REGLAMENTO DE TESIS DE LA FACULTAD DE INGENIERIA INDUSTRIAL Aprobado en Sesión Extraordinaria de Consejo de Facultad del
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- Eugenio Molina Pereyra
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1 UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA FACULTAD DE INGENIERIA INDUSTRIAL REGLAMENTO DE TESIS DE LA FACULTAD DE INGENIERIA INDUSTRIAL Aprobado en Sesión Extraordinaria de Consejo de Facultad del CAPITULO I: CONSIDERACIONES GENERALES ARTÍCULO 1: ARTÍCULO 2: El presente reglamento establece las normas para la tramitación y ejecución del trabajo de tesis para obtener el título profesional de: Ingeniero Industrial, Ingeniero Informático, Ingeniero Agroindustrial e Industrias Alimentarias, Ingeniero Mecatrónico en la UNP Se define como Tesis a un Trabajo de investigación realizado por un alumno o graduado de la Facultad de Ingeniería Industrial de la Universidad Nacional de Piura (UNP) como requisito para obtener el título profesional de Ingeniero a los Bachilleres egresados de las Escuelas Profesionales de Ingeniería Industrial, Ingeniería Informática, Ingeniería Agroindustrial e Industrias Alimentarias, e Ingeniería Mecatrónica. CAPITULO II: DE LA INICIACION DEL TRABAJO, ELECCION DEL TEMA, PROFESOR ASESOR Y CONTENIDO DEL ANTEPROYECTO DE TESIS. ARTÍCULO 3: ARTÍCULO 4: ARTÍCULO 5: ARTÍCULO 6: ARTÍCULO 7: ARTÍCULO 8: ARTÍCULO 9: Para iniciar un trabajo de Tesis el alumno debe haber aprobado el cuarto nivel de estudios, o ser egresado de la UNP. En adelante tanto el alumno como el egresado se le llamará "Tesista". El tesista podrá elegir libremente el tema de su agrado que esté dentro de las líneas de investigación determinadas por la Comisión de Investigación y Proyectos Especiales de la Facultad de Ingeniería Industrial (COPEI). El trabajo de tesis deberá tener como propósitos: (a) (b) Desarrollar técnica y científicamente las diferentes áreas de la Ingeniería Industrial, Ingeniería Informática, Ingeniería Agroindustrial e Industrias Alimentarias, e Ingeniería Mecatrónica. Coadyuvar a la solución de la problemática sociocultural, económica e industrial, a fin de contribuir al desarrollo Regional y/o Nacional. Escogido el tema, el tesista deberá elegir un Profesor Asesor siendo este necesariamente un docente de la UNP. El profesor Asesor deberá poseer título profesional en la especialidad del tesista. El tesista podrá elegir como Co-Asesor(es) a profesionales afines al estudio, no necesariamente docente de la UNP Una vez elegido el tema, el tesista, el Profesor Asesor y eventualmente, el Co-Asesor (o los Co-Asesores) estructuran el Anteproyecto de Tesis. El anteproyecto de tesis deberá considerar los elementos mínimos siguientes: a. Título del Anteproyecto b. Responsable c. Descripción del Anteproyecto. 1. Título 2. Importancia y justificación de la Investigación 1
2 ARTÍCULO 10: ARTÍCULO 11: ARTÍCULO 12: ARTÍCULO 13: ARTÍCULO 14: 3. Objetivos de la investigación 4. Antecedentes bibliográficos. 5. Metodología. Método (Indicar el método y procedimientos que se utilizarán) Materiales o instrumentos Muestras Tratamiento de los datos. 6. Esquema del contenido. d. Cronograma de la Investigación Etapas que comprende la investigación. Tiempo aproximado de duración de la investigación y programación de los informes de avance. e. Presupuesto de la investigación. Recursos humanos para desarrollar la investigación, honorarios del investigador, del personal que participará en la investigación y del personal de apoyo. Recursos materiales necesarios para realizar la investigación especificando el objeto del gasto y monto del mismo (equipos, materiales de trabajo, transportación y viáticos, computación, etc.) Cuadro resumen del presupuesto. f. Bibliografía. El título del anteproyecto deberá ser concreto y claro debiendo ser compatible con el esquema del contenido. La línea de investigación será definida por la Comisión de Proyectos Especiales e Investigación (COPEI) en concordancia con el tema de estudio. Responsables son las personas que intervienen en el planeamiento, ejecución, análisis e interpretación de los resultados del trabajo de tesis: y son los siguientes: a. El tesista que realiza el trabajo de investigación b. El Profesor Asesor y, eventualmente el Co-Asesor (o los Co-Asesores), que asesoran permanentemente al tesista, velando por la seriedad metodológica, científica y la coherencia lógica del trabajo. La descripción del anteproyecto deberá ser consistente y tener la coherencia necesaria entre sus partes. Sí por razones de fuerza mayor el Profesor Asesor se ve ante la imposibilidad de continuar dirigiendo el trabajo, el tesista informará de tal situación al Presidente de la Comisión de Proyectos Especiales e Investigación (COPEI), alcanzando al mismo tiempo el nombre de un nuevo Profesor Asesor. El Presidente de la COPEI oficializará dicho cambio CAPITULO III: DE LA SOLICITUD Y PRESENTACION DEL ANTEPROYECTO DE TESIS Y DEL JURADO. ARTÍCULO 15: ARTÍCULO 16: El tesista solicitará al Presidente de la Comisión de Proyectos Especiales e Investigación (COPEI) la aprobación del trabajo de tesis, adjuntando tres ejemplares del anteproyecto, firmados por el tesista, Profesor Asesor y co-asesor (es), si existiera (n). La COPEI, dictaminará si el tema procede como trabajo de investigación de la especialidad que procede el tesista, en cuyo caso determinará la línea de investigación al cual pertenece y sí lo considera pertinente, podrá solicitar al tesista la corrección de errores de forma del anteproyecto. 2
3 ARTÍCULO 17: ARTÍCULO 18: ARTÍCULO 19: ARTÍCULO 20: ARTÍCULO 21: ARTÍCULO 22: El Presidente de la Comisión de Proyectos Especiales e Investigación (COPEI), designará el jurado Ad-Hoc, mediante la resolución correspondiente. (Que el Decano firmará). El jurado Ad-Hoc estará integrado por tres profesores de la Facultad de Ingeniería Industrial: Un Presidente, un Vocal y un Secretario; este último será el encargado de redactar los informes correspondientes. El Presidente del jurado será el profesor de más alta categoría y antigüedad en la misma, entre los integrantes del jurado. Los miembros del jurado deberán poseer título profesional. El jurado en un plazo no mayor de 15 días calendario a partir de la fecha de recepción de los ejemplares del anteproyecto, deberá reunirse para evacuar el dictamen (04 ejemplares) haciendo participar al profesor asesor y al tesista; asimismo; solicitará por una de las tres alternativas siguientes: a. Desaprobar el anteproyecto por causa que especificará. b. Formular las recomendaciones que consideren necesarias para mejorar el anteproyecto. c. Aprobar el anteproyecto sin ninguna modificación. Los dictámenes del Jurado serán válidos si llevan la firma de por lo menos dos miembros del mismo, siendo necesariamente una de ellas la del Presidente. La COPEI hará un seguimiento del cumplimiento de los plazos señalados en el artículo 20 y notificará a los docentes sobre su incumplimiento; de persistir el incumplimiento por plazo de diez (10) días calendario, se procederá a nombrar otro jurado; y se dejará constancia de este hecho, con copia a los respectivos legajos personales de los docentes. CAPITULO IV: DE LA APROBACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE TESIS ARTÍCULO 23: ARTÍCULO 24: ARTÍCULO 25: ARTÍCULO 26: ARTÍCULO 27: ARTÍCULO 28: Sí el jurado opta por la alternativa (b) señalada en el artículo 20, el tesista tendrá un plazo máximo de 45 días calendario a partir de la fecha de emitido el dictamen, para presentar a la COPEI tres ejemplares del ante proyecto de tesis con las correcciones a que hubiere lugar, la no presentación de estos ejemplares dentro del plazo señalado implicará el abandono automático del anteproyecto. Presentado el anteproyecto con las correcciones, si tal hubiere sido el caso, este no podrá ser observado por segunda vez, debiendo el jurado Ad-Hoc. Dictaminar en un plazo no mayor de siete (07) días calendario sobre su aprobación o desaprobación. La aprobación se certificará con la firma de los miembros del jurado en los ejemplares correspondientes. Aprobado el anteproyecto, quedará convertido en proyecto. La COPEI emitirá la resolución correspondiente. Una vez emitida la resolución, el tesista tendrá un plazo máximo del doble del tiempo considerado en su cronograma para la presentación de su tesis; una vez cumplido el plazo establecido, y si el interesado no presentara su tesis, dicho proyecto se declarará en abandono, salvo justificación debidamente sustentada, en cuyo caso la continuación de la tramitación dará lugar al pago de los derechos correspondientes, No se aceptarán solicitudes de modificación del proyecto por parte del tesista, que signifiquen recortar claramente los alcances de dicho proyecto. La COPEI controlará el avance del proyecto en concordancia con el literal (d) del artículo 09. Los informes de avance deberán ser elevados por el profesor asesor. 3
4 ARTÍCULO 29: ARTÍCULO 30: ARTÍCULO 31: El tesista no podrá iniciar el trámite de otro anteproyecto de tesis sin antes solicitar autorización a la COPEI, para abandonar el proyecto anterior, especificando por escrito las causas del abandono, con el aval del profesor asesor. Un proyecto de tesis será declarado en abandono en los siguientes casos: a. Cuando no se haya iniciado el trabajo injustificadamente en el transcurso del doble tiempo correspondiente al primer punto de control. b. Cuando el tesista no informará acerca del avance del proyecto a la COPEI de acuerdo al artículo 28. c. Cuando por razones debidamente justificadas y con el aval del profesor asesor, lo solicite el tesista. d. Por las razones contempladas en el artículo 26 y 45. Para iniciar el trámite de un nuevo anteproyecto de tesis, deberá adjuntarse el recibo de pago de los derechos correspondientes. CAPITULO V: DE LA SUSTENTACION DEL TRABAJO DE TESIS Y PRESENTACION DE LOS EJEMPLARES DEFINITIVOS. ARTÍCULO 32: Una vez redactado el trabajo de tesis y aprobado por el Profesor asesor, el tesista deberá solicitar a la COPEI la tramitación de la sustentación de su tesis, acompañando tres ejemplares de la misma. ARTÍCULO 33: La designación del jurado calificador se hará de acuerdo a los artículos 17, 18, y 19 quien emitirá su dictamen correspondiente en un plazo no mayor de 15 días calendario. Los miembros del jurado calificador que incumplan injustificadamente con sus funciones estarán sujetos a la misma sanción contemplada en el artículo 22. ARTÍCULO 34: ARTÍCULO 35: ARTÍCULO 36 ARTÍCULO 37: ARTÍCULO 38: ARTÍCULO 39: ARTÍCULO 40: ARTÍCULO 41: El acto de sustentación tiene carácter público y será programado por la COPEI quien designará un representante para su organización. La concurrencia del público el jurado al acto de sustentación será en calidad de observador. En el acto de sustentación, el jurado deberá portar los distintivos de la Facultad; el presidente del jurado hará leer la resolución de nombramiento del jurado, cediendo luego el uso de la palabra al tesista. La inasistencia injustificada de algún miembro del jurado y/o Profesor Asesor al acto de sustentación será causal de llamada de atención del Decano por escrito, con copia a su legajo personal. En el acto de sustentación, el tesista dispondrá de 30 minutos como mínimo para exponer las características de su trabajo (objetivos, métodos y resultados). Terminada la sustentación, los miembros del jurado podrán hacer las preguntas que crean conveniente, las mismas que deberán estar relacionadas con el trabajo, y deberán ser absueltas en primera instancia por el tesista, el Profesor Asesor y/o Co-Asesor (es) podrán prestar su apoyo en la fundamentacíón de las respuestas. Terminadas las preguntas el jurado solicitará al tesista y a los asistentes hagan abandono de la sala de sustentación para la deliberación y calificación respectiva. Las calificaciones serán: a. Aprobado Bueno Muy bueno Excelente b. Desaprobado 4
5 ARTÍCULO 42: ARTÍCULO 43: ARTÍCULO 44: ARTÍCULO 45: ARTÍCULO 46: ARTÍCULO 47: ARTÍCULO 48: ARTÍCULO 49: ARTÍCULO 50: Para que sea aprobado se requiere el dictamen favorable en mayoría de los miembros del jurado. En la calificación de la tesis se tendrá en cuenta contenido, exposición y respuesta a las preguntas de los miembros del jurado. Si el jurado considera conveniente, recomendará la publicación de la tesis fundamentando su decisión; la Facultad apoyará decididamente la publicación de la tesis mencionada. Después de la sustentación, el jurado podrá sugerir modificaciones de forma adicionales, las que deberán ser transcritas al tesista para su debido cumplimiento. Aprobada la sustentación de la tesis se levantará un acta en 04 ejemplares. El jurado invitará al tesista a que ingrese a la sala, procediéndose luego a dar lectura al acta de sustentación y la colocación al sustentante, del distintivo correspondiente. Un ejemplar del acta, conjuntamente con las modificaciones sugeridas, si tal hubiese sido el caso, serán entregados al sustentante, en el acto; los ejemplares restantes serán entregados al representante de la COPEI. Si el tesista fuera desaprobado se levantará un acta que será entregada al representante de la COPEI: el tesista tendrá un plazo no menor de sesenta (60) días calendario ni mayor de ciento veinte (120) para hacer una nueva sustentación pagando los derechos correspondientes. Si cumplido este plazo no se realizará a solicitud del tesista la nueva sustentación, la COPEI declarará el abandono del proyecto. Ningún tesista podrá sustentar su misma tesis más de dos (02) veces. Los ejemplares definitivos de la tesis, debidamente empastados, de acuerdo a las especificaciones oficiales, con las correcciones sugeridas, por el jurado, deberán ser presentados en número de tres (03) en un plazo no mayor de noventa (90) días calendario posteriores a la fecha de sustentación. El incumplimiento de este plazo dará lugar al pago de los derechos correspondientes por parte del tesista. Los ejemplares definitivos de la tesis deberán contener en primera página las firmas del profesor asesor, Co-Asesores y miembros del jurado calificador, tal como se muestra en el formato B2 del anexo 03. La COPEI emitirá la constancia correspondiente al tesista que haya cumplido con lo establecido en el artículo 47. Los tres ejemplares serán distribuidos de la siguiente manera: Dos (02) ejemplares para la Biblioteca de la Facultad de Ingeniería Industrial y un (01) ejemplar para la Biblioteca Central de la UNP ARTÍCULO 51: El trabajo de tesis podrá ser publicado en forma de artículo científico, tomándose en cuenta para la mención de los autores lo siguiente: Tesista Profesor Asesor Co-Asesor (es) CAPITULO VI: DISPOSICIONES TRANSITORIAS ARTÍCULO 52: En relación a lo establecido en el Artículo 6º, y en el caso que no haya en la Universidad profesores con título profesional de la especialidad del tesista para participar como asesores, se puede aceptar como tales a docentes de la Facultad, esto es, Ingenieros Industriales con afinidad a la especialidad y otros profesionales con postgrado en la especialidad del tesista. CAPITULO VII: DISPOSICIONES FINALES 5
6 ARTÍCULO 53: Los casos no contemplados en el presente reglamento serán resueltos por el Directorio la COPEI. 6
7 ANEX0 01 DEL ANTEPROYECTO 1. REQUISITOS PARA INICIAR EL TRÁMITE 1.1. Haber aprobado el cuarto nivel de estudios o ser egresado de la Facultad de Ingeniería Industrial. 1.2 Adquirir en la Comisión de Proyectos Especiales e Investigación los formatos requeridos para el trámite. 1.3 Solicitud dirigida al Presidente de la Comisión de Proyectos Especiales e Investigación. 1.4 Anteproyecto de tesis (04 ejemplares) firmados por el tesista, profesor, asesor y en caso de existir por el (los) Co-Asesor (es) Presentar la documentación anterior en la Comisión de Proyectos Especiales e Investigación. 7
8 ANEXO 02 FORMATO PARA EL ANTEPROYECTO FORMATO "A" UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA FACULTAD DE INGENIERIA INDUSTRIAL ANTEPROYECTO DE TESIS (TITULO) RESPONSABLE: TESISTA PROFESOR ASESOR CO-ASESOR : : : (MES - AÑO) 8
9 ANEXO 03 DE LA TESIS I. PRESENTACION. 1.1 Formato B1 1.2 Formato B2 1.3 Dedicatoria (Opcional) 1.4 Agradecimiento (Opcional) 1.5 Índice 1.6 Introducción 1.7 Resumen 1.8 Cuerpo de la tesis, dividido en capítulos 1.9 Conclusiones y Recomendaciones 1.10 Anexos (Sí fuere necesario) 1.11 Bibliografía II. REDACCION 2.1 Extensión mínima: 50 páginas (numeradas a partir del primer capítulo) 2.2 Tipo de papel: Bond A-4 de 80 gr. 2.3 Impresión: En una sola cara ha doble espacio y respetando los siguientes márgenes: Margen Superior: Margen inferior: Margen izquierdo: Margen derecho: 04 cm 03 cm 03 cm 02 cm. 9
10 FORMATO B1 UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA FACULTAD DE INGENIERIA INDUSTRIAL,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,, (Título) TESIS PARA OPTAR EL TITULO DE: INGENIERO INDUSTRIAL... (Nombre ) PIURA - PERU (AÑO) 10
11 FORMATO B (Título) LINEA DE INVESTIGACION:. TESIS PRESENTADA A LA FACULTAD DE INGENIERIA INDUSTRIAL COMO REQUISITO PARA OPTAR EL TITULO DE: INGENIERO INDUSTRIAL. UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA APROBADA:. PROFESOR ASESOR JURADO... PRESIDENTE. VOCAL. SECRETARIA 11
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