MEDIDAS PARA ALENTAR LA ECONOMÍA DEL PAÍS
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- Mariano Velázquez Navarro
- hace 7 años
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1 DIRECTOR GENERAL GERENTE ADMINISTRATIVO Marzo MEDIDAS PARA ALENTAR LA ECONOMÍA DEL PAÍS El pasado día lunes 3 de marzo de 2008, el C. Presidente Felipe Calderón Hinojosa, anunció la implementación del Programa de Apoyo a la Economía, que contempla 10 medidas para impulsar la actividad económica, la inversión y el empleo en el país. En ese sentido, al pasado día 4 de marzo de 2008, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación (DOF) diversos decretos relacionados con tal determinación. Dicho programa consiste en los siguientes puntos: DIFERIMIENTO DE LOS PAGOS PROVISIONALES DE ISR E IETU. (Publicado en el DOF el día 4 de marzo de 2008) Las personas morales y las físicas con actividad empresarial y profesional, así como aquellas que perciban ingresos por arrendamiento, podrán diferir el 3% del monto a enterar de cada uno de los pagos provisionales de ISR e IETU, que se generen de febrero a junio de 2008, sin actualización ni recargos. Los montos diferidos se entenderán cubiertos cuando se pague el impuesto respectivo en la declaración anual del ejercicio fiscal 2008, sin que por dichos pagos deba presentarse declaraciones complementarias. Este beneficio sólo podrá ser aplicado por los contribuyentes que presenten los pagos provisionales de los meses de febrero a diciembre de 2008, así como la declaración anual de dicho ejercicio, en los plazos legales. Los contribuyentes que apliquen este estímulo, podrán dejar de presentar el aviso establecido en el artículo 25 del Código Fiscal de la Federación.
2 2 ESTÍMULO FISCAL POR PRESENTACIÓN OPORTUNA DE LA DECLARACIÓN ANUAL DEL ISR (Publicado en el DOF el día 4 de marzo de 2008) Las personas físicas que presenten oportunamente su declaración anual del ISR del ejercicio fiscal 2007, podrán aplicar un crédito fiscal por la cantidad de $1,000.00, contra el ISR o el IMPAC a pagar del ejercicio fiscal 2007, siempre que éste sea igual o superior a dicho monto. Para tener derecho a este beneficio, los contribuyentes deberán presentar la citada declaración a través de la página con firma electrónica avanzada. Los contribuyentes que apliquen este estímulo, podrán dejar de presentar el aviso establecido en el artículo 25 del Código Fiscal de la Federación. SIMPLIFICACIÓN ADUANERA. (Publicado en el DOF el día 4 de marzo de 2008) Se eliminan 1,384 fracciones arancelarias actualmente exentas de arancel en la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación, que corresponden a insumos y maquinaria para la industria productiva nacional, con el objeto de consolidar los Programas de Promoción Sectorial. DESCUENTO DEL 5 % EN LAS CUOTAS PATRONALES AL IMSS. (Publicado en el DOF el día 4 de marzo de 2008) A través de este estímulo se exime a los patrones del pago de una cantidad equivalente al 5%, en el pago de las cuotas patronales a su cargo, y que se causen a partir del 1º de marzo de 2008, correspondientes a los seguros de Riesgos de Trabajo, Enfermedades y Maternidad, Invalidez y Vida, y de Guarderías y Prestaciones Sociales. Para ser sujetos del beneficio en cuestión, los patrones deberán cumplir con los siguientes requisitos. I. Estar registrados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). II. No ser una entidad pública cuyas relaciones laborales se rijan por el apartado B del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ni formar parte de las administraciones públicas federales, estatales o municipales. III. Tener a todos sus trabajadores inscritos ante el IMSS. IV. No tener a su cargo créditos fiscales firmes a favor del IMSS. Con posterioridad el Instituto dará a conocer los lineamientos operativos y disposiciones de carácter general para la aplicación del beneficio en cita.
3 3 CREACIÓN DEL PORTAL DEL EMPLEO. (Publicado en el DOF el día 4 de marzo de 2008) Con la creación de dicho portal se pretende concentrar la información de los empleos y profesiones demandadas, así como de las tendencias y prácticas del mercado laboral, con el objeto de eficientar la búsqueda de empleo a nivel nacional, tanto en los sectores público como privado. La página de Internet en donde se puede consultar el Portal del Empleo es INCREMENTO DE 650 MILLONES DE PESOS AL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO. (Publicado en el DOF el día 4 de marzo de 2008) Se destinarán 650 millones de pesos al Sistema Nacional de Empleo, lo que implica un incremento del 80% en su presupuesto, el cual se destinará a la capacitación y a la inserción al mercado laboral de la población desempleada y subempleada. DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE EL PROGRAMA PARA LA CREACIÓN DE EMPLEO EN ZONAS MARGINADAS. (Publicado en el DOF el día 4 de marzo de 2008) El presente Decreto tiene por objeto apoyar el empleo y promover la instalación y operación de empresas en aquellas comunidades que, de conformidad a los índices oficiales más recientes, sean consideradas de alta y muy alta marginación y cuya población no exceda de cincuenta mil habitantes. La Secretaría de Economía será quien beneficios que otorga el presente Decreto. resuelva las solicitudes de adhesión a los La adhesión al programa no podrá exceder del 31 de agosto de Los contribuyentes que se adhirieran al programa podrán recibir los apoyos siguientes: I. Un monto equivalente al 100% de la parte de las cuotas obrero patronales causadas a su cargo de conformidad con la Ley del Seguro Social, que cubran por cada trabajador, cuyo salario base de cotización no exceda de diez salarios mínimos diarios de la zona geográfica correspondiente a la localidad en que se ubique el centro productivo, en los dieciocho meses inmediatos siguientes a su adhesión al programa. II. Un monto equivalente al 100% de las aportaciones causadas a su cargo que, de conformidad con la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, cubran por cada trabajador que realice sus labores en el centro productivo de que se trate, cuyo salario base de cotización no exceda de diez salarios
4 4 mínimos diarios de la zona geográfica correspondiente a la localidad en que se ubique el centro productivo, en los dieciocho meses inmediatos siguientes a su adhesión al programa a que se refiere este Decreto. El pago de los montos equivalentes a las cuotas y aportaciones correspondientes no podrá exceder del 30 de noviembre de Los contribuyentes adheridos al programa que establece el presente Decreto no podrán ser beneficiarios simultáneamente de los apoyos del Programa Primer Empleo del Instituto Mexicano del Seguro Social, por los mismos trabajadores. III. Podrán acceder a un paquete integral de financiamiento en condiciones preferenciales para la construcción de naves industriales de los centros productivos, bajo los criterios que determine la Secretaría de Economía. IV. Podrán obtener: 1. Créditos directos o indirectos para la adquisición de equipo, construcción de naves industriales y, en general, para la modernización de infraestructura. 2. Apoyos para el crecimiento y mantenimiento de las estancias infantiles y guarderías que den servicio a los trabajadores de los centros productivos, mediante el otorgamiento de créditos indirectos. 3. Créditos, arrendamiento financiero, o garantías para la adquisición y renovación de transporte del personal de los centros productivos. V. Recibir, con cargo al Programa de Apoyo al Empleo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, recursos para becas en la modalidad de capacitación mixta, por un monto de dos salarios mínimos mensuales de la zona geográfica correspondiente a la localidad en que se ubique el centro productivo, por cada trabajador, durante un periodo de uno y hasta tres meses. VI. Un estímulo fiscal a los contribuyentes que tributen en los términos de los títulos II o IV, Capítulo II, Sección I, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, consistente en deducir de forma inmediata las inversiones efectuadas en bienes nuevos de activo fijo respecto de los cuales se pueda aplicar el artículo 220 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que realicen en los centros productivos a que se refiere el presente Decreto durante el periodo comprendido entre la entrada en vigor de este ordenamiento y el 31 de diciembre de 2012, en el ejercicio en el que adquieran dichos bienes. Para estos efectos, se aplicará la tasa del 100% sobre el monto original de la inversión, en sustitución de los por cientos de deducción establecidos en el artículo 220 citado y siempre que dichos activos fijos se utilicen exclusiva y permanentemente en los citados centros productivos.
5 5 La aplicación de esos beneficios no dará lugar a devolución o compensación alguna de contribuciones federales. Los contribuyentes que apliquen este estímulo podrán dejar de presentar el aviso a que se refiere el artículo 25 del Código Fiscal de la Federación. Este Decreto entró en vigor el día 5 de marzo de REHABILITACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE DUCTOS DE PETRÓLEOS MEXICANOS. Con esta determinación se aumentará en 10,000 millones de pesos el presupuesto destinado al mantenimiento del Sistema Nacional de Ductos de PEMEX, con lo cual se busca incrementar la generación de empleos, mejorar las condiciones laborales de la empresa, optimizar la seguridad de los trabajadores y aumentar la eficiencia productiva de PEMEX. REDUCCIÓN DE LAS TARIFAS DE ENERGÍA ELÉCTRICA. Se anuncia la reducción del 20% de las tarifas de energía eléctrica de punta y del 10% de las tarifas comerciales, las cuales son adicionales a las reducciones autorizadas mediante Decreto publicado en el DOF de fecha 7 de enero de ENTREGA DE 3,000 MIL MILLONES DE PESOS DE LA BANCA DE DESARROLLO. El último punto anunciado, consiste en agilizar la entrega de 3,000 mil millones de pesos de la Banca de Desarrollo, con el fin de que dicha suma se encuentre disponible en el mes de marzo y contribuya de manera inmediata a promover la actividad económica. Así también se anunció que se reforzará el capital de Nacional Financiera para que incremente el financiamiento a las pequeñas y medianas empresas, y se otorguen apoyos para la modernización de maquinaria y equipo, para el ahorro de energía y para la renovación del transporte de carga y de pasajeros; con lo que se estima una generación de crédito de alrededor de 27 mil millones de pesos a través de la Banca de Desarrollo. En caso de duda o requerir mayor información, estamos a sus órdenes en los teléfonos , , y O bien, en la dirección electrónica: aboempre@prodigy.net.mx
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