CONSIDERANDO. Lineamientos de Operación del Programa Pasos Solidarios 09/07/ :55:52 1
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- Luz Montero Lozano
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1 RAÚL AARÓN POZOS LANZ, Secretario de Desarrollo Social y Regional del Gobierno del Estado de Campeche, con fundamento en lo que establecen los Artículos 16 fracción II y 26 fracciones IV y XXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Campeche; 11 fracciones II, VI, 17 Fracciones I, III, 56 Fracción I y 57 de la Ley de Desarrollo Social; 7 fracción VI, 63 y 106 del Reglamento se expiden los siguientes Lineamientos de Operación. CONSIDERANDO Que la Ley de Control Presupuestal y Gasto Público dispone que el gasto público estatal se sustentará en las Leyes de Ingresos y de Presupuesto de Egresos del Estado, las que se formularán con apoyo en programas que señalen objetivos, metas y unidades responsables de su ejecución y se apegarán al Plan Estatal de Desarrollo y a los programas que de él deriven. Asimismo prevé que el presupuesto global de egresos del Estado será el que apruebe el Congreso a iniciativa del Ejecutivo, para realizar durante el período de un año, a partir del primero de enero, las actividades, obras y servicios públicos previstos en los programas a cargo de las dependencias y entidades que en su propio presupuesto se señalen. Por lo anterior y conforme a lo establecido en el Presupuesto de Egresos del Estado, en la que el gasto contemplado contribuye al cumplimiento de las metas y objetivos que se plasman en el Plan Estatal de Desarrollo , en el que se prevé dentro de los rubros de desarrollo social acciones en educación, cultura, deporte, salud, asistencia social, desarrollo regional y vivienda, dentro de los cuales queda comprendido este programa de Pasos Solidarios para el ejercicio fiscal Por lo que conforme a lo que establece la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Campeche, la Ley de Desarrollo Social del Estado de Campeche y el Reglamento de la misma Ley corresponde a la Secretaría de Desarrollo Social y Regional, formular los Lineamientos y Reglas de Operación que rijan la ejecución de los Programas Estatales de Desarrollo Social, por lo que se expiden los siguientes Lineamientos del Programa Pasos Solidarios, para el ejercicio fiscal
2 LINEAMIENTOS DEL PROGRAMA PASOS SOLIDARIOS PARA EL EJERCICIO FISCAL Introducción. Los presentes Lineamientos de Operación tienen por objeto establecer el conjunto de ordenamientos que regulen la actividad operativa del programa "Pasos Solidarios, camino al desarrollo. 2. OBJETIVOS General El futuro de Campeche está basado en las niñas y los niños Campechanos, por lo que esta administración comprometida con el Desarrollo Social y la Educación entregará a los educandos de las escuelas públicas de nivel primaria un par de zapatos escolares Específicos a) Mejorar las condiciones de aprendizaje de los alumnos asistentes a planteles educativos oficiales del sector rural. b) Apoyar a la Economía Familiar considerando que el gasto en zapatos escolares es una proporción importante del Ingreso en las familias. c) Disminuir la deserción escolar originada por falta de instrumentos de seguridad e higiene para la realización de las actividades de traslado al centro educativo correspondiente. 3. GLOSARIO Para los efectos de estos Lineamientos se entiende por: a) SEDESORE: Secretaría de Desarrollo Social y Regional. b) ZAPATOS ESCOLARES: calzado infantil de diseño y corte escolar. c) POBLACIÓN ESTUDIANTIL: Menores de edad registrados oficialmente por la Secretaría de Educación en escuelas primarias públicas de la Zona Rural, ya sea del Sistema Federal Transferido, CONAFE, o Comunitarias Indígenas. 2
3 d) ESCUELA PÚBLICA: Plantel educativo cuyos recursos tienen origen en el erario público. e) APOYO SIMILAR: Acción de cualquier otra Dependencia Gubernamental o Institución de índole Privada o Social con los mismos Propósitos del Programa. 4. COBERTURA Los zapatos escolares se otorgarán a la población estudiantil vigente en planteles educativos de nivel primaria ubicados en la zona rural de los once Municipios del Territorio Estatal que no sean beneficiados con algún Programa Similar. 5. POBLACIÓN OBJETIVO Se constituye por la población estudiantil, menores de edad registrados oficialmente por la Secretaría de Educación en escuelas primarias públicas de la zona rural, ya sea del sistema Federal Transferido, CONAFE, o Comunitarias Indígenas que no cuenten con apoyos similares. 6. CARACTERÍSTICAS DE LOS APOYOS. Los zapatos escolares tendrán dos presentaciones: zapatos escolares para niños y zapatos escolares para niñas, registrados oficialmente por la Secretaría de Educación en escuelas primarias públicas de la zona rural, ya sea del Sistema Federal Transferido, CONAFE, o Comunitarias Indígenas, cada paquete consiste en un par de zapatos escolares necesarios para su desempeño académico y sin costo para los beneficiarios. Presentación Niño Descripción Zapato escolar para niño, color negro, corte escolar, sintético, planta celtec con eva de 3 mm, suela hule termoplástico virgen inyectado directo al corte, antiderrapante, plantilla sintética con caja de cartón personalizada. Niña Zapato escolar para niña, color negro, corte escolar, sintético, planta celtec con eva de 3 mm, suela hule termoplástico virgen inyectado directo al corte, antiderrapante, plantilla sintética con caja de cartón personalizada 3
4 7. REQUISITOS De los beneficiarios. a) Ser alumno inscrito en alguna escuela pública de nivel primaria de la zona rural, ya sea del Sistema Federal Transferido, CONAFE, o Comunitarias Indígenas. b) No ser beneficiario de algún programa similar. 8. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS 8.1 Derechos: a) Solicitar y recibir información sobre los requisitos y operatividad del Programa; b) Recibir un trato digno, respetuoso y equitativo, sin distinción de sexo, grupo étnico, partido político o religión; c) Recibir un par de zapatos escolares nuevos, en buenas condiciones, de acuerdo al Programa, de forma gratuita y en su plantel educativo; d) Reportar cualquier irregularidad en el manejo, distribución y asignación de los zapatos escolares. 8.2 Obligaciones a) Proporcionar información veraz que le sea requerida por la SEDESORE, la cual tendrá un manejo confidencial; b) Participar corresponsablemente en el Programa; c) Cumplir la normatividad y requisitos del Programa; d) Manifestar si se es beneficiario de algún Programa Similar; e) Dar un uso correcto a los zapatos escolares que reciban; f) Promover el cuidado de los zapatos escolares recibidos. 4
5 9. CAUSAS DE EXCLUSIÓN DEL APOYO El beneficiario que fue apoyado en una entrega de un par de zapatos escolares dejará de percibir tal apoyo cuando el plantel educativo al que asiste sea beneficiado con algún otro programa compensatorio de la Secretaría de Educación u otra institución de índole pública, privada o social. 10. INSTANCIA EJECUTORA La SEDESORE a través de la Dirección de Desarrollo Humano y Asistencia Social es la instancia ejecutora, la cual podrá coordinarse para la implementación del programa con la Secretaría de Educación o cualquier otra instancia que así lo consideren las necesidades del programa 11. INSTANCIA NORMATIVA La SEDESORE a través de la Subsecretaría de Desarrollo Social determinará la normatividad del programa. 12. MECÁNICA OPERATIVA a) Con bases en las listas del ciclo escolar vigente se hace una estrategia operativa de medición de tallas y medidas, alumno por alumno en cada escuela, y al inicio de cada ciclo escolar la medición de los alumnos de nuevo ingreso.; b) La SEDESORE, en coordinación con la Secretaría de Educación del Estado, y en base a las estadísticas básicas vigentes, determinará cuáles son las escuelas públicas, grupos y total de alumnos que no cuentan con apoyos similares de cualquier otra Dependencia Gubernamental; c) La SEDESORE, hará llegar a la Secretaría de Administración e Innovación Gubernamental, la cantidad de pares de zapatos requeridos por la Secretaría y las especificaciones técnicas de calidad de los materiales y zapatos escolares a adquirir, así como la descripción de las condiciones de entrega. d) La Secretaría de Administración e Innovación Gubernamental, conforme a la normatividad vigente y especificaciones técnicas remitidas, adquirirá los zapatos escolares informando del resultado a la SEDESORE. 5
6 e) La SEDESORE convocará a dependencias del orden estatal para participar en la entrega directa a los beneficiarios, las cuales nombrarán a un enlace operativo para la coordinación de esta tarea; a quienes se les capacitará sobre el procedimiento de entrega de los zapatos escolares en cada escuela. f) La SEDESORE entregará a cada dependencia, a través del formato F/SEDESORE/PS/04, la cantidad de pares de zapatos escolares que corresponden según lo programado de acuerdo al municipio o sector de responsabilidad. g) Se hará entrega física de los zapatos a cada alumno por parte del Director de la escuela de que se trate, conjuntamente con un representante de la sociedad de padres, la autoridad local y un representante del Gobierno del Estado. h) Posterior a la entrega en los planteles Educativos, las Dependencias, a través de sus enlaces Operativos, harán llegar los documentos comprobatorios de tal hecho: formatos F/SEDESORE/PS/05, F/SEDESORE/PS/06, listas de asistencia, en su caso el material sobrante. i) La SEDESORE consignará de recibida la documentación, y en su caso, los sobrantes de zapatos, abriendo los expedientes y elaborando el reporte de entrega correspondiente a cada dependencia. j) Después de dos meses a la fecha de entrega, la SEDESORE dará seguimiento y evaluará el Programa mediante una encuesta de satisfacción. 13. PROCEDIMIENTO DE COMPROBACIÓN a) La entrega de los paquetes escolares a los beneficiarios es comprobada a través del formato F/SEDESORE/PS/05 y F/SEDESORE/PS/06, recibos de entrega y de devolución de cada dependencia. b) Una vez entregados los paquetes escolares en los planteles educativos el Director del plantel y un representante de los padres de familia firmarán de recibido. c) Cuando las Dependencias concluyan el proceso de entrega total, integrarán su expediente con los formatos F/SEDESORE/PS/05 y F/SEDESORE/PS/06, las listas de asistencia y registros fotográficos. Este 6
7 expediente será entregado a la SEDESORE por oficio, ordenado por número de folio. d) La SEDESORE tendrá dos semanas para la revisión de los documentos, al final expedirá un oficio de comprobación o de observaciones para que sean atendidas, según sea el caso, en este oficio se describirá el plazo con el que cuenta la Dependencia para atender las Observaciones hechas al expediente. e) La SEDESORE comprobara ante la Secretaría de Coordinación y la Secretaría de Finanzas, con las facturas originales, Contrato y sus Fianzas correspondientes, del ganador de la Licitación Pública. 14. GASTOS DE OPERACIÓN Para el Desarrollo de las diversas acciones asociadas a la Planeación, Operación, Supervisión, Seguimiento, Contraloría Social y Evaluación del Programa, la SEDESORE destinará Recursos para tales fines hasta el 5.5% y el.5% para el Órgano Estatal de Control para Supervisión, del presupuesto asignado al Programa. 15. COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL La instancia normativa establecerá los mecanismos de coordinación necesarios para garantizar que sus acciones no se contrapongan, afecten o presenten duplicidades con otros Programas o acciones del Gobierno Estatal, con esto se busca potenciar el impacto de los Programas Solidarios, fortalecer la cobertura de las acciones y detonar el Desarrollo Humano de los grupos beneficiarios. 16. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN Seguimiento Corresponde a la SEDESORE, a través de la Dirección de Planeación e Información Social el seguimiento y evaluación del Programa a través de la aplicación de diversos mecanismos de evaluación a manera de encuestas de evaluación para conocer los resultados del programa, posteriores a la entrega Evaluación interna 7
8 La Dirección de Desarrollo Humano y Asistencia Social instrumentará un procedimiento de evaluación interna, con el fin de monitorear el desempeño del Programa, construyendo indicadores relacionados con sus objetivos específicos. Los resultados de las operaciones del Programa de cada ciclo escolar serán considerados para la actualización periódica de los presentes lineamientos y para la asignación de recursos del ciclo siguiente. 17. CONTROL Y VIGILANCIA La SEDESORE fomentará la Organización y Participación Ciudadana, así mismo promoverá la Capacitación de la Sociedad Organizada beneficiaria de los Programas Sociales en su Ejecución, Supervisión, Control y Vigilancia y mantenimiento a través de la Contraloría Social, sin deprimiendo de las funciones que en materia de Control y Vigilancia le corresponda a la Secretaria de la Contraloría. Los Recursos asignados para la Operación del Programa no pierden su carácter Estatal, por lo que la Secretaría de la Contraloría, en el ámbito de su respectiva competencia, realizará actividades de Fiscalización y Auditoría que considere pertinentes. 18. TRANSPARENCIA La SEDESORE, difundirá a través de su página Institucional del Internet, los Lineamientos y Reglas de Operación, Requisitos de los Programas de Desarrollo Social, así mismo deberá incluir la siguiente leyenda "Este Programa es Público o ajeno a cualquier Partido Político. Queda prohibido su uso para fines distintos al Desarrollo Social. Quien haga uso indebido de los Recursos de este Programa deberá ser denunciado y sancionado ante las autoridades conforme a lo que dispone la Ley en la materia". La Publicidad y la información relativa a todos los Programas Sociales deberán identificarse con el Escudo Estatal. 19. QUEJAS Y DENUNCIAS 8
9 Los beneficiarios, sus tutores, personal docente y la población en general, pueden acudir en cualquier momento a la SEDESORE del Gobierno del Estado, a la Secretaría de la Contraloría, para presentar sus sugerencias, quejas o denuncias que contribuyan a una operación más eficiente y Transparente del Programa. 20. VIGENCIA Los presentes Lineamientos entrarán en vigor a partir de su Publicación en el Periódico Oficial del Estado y en la página Institucional de Internet de la SEDESORE. DADO EN LA SALA DE JUNTAS DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL Y REGIONAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO (SEDESORE), CITA EN LA AV. PEDRO SAINZ DE BARANDA S/N POR 51 BAJOS, CENTRO HISTÓRICO, EN LA CIUDAD DE SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, MUNICIPIO Y ESTADO DE CAMPECHE, ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A LOS DIAS DEL MES DE DEL AÑO DOS MIL ONCE. LIC. RAÚL AARÓN POZOS LANZ SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL Y REGIONAL DEL ESTADO DE CAMPECHE 9
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