FUNDACIÓN MÉDICA JURÍDICA

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1 FUNDACIÓN MÉDICA JURÍDICA Año 7 / N 21 / Marzo 2012 ISSN / Distribución Gratuita Hipoacusia Inducida por Ruido Trabajo y Reconocimiento Dra Gotti Adriana Silvia La Mala Praxis Médica no depende solo del accionar del Médico Dr Rodolfo Ávila Médico Laboral Secretaría Técnica Región NEA Misión Médica SRT - SAFJP (03783) Corrientes Cap. Rep. Argentina

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3 STAFF Dirección General Dra. Mabel Garrido Producción Dra. Mabel Garrido Comisión de Publicación Dr. Jorge Buompadre Dr. Rodolfo Avila Dr. Gerardo Russo Dr. Juan Carlos Zárate (Paraguay) Colaboradores.Lab. ADAM Dra. Gotti Adriana Silvia Daniela C. Amigó Área Jurídica Dr. Jorge Eduardo Buompadre Dr. Ramón Silvio Sosa Medicina Legal Dr. José Angel Patitó (Bs.As.) Dra. Mabel Garrido Medicina Laboral Dr. Rodolfo Avila Estomatología Legal y Forense Dr. Juan Carlos Zarate Rodríguez (Paraguay) Genética Forense: A.D.N. - Filiación Dra. Adriana Gotti Química Legal y Toxicología Forense Dra. Mirian Sosa Criminología y Criminalística Lic. Julio Miskinich Traumatología - Ortopedia y Medicina del deporte Dr. Anibal Garrido (Bs.As.) Dr. Alfredo Tornatore (BsAs) Nota Editorial La Fundación Medica Jurídica de Corrientes se encuentra abocada a la formación constante y permanente de las ramas que nos nutren y que se hallan en continuo avance. La realidad nos exige mayor conocimiento y capacitación en las diferentes áreas de la Medicina Legal, para dar respuestas a cuestiones jurídicas, es el nexo con el derecho. Esperamos lograr un acercamiento con un lenguaje común a la sociedad y aquellos profesionales de los diferentes fueros judiciales de las Ciencias Médicas y Criminalísticas para intercambiar y nutrirnos de las experiencias individuales. Creemos que en la medicina, como en otros órdenes de la vida, se avanza permanentemente, por eso es posible valorar y prevenir aquello que nos es conocido. Los esperamos y agradecemos a todos aquellos que han colaborado invirtiendo su tiempo para que podamos concretar esta herramienta para difundir novedades de la Medicina Legal y Laboral. Gracias a nuestros auspiciantes por confiar. Hasta la próxima. Dra. Mabel Garrido Sumario Hipoacusia Producida por Ruido... Pag 4 Trabajo y Reconocimiento... Pag 10 Dra Gotti Adriana Silvia Mala praxis médica no depende... Pag 14 solo del accionar del Médico FUNDACIÓN MÉDICA JURÍDICA Personería jurídica 023/07 - Ctes - Argentina fundacionmedicajuridica@gmail.com Contacto fundacionmedicajuridica@gmail.com Esta revista se publicará trimestralmente desde la. La no se hace responsable por las opiniones vertidas por los columnistas ni colaboradores. Año 7 - Nº 21 / Marzo de 2012/ Distribución Gratuita ISSN PROPIEDAD INTELECTUAL E/T Corrientes -Capital (3400)- Argentina Exígete mucho a ti mismo y espera poco de los demás. Así te ahorrarás disgustos - Confucio

4 Hipoacusia Inducida por Ruido Pág 4 Hipoacusia Inducida por Ruido Lab. ADAM DEFINICIÓN DE SONIDO: SENSACION PERCIBIDA POR EL OIDO HUMANO DEBIDA A LAS DIFERENCIAS DE PRESION PRODUCIDAS POR LA VIBRACION DE UN CUERPO Y QUE SE TRANSMITE POR UN MEDIO ELASTICO COMO ES EL AIRE. EL OÍDO HUMANO DEFINICIÓN DE RUIDO: Ÿ SONIDO NO DESEADO. Ÿ COMBINACIÓN DE SONIDOS NO COORDINADOS QUE PRODUCEN UNA SENSACION DESAGRADABLE. Ÿ CUALQUIER SONIDO QUE INTERFIERA O IMPIDA ALGUNA ACTIVIDAD HUMANA. FRECUENCIA, VELOCIDAD DE PROPAGACIÓN Y LONGITUD DE ONDA: La presencia del sonido produce en el aire pequeñas variaciones de presión que se superponen a la presión atmosférica. (1 Atm = 760 mm Hg = Pa). A estas variaciones de presión se las conoce como presión sonora y produce la sensación de oir. Cuando un cuerpo vibra, lo hace cumpliendo un movimiento oscilatorio que se repite varias veces por segundo. Al número de ciclos completos de vibración por unidad de tiempo se lo denomina frecuencia y su unidad es el Hertz (Hz). Para que un sonido sea oído por el hombre su frecuencia tiene que estar dentro del rango de 20 Hz a Hz, ya que estos son los límites de audibilidad del ser humano. RANGO DE FRECUENCIA AUDIBLE

5 Hipoacusia Inducida por Ruido Pág 5 Los sonidos no se oyen tal como suenan: El oído humano no tiene la misma sensibilidad a todas las frecuencias. Se oyen mejor los sonidos de frecuencias medias y altas que los de baja frecuencia. Nivel de presión sonora: ŸYa se ha dicho que la onda sonora se propaga en el aire en forma de variaciones de presión. La intensidad de un sonido depende del valor que tenga esa presión sonora. ŸUn sonido muy débil, apenas audible por el hombre, tiene una presión sonora del orden de lo 0,00002 Pa. Y constituye el umbral de audición. ŸEn cambio se denomina umbral de dolor a una presión sonora muy elevada, del orden de 20 Pa. ŸComo sería muy complicado expresar las intensidades de los sonidos midiendo sus presiones sonoras en Pascal, se adopta la Pref.: presión sonora de referencia, de trabajo, con independencia de si se unidad de medida conocida como que se adopta con valor: 0,00002 Pa. trata de una exposición continua o de decibel. Valores límites de Nivel Sonoro: varias exposiciones de corta duración. Se denomina velocidad de Lo valores límite de nivel sonoro se Cuando la exposición diaria al ruido se propagación del sonido a la refieren a los niveles de presión compone de dos o más períodos de velocidad con que las ondas sonoras se acústica y duraciones de exposición exposición a distintos niveles de alejan de la fuente. que representan las condiciones en las ruidos, se debe tomar en Esta velocidad se expresa en m/seg., y que se cree que casi todos los consideración el efecto global, en lugar su valor varía según trabajadores pueden estar expuestos del efecto individual de cada período. el medio de propagación. repetidamente sin efectos adversos La velocidad de propagación del sobre su capacidad para oír y II.- Ruido de impulso o de impacto sonido en el aire, a la comprender una conversación normal. La medida del ruido de impulso o de temperatura ambiente, es del orden Cuando los trabajadores estén impacto estará en el rango de 80 y 140 de 344 m/seg. expuestos al ruido a niveles iguales o db A y el rango del pulso debe ser por Se denomina longitud de onda a la superiores a los valores límite, es lo menos de 63 db. distancia que existe entre dos puntos necesario un programa completo de No se permitirán exposiciones sin de máxima presión, correspondientes conservación de la audición que protección auditiva por encima de un a la onda sonora que se está incluya pruebas audiométricas. nivel pico C Ponderado de presión propagando. acústica de 140 db. El decibel es una unidad de tipo TIPOS DE RUIDOS: Si no se dispone de la instrumentación adimensional, que se obtiene 1.- Ruido continuo o intermitente: para medir un pico ponderado, se calculando el logaritmo de una El nivel de presión acústica se debe puede utilizar la medida de un pico no relación entre dos magnitudes determinar por medio de un ponderado por debajo de 140 db para similares, en este caso, sonómetro o dosímetro que se suponer que el pico C ponderado está dos presiones sonoras: ajusten, como mínimo, a los requisitos P N.P.S. =20 log. Pref. donde: N.P.S.: nivel de presión sonora, expresado en db p: presión sonora del sonido a medir, expresada en Pa. de la especificación de las normas nacionales o internacionales. El sonómetro deberá disponer de filtro de ponderación frecuencial A y respuesta lenta. La duración de la exposición no deberá exceder de los valores que se dan en la Tabla 1. Estos valores son de aplicación a la duración total de la exposición por día

6 Hipoacusia Inducida por Ruido Pág 6 TABLA I Hipoacusia Perceptiva inducida por el Ruido (H 83.3): concepto / definición:. La Hipoacusia perceptiva auditiva inducida por el ruido es una pérdida auditiva generalmente bilateral, permanente, de instalación lenta y progresiva a lo largo de muchos años, como resultado de exposición a ruido intenso, continuo o intermitente (Comité de Ruido y Conservación de Audición del American College of Occupational Medicine,1989). Incidencia y Exposición ocupacional: Entre los factores o agentes considerados como riesgo ocupacional, el ruido es el más importante, está Universal mente distribuido y expone a un elevado número de Traba jadores. Otros agentes causales de naturaleza ocupacional, como sustancias químicas, vibraciones y algunos medicamentos ototóxicos, pueden causar pérdida auditiva directamente y/o interactuar con el ruido potencializando sus efectos sobre la audición. Para que ocurra la Enfermedad, o la pérdida auditiva, serán necesarias determinadas características de intensidad y frecuencia del agente, que actúen sobre el oído susceptible, durante un tiempo prolongado. Criterios Diagnósticos: Ÿ El Comité de Ruido y Conservación de Audición del American College of Occupational ŸMedicine (1989) reconoce las siguientes características para la hipoacusia perceptiva porel ruido: Ÿ Es siempre una hipoacusia neurosensorial que afecta las células del órgano de Corti; Ÿ Es siempre bilateral con patrones audiométricos similares para ambos oídos; Ÿ Raramente produce pérdida auditiva profunda. (las pérdidas de baja frecuencia están alrededor de 40 db, y en frecuencias altas, 75 db). Ÿ Interrumpida la exposición, no hay progreso significativo en la pérdida auditiva resultante de exposición al ruido; Ÿ La pérdida auditiva previamente inducida por el ruido no lo torna más sensible para futuras exposiciones; Ÿ En la medida que aumenta el umbral de audición, la velocidad de pérdida decrece; Ÿ Los daños más precoces del oído interno se reflejan en frecuencias de 3.000, y Hz. Siempre hay una pérdida más acentuada en estas frecuencias, que en las frecuencias de 500, y Hz. La mayor pérdida ocurre en Hz. Las frecuencias más altas y más bajas requieren más tiempo para ser afectadas.

7 Hipoacusia Inducida por Ruido Pág 7 Factores Influyentes en la lesión auditiva qintensidad del ruido. El límite para evitar la hipoacusia es de 80 db (A) para una exposición de 40 h. semanales, a un ruido constante qfrecuencia del ruido La banda de 4000 Hz el primer signo en la mayoría de casos. qtiempo de exposición La lesión auditiva inducida por ruido sigue una función exponencial. qsusceptibilidad Individual qedad qsexo No hay estudios que confirmen la supuesta protección auditiva de la mujer con respecto al ruido. qenfermedades del oído medio Cabe suponer mayor fragilidad coclear cuando existe una pérdida auditiva neurosensorial, aunque tampoco existen evidencias suficientes. qnaturaleza del ruido. Ÿ En condiciones estables de exposición, las pérdidas en 3.000, y Hz. generalmente afectarán un nivel máximo en cerca de 10 a 15 años de exposición. Ÿ La exposición continua al ruido a lo largo de los años es más perjudicial que exposiciones interrumpidas, pues estas permiten un período de reposo para el oído. Diagnóstico Nosológico: La Anamnesis (entrevista) puede ser realizada oralmente o a través de cuestionario, con anotación de las características de su ocupación, el uso de equipos de protección individual (EPI), historia ocupacional actual y previa. Deben investigarse la percepción que el trabajador tiene de su audición, si tiene dificultades para conversar y la presencia de zumbido y reclutamiento (sensación de incomodidad para los tonos de alta intensidad), y la presencia de síntomas generales como cefalea, insomnio, irritabilidad y mareos. Deberá tomarse en cuenta la existencia de otras enfermedades, uso de medicamentos y existencia de antecedentes patológicos auriculares, como traumas e infecciones. El ruido fuera del trabajo debe ser considerada. La otoscopía debe preceder a los tests auditivos para que puedan ser descartadas patologías del oído externo. Estas afecciones pueden AUDIOGRAMA Diagnóstico Nosológico: El diagnóstico nosológico de la hipoacusia perceptiva por el ruido puede ser establecido a través de los siguientes procedimientos: Ÿ Anamnesis clínica y ocupacional. Ÿ Examen físico y otoscopía. Ÿ Evaluación audiológica y si es necesario, exámenes complementarios. Es muy útil seguir un esquema de trabajo, y para ello podemos establecer un Diagrama Exploratorio: generar pérdidas de tipo conductivo y deben ser tratadas antes de explorar los efectos del ruido sobre la audición.

8 Hipoacusia Inducida por Ruido Los exámenes audiométricos deben ser realizados por el especialista e incluyen las pruebas con diapasón, la audiometría tonal por vía aérea (si hubiera pérdida deberá ser examinada también la vía ósea), la logoaudiometría y la impedanciometría. La audiometría tonal por vía aérea, es el examen más importante y adoptado universalmente, tanto en los programas preventivos, cuanto en los procedimientos diagnósticos y para la evaluación de la incapacidad laboral. El examen sea realizado por personal profesional habilitado, respetando las condiciones bien establecidas: Ÿ El local del examen debe ser silencioso, mejor en cabina Audiométrica. Ÿ El audiómetro debe ser sometido a calibración electro-acústica anual en laboratorios habilitados y a calibración biológica mensual. Ÿ El paciente debe concurrir después de un reposo auditivo (no expuestos a ruidos intensos) de por lo menos 24 horas. CONTROL DEL RUIDO: Control de ruido en la fuente Ÿ Reducir los impactos que sean posibles. Ÿ Evitar las fricciones. Ÿ Utilizar aisladores y amortiguadores. Ÿ Utilizar lubricación adecuada. Actuación sobre el medio de propagación. Ÿ Aislamiento acústico: pantallas o barreras (disminución de 5, 10 o 15 db), tabiques de cerramientos (disminución de 30, 40 o más db). Ÿ Absorción acústica: recubrimiento de superficies internas del local (disminución en menos de 8,5 db) AUDIOGRAMA LOGOAUDIOMETRIA 100 x x x x x x x o 90 o x o 80 o 70 o % x x o o 0dB db Pág 8 Protección del personal afectado Entrega de Protectores Auditivos

9 Hipoacusia Inducida por Ruido Control Administrativo: traslada a la Tabla de la A.M.A./84 - A.A.O. MAY./79. Planificación de la producción para En esta Tabla se debe buscar en su eje eliminar puestos horizontal el mejor oído y en su eje ruidosos y adaptación de nuevos vertical el peor; de la intersección de programas de trabajo. ambos ejes surge la pérdida auditiva Ÿ Política de compra de la empresa bilateral en porcenta- jes. Dicha valor (compra de maquinas o equipos multiplicado por 0,42 da como menos ruidosos). resultado la pérdida del % del salario. Ÿ Acortar el tiempo de utilización de En caso de no contar con la Tabla de la las maquinas ruidosas. AMA, se puede determinar el valor de Ÿ Realizar los trabajos ruidosos en las la pérdida del porcentaje del salario, horas en que existan menos por lesión auditiva uni o bilateral, con trabajadores expuestos. la siguiente fórmula: Ÿ Dividir el trabajo ruidoso entre (%Oído mejor x 5) + (%Oído peor x 1) x 0,42= % del Salario varios trabajadores a fin de 6 Disminuir el tiempo de exposición de cada uno de ellos. Programa de Conservación de la Audición: Cálculo del Porcentaje de Pérdida: Objetivo: Ÿ Realizada la audiometría y El objeto fundamental de todo comprobada la hipoacusia, es programa de conserva-ción de la Ÿposible cuantificar la pérdida audición es preservar el sentido de la mediante el uso de fórmulas sencillas, audi-ción de las personas, mediante la preparadas específicamente con este implementación de medidas fin. tendientes a controlar el ruido que lo Ÿ Se siguen las recomendaciones de la lesiona. AAOO, promediando el resultado de Evaluación del nivel sonoro: los umbrales auditivos para fonos El primer paso es medir el nivel Ÿpuros, por vía aérea, en las sonoro, para determi-nar las medidas frecuencias 500, 1000, 2000 y 4000 a adoptar. Si los niveles medidos supe- Hz, consideradas las más ran los 80 dba pero no exceden los 85 representativas en relación con la dba, se reali-zarán nuevos percepción de la palabra. relevamientos cuando se introduzcan Ÿ El déficit auditivo de los individuos cambios en los procesos (instalación con desarrollo normal del lenguaje, de sistemas de ventilación, nuevas puede calcularse de la forma máquinas, o desgastes de las siguiente: existentes. Ÿ Los criterios para evaluar las pérdidas, están indicados en la Tabla de Evaluación de las Incapacidades. Ÿ Cada oído debe ser analizado separadamente, y la combinación de las pérdidas de los dos lados va determinar el handicap auditivo de la persona afectada. Ÿ En caso de dificultades para el diagnóstico, otras pruebas podrán ser realizadas, como audiometría de tronco cerebral, y otros exámenes de laboratorio y radiológicos. Cálculo de la pérdida auditiva Bilateral: Se suma la pérdida en decibeles de la vía aérea de los tonos 500, 1.000, y de cada oído y se lo DISCIPLINAS INVOLUCRADAS MEDICINA DEL TRABAJO: qseguimiento qprevención qdetección qderivación AUDIOLOGÍA: q Estudio pre-ingreso q Seguimiento q Prevención q Detección Pág 9 q Determinación de la incapacidad auditiva ERGONOMÍA: qanálisis de los puestos de trabajo qadaptación de los puestos de trabajo. PSICOLOGÍA: q Respuestas psíquicas. SOCIOLOGÍA: q Relación con el ambiente. DERECHO: qlegislación qreparación del daño

10 Trabajo y Reconocimiento - Dra. Gotti Adriana Silvia Trabajo y Reconocimiento Dra Gotti Adriana Silvia Dra. Gotti Adriana Silvia Pág 10 En Reconocimiento de su trabajo realizado en la Provincia del validados a nivel internacional, que carezca de asociación Chaco con participación en la creación del: directa en la expresión de genes no codificante, que aporte solo información identificatoria y que resulte apto para ser Ÿ Registro Provincial - chaco - de Condenados por delitos sistematizado y codificado en una base de datos contra la integridad Sexual. informatizada, sin perjuicio de la utilización mas amplia de la muestra biológica que pudiera disponerse sólo en el marco Ÿ Banco Provincial - Chaco - de Huellas Genéticas de una causa judicial, previo requerimiento fundado de la Digitalizadas autoridad judicial interviniente y dentro de los límites establecidos por la legislación vigente. y de muchas otras colaboraciones la sociedad mexicana de criminología capitulo nuevo león le otorga formar parte ARTICULO 4º: OBJETO DEL BANCO. El Banco tendrá por Miembro En De Honor de dicha Sociedad. objeto obtener, almacenar y procesar información genética asociada a una muestra biológica, sobre la base de la Se transcribe uno de sus colaboraciones que tiene fuerza de ley identificación de un perfil genético del componente de ADN en la Prov. del Chaco - La Creación del Banco Provincial de no codificante, a fin de: Huellas Genéticas Digitalizadas: a) Facilitar el esclarecimiento de los hechos sometidos a Señora Presidenta: investigación judicial de carácter penal, particularmente en La Comisión de Legislación General, Justicia y lo relativo a la individualización de las personas Seguridad ha estudiado el proyecto 132/04-de ley, Creando un responsables. Registro de condenados por Delitos Sexuales, en el ámbito del b) Contribuir a resolver conflictos suscitados en causas Ministerio de Gobierno, Justicia y Trabajo-, Sus agregados judiciales no penales en los que se encuentre involucrado expediente 140/04, proyecto 2168/04, expedientes 426/05, el orden público, siempre que medie pedido expreso y 780/04, 1003/06 y proyectos 2743/08, 3275/08, 3117/08 y fundado de la autoridad judicial interviniente y que aquél 3381/08- y por las razones que dará el miembro informante guarde conformidad con lo establecido en la presente ley. ACONSEJA la aprobación del siguiente proyecto: c) Colaborar con la localización del paradero de personas extraviadas, desaparecidas o fallecidas. LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DEL CHACO d) Discriminar las huellas del personal policial que integre o pase a integrar la policía provincial y la policía judicial, SANCIONA CON FUERZA DE LEY que interviene de alguna forma en el lugar del hecho y procede a la disposición del cordón criminalístico, como un ARTICULO 1º: CREACION DEL BANCO. Créase el Banco aspecto de la cadena de custodia y para determinar Provincial de Huellas Genéticas Digitalizadas, constituido sobre posibles casos de contaminación biológica de evidencia. la base de la huella genética digitalizada obtenida de un e) Suministrar información útil a fin de elaborar análisis de ácido desoxirribonucleico (ADN), en las estadísticas relativas al comportamiento de la delincuencia circunstancias y bajo las modalidades establecidas por la en la provincia, tasas de reincidencia y otros datos presente ley. significativos que pudiesen desprenderse del análisis estadístico. ARTICULO 2º: ORGANIZACIÓN. El Banco Provincial de Huellas Genéticas Digitalizadas dependerá del Superior Tribunal de ARTICULO 5º: CONTENIDO DEL BANCO. El Banco Provincial Justicia y estará a cargo de los funcionarios que por Resolución de Huellas Genéticas Digitalizadas constituirá un sistema de dicho organismo se determine. integrado por: ARTICULO 3º: DEFINICION DE HUELLA GENETICA DIGITALIZADA. A los fines de la presente ley, se entenderá por huella genética digitalizada al registro alfanumérico personal elaborado exclusivamente sobre la base de información que comprenda un mínimo de trece (13) marcadores genéticos a) Huellas genéticas asociadas a la evidencia que hubiere sido obtenida en el curso de una investigación policial o en un proceso penal y que no se encontraren asociadas a persona determinada. b) Huellas genéticas de las víctimas de un delito obtenidas Genética Forense Análisis de ADN para la Justicia Civil y Penal Consultas: fundacionmedicajuridica@gmail.com Evolución de las pruebas de paternidad a través de la investigación científica / Análisis de ADN en investigaciones judiciales y policiales Informes de paternidad / Estudio de vínculos biológicos, índice de probabilidad de paternidad / Indice y probabilidad de coincidencia

11 Trabajo y Reconocimiento - Dra. Gotti Adriana Silvia Pág 11 en el curso de una investigación policial o en un proceso demás datos personales- se encuentren codificados y penal, siempre que no se tratare de un delito de acción almacenados en un lugar distinto al lugar en el que se privada y la víctima no se hubiese opuesto a su reserven los datos genéticos asociados al mismo código. incorporación. c) Huellas genéticas que se encontraren asociadas a la ARTICULO 7º: OBTENCION Y EXAMEN DE MUESTRAS. La identificación de personas imputadas, procesadas o obtención de las muestras a que se refieren los artículos condenadas en un proceso penal ; las que serán precedentes y su posterior análisis se realizará, de acuerdo a inmediatamente excluidas de la base de datos en caso de las circunstancias del caso, en el lugar del hecho o en los absolución o sobreseimiento. laboratorios u organismos especializados -públicos o privadosd) Huellas genéticas del personal perteneciente a la Policía autorizados por el Banco a tal fin, por profesionales de la de la Provincia. salud o personal especializado en la materia, de conformidad h) Huellas genéticas aportadas por los organismos públicos a la reglamentación que se dicte al efectos por el Superior internacionales, nacionales o provinciales con los cuales se Tribunal de Justicia. celebren convenios con el mismo fin. ARTICULO 8º: PERSONAL POLICIAL. Se deberán tomar las ARTICULO 6º: RESPONSABILIDADES DEL BANCO. El Banco será medidas necesarias a fin de proceder a la inmediata inclusión responsable de: de las huellas genéticas digitalizadas del personal perteneciente a la Policía de la Provincia, de conformidad con a) Organizar y poner en funcionamiento una base de datos lo dispuesto por el inciso d) del artículo 5º. Asimismo la que registre y sistematice las huellas genéticas digitalizadas autoridad administrativa que corresponda deberá tomar los conforme con lo establecido en los artículos 4º y 5º de la recaudos legales necesarios con el objeto de establecer las presente ley. medidas respecto de los ingresantes a dichas fuerzas. b) Proceder a la extracción de las muestras biológicas que fueren útiles para la determinación de la huella genética a ARTICULO 9º: INTERVENCION DE AUTORIDAD JUDICIAL digitalizar o, en su caso, derivar dicha tarea en los laboratorios COMPETENTE. Las diligencias únicamente podrán realizarse u organismos especializados -públicos o privados-, con los por orden de autoridad judicial competente, las que se cuales se hubiesen celebrado convenios. detallan a continuación: c) Elaborar los exámenes de ADN no codificante sobre las muestras biológicas extraídas con el objeto de determinar las a) Obtener muestras que posibiliten la elaboración de huellas genéticas digitalizadas o, en su caso, hacerlos producir las huellas genéticas. por laboratorios u organismos especializados públicos o b) Procesar para su análisis las muestras a que se privados- con los cuales se hubiesen celebrado convenios. refiere el inciso precedente. d) Cotejar y elaborar las conclusiones comparativas en base a c) Incorporar al Banco los datos de las huellas genéticas las muestras biológicas que integran el Banco y/o aquellas digitalizadas e información complementaria. fueren remitidas para su análisis por la autoridad judicial d) Cotejar entre las huellas genéticas digitalizadas competente o, en su caso, hacerlos producir por laboratorios incorporadazas al Banco y las obtenidas en el marco de un u organismos especializados-públicos o privados- con los proceso preventivo o judicial. cuales se hubiesen celebrado convenios. e) Remitir toda clase de información contenida en el e) Preservar las muestras y los resultados que de ellas se Banco, incluso la que fuere necesaria con el fin de sustentar obtengan mientras se realiza su procesamiento, velando en el Registro Provincial de Condenados por Delitos contra la todo momento que no sea violada ni interrumpida la cadena Integridad Sexual. de custodia. f) Conservar muestras con el objeto de poder elaborar ARTICULO 10: CONDENADOS. En oportunidad de realizarse los contrapruebas. estudios médicos que fija la normativa que regula la ejecución g) Remitir los informes solicitados por el Juez o por el de la pena privativa de la libertad, se extraerán -previa orden representante del Ministerio Público respecto de los datos judicial- las muestras necesarias que permitan obtener las contenidos en la base. huellas genéticas digitalizadas de las personas que con h) Mantener estricta reserva respecto de la información anterioridad al dictado de esta ley hubieran sido condenadas comprendida en el Registro, obligación que se extiende a y se encontraren actualmente cumpliendo su condena en todos aquellos que en razón de su función tomen establecimientos dependientes del Servicio Penitenciario conocimiento de su contenido y que subsistirá aún después de Provincial, con miras a ser incluidas en el Banco Provincial de finalizada su relación con el Banco. Huellas Genéticas Digitalizadas. En los casos en que durante la ejecución de la i) Adoptar las medidas técnicas y organizativas que pena no se haya tenido oportunidad de extraer de las huellas resulten necesarias para garantizar la seguridad y genéticas de los condenados, ello se hará al momento del confidencialidad de los datos personales de modo de evitar su egreso de los mismos del establecimiento penitenciario. adulteración, pérdida, consulta o tratamiento no autorizado y Cuando se tratare de condenas por la comisión que permitan detectar desviaciones -intencionales o no- de de delitos contra la integridad sexual, luego de ingresar y información, ya sea que los riesgos provengan de la acción procesar las muestras en su base de dato, el Banco deberá humana o del medio técnico utilizado; a cuyo fin procederá a remitir la información que corresponda al Registro Provincial registrar la información obtenida en forma disociada, de de Condenados por Delitos contra la Integridad Sexual. manera que la información personal del individuo -nombres y

12 Trabajo y Reconocimiento - Dra. Gotti Adriana Silvia Pág 12 ARTÍCULO 11: BAJA DE DATOS REGISTRADOS. La información ARTICULO 17: COLABORACIÓN. El Banco Provincial de Huellas genética y datos complementarios que estuviere almacenada Genéticas Digitalizadas deberá promover el intercambio de en el Banco Provincial de Huellas Genéticas Digitalizadas información y la mutua colaboración con los restantes bancos deberán permanecer en los mismos hasta tanto sea dada de o registros de datos genéticos existentes o a crearse, y con los baja por: organismos públicos nacionales, provinciales o municipales que a) Orden de autoridad judicial competente. persigan idénticos fines. b) Fallecimiento. c) Absolución o sobreseimiento. ARTICULO 18: CONVENIOS. El Banco Provincial de Huellas Genéticas Digitalizadas podrá celebrar convenios con ARTICULO 12: CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN. La laboratorios privados o públicos, u organismos públicos información contenida en el Banco creado por la presente nacionales, provinciales o municipales, previa autorización de la tendrá carácter confidencial y será de acceso restringido a las autoridad administrativa que corresponda. autoridades públicas competentes en materia de prevención y represión de los delitos, previa orden del Juez o Fiscal ARTICULO 19: PRESUPUESTO. Las erogaciones que demande el Competente. cumplimiento de la presente ley se imputarán al presupuesto En ningún caso podrá solicitarse o consultarse de la Jurisdicción 09: Poder Judicial. la información contenida en aquél para otros fines o instancias distintos a los expresamente establecidos. ARTICULO 20. REGLAMENTACIÓN. El Superior Tribunal de Bajo ningún supuesto, el Banco podrá ser Justicia dispondrá por Resolución la fecha a partir de la cual se utilizado como base o fuente de discriminación, pondrá en funcionamiento el Registro Provincial de Huellas estigmatización, vulneración de la dignidad, intimidad, Genéticas Digitalizadas, y reglamentará las modalidades de su privacidad u honra de persona alguna, sin perjuicio de las administración, las normas técnicas que regulen los limitaciones que -en el ámbito judicial- corresponda aplicar a procedimientos aplicables a la toma de muestras y a la estos derechos en el marco de la normativa legal y conservación de evidencias y de su cadena de custodia. constitucional vigente. Asimismo, establecerá los requisitos y condiciones que deberán cumplir las instituciones y organismos especializados - ARTICULO 13: RESTRICCIÓN AL ACCESO DE LA INFORMACIÓN públicos o privados- para poder determinar huellas genéticas y Y EQUIPOS INFORMATICÓS. Las bases de datos y los equipos ser parte de eventuales convenios con el Banco. informáticos existentes o utilizados por el Banco serán de acceso restringido a personal autorizado con claves específicas, ARTICULO 21: Modifícase el inciso 5) e incorpórase como inciso en ordenadores que no estén en red, ni tengan conexión a 6) al artículo 405 de la ley 4538 y sus modificatorias-código Internet y estén dedicados exclusivamente a los fines Procesal Penal de la Provincia-, los que quedarán redactados de estipulados en la presente ley. la siguiente manera: ARTICULO 14: DEBER DE RESERVA. Toda persona que ARTICULO 405: REQUISITOS DE LA intervenga en la toma y cotejo de muestras, obtención de SENTENCIA.La sentencia deberá contener: evidencias y análisis de ADN deberá mantener la reserva de los 1... antecedentes y cuidar la integridad de la cadena de custodia, 2.. de acuerdo a las exigencias que imponga la reglamentación de 3. la presente En caso de condena, la orden de que una vez firme la ARTICULO 15: INCUMPLIMIENTO. Se impondrán las sanciones sentencia se proceda a la extracción, análisis e incorporación administrativas que correspondan, sin perjuicio de la al Banco Provincial de Huellas Genéticas Digitalizadas de la responsabilidad civil o penal pertinente, a aquellas personas huella genética digitalizada del condenado y, en su caso, a la que incurran en incumplimiento del deber de confidencialidad confección de la ficha identificatoria que integrará el Registro y reserva prescriptos en los artículos 12, 13 y 14 de la Provincial de Condenados por Delitos contra la Integridad presente ley, incluyendo a aquéllos que: Sexual, transcribiendo en la ficha respectiva la parte a) Intervengan en alguno de los procedimientos regulados en resolutiva de la sentencia. la presente ley en razón de su cargo o profesión y divulguen, 6. La firma de los jueces; pero si uno de los miembros usen indebidamente o permitieren el acceso a las muestras del tribunal no pudiere suscribir la sentencia por biológicas, evidencias, registros o exámenes a personas no impedimento ulterior a la deliberación, esto se hará constar y autorizadas. aquella valdrá sin esa firma. b) violaren sistemas de confidencialidad y seguridad de datos; accedieren a muestras biológicas, evidencias, registros, ARTICULO 22: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo. exámenes y los divulgaren o los usaren indebidamente, sin tener las calidades referidas en el inciso precedente. SALA DE COMISIONES, 14 de abril de ARTICULO 16: INSCRIPCIÓN DEL BANCO. El Banco Provincial de FIRMADOS: Dips. JUAN CHAQUIRES, MARCELO E. CASTELAN, Huellas Genéticas Digitalizadas deberá, a su vez, estar inscriptos ARMANDO L. VERDUN, HUGO D. MATKOVICH, CLELIA M. en el Banco creado a tal efecto por la ley nacional en la AVILA, MARISA A. LIZARRAGA y LIDIA M.CACERES. Dirección Nacional de Protección de Datos Personales para su efectivo contralor.

13 Trabajo y Reconocimiento - Dra. GottiA Adriana Silvia Pág 13 Se destaca El Nombramiento de membrecía de la Sociedad Mexicana de Criminología Capítulo Nuevo Leon D.C. Ÿ

14 Mala praxis médica no depende solo del accionar del Médico Mala praxis medica no depende solo del accionar del médico Daniela C. Amigó Pág 14 La mala praxis ocurre cuando ocurre un daño en el intento de 3. Error de identificación (errores en la medicación, curar o sanar. transfusión, exámenes complementarios, acciones sobre el El daño puede ser parcial o total, temporal o permanente por paciente equivocado) imprudencia, negligencia e impericia de reglamentos, 4. Falla en la comunicación interpersonal (diferentes protocolos o deberes apartándose de la norma de la lex artis disciplinas, con enfermeras, etc.) 5. Procedimiento sobre el sitio incorrecto. El médico enfrenta todos los días en su práctica este fantasma, 6. Falta de comunicación médico paciente en el boletín oficial emitido el 25 de agosto por la Como podríamos evitarlo?, Pensando sistemáticamente! Superintendencia de Salud de la Nación, publica que uno El mejor sistema del mundo en salud es el canadiense, ellos de cada cinco médicos afrontan litigios por mala praxis. entendieron que su práctica médica debía llevarse a cabo Pero esto no es solo un patrimonio nuestro, en los países bajo un sistema de retroalimentación, un concepto que desarrollados también es una preocupación, la diferencia es nos muestra como las acciones pueden tanto reforzarse que se toman medidas preventivas, la justicia es más como contrarrestarse o (balancearse) entre ellas. expeditiva y los seguros tienen más experiencia. Entones que hacer? El médico debe actuar con responsabilidad, pero existen graves 1. Establecer estrategias con la ayuda de comités de riesgos. descuidos que parten de la misma formación de los 2. Desterrar prejuicios culturales donde el médico se cree con profesionales, la falta de medios en los hospitales, obras la autonomía absoluta. sociales con modalidades de contratación perversa, sumado 3. Cambiar los sistemas estructurales de sanatorios u a la inexistencia de comités de riesgos en todas las hospitales ofreciendo un sistema estrechamente instituciones, favorece a la mala praxis. El miércoles pasado interconectado la Fundación H.A Barceló realizó una jornada de post grado 4. Crear sistemas informáticos para el control. referente a la Responsabilidad Profesional en Medicina, Necesitamos el compromiso de todo un engranaje que involucra que contó con la presencia del Dr. Héctor A. Barceló, Rector profesionales, licenciados, técnicos, entidades de gobierno del Instituto Universitario de Ciencias de la Salud, el Dr. y privadas, y jueces que se acerquen a la ciencia no con un Jorge Mosset Iturraspe (distinguido Doctrinario del ojo acusador, sino con la voluntad de ser parte de un Derecho), Dr. Alfredo Achaval (Director de la carrera de sistema que nos garantiza seguridad y control. especialización en Medicina Legal del IUCS). Además de los Hace unos años en un congreso le pregunté al Dr. Favaloro mencionados se sumaron los panelistas Dr.Fernando por que la medicina está tan mal en nuestro país, y el me Mariona, Dr. Alberto Monchablon Espinosa, Dr. Rolando contestó: Salinas y Dr. Mariano Castex. Somos una suma de individualidades, la medicina en La jornada fue muy interesante y se llegó a la conclusión de nuestro país mejorará cuando entendamos que debemos que los errores más frecuentes en los casos de mala praxis, trabajar en equipo, todavía nos queda mucho que tienen que ver con: aprender. 1. Error en la medicación. 2. Infecciones asociadas al cuidado del paciente. Como Publicar en fundación médica jurídica Criterios de Selección de los artículos a publicar: Todos los usuarios que lo deseen podrán Enviar Publicaciones Originales en forma de artículo, monografía, trabajo, caso clínico, etc. para su publicación en la Revista Electrónica de Fundación Médica Jurídica.org.ar Los temas tratados tendrán relación con la Medicina Legal-Laboral, la Criminalística y las Ciencias Jurídicas en general. La exposición tendrá como formato básico el texto, pudiendo acompañarse gráficos, fotografías, diapositivas o medios audiovisuales más complejos. Puede enviar sus publicaciones a la dirección de correo electrónico: fundacionmedicajuridica@gmail.com; como archivo adjunto, incluyendo en el mensaje la siguiente información: - Título del trabajo. - Nombre completo de cada autor, con la mención del más alto grado académico. - del autor responsable de la correspondencia acerca del artículo. - Entidad a la que está adscrito el autor (si procede). - Palabras clave (se dará preferencia si se incluye un listado de palabras clave en español y otro en inglés). - Breve resumen (el envío de resumen en español y en inglés calificará positivamente). Los trabajos recibidos son revisados por miembros del Comité Editorial (compuesto en un % por profesionales independientes y ajenos a la ), los cuales valorarán si se ajustan a las normas de publicación en la Revista, sugiriendo las correcciones precisas para su aprobación en caso de resultar no seleccionados. Normas de elaboración de las referencias bibliográficas. - Los datos de la referencia se tomarán del documento al que se refieren, es decir, del documento fuente - Los nombres de pila pueden reducirse a sus iniciales - Se respeta el criterio de uso de mayúsculas de la lengua en la que se da la información - En el caso de obras anónimas el primer elemento de la referencia será el título - Si el autor es una entidad la referencia se iniciará con el nombre de la misma seguida de la sección si se citara, separadas ambas por punto y espacio - Si tenemos que citar un documento aún no publicado pondremos en el lugar de la fecha "(en prensa)" - Los subtítulos se pueden incluir tras el título separado por dos puntos y espacio (: ) - Si en el documento no aparece ninguna fecha podemos dar una fecha aproximada. Ej.: ca Una vez publicado el trabajo, será incluido entre las últimas publicaciones y citado en la Revista de la Fundación que, trimestralmente envía a sus suscriptores. El Autor pasará a formar parte de los Autores. Cada Autor tendrá un link dentro de la web en la que se listan todos sus trabajos publicados y su curriculum o biografía. Si tiene alguna duda, o desea realizar alguna sugerencia, puede contactar con la redacción: fundacionmedicajuridica@gmail.com

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