Actualización en temas laborales: Nuevo Salario Mínimo y Aspectos básicos sobre Riesgos Profesionales. 18 de Febrero de 2016
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- María Nieves María Josefa Parra Ferreyra
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1 Actualización en temas laborales: Nuevo Salario Mínimo y Aspectos básicos sobre Riesgos Profesionales 18 de Febrero de 2016
2 I SALARIO MÍNIMO
3 Consideraciones importantes El salario mínimo es la suma mínima que debe recibir un trabajador, en dinero, con independencia de lo que reciba en especie. Está establecido por tipo de empresa y aplica a todos los trabajadores que laboran en esa empresa. Según la ley, debe revisarse cada dos años. La Comisión Nacional de Salario Mínimo se encarga de la revisión del Salario Mínimo. Si la comisión se pone de acuerdo, efectúa una recomendación al Órgano Ejecutivo. El Órgano Ejecutivo fija las tasas de salario mínimo.
4 Normativa Legal Normas generales Clasificación de pequeña empresa Ratas aplicables 162 y 172 al 180 del Código de Trabajo. Artículos Ley 1 de Decreto Ejecutivo 293 de 22 de Diciembre de 2015.
5 Estructura del Salario Mínimo en Panamá El Salario Mínimo en la República de Panamá se establece por hora y existen diferentes ratas de salario mínimo, que se aplican según el tipo de empresa de que se trate. Clasificación: Por Actividad Económica Por Región Además, algunas actividades se dividen en: Pequeña empresa Gran empresa
6 Determinación de la actividad aplicable Establezca cuál es la actividad de su empresa, de conformidad con lo que aparece en su Aviso de Operación expedido por Panama Emprende. Si su Aviso de Operación no refleja la realidad de su operación, modifíquelo.
7 Guía para la determinación de actividades Clasificación Nacional Industrial Uniforme de todas las Actividades Económicas 2010.
8 Clasificación de pequeña y gran empresa Aplica sólo para las actividades en que el decreto hace esta distinción Pequeña Empresa empresas agrícolas, pecuarias o de servicio o ventas al por menor con diez o menos trabajadores permanentes o de planta; empresas manufactureras con 15 trabajadores o menos; empresas agroindustriales con 20 trabajadores o menos. Gran Empresa todas las demás.
9 Gran Empresa Qué empresas se consideran Gran Empresa sin importar el número de trabajadores que tengan? Bancos Financieras Establecimientos de ahorro y crédito Seguros y reaseguros Bienes raíces y administración de inmuebles Informática Publicidad Venta de mercancías al por mayor
10 Empresas con varias actividades económicas Artículo 178 del Código de Trabajo:... Si un establecimiento... se dedica a varias actividades le será aplicable a cada una de ellas el salario mínimo decretado para la respectiva actividad. No obstante, si un trabajador presta servicios en varias actividades, tendrá derecho a devengar el salario más favorable.
11 Establezca la Región Aplicable Región 1 Distritos de Panamá, Colón y San Miguelito, David, Santiago, Chitré, Aguadulce, Penonomé, Bocas del Toro La Chorrerra, Arraijan, Capira, Chame, Antón, Natá, Las Tablas, Bugaba, Boquete, Taboga, San Carlos, Chepo, Guararé, Los Santos, Pedasí, Dolega, San Félix, Barú, Boquerón, Portobelo, Donoso, Santa Isabel, Santa María, Parita, Pesé, Atalaya, Changuinola y Chiriquí Grande. Región 2 todos los demás distritos del país.
12 Profesionales La regla general es que se aplica el salario mínimo señalado para la actividad y región de la empresa donde se preste el servicio, salvo aquellas profesiones reguladas especialmente en el decreto de salario mínimo: Abogados Camarógrafos Técnicos de salud
13 Cálculo del Salario Mínimo Mensual Fórmula: Rata por hora x Número de horas que labora a la semana x (semanas que tiene el mes) = SALARIO MENSUAL Ejemplo: $2.95 X 48 HORAS (Lunes a Sábado completo) X = $ $2.95 X 44 HORAS (Lunes a Sábado ½ día) X = $ $2.95 X 40 HORAS (Lunes a Viernes) X = $511.32
14 Domésticas Región 1 Región 2 $250 mensual $225 mensual Fórmula: Salario mensual Dividido entre semanas Dividido entre 6 días de trabajo a la semana = Salario diario $250 mensual / /6 = $9.61 al día
15 Salario mínimo para colaboradores extranjeros La contratación de extranjeros tiene un régimen especial y en algunos casos dependiendo del tipo de Visa y Permiso de Trabajo se exigen salarios superiores al mínimo general. TIPO DE VISA Y P DE TRABAJO 10% como trabajador ordinario o 15% como trabajador técnico o de confianza SALARIO MINIMO $ Marrakech $1, Ejecutivo de Zona Libre $2, Crisol de Razas Países Amigos/ Panamá Italia/casado con panameño/ profesional Como nacionales Como nacionales
16 Consecuencias de Pagar Salarios Inferiores al Mínimo Multa de $100 a $500 por el MITRADEL (art. 180 C. de T.) Demanda ante la Dirección General de Trabajo por diferencias de salario dejadas de pagar. La condena incluiría además: recargo del 10% interés del 10% anual costas 20%
17 II ASPECTOS BÁSICOS SOBRE RIESGO PROFESIONAL
18 Qué se considera Riesgo Profesional? Se entiende por riesgos profesionales los accidentes y las enfermedades a que están expuestos los trabajadores a causa de las labores que ejecutan por cuenta de un empleador. Incluye lo ocurrido en: La ejecución de órdenes del empleador o en la prestación de un servicio bajo la autoridad de éste, aun fuera del lugar y horas de trabajo. El curso de interrupciones del trabajo; así como antes y después del mismo, si el trabajador se hallare, por razón de sus obligaciones laborales en el lugar de trabajo o en locales de la empresa. Por acción de tercera persona o por acción intencional de empleador o de un compañero durante la ejecución del trabajo. El que ocurra al trabajador al trasladarse de su domicilio al lugar en que desempeñe su trabajo o viceversa.
19 Seguro Obligatorio de Riesgo Profesional En Panamá la Caja de Seguro Social tiene la cobertura exclusiva del Seguro Obligatorio de Riesgo Profesional. Es obligatorio que toda persona, nacional o extranjero, que preste servicios a una empresa en Panamá esté afiliado a la CSS y reportado en la planilla mensual del SIPE. El aviso de entrada a la CSS debe hacerse antes del primer día de trabajo.
20 Supuestas Contrataciones no Laborales que deben ser reportadas a la CSS SERVICIOS PROFESIONALES: Este tipo de contrato NO se debe utilizar con personas naturales que acuden a laborar con regularidad a la empresa y bajo condiciones de dependencia económica. TRABAJADORES JUBILADOS : Los trabajadores jubilados tienen derecho a trabajar, pero deben ser contratados según contrato de trabajo y cotizar a la Caja de Seguro Social como cualquier otro trabajador. RIESGOS 1. La CSS puede imponer le una multa a la empresa y condenarla al pago de las cuotas no pagadas, más intereses y recargos. 2. Cualquier riesgo profesional deberá ser pagado por la empresa.
21 Vigilancia de la Salud de los Trabajadores y Atención de Primeros Auxilios Código Sanitario Ley 66 de 1947 Artículo 210 Toda empresa industrial, comercial u otra que cuente con más de cien personas, entre obreros, empleados y sus familiares, tendrá la obligación de contratar los servicios de un profesional médico y a lo menos de una enfermera, los cuales deben tener su residencia en el centro de trabajo o en ciudad cercana que no quede a más de 10 km. de distancia.
22 Reporte de Accidentes de Trabajo Accidentes de trabajo dentro de la empresa o fuera de ella, pero durante la jornada laboral: el empleador debe dar aviso a la Caja de Seguro Social, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas hábiles siguientes. Accidentes de trabajo que ocurran en trayecto de la residencia hacia el trabajo o viceversa: el aviso a la CSS debe hacerlo la víctima del accidente o sus allegados, dentro de las 24 horas siguientes a su ocurrencia.
23 REGLAMENTO DE RIESGOS PROFESIONALES Resolución No. 41, modificada (última modificación Res No. 45,588/2011): Todas las empresas deben contar con un sistema de salud e higiene del trabajo que debe estar debidamente documentado y a disposición de la CSS. Si la empresa posee más de 100 trabajadores debe contar con los servicios de un profesional especializado en salud y seguridad ocupacional.
24 CONTENIDO DEL REGLAMENTO 1. Vigilancia del ambiente de trabajo, condiciones de seguridad e higiene. 2. Vigilancia de la salud de los trabajadores y atención de primeros auxilios. 3. Información, educación y aspectos de promoción de la seguridad y salud en el trabajo (enfoque de sitio y entorno de trabajo saludable y seguro). 4. Procedimientos seguros de trabajo y equipos de protección personal. 5. Plan de emergencia y evacuación en caso de desastre. 6. Programa de mejora continua.
25 Contáctenos María Teresa Mendoza V. Tel
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