Instrucciones de embalaje

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1 A4-22 Adjunto 4 Acero Acero Acero Aluminio Aluminio Aluminio Cartón Cartón Madera contrachapada Madera contrachapada Madera natural Otro metal Madera reconstituida Instrucciones de embalaje Aeronaves de pasajeros Los embalajes de metal deben ser resistentes a la corrosión o estar protegidos contra la corrosión en el caso de las sustancias con riesgo secundario de la Clase 8. Instrucción de embalaje Grupo de embalaje 350 I 351 I 352 II 353 II 354 III 355 III COMBINADOS (véase 6;3.2) cantidad (por recipiente) 0,5 L Prohibido 0,5 L 0,5 L Prohibido 1,0 L 1,0 L 1,0 L 1,0 L 1,0 L 5,0 L 5,0 L 2,5 L 5,0 L 5,0 L 2,5 L 10,0 L 10,0 L bulto 0,5 L No 1 L No 1 L No 5 L No 5 L 5 L 60 L 60 L

2 Instrucciones de embalaje Nuevo formato (aplicables a partir del 1 de enero de 2011) A4-23 CONDICIONES DE EMBALAJE ADICIONALES PARA COMBINADOS Grupo de embalaje I Los embalajes interiores deben embalarse con material absorbente y colocarse en un recipiente estanco rígido antes de embalarlos en los embalajes exteriores. Grupo de embalaje III Los embalajes deben satisfacer los requisitos de idoneidad del Grupo de embalaje II si la sustancia presenta un riesgo secundario de la Clase 8. Acero (4A) Acero (1A2) Acero (3A2) Aluminio (4B) Aluminio (1B2) Aluminio (3B2) Cartón (4G) Cartón (1G) (3H2) Madera contrachapada (4D) Madera contrachapada (1D) Madera natural (4C1, 4C2) Otro metal (1N2) (1H2) (4H1, 4H2) CONDICIONES DE ADICIONALES PARA Grupo de embalaje III Los embalajes deben satisfacer los requisitos de idoneidad del Grupo de embalaje II si la sustancia presenta un riesgo secundario de la Clase 8. PARA EL GRUPO DE EMBALAJE III (354 O 355) Compuestos Cilindros Bidones Jerricanes Todos (véase 6;3.1.18) Véase 4;2.7 Acero (1A1, 1A2) Acero (3A1, 3A2) Aluminio (1B1, 1B2) Aluminio (3B1, 3B2) Otro metal (1N1, 1N2) (3H1, 3H2) (1H1, 1H2) Instrucciones de embalaje Aeronaves exclusivamente de carga Los embalajes de metal deben ser resistentes a la corrosión o estar protegidos contra la corrosión en el caso de las sustancias con riesgo secundario de la Clase 8.

3 A4-24 Adjunto 4 Instrucción de embalaje Grupo de embalaje 360 I 361 I 362 II 363 II 364 II 365 III 366 III COMBINADOS (véase 6;3.2) cantidad (por recipiente) 1,0 L Prohibido 2,5 L 1,0 L Prohibido 5,0 L 1,0 L 1,0 L 1,0 L 2,5 L 2,5 L 5,0 L 2,5 L 5,0 L 10,0 L 5,0 L 10,0 L 25,0 L 5,0 L 10,0 L 25,0 L bulto 2,5 L 2,5 L 30 L 30 L 5 L 5 L 5 L 5 L 60 L 60 L 60 L 60 L 220 L 220 L CONDICIONES DE EMBALAJE ADICIONALES PARA COMBINADOS Grupo de embalaje I Los embalajes interiores deben embalarse con material absorbente y colocarse en un recipiente estanco rígido antes de embalarlos en los embalajes exteriores. Grupo de embalaje III Los embalajes deben satisfacer los requisitos de idoneidad del Grupo de embalaje II si la sustancia presenta un riesgo secundario de la Clase 8. Acero (4A) Acero (1A2) Acero (3A2) Aluminio (4B) Aluminio (1B2) Aluminio (3B2) Cartón (4G) Cartón (1G) Otro metal (3N2) Madera contrachapada (4D) Madera contrachapada (1D) (3H2) Madera natural (4C1, 4C2) Otro metal (1N2) (1H2) (4H1, 4H2) CONDICIONES DE EMBALAJE ADICIONALES PARA Grupo de embalaje III Los embalajes deben satisfacer los requisitos de idoneidad del Grupo de embalaje II si la sustancia presenta un riesgo secundario de la Clase 8.

4 Instrucciones de embalaje Nuevo formato (aplicables a partir del 1 de enero de 2011) A4-25 PARA EL GRUPO DE EMBALAJE I Compuestos Cilindros Bidones Jerricanes Todos (véase 6;3.1.18) Véase 4;2.7 Acero (1A1) Acero (3A1) Aluminio (1B1) Aluminio (3B1) Otro metal (1N1) PARA EL GRUPO DE EMBALAJE II Compuestos Cilindros Bidones Jerricanes Todos (véase 6;3.1.18) Véase 4;2.7 Acero (1A1) Acero (3A1) Aluminio (1B1) Aluminio (3B1) (1H1) (3H1) Otro metal (1N1) PARA EL GRUPO DE EMBALAJE III ÚNICAMENTE Compuestos Cilindros Bidones Jerricanes Todos (véase 6;3.1.18) Véase 4;2.7 Acero (1A1, 1A2) Acero (3A1, 3A2) Aluminio (1B1, 1B2) Aluminio (3B1, 3B2) Otro metal (1N1, 1N2) (3H1, 3H2) (1H1, 1H2) Instrucción de embalaje 370 Aeronaves de pasajeros y de carga para ONU 3269 (Grupo de embalaje II o III) únicamente Condiciones de embalaje Activador (Peróxido orgánico) Materia básica Clase 3 Grupo de embalaje II o III *Incluyendo tubos COMBINADOS Embalaje interior (véase 6;3.2) cantidad (por recipiente) para activador líquido cantidad (por recipiente) para activador sólido * 125 ml 500 g * 125 ml 500 g 1,0 L 1,0 L 5,0 L 5,0 L 5,0 L 5,0 L bulto 5 kg No CONDICIONES DE EMBALAJE ADICIONALES PARA COMBINADOS Los componentes pueden embalarse en el mismo embalaje exterior siempre que no reaccionen peligrosamente entre sí en caso de fuga (véase 4;1.1.7).

5 A4-26 Adjunto 4 Acero (4A) Acero (1A2) Acero (3A2) Aluminio (4B) Aluminio (1B2) Aluminio (3B2) Cartón (4G) Cartón (1G) (3H2) Madera contrachapada (4D) Otro metal (1N2) Madera natural (4C1, 4C2) (1H2) (4H1, 4H2) Instrucción de embalaje Y370 es limitadas Aeronaves de pasajeros y de carga para ONU 3269 (Grupo de embalaje II o III) únicamente Deben satisfacerse las condiciones de la Parte 4, Capítulo 1 (a excepción de 4;1.1.2, c), e) y que no se aplican), incluyendo: Los embalajes de metal deben ser resistentes a la corrosión o estar protegidos contra la corrosión en el caso de las sustancias con riesgo secundario de la Clase 8. 3) Condiciones relativas a cantidades limitadas Deben satisfacerse las condiciones de la Parte 3, Capítulo 4, incluyendo: la capacidad del bulto de superar un ensayo de caída de 1,2 m; un ensayo de apilamiento de 24 horas; y la capacidad de los embalajes interiores para líquidos de superar un ensayo de presión diferencial (4;1.1.6). Condiciones de embalaje Activador (Peróxido orgánico) Material básica Clase 3 Grupo de embalaje II o III *Incluyendo tubos Embalaje interior (véase 6;3.2) COMBINADOS cantidad (por recipiente) para activador líquido cantidad (por recipiente) para activador sólido * 30 ml 100 g * 30 ml 100 g 1,0 L 1,0 L 1,0 L 1,0 L 1,0 L 1,0 L bulto Masa bruta total por bulto 1 kg 30 kg No CONDICIONES DE EMBALAJE ADICIONALES PARA COMBINADOS Los componentes pueden embalarse en el mismo embalaje exterior siempre que no reaccionen peligrosamente entre sí en caso de fuga (véase 4;1.1.7).

6 Instrucciones de embalaje Nuevo formato (aplicables a partir del 1 de enero de 2011) A4-27 Acero Acero Acero Aluminio Aluminio Aluminio Cartón Cartón Madera contrachapada Otro metal Madera natural Madera reconstituida Instrucción de embalaje 371 Aeronaves de pasajeros y de carga para ONU 1204 y ONU 3064 únicamente Número ONU y denominación del artículo expedido ONU 1204 Nitroglicerina en solución alcohólica, con un máximo del 1% de nitroglicerina (Grupo de embalaje II) ONU 3064 Nitroglicerina en solución alcohólica, con más del 1% pero no más del 5% de nitroglicerina (Grupo de embalaje II) COMBINADOS Embalaje interior (véase 6;3.2) Embalaje interior cantidad (por recipiente) 1,0 L 1,0 L 1,0 L total por bulto pasajeros total por bulto carga 5 L 60 L No 1,0 L Prohibido 5 L No CONDICIONES DE EMBALAJE ADICIONALES PARA COMBINADOS Para ONU 1204 y ONU 3064 Los embalajes interiores deben envolverse completamente en material amortiguador absorbente en cantidad suficiente para absorber el contenido total de líquido. Para ONU 3064 Deben utilizarse cajas de madera (4C1, 4C2, 4D o 4F) como embalajes exteriores y las mismas deben ir completamente forradas con un material adecuado, impermeable al agua, alcohol y a la nitroglicerina.

7 A4-28 Adjunto 4 Acero (4A) Acero (1A2) Acero (3A2) Aluminio (4B) Aluminio (1B2) Aluminio (3B2) Cartón (4G) Cartón (1G) (3H2) Madera contrachapada (4D) Otro metal (1N2) Madera natural (4C1, 4C2) (1H2) (4H1, 4H2) Instrucción de embalaje 372 Aeronaves exclusivamente de carga para ONU 3165 únicamente CONDICIONES DE EMBALAJE ADICIONALES Los Depósitos de carburante para sistemas motores hidráulicos de aeronaves (ONU 3165) (con mezclas de hidrazina anhidra e hidrazina de metilo) (carburante M86) ) diseñados para ser instalados como unidades completas en las aeronaves, se aceptan a condición de que satisfagan una de las dos condiciones siguientes: a) el depósito debe estar constituido por un recipiente a presión de aluminio formado por un tubo con fondos soldados. Dentro de este recipiente, el combustible debe estar contenido en una ampolla de aluminio soldada cuyo volumen interno no exceda de 46 L. El recipiente exterior debe tener una presión manométrica mínima de diseño de kpa y una presión manométrica mínima de rotura de kpa. Cada recipiente debe inspeccionarse para verificar su estanquidad durante la fabricación y antes de la expedición con objeto de comprobar que está exento de fugas. El depósito interior completo debe embalarse cuidadosamente en un embalaje exterior resistente de metal herméticamente cerrado, acolchado con material incombustible tal como vermiculita, de modo que queden eficazmente protegidos todos los acoplamientos. La cantidad máxima de combustible por depósito y bulto es de 42 L; o b) el depósito debe estar constituido por un recipiente a presión de aluminio. El combustible debe estar contenido en un compartimiento interior herméticamente cerrado por soldadura, que lleve una ampolla de elastómetro y cuyo volumen interno no exceda de 46 L. El recipiente a presión debe tener una presión mínima de diseño de kpa y una presión manométrica mínima de rotura de kpa. Cada recipiente debe inspeccionarse para verificar su estanquidad durante la fabricación y antes de la expedición con objeto de comprobar que está exento de fugas. El depósito completo debe embalarse cuidadosamente en un embalaje exterior resistente de metal herméticamente cerrado, acolchado con material incombustible tal como vermiculita, de modo que queden eficazmente protegidos todos los acoplamientos. La cantidad máxima de combustible por depósito y bulto es de 42 L. Nota. Esta instrucción de embalaje corresponde a la Instrucción de embalaje P301 de la ONU.

8 Instrucciones de embalaje Nuevo formato (aplicables a partir del 1 de enero de 2011) A4-29 Instrucción de embalaje 373 Aeronaves de pasajeros y de carga para ONU 1228 (Grupo de embalaje II y III) únicamente Número ONU y denominación del artículo expedido ONU 1228 Mercaptanos líquidos, inflamables, tóxicos, n.e.p.* ONU 1228 Mercaptanos líquidos, inflamables, tóxicos, n.e.p.* Grupo de embalaje II III COMBINADOS Embalaje interior (véase 6;3.2) Embalaje interior cantidad (por recipiente) pasajeros Prohibido Embalaje interior cantidad (por recipiente) carga 5,0 L 5,0 L 5,0 L 1,0 L 5,0 L 1,0 L 5,0 L 1,0 L 5,0 L bulto pasajeros bulto carga Pasajeros Carga Prohibido 60 L No 60 L 5 L 220 L No 220 L CONDICIONES DE EMBALAJE ADICIONALES PARA COMBINADOS Los embalajes interiores de vidrio deben embalarse con material absorbente y colocarse en un recipiente estanco rígido antes de embalarlos en los embalajes exteriors. EXTERIORES DE COMBINADOS Acero (4A) Acero (1A2) Acero (3A2) Aluminio (4B) Aluminio (1B2) Aluminio (3B2) Cartón (4G) Cartón (1G) (3H2) Madera contrachapada (4D) Otro metal (1N2) Madera natural (4C1, 4C2) (1H2) (4H1, 4H2) PARA AERONAVES EXCLUSIVAMENTE DE CARGA Compuestos Cilindros Bidones Jerricanes Todos (véase 6;3.1.18) Véase 4;2.7 Acero (1A1, 1A2) Acero (3A1, 3A2)) Aluminio (1B1, 1B2) Aluminio (3B1, 3B2 Otro metal (1N1, 1N2) (3H1, 3H2) (1H1, 1H2)

9 A4-30 Adjunto 4 Instrucción de embalaje Y373 es limitadas Aeronaves de pasajeros y de carga para ONU 1228 (Grupo de embalaje III) únicamente Deben satisfacerse las condiciones de la Parte 4, Capítulo 1 (a excepción de 4;1.1.2, c), e) y que no se aplican), incluyendo: 3) Condiciones relativas a cantidades limitadas Deben satisfacerse las condiciones de la Parte 3, Capítulo 4, incluyendo: la capacidad del bulto de superar un ensayo de caída de 1,2 m; un ensayo de apilamiento de 24 horas; y la capacidad de los embalajes interiores para líquidos de superar un ensayo de presión diferencial (4;1.1.6). Número ONU y denominación del artículo expedido ONU 1228 Mercaptanos líquidos, inflamables, tóxicos, n.e.p.* (Grupo de embalaje III) Grupo de embalaje III COMBINADOS Embalaje interior (véase 6;3.2) Embalaje interior cantidad (por recipiente) 0,5 L 0,5 L 0,5 L bulto Masa bruta total por bulto 1 L 30 kg No Acero Acero Acero Aluminio Aluminio Aluminio Cartón Cartón Madera contrachapada Otro metal Madera natural Madera reconstituida

10 Instrucciones de embalaje Nuevo formato (aplicables a partir del 1 de enero de 2011) A4-31 Instrucción de embalaje 374 Aeronaves de pasajeros y de carga para ONU 3473 únicamente Deben satisfacerse las condiciones de la Parte 4;1.1.1, y 1.1.7, incluyendo: Número ONU y denominación del artículo expedido ONU 3473 Cartuchos para pilas de combustible pasajeros 5 kg de cartuchos para pilas de combustible carga 50 kg de cartuchos para pilas de combustible CONDICIONES DE EMBALAJE ADICIONALES Los cartuchos para pilas de combustible deben ir firmemente acolchados con relleno en los embalajes exteriores. Los embalajes deben satisfacer los requisitos de idoneidad del Grupo de embalaje II. EXTERIORES Acero (4A) Acero (1A2) Acero (3A2) Aluminio (4B) Aluminio (1B2) Aluminio (3B2) Cartón (4G) Cartón (1G) (3H2) Madera contrachapada (4D) Madera contrachapada (1D) Madera natural (4C1, 4C2) (1H2) (4H1, 4H2) Instrucción de embalaje 375 Aeronaves de pasajeros y de carga para ONU 3473 (instalados en un equipo) únicamente Deben satisfacerse las condiciones de la Parte 4;1.1.1 y 1.1.7, incluyendo: Número ONU y denominación del artículo expedido ONU 3473 Cartuchos para pilas de combustible instalados en un equipo pasajeros 5 kg de cartuchos para pilas de combustible carga 50 kg de cartuchos para pilas de combustible CONDICIONES DE EMBALAJE ADICIONALES Los cartuchos para pilas de combustible que van instalados en un equipo deben estar protegidos contra cortocircuitos y el equipo debe estar protegido contra la puesta en marcha accidental. El equipo debe ir debidamente acolchado con relleno en los embalajes exteriores. Los sistemas de pilas de combustible no deben cargar baterías durante el transporte.

11 A4-32 Adjunto 4 En las aeronaves de pasajeros, cada sistema de pilas de combustible y cada cartucho para pilas de combustible debe ajustarse a la norma PAS de la CEI Ed. 1 o a una norma aprobada por la autoridad que corresponda del Estado de origen. EXTERIORES Embalajes exteriores resistentes Instrucción de embalaje 376 Aeronaves de pasajeros y de carga para ONU 3473 (embalados con un equipo) únicamente Deben satisfacerse las condiciones de la Parte 4;1.1.1 y 1.1.7, incluyendo: Número ONU y denominación del artículo expedido ONU 3473 Cartuchos para pilas de combustible embalados con un equipo pasajeros 5 kg de cartuchos para pilas de combustible carga 50 kg de cartuchos para pilas de combustible CONDICIONES DE EMBALAJE ADICIONALES Cuando los cartuchos para pilas de combustible van embalados con un equipo, deben embalarse en embalajes intermedios conjuntamente con el equipo al que pueden activar. El número máximo de cartuchos para pilas de combustible en el embalaje intermedio debe ser el número mínimo que se requiere para que el equipo funcione, más dos de repuesto. Los cartuchos para pilas de combustible y el equipo deben embalarse con material de relleno o separadores o embalajes interiores para que los cartuchos queden protegidos contra los daños que pueda causar el movimiento o el emplazamiento del equipo y los cartuchos contenidos en el embalaje. EXTERIORES Embalajes exteriores resistentes

12 Instrucciones de embalaje Nuevo formato (aplicables a partir del 1 de enero de 2011) A4-33 CLASE 4 SÓLIDOS INFLAMABLES; SUSTANCIAS QUE PRESENTAN RIESGO DE COMBUSTIÓN ESPONTÁNEA; SUSTANCIAS QUE EN CONTACTO CON EL AGUA EMITEN GASES INFLAMABLES Instrucciones de embalaje Y440 Y443 es limitadas Aeronaves de pasajeros y de carga Deben satisfacerse las condiciones de la Parte 4, Capítulo 1 (a excepción de 4;1.1.2, c), e) y que no se aplican), incluyendo: Los embalajes de metal deben ser resistentes a la corrosión o estar protegidos contra la corrosión en el caso de las sustancias con riesgo secundario de la Clase 8. 3) Condiciones relativas a cantidades limitadas Deben satisfacerse las condiciones de la Parte 3, Capítulo 4, incluyendo: la capacidad del bulto de superar un ensayo de caída de 1,2 m; y un ensayo de apilamiento de 24 horas. COMBINADOS Instrucción de embalaje Y440 Y441 Y442 Y443 Grupo de embalaje II II III III (véase 6;3.2) cantidad (por recipiente) 0,5 kg 0,5 kg 0,5 kg 0,5 kg 0,5 kg 0,5 kg 0,5 kg 0,5 kg bulto Masa bruta total por bulto 1 kg No 5 kg No 5 kg No 10 kg 30 kg No

13 A4-34 Adjunto 4 Acero Acero Acero Aluminio Aluminio Aluminio Cartón Cartón Madera contrachapada Madera contrachapada Madera natural Otro metal Madera reconstituida Instrucciones de embalaje Aeronaves de pasajeros Los embalajes de metal deben ser resistentes a la corrosión o estar protegidos contra la corrosión en el caso de las sustancias con riesgo secundario de la Clase 8. Instrucción de embalaje Grupo de embalaje I 445 II 446 III COMBINADOS (véase 6;3.2) cantidad (por recipiente) grupo Prohibido (permitido para explosivos humidificados únicamente, véase la Instrucción de embalaje 451) 5,0 kg 10,0 kg 10,0 kg 5,0 kg 15 kg No 25 kg No CONDICIONES DE EMBALAJE ADICIONALES PARA COMBINADOS Grupo de embalaje III Los embalajes deben satisfacer los requisitos de idoneidad del Grupo de embalaje II.

14 Instrucciones de embalaje Nuevo formato (aplicables a partir del 1 de enero de 2011) A4-35 Acero (4A) Acero (1A2) Acero (3A2) Aluminio (4B) Aluminio (1B2) Aluminio (3B2) Cartón (4G) Cartón (1G) (3H2) Madera contrachapada (4D) Madera contrachapada (1D) Madera natural (4C1, 4C2) Otro metal (1N2) (1H2) (4H1, 4H2) Instrucciones de embalaje Aeronaves exclusivamente de carga Los embalajes de metal deben ser resistentes a la corrosión o estar protegidos contra la corrosión en el caso de las sustancias con riesgo secundario de la Clase 8. Instrucción de embalaje Grupo de embalaje I 448 II 449 III COMBINADOS (véase 6;3.2) cantidad (por recipiente) grupo Prohibido (permitido para explosivos humidificados únicamente, véase la Instrucción de embalaje 451) 5,0 kg 5,0 kg 5,0 kg 10,0 kg 10,0 kg 5,0 kg 50 kg 50 kg 100 kg 100 kg CONDICIONES DE EMBALAJE ADICIONALES PARA COMBINADOS Grupo de embalaje III Los embalajes deben satisfacer los requisitos de idoneidad del Grupo de embalaje II.

15 A4-36 Adjunto 4 Acero (4A) Acero (1A2) Acero (3A2) Aluminio (4B) Aluminio (1B2) Aluminio (3B2) Cartón (4G) Cartón (1G) (3H2) Madera contrachapada (4D) Madera contrachapada (1D) Madera natural (4C1, 4C2) Otro metal (1N2) (1H2) (4H1, 4H2) CONDICIONES DE EMBALAJE ADICIONALES PARA Grupo de embalaje III Los embalajes deben satisfacer los requisitos de idoneidad del Grupo de embalaje II. Los embalajes únicos de cartón, madera y madera contrachapada deben tener un forro adecuado. Cajas Compuestos Cilindros Bidones Jerricanes Acero (4A) Todos (véase 6;3.1.18) Véase 4;2.7 Acero (1A1, 1A2) Acero (3A1, 3A2) Aluminio (4B) Aluminio (1B1, 1B2) Aluminio (3B1, 3B2) Cartón (4G) Cartón (1G) (3H1, 3H2) Madera natural (4C2) Madera contrachapada (1D) Madera contrachapada (4D) Otro metal (1N1, 1N2) (1H1, 1H2) s (4H2) Instrucción de embalaje 451 Aeronaves de pasajeros y de carga explosivos humidificados (Grupo de embalaje I) Los embalajes de metal deben ser resistentes a la corrosión o estar protegidos contra la corrosión en el caso de las sustancias con riesgo secundario de la Clase 8.

16 Instrucciones de embalaje Nuevo formato (aplicables a partir del 1 de enero de 2011) A4-37 Número ONU y denominación del artículo expedido ONU 1354 Trinitrobenceno humidificado ONU 1355 Ácido trinitrobenzoico humidificado ONU 1356 Trinitrotolueno humidificado o TNT humidificado ONU 3364 Ácido pícrico humidificado o Trinitrofenol humidificado con un mínimo del 10%, en masa, de agua ONU 3365 Cloruro de picrilo humidificado o Trinitroclorobenceno humidificado ONU 3366 Trinitrotolueno humidificado o TNT humidificado ONU 3367 Trinitrobenceno humidificado ONU 3368 Ácido trinitrobenzoico humidificado ONU 3369 Dinitro-o-cresolato sódico humidificado ONU 3370 Nitrato de urea humidificado ONU 1336 Nitroguanidina humidificada o Picrita humidificada ONU 1337 Nitroalmidón humidificado ONU 1357 Nitrato de urea humidificado ONU 1310 Picrato amónico humidificado Véase Nota 1 a continuación. ONU 1349 Picramato sódico humidificado Véase Nota 1 a continuación. ONU 1320 Dinitrofenol humidificado ONU 1321 Dinitrofenolatos humidificados ONU 1322 Dinitrorresorcinol humidificado ONU 1344 Ácido pícrico humidificado o Trinitrofenol con un mínimo del 30%, en masa, de agua ONU 1348 Dinitro-o-cresolato sódico humidificado ONU 1517 Picramato de circonio humidificado ONU 3317 Amino-4,6-dinitrofenol, humidificado COMBINADOS (véase 6;3.2) Embalaje interior cantidad (por recipiente) bulto pasajeros bulto carga 0,5 kg 0,5 kg 0,5 kg No 0,5 kg 1 kg 15 kg No 0,5 kg 0,5 kg 0,5 kg No 0,5 kg Prohibido 15 kg No 0,5 kg 1 kg 15 kg No Véase Nota 1 a continuación. ONU 1571 Azida de bario humidificada ONU 2852 Sulfuro de dipicrilo humidificado ONU Hidroxibenzotriazol, anhidro, humidificado 0,25 kg Prohibido 0,5 kg No 0,5 kg 0,5 kg 0,5 kg No Nota 1. Para estas sustancias los embalajes no deben contener plomo.

17 A4-38 Adjunto 4 CONDICIONES DE EMBALAJE ADICIONALES PARA COMBINADOS Los embalajes deben estar diseñados y construidos de modo que no se produzca pérdida del contenido de agua o alcohol ni del contenido de flemador. Los embalajes deben estar construidos y deben cerrarse de modo que se impida toda sobrepresión explosiva o toda presión superior a 300 kpa (3 bares). El tipo de embalaje y la cantidad máxima permitida por embalaje deben ajustarse a las limitaciones de la Parte 2;1.5.2 y pueden ser inferiores a los que corresponden a los límites arriba mencionados. Los embalajes interiores de plástico o vidrio deben embalarse en recipientes de metal o plástico rígido firmemente cerrados antes de embalarlos en embalajes exteriores. Los embalajes interiores deben embalarse con material absorbente en cantidad suficiente para absorber el contenido en caso de fuga. Acero (4A) Acero (1A2) Acero (3A2) Aluminio (4B) Aluminio (1B2) Aluminio (3B2) Cartón (4G) Cartón (1G) (3H2) Madera contrachapada (4D) Madera contrachapada (1D) Madera natural (4C1, 4C2) Otro metal (1N2) (1H2) (4H1, 4H2) Instrucción de embalaje 452 Aeronaves de pasajeros para ONU 555, 2556 y 2557 únicamente Número ONU y denominación del artículo expedido ONU 2555 Nitrocelulosa con agua ONU 2556 Nitrocelulosa con alcohol COMBINADOS Embalaje interior (véase 6;3.2) ONU 2557 Nitrocelulosa, mezcla sin plastificante, sin pigmento o Nitrocelulosa, mezcla sin plastificante, con pigmento o Nitrocelulosa mezcla con plastificante, sin pigmento, o Nitrocelulosa mezcla con plastificante, con pigmento Embalaje interior cantidad (por recipiente) total por bulto 15 kg No 1 kg No 1 kg No

18 Instrucciones de embalaje Nuevo formato (aplicables a partir del 1 de enero de 2011) A4-39 CONDICIONES DE EMBALAJE ADICIONALES PARA COMBINADOS Los embalajes deben estar diseñados y construidos de modo que no se produzca pérdida del contenido de agua o alcohol ni del contenido de flemador. Los embalajes deben estar construidos y deben cerrarse de modo que se impida toda sobrepresión explosiva o toda presión superior a 300 kpa (3 bares). Acero (4A) Aluminio (1B2) Acero (3A2) Aluminio (4B) Cartón (1G) Aluminio (3B2) Cartón (4G) Madera contrachapada (1D) Otro metal (3N2) Madera contrachapada (4D) Otro metal (1N2) (3H2) Madera natural (4C1, 4C2) (1H2) (4H1, 4H2) Instrucción de embalaje 453 Aeronaves exclusivamente de carga para ONU 2555, 2556 y 2557 únicamente Número ONU y denominación del artículo expedido ONU 2555 Nitrocelulosa con agua ONU 2556 Nitrocelulosa con alcohol ONU 2557 Nitrocelulosa, mezcla sin plastificante, sin pigmento o Nitrocelulosa, mezcla sin plastificante, con pigmento o Nitrocelulosa mezcla con plastificante, sin pigmento, o Nitrocelulosa mezcla con plastificante, con pigmento COMBINADOS Embalaje interior (véase 6;3.2) Embalaje interior cantidad (por recipiente) total por bulto 50 kg 50 kg 15 kg 15 kg 15 kg 15 kg CONDICIONES DE EMBALAJE ADICIONALES PARA COMBINADOS Los embalajes deben estar diseñados y construidos de modo que no se produzca pérdida del contenido de agua o alcohol ni del contenido de flemador. Los embalajes deben estar construidos y deben cerrarse de modo que se impida toda sobrepresión explosiva o toda presión superior a 300 kpa (3 bares).

19 A4-40 Adjunto 4 Acero (4A) Aluminio (1B2) Acero (3A2) Aluminio (4B) Cartón (1G) Aluminio (3B2) Cartón (4G) Madera contrachapada (1D) Otro metal (3N2) Madera contrachapada (4D) Otro metal (1N2) (3H2) Madera natural (4C1, 4C2) (1H2) (4H1, 4H2) CONDICIONES DE EMBALAJE ADICIONALES PARA Los embalajes deben estar diseñados y construidos de modo que no se produzca pérdida del contenido de agua o de alcohol ni del contenido de flemador. Los embalajes deben estar construidos y deben cerrarse de modo que se impida toda sobrepresión explosiva o toda presión superior a 300 kpa (3 bares). Los embalajes únicos de cartón, madera y madera contrachapada deben tener un forro adecuado. Cajas Compuestos Cilindros Bidones Jerricanes Acero (4A) Todos (véase Véase Acero (1A1, 1A2) Acero (3A1, 3A2) 6;3.1.18) 4;2.7 Aluminio (4B) Aluminio (1B1, 1B2) Aluminio (3B1, 3B2) Cartón (4G) Cartón (1G) (3H1, 3H2) Madera contrachapada (4D) Madera contrachapada (1D) Madera natural (4C1, 4C2) Otro metal (1N1, 1N2) (1H1, 1H2) s (4H2) Instrucción de embalaje 454 Aeronaves de pasajeros y de carga para ONU 1324 únicamente Número ONU y denominación del artículo expedido ONU 1324 Películas de soporte nitrocelulósico COMBINADOS total por bulto pasjeros total por bulto carga 25 kg 100 kg No CONDICIONES DE EMBALAJE ADICIONALES PARA COMBINADOS Los embalajes deben satisfacer los requisitos de idoneidad del Grupo de embalaje II.

20 Instrucciones de embalaje Nuevo formato (aplicables a partir del 1 de enero de 2011) A4-41 Acero (4A) Acero (1A2) Acero (3A2) Aluminio (4B) Aluminio (1B2) Aluminio (3B2) Cartón (4G) Cartón (1G) (3H2) Madera contrachapada (4D) Madera contrachapada (1D) Madera natural (4C1, 4C2) Otro metal (1N2) (1H2) (4H1, 4H2) * Estos embalajes se permiten únicamente para un máximo de 600 m de película. Instrucción de embalaje Y454 es limitadas Aeronaves de pasajeros y de carga para ONU 1324 únicamente Deben satisfacerse las condiciones de la Parte 4, Capítulo 1 (a excepción de 4;1.1.2, c), e) y que no se aplican), incluyendo: 3) Condiciones relativas a cantidades limitadas Deben satisfacerse las condiciones de la Parte 3, Capítulo 4, incluyendo: la capacidad del bulto de superar un ensayo de caída de 1,2 m; y un ensayo de apilamiento de 24 horas. Número ONU y denominación del artículo expedido ONU 1324 Películas de soporte nitrocelulósico COMBINADOS total por bulto Masa bruta bulto 10 kg 30 kg No CONDICIONES DE EMBALAJE ADICIONALES PARA COMBINADOS Cada bobina debe ponerse en una lata de metal cerrada herméticamente o en un embalaje interior de cartón o cartón resistente, con la cubierta fijada con cinta o papel adhesivo. Acero Acero Acero Aluminio Aluminio Aluminio Cartón Cartón Madera contrachapada Otro metal Madera natural Madera reconstituida

21 A4-42 Adjunto 4 Instrucción de embalaje 455 Aeronaves de pasajeros y de carga para ONU 1944 y 1945 únicamente COMBINADOS Número ONU y denominación del artículo expedido ONU 1944 Fósforos de seguridad ONU 1945 Cerillas Condiciones de embalaje Pueden utilizarse los embalajes descritos en la lista de embalajes exteriores que figura a continuación bulto pasajeros bulto carga Para un máximo de 50 libritos El embalaje siguiente está permitido: Caja resistente de cartón, construida con paja prensada, cubierta con papel kraft, con revestimiento interior debidamente encolado que consista en una hoja de aluminio de por lo menos 0,01 mm de espesor, la caja debe tener una tapa que abarque toda su profundidad y que tenga todas la uniones afianzadas con cinta de papel engomado. 25 kg 100 kg No CONDICIONES DE EMBALAJE ADICIONALES PARA COMBINADOS Los fósforos de seguridad (en libritos, tarjetas o de frotación en la caja) deben ser de un tipo que no se encienda espontáneamente en condiciones normales de transporte por vía aérea y que puedan encenderse únicamente frotándose en la caja, librito o tarjeta de fábrica. Los fósforos deben embalarse en forma compacta para evitar todo movimiento dentro del bulto y que se enciendan por frotación contra la caja, librito o tarjeta contiguos. Los fósforos tienen que ir envueltos debidamente en papel o papel de estaño, o embalados en embalajes interiores. En un embalaje interior no pueden colocarse más de 50 libritos de fósforos. Los embalajes deben satisfacer los requisitos de idoneidad del Grupo de embalaje II. Acero (4A) Acero (1A2) Acero (3A2) Aluminio (4B) Aluminio (1B2) Aluminio (3B2) Cartón (4G) Cartón (1G) (3H2) Madera contrachapada (4D) Otro metal (1N2) Madera natural (4C1, 4C2) (1H2) (4H1, 4H2)

22 Instrucciones de embalaje Nuevo formato (aplicables a partir del 1 de enero de 2011) A4-43 Instrucción de embalaje Y455 es limitadas Aeronaves de pasajeros y de carga para ONU 1944 y 1945 únicamente Deben satisfacerse las condiciones de la Parte 4, Capítulo 1 (a excepción de 4;1.1.2, c), e) y que no se aplican), incluyendo: 3) Condiciones relativas a cantidades limitadas Deben satisfacerse las condiciones de la Parte 3, Capítulo 4, incluyendo: la capacidad del bulto de superar un ensayo de caída de 1,2 m; y un ensayo de apilamiento de 24 horas. COMBINADOS Número ONU y denominación del artículo expedido ONU 1944 Fósforos de seguridad ONU 1945 Cerillas Condiciones de embalaje Pueden utilizarse los embalajes descritos en la lista de embalajes exteriores que figura a continuación bulto Masa bruta bulto Para un máximo de 50 libritos El embalaje siguiente está permitido: Caja resistente de cartón, construida con paja prensada, cubierta con papel kraft, con revestimiento interior debidamente encolado que consista en una hoja de aluminio de por lo menos 0,01 mm de espesor, la caja debe tener una tapa que abarque toda su profundidad y que tenga todas la uniones afianzadas con cinta de papel engomado. 10 kg 30 kg No CONDICIONES DE EMBALAJE ADICIONALES PARA COMBINADOS Los fósforos de seguridad (en libritos, tarjetas o de frotación en la caja) deben ser de un tipo que no se encienda espontáneamente en condiciones normales de transporte por vía aérea y que puedan encenderse únicamente frotándose en la caja, librito o tarjeta de fábrica. Los fósforos deben embalarse en forma compacta para evitar todo movimiento dentro del bulto y que se enciendan por frotación contra la caja, librito o tarjeta contiguos. Los fósforos tienen que ir envueltos debidamente en papel o papel de estaño, o empacados en embalajes interiores. En un embalaje interior no pueden colocarse más de 50 libritos de fósforos.

23 A4-44 Adjunto 4 Acero Acero Acero Aluminio Aluminio Aluminio Cartón Cartón Madera contrachapada Otro metal Madera natural Madera reconstituida Instrucción de embalaje 456 Aeronaves de pasajeros y de carga para ONU 2000 únicamente Deben satisfacerse las condiciones de la Parte 4, Capítulo 1. Número ONU y denominación del artículo expedido bulto pasajeros bulto carga ONU 2000 Celuloide 25 kg 100 kg Instrucción de embalaje 457 Aeronaves de pasajeros y de carga para ONU 3241 únicamente Número ONU y denominación del artículo expedido ONU Bromo-2- nitropropano- 1,3-diol COMBINADOS (véase 6;3.2) Embalaje interior cantidad (por recipiente) 0,5 kg bulto pasajeros total por bulto carga Pasajeros Carga 25 kg 50 kg 25 kg 50 kg CONDICIONES DE EMBALAJE ADICIONALES PARA COMBINADOS Los embalajes deben satisfacer los requisitos de idoneidad del Grupo de embalaje II.

24 Instrucciones de embalaje Nuevo formato (aplicables a partir del 1 de enero de 2011) A4-45 Acero (4A) Acero (1A2) Acero (3A2) Aluminio (4B) Aluminio (1B2) Aluminio (3B2) Cartón (4G) Cartón (1G) (3H2) Madera contrachapada (4D) Madera contrachapada (1D) Madera natural (4C1, 4C2) Otro metal (1N2) (1H2) (4H1, 4H2) CONDICIONES DE EMBALAJE ADICIONALES PARA Los embalajes deben satisfacer los requisitos de idoneidad del Grupo de embalaje II. Compuestos Bidones Jerricanes Todos (véase 6;3.1.18) Acero (1A1, 1A2) Acero (3A1, 3A2)) Aluminio (1B1, 1B2) Aluminio (3B1, 3B2 Otro metal (1N1, 1N2) (3H1, 3H2) (1H1, 1H2) Instrucción de embalaje Y457 es limitadas Aeronaves de pasajeros y de carga para ONU 3241 únicamente Deben satisfacerse las condiciones de la Parte 4, Capítulo 1 (a excepción de 4;1.1.2, c), e) y que no se aplican), incluyendo: 3) Condiciones relativas a cantidades limitadas Deben satisfacerse las condiciones de la Parte 3, Capítulo 4, incluyendo: la capacidad del bulto de superar un ensayo de caída de 1,2 m; y un ensayo de apilamiento de 24 horas. Número ONU y denominación del artículo expedido ONU Bromo-2- nitropropano- 1,3-diol COMBINADOS (véase 6;3.2) Embalaje interior cantidad (por recipiente) 0,5 kg 0,5 kg 0,5 kg bulto pasajeros Masa bruta bulto carga 5 kg 30 kg No

25 A4-46 Adjunto 4 Acero Acero Acero Aluminio Aluminio Aluminio Cartón Cartón Madera contrachapada Otro metal Madera natural Madera reconstituida Instrucción de embalaje 458 Aeronaves de pasajeros y de carga para ONU 3270 únicamente Número ONU y denominación del artículo expedido ONU 3270 Membrana filtrante de nitrocelulosa COMBINADOS Condiciones de embalaje Todo embalaje de la lista de embalajes exteriores siguiente siempre que tenga la capacidad para no explotar si aumenta la presión interna. total por bulto pasajeros total por bulto carga 1 kg 15 kg No CONDICIONES DE EMBALAJE ADICIONALES PARA COMBINADOS Los embalajes deben satisfacer los requisitos de idoneidad del Grupo de embalaje II. Acero (4A) Acero (1A2) Acero (3A2) Aluminio (4B) Aluminio (1B2) Aluminio (3B2) Cartón (4G) Cartón (1G) (3H2) Madera contrachapada (4D) Madera contrachapada (1D) Madera natural (4C1, 4C2) Otro metal (1N2) (1H2) (4H1, 4H2)

26 Instrucciones de embalaje Nuevo formato (aplicables a partir del 1 de enero de 2011) A4-47 Instrucción de embalaje Y458 es limitadas Aeronaves de pasajeros y de carga para ONU 3270 únicamente Deben satisfacerse las condiciones de la Parte 4, Capítulo 1 (a excepción de 4;1.1.2, c), e) y que no se aplican), incluyendo: 3) Condiciones relativas a cantidades limitadas Deben satisfacerse las condiciones de la Parte 3, Capítulo 4, incluyendo: la capacidad del bulto de superar un ensayo de caída de 1,2 m; y un ensayo de apilamiento de 24 horas. Número ONU y denominación del artículo expedido ONU 3270 Membrana filtrante de nitrocelulosa COMBINADOS Condiciones de embalaje Todo embalaje de la lista de embalajes exteriores siguiente siempre que tenga la capacidad para no explotar si aumenta la presión interna. bulto Masa bruta bulto 1 kg 30 kg No Acero Acero Acero Aluminio Aluminio Aluminio Cartón Cartón Madera contrachapada Otro metal Madera natural Madera reconstituida

27 A4-48 Adjunto 4 Instrucción de embalaje 459 Aeronaves de pasajeros y de carga sustancias de reacción espontánea Los embalajes de metal deben ser resistentes a la corrosión o estar protegidos contra la corrosión en el caso de las sustancias con riesgo secundario de la Clase 8. Número ONU y denominación del artículo expedido Líquidos ONU 3223 Líquido de reacción espontánea de tipo C ONU 3225 Líquido de reacción espontánea de tipo D ONU 3227 Líquido de reacción espontánea de tipo E ONU 3229 Líquido de reacción espontánea de tipo F Sólidos ONU 3224 Sólido de reacción espontánea de tipo C ONU 3226 Sólido de reacción espontánea de tipo D ONU 3228 Sólido de reacción espontánea de tipo E ONU 3230 Sólido de reacción espontánea de tipo F COMBINADOS Embalaje interior (véase 6;3.2) Embalaje interior cantidad (por recipiente) pasajeros bulto pasajeos Embalaje interior cantidad (por recipiente) carga bulto carga 0,5 L 5 L 1,0 L 10 L 0,5 L 5 L 1,0 L 10 L 1,0 L 10 L 2,5 L 25 L 1,0 L 10 L 2,5 L 25 L 0,5 kg 5 kg 10 kg 0,5 kg 5 kg 10 kg 10 kg 25 kg 10 kg 25 kg No No CONDICIONES DE EMBALAJE ADICIONALES PARA COMBINADOS Los materiales de relleno deben ser difícilmente combustibles. Los embalajes deben satisfacer los requisitos de idoneidad del Grupo de embalaje II. Acero (4A) Acero (1A2) Acero (3A2) Aluminio (4B) Aluminio (1B2) Aluminio (3B2) Cartón (4G) Cartón (1G) (3H2) Madera contrachapada (4D) Madera contrachapada (1D) Madera natural (4C1, 4C2) (1H2) (4H1, 4H2)

28 Instrucciones de embalaje Nuevo formato (aplicables a partir del 1 de enero de 2011) A4-49 Instrucciones de embalaje Aeronaves de pasajeros Los embalajes de metal deben ser resistentes a la corrosión o estar protegidos contra la corrosión en el caso de las sustancias con riesgo secundario de la Clase 8. Instrucción de embalaje Grupo de embalaje COMBINADOS (véase 6;3.2) cantidad (por recipiente) I Prohibido 1,0 L 462 II 1,0 L 1,0 L 463 III 2,5 L 2,5 L 5,0 L bulto 1 L No 5 L 5 L CONDICIONES DE EMBALAJE ADICIONALES PARA COMBINADOS Grupo de embalaje III Los embalajes deben satisfacer los requisitos de idoneidad del Grupo de embalaje II. Acero (4A) Acero (1A2) Acero (3A2) Aluminio (4B) Aluminio (1B2) Aluminio (3B2) Cartón (4G) Cartón (1G) (3H2) Madera contrachapada (4D) Madera contrachapada (1D) Madera natural (4C1, 4C2) Otro metal (1N2) (1H2) (4H1, 4H2) CONDICIONES DE EMBALAJE ADICIONALES PARA Grupo de embalaje III Los embalajes deben satisfacer los requisitos de idoneidad del Grupo de embalaje II. PARA GRUPO DE EMBALAJE III ÚNICAMENTE (INSTRUCCIÓN DE EMBALAJE 463) Compuestos Cilindros Bidones Jerricanes Todos (véase 6;3.1.18) Véase 4;2.7 Acero (1A1) Acero (3A1) Aluminio (1B1) Aluminio (3B1) Otro metal (1N1) (3H1) (1H1)

29 A4-50 Adjunto 4 Instrucciones de embalaje Aeronaves exclusivamente de carga Los embalajes de metal deben ser resistentes a la corrosión o estar protegidos contra la corrosión en el caso de las sustancias con riesgo secundario de la Clase 8. Instrucción de embalaje Grupo de embalaje COMBINADOS (véase 6;3.2) cantidad (por recipiente) I Prohibido 2,5 L 464 II 2,5 L 5,0 L 465 III 5,0 L 5,0 L 10,0 L bulto 5 L No 60 L 60 L CONDICIONES DE EMBALAJE ADICIONALES PARA COMBINADOS Grupo de embalaje III Los embalajes deben satisfacer los requisitos de idoneidad del Grupo de embalaje II. Acero (4A) Acero (1A2) Acero (3A2) Aluminio (4B) Aluminio (1B2) Aluminio (3B2) Cartón (4G) Cartón (1G) (3H2) Madera contrachapada (4D) Madera contrachapada (1D) Madera natural (4C1, 4C2) Otro metal (1N2) (1H2) (4H1, 4H2) CONDICIONES DE EMBALAJE ADICIONALES PARA Grupo de embalaje III Los embalajes deben satisfacer los requisitos de idoneidad del Grupo de embalaje II. PARA GRUPO DE EMBALAJE III ÚNICAMENTE (INSTRUCCIÓN DE EMBALAJE 465) Compuestos Cilindros Bidones Jerricanes Todos (véase 6;3.1.18) Véase 4;2.7 Acero (1A1) Acero (3A1) Aluminio (1B1) Aluminio (3B1) Otro metal (1N1) (3H1) (1H1)

30 Instrucciones de embalaje Nuevo formato (aplicables a partir del 1 de enero de 2011) A4-51 Instrucciones de embalaje Aeronaves de pasajeros Los embalajes de metal deben ser resistentes a la corrosión o estar protegidos contra la corrosión en el caso de las sustancias con riesgo secundario de la Clase 8. Instrucción de embalaje Grupo de embalaje COMBINADOS (véase 6;3.2) cantidad (por recipiente) I Prohibido 466 II 467 II 468 III 469 III 5,0 kg 5,0 kg 10,0 kg 10,0 kg 5,0 kg bulto 15 kg No 15 kg No 25 kg No 25 kg No CONDICIONES DE EMBALAJE ADICIONALES PARA COMBINADOS Grupo de embalaje III Los embalajes deben satisfacer los requisitos de idoneidad del Grupo de embalaje II. Acero (4A) Acero (1A2) Acero (3A2) Aluminio (4B) Aluminio (1B2) Aluminio (3B2) Cartón (4G) Cartón (1G) (3H2) Madera contrachapada (4D) Madera contrachapada (1D) Madera natural (4C1, 4C2) Otro metal (1N2) (1H2) (4H1, 4H2)

31 A4-52 Adjunto 4 Instrucciones de embalaje Aeronaves exclusivamente de carga Los embalajes de metal deben ser resistentes a la corrosión o estar protegidos contra la corrosión en el caso de las sustancias con riesgo secundario de la Clase 8. Instrucción de embalaje Grupo de embalaje COMBINADOS (véase 6;3.2) cantidad (por recipiente) I Prohibido 5,0 kg 470 II 5,0 kg 471 III 5,0 kg 10,0 kg 10,0 kg 5,0 kg total por bulto 50 kg 50 kg 100 kg 100 kg CONDICIONES DE EMBALAJE ADICIONALES PARA COMBINADOS Grupo de embalaje III Los embalajes deben satisfacer los requisitos de idoneidad del Grupo de embalaje II. Acero (4A) Acero (1A2) Acero (3A2) Aluminio (4B) Aluminio (1B2) Aluminio (3B2) Cartón (4G) Cartón (1G) (3H2) Madera contrachapada (4D) Madera contrachapada (1D) Madera natural (4C1, 4C2) Otro metal (1N2) (1H2) (4H1, 4H2) CONDICIONES DE EMBALAJE ADICIONALES PARA Grupo de embalaje III Los embalajes deben satisfacer los requisitos de idoneidad del Grupo de embalaje II. Los embalajes únicos de cartón, madera y madera contrachapada deben tener un forro adecuado. Cajas Compuestos Cilindros Bidones Jerricanes Acero (4A) Todos (véase 6;3.1.18) Véase 4;2.7 Acero (1A1, 1A2) Acero (3A1, 3A2) Aluminio (4B) Aluminio (1B1, 1B2) Aluminio (3B1, 3B2) Cartón (4G) Otro metal (1N1, 1N2) (3H1, 3H2) Madera natural (4C2) (1H1, 1H2) Madera contrachapada (4D) s (4H2)

32 Instrucciones de embalaje Nuevo formato (aplicables a partir del 1 de enero de 2011) A4-53 Instrucción de embalaje 472 Aeronaves de pasajeros y de carga para ONU 1362 únicamente Número ONU y denominación del artículo expedido COMBINADOS (véase 6;3.2) cantidad (por recipiente) total por bulto ONU 1362 Carbón activo 0,1 kg 0,5 kg No Acero (4A) Acero (1A2) Acero (3A2) Aluminio (4B) Aluminio (1B2) Aluminio (3B2) Instrucción de embalaje 473 Aeronaves de pasajeros y de carga para ONU 1378 y ONU 2881 únicamente

33 A4-54 Adjunto 4 Número ONU y denominación del artículo expedido ONU 1378 Catalizador de metal humidificado ONU 2881 Catalizador de metal seco Grupo de embalaje II COMBINADOS Embalaje interior (véase 6;3.2) Embalaje interior cantidad (por recipiente) pasajeros Prohibido bulto pasajeros Embalaje interior cantidad (por recipiente) carga bulto carga Pasajeros Carga 50 kg No No I Prohibido Prohibido No No II Prohibido 50 kg No No III 25 kg 100 kg 25 kg 5,0 kg 100 kg No 100 kg CONDICIONES DE EMBALAJE ADICIONALES PARA COMBINADOS Grupo de embalaje III Los embalajes deben satisfacer los requisitos de idoneidad del Grupo de embalaje II. Acero (4A) Acero (1A2) Acero (3A2) Aluminio (4B) Aluminio (1B2) Aluminio (3B2) Cartón (4G) Cartón (1G) (3H2) Madera contrachapada (4D) Otro metal (1N2) Madera natural (4C1, 4C2) (1H2) (4H1, 4H2) CONDICIONES DE EMBALAJE ADICIONALES PARA Grupo de embalaje III Los embalajes deben satisfacer los requisitos de idoneidad del Grupo de embalaje II. PARA GRUPO DE EMBALAJE III ÚNICAMENTE Bidones Jerricanes Acero (1A1, 1A2) Acero (3A1, 3A2)

34 Instrucciones de embalaje Nuevo formato (aplicables a partir del 1 de enero de 2011) A4-55 Instrucciones de embalaje Y474 Y477 es limitadas Aeronaves de pasajeros y de carga Deben satisfacerse las condiciones de la Parte 4, Capítulo 1 (a excepción de 4;1.1.2, c), e) y que no se aplican), incluyendo: Los embalajes de metal deben ser resistentes a la corrosión o estar protegidos contra la corrosión. 3) Condiciones relativas a cantidades limitadas Deben satisfacerse las condiciones de la Parte 3, Capítulo 4, incluyendo: la capacidad del bulto de superar un ensayo de caída de 1,2 m; y un ensayo de apilamiento de 24 horas. COMBINADOS Instrucción de embalaje Y474 Y475 Y476 Y477 Grupo de embalaje II II III III (véase 6;3.2) cantidad (por recipiente) 0,5 kg 0,5 kg 0,5 kg 0,5 kg 0,5 kg 0,5 kg 0,5 kg 0,5 kg bulto Masa bruta bulto 1 kg No 5 kg No 5 kg No 10 kg 30 kg No CONDICIONES DE EMBALAJE ADICIONALES PARA COMBINADOS Grupo de embalajes II y III En el caso de sustancias humidificadas cuyo embalaje exterior no es estanco, debe añadirse un forro estanco o un medio de contención intermedio igualmente eficaz.

35 A4-56 Adjunto 4 Acero Acero Acero Aluminio Aluminio Aluminio Cartón Cartón Madera contrachapada Otro metal Madera natural Madera reconstituida Instrucciones de embalaje Aeronaves de pasajeros Los embalajes de metal deben ser resistentes a la corrosión o estar protegidos contra la corrosión en el caso de las sustancias con riesgo secundario de la Clase 8. Instrucción de embalaje Grupo de embalaje COMBINADOS (véase 6;3.2) cantidad (por recipiente) I Prohibido 1,0 L 478 II 1,0 L 1,0 L 479 III 2,5 L 2,5 L 5,0 L bulto 1 L No 5 L 5 L CONDICIONES DE EMBALAJE ADICIONALES PARA COMBINADOS Grupo de embalaje II Los embalajes interiores deben tener cierres atornillados y estar rodeados de material de relleno inerte y absorbente en cantidad suficiente para absorber todo el contenido; además deben ir en un forro estanco, saco de plástico u otro medio estanco de contención intermedio igualmente eficaz. Grupo de embalaje III Los embalajes deben satisfacer los requisitos de idoneidad del Grupo de embalaje II.

36 Instrucciones de embalaje Nuevo formato (aplicables a partir del 1 de enero de 2011) A4-57 Acero (4A) Acero (1A2) Acero (3A2) Aluminio (4B) Aluminio (1B2) Aluminio (3B2) Cartón (4G) Cartón (1G) (3H2) Madera contrachapada (4D) Madera contrachapada (1D) Madera natural (4C1, 4C2) Otro metal (1N2) (1H2) (4H1, 4H2) CONDICIONES DE EMBALAJE ADICIONALES PARA Grupo de embalaje III Los embalajes deben satisfacer los requisitos de idoneidad del Grupo de embalaje II. PARA GRUPO DE EMBALAJE III (PI 479 únicamente) Compuestos Cilindros Bidones Jerricanes Todos (véase 6;3.1.18) Véase 4;2.7 Acero (1A1) Acero (3A1) Aluminio (1B1) Aluminio (3B1) Otro metal (1N1) (3H1) (1H1) Instrucciones de embalaje Aeronaves exclusivamente de carga Los embalajes de metal deben ser resistentes a la corrosión o estar protegidos contra la corrosión en el caso de las sustancias con riesgo secundario de la Clase 8. Instrucción de embalaje Grupo de embalaje 480 I 481 II 482 III COMBINADOS (véase 6;3.2) cantidad (por recipiente) 1,0 L Prohibido 1,0 L 2,5 L 2,5 L 5,0 L 5,0 L 5,0 L 10,0 L bulto 1 L No 5 L No 60 L 60 L

37 A4-58 Adjunto 4 CONDICIONES DE EMBALAJE ADICIONALES PARA COMBINADOS Grupo de embalaje I Los embalajes interiores deben tener cierres atornillados y estar rodeados de material de relleno inerte y absorbente en cantidad suficiente para absorber todo el contenido; además deben ir en un forro estanco, saco de plástico u otro medio estanco de contención intermedio igualmente eficaz. Grupo de embalaje II Los embalajes interiores deben tener cierres atornillados y estar rodeados de material de relleno inerte y absorbente en cantidad suficiente para absorber todo el contenido. Grupo de embalaje III Los embalajes deben satisfacer los requisitos de idoneidad del Grupo de embalaje II. Acero (4A) Acero (1A2) Acero (3A2) Aluminio (4B) Aluminio (1B2) Aluminio (3B2) Cartón (4G) Cartón (1G) (3H2) Madera contrachapada (4D) Madera contrachapada (1D) Madera natural (4C1, 4C2) Otro metal (1N2) (1H2) (4H1, 4H2) CONDICIONES DE EMBALAJE ADICIONALES PARA Grupo de embalaje III Los embalajes deben satisfacer los requisitos de idoneidad del Grupo de embalaje II. PARA GRUPO DE I Y II Cilindros, siempre que se satisfagan las condiciones generales de 4;2.7. Los cilindros deben ser de acero y someterse a un ensayo inicial y a ensayos periódicos cada diez años a una presión que no sea inferior a 0,6 Mpa (6 bares) (presión manométrica). Durante el transporte, el líquido debe estar bajo una capa de gas inerte a una presión manométrica superior a 20 kpa (0,2 bar). PARA GRUPO DE EMBALAJE III ÚNICAMENTE (INSTRUCCIÓN DE EMBALAJE 482) Compuestos Cilindros Bidones Jerricanes Todos (véase 6;3.1.18) Véase 4;2.7 Acero (1A1) Acero (3A1) Aluminio (1B1) Aluminio (3B1) Otro metal (1N1) (3H1) (1H1) Instrucciones de embalaje Aeronaves de pasajeros Los embalajes de metal deben ser resistentes a la corrosión o estar protegidos contra la corrosión en el caso de las sustancias con riesgo secundario de la Clase 8.

38 Instrucciones de embalaje Nuevo formato (aplicables a partir del 1 de enero de 2011) A4-59 Instrucción de embalaje Packing group COMBINADOS (véase 6;3.2) cantidad (por recipiente) I Prohibido 1.0 kg 483 II 1.0 kg 1.0 kg 484 II 485 III 486 III 1.0 kg 2.5 kg 2.5 kg 1.0 kg 2.5 kg 2.5 kg 5.0 kg 5.0 kg 10.0 kg 10.0 kg 5.0 kg bulto 15 kg No 15 kg No 25 kg No 25 kg No CONDICIONES DE EMBALAJE ADICIONALES PARA COMBINADOS Grupo de embalaje III Los embalajes deben satisfacer los requisitos de idoneidad del Grupo de embalaje II. En el caso de sustancias humidificadas cuyo embalaje exterior no es estanco, debe añadirse un forro estanco o un medio de contención intermedio igualmente eficaz. Acero (4A) Acero (1A2) Acero (3A2) Aluminio (4B) Aluminio (1B2) Aluminio (3B2) Cartón (4G) Cartón (1G) (3H2) Madera contrachapada (4D) Madera contrachapada (1D) Madera natural (4C1, 4C2) Otro metal (1N2) (1H2) (4H1, 4H2)

39 A4-60 Adjunto 4 Instrucciones de embalaje Aeronaves exclusivamente de carga Los embalajes de metal deben ser resistentes a la corrosión o estar protegidos contra la corrosión en el caso de las sustancias con riesgo secundario de la Clase 8. Instrucción de embalaje Grupo de embalaje 487 I 488 I 489 II 490 II 491 III COMBINADOS (véase 6;3.2) cantidad (por recipiente) 5,0 kg 5,0 kg 5,0 kg 5,0 kg 10,0 kg 10,0 kg 5,0 kg bulto 15 kg 15 kg 15 kg 15 kg 50 kg 50 kg 50 kg 50 kg 100 kg 100 kg CONDICIONES DE EMBALAJE ADICIONALES PARA COMBINADOS Grupo de embalaje I Los embalajes interiores deben estar cerrados herméticamente, p. ej., con cinta o cierres atornillados. Grupo de embalajes I y II En el caso de sustancias humidificadas cuyo embalaje exterior no es estanco, debe añadirse un forro estanco o un medio de contención intermedio igualmente eficaz. Grupo de embalaje III Los embalajes deben satisfacer los requisitos de idoneidad del Grupo de embalaje II. En el caso de sustancias humidificadas cuyo embalaje exterior no es estanco, debe añadirse un forro estanco o un medio de contención intermedio igualmente eficaz.

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