NORMAS DE ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES
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- Ricardo Miguélez Crespo
- hace 7 años
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1 NORMAS DE ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES
2 Normas elaboradas por la Junta Directiva de la Asociación de Madres y Padres del CEIP El Sol. Aprobadas en junta ordinaria de 28 de enero de 2010 para su presentación a la Asamblea General. Abierto plazo para presentación de enmiendas, fueron debatidas y aprobadas en Asamblea General Ordinaria de 22 de febrero de AMPA CEIP El Sol 2 / 7
3 INTRODUCCIÓN El presente documento recoge las Normas que regulan el funcionamiento de las actividades organizadas por la Asociación de Madres y Padres del CEIP El Sol. Las Normas han sido propuestas y aprobadas por la Junta Directiva de la Asociación y debatidas y ratificadas en Asamblea General. Son, por tanto, de obligado cumplimiento para todos los alumnos y alumnas que participan de las actividades organizadas por esta Asociación. Las actividades extraescolares organizadas por el AMPA son actividades de carácter lúdico-formativo que pretenden cubrir un espacio de ocio necesario en el proceso de aprendizaje de alumnas y alumnos, y se desarrollan dentro del centro, fuera del horario escolar entre los meses de octubre y mayo, ambos incluidos. La realización de estas actividades pretende contribuir a la conciliación de la vida familiar y laboral de las familias, pero se plantea como objetivo prioritario servir de complemento a la formación que reciben nuestros niños y niñas en el colegio; por eso se desarrollan principalmente en el ámbito de lo lúdico, lo deportivo y lo artístico, aunque no se desdeñan otras que refuerzan lo más académico. AMPA CEIP El Sol 3 / 7
4 NORMAS GENERALES 1. Para poder participar de estas actividades será requisito indispensable ser socio del AMPA. Sólo en casos excepcionales, se estudiará la posibilidad de que ex-alumnos o ex-alumnas puedan mantenerse en alguna actividad atendiendo a cuestiones de continuidad en su formación, arraigo social, etc. (En estos casos, se abonará una cuota de simpatizante de la Asociación para participar en la actividad, pero en ningún caso supondrá el reconocimiento de la condición de socio de pleno derecho). 2. El Programa de Actividades será presentado por la Junta Directiva de la Asociación al Consejo Escolar, que será el encargado de aprobarlo antes del inicio del curso escolar. 3. La programación de cada una de las actividades, así como la distribución de los grupos y espacios, será acordada con la empresa proveedora del servicio y aprobada por la Junta Directiva del AMPA, que le dará publicidad por los medios habituales. 4. La contratación de las empresas o monitores que desarrollan las actividades será responsabilidad de la Junta Directiva del AMPA; será también la encargada del seguimiento y evaluación durante el curso escolar. 5. La Asociación estará siempre abierta a estudiar la posibilidad de abrir nuevas actividades, siempre y cuando cumplan con los objetivos del Programa de Actividades, se disponga de los espacios adecuados y exista el mínimo indispensable de participantes. 6. No hay que olvidar que las actividades extraescolares son un complemento formativo, que son voluntarias y que intentan ayudar a los niños con propuestas para el ocio. Una persona obligada puede crear un mal ambiente. 7. La Junta Directiva del AMPA tendrá la potestad excluir de una actividad a aquellos alumnos y alumnas que incumplan reiteradamente las normas de la misma, o que causen deterioro en las instalaciones o material del centro. También supondrá la baja forzosa el incumplimiento de las obligaciones de pago de la actividad. AMPA CEIP El Sol 4 / 7
5 NORMAS ESPECÍFICAS 1. En el mes de junio se abrirá el periodo de inscripción para las actividades, que se cerrará en las primeras semanas del curso escolar. Las fechas se harán públicas para conocimiento de todos los interesados. Todos los alumnos deberán formalizar la inscripción, independientemente de haber realizado la actividad en cursos anteriores. No se admitirán solicitudes recibidas fuera de plazo. La presentación de la solicitud no garantiza la existencia de una plaza disponible en la actividad. 2. Todas las solicitudes se formalizarán por escrito con el modelo creado a tal efecto, y serán entregadas en el AMPA, en mano en el horario de atención al público, a través del buzón sito junto al local, o por vía telemática al correoe ampaelsol@gmail.com. No se tendrán en cuenta las solicitudes que no cumplan estos requisitos o no estén debidamente cumplimentadas. 3. El AMPA publicará las listas provisionales de admitidos teniendo en cuenta los siguientes aspectos: en primer lugar, alumnos y alumnas inscritos el curso anterior en la actividad; a continuación, inscripciones nuevas por riguroso orden de llegada. Tras la publicación de las listas provisionales, se abrirá un periodo para resolver incidencias y reclamaciones. Acabado el período de reclamaciones, se publicarán las listas definitivas. 4. En las actividades cuyo cupo quede completo, se establecerán listas de espera. En el caso de producirse una vacante, serán admitidos respetando rigurosamente el orden de inscripción en la actividad. 5. El abono de la cuota de las actividades se realiza mensualmente, en la primera semana del mes. No estar al corriente del pago supondrá la baja inmediata en la actividad. Además, no se establecerá ningún tipo de reserva de plaza y se le repercutirán, en su caso, los gastos derivados de la devolución de recibos. 6. Para los casos de domiciliación bancaria, los socios deberán comunicar con antelación suficiente cualquier cambio que se pueda producir para evitar devoluciones; cualquier coste provocado por devoluciones no imputables al AMPA o a la empresa proveedora del servicio, será repercutido al socio inscrito en la actividad en cuestión. AMPA CEIP El Sol 5 / 7
6 7. Para altas, bajas y modificaciones en actividades una vez iniciado el curso se establecen los siguientes protocolos y plazos: se hará llegar al AMPA instancia con la solicitud de alta, baja o modificación (según corresponda), en mano, al buzón del local o al correo-e ampaelsol@gmail.com; para bajas y modificaciones el plazo será del 16 al 20 del mes en curso (una vez rebasado este plazo, la baja no será efectiva hasta el mes siguiente y se habrá de abonar la cuota correspondiente); para las altas, se aceptarán las solicitudes entre el 21 y el 25 del mes anterior al inicio de la actividad. 8. El primer día de actividades del curso, es obligatorio e imprescindible que los padres, madres o tutores acudan con sus hijos e hijas y los acompañen para conocer a los monitores y monitoras, así como los locales donde se desarrollarán las actividades. A partir de ese día, los alumnos y alumnas de Educación Primaria acudirán directamente a los lugares donde se realizan las actividades; los niños y niñas de Educación Infantil serán acompañados por los monitoras y monitores, que los recogerán en la fila de clase que corresponda, o en el lugar acordado al efecto. 9. Algunas actividades de las que se desarrollan en más de un día tienen una continuidad programática que exige la asistencia a todas las sesiones. En estos casos no se podrá asistir a días sueltos, debido a las propias características de la actividad y con el fin de evitar perjuicios al desarrollo de la misma y a los compañeros de grupo. 10. El cupo máximo de las actividades será el fijado por la ley vigente. El cupo mínimo puede ser establecido por las empresas promotoras en función de las características de las actividades o de las necesidades del servicio. 11. La monitora o monitor de la actividad notificará las faltas de asistencia a la persona del AMPA responsable de la oficina para que, a su vez, ésta lo comunique a la familia. 12. Se debe respetar tanto a la persona responsable de la actividad como a los compañeros. De no ser así, el monitor o monitora podrá decidir si alguien debe abandonar el grupo, a fin de preservar la buena marcha y el buen ambiente de la actividad. 13. Solamente en las actividades que requieran cambio de vestuario o equipamiento se permitirá permanecer cinco minutos después del comienzo y cinco minutos antes del final a adultos para ayudar a las niñas y niños en las tareas de cambio. AMPA CEIP El Sol 6 / 7
7 14. En el caso de actividades que requieren materiales específicos que puedan quedar guardados en el local del AMPA, el monitor o monitora será el encargado de repartirlos y recogerlos; en ningún caso se hará cargo el AMPA. Del mismo modo, no se responsabiliza de su guarda y custodia o de los daños que pudieran sufrir materiales que no sean propiedad del AMPA. 15. Si va a recoger al niño o niña una persona que no es la habitual, debe notificarse al AMPA para avisar con antelación a la monitora o monitor de dicha actividad para que el niño o niña sea entregado a esa persona. Asimismo, si por cualquier circunstancia una persona no debe recoger a un alumno o alumna, también debe notificarse con antelación. AMPA CEIP El Sol 7 / 7
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