Análisis económico de las modificaciones tributarias
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- Agustín Venegas Ortega
- hace 7 años
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1 Análisis económico de las modificaciones tributarias Luis Alberto Arias M. Presidente Ejecutivo INDE Consultores
2 Evolución de los ingresos tributarios
3 Presión Tributaria (% PBI)
4 Impuesto a la Renta (% PBI)
5 Impuesto General a las Ventas (% PBI)
6 Aranceles (% PBI)
7 Impuesto selectivo al consumo (% PBI)
8 Cuadro comparativo de la Presión Tributaria Impuestos 1997 (% PBI) 2001 (% PBI) 2006 (% PBI) 2006 vs 2001 (% PBI) Impuesto a la Renta IGV Aranceles ISC Otros Presión Tributaria
9 Estructura Tributaria 2001 vs 2006 Aranceles 10% Otros 10% IGV 41% Otros 7% ISC 9% Aranceles 5% IR 40% ISC 15% IR 24% IGV 39%
10 Impacto de las modificaciones tributarias
11 Principales modificaciones tributarias! Se redujo la tasa del ITAN de 0.6% a 0.5%, y se disminuyó el monto de activos netos a partir del cual se paga el impuesto: de 5 a 1 millón de soles! Se renovaron por 3 años (hasta el 31/12/2009) las exoneraciones del IGV y por 2 años (hasta el 31/12/2008) las exoneraciones del IR! Se eliminó la capitalización de intereses para actualizar la deuda tributaria! Se permitirá, bajo ciertas circunstancias, fraccionar una deuda que anteriormente fue fraccionada! Respecto al RER y RUS se redujeron las tasas; se elevó el monto de ingresos y ventas para acogerse a dichos regímenes; y se eliminaron casi todos los requisitos (parámetros) para determinar si un contribuyente puede acogerse a estos regímenes, quedando solo los montos de activos compras
12 Los cambios en el ITAN Concepto Antes (Ley Nº 28424) Ahora (Dec. Leg. Nº 971) Tasa 0% 0.60% 0% 0.50% Ámbito de aplicación Hasta 5 millones de soles en activos netos Por el exceso de 5 millones de soles en activos netos Hasta 1 millón de soles en activos netos Por el exceso de 1 millón de soles en activos netos
13 Los cambios en el ITAN! El ITAN es utilizado en diversos países como un instrumento para evitar la subvaluación de utilidades de las empresas! El impuesto se paga aplicando un porcentaje sobre el valor de los activos de cada una de las empresas, el monto así obtenido se puede deducir del IR que le corresponde pagar a cada empresa! Las empresas con pérdidas pueden solicitar a la SUNAT la devolución del ITAN pagado! En conclusión: Los contribuyentes se beneficiarán con una menor tasa, pero al mismo tiempo nuevas empresas (las que tienen activos netos entre 1 y 5 millones de soles) deberán empezar a pagar el ITAN a partir del 2007
14 La renovación de las exoneraciones sujetas a plazo! Se han renovado por 3 años todas las exoneraciones del IGV a los bienes y servicios contendidos en la lista de los Apéndices I y II del Texto Único Ordenado de la Ley del IGV y del ISC! Se han renovado por dos años las exoneraciones del Impuesto a la Renta, contenidas en el artículo 19 del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta
15 Bienes exonerados del IGV (Apéndice I del TUO de la Ley del IGV y del ISC)! Animales vivos! Leche y productos lácteos! Demás productos de origen animal! Plantas vivas! Hortalizas, legumbres y tubérculos! Frutas! Café y té! Especias! Cereales! Semillas y plantas industriales o medicinales! Demás productos de origen vegetal! Cacao! Tabaco en rama! Abonos! Algodón sin cardar ni peinar
16 Servicios exonerados del IGV (Apéndice II del TUO de la Ley del IGV y del ISC)! Servicio de transporte público de pasajeros dentro del país! Servicios de transporte de carga que se realicen desde el país hacia el exterior y los que se realicen desde el exterior hacia el país! Espectáculos en vivo de teatro, zarzuela, conciertos de música clásica, ópera, opereta, ballet, circo y folclore nacional! Servicios de expendio de comidas y bebidas prestados en los comedores populares y comedores de universidades públicas! La construcción, alteración, reparación y carena de buques de alto bordo! Los intereses generados por valores mobiliarios emitidos mediante oferta pública por personas jurídicas constituidas o establecidas en el país
17 Servicios exonerados del IGV (Apéndice II del TUO de la Ley del IGV y del ISC)! Las pólizas de seguros de vida! La construcción y reparación de las Unidades de las Fuerzas Navales y Establecimiento Naval Terrestre de la Marina de Guerra del Perú que efectúen los Servicios Industriales de la Marina! Los intereses que se perciban, con ocasión del cobro de la cartera de créditos transferidos por Empresas de Operaciones Múltiples del Sistema Financiero a las Sociedades Titulizadoras o a los Patrimonios de Propósito Exclusivo! Los ingresos que perciba el Fondo MIVIVIENDA! Los ingresos, comisiones e intereses derivados de las operaciones de crédito que realice el Banco de Materiales! Los servicios postales destinados a completar el servicio postal originado en el exterior
18 Exoneraciones del IR (Artículo 19 del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta)! Las rentas que, las sociedades o instituciones religiosas, destinen a la realización de sus fines específicos en el país! Las rentas destinadas a sus fines específicos en el país, de fundaciones afectas y de asociaciones sin fines de lucro! Los intereses provenientes de créditos de fomento otorgados directa o mediante proveedores o intermediarios financieros por organismos internacionales o instituciones gubernamentales extranjeras! Las rentas de los inmuebles de propiedad de organismos internacionales que les sirvan de sede! Las remuneraciones que perciban, por el ejercicio de su cargo en el país, los funcionarios y empleados considerados como tales dentro de la estructura organizacional de los gobiernos extranjeros, instituciones oficiales extranjeras y organismos internacionales, siempre que los convenios constitutivos así lo establezcan
19 Exoneraciones del IR (Artículo 19 del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta)! Los intereses y demás ganancias provenientes de créditos concedidos al Sector Público Nacional, salvo los originados por los depósitos de encaje que realicen las instituciones de crédito! Cualquier tipo de interés de tasa fija o variable, en moneda nacional o extranjera, que se pague con ocasión de un depósito, así como los incrementos de capital de los depósitos e imposiciones en moneda nacional o extranjera! Los ingresos brutos que perciben las representaciones deportivas nacionales de países extranjeros por sus actuaciones en el país.! Las regalías por asesoramiento técnico, económico, financiero, o de otra índole, prestados desde el exterior por entidades estatales u organismos internacionales
20 Exoneraciones del IR (Artículo 19 del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta)! La ganancia de capital proveniente de:! La enajenación de valores mobiliarios inscritos en el Registro Público del Mercado de Valores a través de mecanismos centralizados de negociación a los que se refiere la Ley del Mercado de Valores! La enajenación de los títulos representativos y de los contratos sobre bienes o servicios efectuados en las Bolsas de Productos! La redención o rescate de valores mobiliarios emitidos directamente, mediante oferta pública, por personas jurídicas constituidas o establecidas en el país; así como de la redención o rescate de los certificados de participación y otros valores mobiliarios, emitidos por oferta pública, en nombre de los fondos mutuos de inversión en valores, fondos de inversión o patrimonios fideicometidos, constituidos o establecidas en el país; de conformidad con las normas de la materia
21 Exoneraciones del IR (Artículo 19 del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta)! Los intereses y reajustes de capital provenientes de letras hipotecarias de acuerdo a la legislación de la materia! Las Universidades Privadas constituidas bajo la forma jurídica a que se refiere el Artículo 6º de la Ley Nº 23733, en tanto cumplan con los requisitos que señala dicho dispositivo! Los ingresos brutos que perciben las representaciones de países extranjeros por los espectáculos en vivo de teatro, zarzuela, conciertos de música clásica, ópera, opereta, ballet y folclor, calificados como espectáculos públicos culturales por el Instituto Nacional de Cultura, realizados en el país! Los intereses que perciban o paguen las cooperativas de ahorro y crédito por las operaciones que realicen con sus socios
22 La evaluación de las exoneraciones no se habría efectuado! La Ley que delega al Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia tributaria, establece en el numeral 5) del artículo 2 que: el Poder Ejecutivo está facultado a prorrogar o eliminar las exoneraciones y los beneficios tributarios vigentes sujetos a plazo, previa evaluación de la necesidad de sus permanencia! Esta evaluación no se habría efectuado dado que se han prorrogado todas las exoneraciones! En un contexto de abundancia de recursos fiscales por efecto de precios de minerales altos, mantener las exoneraciones tributarias implica que el objetivo de aumentar la Presión Tributaria del 15% al 17% del PBI no se podrá cumplir
23 La eliminación de la capitalización de intereses de la deuda tributaria! La deuda tributaria se actualiza mensualmente aplicando la Tasa de Interés Moratorio (TIM) al tributo no pagado, esta tasa es de 1.5% por mes! El 31 de diciembre de cada año, los intereses no pagados pasan a formar parte del capital adeudado, y en consecuencia el tributo no pagado más los intereses acumulados del año forman la nueva base de cálculo sobre la que se aplican los intereses del año siguiente (Capitalización de intereses)
24 La eliminación de la capitalización de intereses de la deuda tributaria! La eliminación de la capitalización de intereses favorece al moroso crónico, es decir a aquel contribuyente cuya deuda estará impaga por varios años, no así al deudor ocasional, de corto plazo, que normalmente es deudor por falta de liquidez! Lo más adecuado hubiera sido reducir la TIM para todos los contribuyentes y de esa manera beneficiar a todos! Al eliminar la capitalización será más difícil que la SUNAT baje la TIM, con lo cual los perjudicados serán los contribuyentes con deudas tributarias de corto plazo
25 Los regímenes simplificados para las pequeñas empresas: El RER y el RUS! Los cambios más importantes introducidos en el RUS y RER son:! Aumento del nivel de ventas o ingresos para ser considerado pequeña empresa! Disminución de las tasas del RER de 3.5% a 2.5%, en el caso de servicios, y de 2.5% a 1.5% en el caso de bienes! Eliminación, en la Ley, de los requisitos que permitían establecer si un contribuyente podía o no acogerse al RUS
26 Los regímenes simplificados para las pequeñas empresas: El RER y el RUS! Con las modificaciones cualquier contribuyente que informe que tiene ingresos y activos menores a los que establece la norma podrá acogerse a los regímenes simplificados! La posibilidad de la SUNAT de fiscalizar eficazmente a los 500,000 contribuyentes que actualmente ya están acogidos más las decenas de miles que se acogerán, se reducirá considerablemente! Era necesario dejar dos o tres requisitos y no eliminar todos! En conclusión: Los cambios incentivarán el fraccionamiento o atomización de las empresas formales y la subvaluación de ingresos
27 El número de compañías inscritas en el RUC se reduce! En los últimos años la base tributaria crece solo en lo que se refiere a las personas naturales (con y sin negocio)! El número de sociedades disminuye en términos relativos y absolutos, algo ilógico en una economía en crecimiento
28 El número de compañías inscritas en el RUC se reduce % 12% 10% Miles % 8% 6% 4% Porcentaje 50 2% 0 Dic-97 Dic-98 Dic-99 Dic-00 Dic-01 Dic-02 Dic-03 Dic-04 Dic-05 Nov-06 0% No Sociedades 1/ No Sociedades / No Contribuyentes (%) 1/ Incluye Sociedad Anónima, Empresa Individual de Responsabilidad Limitada y Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada
29 El número de compañías inscritas en el RUC se reduce! Una hipótesis es que estas tendencias observadas en la evolución del número de sociedades responden a los beneficios del RUS y RER para personas naturales
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