FORMACIÓN: CURSO PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES 60 HORAS (PRESENCIALES)
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- Tomás Francisco Javier Marín Santos
- hace 7 años
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1 FORMACIÓN: CURSO PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES 60 HORAS (PRESENCIALES) Cliente: Índice 1. Introducción 2. Programa del curso 3. Condiciones económicas y forma de pago 4. Contrato Presentado por: Mª del Carmen Ramos Lema Director Técnico
2 1. Introducción Objetivos El objeto fundamental de la presente oferta y posterior contrato es la realización de una actividad preventiva puntual, Curso de Prevención de Riesgos Laborales 60 horas, en base a los requisitos legales establecidos en la normativa estatal vigente en materia preventiva, con el fin de dotar a los trabajadores de los conocimientos preventivos necesarios para desempeñar su trabajo en condiciones de seguridad adecuadas. Se pretende que todos los trabajadores realicen la formación programada en las mejores condiciones didácticas, técnicas y prácticas, con el fin de hacer de la formación en Prevención de Riesgos Laborales, el medio para convertir la entidad en un entorno seguro de trabajo, en el que la seguridad y salud de los trabajadores más que un requisito legal, sea un valor añadido. Normas de referencia Todas las entidades deberán cumplir con las disposiciones mínimas recogidas en la Ley de Prevención de riesgos Laborales (31/95) y en su posterior modificación establecida en la ley 54/2003, así como en el Reglamento de Servicios de Prevención (R.D. 39/97) El artículo 32 bis de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales establece como necesaria la presencia de recursos preventivos en el centro de trabajo - Cuando los riesgos puedan verse agravados o modificados en el desarrollo del proceso o la actividad, por la concurrencia de operaciones diversas que se desarrollan sucesiva o simultáneamente y que hagan preciso el control de la correcta aplicación de los métodos de trabajo. - Cuando se realicen actividades o procesos que reglamentariamente sean considerados como peligrosos o con riesgos especiales. - Cuando la necesidad de dicha presencia sea requerida por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, si las circunstancias del caso así lo exigieran debido a las condiciones de trabajo detectadas. Además, el artículo 32 bis indica que los recursos preventivos deberán tener la capacidad suficiente, esto es, estar capacitado para desarrollar las funciones de nivel básico previstas en el artículo 35 del Reglamento de Servicios de Prevención (R.D. 39/97) 2 de 9
3 2. Programa del curso Según el REAL DECRETO 39/1997, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención. Anexo IV: Contenido mínimo del programa de formación, para el desempeño de las funciones de nivel básico 1. Conceptos básicos sobre seguridad y salud en el trabajo. a. El Trabajo y la Salud: los riesgos profesionales. Factores de riesgo. b. Daños derivados de trabajo. Los Accidentes de Trabajo y las Enfermedades profesionales. Otras patologías derivadas del trabajo. c. Marco normativo básico en materia de prevención de riesgos laborales. Derechos y deberes básicos en esta materia. 2. Riesgos generales y su prevención. d. Riesgos ligados a las condiciones de Seguridad. e. Riesgos ligados al medio-ambiente de trabajo. f. La carga de trabajo, la fatiga y la insatisfacción laboral. g. Sistemas elementales de control de riesgos. Protección colectiva e individual. h. Planes de emergencia y evacuación. i. El control de la salud de los trabajadores. 3. Riesgos específicos y su prevención. 4. Elementos básicos de gestión de la prevención de riesgos. j. Organismo públicos relacionados con la Seguridad y Salud en el Trabajo. k. Organización del trabajo preventivo: "rutinas" básicas. l. Documentación: recogida, elaboración y archivo. 5. Primeros auxilios. Duración del curso La duración es de 60 horas en modalidad mixta con 20 horas presenciales y 40 horas a distancia. Entre las opciones formativas desarrolladas por CIPRL con el fin de dar la mejor cobertura a nuestros clientes (formación e-learning, semipresencial, presencial, a la carta...) el presente curso se impartirá en la modalidad presencial con el fin de optimizar los recursos y el tiempo invertido sacando el máximo rendimiento a la acción formativa. Los trabajadores dispondrán del asesoramiento técnico necesario para la resolución de todas las dudas que pudieran surgir. Documentación CIPRL facilitará a cada trabajador, la documentación necesaria para la realización de la acción formativa. El soporte en que se hará entrega de esta documentación dependerá del tipo de modalidad formativa elegida. CIPRL adaptará a las necesidades y a la realidad de cada cliente todos los detalles a fin de ofrecer todas las opciones entre las que nuestros clientes podrán elegir la que mejor cobertura de a sus necesidades. El documento recoge toda la información necesaria para que los trabajadores del sector conozcan no sólo los riesgos asociados a su puesto, sino los aparejados al uso de equipos o al tipo de centro en el que llevan a cabo sus tareas. 3 de 9
4 Título Acreditativo Una vez impartidas las horas lectivas, se realizará un examen a los asistentes al curso. Tras la corrección del mismo, se facilitará título acreditativo de asistencia y aprovechamiento a la formación, a aquellos trabajadores que superen dicho examen expedido según los requisitos de la FLC. 4 de 9
5 3. Condiciones económicas y forma de pago Datos de la Entidad Solicitante: Razón Social Nombre Comercial Cif Domicilio Social C.P Población Provincia Representante Legal NIF Persona de Contacto Tlfno. Fax Actividad de la entidad Anexo I SI No Número total de trabajadores Número total de centros Descripción del servicio El total de los servicios anteriormente expuestos y en función de las características particulares de la entidad se presupuesta en: 225 euros ( ) Forma de Pago 100% a la aprobación del presupuesto y firma del contrato Pagos mensuales consecutivos de Recargos por fraccionamiento Gastos de desplazamientos y dietas incluidos La validez de la presente propuesta es de tres meses naturales a partir de la fecha de emisión Cargo a Nº de Cuenta: Fecha de Solicitud de Entrada en vigor del contrato El Representante Legal de la entidad indicada en el encabezamiento, desea contratar los servicios de CONSULTORÍA INTEGRAL DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES,S.L.., en el marco de la presente oferta y declara aceptar todas las condiciones en ella establecidas La Entidad Contratante expresa su deseo de iniciar la actividad anteriormente detallada en la fecha anteriormente indicada, computando las anualidades desde la misma en adelante y autoriza al cargo de las domiciliaciones bancarias en el siguiente número de cuenta: Entidad Oficina: DC Código Cuenta Cliente En, a de de 200 Firma y sello de la entidad solicitante Fecha de Aceptación 5 de 9
6 4. Contrato CONTRATO DEL SERVICIO PARA LA REALIZACION DE ACTIVIDAD PREVENTIVA PUNTUAL En A Coruña a de de 20 DE UNA PARTE, la entidad CONSULTORÍA INTEGRAL DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES,S.L.., en adelante CIPRL, con CIF nº B , y domicilio en A Coruña, Polígono Pocomaco, Sector I, Edificio Diana, nº 3, 1º Izqda, A Coruña, siendo su representante legal DON JOSE MANUEL MARTINEZ TUBIO, mayor de edad y con DNI nº S. DE OTRA PARTE, la entidad solicitante de la oferta para la prestación del Servicio descrito con el número de referencia establecido en el expositivo tercero (en adelante entidad contratante ). Ambas partes, se reconocen recíprocamente plena capacidad legal y jurídica y a tal efecto, EXPONEN I. Que la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales y demás normativa de aplicación, establece como obligación del empresario la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores y, la integración de la actividad preventiva en la entidad, lo que supone la implicación de todos los niveles jerárquicos, y la asunción por éstos de la obligación de incluir la prevención en todas las actuaciones y decisiones que se adopten. II. Que Consultoría Integral de Prevención de Riesgos Laborales, es una entidad acreditada para actuar como Servicio de Prevención Ajeno, con ámbito de actuación autonómico y número de acreditación TR840A 2009/5-0. III. Que es intención de la entidad contratante contratar los servicios de CIPRL para la prestación de servicios de prevención determinados en la oferta. IV. Que CIPRL se compromete a realizar las tareas y funciones, así como, los compromisos adquiridos y detallados en la oferta anterior, de una manera totalmente fiel a lo descrito, disponiendo a tal efecto de la infraestructura y personal suficiente para dar debido cumplimiento a los términos ofertados, instrumentando dicho acuerdo de voluntades en base a las siguientes, PRIMERA: OBJETO CONDICIONES Constituye el objeto del presente contrato la prestación del Servicio para la realización de la actividad preventiva puntual anteriormente detallada, que CIPRL se compromete a realizar a la Entidad solicitante según lo establecido en el documento de oferta y todo ello, en los centros de trabajo establecidos en el Anexo I adjunto a la misma. SEGUNDA: Para el pago del precio del contrato, la Entidad Contratante autoriza a la Entidad Contratada a emitir recibos por el importe y conceptos anteriormente reseñados y las fechas pactadas a la cuenta: Entidad Bancaria: Oficina: Dígitos de Control: Código Cuenta Cliente: Se hace constar que la Entidad Contratante, en caso de que se produzca, asumirá los costes que graven la devolución y reenvío de alguno de los recibos. TERCERA: Resumen de Oferta económica (IVA no incluido) 6 de 9
7 Importe Total: uros FRACCIONAMIENTO PACTADO Importe Formalización: uros Pagos de uros La falta de pago de cualquiera de las cantidades aplazadas dará lugar a la suspensión de este contrato, que requerirá para su reanudación del mutuo acuerdo de las partes, con pérdida para la Entidad Contratante de las cantidades entregadas a cuenta del precio final, en caso de falta de acuerdo. TERCERA: Para el desarrollo de las actividades pactadas la Entidad Contratante se compromete a: 1- Facilitar toda la información y documentación requerida por CIPRL para el desarrollo adecuado de las actividades contratadas y anteriormente descritas. 2- Permitir el acceso a los centros de trabajo a los técnicos designados por CIPRL para realizar los servicios contratados. 3- Firmar la recepción de documentos, informes y recomendaciones emitidas por CIPRL respecto de las actividades del servicio. 4-Facilitar cualquier otra información no contemplada en los supuestos anteriores y que con criterio técnico de las personas que vayan a emitir el asesoramiento y apoyo a la entidad contratante, estimen razonables y necesarias en sus normas de actuación 5- Integrar la actividad preventiva, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 1.1 del Reglamento de los Servicios de Prevención, lo que implica la atribución de todos los niveles jerárquicos y la asunción por estos de la obligación de incluir la prevención de riesgos en cualquier actividad que realicen u ordenen y en todas las decisiones que adopten. CUARTA: No son objeto del presente Acuerdo Preventivo todas aquellas actividades que no estén expresamente recogidas en él. QUINTA: La Entidad Contratante hace constar expresamente: Que asume, directamente y bajo su exclusiva responsabilidad, la ejecución, puesta en práctica y vigilancia de la normativa sobre Seguridad y Salud y especialmente la dirección de las actividades preventivas a aplicar en la entidad, así como, las recomendaciones que establezca CIPRL, ya que ésta presta únicamente servicios de asesoramiento y apoyo en calidad de Órgano Asesor Externo a la entidad. SEXTA: DURACION DEL CONTRATO La duración del presente contrato estará supeditada a la duración establecida en la oferta En caso de que se produzca retraso en la realización de alguna de las actividades preventivas contratadas y el motivo sea imputable a CIPRL, éste se compromete a seguir con los trabajos son coste adicional alguno para la entidad contratante, comprometiéndose a llevar a buen fin el objeto de este contrato. Si la causa del retraso en los plazos es imputable a la entidad contratante, se seguirán facturando las mensualidades indicadas en el contrato hasta que se finalicen las actividades objeto contrato. SEPTIMA: PACTO DE NO CONCURRENCIA La Entidad contratante no podrá contratar o requerir los servicios del personal técnico de CIPRL, sin que medie consentimiento expreso de esta última por un plazo no inferior a tres años. El incumplimiento de éste pacto dará lugar a una indemnización de euros, cantidad equivalente al coste de formación del técnico. OCTAVA: En los costes detallados en la oferta no está incluida cualquier tipo inversión que fuese necesaria, al margen de las detalladas, con el fin de llevar a cabo las tareas descritas o tomase a bien realizar la entidad por recomendación o imposición de la legislación, o por otro motivo, así como los posibles costes de medición, analíticas, ensayos, etc. NOVENA: El segundo comparecido autoriza expresamente a la mercantil CONSULTORÍA INTEGRAL DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES,S.L.. a subrogar a un tercero en los derechos dimanantes del presente contrato entre los que se puede considerar como tal la prestación del servicio objeto del mismo. En dicho supuesto se formalizará un nuevo contrato en las mismas Condiciones que el presente contrato, el cual permanecerá vigente en todas y cada una de sus cláusulas. DÉCIMA: CONFIDENCIALIDAD. 7 de 9
8 A- CIPRL se compromete a mantener el debido secreto profesional respecto de los datos personales a los que tiene acceso, y a exigir el mismo nivel de compromiso a cualquier persona que dentro de su organización participe en cualquier fase del tratamiento de los datos personales. Asimismo, en cumplimiento la Ley Orgánica de Protección de Protección de datos de Carácter Personal 15/1999, la organización contratada, como ENCARGADA DE TRATAMIENTO se compromete a: 1-Tratar los datos de carácter personal conforme a las instrucciones que el cliente le señale, y sólo cuando sea estrictamente necesario para la prestación de los servicios contemplados en este contrato. 2-No utilizar los datos personales con fines distintos a los expuestos, ni comunicarlos, ni siquiera para su conservación a otras personas. El cliente, cuando sea necesario el tratamiento de los datos personales por personas distintas al ENCARGADO DE TRATAMIENTO para la prestación de los servicios recogidos en el convenio preventivo, autoriza al ENCARGADO DE TRATAMIENTO a formalizar el correspondiente contrato de tratamiento de datos de carácter personal por cuenta de terceros por nombre y cuenta del cliente. 3-Adoptar las medidas de índole técnica y organizativas recogidas en el R.D. 1720/2007 de 21 de Diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de Diciembre, de protección de datos de carácter personal, que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a que estén expuestos, ya provengan de la acción humana o del medio físico o natural. 4-Una vez cumplida la prestación de los servicios recogidos en el acuerdo preventivo, los datos de carácter personal deberán ser destruidos o devueltos según su elección al cliente, al igual que cualquier soporte o documento en el que conste algún dato de carácter personal objeto del tratamiento. 5-El ENCARGADO DEL TRATAMIENTO en ningún caso será responsable de la ilicitud o inexactitud de los datos personales suministrados por el Cliente para la prestación del servicio. El Cliente será el único responsable del cumplimiento del deber de información recogido en el artículo 5 de la LOPD y de la obtención del consentimiento de los afectados para el tratamiento de sus datos cuando sea necesario en virtud de la vigente normativa de protección de datos. B-El firmante autoriza que sus datos personales pasen a formar parte de un fichero automatizado de Clientes propiedad del ENCARGADO DEL TRATAMIENTO con la finalidad de gestionar, administrar y facturar los servicios contratados así como para el envío de información comercial (por correo ordinario o por canales electrónicos) que pueda resultar de su interés. Asimismo autoriza que los referidos datos personales puedan ser cedidos a la red CIPRL con el objeto de que exista un seguimiento eficaz de los trabajos realizados. El firmante puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en la dirección de la organización contratada. UNDÉCIMA: En el Anexo I adjunto, se relacionan los centros de trabajo para los que se contrata el servicio, así como las características cualitativas y cuantitativas de la Entidad Solicitante. En base a los datos expresados en el citado Anexo se ha calculado la actividad necesaria para prestar adecuadamente el servicio descrito en la presente oferta y por tanto el precio. En caso de variación de los datos detallados en el citado anexo podría conllevar la variación de la actividad y por tanto de los precios pactados, cuestión que se comunicaría a la Entidad Solicitante con la debida antelación. DUODECIMA: En caso de incumplimiento del presente acuerdo por cualquiera de las partes, estas se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales y Juzgados de A Coruña, con renuncia a sus propios Fueros, incluso el del domicilio, si lo tuvieren y fuere otro distinto. DECIMOTERCERA: La entidad contratante tendrá derecho a la satisfacción de las siguientes actividades: - Redacción y entrega de documentación necesaria para el correcto desarrollo del servicio. - Clases presenciales en caso de que la modalidad formativa contratada sea presencial o semipresencial a razón de las horas pactadas entre entidad contratante y entidad contratada y que han quedado reflejadas en la oferta -Asesoramiento telefónico permanente durante la duración del curso y posteriormente hasta 2 meses después de finalizado. 8 de 9
9 Y en prueba de conformidad, firman el presente por duplicado en la ciudad y fecha arriba indicadas. CLAUSULAS ESPECIALES (Si procede) 9 de 9
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