ANEXO 1: PROTOCOLO DE PREVENCIÓN DEL MALTRATO INFANTIL Y ABUSO SEXUAL.
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- Eva Lagos Mendoza
- hace 7 años
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1 ANEXO 1: PROTOCOLO DE PREVENCIÓN DEL MALTRATO INFANTIL Y ABUSO SEXUAL. PRESENTACIÓN El Colegio Mahatma Gandhi de la ciudad de Iquique tiene como misión velar por el crecimiento armónico de los niños y jóvenes bajo el lema de Aprender a vivir juntos refiriendo a la incesante búsqueda de un desarrollo intelectual propicio y el fortalecimiento de la buena convivencia humana y convivencia ecológica pacífica y responsable, esencialmente para la prevención y cuidado de la integridad humana física, psicológica, ecológica y espiritual. El Colegio, en su plan de acción anual se preocupa de incluir en su planificación los elementos primordiales para brindar a los niños y jóvenes un ambiente de asistencia colaborativa promoviendo un concepto de ciudadanía participativa, democrática y donde el ideal de la paz y la no violencia serán características de nuestros (as) ciudadanos (as) del futuro. Toda instancia propuesta en el plan de acción anual permite la búsqueda del desarrollo de los valores que propiciamos tales como la paz, la no violencia, la solidaridad, el respeto, la verdad, el bien común y el esfuerzo principalmente. Lamentablemente, durante los últimos años, hemos sido testigos del considerable aumento de abusos y maltratos a menores de edad, lo que ha llevado a considerar una absoluta necesidad de protección de éstos, especialmente en los colegios, donde se hace necesario coordinar acciones a seguir en caso de detección de abusos sexuales y otros maltratos graves para prevenir mayores consecuencias. El presente protocolo tiene por objetivo, orientar en los procedimientos, a todos quienes trabajan, en el Colegio Mahatma Gandhi de Iquique y establecer líneas de acción que garanticen el bienestar y cuidado de nuestros niños, adolescentes y jóvenes, en caso de enfrentar cualquier tipo de maltrato ya sea físico, psicológico o de carácter sexual. I. OBJETIVOS a. Saber detectar y proceder en caso de maltrato infantil o abuso sexual. b. Realizar prevención del abuso sexual infantil en el ámbito escolar y coordinar metodologías de intervención. c. Orientar a la Comunidad Educativa respecto del proceder ante maltrato infantil o abuso sexual que puedan ser detectados en alumnos del establecimiento. d. Brindar apoyo psicológico a los menores que puedan ser víctimas de maltrato o abuso sexual, apoyando a la familia. II. TERMINOLOGÍA Qué se entiende por maltrato infantil? El maltrato infantil se define como los abusos y la desatención de que son objeto los menores de 18 años, e incluye todos los tipos de maltrato físico o psicológico, abuso sexual, desatención, negligencia y explotación comercial o de otro tipo que causen o puedan causar un daño a la salud, desarrollo o dignidad del niño, o poner en peligro su supervivencia, en el contexto de una relación de responsabilidad, confianza o poder.
2 En Chile, el maltrato infantil es una realidad más común de lo que pensamos. Las prácticas violentas tienen serias consecuencias en el desarrollo físico y psicosocial del niño. Es probable, además, que no todos los niños maltratados reaccionen de la misma manera, por eso hay que estar atento a los distintos síntoma. Los niños víctimas de maltratos son niños predispuestos a desconfiar de otros adultos y a limitar sus posibilidades de exploración del mundo externo. Muestran mayor agresividad en las relaciones con sus padres y tienden a vivir como amenazantes las situaciones de acercamiento, lo que los hace estar a la defensiva permanentemente. En cambio, otros niños pueden reaccionar al maltrato volviéndose muy retraídos, aislándose de la gente. Qué se entiende por abuso sexual? Es toda acción de tipo sexual impuesta a un niño por un adulto o por una persona mayor que él. Algunas de sus formas son: manipulación del menor con fines pornográficos, someterlo a que observe actitudes sexuales, hablar sobre temas obscenos, mostrar o tocar genitales y penetración sexual (violación o incesto). El abuso sexual no necesariamente es una violación. III. SÍNTOMAS A CONSIDERAR En caso de: Niños Maltratados. Demuestra cambios repentinos en su comportamiento. Comienza a tener problemas en el aprendizaje sin una causa específica. Se vuelve retraído, pasivo o sumiso. No muestra interés por regresar a la casa. Llora o protesta. Se muestra asustado, alerta como si algo malo le fuera a ocurrir. Tiene lesiones físicas, quemaduras, mordidas, ojos amoratados o huesos dislocados. Se muestra aterrorizado ante sus padres. Dice que ha sido lastimado por uno de los padres o quien está a su cargo. Niños Abusados. Muestra dificultad para caminar o para sentarse. Se niega a participar en actividades deportivas o cambiarse de ropa en el gimnasio. Dice que tiene pesadillas y que se orina en la cama. Cambia el apetito. No come bien. Demuestra conocimiento sobre la sexualidad que son inusuales a su edad. Dice que fue abusado por uno de sus padres o persona a su cuidado. Rechazo al contacto afectivo. Aversión a una persona o lugar Se vuelven introvertidos. En los jóvenes aparecen ideas de suicidio. Hipervigilancia, la persona está siempre alerta, no puede dormir o relajarse. Intromisión de imágenes del abuso en estado de vigilia. Dificultad para confiar en otros Comportamientos auto agresivos; hay mutilación con cortaduras, quemaduras o golpes y realiza intentos de suicidio. Desvalorización personal, pobre autoestima.
3 Ausentismo escolar, alcoholismo o consumo de drogas. IV. PROCEDIMIENTOS PREVENTIVOS. a) Asistencia La asistencia implica estar constantemente presentes en medio de los jóvenes. La presencia constante del educador en medio de los jóvenes constituye un elemento de cercanía y de estímulo para su crecimiento y hace posible prevenir y evitar situaciones de abusos. Por lo tanto, debe ser una presencia activa y responsable. b) Elementos que deben tenerse en cuenta en el trato con menores, en un ambiente educativo: Todos los menores merecen ser tratados con igual respeto: hay que evitar todo favoritismo. El educador debe saber ubicarse en lugares estratégicos que le permitan tener una visión amplia de lo que sucede. Los castigos físicos son inadmisibles en toda circunstancia. El Bullying verbal, psicológico o físico debe ser totalmente excluido. Para el logro de los objetivos educativos es siempre mejor incentivar que amenazar o descalificar. El Educador no debe dirigirse a los alumnos con sobrenombres que humillan o ridiculizan. Hay que apelar siempre a motivos razonables; explicar el porqué de las normas o de las exigencias; cuidar que las órdenes puedan realmente ser cumplidas. Hay que tratar los temas de sexualidad con naturalidad y respeto, evitando todo lo que pueda ser grosero. Las actividades con menores tienen que desarrollarse siempre en lugares públicos y visibles. Incluso las conversaciones privadas tienen que hacerse en lugares públicos. En situaciones de coloquios individuales o de acompañamiento personal, hay que asegurarse que las oficinas tengan puertas o ventanas de vidrio que permitan plena vista desde el exterior. Ningún miembro del personal de nuestra comunidad educativa, y por ningún motivo, debe proporcionar cigarrillo, alcohol o drogas a menores. Ningún miembro del personal, encargado de la asistencia o de otro trabajo con menores, puede permitirse el uso de alcohol, cigarrillo o drogas mientras ejerce su trabajo. c) Muestras de afecto. Pilares del Sistema Preventivo son la amabilidad y el afecto con los que el Educador trata a los menores. Las muestras de afecto son un gran estímulo para los menores, en la medida que respeten la dignidad personal y no sean ambiguas. Algunas formas inapropiadas de expresar la cercanía y el afecto, que el Educador debe evitar: Cualquier expresión de afecto que el menor no acepta y rechaza. Abrazos demasiado apretados. Dar palmadas en los glúteos, tocar el área de los genitales.
4 Dar masajes. Luchar o realizar juegos que implican tocarse de manera inapropiada. Particular prudencia hay que tener en las muestras de afecto realizadas en lugares no públicos. Besar a los alumnos. d) Cuidados necesarios para educar con libertad y resguardo. Conductas que pueden ser mal interpretadas y que por lo tanto hay que evitar: Estar a solas con menores en lugares aislados o en ambientes donde no haya visión desde el exterior. Regalar dinero u otros objetos de valor a algún menor en particular, a menos que se haga con el conocimiento y consentimiento de sus padres. Mantener con algún menor un contacto demasiado frecuente por teléfono o por e mail. Establecer con algún menor, relaciones posesivas o de tipo secreto. Mantener con algún menor una relación emocional afectiva propia de adultos. Transportar en vehículo a un menor, sin la presencia de otro adulto, o al menos de otros jóvenes. Violar la privacidad, mirando o sacando fotos mientras los menores están desnudos o se duchan. Usar lenguaje inapropiado y soez. Desarrollar actividades con los menores no acordes a su edad. También el material mediático (internet, videos, etc.) que se usa con ellos debe ser conforme a su edad. Cualquier material sexualmente explícito o pornográfico es absolutamente inadmisible. e) Responsabilidad compartida. La protección de los menores es parte fundamental de la tarea formadora de la Comunidad Educativa del Colegio Mahatma Gandhi, por lo tanto todo el personal de nuestras obras, en cuanto adultos y/o profesionales o voluntarios, deben asumir esta responsabilidad. Tutelar y promover el bienestar de los menores, en particular protegerlos de todo daño será fruto de la coordinación de todos los estamentos y de los profesionales que intervienen en la acción educativa, según sus diversos roles y competencias. De aquí la necesidad de colaboración, comunicación y ayuda mutua en esta delicada tarea. f) Normas de Prudencia Se deben tener presente algunas normas de prudencia: En actividades extraordinarias consideradas en el currículum, como salidas a terreno, jornadas de paseo, campamentos, gira de estudios, etc. el grupo de alumnos deberá ser acompañado, a lo menos, por dos adultos en forma permanente. Los lugares de atención de alumnos deberán siempre permitir que desde fuera se vea lo que sucede en el exterior del lugar.
5 El uso de los baños y camarines de alumnos estará prohibido para personas externas del Colegio y tampoco podrán ser utilizados por adultos, en los días en que se desempeñan actividades propias o extraordinarias del Establecimiento. Los Educadores deben evitar ingresar a los camarines de los alumnos, cuando éstos se están duchando. La asistencia se hará desde un lugar que evite el contacto visual con niños o jóvenes. La persona que tenga conocimiento de la ocurrencia de algún hecho que sea contrario a las presentes normas de prudencia, deberá informarlo, inmediatamente, al Superior del Establecimiento. En el evento que el implicado sea el Superior del Establecimiento, el hecho deberá ser informado a les respectivas autoridades a cargo y bajo el respectivo marco de legalidad. g) Relación con los Medios de Comunicación Respecto a la relación con los medios de comunicación, el procedimiento a seguir es el siguiente: En todos los casos será conveniente designar a un vocero único que se haga cargo de informar a los diversos estamentos de la Comunidad Educativa, que normalmente será el Director. Tratándose de hechos que involucran a menores, se debe mantener reserva sobre los mismos y sobre la identidad de todos los involucrados ya que es importante proteger la intimidad de las personas. En lo que dice relación con los medios de comunicación, se debe formar una carpeta en la que se archiven todos los antecedentes referentes a los hechos, tales como evidencia de la denuncia, documentos entregados a la Fiscalía y a otros estamentos, comunicaciones, entrevistas, dossier de publicaciones aparecidas en la prensa, radiales y televisivas, e mail, etc. En cualquier declaración pública que se haga, siempre se debe manifestar la disposición a colaborar con las autoridades competentes para el esclarecimiento de los hechos. V. PROCEDIMIENTO EN CASO DE MALTRATO Y VIOLENCIA INTRAFAMILIAR El procedimiento por actos de violencia intrafamiliar se iniciará por la denuncia del Docente o Asistente de la Educación, ante Orientador o Encargado de Convivencia, quién informará al Director del Establecimiento quien formalizará la denuncia ante los Tribunales de Familia (ley ). VI. PROCEDIMIENTO EN CASO DE ABUSO A MENORES Según lo indicado en la ley, Art.175 del Código Procesal Penal, están obligados a denunciar: los Directivos, Inspectores y Profesores de establecimientos educacionales de todo nivel, los delitos que afectaren a los alumnos o que hubieren tenido lugar en el Establecimiento DENTRO DE LAS 24 HORAS SIGUIENTE al momento en que tomaren conocimiento del hecho criminal. En casos extremos, puede ocurrir que por callar, ignorar o desentenderse ante hechos que pudieren constituir un delito, nos podamos
6 convertir en encubridores. La ley considera a los docentes como encargados de la educación y el bienestar de los alumnos cuando estos se encuentran en las aulas, y por lo tanto, son merecedores de la confianza de los menores y de sus padres. Estos son los teléfonos directos donde se puede denunciar ante sospecha o evidencias que un niño o adolescente está siendo abusado sexualmente. Pero además, se puede llamar a las Comisarías de la comuna, a la Policía de Investigaciones, al Servicio Médico Legal o a la Fiscalía. 149 Fono Familia de Carabineros de Chile. 147 Fono Niños de Carabineros de Chile Servicio Nacional de Menores Programa de Violencia Intrafamiliar y de Maltrato Infantil Centro de Victimas de la Corporación de Asistencia Judicial. PROCEDIMIENTOS Al tomarse conocimiento por cualquier medio de un hecho que pudiere tener el carácter de un ilícito (delito de lesiones, violencia intrafamiliar, abuso sexual, acoso u otro), se deben registrar los antecedentes. La persona que tomó conocimiento, sin perjuicio de tratar de verificar la verosimilitud de los hechos, debe ponerlos de inmediato en conocimiento de la Dirección del Establecimiento. El Director deberá efectuar, en forma inmediata, las indagaciones necesarias para determinar la verosimilitud de los hechos, manteniendo, en la medida de lo posible, reserva del nombre del supuesto autor de los abusos. Asimismo, en todo momento se debe mantener especial reserva y cuidado en revelar la identidad de las posibles víctimas. Efectuadas las indagaciones del caso, el Director del Establecimiento, sin mayor demora, deberá comunicarse con los padres, apoderados o las personas que tengan el cuidado del menor, a fin de informarle de la situación e indicarles que, en conformidad a la ley, procederá a denunciar los hechos ante el Ministerio Público, Carabineros de Chile o Policía de Investigaciones (se aconseja hacerla ante el primero). La omisión de esta obligación está sancionada en la legislación penal. La denuncia se debe efectuar dentro de las 24 horas siguientes al hecho. Para el evento que el implicado en los hechos o conductas que puedan tener el carácter de ilícitos sea el Superior del Establecimiento, el Orientador deberá informar a la brevedad a Dirección, quién se encargará de realizar el registro por escrito. En circunstancias que los padres, apoderados o las personas que tengan el cuidado del menor o adolescente hayan presentado una denuncia o querella, por los supuestos abusos, en ningún caso libera a los Directivos, Inspectores o Profesores de su obligación legal de denunciar los mismos hechos, al Ministerio Público, Carabineros de Chile o policía de Investigaciones, en el plazo ya señalado. En caso de existir lesiones o de haberse tratado de una violación ocurrida dentro de las últimas 24 horas, el Inspector general o quién el delegue acudirá con el estudiante al
7 servicio de salud correspondiente. Al mismo tiempo, la Dirección realizará la denuncia ante las autoridades competentes. Si se tienen indicios que los hechos denunciados son verosímiles, la Dirección del Colegio, ofrecerá a las víctimas todo su apoyo, en primer lugar la asistencia psicológica, física y espiritual. Conjuntamente con lo anterior, el Director informará a la familia de la persona (s) afectada y/o denunciada (s), y de las medidas cautelares que se adoptarán para evitar que los hechos en cuestión se repitan. Durante el procedimiento, la Dirección del Colegio comunicará el hecho a la familia o parientes del alumno que le merezcan total confianza. Asimismo, tomará las medidas necesarias para proteger la integridad física, psicológica y espiritual del alumno afectado y realizará la derivación a los profesionales especializados que corresponda. Si la denuncia indica preliminarmente la eventual responsabilidad de un funcionario del Establecimiento, la Dirección tomará medidas de suspensión de sus funciones mientras dure la investigación realizada por las instituciones del Ministerio. La Dirección del Colegio mantendrá informada a la Comunidad Escolar de aquellos acontecimientos que impliquen denuncias de vulneración de derechos de nuestros alumnos; siempre y cuando ello no implique un obstáculo en la investigación que las instituciones pertinentes estén realizando para determinar los hechos y sus eventuales responsables; esto a través de los medios y canales comunicacionales oficiales con los que cuenta el Establecimiento. VII. SOCIALIZACIÓN DE LA NORMATIVA Una vez promulgada la normativa del presente Protocolo, la Dirección del Establecimiento, a través del Departamento de Orientación: Cuidará que el texto del Protocolo esté a disposición de todos los miembros de la Comunidad Educativa que deseen consultarlo. Realizará, a partir de la normativa expuesta en el Protocolo, un Taller de formación para la prevención de Abusos, al que deberán tomar parte en forma obligatoria todos los estamentos de la Comunidad Educativa que tienen acceso a menores. Procurará repetir dicho Taller cada año, al menos para el personal nuevo. Dará la máxima difusión al contenido del Protocolo, especialmente entre los Padres y/o Apoderados. Buscará la manera pedagógica para dar a conocer el Protocolo a los estudiantes. VIII. PUESTA AL DÍA DEL PROTOCOLO El presente protocolo será revisado periódicamente, para mantenerlo al día y para enriquecerlo y completarlo con los aportes que la experiencia, la vida diaria y la legislación del País vayan aconsejando.
8 FORMATO PARA DENUNCIAS RECIBIDAS Nombre persona que denuncia: Datos de la víctima: Nombre: Edad: Dirección exacta: Teléfono (s): Cuál es su relación con la víctima? Cómo se enteró de los hechos? Tipo de abuso. Nombre del posible abusador. Lugar del abuso: Testigos: Medidas Tomadas: Observaciones:
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