Marco Normativo para la Planificación y Gestión de Riesgo. 25 Marzo, 2011
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- Esperanza Villanueva Franco
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1 Marco Normativo para la Planificación y Gestión de Riesgo 25 Marzo, 2011
2 INDICE 1. INTRODUCCION 2. JUSTIFICACION 3. OBJETIVOS 4. MARCO TEORICO 5. NORMATIVA NORMATIVA INTERNACIONAL NORMATIVA NACIONAL NORMATIVA SECTORIAL NORMATIVA REGIONAL Y LOCAL 6. EL CASO DE HUACHO
3 INTRODUCCIÓN El Perú es uno de los países donde se presentan un mayor número de amenazas naturales y altos niveles de vulnerabilidad física, social y financiera. De hecho, en el periodo , el Perú se vio afectado por 105 desastres, provocado por sequías, inundaciones, deslizamientos, heladas, sismos, erupciones volcánicas, etc. que causaron más de 74,000 muertes y afectaron a 4.2 millones de peruanos. Los daños causados por estos eventos son considerables, cabe destacar el impacto del Fenómeno de El Niño de y , el cual causó pérdidas estimadas de US$ 6,800 millones y los sismos, los cuales en el periodo causaron pérdidas económicas por casi US$ 29,000 millones. En este escenario, el Estado peruano tiene el deber de promover las políticas de alcance nacional, regional y local que permitan afrontar de mejor manera la problemática explicada.
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12 JUSTIFICACIÓN Es necesario la difusión de la normativa existente y la promoción de nueva normativa referida a la gestión de riesgos de desastres, que permita reducir los daños por fenómenos naturales.
13 OBJETIVO Promover y difundir la normatividad referida a la Gestión de riesgos de desastres en materia de vivienda, urbanismo, construcción y saneamiento.
14 MARCO TEORICO Vulnerabilidad.- La vulnerabilidad es el grado de pérdida de un elemento, unidad social o medios de vida, como resultado de la ocurrencia de un fenómeno natural de una magnitud dada. Peligro.- Es un fenómeno de origen natural o antrópico potencialmente perjudicial, que pueda causar la pérdida de vidas, daños materiales, interrupción de la actividad socio-económica o degradación del medio ambiente. El nivel de peligro depende de la intensidad, localización, área de impacto, duración y periodo de retorno del fenómeno peligroso. Riesgo.- Para la estimación del nivel de riesgo al que esta expuesto cada unidad física (Todo elemento físico de propiedad pública o privada (viviendas, puentes, carreteras, colegios, hospitales, etc.))del Distrito, se analizará independientemente las peligros a las que está expuesta cada unida física y su Vulnerabilidad ante tales peligros, para luego hallar el riesgo mediante la fórmula: RIESGO = f(peligro, VULNERABILIDAD)
15 GENERACION DEL RIESGO Y DEL DESASTRES Amenaza Riesgo Vulnerabilidad SI evento ocurre ENTONCES Hay un desastre
16 EVOLUCION DEL RIESGO Situación actual Amenaza Riesgo Vulnerabilidad Situación futura Desarrollo futuro Amenaza Riesgo Vulnerabilidad Cambio climático, Silencio sísmico
17 NORMATIVA PARA LA GESTIÓN DEL RIESGO
18 NORMATIVIDAD INTERNACIONAL
19 1. Resolución Nº , Asamblea General de las Naciones Unidas, 1989 Se estableció el Decenio Internacional para la Reducción de los Desastres Naturales (DIRDN) 2. I Conferencia Mundial sobre la reducción de los desastres. Naciones Unidas, 1994 Directrices para la prevención de los desastres naturales, la preparación para casos de desastre y la mitigación 3. Resolución A/54/497 (1999), Asamblea General de Naciones Unidas Aplicación Estrategia Internacional para la Reducción de los Desastres (EIRD) 4. Decisión 529 del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores (2002) Creación del Comité Andino para la prevención y atención de desastres (CAPRADE) 5. II Conferencia Mundial sobre la Reducción de los Desastres, 2005 Marco de Acción de Hyogo para : Aumento de la resiliencia de las Naciones y comunidades ante los desastres
20 NORMATIVIDAD NACIONAL
21 NORMATIVIDAD NACIONAL Constitución Política del Perú En el articulo 44º Son deberes primordiales del estado: Defender la soberanía nacional, garantizar la plena vigencia de los derechos humanos; proteger a la población de las amenazas contra su seguridad;.
22 NORMATIVIDAD NACIONAL Decreto Ley Nº 19338,, (28 de Marzo 1972 Ley crea del Sistema Nacional de Defensa Civil- SINADECI Decreto Supremo Nº SGMD, (12 de mayo de 1988 Reglamento del SINADECI Decreto Legislativo Nº 442, Modificatorio del Decreto Ley Nº 19338, (27SET87) Decreto Legislativo Nº 735, Modificatorio de D. Ley Nº y D. Legislativo Nº 442, (07NOV91). Decreto Legislativo Nº 905, Modifica Funciones de Defensa Civil, (02JUN98).
23 NORMATIVIDAD NACIONAL Decreto Supremo Nº PCM, (15 de agosto del 2002 Crean la Comisión Multisectorial de Prevención y Atención de Desastres a) Definir los lineamientos y coordinar las acciones necesarias para enfrentar los efectos de posibles desastres b) Impartir las directivas para la elaboración de los planes de contingencia c) Priorizar las medidas consideradas en los planes de contingencia, así como definir los mecanismos y recursos necesarios para su ejecución d) Evaluar la ejecución de los planes de contingencia. Decreto Supremo Nº 001-A-2004-DE/SG, (15 de enero del 2004) Aprueba el Plan Nacional de Prevención y Atención de Desastres. 1. Fomentar la estimación de riesgos por peligros naturales y antrópicos. 2. Impulsar las actividades de prevención y reducción de riesgos. 3. Fomentar la incorporación del concepto de prevención en la planificación del desarrollo. 4. Fomentar el fortalecimiento institucional. 5. Fomentar la participación comunitaria en la prevención de desastres.
24 NORMATIVIDAD NACIONAL ACUERDO NACIONAL El AN es el conjunto de políticas de Estado elaboradas y aprobadas, luego de un proceso de talleres y consultas a nivel nacional, con el fin de definir un rumbo para el desarrollo sostenible del país La suscripción del Acuerdo Nacional se llevó a cabo el 22 de julio de 2002 y participaron los principales representantes de las organizaciones políticas y de la sociedad civil. Política 32 del Acuerdo Nacional: Gestión del Riesgo de Desastres (7 de diciembre el 2010) Promover una política de gestión del riesgo de desastres, con la finalidad de proteger la vida, la salud y la integridad de las personas; así como el patrimonio público y privado, promoviendo y velando por la ubicación de la población y sus equipamientos en las zonas de mayor seguridad, reduciendo las vulnerabilidades bajo un enfoque de procesos que comprenda: la estimación y reducción del riesgo, la respuesta ante emergencias y desastres y la reconstrucción.
25 NORMATIVIDAD NACIONAL Ley Nº 29664, Ley que crea el sistema nacional de gestión de riesgos de desastres SINAGERD (19 de febrero del 2011) Artículo 1º.- Creación del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) Créase el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (Sinagerd) como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos, y preparación y atención ante situaciones de desastre mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres.
26 Componentes del SINAGERD Artículo 6º.-6.1 La Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres se establece sobre la base de los siguientes componentes: Gestión prospectiva (evitar, prevenir) Gestión correctiva (Mitigar) Gestión reactiva (enfrentar) GESTION DEL RIESGO DE DESASTRES Todas las entidades públicas, en todos los niveles de gobierno, son responsables de incluir en sus procesos institucionales estos componentes
27 Procesos del SINAGERD 6.2 El planeamiento, organización, dirección y control de las actividades y acciones relacionadas con la GRD, debe seguir los siguientes procesos: 4 Reconstrucción 1 Estimación del riesgo 3 Preparación, desastre respuesta y rehabilitación 2 Prevención y reducción del riesgo Todas las entidades públicas, en todos los niveles de gobierno, son responsables de incluir en sus procesos institucionales estos procesos,
28 Estructura del SINAGERD ente rector PCM CEPLAN Consejo Nacional de GRD. (MINISTEROS) CENEPRED INDECI GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES SOCIEDAD CIVIL, FUERZAS ARMADAS, ENTIDADES PRIBADAS
29 NORMATIVIDAD NACIONAL Ley del SINAGERD Artículo 14º.- Gobiernos regionales y gobiernos locales 14.1 Los gobiernos regionales y gobiernos locales, formulan, aprueban normas y planes, evalúan, dirigen, organizan, supervisan, fiscalizan y ejecutan los procesos de la Gestión del Riesgo de Desastres, en el ámbito de su competencia 14.2 Los presidentes de los gobiernos regionales y los alcaldes son las máximas autoridades responsables de los procesos de la Gestión del Riesgo de Desastres. Los gobiernos regionales y gobiernos locales son los principales ejecutores de las acciones de gestión del riesgo de desastres Los gobiernos regionales y gobiernos locales constituyen grupos de trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres, integrados por funcionarios de los niveles directivos superiores
30 NORMATIVIDAD NACIONAL Ley del SINAGERD Artículo 14º.- Gobiernos regionales y gobiernos locales 14.4 Los gobiernos regionales y gobiernos locales aseguran la adecuada armonización de los procesos de ordenamiento del territorio y su articulación con la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y sus procesos Los gobiernos regionales y gobiernos locales son los responsables directos de incorporar los procesos de la Gestión del Riesgo de Desastres en la gestión del desarrollo, en el ámbito de su competencia político administrativa 14.6 Los gobiernos regionales y gobiernos locales que generan información técnica y científica sobre peligros, vulnerabilidad y riesgo están obligados a integrar sus datos en el Sistema Nacional de Información para la Gestión del Riesgo de Desastres
31 NORMATIVIDAD NACIONAL OJO Publicación de la ley del SINAGERD ( ) Elaboración el reglamento de la presente Ley para su aprobación mediante decreto supremo ( ) Implementació n de la estructura funcional ( ) 90 DIAS 60 DIAS
32 NORMATIVIDAD SECTORIAL Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento
33 NORMATIVIDAD NACIONAL DESPACHO MINISTERIAL Organigrama del MVCS Viceministerio de Vivienda y Urbanismo Viceministerio de Construcción y Saneamiento Dirección Nacional de Vivienda Dirección Nacional de Urbanismo Dirección Nacional de Construcción Dirección Nacional de Saneamiento Órganos estratégicos PASH PIMBP PGT PAPT Órganos Operativos COFOPRI, BANMAT; SEDAPAL, FONDO MIVIVIENDA
34 NORMATIVIDAD NACIONAL INCORPORACION DE LA COMPONENTE DE GESTION DEL RIESGO EN EL SECTOR Gradualmente el Sector Vivienda ha venido incorporando en sus normas y procedimientos de ejecución para sus órganos, programas y OPDs adscritas, consideraciones sobre aspectos de riesgo, vulnerabilidad y/ peligro.
35 NORMATIVIDAD NACIONAL Decreto Supremo N VIVIENDA, ROF del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y modificatoria. Artículo 8.- Funciones Generales i) Formular, proponer y, en su caso, ejecutar políticas de prevención de riesgos frente a fenómenos naturales; Decreto Supremo N VIVIENDA, Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano. a. La ocupación racional y sostenible del territorio. b. La armonía entre el ejercicio del derecho de propiedad y el interés social. c. La coordinación de los diferentes niveles de gobierno nacional, regional y local para facilitar la participación del sector privado. d. La distribución equitativa de los beneficios y cargas que se deriven del uso del suelo. e. La seguridad y estabilidad jurídica para la inversión inmobiliaria.
36 NORMATIVIDAD NACIONAL Decreto Supremo N VIVIENDA, Reglamento Nacional de Edificaciones. Articulo 3.- Las normas técnicas contendrán las disposiciones necesarias para regular, el diseño, construcción uso y mantenimiento de habilitaciones urbanas y edificaciones Articulo 4.- El RNE definirá los criterios que deberán seguir los procesos de habilitación urbana y de edificación, respetando los usos y parámetros determinados en el Plan de desarrollo urbano y sus normas de zonificación,. Decreto Supremo N VIVIENDA, Plan Nacional de Vivienda - Lineamientos de Política Capítulo II: Política de Vivienda 2.3 Objetivos d. Contribuir a superar la vulnerabilidad física y económica de las familias que habitan as áreas rurales del país.
37 NORMATIVIDAD NACIONAL Decreto Supremo N VIVIENDA, Creación del Programa de Gestión Territorial. Programa de Gestión Territorial PGT finalidad: Realizar acciones de prevención ante fenómenos naturales que permitan ejecutar actividades orientadas a la reducción de riesgos en materia de Vivienda, Urbanismo y Saneamiento. objetivos: Desarrollar acciones de prevención de desastres naturales para la reducción de riesgos en materia de Vivienda, Urbanismo y Saneamiento.
38 NORMATIVIDAD REGIONAL Y LOCAL
39 NORMATIVIDAD REGIONAL YLOCAL Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Nº (18NOV2002). Artículo 50º.- Funciones en materia de población f) Formular, coordinar y supervisar estrategias que permitan controlar el deterioro ambiental y de salud en las ciudades y a evitar el poblamiento en zonas de riesgo para la vida y la salud, en coordinación con los gobiernos locales, garantizando el pleno respeto de los derechos constitucionales de las personas.
40 NORMATIVIDAD REGIONAL YLOCAL Ley 27972, Ley Orgánica de Gobiernos Municipales, artículo 20, inciso 30. (Mayo 2003) Artículo 97 El Consejo de Coordinación Local Provincial procede a coordinar, concertar y proponer el Plan de Desarrollo Municipal Provincial Concertado y su Presupuesto Participativo Los Planes de Desarrollo Municipal Concertados y sus Presupuestos Participativos tienen un carácter orientador de la inversión, asignación y ejecución de los recursos municipales. Son aprobados por los respectivos Concejos Municipales. Artículo 79.- Organización del espacio físico y uso del suelo Las municipalidades, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, ejercen las siguientes funciones: 1.1. Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial, que identifique las áreas urbanas y de expansión urbana, así como las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales; las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental.
41 NORMATIVIDAD REGIONAL YLOCAL D.S. No VIVIENDA Reglamento de Acondicionamiento Territorial y su modificatoria por D.S. No VIVIENDA Las municipalidades, en materia de acondicionamiento territorial y desarrollo urbano, formularán los siguientes instrumentos: a. Plan de Acondicionamiento Territorial b. Plan de Desarrollo Urbano c. Plan Específico d. Plan Urbano Distrital
42 CASO: HUACHO
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44 Zona norte
45 Zona Sur
46 Leyenda
47 Leyenda:
48 Dificultad para operativizar la Gestión de Riesgos? - Si bien se tiene identificado, preliminarmente, el qué hacer respecto a la gestión de riesgos; generalmente, queda pendiente definir el cómo hacerlo.
49 CORRESPONDENCIA - TRAMITE DOCUMENTARIO Paseo de la República Nº 3361 San Isidro, Lima 27, Perú OFICINA Y ATENCIÓN Jr. Cuzco 177, Edificio BANMAT, Piso 3 Cercado de Lima, Lima 01, Perú Teléfono +(51-1) Anexo 182
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