DIRECCION GENERAL DE VIVIENDA, URBANISMO Y PLANIFICACION TERRITORIAL
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- Susana Ruiz Moreno
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1 DIRECCION GENERAL DE VIVIENDA, URBANISMO Y PLANIFICACION TERRITORIAL CONSEJERIA DE FOMENTO PRESENTACIÓN DECRETO 71/2014, de 24/07/2014, POR EL QUE SE REGULA EL PLAN DE FOMENTO DEL ALQUILER DE VIVIENDAS, LA REHABILITACIÓN EDIFICATORIA, Y LA REGENERACIÓN Y RENOVACIÓN URBANAS DE CASTILLA-LA MANCHA JORNADA COLEGIO ADMINISTRADORES FINCAS 10 OCTUBRE 2014
2 2 POLÍTICA DE VIVIENDA CAMBIO FUNDAMENTAL EN LA POLÍTICA DE VIVIENDA Parque de Viviendas. Crecimiento en la última década En España viviendas, incremento (un 20,3%) En Castilla-La Mancha viviendas, incremento (un 26,3 %) (3ºs después de Murcia y La Rioja). Por provincias, mayores aumentos relativos en Almería (más del 45%), Guadalajara y Toledo (más del 35% en ambos casos). Por municipios (mayores de habitantes), mayor aumento en Yebes (Guadalajara), que ha multiplicado por 25 su número de viviendas. (60% de las viviendas vacías, y dentro de los 20 municipios con más vivienda vacías 7 son de la provincia de Toledo).
3 3 POLÍTICA DE VIVIENDA CAMBIO FUNDAMENTAL EN LA POLÍTICA DE VIVIENDA Datos de Viviendas vacías En España (14 % del total), mayor país de la UE, por delante de Francia (2,4 Mviv, Italia 2 Mv, Alemania 1,8 Mviv, Inglaterra 0,7 Mviv, hasta 11 millones viviendas vacías) En Castilla-La Mancha, (16,3 % del total) Datos de Viviendas nuevas vacías En España (2,3 % del parque total) En Castilla-La Mancha, (3,88 % del total) Toledo , Ciudad Real , Albacete 5.031, Cuenca 3.812, Guadalajara
4 4 POLÍTICA DE VIVIENDA CAMBIO FUNDAMENTAL EN LA POLÍTICA DE VIVIENDA Situación del parque residencial edificado. Oportunidades de Rehabilitación En España de los de viviendas, más de 5 millones de viviendas se construyeron hace más de 50 años y más de 8,5 millones tienen entre 30 y 50 años. (53% anterior a 1981, fecha de la primera norma técnica energética). En CLM son anteriores a 1980, el 50,1%. Parque de intervención prioritaria en Castilla-La Mancha. nacional, Estado de conservación Ruinoso+Malo+Deficiente: , 9,6% frente a 10,1% Sin accesibilidad, mayores de 4 plantas sin ascensor: Sin ningún tipo de calefacción: viviendas
5 5 POLÍTICA DE VIVIENDA CAMBIO FUNDAMENTAL EN LA POLÍTICA DE VIVIENDA ARRENDAMIENTO Potenciar el alquiler como medio de acceso a la vivienda hasta parámetros europeos. En España aún es un mercado débil 17% (frente al 38% europeo) REHABILITACIÓN Recuperar el parque de vivienda infrautilizada = Mejorar las condiciones de los inmuebles en cuanto a CONSERVACIÓN EFICIENCIA ENERGÉTICA ACCESIBILIDAD Lo que supondrá una mejora de la calidad de vida de los ciudadanos. Potenciar la figura del Informe de Evaluación del Edificio (IEE)
6 6 VI PLAN DE VIVIENDA MARCO NORMATIVO: Alquiler. Ley 4/2013, de 4 de junio, de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas urbanas. Rehabilitación. Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación - Introduce el informe de Evauación de Edificios (ITE+Certificación Energética+Accesibilidad) - Artículo 15. Facultades de los sujetos legitimados. (podrán participar las comunidades de propietarios, asociaciones administrativas, etc) - Artículo 16. Asociaciones administrativas. (tendrán personalidad jurídica propia y naturaleza administrativa, y se regirán por sus estatutos y por lo dispuesto en este artículo) - Disposición Final Primera, modifica la Ley sobre Propiedad Horizontal, (cambia los regímenes de mayorías, cuorum para realización de obras, etc) En definitiva novedades para poder realizar las operaciones de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbanas que establece la Ley.
7 7 VI PLAN DE VIVIENDA VI PLAN ESTATAL: REAL DECRETO 233 /2013, DE 5 DE ABRIL, POR EL QUE SE REGULA EL PLAN ESTATAL DE FOMENTO DEL ALQUILER DE VIVIENDAS, LA REHABILITACIÓN EDIFICATORIA, Y LA REGENERACIÓN Y RENOVACIÓN URBANAS, CONVENIO DE FINANCIACIÓN ESTADO-CASTILLA-LA MANCHA (julio 2014) VI PLAN REGIONAL: DECRETO 71/2014, DE 24 DE JULIO, POR EL QUE SE REGULA EL PLAN ESTATAL DE FOMENTO DEL ALQUILER DE VIVIENDAS, LA REHABILITACIÓN EDIFICATORIA, Y LA REGENERACIÓN Y RENOVACIÓN URBANAS, DE CASTILLA LA MANCHA.
8 8 PROGRAMAS PLAN REGIONAL 1.- Programa de ayuda al arrendamiento de vivienda. 2.- Programa de fomento del parque público de vivienda de alquiler. 3.- Programa de fomento de la rehabilitación edificatoria. 4.- Programa de fomento de la regeneración y renovación urbanas. 5.- Programa de apoyo a la implantación del Informe de Evaluación de los Edificios. 6.- Programa para el fomento de ciudades sostenibles y competitivas.
9 9 PROGRAMA DE AYUDAS AL ARRENDAMIENTO DE VIVIENDAS OBJETO: Facilitar el acceso y la permanencia en una vivienda en régimen de arrendamiento a sectores de población con escasos medios económicos. RENTA MÁXIMA (incluidos gastos de comunidad) : 500 para familias numerosas: 600 BENEFICIARIOS: Personas físicas mayores de edad. Titulares de contrato de arrendamiento (o en condiciones de suscribirlo) Que la vivienda arrendada constituya su residencia habitual o permanente (o vaya a serlo) Ingresos mínimos: 0,5 IPREM (IPREM 2014: 7.455,14 euros/año) Ingresos máximos: en función de los miembros de la unidad de convivencia 1 persona adulta = 1 IPREM miembros adicionales: +14 años = 0,5 IPREM -14 años = 0,3 IPREM Coeficientes de ponderación para reducción de ingresos máximos por nº de miembros: Un miembro=0,90; Dos miembros=0,85; Tres miembros=0,80; Cuatro miembros=0,75; Cinco o más miembros=0,70 (art. 6) Excepcionalmente: 3 IPREM (si no se cubre todo el presupuesto) Para los colectivos más vulnerables no serán exigibles ingresos mínimos.
10 10 PROGRAMA DE AYUDAS AL ARRENDAMIENTO DE VIVIENDAS CUANTÍA: 40% de la renta con un máximo de 200 mensuales. Si en el contrato figuran varios arrendatarios, la cuantía que corresponde a cada uno de los solicitantes que tengan derecho a ella se obtendrá dividiendo entre el número total de arrendatarios. DURACIÓN: 12 MESES, prorrogables por sucesivos periodos de 12 meses, hasta la finalización del Plan (31 de Diciembre de 2016). SE ABONARÁ MENSUALMENTE Previa justificación del pago. ACTUALMENTE: Orden de 04/06/2014, de la Consejería de Fomento, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan ayudas al arrendamiento de viviendas. (DOCM 6-junio) plazo de presentación de solicitud hasta el 7 de julio de 2014
11 11 PROGRAMA DE FOMENTO DEL PARQUE PÚBLICO DE VIVIENDA DE PROTECCIÓN PÚBLICA DE ALQUILER OBJETO: Fomento de la creación de un parque público de vivienda protegida para alquiler que se constituya sobre suelos o edificios de titularidad pública. TIPOS: VPP de alquiler en rotación para u.c. con ingresos entre 0,5-1,2 IPREM. VPP de alquiler protegido para u.c. con ingresos entre 1,2-3,0 IPREM. BENEFICIARIOS: Las Administraciones públicas, los organismos públicos y demás entidades de derecho público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente por las Administraciones públicas. Las fundaciones y las asociaciones declaradas de utilidad pública, y aquellas a las que se refiere la disposición adicional quinta de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Las organizaciones no gubernamentales y demás entidades privadas sin ánimo de lucro, especialmente aquellas que desarrollen su actividad entre sectores vulnerables merecedores de una especial protección. EXIGE SUSCRIPCIÓN DE ACUERDO DE LA COMISIÓN BILATERAL DE LA JCCM Y EL MINISTERIO con participación del Ayuntamiento en cuyo término municipal se ubique la actuación.
12 12 PROGRAMA DE FOMENTO DEL PARQUE PÚBLICO DE VIVIENDA DE PROTECCIÓN PÚBLICA DE ALQUILER Nuevas promociones o rehabilitación de edificios públicos que se destinen: Al menos el 50% al alquiler en rotación. El resto al alquiler protegido. NO se calificarán promociones únicamente al alquiler protegido. Plazo mínimo: 50 años desde la calificación definitiva. Sobre suelo público. Podrán ser suelos dotacionales (si la normativa urbanística lo autoriza) Superficie viviendas: mínimo: 70 m 2 máximo: 90 m 2 +1 garaje vinculado (más de 1, sin vincular, si lo exige el planeamiento) +1 trastero Viviendas adaptadas a p.m.r., en el porcentaje legalmente establecido: 4%. PRIORITARIAS: Actuaciones en las que el Ayuntamiento comprometa cofinanciación, siendo preferentes aquellas en que sea mayor la financiación por vivienda, aportada por dichas Administraciones públicas. A tales efectos, se entenderá que forma parte de dicha financiación la puesta a disposición del suelo con carácter gratuito.
13 13 PROGRAMA DE FOMENTO DEL PARQUE PÚBLICO DE VIVIENDA DE PROTECCIÓN PÚBLICA DE ALQUILER CUANTÍA DE LA AYUDA: proporcional a la superficie de cada vivienda. Máximos: 250 /m 2 útil. 30% del coste subvencionable actuación. Pmax=MBE*Cvp*CL (art.28) /vivienda. La suma de dicha ayuda y de las que en su caso reciban los beneficiarios de cualquier otra Administración, entidad u organismo público, nacional o internacional, no podrá superar el precio de la promoción de la construcción de viviendas en alquiler de que se trate.
14 14 PROGRAMA DE FOMENTO DE LA REHABILITACIÓN EDIFICATORIA OBJETO: Financiación de actuaciones de rehabilitación dirigidas a: LA CONSERVACIÓN (A), LA MEJORA DE LA CALIDAD Y SOSTENIBILIDAD (B), y REALIZAR LOS AJUSTES RAZONABLES EN MATERIA DE ACCESIBILIDAD (C), dentro de dos líneas de ayudas diferenciadas: LÍNEAS DE AYUDAS REHABILITACIÓN EDIFICATORIA LÍNEA 1 Ejecución de obras y trabajos de mantenimiento e intervención en las instalaciones fijas y equipamiento propio, así como en los elementos y espacios privativos comunes, de los edificios de tipología residencial colectiva FINANCIACIÓN ESTATAL LÍNEA 2 Ejecución de obras y trabajos de mantenimiento e intervención en las zonas privativas de las viviendas particulares y en edificios de una sola vivienda FINANCIACIÓN EXCLUSIVAMENTE AUTONÓMICA
15 15 PROGRAMA DE FOMENTO DE LA REHABILITACIÓN EDIFICATORIA REQUISITOS DE LOS EDIFICIOS Y VIVIENDAS Estar finalizados antes de Que, al menos, el 70% de su superficie construida sobre rasante tenga uso residencial de vivienda. Que, al menos el 70% de las viviendas constituyan el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios. EXCEPCIONES: Graves daños estructurales o de otro tipo, que justifiquen su inclusión. Destino el alquiler, durante, al menos 10 años a contar desde la recepción de la ayuda. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19.2.b) del Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, la fecha de la recepción de la ayuda se hará constar en el Registro de la Propiedad en la forma y condiciones determinadas por dicho precepto.
16 16 PROGRAMA DE FOMENTO DE LA REHABILITACIÓN EDIFICATORIA TIPOS DE ACTUACIONES (I) a) Las detectadas como desfavorable, en el IEE relativas a la cimentación, estructura e instalaciones. (No demolición o vaciado) CONSERVACIÓN (A) b) Las detectadas como desfavorable, en el IEE relativas a cubiertas, azoteas, fachadas y medianerías en BIC o edificio protegidos o simultáneamente con actuaciones de calidad y sostenibilidad (B). c) Las realizadas en las instalaciones comunes de electricidad fontanería, gas, saneamiento, recogida y separación de residuos y telecomunicaciones, para adaptarlas a la normativa vigente.
17 17 PROGRAMA DE FOMENTO DE LA REHABILITACIÓN EDIFICATORIA TIPOS DE ACTUACIONES (II) CALIDAD Y SOSTENIBILIDAD (B) Actuaciones incluidas en una o varias de las letras a), b) o c), de forma que se consiga una reducción de la demanda energética anual global de al menos un 30% a) La mejora de la envolvente térmica del edificio para reducir su demanda energética de calefacción o refrigeración. b) La instalación de sistemas para el acondicionamiento térmico o el incremento de la eficiencia energética de los existentes. c) La instalación de equipos de generación o que permitan la utilización de energías renovables. d) La mejora de la eficiencia energética de las instalaciones comunes de ascensores e iluminación. e) La mejora de las instalaciones de suministro e instalación de mecanismo que favorezcan el ahorro de agua, la implantación de redes separativas y sistemas de reutilización de aguas grises y pluviales del propio edificio, y sistemas que reduzcan el volumen de vertido al sistema público de alcantarillado. f) La mejora o acondicionamiento de instalaciones para la adecuada recogida y separación de los residuos domésticos. g) La mejora del cumplimiento de los parámetros establecidos en el DB-HR. h) El acondicionamiento de los espacios privativos de la parcela para mejora la permeabilidad del suelo, adaptar la jardinería a especies de bajo consumo hídrico, optimizar sistemas de riego y otras bioclimáticas.
18 18 PROGRAMA DE FOMENTO DE LA REHABILITACIÓN EDIFICATORIA TIPOS DE ACTUACIONES (III) AJUSTES RAZONABLES EN ACCESIBILIDAD (C) Las que adecúen un itinerario accesible desde la vía pública hasta el interior de los edificios (acceso a servicios comunes a viviendas y a locales) a la normativa vigente. a) La instalación o adecuación de ascensores, salva-escaleras, rampas u otros dispositivos, incluidos los adaptados a discapacidades sensoriales. b) La instalación o dotación de ayudas técnicas (grúas, etc.), que permitan el uso, por parte de las personas con discapacidad, de los elementos comunes como jardines, zonas deportivas, piscina y similares. c) La instalación de elementos de información o de aviso tales como señales luminosas o sonoras que permitan la orientación en el uso de escaleras y ascensores. d) Las instalación de elementos o dispositivos electrónicos de comunicación entre las viviendas y el exterior, tales como videoporteros y análogos, adaptados a las necesidades de las personas con discapacidad sensorial.
19 19 PROGRAMA DE FOMENTO DE LA REHABILITACIÓN EDIFICATORIA REQUISITOS DE LAS ACTUACIONES (I) LÍNEA 1 LÍNEA 2 Proyecto de la actuación a realizar. Para el caso de que las actuaciones no exijan proyecto, se justifique en una memoria suscrita por técnico competente la adecuación de la actuación al Código Técnico de la Edificación hasta donde sea viable, urbanística, técnica o económicamente. Informe de Evaluación del Edificio (Incluye Certificado de eficiencia energética) Informe suscrito por técnico competente, que justifique mejora en el cumplimiento de las exigencias básicas de habitabilidad y seguridad del CTE. Certificado de eficiencia energética, firmado por técnico competente, en los términos establecidos en el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios. Sólo para actuaciones de ahorro energético (B) Acuerdo de la Comunidad o Comunidades excepto en los casos de edificios de propietario único.
20 20 PROGRAMA DE FOMENTO DE LA REHABILITACIÓN EDIFICATORIA REQUISITOS DE LAS ACTUACIONES (II) LÍNEA 1 LÍNEA 2 Actuaciones para realizar los ajustes razonables en materia de accesibilidad y/o mejorar la calidad y sostenibilidad del edificio o edificios (B y C): mínimo, 8 viviendas. excepcionalmente menos: Si simultáneamente obras de conservación. Si personas con discapacidad/mayores de 65 años. Que el edificio en el que se sitúe la vivienda presente condiciones suficientes de seguridad estructural y de estanqueidad frente a la lluvia. PLAZO DE EJECUCIÓN: 16 meses (18 meses, sí afectan a más de 40 viviendas.)
21 21 PROGRAMA DE FOMENTO DE LA REHABILITACIÓN EDIFICATORIA BENEFICIARIOS LÍNEA 1 LÍNEA 2 Comunidades de propietarios Agrupaciones de comunidades de propietarios Propietarios únicos de edificios de viviendas En actuaciones de CONSERVACIÓN (A), tendrán preferencia las actuaciones en las que no más del 60 por 100 de los propietarios de viviendas del edificio estén integrados en unidades de convivencia cuyos ingresos no superen en 6,5 veces el IPREM. Propietarios o arrendatarios que se encuentren integrados en unidades de convivencia cuyos ingresos no superen 6,5 veces el IPREM En los edificios destinados al alquiler (durante, al menos, diez años) podrán ser beneficiarios, también, las Administraciones Públicas y los organismos y demás entidades de derecho público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente por las Administraciones propietarias de los inmuebles.
22 22 PROGRAMA DE FOMENTO DE LA REHABILITACIÓN EDIFICATORIA CUANTÍA DE LAS AYUDAS Se calculará multiplicando, por el número de viviendas y por cada 100 m 2 de superficie útil de locales del edificio que consten en la escritura de división horizontal, las ayudas unitarias siguientes: CONSERVACIÓN (A) CALIDAD Y SOTENIBILIDAD (B) ACCESIBILIDAD (C) TOTAL LÍNEA 1: EDIFICIOS DE TIPOLOGÍA RESIDENCIAL COLECTIVA Si +B = Si +C = Si se reduce la demanda energética en un 50% => Dichas cuantías se incrementarán un 10% si es Bien de Interés Cultural BIC = LÍNEA 2: VIVIENDAS INDIVIDUALES (JCCM) Máximo: 35% c.s. Máximo: 35% c.s. Máximo: 50% c.s. COSTE SUBVENCIONABLE (c.s.): Todas los actuaciones subvencionables anteriores podrán incluir a los efectos de la determinación del coste total de las obras: los honorarios de los profesionales intervinientes, el coste de la redacción de los proyectos, informes técnicos y certificados necesarios, los gastos derivados de la tramitación administrativa, y otros gastos generales similares, siempre que todos ellos estén debidamente justificados. No se incluirán, impuestos, tasas o tributos.
23 23 PROGRAMA DE FOMENTO DE LA REHABILITACIÓN EDIFICATORIA AYUDAS EN VIGOR Orden de 02/06/2014, de la Consejería de Fomento, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la rehabilitación y mejora energética de las viviendas, y se convocan las mismas. (DOCM 6-junio-2014) LÍNEA 2: Viviendas particulares plazo de presentación de solicitud hasta el 15 de octubre de 2014 Programa de Ayudas PAREER (BOE 1 octubre 2013), a través del IDE, del Ministerio de Industria, 125 millones de euros,
24 24 PROGRAMA DE FOMENTO DE LA REGENERACIÓN Y RENOVACIÓN URBANAS OBJETO: La financiación de la realización conjunta, dentro de ámbitos de actuación previamente delimitados, de: a) Obras de rehabilitación en edificios y viviendas (rehabilitación edificatoria para adecuar a la normativa vigente, equipamiento propio y elementos comunes), b) Obras de mejora de la calidad y sostenibilidad del medio urbano obras de urbanización y reurbanización de los espacios públicos (pavimentación, jardinería, infraestructuras, instalaciones, servicios de abastecimiento de agua saneamiento, suministro energético, alumbrado, recogida, separación y gestión de residuos, telecomunicaciones y utilización del subsuelo), mejora de la accesibilidad en los mismos, y mejora de la eficiencia ambiental en materia de agua, energía, gestión de residuos y protección de la biodiversidad (reducción del uso de agua potable y de riego; mejora de la eficiencia energética en edificación y en servicios urbanos, implantación de energías renovables,y las destinadas a reducir la demanda energética y las emisiones de gases contaminantes; mejora del reciclaje y la gestión de residuos y gestión sostenible del territorio; implantación de especies adecuadas, conectividad de espacios verdes y promoción de cubiertas verdes) a) Edificación de viviendas de nueva construcción (calificación energética mínima B) en sustitución de edificios demolidos, en su caso. CON LA FINALIDAD DE: mejorar los tejidos residenciales, y recuperar funcionalmente conjuntos históricos, centros urbanos, barrios degradados y núcleos rurales.
25 25 PROGRAMA DE FOMENTO DE LA REGENERACIÓN Y RENOVACIÓN URBANAS CONDICIONES DE LOS ÁMBITOS Y ACTUACIONES Ámbito delimitado y declarado por acuerdo de la Administración competente, continuo o discontinuo, de al menos 100 viviendas. (pueden ser menos en: cascos históricos, núcleos rurales, actuaciones exclusivas de renovación urbana, y otros. Acuerdo de Comisión Bilateral). Al menos un 60% de la edificabilidad sobre rasante deberá destinarse a uso residencial de vivienda habitual. Aprobación del instrumento urbanístico y de ejecución y equidistribución. (Solicitud = aprobación inicial; Reconocimiento de la ayuda = aprobación definitiva) Presentar, con carácter previo a la adopción del Acuerdo de la Comisión Bilateral, la siguiente documentación: Delimitación del ámbito, sobre plano parcelario a escala y relación que identifique los inmuebles incluidos. Memoria-Programa en la que conste: Diagnóstico sobre la situación social, económica y ambiental del ámbito. Incluirá objetivos y fines públicos de la actuación Programa de Acciones Integradas. Memoria de Viabilidad Técnica y de Viabilidad Económica. Plan de realojo temporal y retorno, indicando plazos y costes. Los edificios y viviendas deberán cumplir además que: El edificio cuente con el informe de evaluación y Las actuaciones cuenten con el acuerdo de la Comunidad o Comunidades de Propietarios.
26 26 PROGRAMA DE FOMENTO DE LA REGENERACIÓN Y RENOVACIÓN URBANAS CUANTÍA : Ayuda unitaria máxima: por cada vivienda objeto de rehabilitación por cada vivienda construida en sustitución de otra demolida por cada vivienda rehabilitada y/o construida en sustitución de otra demolida, para actuaciones de mejora de la calidad y sostenibilidad del medio urbano. A lo anterior se le añadirá, en su caso: anuales por unidad de convivencia a realojar, durante el tiempo que duren las obras y hasta un máximo de 3 años. Hasta 500 por vivienda rehabilitada o construida en sustitución de otra demolida, para el coste de los equipos y oficinas de planeamiento, información, gestión y acompañamiento social. Máximo: 35% del coste subvencionable de la actuación. (Son subvencionables los gastos de equipos y oficinas de planeamiento, información, gestión y acompañamiento social).
27 27 PROGRAMA DE APOYO A LA IMPLANTACIÓN DEL INFORME DE EVALUACIÓN DE LOS EDIFICIOS OBJETO: impulsar la implantación y generalización de un Informe de evaluación de los edificios que incluya el análisis de las condiciones de accesibilidad, eficiencia energética y estado de conservación de los mismos, mediante una subvención que cubra parte de los gastos de honorarios profesionales por su emisión. BENEFICIARIOS: Comunidades de vecinos, agrupaciones de comunidades o propietarios únicos de edificios de carácter predominantemente residencial. CUANTÍA DE LA AYUDA AYUDA ESTATAL 20 /vivienda + 20 /100m 2 local AYUDA ATONÓMICA 20 /vivienda + 20 /100m 2 local TOTAL AYUDA 40 /vivienda + 40 /100m 2 local Máximo: ó 50% del coste del informe.
28 28 PROGRAMA PARA EL FOMENTO DE CIUDADES SOSTENIBLES Y COMPETITIVAS OBJETO: la financiación de la ejecución de proyectos de especial trascendencia, basados en las líneas estratégicas temáticas siguientes: Mejora de barrios, (construidos entre 1940 y Ahorro energético del 30%) Centros y cascos históricos, Renovación de áreas funcionalmente obsoletas, Renovación de áreas para la sustitución de infravivienda, Ecobarrios y Zonas turísticas. Condiciones de los Proyectos: Deberán circunscribirse a un único término municipal, Contener la delimitación precisa del área de actuación, que tendrá carácter homogéneo y continuidad geográfica, con la descripción de la situación urbanística y social de la misma. Deberán justificar la conveniencia de la propuesta de actuación. Incluir una memoria descriptiva y de viabilidad técnica y económica de la actuación. Adjuntar presupuesto estimativo, desglosado por tipos de actuación. Adjuntar un calendario previsible de ejecución.
29 29 PROGRAMA PARA EL FOMENTO DE CIUDADES SOSTENIBLES Y COMPETITIVAS BENEFICIARIOS: Las Administraciones Públicas, los propietarios únicos de edificios de viviendas, las comunidades de propietarios, las agrupaciones de comunidades de propietario, los consorcios y entes asociativos de gestión. CUANTÍA: 40% del coste subvencionable de la actuación, sin superar los importes establecidos para cada caso, en el programa de fomento de la regeneración y renovación urbana por cada vivienda objeto de rehabilitación por cada vivienda construida en sustitución de otra demolida por cada vivienda rehabilitada y/o construida en sustitución de otra demolida, para actuaciones de mejora de la calidad y sostenibilidad del medio urbano anuales por unidad de convivencia a realojar, durante el tiempo que duren las obras y hasta un máximo de 3 años. Hasta 500 por vivienda rehabilitada o construida en sustitución de otra demolida, para el coste de los equipos y oficinas de planeamiento, información, gestión y acompañamiento social. PLAZO DE EJECUCIÓN: máximo 3 AÑOS sin superar el ejercicio 2016
30 30 APORTACIONES AL VI PLAN PROGRAMA APORTACIONES PERIODO ESTADO JCCM TOTAL AYUDA AL ALQUILER DE VIVIENDA , , ,00 FOMENTO DEL PARQUE PÚBLICO DE VIVIENDA EN ALQUILER FOMENTO DE LA REHABILITACIÓN EDIFICATORIA FOMENTO DE LA REGENERACIÓN Y RENOVACIÓN URBANA APOYO A LA IMPLANTACIÓN DEL INFORME DE EVALUACIÓN DE EDIFICIOS FOMENTO DE CIUDADES SOSTENIBLES Y COMPETITIVAS , , , , , , , , , , , , , , ,00 TOTAL , , ,83
31 GRACIAS POR SU ATENCIÓN
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