MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA RECEPCIÓN, REGISTRO Y CONTROL DE DONACIONES AL INSTITUTO DE SALUD DEL ESTADO DE MÉXICO

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1 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA RECEPCIÓN, REGISTRO Y CONTROL DE DONACIONES AL INSTITUTO DE SALUD DEL ESTADO DE MÉXICO MARZO DE 2007

2 El cimiento de la seguridad integral será la organización innovadora de la administración pública. Los tiempos exigen renovar a las instituciones, para hacerlas más eficientes, coordinando adecuadamente sus actividades para resolver los problemas reales de la población Enrique Peña Nieto

3 Derechos Reservados Primera edición, marzo 2007 Gobierno del Estado de México Secretaría de Salud Instituto de Salud del Estado de México Independencia Ote Colonia Reforma C. P Impreso y hecho en Toluca, México. Printed and made in Toluca, México. La reproducción parcial o total de este documento podrá efectuarse mediante la autorización exprofeso de la fuente y dándole el crédito correspondiente.

4 INDICE Págs. P Presentación I Aprobación II Objetivo General III Identificación e Interacción de Procesos IV Relación de Procesos y Procedimientos V Alcance VI Referencias VII Normas Generales de Operación VIII Responsabilidades IX Definiciones X Descripción del Procedimiento XI 1. Elaboración del Dictamen para la Recepción de Donaciones 217B31300/ Recepción, Registro y Control de Donaciones de Bienes Consumibles 217B31300/ Recepción, Registro y Control de Donaciones de Bienes de Activo Fijo 217B31300/ Recepción, Registro y Control de Donaciones de Bienes Inmuebles 217B31300/ Recepción, Registro y Control de Donaciones de Bienes 217B31300/05-01 Informáticos 6. Recepción, Registro y Control de Donaciones en Efectivo 217B31300/ Recepción, Registro y Control de Donaciones de Insumos para el 217B31300/07-01 programa Cirugía Extramuros 8. Dictamen Técnico para la Recepción de Donaciones de Equipo 217B31300/08-01 Biomédico, Electromecánico o Bien Inmueble Formatos e Instructivos XII Simbología XIII Distribución XIV Registro de Ediciones XV Validación XVI

5 Código: Página: 217B31300/01 I Presentación La sociedad mexiquense exige de su gobierno cercanía y responsabilidad para lograr con hechos, obras y acciones, mejores condiciones de vida y constante prosperidad. Por ello, el licenciado Enrique Peña Nieto, Gobernador Constitucional del Estado de México, impulsa la construcción de un gobierno eficiente y de resultados, cuya premisa fundamental es la generación de acuerdos y consensos para la solución de las demandas sociales. El buen gobierno se sustenta en una administración pública más eficiente en el uso de sus recursos y más eficaz en el logro de sus propósitos. El ciudadano es el factor principal de su atención y la solución de los problemas públicos su prioridad. En este contexto, la Administración Pública Estatal transita a un nuevo modelo de gestión, orientado a la generación de resultados de valor para la ciudadanía. Este modelo propugna por garantizar la estabilidad de las instituciones que han demostrado su eficacia, pero también por el cambio de aquellas que es necesario modernizar. La solidez y el buen desempeño de las instituciones gubernamentales tienen como base las mejores prácticas administrativas emanadas de la permanente revisión y actualización de las estructuras organizacionales y sistemas de trabajo, del diseño e instrumentación de proyectos de innovación y del establecimiento de sistemas de gestión de calidad. El presente manual administrativo documenta la acción organizada para dar cumplimiento a la misión del Instituto de Salud del Estado de México en materia de recepción, registro y control de donaciones. La estructura organizativa, la división del trabajo, los mecanismos de coordinación y comunicación, las funciones y actividades encomendadas, el nivel de centralización o descentralización, los procesos clave de la organización y los resultados que se obtienen, son algunos de los aspectos que delinean la gestión administrativa de este organismo auxiliar del Ejecutivo Estatal. Este documento contribuye en la planificación, conocimiento, aprendizaje y evaluación de la acción administrativa. El reto impostergable es la transformación de la cultura de las dependencias y organismos auxiliares hacia nuevos esquemas de responsabilidad, transparencia, organización, liderazgo y productividad.

6 Código: Página: 217B31300/01 II Aprobación Con fundamento en el artículo 293, fracción IV del Reglamento de Salud del Estado de México, el H. Consejo Interno del Instituto de Salud del Estado de México, en sesión ordinaria número, aprobó el presente Manual de Procedimientos para la Recepción, Registro y Control de Donaciones al Instituto de Salud del Estado de México, el cual contiene la información referente a consideraciones generales, sistema operativo y procedimientos, así como las directrices para el logro de los objetivos institucionales. FECHA DE ACUERDO NUMERO DE ACUERDO 26 de marzo de 2007 ISE/150/008 M. EN A. EDUARDO FRANCISCO BERTERAME BARQUÍN DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN Y SECRETARIO DEL CONSEJO INTERNO DEL ISEM (RÚBRICA)

7 Código: 217B31300/01 Página: III Objetivo General Eficientar el proceso de recepción, registro y control de las donaciones en especie y en efectivo otorgadas al Instituto de Salud del Estado de México, fomentando entre las diferentes unidades médicas y administrativas del Instituto una cultura de procuración de fondos, promoviendo la participación del sector privado y la sociedad civil en acciones de salud, facilitando la gestión para la aceptación de donaciones, ante las diferentes Unidades Médicas y/o Administrativas.

8 Código: 217B31300/01 Página: IV IDENTIFICACIÓN E INTERACCIÓN DE PROCESOS. Mapa de Procesos de Alto Nivel: Registro y control de las donaciones en especie y efectivo proporcionadas al Instituto. COMUNICACIÓN CON EL USUARIO BIENES I S E M CONSUMIBLES ACTIVO DONACIONES AL INSTITUTO BIENES DE DISTINTA NATURALEZA FIJO BIENES INMUEBLES EQUIPO DE CÓMPUTO EFECTIVO INSUMOS QUIRÚRGICOS SUMINISTRO DE BIENES PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA EN SALUD REGISTRO DE INGRESOS ATENCIÓN MÉDICA REGISTRO Y CONTROL DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES PRESUPUESTO DE INGRESOS

9 Código: 217B31300/01 Página: V Relación de Procesos y Procedimientos Proceso: Recepción, Registro y Control de Donaciones al Instituto de Salud del Estado de México. Procedimientos: 1. Elaboración del Dictamen para la Recepción de Donaciones 2. Recepción, Registro y Control de Donaciones de Bienes Consumibles 3. Recepción, Registro y Control de Donaciones de Activo Fijo 4. Recepción, Registro y Control de Donaciones de Bienes Inmuebles 5. Recepción, Registro y Control de Donaciones de Equipo de Cómputo 6. Recepción, Registro y Control de Donaciones en Efectivo 7. Recepción, Registro y Control de Donaciones de Insumos para el programa Cirugía Extramuros 8. Dictamen Técnico para la Recepción de Donación de Equipo Biomédico, Electromecánico o Bien Inmueble

10 Código: 217B31300/01 Página: VI Alcance Aplica en todas las unidades médicas y administrativas del Instituto de Salud del Estado de México.

11 Código: 217B31300/01 Página: VII Referencias Ley General de Salud (Título Segundo, Capítulo I, Artículo 7; Título Tercero, Capítulo I, Artículos: 23, 24 fracción III. Diario Oficial de la Federación, 7 de febrero de Ley de Bienes del Estado de México y de sus Municipios, Capítulo Quinto. Artículo 31 Fracción IV, Artículo 34, Artículo 40 Fracciones I, II, III. Gaceta del Gobierno, 7 de marzo de Ley Agraria, Artículo, 23 Fracciones VII, 24, 25, 26,27,28 y 31. Diario Oficial de la Federación, 30 de junio de Código Civil del Estado de México, Libro Segundo, Título Tercero, Artículo 2.10, Fracción I, Libro Séptimo, Tercera parte, Título Cuarto, Capítulo I, Artículos 7.611, 7.614, 7.616, 7.618,7.619, 7.620, 7.622, 7.625, 7.626, 7.627, 7.628, Capítulo II, Artículo 7.630, Capítulo III Artículos 7.631y Gaceta del Gobierno, 7 de junio de Código Administrativo del Estado de México, Libro Segundo de la Salud, Capítulo Cuarto, Artículo 2.7 Fracción IV. Gaceta del Gobierno, 13 de diciembre de Código Administrativo del Estado de México, libro Décimo Tercero, de las Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Servicios al Código Administrativo del Estado de México, Gaceta del Gobierno, 3 de septiembre de Reglamento del Libro Décimo Tercero, del Código Administrativo del Estado de México, Gaceta del Gobierno 22 de diciembre de Reglamento de Salud, Título Décimo Séptimo, Capítulo I, apartado No. XII. Gaceta del Gobierno, 13 de marzo de Manual Único de Contabilidad Gubernamental para las Dependencias y Entidades Públicas del Gobierno y Municipios del Estado de México. Manual General de Organización del Instituto de Salud del Estado de México, apartado No. VII, Objetivo y Funciones por Unidad Administrativa del Consejo Interno, función No. 10. Gaceta del Gobierno 29 de Junio de Acuerdo por el que se establecen las Normas Administrativas para la asignación y uso de bienes y servicios de las dependencias y Organismos Auxiliares del Poder Ejecutivo Estatal. Gaceta del Gobierno, 24 de febrero de 2005.

12 Código: 217B31300/01 Página: VIII Normas Generales de Operación 1) Se debe entender por donaciones aquellos bienes, medicamentos, efectivo y artículos varios obsequiados al Instituto de Salud o a alguna unidad del mismo, por alguna persona física, empresa o institución pública o privada; los cuales podrán ser utilizados por las unidades médicas y/o administrativas en el desempeño de sus actividades. 2) Todas las donaciones que se reciban, deberán hacerse a nombre del Instituto de Salud del Estado de México, y será responsabilidad del jefe de la unidad receptora, verificar que se realice el registro de la donación en la misma unidad. 3) Queda prohibido recibir donaciones a título personal, de la misma forma como retribución al servicio que se otorga a los usuarios del Instituto de Salud del Estado de México. 4) Los titulares de las unidades del Instituto informarán al Departamento de Bienes Muebles, de todos los bienes en especie que se reciban por donación y requieran ser inventariados. 5) Las donaciones otorgadas al Instituto, deberán estar soportadas por oficio dirigido al Director General del Instituto de Salud del Estado de México, suscrito por el donante en el que especifique el costo comercial del bien, así como factura original, o en su caso suplir con una carta por parte del donante la cual deberá cumplir con los requisitos fiscales. 6) Las unidades Médicas y/o administrativas que reciban en donación algún bien y no les sea de utilidad deberán comunicarlo a la Subdirección de Servicios Generales y Control Patrimonial para que éste boletine los bienes donados a todas las unidades médicas y se coloque en donde sea utilizado adecuadamente. 7) Los Centros de Salud que reciban algún bien en donación, deberán de realizar el trámite de regularización del bien a través de la jurisdicción correspondiente, cumpliendo los requisitos señalados en el numeral cinco. 8) La Subdirección de Servicios Generales y Control Patrimonial canalizará la documentación soporte de las donaciones por recibir en el Instituto, a más tardar al día siguiente de su recepción, a la instancia normativa competente (Unidad de Informática, Subdirección de Servicios Generales y Control Patrimonial, Subdirección de Recursos Materiales, Subdirección de Infraestructura en Salud, Subdirección de Atención Médica y Laboratorio Estatal de Salud Pública), quien se encargará de realizar el estudio correspondiente para el dictamen de aceptación correspondiente.

13 Código: 217B31300/01 Página: VIII Procedimiento para la Elaboración del Dictamen para la Recepción de Donaciones. 9) Antes de recibir cualquier donación en especie, el titular de la unidad receptora deberá realizar un estudio de factibilidad que incluya un diagnóstico del bien a recibir, debidamente avalado por las instancias competentes del Instituto. 10) La Subdirección de Servicios Generales y Control Patrimonial recibirá aquellas donaciones cuyo costo sea igual o mayor a 420 salarios mínimos diarios que rijan en la zona C, debiendo enviar mediante oficio el día hábil siguiente a la recepción, la documentación soporte al área responsable de llevar a cabo su dictamen de conformidad al tipo de donación. 11) Para los bienes que no son de consumo cuyo costo fluctúe entre 1 y 17 salarios mínimos, la unidad que lo reciba deberá de controlarlo mediante el resguardo interno de activo fijo en control de activos. 12) Se consideran bienes mayores inventariables todos aquellos cuyo valor es igual o mayor a 17 salarios mínimos. 13) La instancia facultada para dictaminar la aceptación de donaciones en el Instituto será la Subdirección de Servicios Generales y Control Patrimonial con base a los dictámenes que emitan las unidades normativas. 14) La Subdirección de Servicios Generales y Control Patrimonial, deberá considerar el estudio de costo beneficio que determine la conveniencia de aceptar o rechazar los bienes donados, así como incluir criterios de protección al medio ambiente. 15) Los Dictámenes Técnicos de Medicamentos y Artículos de Laboratorio que se pretenden recibir en donación, serán realizados por el Laboratorio Estatal de Salud Pública en coordinación con la Dirección de Regulación Sanitaria, quien asignará al personal responsable. 16) El Laboratorio Estatal de Salud Pública y la Dirección de Regulación Sanitaria efectuarán los Dictámenes Técnicos con apego a las normas técnicas aplicables en materia de Medicamentos, material de curación y artículos de laboratorio y a los lineamientos y disposiciones emitidos por las autoridades correspondientes, en un plazo no mayor a cinco días hábiles posteriores a la recepción de la petición.

14 Código: 217B31300/01 Página: VIII 17) Los Dictámenes Técnicos para la recepción de donaciones de equipo médico, electromecánico o bien mueble, serán realizados por la Subdirección de Infraestructura en Salud, de conformidad a las normas técnicas aplicables en la materia y a los lineamientos y disposiciones emitidos por las autoridades correspondientes, en un plazo no mayor a cinco días hábiles posteriores a la recepción de la petición. 18) Los Dictámenes Técnicos sobre equipo de cómputo serán solicitados a la Unidad de Informática del Instituto, quien se encargará de realizar las gestiones correspondientes ante la Dirección General del Sistema Estatal de Informática, en un plazo no mayor a cinco días hábiles posteriores a la recepción de la petición. 19) El jefe de la unidad receptora de la donación gestionará ante la Dirección de Finanzas recibo oficial solo a petición expresa del donante y sobre bienes soportados con factura original. 20) El Administrador de la Unidad Médica y/o Administrativa registrará las donaciones recibidas y elaborará un informe sobre el destino y uso de los bienes donados, debiendo avisar al Departamento de Contabilidad y si es el caso al Departamento de Bienes Muebles. Procedimiento para el Registro y Control de Bienes Consumibles. 21) Las Unidades del Instituto que reciban en donación bienes consumibles informáticos, deberán considerar que sean los que requieren los equipos que se encuentran inventariados en el Instituto y de ninguna manera se aceptarán productos genéricos. 22) Las Unidades del Instituto que reciban alguna donación de bienes consumibles informáticos deberán verificar que estos insumos sean nuevos y con un margen de 6 meses antes de su fecha de caducidad. 23) Las donaciones de medicamentos, material de curación, artículos de laboratorio y demás insumos para la salud, así como artículos de oficina, deberán contar con la entrada de almacén. 24) Las Unidades deberán abstenerse de aceptar donaciones o transferencias de insumos caducos o próximos a caducar (mínimo 6 meses para medicamentos y de 5 años a la fecha de fabricación en material de curación), o bien, en mal estado, de cualquier área interna o institución externa, salvo bienes en buen estado que se vayan a utilizar en forma inmediata antes de la fecha de caducidad en algún programa emergente como las campañas públicas de salud.

15 Código: 217B31300/01 Página: VIII Procedimiento para el Registro y Control de Bienes de Activo Fijo. 25) El control de inventarios de los bienes recibidos en el Instituto, en su carácter de donación, se llevará a cabo en forma permanente con cortes mensuales al último día hábil de cada mes, de conformidad con los lineamientos, principios y estrategias vigentes en la materia. 26) Las Unidades del Instituto que obtengan alguna donación, deberán llevar un registro sistemático del movimiento de los bienes recepcionados, de manera manual o automatizada. 27) Las Unidades del Instituto tendrán como fecha límite el último día hábil de cada mes para informar a la Subdirección de Tesorería y Contabilidad y en caso de activo fijo al Departamento de Bienes Muebles, el alta de bienes por donación, debidamente sustentada con la documentación soporte correspondiente. 28) Las Unidades del Instituto conciliarán mensualmente las donaciones obtenidas con el Departamento de Contabilidad y la Subdirección de Servicios Generales y Control Patrimonial, de conformidad con un calendario previamente establecido, entre el día 11 y el día 20 del mes siguiente al mes que se está conciliando. 29) Será responsabilidad del titular de la unidad y del administrador informar de manera oportuna dentro del mes correspondiente, las donaciones recibidas al Departamento de Contabilidad y/o a la Subdirección de Recursos Materiales y/o a la Subdirección de Servicios Generales y Control Patrimonial y demás áreas competentes del Instituto, de conformidad con el tipo de bien recibido. 30) Las donaciones que se realicen al Instituto en materia de transporte deberán contar con: el último período de emisión de contaminantes que le corresponda, así como el recibo de pago de tenencia del año en que se reciba y de los últimos cinco años, además éste deberá tener no más de diez años de antigüedad y menos de cien mil kilómetros al momento de la donación. 31) Las Unidades del Instituto deben notificar a la Subdirección de Servicios Generales y Control Patrimonial, las donaciones de mobiliario y equipo o su fabricación interna, con el propósito de designarles el número de inventario correspondiente. Procedimiento para el Registro y Control de Donaciones de Bienes Inmuebles. 32) Las donaciones otorgadas al Instituto en materia de bienes inmuebles, deberán estar soportadas por escritura, a falta de ésta por oficio suscrito por el Ayuntamiento respectivo adjuntando acta de donación.

16 Código: 217B31300/01 Página: VIII 33) El personal del Departamento de Bienes Inmuebles, será el encargado de identificar físicamente los predios y/o edificios a regularizar, debiendo integrar la documentación soporte que le sea solicitada. 34) El Departamento de Bienes Inmuebles deberá informar oportunamente sobre la regularización de predios y edificios a la Dirección General del Instituto, a la Subdirección de Tesorería y Contabilidad y a la Dirección General de Control Patrimonial del Gobierno del Estado de México. 35) Será responsabilidad de las áreas del Instituto que se vieran beneficiadas por alguna donación, remitir los informes y reportes al Departamento de Contabilidad y realizar una conciliación a fin de mes. 36) Será responsabilidad de las Unidades receptoras enviar una copia de la conciliación a la Subdirección de Administración de la Beneficencia Pública. Procedimiento para el Registro y Control de Donaciones de Equipo de Cómputo. 37) Todas las donaciones de bienes informáticos que se reciban; deberán contar con factura. En caso de computadoras deberán contar con licencias correspondientes de acuerdo a los programas instalados en el equipo que se pretende donar. 38) Todo bien que se pretenda donar será evaluado por su grado de obsolescencia (será mínimo de cinco años), vida útil, costos (instalación, mantenimiento y operación) y condiciones técnicas. 39) Para que a los bienes informáticos se les pueda asignar número de inventario, éstos deberán contar invariablemente con el dictamen correspondiente. 40) Se aceptarán como donaciones todos aquellos bienes que se encuentren al 100% de su operación de acuerdo a las especificaciones de los fabricantes. Procedimiento para el Registro y Control de Donaciones en Efectivo. 41) Todas las donaciones en efectivo que se reciban deberán hacerse a nombre del Instituto de Salud del Estado de México, y será responsabilidad del jefe de la unidad receptora, canalizarlas a Caja General del Instituto. 42) El donativo deberá ser canalizado e ingresado a la Caja General del Instituto. 43) Al donativo deberá anexarse al ingreso, carta en hoja membretada en donde se especifique fecha, concepto del mismo, importe y firma del suscrito, así como carta simple en caso de ser persona física.

17 Código: 217B31300/01 Página: VIII 44) Si requiere recibo deducible de impuesto, será necesario presentar en la Subdirección de Tesorería y Contabilidad el recibo que expidió el Departamento de Tesorería, así como copia del escrito antes mencionado, para realizar el trámite correspondiente. Procedimiento para el Dictamen Técnico para la Recepción de Donación de Equipo Biomédico, Electromecánico o Bien Inmueble. 45) La Subdirección de Servicios Generales y Control Patrimonial solicitará por escrito a la Subdirección de Infraestructura en Salud, dentro del término de dos días hábiles siguientes a la recepción del bien donado el dictamen correspondiente. 46) El Dictamen Técnico deberá considerar igualmente criterios de protección del medio ambiente. 47) El Dictamen Técnico deberá incluir un estudio de costo beneficio, que determine la conveniencia de aceptar o rechazar los bienes donados. 48) El Dictamen Técnico deberá elaborarse en un término de cinco días hábiles, considerando la naturaleza de los bienes donados.

18 Código: 217B31300/01 Página: IX Responsabilidades: La Dirección de Finanzas es la encargada de dirigir, organizar y controlar las acciones de presupuestación que se ejecuten en el Instituto, así como coordinar y controlar las actividades financieras y contables, vigilando la correcta aplicación de los recursos; para lo cual se apoyará en las siguientes unidades: La Subdirección de Tesorería y Contabilidad, deberá: Emitir y vigilar el cumplimiento de los lineamientos, políticas y criterios contables a los que deberán sujetarse las unidades del Instituto en la ejecución de sus operaciones financieras referente a donaciones. Instrumentar y desarrollar sistemas de registro y control financiero y contable para las donaciones que se reciben a nombre del Instituto. Vigilar y controlar la contabilidad general del Instituto, así como los programas financieros y fondos especiales que se obtengan. Resguardar y controlar los libros, registros auxiliares, información y documentación soporte de las operaciones financieras de las donaciones otorgadas al Instituto. Realizar el dictamen de aceptación en un plazo no mayor de 5 días hábiles. El Departamento de Tesorería, deberá: Recibir y controlar la documentación original que soporte las operaciones financieras que realiza el Instituto y resguardarla por el tiempo que establecen las leyes respectivas. Custodiar y resguardar los valores propiedad del organismo que respaldan el patrimonio del Instituto, conforme a los lineamientos establecidos. Registrar contable y financieramente los ingresos que por concepto de donación tenga el Instituto. Recabar y resguardar la documentación original que respalda el patrimonio del Instituto, por el tiempo que establezcan las leyes respectivas. El Departamento de Contabilidad, deberá: Registrar sistemáticamente las operaciones contables y financieras que realicen las unidades administrativas del Instituto por concepto de donaciones, a efecto de generar información financiera, presupuestal, programática y económica que facilite la toma de decisiones. Vigilar y supervisar que el proceso de registro contable del Instituto, en el rubro de donaciones cumpla con las normas y lineamientos establecidos por las autoridades competentes.

19 Código: 217B31300/01 Página: IX Registrar y controlar contablemente las operaciones de ingresos que por concepto de donaciones efectúe el Instituto en el ejercicio de sus funciones. Elaborar en coordinación con las áreas las conciliaciones de los movimientos por las donaciones recibidas afecten los estados financieros del Instituto. La Subdirección de Administración de la Beneficencia Pública, deberá: Promover y desarrollar fuentes alternas de financiamiento para acciones de beneficencia pública y de apoyo al Instituto en materia de insumos e infraestructura, en coordinación con las instancias competentes. Realizar el dictamen de aceptación en un plazo no mayor de 5 días hábiles. El Departamento de Asistencia Social, deberá: Gestionar ante instituciones públicas, privadas y organizaciones de la sociedad civil, la prestación de servicios en materia de Asistencia Social. Establecer comunicación con los sectores público, social y privado para generar fuentes alternas de financiamiento, encaminadas a acciones de asistencia y de apoyo al Instituto. La Unidad de Informática, deberá: Coordinar la adquisición y asignación de los insumos requeridos para el funcionamiento del equipo de cómputo de las diferentes unidades del Instituto. Realizar el dictamen de aceptación en un plazo no mayor de 5 días hábiles. El Departamento de Atención a Usuarios y Soporte Técnico, deberá: Gestionar los Dictámenes Técnicos para la aceptación de donaciones de bienes y servicios informáticos ante las instancias competentes. Asesorar y proporcionar soporte técnico en la configuración de equipo y manejo de software a las diversas áreas del Instituto, que se vieran beneficiadas con alguna donación. Eficientar el uso y manejo de infraestructura de cómputo y de comunicaciones que se reciban en donación al Instituto.

20 Código: 217B31300/01 Página: IX El Departamento de Procesamiento de Datos, deberá: Proponer e implementar mecanismos para el control de los insumos requeridos para el funcionamiento del equipo de cómputo que se reciba en donación al Instituto. Asesorar y proporcionar soporte en los dictámenes de donaciones de consumo de equipo de cómputo. La Dirección de Administración, deberá: Vigilar y supervisar que se lleven a cabo las acciones necesarias para la recepción, el registro y control de donaciones. La Subdirección de Infraestructura en Salud, deberá: Efectuar el seguimiento en la aplicación de los recursos asignados a las obras y acciones de mantenimiento de infraestructura, equipo biomédico y electromecánico que el Instituto reciba como donación. Realizar el dictamen de aceptación en un plazo no mayor de 5 días hábiles. La Subdirección de Servicios Generales y Control Patrimonial, deberá: Proporcionar la asesoría requerida a las unidades administrativas del Instituto sobre el resguardo, uso y control de los bienes patrimoniales recibidos en donación. Realizar el dictamen de aceptación en un plazo no mayor de 5 días hábiles. Recibir la documentación de las donaciones realizadas al Instituto y canalizarla a las Subdirecciones correspondientes conforme a la naturaleza de la donación, para los registros necesarios. Difundir la normatividad a las unidades administrativas del Instituto sobre la recepción, registro y control de donaciones.

21 Código: 217B31300/01 Página: IX El Departamento de Administración de Riesgos y Control del Transporte, deberá: Elaborar y proponer las normas tendientes a mejorar el control de la operación y mantenimiento del equipo de transporte asignado a las unidades administrativas del Instituto, vigilando y supervisando su implantación y cumplimiento. El Departamento de Bienes Muebles, deberá: Difundir la normatividad a las unidades administrativas del Instituto sobre el registro, control de donaciones de los bienes muebles que formaran parte del patrimonio del Instituto. Integrar, controlar y enviar la documentación legal de cada uno de los bienes muebles que se reciban en donación para su guarda y custodia a la Subdirección de Tesorería y Contabilidad. El Departamento de Bienes Inmuebles, deberá: Realizar los trámites que sean necesarios para regularizar el patrimonio inmobiliario recibido en donación que pasará a ser propiedad del Instituto dentro del marco legal aplicable, hasta la obtención de los títulos correspondientes. Identificar físicamente los predios y/o edificios que se recibirán en donación para regularizarlos debiendo integrar los expedientes con toda la información y documentación que para el efecto les sean solicitados por las instancias competentes. Informar oportunamente sobre la regularización de predios y edificios que se reciban en donación a la Dirección General del Instituto, a la Subdirección de Tesorería y Contabilidad y a la Dirección General de Control Patrimonial del Gobierno del Estado de México. Conciliar mensualmente la cuenta de bienes inmuebles con el Departamento de Contabilidad, con el propósito de mantener actualizados los registros contables respectivos. Integrar, controlar y enviar la documentación legal de cada uno de los bienes inmuebles que se reciben en donación, para su guarda y custodia a la Subdirección de Tesorería y Contabilidad. Coordinar con la Subdirección de Infraestructura en Salud los levantamientos topográficos de los predios que el Instituto recibirá en donación, así como establecer comunicación con las instancias correspondientes para dar curso a su regularización.

22 Código: 217B31300/01 Página: IX La Subdirección de Recursos Materiales, deberá: Coordinar el funcionamiento de los almacenes centrales del Instituto, emitiendo la normatividad que se deberá observar para el adecuado funcionamiento de los bienes que sean adquiridos por donación. Realizar el dictamen de aceptación en un plazo no mayor de 5 días hábiles. El Departamento de Control de Abasto, deberá: Participar en la elaboración o modificación de las normas, políticas y procedimientos que regulen las acciones de recepción, resguardo y almacenamiento de los bienes que el Instituto reciba en donación. Laboratorio Estatal de Salud Pública, deberá: Elaborar y promover las estrategias que eleven la calidad y cobertura de los servicios del laboratorio para extenderlos a todos los niveles de atención a la salud. La Subdirección de Atención Médica, deberá: Coordinar y vigilar la observancia de las normas técnicas desde el punto de vista médico de acuerdo con la construcción, el funcionamiento y el equipamiento de las unidades aplicativas. El Departamento de Atención Médica de Primer Nivel, deberá: Analizar y verificar la correcta utilización de los insumos en salud recibidos en donación al Instituto y proporcionados a las diferentes unidades aplicativas.

23 Código: 217B31300/01 Página: X Definiciones: Conciliación: Método o acción para la prevención y resolución de discrepancias en materia financiera y/o administrativa entre las unidades operativas y normativas del Instituto. Contabilidad: Principios y técnicas utilizadas en el establecimiento y análisis de las cuentas que registran tanto los activos, pasivos, capital o patrimonio; ingresos, costos y gastos, como las asignaciones, compromisos y ejercicios correspondientes a los programas y partidas presupuestales. Control: Proceso cuyo objetivo es la detección de logros y desviaciones para evaluar la ejecución de programas y acciones, así como aplicar las medidas correctivas necesarias. La acción de control puede ser permanente, periódica o eventual durante un proceso determinado o parte de éste, a través de la medición de resultados. Control Presupuestal: Sistema compuesto por un conjunto de procedimientos administrativos mediante los cuales se vigila la autorización, tramitación y aplicación de los recursos humanos, materiales y financieros integrantes del gasto público que realicen las diferentes unidades del Instituto en el desempeño de sus funciones asignadas. Diagnóstico: Proceso de acercamiento gradual al conocimiento analítico de un hecho o problema administrativo, que permite destacar los elementos más significativos de una alteración en el desarrollo de las actividades de una institución. Dictamen Técnico: Opinión y/o juicio que se emite tras el análisis del recurso que es objeto de una donación. Donación: Acto de libertad por el que una persona disminuye en parte su patrimonio en beneficio de otra. Acto jurídico entre vivos por el cual una persona (donante) transfiere a otra (donatario) gratuitamente el dominio sobre una cosa y el donatario acepta. Donante: Persona física o moral que transfiere a otra gratuitamente el dominio sobre una cosa. CORETT: Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra

24 Código: 217B31300/01 Página: XI Descripción del Procedimiento:

25 Código: 217B31300/01-01 Página: 1 de 7 Nombre del Procedimiento: Procedimiento: Elaboración del Dictamen para la Recepción de Donaciones Objetivo: Eficientar la recepción de donaciones en especie, en las diferentes unidades médicas y administrativas del Instituto, mediante el establecimiento de la obligatoriedad de la elaboración de un dictamen técnico, como sustento para la determinación de la aceptación de los bienes. Insumos Ofrecimiento del bien por parte del donante hacia el Instituto. Requerimiento del bien por parte de alguna unidad del Instituto. Cédula de requerimientos para la integración del dictamen de procedencia de la donación. Resultado Dictamen para la Recepción de Donaciones Interacción con otros procedimientos Registro y Control de Donaciones Registro y Control de Donaciones en Efectivo

26 Código: 217B31300/01-01 Página: 2 de 7 Procedimiento : Elaboración del Dictamen para la Recepción de Donaciones Desarrollo No. Responsable Descripción 1 Donante Se presenta en la unidad médica y/o administrativa con el titular de la misma y le expresa su deseo de donar algún bien. 2 Unidad Médica y/o Administrativa Atiende al posible donante, se entera del bien por donar, solicita al donador la documentación requerida: oficio suscrito por el donante donde especifique el costo del bien, así como factura original. 3 Donante Se entera de la documentación por entregar, la prepara y la presenta a la unidad médica y/o administrativa del Instituto. 4 Unidad Médica y/o Administrativa Recibe documentación del donante, la revisa, la integra al formato de Dictamen respectivo en original y copia, procede a llenar los datos de la unidad médica y/o administrativa que recibe, datos del donante y del bien que se pretende recibir y obtiene firma del donante, envía el original del formato del Dictamen y documentación a la Subdirección de Servicios Generales y Control Patrimonial en oficinas centrales y la copia del formato se archiva para su control.

27 Código: 217B31300/01-01 Página: 3 de 7 Procedimiento : Elaboración del Dictamen para la Recepción de Donaciones No. Responsable Descripción 5 Subdirección de Recibe el original del formato del Dictamen y la Servicios Generales y documentación soporte del bien por donar, revisa Control Patrimonial que se encuentre completa y debidamente requisitada, elabora oficio de valoración en original y copia, envía el original del oficio de valoración, Dictamen y la documentación soporte del bien por donar a la unidad normativa de acuerdo con la naturaleza del bien por donar: A la Unidad de Informática A la Subdirección de Servicios Generales y Control Patrimonial A la Subdirección de Recursos Materiales A la Subdirección de Infraestructura en Salud A la Subdirección de Atención Médica A otros. En la copia del oficio de valoración obtiene acuse de recibo, y archiva para su control. 6 Unidad Normativa/ Dictaminadora Recibe oficio de valoración, dictamen y la documentación soporte del bien por donar, revisa, emite opinión en el Dictamen y obtiene una copia fotostática para control, elabora oficio de Dictamen en original y copia, envía a la Subdirección de Servicios Generales y Control Patrimonial junto con la documentación soporte del bien por donar, archiva la copia para su control previo acuse de recibo. 7 Subdirección de Servicios Generales y Control Patrimonial 8 Unidad Médica y/o Administrativa Recibe Expediente del Dictamen, se entera de la resolución y lo hace del conocimiento de la Unidad Médica y/o Administrativa correspondiente, mediante llamada telefónica para que pase a recoger Expediente del Dictamen. Se queda con la segunda copia del Acta de Comité Recibe llamada y se entera de la resolución.

28 Código: 217B31300/01-01 Página: 4 de 7 Procedimiento : Elaboración del Dictamen para la Recepción de Donaciones No. Responsable Descripción 9 Unidad Médica y/o Se presenta a recoger el expediente del dictamen. Administrativa 10 Unidad Médica y/o Administrativa Se entera y le llama al donador para informarle la resolución, y concertar una cita. 11 Donante Recibe llamada, se entera y se presenta. 12 Unidad Médica y/o Administrativa 13 Unidad Médica y/o Administrativa 14 Unidad Médica y/o Administrativa Recibe al donante. De no ser favorable el dictamen, le entrega el bien y la documentación y agradece su intención de donar.. De ser favorable el dictamen, recibe los bienes (Se conecta al procedimiento de recepción registro y control de donaciones correspondiente.) FIN

29 Código: 217B31300/01-01 Página: 5 de 7 Desarrollo PROCEDIMIENTO ELABORACIÓN DEL DICTAMEN PARA LA RECEPCIÓN DE DONACIONES DONANTE UNIDAD MÉDICA Y ADMINISTRATIVA SUBDIRECCION DE SERVICIOS GENERALES Y CONTROL PATRIMONIAL UNIDAD NORMATIVA / DICTAMINADORA INICIO EXPRESA EL DESEO DE DONAR UN BIEN 1 2 ATIENDE, SE ENTERA Y SOLICITA SE ENTERA PREPARA Y ENTREGA 3 FACTURA OFICIO OFICIO 1 RECIBE, REVISA, INTEGRA, ENVIA 4 OFICIO FACTURA OFICIO 1 0 DICTAMEN 5 RECIBE, REVISA, ELABORA INTEGRA, ENVÍA RECIBE, REVISA, EMITE OPINIÓN, ELABORA, INTEGRA Y ENVÍA DICTAMEN 6 DICTAMEN OFICIO 1 A OFICIO 1

30 Código: 217B31300/01-01 Página: 6 de 7 PROCEDIMIENTO : ELABORACIÓN DEL DICTAMEN PARA LA RECEPCIÓN DE DONACIONES SUBDIRECCION DE SERVICIOS GENERALES Y CONTROL PATRIMONIAL UNIDAD MÉDICA Y/O ADMINISTRATIVA DONANTE A 7 RECIBE, SE ENTERA Y HACE RECIBE, Y SE ENTERA 8 EXPEDIENTE DE DICTAMEN 2 SE PRESENTA, RECIBE Y SE RETIRA 9 SE ENTERA, LLAMA HE INFORMA Y CONCERTA 11 SE ENTERA Y SE PRESENTA EXPEDIENTE DE DICTAMEN 10 EXPEDIENTE DE DICTAMEN RECIBE 12 NO SE ACEPTA LA DONACION? SI 13 RECIBE, ENTREGA Y DA LAS GRACIAS RECIBE 114 SE CONECTA AL PROCED. REGISTRO Y CONTROL. DE DONACIONES FIN

31 Código: 217B31300/01-01 Página: 7 de 7 Procedimiento: Elaboración del Dictamen para la Recepción de Donaciones Medición Indicador para medir capacidad de respuesta Número mensual de propuestas de donación contra el número de dictámenes favorables. Número de propuestas rechazadas por falta de requisitos documentales. Número de propuestas rechazadas por condiciones técnicas del bien. Número de propuestas rechazadas por condiciones físicas del bien. Número mensual de dictámenes elaborados contra el número de donaciones recibidas. Registro de Evidencias La aceptación de donaciones se sustentará en el dictamen elaborado por las áreas normativas competentes del instituto. Cuando lo solicite el donante, el Instituto emitirá el recibo oficial deducible de impuestos por el importe del bien donado.

32 Código: 217B31300/02-01 Página: 1 de 9 Nombre del Procedimiento: Procedimiento: Recepción, Registro y Control de Donaciones de Bienes Consumibles Objetivo: Normar el proceso de registro y control de las donaciones aceptadas por las unidades del Instituto en tiempo y forma, instrumentando los lineamientos de carácter administrativo que definan y delimiten las funciones y obligaciones de las diferentes áreas participantes, de conformidad con la normatividad vigente en la materia. Insumos La documentación que ampare la propiedad y el costo del bien donado Oficio de Donación Dictamen Recibo Oficial Alta por Donación Oficio de Agradecimiento Resultado Recibir, registrar y controlar de manera oportuna las donaciones otorgadas a las diferentes unidades médicas y/o administrativas del Instituto de Salud del Estado de México, de conformidad con la normatividad vigente en la materia. Interacción con otros procedimientos Dictamen Técnico Donaciones de Insumos al ISEM

33 Código: 217B31300/02-01 Página: 2 de 9 Procedimiento: Recepción, Registro y Control de Donaciones de Bienes Consumibles Desarrollo No. Responsable Descripción 1 Donante Entrega los bienes consumibles, la factura, carta factura o nota, y oficio de donación en original y dos copias. 2 Unidad Aplicativa/ jefe del Almacén 3 Unidad Aplicativa/ Administrador Recibe los bienes, la factura, carta factura o nota original, y oficio de donación en original y dos copias, firma y devuelve acuse. Revisa que el bien cumpla con los requerimientos y especificaciones técnicas y normativas establecidas en las adquisiciones del Instituto. Requisita el formato Alta por donación en original y dos copias, así como oficio de agradecimiento en original y copia, sin requisitos fiscales, y los turna al administrador para recabar firmas del Director del Hospital o Jefe de Jurisdicción. Si el donante solicita recibo con requisitos fiscales, lo solicita a la Administración. Recibe el formato Alta por donación en original y dos copias, así como oficio de agradecimiento en original y copia, recaba firma del titular de la unidad o jefe de jurisdicción y lo entrega al jefe del almacén. 4 Unidad Aplicativa/ jefe del Almacén Recibe el formato Alta por donación en original y dos copias, así como oficio de agradecimiento en original y copia, debidamente firmados. Entrega al donante el original del oficio de agradecimiento, junto con la copia del acuse de recibo del oficio de donación. Archiva el resto de la documentación. 5 Donante Recibe el original del oficio de agradecimiento y primera y segunda copias del acuse de recibo del oficio de donación

34 Código: 217B31300/02-01 Página: 3 de 9 No. Responsable Actividad 6 Unidad Aplicativa/ jefe del Almacén Turna al área de computo el formato Alta por donación en original y dos copias, y el original de la factura, carta factura o nota en su caso, para su captura en el sistema. 7 Unidad Aplicativa/ Área de Computo 8 Unidad aplicativa/ jefe del Almacén Recibe el formato Alta por donación en original y dos copias, y el original de la factura, carta factura o nota, en su caso, captura las donaciones en el sistema con una clave especifica, genera el reporte de entrada por donaciones en original y dos copias, lo firma y lo turna al jefe del almacén junto con la factura y el formato de alta por donación. Archiva acuse de recibo del formato de donaciones y del reporte de entradas. Recibe el reporte de entradas en original y copia, la factura y el reporte de altas por donación, integra expediente, fotocopia la documentación y la turna al Departamento de Recursos Financieros de la unidad. Turna los originales al Departamento de Contabilidad del ISEM En caso de que el donante requiera recibo con requisitos fiscales, elabora oficio dirigido a la Subdirección de Finanzas, solicitando dicho documento, recaba firmas del administrador y lo envía con toda la documentación al Departamento de Contabilidad. Envía copias al Almacén Central de esta documentación y archiva sus copias. Si el bien donado no le fuera útil a la unidad receptora, boletina el mismo a las unidades y a los almacenes centrales, para que puedan disponer de éste. Se conecta con el procedimiento: Transferencia de insumos entre almacenes de unidades.

35 Código: 217B31300/02-01 Página: 4 de 9 No. Responsable Actividad 9 Unidad Aplicativa/ Departamento de Recursos Financieros Recibe original y fotocopia de la factura, carta factura o nota, oficio de donación, formato de alta por donaciones, y del reporte de entradas, registra el bien, firma de recibido en los originales y los devuelve al jefe del almacén. 10 Unidad Aplicativa/ jefe del Almacén 11 Subdirección de Tesorería y Contabilidad/ Departamento de Contabilidad 12 Unidad aplicativa/ jefe de Almacén Recibe los originales de la factura, carta factura o nota, oficio de donación, formato de alta por donaciones, reporte de entradas y los turna mediante oficio (original y copia), al Departamento de Contabilidad del ISEM. El último día hábil del mes emite un reporte mensual de donaciones en original y dos copias y lo envía al Departamento de Contabilidad del ISEM. Envía una copia del informe mensual de donaciones al Almacén Central. Recibe la documentación original de la donación y solicitud de recibo (si fue solicitado): Oficio de envío, factura, carta, factura o nota, oficio de donación, formato de alta por donaciones, reporte de entradas y reporte mensual de donaciones. Genera las pólizas de entradas y la anexa al expediente. Elabora el recibo para efectos fiscales en original y copia, la requisita y la envía mediante oficio a la administración de la unidad correspondiente. Obtiene original y copia del recibo para efectos fiscales y del oficio de envío. Entrega al donante el recibo, para efectos fiscales, recaba acuse de recibo en la copia, anexa copia del oficio de envío y lo devuelve a la Subdirección de Tesorería y Contabilidad. 13 Donante Recibe el original del recibo de donación con requisitos fiscales, firma acuse, devuelve copia y se retira.

36 Código: Página: 217B31300/ de 9 No. Responsable Actividad 14 Subdirección de Tesorería y Contabilidad/ Departamento de Contabilidad Recibe acuses de recibo del oficio de envío y del recibo de donación con requisitos fiscales, lo integra al expediente, coteja contra las pólizas y registra contablemente.

37 Código: 217B31300/02-01 Página: 6 de 9 Procedimiento: Recepción, Registro y Control de Donaciones de Bienes Consumibles PROCEDIMIENTO: DONACIONES DE INSUMOS AL ISEM. U N I D A D A P L I C A T I V A DONANTE JEFE DE ALMACEN ADMINISTRADOR AREA DE COMPUTO RECURSOS FINANCIEROS SUBDIRECCION DE TESORERIA Y CONTABILIDAD / DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD INICIO ENTREGA. 1 INSU M O S FACTURA 0 OFICIO DE DONACION RECIBE, REVISA, REQUISITA, ELABORA, FIRMA, ANEXA Y TURNA. 00 FACTURA O F IC IO D E DONACION INSUM OS FORMATO DE ALTA POR 0 DONACION OFICIO DE AGRADECIMIENTO 0 1 RECIBE, ANEXA, ENTREGA Y ARCHIVA. RECIBE, RECABA FIRMAS Y ENTREGA. 3 OFICIO DE AGRADECIMIENTO 0 1 FORMATO DE ALTA POR DONACION RECIBE Y SE RETIRA. 5 OF ICIO DE AGRADECIMIENTO 0 OFICIO DE DONACION 1 2 O F IC IO D E AGRADECIMIENTO 0 1 FORMATO DE ALTA POR DONACION TURNA FORMATO DE ALTA POR DONACION FACTURA 0 RECIBE, CAPTURA, GENERA, FIRMA Y TURNA. 7 FACTURA 0 FORMATO DE ALTA POR DONACION A ENTRADAS REPORTE DE

38 Código: 217B31300/02-01 Página: 7 de 9 DONANTE JEFE DE ALMACEN U N I D A D A P L I C A T I V A ADMINISTRADOR AREA DE COMPUTO RECURSOS FINANCIEROS SUBDIRECCION DE TESORERIA Y CONTABILIDAD / DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD A 8 RECIBE, FOTOCOPIA, Y TURNA. FACTURA 0 FORMATO DE ALTA POR DONACION 00 1 REPORTE DE 0 ENTRADAS 1 FACTURA 1 OFICIO DE DONACION 01 FORMATO DE ALTA POR DONACION 01 REPORTE DE ENTRADAS 1 OFICIO DE AGRADECIMIENTO 01 RECIBE, EMITE, ANEXA, ENVIA Y ARCHIVA. 10 RECIBE, REGISTRA, FIRMA, DEVUELVE Y ARCHIVA. 9 FACTURA 1 OFICIO DE DONACION 01 FORMATO DE ALTA POR DONACION 01 REPORTE DE ENTRADAS 1 O F ICIO D E AGRADECIMIENTO 01 FACTURA 0 O F ICIO D E DONACION 00 FORMATO DE ALTA POR DONACION 00 REGISTRA REPORTE DE ENTRADAS 0 OFICIO DE AGRADECIMIENTO 00 FACTURA 0 OFICIO DE DONACION 00 FORMATO DE ALTA POR DONACION 00 REPORTE DE ENTRADAS 0 OFICIO DE AGRADECIMIENTO 00 ULTIMO DIA HABIL DEL MES REPORTE MENSUAL DE 0DONACIONES 1 2 OFICIO DE 0 1 ENVIO ALMACEN B CENTRAL

39 Código: 217B31300/02-01 Página: 8 de 9 DONANTE JEFE DE ALMACEN U N I D A D A P L I C A T I V A ADMINISTRADOR AREA DE COMPUTO RECURSOS FINANCIEROS SUBDIRECCION DE TESORERIA Y CONTABILIDAD / DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD B 11 RECIBE, DEVUELVE, GENERA, ELABORA Y ENVIA. FACTURA 0 OFICIO DE DONACION 00 FORMATO DE ALTA POR DONACION 00 REPORTE DE ENTRADAS 0 OFICIO DE AGRADECIMIENTO 01 REPORTE MENSUAL DE 0DONACIONES O F ICIO DE ENVIO 00 0 POLIZA EXPEDIENTE RECIBE, FIRMA, DEVUELVE Y SE RETIRA. 13 RECIBO FISCAL 0 RECIBE, FIRMA, ENTREGA Y DEVUELVE. 12 RECIBO FISCAL 0 1 OFICIO 0 1 RECIBO FISCAL 0 1 OFICIO 0 1 RECIBE, REGISTRA E INTEGRA. 14 REGISTRA RECIBO FISCAL 0 1 OFICIO EXPEDIENTE F I N

40 Código: 217B31300/02-01 Página: 9 de 9 Procedimiento: Recepción, Registro y Control de Donaciones de Bienes Consumibles. Medición Indicador para medir capacidad de respuesta Número mensual de donaciones realizadas al Instituto por número de Alta por Donación Número de registros de Alta por Donación por los registros en póliza Importe mensual de los bienes donados al Instituto Registro de Evidencias Informe mensual de Altas por Donación El número de las pólizas elaboradas por donación Número de oficios de agradecimiento

41 Código: 217B31300/03-01 Página: 1 de 8 Nombre del Procedimiento: Objetivo: Normar el proceso de registro y control de las donaciones que deban ser inventariadas y aceptadas por las unidades del Instituto en tiempo y forma, instrumentando los lineamientos de carácter administrativo que definan y delimiten las funciones y obligaciones de las diferentes áreas participantes, de conformidad con la normatividad vigente en la materia. Insumos La documentación que ampare la propiedad y el costo del bien donado Oficio de Donación Recibo Oficial Dictamen Altas por Donación Reporte Mensual de Alta por Donación Resultado Registrar y controlar de manera oportuna las donaciones que requieren ser entregadas a las diferentes unidades médicas y administrativas del Instituto de Salud del Estado de México, de conformidad con la normatividad vigente en la materia. Interacción con otros procedimientos Elaboración del Dictamen para la Recepción de Donaciones. Manual de Procedimientos para el Control de Activo Fijo, Procedimiento: Altas de Activo Fijo Manual de Procedimientos para el Control de Inventarios, Procedimiento: Donaciones de Insumos al ISEM

42 Código: 217B31300/03-01 Página: 2 de 8 Procedimiento: Recepción, Registro y Control de Donaciones de Bienes de Activo Fijo Desarrollo No. Responsable Actividad 1 Unidad Médica y/o Administrativa Detecta los bienes que recibieron en donación y que dará de alta, verifica las copias de los documentos: oficio de donación, factura y Dictamen. 2 Unidad Solicitante / Jefe de Recursos Materiales 3 Departamento de Bienes Muebles Elabora la cédula de registro de activo fijo en original y dos copias, así como el oficio de envío en original y dos copias, le anexa original y copia de la factura, acta administrativa, y del oficio de donación, y los envía al Departamento de Bienes Muebles. Recibe de la unidad solicitante lo siguiente: Cédula de registro de activo fijo en original y dos copias, oficio de envío en original y dos copias y original y copia de la factura, del oficio de donación, y del acta administrativa, revisa que la documentación esté completa, firma y sella de recibido en una copia de la cédula de registro de activo fijo, copia del oficio de envío, fotocopias de la factura, oficio de donación y acta administrativa y las devuelve a la unidad solicitante. Analiza la documentación y la clasifica para efectuar el movimiento contablemente, cuando se puede acreditar la propiedad del mobiliario y equipo se afectan las cuentas de balance, en caso contrario, se afectan las cuentas de orden, asigna el número de inventario en la cédula de registro de activo fijo, recaba firma de autorización del Subdirector de Control Patrimonial y envía la siguiente documentación al Área de Cómputo del Almacén General: - copia del oficio de envío. - copia de la cédula de registro de activo fijo. El resto de la documentación la archiva en su expediente.

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