FICHA Nº 26: SECTOR DE NUEVA PLANTA. Uso predominante: Residencial en todas las categorías.

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1 FICHA Nº 26: SECTOR DE NUEVA PLANTA. USOS PORMENORIZADOS. Uso predominante: Residencial en todas las categorías. Usos alternativos: Permitidos: Garaje-aparcamiento: en categorías 1ª, 2ª, 3ª, 4ª, 5ª y 7ª. Comercio: en todas sus categorías y tipos. Servicio-oficina: en categoría 1ª, 2ª y 3ª. Artesanía: en categoría 1ª, 2ª y 4ª. Excepcionales:Turístico y Hospedaje: en categoría 2ª. (siempre que exista acceso rodado). Equipamientos: en todos sus tipos y categorías. CONDICIONES PARA LA EDIFICACION. Además de las condiciones generales del Título III del Tomo III se dará cumplimiento a las siguientes condiciones particulares: Tipología edificatoria: manzana cerrada o abierta. Alineaciones: Figuran en plano adjunto. Ocupación máxima de parcela: 100% únicamente en la manzana consolidada y para el resto se marca fondo máximo con la alineación interior.

2 Altura máxima: P. Baja + dos plantas o 9,5 m. de altura máxima, medida en el punto medio del frente de parcela, a partir de la rasante de la calle. Agrupación y división de parcelas: Se permitirá la agrupación y división de parcelas siempre y cuando se cumplan las condiciones de parcela mínima del Tomo III Título III.

3 FICHA Nº 27: SECTOR DE NUEVA PLANTA. USOS PORMENORIZADOS. Uso predominante: Residencial en todas las categorías. Usos alternativos: Permitidos: Garaje-aparcamiento: en categorías 1ª, 2ª, 3ª 4ª, 5ª y 7ª. Comercio: en todas sus categorías y tipos. Servicio-oficina: en categoría 1ª, 2ª y 3ª. Artesanía: en categoría 1ª, 2ª y 4ª. Excepcionales:Turístico y Hospedaje: en categoría 2ª. (siempre que exista acceso rodado). Equipamientos: en todos sus tipos y categorías. CONDICIONES PARA LA EDIFICACION. Además de las condiciones generales del Título III del Tomo III se dará cumplimiento a las siguientes condiciones particulares: Tipología edificatoria: manzana cerrada o abierta. Alineaciones: Figuran en plano adjunto. Ocupación máxima de parcela: 100% únicamente en la manzana consolidada y para el resto se marca fondo máximo con la alineación interior.

4 Patio de manzana: Queda definido por las alineaciones interiores en el plano adjunto y para la manzana correspondiente. Altura máxima: P. Baja + dos plantas o 9,5 m. de altura máxima, medida en el punto medio del frente de parcela, a partir de la rasante de la calle. Fondo máximo edificable: 15 m. Agrupación y división de parcelas: Se permitirá la agrupación y división de parcelas siempre y cuando se cumplan las condiciones de parcela mínima del Tomo III del Título III. C) Uso predominante: industrial, con cambio a uso predominante Residencial R en todas sus categorías, P.B.+2 en un plazo máximo de 25 años con iguales condiciones a dicho uso. Tipología edificatoria: Manzana cerrada o abierta. Altura máxima: Para la edificación existente se conservan alturas existentes; para ampliaciones temporales, planta baja + dos plantas ó 11 m. de altura. Ocupación máxima: 100 %.

5 FICHA Nº 28: SECTOR DE NUEVA PLANTA. USOS PORMENORIZADOS. Uso predominante: Residencial en todas sus categorías. Usos alternativos: Permitidos: Garaje-aparcamiento: en categorías 1ª, 2ª, 3ª, 4ª, 5ª y 7ª. Comercio: en todas sus categorías y tipos. Servicio-oficina: en categoría 1ª, 2ª y 3ª. Artesanía: en categoría 1ª, 2ª y 4ª. Excepcionales:Turístico y Hospedaje: en categoría 2ª. (siempre que exista acceso rodado). Equipamientos: en todos sus tipos y categorías. CONDICIONES PARA LA EDIFICACION. Además de las condiciones generales del Título III del Tomo III se dará cumplimiento a las siguientes condiciones particulares: Tipología edificatoria: manzana cerrada o abierta. Alineaciones: Figuran en plano adjunto. Ocupación máxima de parcela: 100% únicamente en la manzana consolidada y para el resto se marca fondo máximo con la alineación interior.

6 Altura máxima: P. Baja + dos plantas o 9,5 m. de altura máxima, medida en el punto medio del frente de parcela, a partir de la rasante de la calle. Agrupación y división de parcelas: Se permitirá la agrupación y división de parcelas siempre y cuando se cumplan las condiciones de parcela mínima del Tomo III del Título III.

7 FICHA Nº 29: SECTOR DE NUEVA PLANTA. USOS PORMENORIZADOS. Uso predominante: Residencial en todas sus categorías, R. y R.U. según manzanas grafiadas en plano adjunto. Usos alternativos: Permitidos: Garaje-aparcamiento: en categorías 1ª, 2ª, 3ª, 4ª, 5ª y 7ª. Comercio: en todas sus categorías y tipos. Servicio-oficina: en categoría 1ª, 2ª y 3ª. Artesanía: en categoría 1ª, 2ª y 4ª. Excepcionales:Turístico y Hospedaje: en categoría 2ª. (siempre que exista acceso rodado). Equipamientos: en todos sus tipos y categorías. CONDICIONES PARA LA EDIFICACION. Además de las condiciones generales del Título III del Tomo III se dará cumplimiento a las siguientes condiciones particulares: Tipología edificatoria: manzana cerrada o abierta. Alineaciones: Figuran en plano adjunto. Ocupación máxima de parcela: 100% únicamente en la manzana consolidada y para el resto se marca fondo máximo con la alineación interior.

8 Altura máxima: P. Baja + dos plantas o 9,5 m. de altura máxima, medida en el punto medio del frente de parcela, a partir de la rasante de la calle. Agrupación y división de parcelas: Se permitirá la agrupación y división de parcelas siempre y cuando cumplan las condiciones de parcela mínima del Tomo III Título III. Fondo máximo edificable: 10 m. Retranqueo: a fondo de parcela, jardín privado. C) Uso predominante: industrial, con cambio a uso predominante R. Residencial en todas sus categorías en un plazo máximo de 25 años con iguales condiciones a dicho uso. Tipología edificatoria: Manzana cerrada o abierta. Altura máxima: Para la edificación existente se conservan las alturas existentes, para ampliaciones temporales, planta baja + una planta ó 7,50 m. de altura. Ocupación máxima: 100 %.

9 FICHA Nº 32: SECTOR DE NUEVA PLANTA. USOS PORMENORIZADOS. Uso predominante: Residencial Unifamiliar R.U. en todas las categorías. Usos alternativos: Permitidos: Garaje-aparcamiento: en categorías 1ª, 2ª, 3ª, 4ª, 5ª y 7ª. Comercio: en todas sus categorías y tipos. Servicio-oficina: en categoría 1ª, 2ª y 3ª. Artesanía: en categoría 1ª, 2ª y 4ª. Excepcionales:Turístico y Hospedaje: en categoría 2ª. (siempre que exista acceso rodado). Equipamientos: en todos sus tipos y categorías. CONDICIONES PARA LA EDIFICACION. Además de las condiciones generales del Título III del Tomo III se dará cumplimiento a las siguientes condiciones particulares: Tipología edificatoria: manzana cerrada o abierta. Alineaciones: Figuran en plano adjunto. Ocupación máxima de parcela: 100% únicamente en la manzana consolidada y para el resto se marca fondo máximo con la alineación interior.

10 Altura máxima: P. Baja + dos plantas o 9,5 m. de altura máxima, medida en el punto medio del frente de parcela, a partir de la rasante de la calle. Agrupación y división de parcelas: Se permitirá la agrupación y división de parcelas siempre y cuando se cumplan las condiciones de parcela mínima del Tomo III Título III. Z.V.G.: Zona verde general. La zona verde general se obtendrá mediante la redacción de un proyecto de reparcelación que reparta beneficios y cargas y haga partícipe de las plusvalías generados por los cambios de usos a todos los propietarios del área de reparto.

11 FICHA Nº 42: SECTOR DE NUEVA PLANTA. USOS PORMENORIZADOS. Uso predominante: R.U.A. Aislada, incluyendo una plaza de aparcamiento/vivienda. Usos alternativos: Permitidos: Servicio-oficina: en categoría 1ª y 2ª. Artesanía: en categoría 1ª, 2ª y 4ª. Retranqueos: 5 m. a todos los lindes de parcela. Edificabilidad: 0,4 m²/m². Ocupación máxima de parcela: 30 %. Altura máxima: Planta baja + 1 planta y ático ó 7 m. medida desde la rasante del terreno, en el punto medio de la edificación. Parcela mínima: m2. CONDICIONES PARA LA EDIFICACION. Además de las condiciones generales del Título III del Tomo III se dará cumplimiento a las siguientes condiciones particulares: Mediante la realización de un Estudio de Detalle de alineaciones y rasantes y Ordenación de volúmenes se podrá modificar de R.U.A. a R.U. agrupada, en hilera o pareada con las siguientes condiciones. Uso predominante: Residencial unifamiliar.

12 Uso compatible: Servicio-oficina: en categoría 1ª y 2ª. Artesanía: en categoría 1ª y 2ª. R.U.) Agrupada, en hilera, pareada. Parcela mínima: m². Alineaciones: Figuran en gráfico adjunto. Ocupación parcela: 40%. Fondo máximo edificable: 15 m. Edificabilidad: 0,4 m²/m². Altura máxima: Planta baja + 1 planta ó 7 m. de altura, medida en el punto medio de la parcela a partir de la rasante de la calle. Se permite ático.

13 FICHA Nº 43: SECTOR DE NUEVA PLANTA. USOS PORMENORIZADOS. Uso predominante: Residencial unifamiliar. Usos alternativos: Permitidos: Servicio-oficina: en categoría 1ª y 2ª. Artesanía: en categoría 1ª, 2ª y 4ª. CONDICIONES PARA LA EDIFICACION. Además de las condiciones generales del Título III del Tomo III se dará cumplimiento a las siguientes condiciones particulares: R.U.) Agrupada, en hilera, pareada. Alineaciones: Figuran en gráfico adjunto. Fondo máximo edificable: 10 m. Altura máxima: Planta baja + 1 planta ó 7 m. de altura, medida en el punto medio de la parcela a partir de la rasante de la calle. Se permite ático. Retranqueos: A fondo de parcela: jardín privado 16 m. Condiciones especiales: Existe E.D. con Aprobación Definitiva 29/11/95.

14 Agrupación y división de parcelas: Se permitirá la agrupación y división de parcelas siempre y cuando se cumplan las condiciones de parcela mínima del Tomo III Título III. Z.V.P.: Zona Verde Particular

15 FICHA Nº 44: SECTOR DE NUEVA PLANTA. USOS PORMENORIZADOS. Uso predominante: Residencial unifamiliar. Usos alternativos: Permitidos: Servicio-oficina: en categoría 1ª y 2ª. Artesanía: en categoría 1ª, 2ª y 4ª. CONDICIONES PARA LA EDIFICACION. Además de las condiciones generales del Título III del Tomo III se dará cumplimiento a las siguientes condiciones particulares: R.U.) Agrupada, en hilera, pareada. Alineaciones: Figuran en gráfico adjunto. Fondo máximo edificable: 10 m. Altura máxima: Planta baja + 1 planta ó 7 m. de altura, medida en el punto medio de la parcela a partir de la rasante de la calle. Se permite ático. Retranqueos: A fondo de parcela: jardín privado 16 m. Agrupación y división de parcelas: Se permitirá la agrupación y división de parcelas siempre y cuando se cumplan las condiciones de parcela mínima del Tomo III Título III. Z.V.P.: Zona Verde Particular.

16 FICHA Nº 45: SECTOR DE NUEVA PLANTA. Se mantiene lo existente como dentro de ordenación. USOS PORMENORIZADOS. Uso predominante: Residencial en todas las categorías. Usos alternativos: Permitidos: Garaje-aparcamiento: en categorías 1ª, 2ª, 3ª, 4ª, 5ª y 7ª. Comercio: en todas sus categorías y tipos. Servicio-oficina: en categoría 1ª, 2ª y 3ª. Artesanía: en categoría 1ª, 2ª y 4ª. Excepcionales:Turístico y Hospedaje: en categoría 2ª. (siempre que exista acceso rodado). Equipamientos: en todos sus tipos y categorías. CONDICIONES PARA LA EDIFICACION. Además de las condiciones generales del Título III del Tomo III se dará cumplimiento a las siguientes condiciones particulares: Alineaciones: Figuran en plano adjunto. Altura máxima: P.B.+ 4 de altura, medida en el punto medio de la parcela a partir de la rasante de la calle.

17 Agrupación y división de parcelas: Se permitirá la agrupación y división de parcelas siempre y cuando se cumplan las condiciones de parcela mínima del Tomo III Título III.

18 FICHA Nº 46: SECTOR DE NUEVA PLANTA. Se mantiene lo existente como dentro de ordenación. USOS PORMENORIZADOS. Uso predominante: Residencial en todas las categorías. Usos alternativos: Permitidos: Garaje-aparcamiento: en categorías 1ª, 2ª, 3ª, 4ª, 5ª y 7ª. Comercio: en todas sus categorías y tipos. Servicio-oficina: en categoría 1ª, 2ª y 3ª. Artesanía: en categoría 1ª, 2ª y 4ª. Excepcionales:Turístico y Hospedaje: en categoría 2ª. (siempre que exista acceso rodado). Equipamientos: en todos sus tipos y categorías. CONDICIONES PARA LA EDIFICACION. Además de las condiciones generales del Título III del Tomo III se dará cumplimiento a las siguientes condiciones particulares: Alineaciones: Figuran en plano adjunto. Altura máxima: P.B.+ 4 y P.B ático de altura, medida en el punto medio de la parcela a partir de la rasante de la calle.

19 Agrupación y división de parcelas: Se permitirá la agrupación y división de parcelas siempre y cuando se cumplan las condiciones de parcela mínima del Tomo III Título III.

20 FICHA Nº 47: SECTOR DE NUEVA PLANTA. Se mantiene lo existente como dentro de ordenación. USOS PORMENORIZADOS. Uso predominante: Residencial en todas las categorías. Usos alternativos: Permitidos: Garaje-aparcamiento: en categorías 1ª, 2ª, 3ª, 4ª, 5ª y 7ª. Comercio: en todas sus categorías y tipos. Servicio-oficina: en categoría 1ª, 2ª y 3ª. Artesanía: en categoría 1ª, 2ª y 4ª. Excepcionales:Turístico y Hospedaje: en categoría 2ª. (siempre que exista acceso rodado). Equipamientos: en todos sus tipos y categorías. CONDICIONES PARA LA EDIFICACION. Además de las condiciones generales del Título III del Tomo III se dará cumplimiento a las siguientes condiciones particulares: Alineaciones: Figuran en plano adjunto. Altura máxima: P.B.+ 4 de altura, medida en el punto medio de la parcela a partir de la rasante de la calle.

21 Agrupación y división de parcelas: Se permitirá la agrupación y división de parcelas siempre y cuando se cumplan las condiciones de parcela mínima del Tomo III Título III.

22 FICHA Nº 48: SECTOR DE NUEVA PLANTA. Se mantiene lo existente como dentro de ordenación. USOS PORMENORIZADOS. Uso predominante: Residencial en todas las categorías. Usos alternativos: Permitidos: Garaje-aparcamiento: en categorías 1ª, 2ª, 3ª, 4ª, 5ª y 7ª. Comercio: en todas sus categorías y tipos. Servicio-oficina: en categoría 1ª, 2ª y 3ª. Artesanía: en categoría 1ª, 2ª y 4ª. Excepcionales:Turístico y Hospedaje: en categoría 2ª. (siempre que exista acceso rodado). Equipamientos: en todos sus tipos y categorías. CONDICIONES PARA LA EDIFICACION. Además de las condiciones generales del Título III del Tomo III se dará cumplimiento a las siguientes condiciones particulares: Alineaciones: Figuran en plano adjunto. Altura máxima: P.B.+ 4 de altura, medida en el punto medio de la parcela a partir de la rasante de la calle.

23 Agrupación y división de parcelas: Se permitirá la agrupación y división de parcelas siempre y cuando se cumplan las condiciones de parcela mínima del Tomo III Título III.

24 FICHA Nº 49: SECTOR DE NUEVA PLANTA. USOS PORMENORIZADOS. Uso predominante: Residencial Multifamiliar. RMF. Usos alternativos: Permitidos: Garaje-aparcamiento: en categorías 1ª, 2ª, 3ª, 4ª, 5ª y 7ª. Comercio: en todas sus categorías y tipos. Servicio-oficina: en categoría 1ª y 2ª. Artesanía: en categoría 1ª, 2ª y 4ª. Excepcionales:Turístico y Hospedaje: en categoría 2ª. (siempre que exista acceso rodado). Equipamientos: en todos sus tipos y categorías. CONDICIONES PARA LA EDIFICACION. Además de las condiciones generales del Título III del Tomo III se dará cumplimiento a las siguientes condiciones particulares: Tipología edificatoria: Bloque abierto. Alineaciones: Figuran en gráfico adjunto. Ocupación máxima de parcela: 100% únicamente en la manzana consolidada y para el resto se marca fondo máximo con la alineación interior.

25 Patio de manzana: Queda definido por las alineaciones interiores en el plano adjunto y para la manzana correspondiente. Altura máxima: P. Baja + 4 plantas o 15,5 m. y P.B. + 5 plantas ó 18,50 m. de altura máxima, medida en el punto medio del frente de parcela, a partir de la rasante de la calle. Agrupación y división de parcelas: Se permitirá la agrupación y división de parcelas siempre y cuando se cumplan las condiciones de parcela mínima del Tomo III Título III. Z.V.L.: Zona verde Local.

26 FICHA Nº 50: SECTOR DE NUEVA PLANTA. E) Equipamiento sanitario. Se regulará por la legislación vigente. Ocupación máxima de parcela: 100 %. Altura máxima: planta baja + 2 plantas. Z.V.G.: Zona verde de sistema general.

27 FICHA Nº 51: SECTOR DE NUEVA PLANTA. Se mantiene lo existente como dentro de ordenación. USOS PORMENORIZADOS. Uso predominante: Residencial en todas las categorías. Usos alternativos: Permitidos: Garaje-aparcamiento: en categorías 1ª, 2ª, 3ª, 4ª, 5ª y 7ª. Comercio: en todas sus categorías y tipos. Servicio-oficina: en categoría 1ª, 2ª y 3ª. Artesanía: en categoría 1ª, 2ª y 4ª. Excepcionales:Turístico y Hospedaje: en categoría 2ª. (siempre que exista acceso rodado). Equipamientos: en todos sus tipos y categorías. CONDICIONES PARA LA EDIFICACION. Además de las condiciones generales del Título III del Tomo III se dará cumplimiento a las siguientes condiciones particulares: Alineaciones: Figuran en plano adjunto. Altura máxima: P.B.+ 4 y P.B. + 6 de altura, medida en el punto medio de la parcela a partir de la rasante de la calle.

28 Agrupación y división de parcelas: Se permitirá la agrupación y división de parcelas siempre y cuando se cumplan las condiciones de parcela mínima del Tomo III Título III.

29 FICHA Nº 52: SECTOR DE NUEVA PLANTA. USOS PORMENORIZADOS. Uso predominante: Residencial en todas las categorías. Usos alternativos: Permitidos: Servicio-oficina: en categoría 1ª y 2ª. Artesanía: en categoría 1ª y 4ª. CONDICIONES PARA LA EDIFICACION. Además de las condiciones generales del Título III del Tomo III se dará cumplimiento a las siguientes condiciones particulares: Alineaciones: Figuran en gráfico adjunto. Fondo máximo edificable: 15 m. Altura máxima: Planta baja + 2 plantas ó 9,5 m. de altura, medida en el punto medio de la parcela según gráfico adjunto. Retranqueos: A fondo de parcela, jardín privado variable, según alineación. Agrupación y división de parcelas: Se permitirá la agrupación y división de parcelas siempre y cuando se cumplan las condiciones de parcela mínima del Tomo III Título III.

30 FICHA Nº 53: SECTOR DE NUEVA PLANTA. USOS PORMENORIZADOS. Uso predominante: Residencial en todas sus categorías. Usos alternativos: Permitidos: Servicio-oficina: en categoría 1ª y 2ª. Artesanía: en categoría 1ª y 4ª. CONDICIONES PARA LA EDIFICACION. Además de las condiciones generales del Título III del Tomo III se dará cumplimiento a las siguientes condiciones particulares: Para R.) Agrupada, en hilera, pareada. Alineaciones: Figuran en gráfico adjunto. Fondo máximo edificable: 20 m. Altura máxima: Planta baja + 2 plantas ó 9,5 m. de altura, medida en el punto medio de la parcela según gráfico adjunto. Retranqueos: A fondo de parcela, jardín privado variable, según alineación. Para RMF) Se mantiene la existente como dentro de ordenación. Altura: P.B. + 4 ó 15,50 m. de altura, medida en el punto medio de la parcela según gráfico adjunto.

31 C) Uso predominante: industrial, con cambio a uso predominante residencial en todas sus categorías R en un plazo máximo de 25 años con iguales condiciones a dicho uso Tipología edificatoria: edificación aislada. Altura máxima: para la edificación existente se conservan las alturas actuales, para ampliaciones temporales la altura máxima será Planta baja + 1 planta ó 7,5 m. de altura. Ocupación máxima: 80 %. Agrupación y división de parcelas: Se permitirá la agrupación y división de parcelas siempre y cuando se cumplan las condiciones de parcela mínima del Tomo III Título III.

32 FICHA Nº 54: SECTOR DE NUEVA PLANTA. Se realizará con Estudio de Detalle de alineaciones y rasantes y Ordenación de volúmenes, con las siguientes condiciones: Uso predominante: Residencial en todas sus categorías y residencial multifamiliar RMF, según gráfico adjunto. Alineaciones y rasantes: Se ajustarán con el Estudio de Detalle sobre las que figuran en gráfico adjunto, delimitando con las alineaciones interiores una plaza pública. Altura máxima: Planta baja + 4 plantas o 15,5 m. y planta baja + 2 plantas o 9,5 m. medida en el punto medio de la parcela según gráfico adjunto. Edificabilidad máxima: Sobre Estudio de Detalle: 1,81 m2./m2. Z.V.L.: Zona verde Local.

33 FICHA Nº 58: SECTOR DE NUEVA PLANTA. USOS PORMENORIZADOS. Uso predominante: Residencial. Para R) Residencial en todas sus categorías. Usos alternativos: Permitidos: Garaje-aparcamiento: en categorías 1ª, 2ª, 3ª, 4ª, 5ª y 7ª. Comercio: en todas sus categorías y tipos. Servicio-oficina: en todas sus categorías. Artesanía: en categoría 2ª y 4ª. Equipamiento: en todos sus tipos y categorías. Excepcionales:Turístico y Hospedaje: en categoría 2ª. (siempre que exista acceso rodado). Transporte: en todas sus categorías. CONDICIONES PARA LA EDIFICACION. Además de las condiciones generales del Título III del Tomo III se dará cumplimiento a las siguientes condiciones particulares: Tipología edificatoria: manzana cerrada o abierta. Alineaciones: Figuran en plano adjunto. Fondo máximo edificable: 15 m.

34 Patio de manzana: Queda definido por las alineaciones interiores en el plano adjunto. Altura máxima: P.B. + 2 plantas ó 9,5 m. de altura, medida en el punto medio del frente de parcela, a partir de la rasante de la calle. Agrupación y división de parcelas: Se permitirá la agrupación y división de parcelas siempre y cuando se cumplan las condiciones de parcela mínima del Tomo III Título III. Para RMF) Residencial multifamiliar. Usos alternativos: Permitidos: Garaje-aparcamiento: en categorías 1ª, 2ª, 3ª, 4ª, 5ª y 7ª. Comercio: en todas sus categorías y tipos. Servicio-oficina: en todas sus categorías. Artesanía: en categoría 2ª, 4ª y 3ª. Equipamiento: en todos sus tipos y categorías. Excepcionales:Turístico y Hospedaje: en categoría 2ª. (siempre que exista acceso rodado). CONDICIONES PARA LA EDIFICACION. Además de las condiciones generales del Título III del Tomo III se dará cumplimiento a las siguientes condiciones particulares: Tipología edificatoria: manzana cerrada o abierta. Alineaciones: Figuran en plano adjunto. Fondo máximo edificable: 12 m. Patio de manzana: Queda definido por las alineaciones interiores en el plano adjunto.

35 Altura máxima: P.B. + 5 plantas ó 18,50 m. de altura, medida en el punto medio del frente de parcela, a partir de la rasante de la calle. Agrupación y división de parcelas: Se permitirá la agrupación y división de parcelas siempre y cuando se cumplan las condiciones de parcela mínima del Tomo III Título III.

36 FICHA Nº 59: SECTOR DE NUEVA PLANTA. USOS PORMENORIZADOS. Uso predominante: Residencial. Para R) Residencial en todas sus categorías. Usos alternativos: Permitidos: Garaje-aparcamiento: en categorías 1ª, 2ª, 3ª, 4ª, 5ª y 7ª. Comercio: en todas sus categorías y tipos. Servicio-oficina: en todas sus categorías. Artesanía: en categoría 2ª y 4ª. Equipamiento: en todos sus tipos y categorías. Excepcionales:Turístico y Hospedaje: en categoría 2ª. (siempre que exista acceso rodado). CONDICIONES PARA LA EDIFICACION. Además de las condiciones generales del Título III del Tomo III se dará cumplimiento a las siguientes condiciones particulares: Tipología edificatoria: manzana cerrada o abierta. Alineaciones: Figuran en plano adjunto. Fondo máximo edificable: 15 m.

37 Patio de manzana: Queda definido por las alineaciones interiores en el plano adjunto. Altura máxima: P.B. + 2 plantas ó 9,5 m. de altura, medida en el punto medio del frente de parcela, a partir de la rasante de la calle. Agrupación y división de parcelas: Se permitirá la agrupación y división de parcelas siempre y cuando se cumplan las condiciones de parcela mínima del Tomo III Título III. Para RMF) Residencial multifamiliar. Usos alternativos: Permitidos: Garaje-aparcamiento: en categorías 1ª, 2ª, 3ª, 4ª, 5ª y 7ª. Comercio: en todas sus categorías y tipos. Servicio-oficina: en todas sus categorías. Artesanía: en categoría 2ª y 4ª. Equipamiento: en todos sus tipos y categorías. Excepcionales:Turístico y Hospedaje: en categoría 2ª. (siempre que exista acceso rodado). CONDICIONES PARA LA EDIFICACION. Además de las condiciones generales del Título III del Tomo III se dará cumplimiento a las siguientes condiciones particulares: Tipología edificatoria: manzana cerrada o abierta. Alineaciones: Figuran en plano adjunto. Fondo máximo edificable: 12 m.

38 Patio de manzana: Queda definido por las alineaciones interiores en el plano adjunto. Altura máxima: P.B. + 5 plantas ó 18,50 m. de altura, medida en el punto medio del frente de parcela, a partir de la rasante de la calle. Agrupación y división de parcelas: Se permitirá la agrupación y división de parcelas siempre y cuando se cumplan las condiciones de parcela mínima del Tomo III Título III.

39 FICHA Nº 60: SECTOR DE NUEVA PLANTA. USOS PORMENORIZADOS. Uso predominante: Residencial Para RMF) Residencial multifamiliar. Usos alternativos: Permitidos: Garaje-aparcamiento: en categorías 1ª, 2ª, 3ª, 4ª, 5ª y 7ª. Comercio: en todas sus categorías y tipos. Servicio-oficina: en todas sus categorías. Artesanía: en categoría 2ª y 4ª. Equipamiento: en todos sus tipos y categorías. Excepcionales:Turístico y Hospedaje: en categoría 2ª. (siempre que exista acceso rodado). CONDICIONES PARA LA EDIFICACION. Además de las condiciones generales del Título III del Tomo III se dará cumplimiento a las siguientes condiciones particulares: Tipología edificatoria: manzana cerrada o abierta. Alineaciones: Figuran en plano adjunto. Fondo máximo edificable: 12 m. en Avda. de la Paz y 15 m. en el resto. Patio de manzana: Queda definido por las alineaciones interiores en el plano adjunto.

40 Altura máxima: P.B. + 2 plantas ó 9,5 m. y P.B. + 5 plantas ó 18,50 m. de altura según gráfico adjunto, medida en el punto medio del frente de parcela, a partir de la rasante de la calle. Agrupación y división de parcelas: Se permitirá la agrupación y división de parcelas siempre y cuando se cumplan las condiciones de parcela mínima del Tomo III Título III.

41 FICHA Nº 62: SECTOR DE NUEVA PLANTA. Z.V.G.: Zona verde de sistema general.

42 FICHA Nº 63: SECTOR DE NUEVA PLANTA. E) Equipamiento: Bienestar social. Se ajustará en todo a la legislación vigente, pudiéndose destinar a cualquier otro tipo y categoría de equipamiento. Ocupación máxima de parcela: 100 %. Altura máxima: planta baja + 3 plantas.

43 FICHA Nº 65: SECTOR DE NUEVA PLANTA. USOS PORMENORIZADOS. Uso predominante: Residencial Multifamiliar Para RMF) Residencial multifamiliar. Usos alternativos: Permitidos: Garaje-aparcamiento: en categorías 1ª, 2ª, 3ª, 4ª, 5ª y 7ª. Comercio: en todas sus categorías y tipos. Servicio-oficina: en todas sus categorías. Artesanía: en categoría 2ª y 4ª. Equipamiento: en todos sus tipos y categorías. Excepcionales:Turístico y Hospedaje: en categoría 2ª. (siempre que exista acceso rodado). CONDICIONES PARA LA EDIFICACION. Además de las condiciones generales del Título III del Tomo III se dará cumplimiento a las siguientes condiciones particulares: Tipología edificatoria: manzana cerrada o abierta. Alineaciones: Figuran en plano adjunto. Fondo máximo edificable: 12 m. Patio de manzana: Queda definido por las alineaciones interiores en el plano adjunto.

44 Altura máxima: P.B. + 4 plantas ó 15,50 m. de altura según gráfico adjunto, medida en el punto medio del frente de parcela, a partir de la rasante de la calle. Agrupación y división de parcelas: Se permitirá la agrupación y división de parcelas siempre y cuando se cumplan las condiciones de parcela mínima del Tomo III Título III.

45 FICHA Nº 80: SECTOR DE NUEVA PLANTA. USOS PORMENORIZADOS. Uso predominante: Residencial unifamiliar. Usos alternativos: Permitidos: Servicio-oficina: en categorías 1ª y 2ª. Artesanía: en categorías 1ª y 4ª. CONDICIONES PARA LA EDIFICACION. Además de las condiciones generales del Título III del Tomo III se dará cumplimiento a las siguientes condiciones particulares: R.U.) Agrupada, en hilera, pareada. Alineaciones: Figuran en gráfico adjunto. Fondo máximo edificable: 15 m. Altura máxima: Planta baja + 2 plantas ó 9,50 m. de altura, medida en el punto medio de la parcela a partir de la rasante de la calle. Se permite ático. Retranqueos: A fondo de parcela, jardín privado 10 m. Agrupación y división de parcelas: Se permitirá la agrupación y división de parcelas siempre y cuando se cumplan las condiciones de parcela mínima del Tomo III Título III.

46 C) Uso predominante: industrial, con cambio a uso predominante RU (P.B. +1 ó 7m. + Atico) en un plazo máximo de 25 años con iguales condiciones a dicho uso. Tipología edificatoria: Manzana cerrada o abierta. Altura máxima: Para la edificación existente se conservan las alturas existentes, para ampliaciones temporales, planta baja + dos plantas ó 9,50 m. de altura.

47 FICHA Nº 81: SECTOR DE NUEVA PLANTA. USOS PORMENORIZADOS. Uso predominante: Residencial unifamiliar. Usos alternativos: Permitidos: Servicio-oficina: en categorías 1ª y 2ª. Artesanía: en categorías 1ª y 4ª. CONDICIONES PARA LA EDIFICACION. Además de las condiciones generales del Título III del Tomo III se dará cumplimiento a las siguientes condiciones particulares: R.U.) Agrupada, en hilera, pareada. Alineaciones: Figuran en gráfico adjunto. Fondo máximo edificable: 15 m. Altura máxima: Planta baja + 1 planta ó 7 m. de altura, medida en el punto medio de la parcela a partir de la rasante de la calle. Se permite ático. Agrupación y división de parcelas: Se permitirá la agrupación y división de parcelas siempre y cuando se cumplan las condiciones de parcela mínima del Tomo III Título III.

48 C) Uso predominante: industrial, con cambio a uso predominante RU (P.B Atico) en un plazo máximo de 25 años con iguales condiciones a dicho uso. Tipología edificatoria: Edificación aislada Altura máxima: Para la edificación existente se conservan las alturas existentes, para ampliaciones temporales, planta baja + una planta ó 7,50 m. de altura. Ocupación máxima: 80 %.

49 FICHA Nº 83: SECTOR DE NUEVA PLANTA. USOS PORMENORIZADOS. Uso predominante: Residencial Multifamiliar. Usos alternativos: Permitidos: Garaje-aparcamiento: en categorías 1ª, 2ª, 3ª, 4ª, 5ª y 7ª. Equipamiento: en todos sus tipos y categorías. Comercio: en todas sus categorías y tipos. Servicio-oficina: en todas sus categorías. Artesanía: en categoría 2ª y 4ª. Excepcionales:Turístico y Hospedaje: en categoría 2ª. (siempre que exista acceso rodado). CONDICIONES PARA LA EDIFICACION. Además de las condiciones generales del Título III del Tomo III se dará cumplimiento a las siguientes condiciones particulares: Tipología edificatoria: Bloque abierto. Alineaciones: Figuran en plano adjunto.

50 Altura máxima: Varía según calle: planta baja + 5 plantas ó 18,5 m. de altura máxima; planta baja + 4 plantas ó 15,5 m. de altura máxima; planta baja + 3 plantas ó 12,5 m. de altura medida en el punto medio de la parcela a partir de la rasante de la calle. Según gráfico adjunto. Altura de edificios en esquina: Se podrá mantener la continuidad de la cornisa de la calle principal hasta donde se indica en el gráfico adjunto. Agrupación y división de parcelas: Se permitirá la agrupación y división de parcelas siempre y cuando se cumplan las condiciones de parcela mínima del Tomo III Título III. Z.V.L.: Zona Verde Local.

51 FICHA Nº 84: SECTOR DE NUEVA PLANTA. USOS PORMENORIZADOS. Uso predominante: Residencial Multifamiliar. RMF. Usos alternativos: Permitidos: Garaje-aparcamiento: en categorías 1ª, 2ª, 3ª, 4ª, 5ª y 7ª. Comercio: en todas sus categorías y tipos. Equipamiento: en todos sus tipos y categorías Servicio-oficina: en todas sus categorías. Artesanía: en categoría 2ª y 4ª. Excepcionales:Turístico y Hospedaje: en categoría 2ª. (siempre que exista acceso rodado). CONDICIONES PARA LA EDIFICACION. Además de las condiciones generales del Título III del Tomo III se dará cumplimiento a las siguientes condiciones particulares: Tipología edificatoria: Bloque abierto. Alineaciones: Figuran en plano adjunto.

52 Altura máxima: Varía según calle: planta baja + 5 plantas ó 18,5 m. de altura máxima; planta baja + 4 plantas ó 15,5 m. de altura máxima; planta baja + 3 plantas ó 12,5 m. de altura medida en el punto medio de la parcela a partir de la rasante de la calle. Según gráfico adjunto. Altura de edificios en esquina: Se podrá mantener la continuidad de la cornisa de la calle principal hasta donde se indica en el gráfico adjunto. Agrupación y división de parcelas: Se permitirá la agrupación y división de parcelas siempre y cuando se cumplan las condiciones de parcela mínima del Tomo III Título III. Z.V.L.: Zona Verde Local.

53 FICHA Nº 86: SECTOR DE NUEVA PLANTA. USOS PORMENORIZADOS. Uso predominante: Residencial Multifamiliar. Usos alternativos: Permitidos: Garaje-aparcamiento: en categorías 1ª, 2ª, 3ª, 4ª, 5ª y 7ª. Comercio: en todas sus categorías y tipos. Equipamiento: en todos sus tipos y categorías. Servicio-oficina: en todas sus categorías. Artesanía: en categoría 2ª y 4ª. Excepcionales:Turístico y Hospedaje: en categoría 2ª. (siempre que exista acceso rodado). CONDICIONES PARA LA EDIFICACION. Además de las condiciones generales del Título III del Tomo III se dará cumplimiento a las siguientes condiciones particulares: Tipología edificatoria: Bloque abierto. Alineaciones: Figuran en plano adjunto.

54 Altura máxima: Varía según calle: planta baja + 5 plantas ó 18,5 m. de altura máxima; planta baja + 4 plantas ó 15,5 m. de altura máxima; planta baja + 3 plantas ó 12,5 m. de altura medida en el punto medio de la parcela a partir de la rasante de la calle. Según gráfico adjunto. Altura de edificios en esquina: Se podrá mantener la continuidad de la cornisa de la calle principal hasta donde se indica en el gráfico adjunto. Agrupación y división de parcelas: Se permitirá la agrupación y división de parcelas siempre y cuando se cumplan las condiciones de parcela mínima del Tomo III Título III. Z.V.L.: Zona Verde Local.

55 FICHA Nº 87: SECTOR DE NUEVA PLANTA. USOS PORMENORIZADOS. Uso predominante: Residencial Multifamiliar. Usos alternativos: Permitidos: Garaje-aparcamiento: en categorías 1ª, 2ª, 3ª, 4ª, 5ª y 7ª. Comercio: en todas sus categorías y tipos. Equipamiento: en todos sus tipos y categorías. Servicio-oficina: en todas sus categorías. Artesanía: en categoría 2ª y 4ª. Excepcionales:Turístico y Hospedaje: en categoría 2ª. (siempre que exista acceso rodado). CONDICIONES PARA LA EDIFICACION. Además de las condiciones generales del Título III del Tomo III se dará cumplimiento a las siguientes condiciones particulares: Tipología edificatoria: manzana cerrada o abierta. Alineaciones: Figuran en plano adjunto. Fondo máximo edificable: 12 m. Patio de manzana: Queda definido por las alineaciones interiores en el plano adjunto.

56 Altura máxima: Planta baja + 5 plantas ó 18,5 m. y P.B. + 4 ó 15,5 m. de altura, medida en el punto medio del frente de la parcela a partir de la rasante de la calle. Ocupación máxima de parcela: 100 %. Agrupación y división de parcelas: Se permitirá la agrupación y división de parcelas siempre y cuando se cumplan las condiciones de parcela mínima del Tomo III Título III. R.U.A.) Aislada, incluyendo una plaza de aparcamiento/vivienda. Retranqueos: 5 m. a todos los lindes de parcela. Edificabilidad: 0,4 m2./m2. Ocupación máxima de parcela: 30 %. Altura máxima: Planta baja + 1 planta y ático ó 7 m. medida desde la rasante del terreno, en el punto medio de la edificación. Parcela mínima: La existente. C) Uso predominante: industrial, con cambio a uso predominante Residencial en todas sus categorías en un plazo máximo de 25 años. Por el tamaño del área a ordenar se procederá a realizar el cambio de uso predominante mediante la redacción de un P.R.I. con los siguientes criterios: Edificabilidad: 0,4 m²/m². Altura máxima: RMF) P.B. + 5 en una franja de 12 m. Frente Avda. La Paz. P.B. + 4 en otra franja conformando una 1ª manzana. P.B. + 3 para el resto.

57 FICHA Nº 88: SECTOR DE NUEVA PLANTA. USOS PORMENORIZADOS. Uso predominante: Residencial Unifamiliar. Usos alternativos: Permitidos: Servicio-oficina: en categorías 1ª y 2ª. Artesanía: en categoría 1ª y 4ª. CONDICIONES PARA LA EDIFICACION. Además de las condiciones generales del Título III del Tomo III se dará cumplimiento a las siguientes condiciones particulares: R.U.) Agrupada, en hilera, pareada. Alineaciones: Figuran en gráfico adjunto. Fondo máximo edificable: 15 m. Altura máxima: Planta baja + 1 planta ó 7 m. de altura, medida en el punto medio de la parcela a partir de la rasante de la calle. Se permite ático. Retranqueo: Para la edificación a eje de la carretera 10,20 m., según gráfico adjunto. Condiciones especiales: Existe E.D. para la ficha con Aprobación Definitiva 24/03/88.

58 B) Conservación de edificio (Catálogo). Uso: Equipamiento en todas sus categorías. Clave: EP-E-11.- Casa del Médico. Debe darse cumplimiento a la ordenanza de edificios protegidos (Título VI del Tomo 4 y colección de planos EP del Tomo 2).

59 FICHA Nº 90: SECTOR DE NUEVA PLANTA. Para esta ficha existe P.R.I. con Aprobación Definitiva. USOS PORMENORIZADOS. Uso predominante: Residencial Multifamiliar. Usos alternativos: Permitidos: Garaje-aparcamiento: en categorías 1ª, 2ª, 3ª, 4ª, 5ª y 7ª. Comercio: en todas sus categorías y tipos. Equipamiento: en todos sus tipos y categorías. Servicio-oficina: en todas sus categorías. Artesanía: en categoría 2ª y 4ª. Excepcionales:Turístico y Hospedaje: en categoría 2ª. (siempre que exista acceso rodado). CONDICIONES PARA LA EDIFICACION. Además de las condiciones generales del Título III del Tomo III se dará cumplimiento a las siguientes condiciones particulares: R.U.A.) Aislada, incluyendo una plaza de aparcamiento/vivienda. Retranqueos: De edificio a eje de carretera, 10,20 m. Según gráfico adjunto. Edificabilidad: 0,4 m2./m2.

60 Ocupación máxima de parcela: 30 %. Altura máxima: Planta baja + 1 planta y ático ó 7 m. medida desde la rasante del terreno, en el punto medio de la edificación. Parcela mínima: 600 m2. C) Uso predominante: industrial con paso a R.U.A ó R.U. en un plazo máximo de 25 años. Condiciones especiales: Para todo el ámbito de la ficha (tanto para R.U.A. como para C) y mediante un Estudio de Detalle que no aumente la edificabilidad podrá cambiarse al tipología edificatoria a R.U. P.B.+1+Atico con un número máximo de 50viv./Ha.

61 FICHA Nº 91: SECTOR DE NUEVA PLANTA. Para esta ficha existe P.R.I. con Aprobación Definitiva. USOS PORMENORIZADOS. Uso predominante: Residencial unifamiliar RU. RU) Residencial Unifamiliar. CONDICIONES PARA LA EDIFICACION. Además de las condiciones generales del Título III del Tomo III se dará cumplimiento a las siguientes condiciones particulares: Alineaciones: figuran en plano adjunto. Fondo máximo edificable: 10 m. Altura máxima: Planta baja + 2 plantas ó 7 m. de altura máxima, medida en el punto medio del frente de la parcela a partir de la rasante de la calle. Se permite ático. Z.V.G.: Zona Verde de Sistema General. Z.V.L.: Zona Verde Local. Unidad de Actuación en suelo urbano a efectos de reparcelación y cesión de la zona verde que se pueda liberar para S.G. Derecho de los propietarios 1 m2./m2. de edificabilidad sobre total de la Unidad de Actuación.

62 Alturas y alineaciones de la edificación posible a determinar en la gestión de la Unidad de Actuación.

63 FICHA Nº 92: SECTOR DE NUEVA PLANTA. Para esta ficha existe P.R.I. con aprobación Definitiva. USOS PORMENORIZADOS. Uso predominante: Residencial en todas sus categorías. R. Usos alternativos: Permitidos: Comercio: en todas sus categorías y tipos. Servicio-oficina: en todas sus categorías. Artesanía: en categoría 2ª y 4ª. Excepcionales:Turístico y Hospedaje: en categoría 2ª. (siempre que exista acceso rodado). Equipamiento: en todos sus tipos y categorías. CONDICIONES PARA LA EDIFICACION. Además de las condiciones generales del Título III del Tomo III se dará cumplimiento a las siguientes condiciones particulares: Tipología edificatoria: manzana cerrada o abierta. Alineaciones: Figuran en plano adjunto. Ocupación máxima de parcela: 100% únicamente en la manzana consolidada y para el resto se marca fondo máximo con la alineación interior.

64 Patio de manzana: Queda definido por las alineaciones interiores en el plano adjunto y para la manzana correspondiente. Altura máxima: P. Baja + dos plantas y ático, medida en el punto medio del frente de parcela, a partir de la rasante de la calle. Unidad de Actuación en suelo urbano a efectos de reparcelación y cesión de la zona verde que se pueda liberar para S.G. Derecho de los propietarios 1 m2./m2. de edificabilidad sobre total de la Unidad de Actuación. Alturas y alineaciones de la edificación posible a determinar en la gestión de la Unidad de Actuación. RU) USOS PORMENORIZADOS. Uso predominante: Residencial unifamiliar en todas sus categorías. R.U. Usos alternativos: Permitidos: Comercio: en todas sus categorías y tipos. Servicio-oficina: en categoría 1ª y 2ª. Artesanía: en categoría 1ª, 2ª y 4ª. Industria: en categoría 1ª. Almacén: en categoría 1ª.

65 Excepcionales:Turístico y Hospedaje: en categoría 2ª. (siempre que exista acceso rodado). Equipamientos: en todos sus tipos y categorías. CONDICIONES PARA LA EDIFICACION. Además de las condiciones generales del Título III del Tomo III se dará cumplimiento a las siguientes condiciones particulares: Tipología edificatoria: manzana cerrada o abierta. Alineaciones: Figuran en plano adjunto. Ocupación máxima de parcela: 100%. Altura máxima: P. Baja + una planta o 7 m. de altura, medida en el punto medio del frente de parcela, a partir de la rasante de la calle. Z.V.L.: Zona Verde Local. C) Uso predominante: industrial, con paso a uso predominante R.U. P.B.+1+ático en el plazo de 25 años. Tipología edificatoria: Manzana cerrada o abierta. Altura máxima: Para la edificación existente se conservan las alturas existentes, para ampliaciones temporales, planta baja + una planta ó 7,50 m. de altura. Ocupación máxima: 80 %.

66 FICHA Nº 93: SECTOR DE NUEVA PLANTA. USOS PORMENORIZADOS. Uso predominante: Residencial Unifamiliar. Usos alternativos: Permitidos: Garaje-aparcamiento: en categorías 1ª, 2ª, 3ª, 4ª, 5ª y 7ª. Comercio: en todas sus categorías y tipos. Servicio-oficina: en categoría 1ª, 2ª y 3ª. Artesanía: en categoría 1ª, 2ª y 4ª. Excepcionales:Turístico y Hospedaje: en categoría 2ª. (siempre que exista acceso rodado). Equipamientos: en todos sus tipos y categorías. CONDICIONES PARA LA EDIFICACION. Además de las condiciones generales del Título III del Tomo III se dará cumplimiento a las siguientes condiciones particulares: R.U.) Agrupada, en hilera, pareada. Alineaciones: Figuran en gráfico adjunto. Fondo máximo edificable: 16 m. Altura máxima: Planta baja + 1 planta ó 7 m. de altura, medida en el punto medio de la parcela a partir de la rasante de la calle. Se permite ático.

67 Retranqueos: A fondo de parcela, jardín privado 10 m. Agrupación y división de parcelas: Se permitirá la agrupación y división de parcelas siempre y cuando se cumplan las condiciones de parcela mínima del Tomo III Título III. Z.V.P.: Zona Verde Particular. C) Uso predominante: industrial, con paso a uso predominante R.U. P.B.+1 en el plazo máximo de 25 años con iguales condiciones de uso. Tipología edificatoria: Manzana cerrada o abierta. Altura máxima: Para la edificación existente se conservan las alturas existentes, para ampliaciones temporales, planta baja + una planta ó 7,50 m. de altura. Ocupación máxima: 80 %. RMF) Conservación de volumen y alineaciones. USOS PORMENORIZADOS. Uso predominante: Residencial Multifamiliar. Usos alternativos: Permitidos: Garaje-aparcamiento: en categorías 1ª, 2ª, 3ª, 4ª, 5ª y 7ª. Comercio: en todas sus categorías y tipos. Equipamiento: en todos sus tipos y categorías. Servicio-oficina: en todas sus categorías. Artesanía: en categoría 2ª y 4ª. Excepcionales:Turístico y Hospedaje: en categoría 2ª. (siempre que exista acceso rodado).

68 CONDICIONES PARA LA EDIFICACION. Además de las condiciones generales del Título III del Tomo III se dará cumplimiento a las siguientes condiciones particulares: Tipología edificatoria: Bloque abierto. Alineaciones: Figuran en plano adjunto. Altura máxima: planta baja + 4 plantas ó 15,5 m. de altura medida en el punto medio de la parcela a partir de la rasante de la calle. Según gráfico adjunto. Altura de edificios en esquina: Se podrá mantener la continuidad de la cornisa de la calle principal hasta donde se indica en el gráfico adjunto. Agrupación y división de parcelas: Se permitirá la agrupación y división de parcelas siempre y cuando se cumplan las condiciones de parcela mínima del Tomo III Título III. Z.V.L.: Zona Verde Local.

69 FICHA Nº 96: SECTOR DE NUEVA PLANTA. USOS PORMENORIZADOS. Uso predominante: Residencial Unifamiliar. Usos alternativos: Permitidos: Garaje-aparcamiento: en categorías 1ª, 2ª, 3ª, 4ª, 5ª y 7ª. Comercio: en todas sus categorías y tipos. Servicio-oficina: en categoría 1ª, 2ª y 3ª. Artesanía: en categoría 1ª, 2ª y 4ª. Excepcionales:Turístico y Hospedaje: en categoría 2ª. (siempre que exista acceso rodado). Equipamientos: en todos sus tipos y categorías. CONDICIONES PARA LA EDIFICACION. Además de las condiciones generales del Título III del Tomo III se dará cumplimiento a las siguientes condiciones particulares: R.U.) Agrupada, en hilera, pareada. Alineaciones: Figuran en gráfico adjunto. Fondo máximo edificable: 15 m. Altura máxima: Planta baja + 1 planta ó 7 m. de altura, medida en el punto medio de la parcela a partir de la rasante de la calle. Se permite ático.

70 C) Uso predominante: industrial, con cambio a uso predominante residencial R.U. P.B.+1 en un plazo máximo de 25 años con iguales condiciones a dicho uso. Tipología edificatoria: edificación aislada. Altura máxima: para la edificación existente se conservan las alturas actuales, para ampliaciones temporales, la altura máxima será Planta baja + 1 planta ó 7,5 m. de altura. Ocupación máxima: 80 %. Condiciones especiales: El paso a R.U. se realizará mediante la redacción de un Estudio de Detalle con las siguientes condiciones: Edificabilidad: 0,40 m²/m². Ocupación parcela: 30 %. Número máximo de viviendas: 40 viv./ha.

71 FICHA Nº 97: SECTOR DE NUEVA PLANTA. USOS PORMENORIZADOS. Uso predominante: Residencial. Usos alternativos: Permitidos: Garaje-aparcamiento: en categorías 1ª, 2ª, 3ª, 4ª, 5ª y 7ª. Comercio: en todas sus categorías y tipos. Servicio-oficina: en categoría 1ª, 2ª y 3ª. Artesanía: en categoría 1ª, 2ª y 4ª. Excepcionales:Turístico y Hospedaje: en categoría 2ª. (siempre que exista acceso rodado). Equipamientos: en todos sus tipos y categorías. CONDICIONES PARA LA EDIFICACION. Además de las condiciones generales del Título III del Tomo III se dará cumplimiento a las siguientes condiciones particulares: R.U.) Residencial Unifamiliar. Tipología Edificatoria: Agrupada, en hilera, pareada. Alineaciones: Figuran en gráfico adjunto. Altura máxima: Planta baja + 2 plantas ó 9,5 m. de altura, medida en el punto medio de la parcela a partir de la rasante de la calle. Se permite ático.

72 Agrupación y división de parcelas: Se permitirá la agrupación y división de parcelas siempre y cuando se cumplan las condiciones de parcela mínima del Tomo III Título III. RMF) Residencial Multifamiliar. Tipología Edificatoria: Manzana abierta o cerrada. Alineaciones: Según plano adjunto. Altura máxima: P.B. + 2 plantas ó 9,50 m. de altura, medida en el punto medio de la parcela a partir de la rasante de la calle. Agrupación y división de parcelas: Se permitirá la agrupación y división de parcelas siempre y cuando se cumplan las condiciones de parcela mínima del Tomo III Título III. Z.V.L.: Zona Verde Local.

73 FICHA Nº 99: SECTOR DE NUEVA PLANTA. USOS PORMENORIZADOS. Uso predominante: Residencial Unifamiliar. RU. Usos alternativos: Permitidos: Garaje-aparcamiento: en categorías 1ª, 2ª, 3ª, 4ª, 5ª y 7ª. Comercio: en todas sus categorías y tipos. Servicio-oficina: en categoría 1ª, 2ª y 3ª. Artesanía: en categoría 1ª, 2ª y 4ª. Excepcionales:Turístico y Hospedaje: en categoría 2ª. (siempre que exista acceso rodado). Equipamientos: en todos sus tipos y categorías. CONDICIONES PARA LA EDIFICACION. Además de las condiciones generales del Título III del Tomo III se dará cumplimiento a las siguientes condiciones particulares: Tipología Edificatoria: Agrupada, en hilera, pareada. Alineaciones: Figuran en gráfico adjunto. Altura máxima: Planta baja + 2 plantas ó 9,5 m. de altura, medida en el punto medio de la parcela a partir de la rasante de la calle.

74 Agrupación y división de parcelas: Se permitirá la agrupación y división de parcelas siempre y cuando se cumplan las condiciones de parcela mínima del Tomo III Título III. Z.V.L.: Zona Verde Local.

75 FICHA Nº 100: SECTOR DE NUEVA PLANTA. USOS PORMENORIZADOS. Uso predominante: Residencial Unifamiliar. Usos alternativos: Permitidos: Garaje-aparcamiento: en categorías 1ª, 2ª, 3ª, 4ª, 5ª y 7ª. Comercio: en todas sus categorías y tipos. Servicio-oficina: en categoría 1ª, 2ª y 3ª. Artesanía: en categoría 1ª, 2ª y 4ª. Excepcionales:Turístico y Hospedaje: en categoría 2ª. (siempre que exista acceso rodado). Equipamientos: en todos sus tipos y categorías. CONDICIONES PARA LA EDIFICACION. Además de las condiciones generales del Título III del Tomo III se dará cumplimiento a las siguientes condiciones particulares: Tipología Edificatoria: Agrupada, en hilera, pareada. Alineaciones: Figuran en gráfico adjunto. Fondo máximo edificable: 10 m. Altura máxima: Planta baja + 1 planta, más ático ó 7 m. de altura medida en el punto medio de la parcela a partir de la rasante de la calle. Se permite ático.

76 Agrupación y división de parcelas: Se permitirá la agrupación y división de parcelas siempre y cuando se cumplan las condiciones de parcela mínima del Tomo III Título III. Z.V.G.: Zona Verde de Sistema General. Z.V.L.: Zona Verde Local.

77 FICHA Nº 101: SECTOR DE NUEVA PLANTA. Se realizará con Estudio de Detalle de alineaciones y rasantes con las siguientes condiciones. USOS PORMENORIZADOS. Uso predominante: Residencial Unifamiliar. Usos alternativos: Permitidos: Garaje-aparcamiento: en categorías 1ª, 2ª, 3ª, 4ª, 5ª y 7ª. Comercio: en todas sus categorías y tipos. Servicio-oficina: en categoría 1ª, 2ª y 3ª. Artesanía: en categoría 1ª, 2ª y 4ª. Excepcionales:Turístico y Hospedaje: en categoría 2ª. (siempre que exista acceso rodado). Equipamientos: en todos sus tipos y categorías. CONDICIONES PARA LA EDIFICACION. Además de las condiciones generales del Título III del Tomo III se dará cumplimiento a las siguientes condiciones particulares: R.U.) Residencial Unifamiliar en hilera o adosada. Edificabilidad: 0,4 m2./m2.

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