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2 ÍNDICE Página 1 Fundamento jurídico 3 2 Objetivo 3 3 Ámbito de aplicación 3 4 Sujetos de la norma 3 5 Responsables de la aplicación de la norma 3 6 Definiciones 3 7 Documentos de referencia 5 8 Disposiciones Autorización del servicio de estacionamiento Uso del servicio de estacionamiento Vigilancia de los prestadores del servicio de estacionamiento Cancelación del servicio de estacionamiento Vigilancia 8 Transitorios 8 Apéndices Apéndice A Solicitud del Servicio de Estacionamiento. Apéndice B Cédula de Autorización de Usuarios del Servicio de Estacionamiento Contratados en el Nivel Central. Página 2 de 9 Clave:

3 1 Fundamento jurídico Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 69, fracción II del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de septiembre de 2006 y sus reformas, se expide la siguiente: NORMA QUE ESTABLECE LAS DISPOSICIONES PARA LA ASIGNACIÓN Y USO DE ESTACIONAMIENTOS CONTRATADOS EN EL NIVEL CENTRAL DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL 2 Objetivo Establecer las disposiciones que los Órganos de Nivel Central, deberán observar para Ia asignación y uso de lugares de estacionamiento contratados por el Instituto Mexicano del Seguro Social, con la finalidad de dar a conocer los criterios y el orden prioritario que servirán de base para la autorización de los usuarios del servicio. 3 Ámbito de aplicación La presente norma es de observancia obligatoria para todos los Órganos de Nivel Central del Instituto Mexicano del Seguro Social. 4 Sujetos de Ia norma Los servidores públicos del Instituto Mexicano del Seguro Social adscritos a Nivel Central a quienes se les autorice y asigne el servicio de estacionamiento contratado. 5 Responsables de la aplicación de la norma Titular de la Coordinación de Conservación y Servicios Generales, a través de la División de Servicios Generales será la responsable de vigilar la difusión, aplicación y evaluación de la presente norma; así como de la administración, operación y control del servicio. 6 Definiciones Para efectos de la presente norma se entenderá por: 6.1 CCSG: Coordinación de Conservación y Servicios Generales. Página 3 de 9 Clave:

4 6.2 DSG: División de Servicios Generales. 6.3 estacionamiento contratado: Lugar o establecimiento convenido para la recepción, guarda, custodia, protección y devolución de los vehículos Institucionales y vehículos de los servidores públicos autorizados. 6.4 instituto: Instituto Mexicano del Seguro Social. 6.5 jefe del departamento administrativo o su equivalente: Son los Titulares de las Coordinaciones Administrativas y Departamentos Administrativos en Nivel Central, así como aquellas otras áreas que realizan funciones similares y que tienen otra denominación. 6.6 medio electrónico: Son los medios establecidos por el proveedor del servicio para el ingreso y salida de los vehículos al estacionamiento, como tarjeta electrónica, tag, etc. 6.7 servidor público: Persona del género femenino o masculino que desempeña un Empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en el Instituto. 6.8 tarjetón: Medio de identificación expedido por el estacionamiento contratado para utilizar un lugar de estacionamiento. 6.9 órganos de nivel central: Secretaría General, Direcciones Normativas, Unidades y Coordinaciones Normativas que de ellas dependen pernoctar: Pasar la noche en determinado lugar prestador de servicio: Es la persona física o moral, contratada por el Instituto que cuenta con la infraestructura indispensable para proporcionar en tiempo y forma el servicio de estacionamiento servicio modalidad de acomodadores de vehículos: Servicio proporcionado a través de choferes asignados por el prestador del servicio, quienes se encargarán de la recepción, ingreso al estacionamiento y entrega de los vehículos autorizados del servicio a su propietario servicio modalidad de autoservicio: Servicio en el cual el ingreso de los vehículos al estacionamiento lo realiza el usuario, el cual se encargará de estacionar, cerrar y resguardar las llaves del vehículo. El usuario será quien mueva el vehículo en el interior del estacionamiento o en su defecto la persona que el usuario autorice usuario: Servidor Público que de acuerdo a lo dispuesto en la presente norma, hace uso del servicio de estacionamiento contratado por el Instituto Mexicano del Seguro Social. Página 4 de 9 Clave:

5 7 Documentos de referencia 7.1 Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 20 de enero de 2011 y sus reformas. 7.2 Reglamento de Estacionamientos Públicos del Distrito Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de marzo de 1991 y sus reformas. 7.3 Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social. Publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 18 de septiembre de 2006 y sus reformas. 8 Disposiciones 8.1 Autorización del servicio de estacionamiento La autorización para la asignación de los estacionamientos contratados en Nivel Central, se otorgará únicamente por la CCSG, bajo el criterio de disponibilidad presupuestal y del orden prioritario siguiente: 1 Vehículos Institucionales. 2 Secretario General. 3 Directores Normativos y Titulares de Unidad. 4 Miembros del H. Consejo Técnico. 5 Coordinadores Normativos. 7 Asesores de Directores Normativos. 8 Secretarios particulares. 9 Jefes de División u homólogos. 10 Jefes de Área de Nivel Central La CCSG podrá autorizar el servicio de estacionamiento contratado a otros servidores públicos distintos a los señalados en el numeral de esta Norma, siempre y cuando sea estrictamente indispensable y se acredite con la justificación descrita en la Solicitud del Servicio de Estacionamiento (Apéndice A), la cual debe ser firmada por el Jefe del Departamento Administrativo o su equivalente del Órgano de Nivel Central, que solicita el servicio Los Órganos de Nivel Central enviarán a la CCSG, para cada ejercicio presupuestal, el formato Solicitud del Servicio de Estacionamiento (Apéndice A), para su autorización, además deberá anexar en el caso de vehículos institucionales, copia de la tarjeta de circulación, en el caso de vehículo particular, copia del tarjetón de pago del usuario y copia de la tarjeta de circulación de los vehículos que se mencionan en dicho formato. Página 5 de 9 Clave:

6 8.1.4 La CCSG, autorizará mensualmente el servicio de estacionamientos a través de la Cédula de Autorización de Usuarios del Servicio de Estacionamientos Contratados en el Nivel Central (Apéndice B). 8.2 Uso del servicio de estacionamiento El servicio de estacionamiento será proporcionado, diariamente, las 24 horas del día, durante la vigencia del contrato La DSG, entregará al Jefe del Departamento Administrativo o su equivalente, los tarjetones de estacionamiento de los usuarios del servicio, adscritos a su Área, y será el encargado de realizar la entrega a cada uno de los usuarios adscritos al Área a la que pertenece El servicio de estacionamiento contratado podrá proporcionarse por el proveedor bajo la modalidad de acomodadores de vehículos y/o la modalidad de autoservicio Cuando el servicio de estacionamiento se proporcione con la modalidad de acomodadores de vehículos, los usuarios al momento de ingresar deberán mostrar el tarjetón al personal del estacionamiento contratado para que verifiquen que el vehículo coincida con los datos descritos en el tarjetón. Al ingresar el vehículo al estacionamiento contratado, el tarjetón quedará en resguardo del usuario y servirá como comprobante de la guarda del vehículo en el estacionamiento contratado Cuando el usuario solicite al estacionamiento contratado la entrega de su vehículo, deberá entregar el tarjetón al personal autorizado del estacionamiento contratado Cuando el servicio de estacionamiento sea proporcionado con la modalidad de autoservicio, y el prestador del servicio proporcione algún medio electrónico para el ingreso y salida del estacionamiento, este deberá de ser utilizado por el usuario autorizado. El medio electrónico de ingreso podrá sustituir el tarjetón de estacionamiento y su uso podrá ser permanente durante la vigencia del servicio Los servidores públicos usuarios del servicio de estacionamiento, podrán incluir máximo dos vehículos en el formato Solicitud del Servicio de Estacionamiento (Apéndice A), e ingresar indistintamente solo un vehículo al estacionamiento asignado Los vehículos oficiales deberán pernoctar de lunes a domingo y permanecer los fines de semana y días festivos en los estacionamientos que para este fin se contraten. Página 6 de 9 Clave:

7 8.2.9 El servicio de estacionamiento no es transferible de un usuario a otro usuario y/o servidor público, y únicamente la CCSG podrá autorizar el cambio de usuario y/o nueva asignación del servicio. En el caso de que el usuario autorizado haga caso omiso de lo anterior, se procederá a la cancelación del servicio de estacionamiento al usuario El servidor público usuario del servicio deberá informar sobre los cambios de los datos de los vehículos que ingresarán al estacionamiento contratado, al Jefe del Departamento Administrativo o su equivalente en el Órgano del Nivel Central de su adscripción, quien solicitará el nuevo tarjetón a la CCSG Los usuarios, así como los responsables de los vehículos institucionales, deberán informar al personal autorizado del estacionamiento contratado, sobre los accesorios, herramientas, y en caso de portar objetos de valor dentro del vehículo, estos deberán entregarse al personal del estacionamiento para su custodia. De igual forma es responsabilidad de los usuarios del servicio, verificar las condiciones en las que recibe el vehículo antes de abandonar el estacionamiento En el caso de daños ocasionados a los vehículos dentro del estacionamiento contratado o la falta de objetos de valor reportados desde su entrega, el usuario o responsable de los vehículos institucionales deberán reportarlo de manera inmediata al encargado del estacionamiento antes de retirar el vehículo, posteriormente deberá informar al Jefe del Departamento Administrativo o su equivalente en el Órgano del Nivel Central al que se encuentra adscrito, quien dará conocimiento, mediante un reporte en el que se hará constar por escrito los daños ocasionados al vehículo, al Jefe del Área de Servicios Administrativos de la DSG, a fin de que dicha Área de seguimiento de lo ocurrido con el prestador del servicio, hasta la reparación de los daños ocasionados al vehículo del usuario Será responsabilidad del servidor público que tenga asignado un cajón de estacionamiento, el devolver el tarjetón de estacionamiento o medio electrónico asignado al Jefe del Departamento Administrativo o su equivalente en el Órgano del Nivel Central de su adscripción para su entrega a la CCSG, cuando: Se extinga la relación laboral con el Instituto (renuncia, rescisión o liquidación). Se pensione o se jubile. Exista cambio de adscripción El Usuario del servicio será responsable del uso del tarjetón o medio electrónico, en caso de extravío será repuesto por el prestador del servicio sin costo alguno, para lo anterior el Jefe del Departamento Administrativo o su equivalente en el Órgano del Nivel Central al que se encuentra adscrito el usuario, deberá solicitarlo mediante escrito o correo electrónico al Jefe de Servicios Administrativos, dependiente de la División de Servicios Generales de la CCSG. En caso de extravío por segunda ocasión, este tendrá un costo que deberá de ser cubierto por el usuario del servicio. Página 7 de 9 Clave:

8 8.3 Vigilancia de los prestadores del servicio de estacionamiento La DSG, a través del Área de Servicios Administrativos vigilará que los prestadores del servicio de estacionamiento, realicen lo siguiente: a) Acepten para su guardia y custodia los vehículos que la CCSG, haya autorizado y solicitado al proveedor del servicio de estacionamiento. b) Realicen la reposición de un tarjetón adicional para cada vehículo sin costo para el Instituto, en caso de extravío por parte del usuario del servicio. c) Envíen mensualmente a la DSG, los tarjetones de estacionamiento, para el ingreso de los vehículos de los usuarios al estacionamiento asignado. En caso de que el estacionamiento por procedimiento realice la entrega del tarjetón o contraseña cada vez que el vehículo autorizado ingresa al estacionamiento, no aplicará la entrega mensual de tarjetones de estacionamiento, así como en el caso del uso de algún medio electrónico. d) Cubran los daños provocados a los vehículos, durante el tiempo de su guarda en el estacionamiento autorizado. 8.4 Cancelación del servicio de estacionamiento El uso del estacionamiento no es transferible, en caso de que el usuario haga caso omiso, la DSG, procederá a cancelar el servicio al usuario El servidor público usuario del servicio de estacionamiento, no podrá reproducir el tarjetón, en caso de realizar esta acción se procederá a cancelar de manera definitiva el servicio de estacionamiento y se turnará el caso ante las autoridades laborales del Instituto. 8.5 Vigilancia La vigilancia del cumplimiento de la presente norma y su interpretación estará a cargo de la CCSG a través de la DSG. Transitorios Primero: La presente norma entrará en vigor a partir de su registro en el Catálogo Institucional. Página 8 de 9 Clave:

9 Segunda: El presente documento actualiza a la Norma que establece las disposiciones para la asignación y uso de estacionamientos contratados por el Instituto Mexicano del Seguro Social, con clave , folio 007 y fecha de registro del 11 de mayo de Página 9 de 9 Clave:

10 APÉNDICE A Solicitud del Servicio de Estacionamiento Página 1 de 5 Clave:

11 No se puede mostrar la imagen en este momento. INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN COORDINACIÓN DE CONSERVACIÓN Y SERVICIOS GENERALES DIVISIÓN DE SERVICIOS GENERALES SOLICITUD DEL SERVICIO DE ESTACIONAMIENTO 1 Apendice A DIA M ES AÑO DATOS DEL USUARIO SOLICITANTE DEPENDENCIA: NOMBRE: MATRICULA: DOMICILIO : CATEGORIA: PUESTO ÁREA DE ADSCRIPCIÓN: TELÉFONO: JUSTIFICACION 10 CARACTERÍSTICAS DEL VEHÍCULO ECCO. INSTITUCIONAL PARTICULAR PARTICULAR SUSTITUTO MARCA MARCA MARCA 13 LINEA O SUBMARCA LINEA O SUBMARCA LINEA O SUBMARCA 14 MODELO MODELO MODELO 15 NO. DE PLACAS NO. DE PLACAS NO. DE PLACAS 16 COLOR COLOR COLOR * Al aprobarse la solicitud únicamente ingresarán al estacionamiento los vehículos registrados en esta solicitud, ingresando indistintamente solo un vehículo. * Los Usuarios del servicio autorizados, deberán presentar el tarjetón o contraseña al momento de ingresar o retirar el vehículo del estacionamiento asignado. * El servicio de estacionamiento no es transferible. La Coordinación de Conservación y Servicios Generales, es la única facultada para la autorización de cambio de usuario. * Los vehículos institucionales deberán pernoctar de lunes a domingo, incluyendo los fines de semana y días festivos en el estacionamiento asignado USUARIO QUE SOLICITA EL SERVICIO 27 JEFE ADMINISTRATIVO O SU EQUIVALENTE DEL ÁREA QUE REQUIERE LA AUTORIZACIÓN 28 NOMBRE Y FIRMA NOMBRE Y FIRMA 29 NOTA: * Para vehículos institucionales es indispensable anexar a esta solicitud del servicio de estacionamiento, fotocopia de la tarjeta de circulación del vehículo * Para vehículos particulares, es indispensable anexar a esta solicitud del servicio de estacionamiento, fotocopia de la tarjeta de circulación de los vehículos y fotocopia del tarjetón de pago del usuario Página 2 de 5 Clave:

12 APÉNDICE A Solicitud del Servicio de Estacionamiento INSTRUCTIVO DE LLENADO No. DATO ANOTAR 1 Día, mes y año Fecha de elaboración de la solicitud. 2 Dependencia Dirección Normativa o Unidad de Administrativa. 3 Nombre Nombre del servidor público, usuario del servicio. 4 Matrícula Número de matrícula del servidor público, usuario del servicio. 5 Categoría Nivel o Categoría del servidor público, usuario del servicio. 6 Puesto 7 Área de Adscripción 8 Domicilio Nombre del puesto que desempeña el servidor público usuario del servicio. Área de Adscripción del servidor público que solicita el servicio. Domicilio en donde se ubica el centro de trabajo del servidor público que solicita el servicio. 9 Teléfono Teléfono de la oficina en donde se localiza el servidor público que solicita el servicio. 10 Justificación En caso de aplicar el numeral Se deberá señalar porqué el servicio es estrictamente indispensable para el servidor público que solicita el servicio. Página 3 de 5 Clave:

13 APÉNDICE A Solicitud del Servicio de Estacionamiento INSTRUCTIVO DE LLENADO No. DATO ANOTAR Características del Vehículo Institucional 11 Ecco Número Económico que tiene asignado el vehículo Institucional. 12 Marca Marca del Vehículo Institucional. 13 Línea o Submarca Nombre de la Línea o Submarca del vehículo Institucional. 14 Modelo Modelo del vehículo Institucional. 15 No. de Placas Número de placas del vehículo Institucional. 16 Color Color del vehículo Institucional. Características del Vehículo Particular Primera Opción 17 Marca Marca del vehículo particular primera opción. 18 Línea o Submarca Nombre de la Línea o Submarca del vehículo particular primera opción. 19 Modelo Modelo del vehículo particular primera opción. 20 No. de Placas Número de placas del vehículo particular primera opción. Página 4 de 5 Clave:

14 APÉNDICE A Solicitud del Servicio de Estacionamiento INSTRUCTIVO DE LLENADO N o DATO ANOTAR 21 Color Color del vehículo particular primera opción. Características del Vehículo Particular Segunda Opción 22 Marca Marca del vehículo particular segunda opción. 23 Línea o Submarca Nombre de la Línea o Submarca del vehículo particular segunda opción. 24 Modelo Modelo del vehículo particular segunda opción. 25 N o de Placas Número de placas del vehículo particular segunda opción. 26 Color Color del vehículo particular segunda opción. 27 Nombre y Firma Nombre y Firma del usuario que solicita el servicio. 28 Nombre y Firma 29 Nota Nombre y Firma del Jefe del Departamento Administrativo o su equivalente. Fotocopia de los documentos que se deberán anexar a la Solicitud del Servicio de Estacionamiento. Página 5 de 5 Clave:

15 APÉNDICE B Cédula de Autorización de Usuarios del Servicio de Estacionamiento Contratados en el Nivel Central Página 1 de 3 Clave:

16 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN COORDINACIÓN DE CONSERVACIÓN Y SERVICIOS GENERALES DIVISIÓN DE SERVICIOS GENERALES CÉDULA DE AUTORIZACIÓN DE USUARIOS DEL SERVICIO DE ESTACIONAMIENTO CONTRATADOS EN EL NIVEL CENTRAL No. ESTACIONAMIENTO No. DE CAJÓN NOMBRE CATEGORÍA MATRÍCULA ADSCRIPCIÓN Con fundamento en el numeral 8.1 de la Norma que establece las Disposiciones para la Asignación y uso de Estacionamientos contratados por el Instituto Mexicano del Seguro Social vigente, se autoriza el servicio de estacionamiento para el Nivel Central. 8 9 TITULAR DE LA DIVISIÓN DE SERVICIOS GENERALES TITULAR DE LA COORDINACIÓN DE CONSERVACIÓN Y SERVICIOS GENERALES Página 2 de 3 Clave:

17 APÉNDICE B Cédula de Autorización de Usuarios del Servicio de Estacionamientos Contratados en el Nivel Central INSTRUCTIVO DE LLENADO No. DATO ANOTAR 1 N o Número consecutivo de la relación de usuarios. 2 Estacionamiento Ubicación del estacionamiento asignado a cada usuario del servicio de estacionamiento. 3 No. de Cajón Número de cajón asignado. 4 Nombre 5 Categoría 6 Matrícula 7 Adscripción 8 Titular de la DSG. 9 Titular de la CCSG Nombre del usuario del servicio de estacionamiento autorizado. Nivel o Categoría del usuario del servicio de estacionamiento autorizado. Número de matrícula del usuario del servicio de estacionamiento autorizado. Área de Adscripción del usuario del servicio de estacionamiento autorizado. Nombre y firma del Titular de la División de Servicios Generales. Nombre y firma del Titular de la Coordinador de Conservación y Servicios Generales. Página 3 de 3 Clave:

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