $ $ - Al público $ $ Al Gob. Al público $ $ - Al Gob. Al público $ $ - Al Gob. $ $ 6.67 Al público $ $ En la región, el costo promedio de enviar una transferencia al exterior por medio del sistema bancario es de US$55, con una elevada dispersión en sus niveles y modalidades de cobro. Las tarifas más elevadas se encuentran en Nicaragua, mientras que las más bajas se encuentran en Costa Rica y Republica Dominicana. Las tarifas en Guatemala, El Salvador y Honduras son en cambio bastante homogéneas, promediando los US$33 por transacción. Salvo en Costa Rica y Republica Dominicana, todos los países cargan un monto a las transferencias recibidas, promediando los US$22.00 en la región. Ello es equivalente a que el costo completo de un transferencia regional puede llegar a ser cercana a los US$
5 $140 Costo al Publico por envio de transferencias por operadores privados, Niveles maximos, minimos y promedio vigentes a Junio de (US$) $120 $100 $80 $60 $40 Promedio Maximo Minimo $20 $0 GT SV HN NI CR RD CARD 2. Cálculo de Tarifas SIP El modelo tarifario del SIP se establece a partir de los siguientes supuestos: a. Los ingresos por tarifas cobradas se constituyen en la principal fuente de ingresos del SIP. El SIP se ofrecerá como un servicio más de las plataformas locales de LBTR s, por lo que no habrá un cargo adicional o membrecía por adhesión al SIP de parte de los usuarios locales de las plataformas de pagos. b. La plataforma SIP es esencialmente un mecanismo de vinculación de plataformas de pagos existentes, por medio de un servicio de mensajería ya existente a escala internacional y que permite la creación de un ambiente cerrado de operaciones. Los costos adicionales para los bancos centrales son relativamente pequeños, dado que el SIP se construye sobre esas plataformas pre-existentes y de múltiple servicio. No obstante, se reconocen algunos costos para la implementación del SIP, que se detallan en Cuadro 2. De ellos, el mayor costo corresponde a los costos de divulgación, aproximadamente US$120,000 para toda la región; ese monto equivale al 49% del costo estimado total para establecer el SIP. El costo total por banco central para operativizar su enlace con el SIP es de aproximadamente US$45,000; esta suma amortizada en un plazo de 5 años es equivalente a US$9,020 por año. Respecto de este componente de costo que se reflejaría en las tarifas, se considera que su relativamente bajo monto puede ser subsumido fácilmente dentro de los costos normales de operar la plataforma interna de pagos y su efecto sobre las tarifas sería relativamente escaso. Por ello, se excluye del cálculo de las tarifas para el SIP. 5
6 Cuadro 2: Estimación del costo de establecimiento del SIP Costo Por banco CARD Inversión Inicial total $ 45, , Plataforma tecnológica $ 10, Interface local $ 15, Equipo $ 5,000.0 Recurso humano $ 10,000.0 Membrecía SWIFT-Grupo cerrado $ Inversión del Banco agente $ - $ 50, Mercadeo inicial $ 20, Inversión BCs $ 45, $ 245, c. Se considera el costo de mensajería como el componente más relevante para la determinación de las tarifas del SIP. El costo de la misma viene determinado por una tarifa internacional determinada por la pertenencia a un grupo cerrado de usuarios SWIFT. d. Las tarifas del SIP no deben distorsionar el costo ya establecido por los bancos centrales para sus operaciones internas, especialmente no se deben crear mercados segmentados a partir de tarifas diferenciadas. e. La distribución de costos por mensajes en la Comunidad Usuarios Swift del SIP es la especificada por el Banco Gestor en el Anexo 4 del documento titulado MANUAL SISTEMA DE INTERCONEXION DE PAGOS SIP-PROPUESTA BCRD REQUISITOS BASICOS PARA EL GESTOR INSTITUCIONAL DEL SIP Y REQUERIMIENTOS TÉCNICOS PARA LA INTERCONEXIÓN AL SISTEMA LBTR DEL BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA DOMINICANA La distribución de costos por mensajes en el CUG (expresados en centavos de Euro y US$ dólar, es la siguiente: Euros Dólares Instrucción de pago SWIFT de Participante A a Participante B (ej.: MT103) Mensaje desde el servicio FIN-Hacia el LBTR (MT096) Mensaje de respuesta desde el LBTR hacia SWIFT Mensaje de confirmación de liquidación Como se aprecia en el Cuadro, el costo completo del mensaje de transferencia es de US$0.37, incluyendo el mensaje de confirmación al originador de la operación. Propuesta de Tarifa SIP Para el cálculo de la tarifa SIP se tomo la tarifa local más alta en la región, aplicada para órdenes de pago locales. Esa tarifa local requiere de dos mensajes, uno de colocación de la orden y el otro para el traslado de la confirmación recibida de parte del Gestor del SIP. A ella se le suma el costo de la mensajería SIP/CUG; a ello, se puede aplicar un porcentaje variable, a efecto de atender posibles contingencias. 6
7 Cuadro 3: Costo para los bancos centrales usando SIP Costo solo LBTR+CUG+Otro Costo por país Promedio Máximo Mínimo GT SV HN NI CR RD CARD Derivado del Cuadro 3, se recomienda adoptar el nivel tarifario más alto, siendo este de Guatemala. Su desglose de coste sería el siguiente para los efectos de la tarifa SIP: Cuadro 4: Calculo tarifa SIP Costo más alto Costo LBTR s local X Costo SIP 0.37 Overhead $ 15% 0.54 Total Overhead $ 25% 0.91 Total Overhead (GIS) Administrativos Divulgación Generales: Energía, etc. Otros indirectos Derivado de lo anterior, se determina que la tarifa estaría en el orden de US$4.54 el costo para el participante indirecto de enviar operaciones de pago por medio del SIP. 7
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