MUNICIPALIDAD DE SAN LORENZO, SUCHITEPÉQUEZ AUDITORÍA FINANCIERA Y PRESUPUESTARIA PERÍODO AUDITADO DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2012

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1 CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS MUNICIPALIDAD DE SAN LORENZO, SUCHITEPÉQUEZ AUDITORÍA FINANCIERA Y PRESUPUESTARIA PERÍODO AUDITADO DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2012 GUATEMALA, MAYO DE 2013

2 Señor José León Linares Rojas Alcalde Municipal Su despacho Señor(a) Alcalde Municipal Guatemala, 27 de mayo de 2013 En mi calidad de Contralora General de Cuentas y en cumplimiento de lo regulado en la literal k) del artículo 13 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de Cuentas, hago de su conocimiento de manera oficial el informe de auditoría realizado por los Auditores Gubernamentales que oportunamente fueron nombrados para el efecto y quienes, de conformidad con el artículo 29 de la precitada Ley Orgánica, son responsables del contenido y efectos legales del mismo. Sin otro particular, atentamente.

3 Señor José León Linares Rojas Alcalde Municipal Su despacho Señor(a) Alcalde Municipal Guatemala, 27 de mayo de 2013 En mi calidad de Subcontralor de Calidad de Gasto Público y en cumplimiento de lo regulado en la literal k), del artículo 13 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de Cuentas, conforme la delegación que oportunamente me fue otorgada, hago de su conocimiento de manera oficial, el informe de auditoría realizado por los Auditores Gubernamentales que oportunamente fueron nombrados para el efecto y quienes, de conformidad con el artículo 29 de la precitada Ley Orgánica, son responsables del contenido y efectos legales del mismo. Sin otro particular, atentamente.

4 Señor José León Linares Rojas Alcalde Municipal Su despacho Señor(a) Alcalde Municipal Guatemala, 27 de mayo de 2013 En mi calidad de Subcontralor de Probidad y en cumplimiento de lo regulado en la literal k), del artículo 13 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de Cuentas, conforme la delegación que oportunamente me fue otorgada, hago de su conocimiento de manera oficial, el informe de auditoría realizado por los Auditores Gubernamentales que oportunamente fueron nombrados para el efecto y quienes, de conformidad con el artículo 29 de la precitada Ley Orgánica, son responsables del contenido y efectos legales del mismo. Sin otro particular, atentamente.

5 CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS MUNICIPALIDAD DE SAN LORENZO, SUCHITEPÉQUEZ AUDITORÍA FINANCIERA Y PRESUPUESTARIA PERÍODO AUDITADO DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2012 GUATEMALA, MAYO DE 2013

6 ÍNDICE Página 1. INFORMACIÓN GENERAL 1.1 Base Legal 1.2 Función 2. FUNDAMENTOS DE LA AUDITORÍA 3. OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA 3.1 Área Financiera Generales Específicos 4. ALCANCE DE LA AUDITORÍA 4.1 Área Financiera 5. INFORMACIÓN FINANCIERA, PRESUPUESTARIA Y OTROS ASPECTOS EVALUADOS 5.1 Información Financiera y Presupuestaria Balance General Estado de Resultados Estado de Liquidación del Presupuesto de Ingresos y Egresos 5.2 Otros Aspectos Plan Operativo Anual Plan Anual de Auditoría Convenios Donaciones Préstamos Transferencias Sistemas informáticos utilizados por la Entidad 6. ESTADOS FINANCIEROS 6.1 Balance General 6.2 Estado de Resultados 6.3 Estado de Liquidación del Presupuesto de Ingresos y Egresos

7 6.4 Notas a los Estados Financieros 7. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA 8. SEGUIMIENTO A RECOMENDACIONES DE AUDITORÍA ANTERIOR 9. AUTORIDADES DE LA ENTIDAD DURANTE EL PERÍODO AUDITADO 10. COMISIÓN DE AUDITORÍA 11. INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA (ANEXOS) 11.1 Misión (Anexo 1) 11.2 Visión (Anexo 2) 11.3 Estructura Orgánica (Anexo 3) 11.4 Reporte de Ejecución de Obras Realizadas por Contrato (Anexo 4) 11.5 Reporte de Ejecución de Obras Realizadas por Administración (Anexo 5) 11.6 Reporte de Ejecución de Proyectos de Inversión Social (Activo Intangible) (Anexo 6) 11.7 Reporte de Ejecución de Obras por Convenios Suscritos con el Consejo Departamental de Desarrollo (Anexo 7) 11.8 Reporte de Ejecución Presupuestaria de Egresos por Fuente de Financiamiento con Afectación Específica y Grupo de Gasto (Anexo 8)

8 Señor José León Linares Rojas Alcalde Municipal Su despacho Señor(a) Alcalde Municipal Guatemala, 27 de mayo de 2013 El (Los) Auditor(es) Gubernamental(es) designados de conformidad con el (los) Nombramiento(s) No. (Nos.) DAM de fecha 24 de enero 2013 he (hemos) efectuado, en la (el) Municipalidad de San Lorenzo, Suchitepéquez con el objetivo de evaluar la razonabilidad de la información financiera, los resultados y la ejecución presupuestaria de ingresos y egresos, correspondiente al período comprendido del 01 de enero al 31 de diciembre de Nuestro examen incluyó la evaluación de la estructura de control interno de la, la ejecución presupuestaria de ingresos en sus diferentes conceptos y de egresos a nivel de programas, actividades, proyectos, grupos y renglones presupuestarios de gastos, cuentas de activo, pasivo, patrimonio y resultados, mediante la aplicación de pruebas selectivas, de acuerdo a las áreas críticas, considerando la materialidad e importancia relativa de las mismas, y como resultado del trabajo realizado se detectaron aspectos importantes que merecen ser mencionados, los cuales se describen a continuación: HALLAZGOS RELACIONADOS CON EL CONTROL INTERNO Área Financiera Atraso en la Rendición de Cuentas Deficiente registro de bienes en almacén Activos fijos no registrados en tarjetas de responsabilidad Bienes muebles no codificados con número de inventario

9 HALLAZGOS RELACIONADOS CON CUMPLIMIENTO DE LEYES Y REGULACIONES APLICABLES Área Financiera Varios incumplimientos a la Ley de Contrataciones Falta de Auditor Interno Contratos no enviados a la Contraloría General de Cuentas La comisión de auditoria nombrada se integra por los auditores: Lic. Julio Rene Chavez Meneses (Coordinador) y Lic. Oswaldo Enrique Hernandez Barrios (Supervisor). El (Los) hallazgo(s) contenido(s) en el presente informe, fue (fueron) discutido(s) por la comisión de auditoria con las personas responsables. Los comentarios y recomendaciones que se determinaron se encuentran en el informe de auditoría adjunto. Atentamente, ÁREA FINANCIERA Lic. JULIO RENE CHAVEZ MENESES Coordinador Independiente Lic. OSWALDO ENRIQUE HERNANDEZ BARRIOS Supervisor Gubernamental

10 1 1. INFORMACIÓN GENERAL 1.1 Base Legal El municipio es una institución autónoma del derecho público, tiene personalidad jurídica y capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones, para el cumplimiento de sus fines en los términos legalmente establecidos y de conformidad con sus características multiétnicas, pluriculturales y multilingües. La autoridad del municipio, en representación de sus habitantes, es ejercida mediante el Concejo Municipal, el cual está integrado con el Alcalde, Síndicos y Concejales, electos directamente por sufragio universal y secreto para un período de cuatro años, pudiendo ser reelectos. El Alcalde es el encargado de ejecutar y dar seguimiento a las políticas, planes, programas y proyectos autorizados por el Concejo Municipal. La municipalidad con sus dependencias administrativas, es el ente encargado de prestar y administrar los servicios públicos municipales. Su ámbito jurídico se encuentra regulado en la Constitución Política de la República, artículos 253, 254, 255 y 257 y el Decreto del Congreso de la República de Guatemala, Código Municipal. 1.2 Función El municipio, para la gestión de sus intereses, en el ámbito de sus competencias, puede promover toda clase de actividades económicas, sociales, culturales, ambientales, y prestar cuantos servicios contribuyan a mejorar la calidad de vida, a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la población del municipio. Entre las competencias propias del municipio se citan las siguientes: Formular y coordinar políticas, planes y programas relativos al abastecimiento domiciliario de agua; alcantarillado; alumbrado público; mercados; rastros; administración y autorización de cementerios; limpieza y ornato; al tratamiento de desechos y residuos sólidos; pavimentación de vías urbanas y su mantenimiento; regulación del transporte; gestión de biblioteca, parques y farmacias municipales; servicio de policía municipal; generación de energía eléctrica; delimitación de áreas para el funcionamiento de ciertos establecimientos comerciales; reforestación para la protección de la vida, salud, biodiversidad, recursos naturales, fuentes de agua y luchar contra el calentamiento global; y otras que le sean trasladadas por el Organismo Ejecutivo.

11 2 2. FUNDAMENTOS DE LA AUDITORÍA La auditoría se realizó con base en: La Constitución Política de la República de Guatemala, según lo establecido en sus artículos 232 y 241. El Decreto Número Ley Orgánica de la Contraloría General de Cuentas, artículos 2 Ámbito de Competencia y 4 Atribuciones. Las Normas Internacionales de Auditoría, Normas de Auditoría del Sector Gubernamental y las Normas Generales de Control Interno. Nombramiento DAM de fecha 24 de enero OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA 3.1 Área Financiera Generales Evaluar la razonabilidad de los Estados Financieros correspondientes al Balance General, Estado de Resultados, Notas a los Estados Financieros y Estado de Liquidación del Presupuesto de Ingresos y Egresos del ejercicio fiscal 2012, así como la estructura del control interno y el cumplimiento de normas, leyes, reglamentos y otros aspectos aplicables Específicos Evaluar la estructura de control interno establecida en la entidad aplicable al proceso contable, presupuestario y de tesorería. Verificar la razonabilidad de los saldos que presenta el Balance General en las cuentas de activo, pasivo y patrimonio de acuerdo a la materialidad o importancia relativa. Verificar la razonabilidad de los ingresos y gastos corrientes revelados en el Estado de Resultados. Evaluar que el presupuesto de ingresos y egresos se haya ejecutado razonablemente atendiendo a los principios de legalidad, economía, eficiencia y eficacia.

12 3 Evaluar que el presupuesto de ingresos y egresos se haya ejecutado de acuerdo al Plan Operativo Anual -POA- y de conformidad con los clasificadores presupuestarios establecidos, cumpliendo con las leyes, reglamentos, normas y metodologías aplicables. Comprobar que los registros presupuestarios de ingresos y egresos, transacciones administrativas y financieras sean confiables, oportunos y verificables de acuerdo a las normas presupuestarias y contables aplicables y se encuentren debidamente soportados con la documentación legal correspondiente. Verificar que las modificaciones presupuestarias se hayan sometido al proceso legal establecido y contribuyan al cumplimiento de los objetivos y metas de la entidad. Verificar que las obras de inversión en infraestructura física ejecutadas cumplan con los aspectos legales, administrativos y financieros. 4. ALCANCE DE LA AUDITORÍA 4.1 Área Financiera El examen comprendió la evaluación de la estructura de control interno y la revisión de las operaciones, registros y documentación de respaldo presentada por los funcionarios y empleados de la Municipalidad de San Lorenzo, Suchitepéquez, correspondiente al período comprendido del 01 de enero al 31 de diciembre de 2012, de conformidad con la muestra seleccionada; con énfasis en las Cuentas de Balance General siguientes: Bancos, Propiedad y Planta en Operación, Maquinaria y equipo, Construcciones en Proceso, Bienes de Uso Común y Gastos del Personal a Pagar Del Estado de Resultados, en el área de Ingresos, las siguientes cuentas: Impuestos Directos, Venta de Servicios y Transferencias Corrientes del Sector Público y del área de gastos, las cuentas Remuneraciones y Bienes y Servicios. Del Estado de Liquidación de la Ejecución del Presupuesto de Ingresos y Egresos, del área de Ingresos, los siguientes rubros: Transferencias Corrientes y Transferencias de Capital Del área de Egresos, los Programas siguientes: 01 Actividades Centrales, 11 Servicios Públicos Municipales y 12 Red Vial, considerando los eventos relevantes de acuerdo a los Grupos de Gasto siguientes: 00 Servicios Personales, 01 Servicios No Personales, 02 Materiales y Suministros y 03 Propiedad, Planta, Equipo e Intangibles, mediante la aplicación de pruebas selectivas.

13 4 Asimismo, se verificaron los documentos legales que respaldan las modificaciones presupuestarias para establecer el presupuesto vigente aprobado para los programas presupuestarios y se verificó el Plan Operativo Anual así como el Plan Anual de Auditoría. 5. INFORMACIÓN FINANCIERA, PRESUPUESTARIA Y OTROS ASPECTOS EVALUADOS 5.1 Información Financiera y Presupuestaria Balance General De acuerdo con el alcance de auditoría se evaluaron cuentas del Balance General que por su importancia fueron seleccionadas, siendo las siguientes: Bancos Al 31 de diciembre de 2012, la Cuenta No.1112, Bancos, presenta disponibilidades de efectivo por un valor de Q5,023,927.59, integrada por 2 cuentas bancarias como se resume a continuación: Una Cuenta Única del Tesoro (Pagadora), Una Cuenta Receptora, abiertas en el Sistema Bancario Nacional. Los saldos individuales de las cuentas bancarias según los registros contables de la municipalidad, fueron conciliados con los estados de cuentas emitidos por los bancos al 31 de diciembre de 2012 correspondientes a cada cuenta. Propiedad y Planta en Operación Al 31 de diciembre de 2012, la cuenta No.1231, Propiedad y Planta en Operación, presenta un saldo de Q2,221, Maquinaria y Equipo Al 31 de diciembre de 2012, la cuenta No.1232, Maquinaria y Equipo, presenta un saldo por Q Construcciones en Proceso Al 31 de diciembre de 2012, la cuenta No.1234, Construcciones en Proceso, presenta un saldo de Q11,242,

14 5 Bienes de Uso Común Al 31 de diciembre de 2012, la cuenta No.1238, Bienes de Uso Común, presenta un saldo de Q9,672, Gastos del Personal a Pagar Al 31 de diciembre de 2012, la cuenta No.2113, Gastos del Personal a Pagar, presenta un saldo de Q579, Estado de Resultados Ingresos Impuestos Indirectos Al 31 de diciembre de 2012, la cuenta No. 5112, Impuestos Indirectos, presenta un saldo de Q873, Venta de Servicios Al 31 de diciembre de 2012, la cuenta No. 5142, Venta de servicios, presenta un saldo de Q364, Transferencias Corrientes del Sector Público Las transferencias corrientes del sector público recibidas por la municipalidad en el ejercicio fiscal 2012, y registradas en la Cuenta No. 5172, ascienden a la cantidad de Q1,454, Gastos Los gastos de consumo se integran por las cuentas: Remuneraciones y Bienes y Servicios, los que en el ejercicio fiscal 2012, ascendieron a la cantidad de Q10,642,726.90, según cuentas Números 6111 y 6112.

15 6 Estado de Liquidación del Presupuesto de Ingresos y Egresos Ingresos El Presupuesto de Ingresos asignado para el ejercicio fiscal 2012, ascendió a la cantidad de Q17,000,000.00, el cual tuvo una ampliación de Q17,274,965.28, para un presupuesto vigente de Q34,274,965.28, ejecutàndose la cantidad de Q26,922, (78.55%), en las diferentes clases de ingresos especìficas siguientes: Ingresos Tributarios Q1,153,441.48, Ingresos no Tributarios Q518,454.75, Venta de Bienes y Servicios de la Administraciòn Pùblica Q310,742.00, Ingresos de Operaciòn Q54,139.00, Transferencias Corrientes Q1,454,032.69, Transferencias de Capital Q8,531,232.08, Endeudamiento Pùblico Interno Q14,900, este último rubro representa un 55.35% de los ingresos percibidos en el ejercicio fiscal. Egresos El Presupuesto de Egresos asignado para el ejercicio fiscal 2012, ascendió a la cantidad de Q17,000, el cual tuvo una ampliación de Q17,274,965.28, para un presupuesto vigente de Q34,274,965.28, ejecutándose la cantidad de Q20,526, (59.89%) a través de los programas específicos siguientes: En el Programa 01 Actividades Centrales, la cantidad Q4,781,763.54, en el Programa 11 Servicios Públicos Municipales, la cantidad Q4,243,996.40, en el Programa 12 Red Vial, la cantidad Q8,223,988.46, en el Programa 13 Educación, Asistencia Social y Salud, la cantidad Q1,170,860.87, en el Programa 14 Desarrollo Urbano y Rural, la cantidad Q66,208.50, en el Programa 15 Salud, la cantidad Q39,573.05, en el Programa 16 Fomento al Deporte y Recreación, la cantidad Q17, y en el Programa 99 Deuda Pública, la cantidad Q1,983,050.46, de los cuales el programa 12 es el más importante con respecto a la ejecución y representa un % de la misma. Modificaciones Presupuestarias La Municipalidad realizó ampliaciones presupuestarias por un valor de Q17,274, y transferencias por un valor de Q8,161,994.36, verificándose que las mismas fueron autorizadas por el Concejo Municipal y registradas adecuadamente en Módulo de Presupuesto del Sistema Contable.

16 7 5.2 Otros Aspectos Plan Operativo Anual Se comprobó que el Plan Operativo Anual, fue actualizado por las ampliaciones y transferencias presupuestarias realizadas en el período auditado, así mismo se verificó que se cumplió con presentar el mismo a la Contraloría General de Cuentas, en el plazo establecido para el efecto Plan Anual de Auditoría La Municipalidad contrató los servicios de un auditor interno del 01 de enero al 30 de mayo de 2012, quien no entregó el Plan Anual de Auditoria Interna (PAA), al Concejo Municipal para su autorización, verificando que no cumplió con los requisitos correspondientes. Ver hallazgo relacionado con el Incumplimiento de Leyes y Regulaciones Específicas No Convenios La Municipalidad, reportó que al 31 de diciembre de 2012, no tiene convenios Vigentes Donaciones La Municipalidad, reportó que al 31 de diciembre de 2012, no recibió donaciones Préstamos La, reportó que al 31 de diciembre 2012, tienen 7 préstamos de INFOM y 3 del Banco Inmobiliario que asciende a Q14,900, integrados de la siguiente manera: No No. De Destino Acreedor Valores (Percibidos contrato durante el ejercicio 2012) 1 FIP Mejoramiento de puentes INFOM Q. 400, GFI Pago de salarios INFOM Q. 328, FIP Balastrados INFOM Q. 392, FIP Balastrados INFOM Q. 400, INVAI Dragados INFOM Q. 400,000.00

17 8 6 BI-58/ Pago de prestaciones laborales y salarios B a n c o Inmobiliario Q. 1,889, BI-79/ Proyectos B a n c o Q. 1,385, Inmobiliario 8 BI Proyectos B a n c o Q. 8,905, Inmobiliario 9 INVAI Mejoramiento de caminos INFOM Q. 400, INVAI Mejoramiento de Caminos INFOM Q. 400, TOTAL Q. 14,900, Transferencias La Municipalidad reportó que al 31 de diciembre de 2012, no realizó transferencias a diversas entidades u organismos Sistemas informáticos utilizados por la Entidad Sistema de Contabilidad Integrada La municipalidad utiliza el Sistema de Contabilidad Integrada, SICOIN GL. Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones Se verificó que la municipalidad publicó y gestionó en el Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, denominado GUATECOMPRAS, en el cual se reflejan los concursos siguientes: Terminados Adjudicados 09, finalizados anulados 0 y finalizados desiertos 0, según reporte de Guatecompras generado, de fecha 31 de enero de Sistema Nacional de Inversión Pública La municipalidad cumplió en su totalidad con registrar mensualmente, en el Módulo de Seguimiento Físico y Financiero del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP), el avance físico y financiero de los proyectos a su cargo.

18 9 6. ESTADOS FINANCIEROS 6.1 Balance General

19 Estado de Resultados

20 Estado de Liquidación del Presupuesto de Ingresos y Egresos

21 Notas a los Estados Financieros

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36 27 7. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA HALLAZGOS RELACIONADOS CON EL CONTROL INTERNO Área Financiera Hallazgo No. 1 Atraso en la Rendición de Cuentas Condición La Municipalidad rindió Cuentas ante la Contraloría General de Cuentas de forma extemporánea, durante los meses de Enero, Febrero, Abril, mayo, junio, agosto, septiembre Octubre noviembre y Diciembre del año Criterio El Acuerdo interno de la Contraloría General de Cuentas No. A-37-06, emitido por el Subcontralor de Probidad Encargado del Despacho, Normas de Carácter Técnico y de aplicación obligatorio, en su artículo 1 inciso e) establece que: La rendición de cuentas electrónicas mensual, será presentada directamente a la Contraloría, en las oficinas centrales para las entidades radicadas en el departamento de Guatemala y en sus Delegaciones Departamentales para las demás entidades radicadas en el interior de la República, en las cuales se extenderán las correspondientes constancias de recepción; y artículo 2 inciso a) indica que: Las Municipalidades en los primeros cinco días hábiles de cada mes deberán presentar las operaciones de la caja fiscal, con la ejecución del presupuesto de ingresos y egresos en efectivo correspondiente del mes anterior, e inciso b) Para las municipalidades y sus empresas que operan el SIAF-MUNI y SIAFITO-MUNI deberán entregar: Caja Municipal del Movimiento Diario (Reportes PGRIT03 y PGRIT04), generada por los sistemas informáticos precitados, en forma electrónica, en un medio magnético y óptico. Causa Las operaciones financieras y presupuestarias de la municipalidad, no se han trabajado en forma diaria, ocasionando los atrasos en la rendición de cuentas mensual. Efecto La entidad fiscalizadora, al no tener las rendiciones de cuentas oportunamente, le obstruye la actividad de fiscalización y de orientación, ocasionando que los portales de transparencia, no se encuentren actualizados.

37 28 Recomendación El Alcalde Municipal, debe girar instrucciones a la Dirección Administrativa Financiera Integrada Municipal, para que mantenga al día las operaciones contables y financieras, dando como resultado la eficaz y oportuna entrega de la rendición de cuentas al ente fiscalizador. Comentario de los Responsables El oficio S/N de fecha 11/03/2013 del Director de AFIM Manifiesta: En varias ocasiones esta situación se ha suscitado debido a que por la ubicación geográfica del municipio y por la cobertura de las compañías proveedoras del servicio de telefonía no es posible contratar un eficiente y eficaz servicio de internet, el cual es indispensable para poder ejecutar efectivamente el SICOIN-GL lo cual ha repercutido en el atraso de rendición de cuentas en forma oportuna de acuerdo al tiempo estipulado según la Contraloría General de Cuentas, sin embargo dicha situación ya fue corregida, prueba de ello es que el mes febrero del presente año fue rendido en el tiempo estipulado. Comentario de Auditoría Se confirma el presente hallazgo, debido a que el comentario del responsable no es suficiente para desvanecerlo, ya que los plazos que establece la ley se acatan. Acciones Legales y Administrativas Sanción económica de conformidad con la Ley Orgánica de la Contraloría General de Cuentas, Decreto Número , del Congreso de la República, Artículo 39, Numeral 12, para: Cargo Nombre Valor en Quetzales DIRECTOR AFIM RUDY ROLANDO MONROY QUIEZA 3, Total Q. 3, Hallazgo No. 2 Deficiente registro de bienes en almacén Condición Se determinó que la municipalidad no cuenta con el espacio físico para el almacén, no existe la documentación respectiva para el control de ingresos y egresos de materiales y suministros, asimismo no existe una persona encargada de almacén que pueda cumplir con las funciones establecidas por el MAFIM. Criterio El Manual de Administración Financiera Integrada Municipal MAFIM- primera versión, Módulo de Almacén contempla en sus numerales 1. y los

38 29 procedimientos para el control de bienes y suministros cuyos lineamientos determina: Es el espacio físico en el cual se almacenan y se encuentran bajo custodia, materiales, útiles de escritorio, equipo, vehículos, maquinaria, mobiliario y otros bienes de consumo, que por su naturaleza, tienen que ser objeto de control y resguardo por medio del Almacén Municipal Responsable del Almacén El Almacén Municipal debe contar con un encargado, al que se le puede denominar Guardalmacén, quien será responsable de la custodia y control de todos aquellos bienes que por su naturaleza son sujetos de esta clase de control y 1.2 Disposiciones Generales Las diferentes dependencias municipales, para solicitar bienes, materiales o suministros al almacén, deberán hacerlo por medio del formulario Solicitud/entrega de Bienes. Los interesados obtendrán del Guardalmacén el formulario Solicitud /entrega de Bienes, quien lo entregará por medio de conocimiento, en el entendido de que si dicho formulario no es utilizado, será devuelto al Guardalmacén para su archivo. Al llenar el formulario Solicitud/entrega de Bienes, en éste solo debe incluirse artículos que se encuentren en existencia en el almacén municipal. Por los bienes, materiales o suministros que no haya existencia en el almacén, se llenará, por parte del interesado, una Solicitud/entrega de Bienes y su trámite se ajustará a los procedimientos de autorización establecidos. Causa Incumplimiento de las normas legales vigentes, por las autoridades municipales, al no implementar el espacio físico para el almacén de materiales y suministros, así como los controles respectivos Efecto Se corre el riesgo de la perdida y/o robo de los bienes municipales y menoscabo en el patrimonio municipal sin que se puedan deducir responsabilidades a los empleados municipales. Recomendación Que el Concejo Municipal gire instrucciones al Alcalde Municipal, para que de inmediato proceda a implementar un local adecuado y que reúna todos los requisitos necesarios para el buen funcionamiento del Almacén o Bodegas Municipales y procedan a nombrar una persona responsable para el manejo del mismo. Comentario de los Responsables En oficio No. CGC-DAM de fecha 14 de marzo de 2013, se notificó el presente hallazgo al Alcalde Municipal, quien no presentó ningún comentario relacionado con el hallazgo.

39 30 Comentario de Auditoría Se confirma el presente hallazgo, en virtud que el responsable no presentó comentarios y pruebas para desvanecerlo. Acciones Legales y Administrativas Sanción económica de conformidad con la Ley Orgánica de la Contraloría General de Cuentas, Decreto Número , del Congreso de la República, Artículo 39, Numeral 21, para: Cargo Nombre Valor en Quetzales ALCALDE MUNICIPAL JOSE LEON LINARES ROJAS 5, Total Q. 5, Hallazgo No. 3 Activos fijos no registrados en tarjetas de responsabilidad Condición Al verificar los bienes que el personal de la municipalidad tiene en custodia se solicitaron las tarjetas de responsabilidad de cada empleado, se estableció que no existen tarjetas de responsabilidad Criterio El Manual de Administración Financiera Integrado -MAFIM- primera versión, en el módulo II de Tesorería, numeral 3 Otros Controles y Registros Necesarios en Tesorería en Tesorería, inciso 3.9 Libro de Inventario, en su párrafo segundo dice: "se hace necesario implementar tarjetas de responsabilidad personal en las que se anotará el nombre del empleado, puesto que ocupa, útiles y bienes que posee bajo su cargo, monto de cada bien, fecha de ingreso, y firma de responsable. Al renunciar o ser destituido, debe entregar todos los bienes que tiene bajo su responsabilidad, para que le sean pagadas sus prestaciones o su liquidación". El Manual de Administración Financiera Integrada Municipal, segunda versión, numeral establece que "la unidad de Administración Financiera es la responsable de dirigir, planificar, organizar, administrar, supervisar y evaluar, todas las operaciones presupuestarias, contables y financieras de las áreas presupuesto, contabilidad y tesorería de la Municipalidad, y coordinar con las demás unidades de la organización municipal, lo relativo a la información que deberá registrarse en el sistema. De conformidad con la Circular 3-57, emitida por la Dirección de Contabilidad del Estado, en las Disposiciones Generales, en lo referente a Tarjetas de Responsabilidad, dice: "Con el objeto de poder determinar en cualquier momento los útiles a cargo de cada empleado, se abrirán tarjetas individuales de responsabilidad, en las cuales deben registrarse detalladamente y con los mismos datos que figuran en el inventario, los bienes por los cuales

40 31 responde cada funcionario o empleado público, agregándose al final y por separado el detalle de los artículos que, por su naturaleza fungible, no hayan sido incluidos en el inventario. Para mayor facilidad en su identificación, todos los objetos se numerarán correlativamente, consignando tales números en inventarios y tarjetas". Causa Incumplimiento a la normativa de control interno existente, por parte del encargado de contabilidad, en el sentido de no establecer una efectiva estructura de control, que permita identificar plenamente los activos fijos de la Municipalidad. Efecto Provoca que los bienes entregados al responsable se manipulen, alterando el contenido de los mismos, lo cual corre riesgo de pérdida en el patrimonio municipal. Recomendación El Alcalde Municipal debe girar instrucciones al Encargado de Contabilidad, para que autorice las tarjetas de responsabilidad y que las llene al personal que tenga en custodia bienes propiedad de la municipalidad. Comentario de los Responsables En oficio No. CGC-DAM de fecha 15 de febrero de 2013, se notificó el presente hallazgo al Encargado de Contabilidad, quien no presentó ningún comentario relacionado con el hallazgo. Comentario de Auditoría Se confirma el presente hallazgo, en virtud que el responsable no presentó comentarios y pruebas para desvanecerlo. Acciones Legales y Administrativas Sanción económica de conformidad con la Ley Orgánica de la Contraloría General de Cuentas, Decreto Número , del Congreso de la República, Artículo 39, Numeral 20, para: Cargo Nombre Valor en Quetzales ENCARGADO DE CONTABILIDAD CESAR AUGUSTO OSOY GARCIA 5, Total Q. 5,000.00

41 32 Hallazgo No. 4 Bienes muebles no codificados con número de inventario Condición Al examinar la cuenta propiedad, planta, equipo e intangibles, correspondiente al período fiscal 2012, se pudo comprobar que los activos fijos municipales, no se encuentran debidamente codificados debido que el inventario no se encuentra actualizado. Criterio El Acuerdo Interno de la Contraloría General de Cuentas No. A Normas Generales de Control Interno, numeral 1.2 Estructura de Control Interno establece: Es responsabilidad de la máxima autoridad de cada entidad pública, diseñar e implementar una estructura efectiva de control interno, que promueva un ambiente optimo de trabajo para alcanzar los objetivos institucionales. Una efectiva estructura de control interno debe incluir criterios específicos relacionados con: a) controles generales; b) controles específicos; c) controles preventivos; d) controles de detección; e) controles prácticos; f) controles funcionales; g) controles de legalidad y, h) controles de oportunidad, aplicados en cada etapa del proceso administrativo, de tal manera que se alcance la simplificación administrativa y operativa, eliminando o agregando controles, sin que se lesione la calidad del servicio. De conformidad con la Circular 3-57, emitida por la Dirección de Contabilidad del Estado, en las Disposiciones Generales, en lo referente a Tarjetas de Responsabilidad, dice: "Con el objeto de poder determinar en cualquier momento los útiles a cargo de cada empleado, se abrirán tarjetas individuales de responsabilidad, en las cuales deben registrarse detalladamente y con los mismos datos que figuran en el inventario, los bienes por los cuales responde cada funcionario o empleado público, agregándose al final y por separado el detalle de los artículos que, por su naturaleza fungible, no hayan sido incluidos en el inventario. Para mayor facilidad en su identificación, todos los objetos se numerarán correlativamente, consignando tales números en inventarios y tarjetas". Causa Incumplimiento a la normativa de control interno existente, por parte del encargado de contabilidad, en el sentido de no establecer una efectiva estructura de control, que permita identificar plenamente los activos fijos de la Municipalidad. Efecto Riesgo de pérdida o extravío de activos fijos de la Municipalidad, al no contar con

42 33 la debida codificación que permita identificarlos. Recomendación El Alcalde Municipal, debe girar instrucciones al encargado de contabilidad, para que todos los bienes muebles municipales, se codifiquen, de tal manera que sean efectivamente identificados. Comentario de los Responsables En oficio No. CGC-DAM de fecha 15 de febrero de 2013, se notificó el presente hallazgo al encargado de contabilidad quien no presentó ningún comentario relacionado con el hallazgo. Comentario de Auditoría Se confirma el presente hallazgo, en virtud que el responsable no presentó comentarios y pruebas para desvanecerlo. Acciones Legales y Administrativas Sanción económica de conformidad con la Ley Orgánica de la Contraloría General de Cuentas, Decreto Número , del Congreso de la República, Artículo 39, Numeral 20, para: Cargo Nombre Valor en Quetzales ENCARGADO DE CONTABILIDAD CESAR AUGUSTO OSOY GARCIA 5, Total Q. 5, HALLAZGOS RELACIONADOS CON CUMPLIMIENTO A LEYES Y REGULACIONES APLICABLES Área Financiera Hallazgo No. 1 Varios incumplimientos a la Ley de Contrataciones Condición Al verificar los expedientes de los proyectos seleccionados se determinaron los siguientes incumplimientos: No se encuentra conformado el expediente del proyecto denominado Dragado 2 Kms. Río Xeleca, Cabecera Municipal, por la cantidad de Q399, con Impuesto al Valor Agregado y NOG No , no cuenta con planos, impacto ambiental, constancia de precalificado

43 34 especifico, declaraciones de IVA e ISR, notificación, fianza de cumplimiento, timbres de ingeniería y bitácora. No se encuentra conformado el expediente del proyecto denominado Balastado de 1.5 kms. Camino rural caserío el Tular (donde los Quich), por la cantidad de Q985, con Impuesto al Valor Agregado y NOG No , no cuenta con planos, impacto ambiental, publicación en el Diario de Centroamérica, constancia de precalificado, declaración de ISR e IVA, notificación, fianza de cumplimiento, fianza de anticipo, amortización del anticipo, timbres de ingeniería y bitácora. No se encuentra conformado el expediente del proyecto denominado Apertura de Camino Rural y adoquinado el Tecolote sector 1, hacia sector las parcelas Aldea la Providencia, por la cantidad de Q351, con Impuesto al Valor Agregado y NOG No , no cuenta con impacto ambiental, No se encuentra conformado el expediente del proyecto Balastado de 1225 mts. Camino Rural El Tecolote, Sector Las Parcelas Sector 2, Aldea La providencia, por la cantidad de Q891, con Impuesto al Valor Agregado y NOG No , no cuenta con planos, impacto ambiental. Sumando los cuatro proyectos la cantidad de Q2,628, con impuesto al Valor Agregado. Criterio El Decreto No.57-92, del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado, artículo 35, Notificación, establece: Dentro del plazo de tres días de dictaminada la resolución razonada, la Junta deberá hacer la respectiva notificación a cada uno de los oferentes. Artículo 24, Presentación de Ofertas y Apertura de Plicas, establece: Las ofertas y demás documentos de licitación deberán entregarse directamente a la Junta de Licitación, en el lugar, dirección, fecha, hora y en la forma que señalen las bases. Transcurridos treinta (30) minutos de la hora señalada para la presentación y recepción de ofertas, no se aceptará alguna más y se procederá al acto público de apertura de plicas. De todo lo actuado se levantará acta correspondiente en forma simultánea. Y artículo 48, Aprobación del Contrato, establece: El contrato a que se refiere el artículo anterior, será aprobado por la misma autoridad que determina el artículo 9 de esta ley, según el caso. Cuando los contratos sean celebrados por los organismos Legislativo y Judicial, la aprobación corresponderá a su Junta Directiva o a la Corte Suprema de Justicia. Acuerdo Gubernativo No , Reglamento de La Ley de Contrataciones del Estado, artículo 10, Recepción y apertura de plicas, establece: Recibidas las ofertas, la Junta procederá a abrir las plicas, se dará lectura al precio total de cada oferta y en el acta correspondiente se identificarán las ofertas recibidas, sin

44 35 transcribirlas ni consignar en detalle sus precios unitarios, siendo suficiente anotar el monto de cada oferta. Cuando se trate de obras se procederá como lo establece el artículo 29 de la Ley. Los miembros de la Junta numerarán y rubricarán las hojas que contengan las ofertas propiamente dichas. Los nombres de los oferentes y el precio total de cada oferta recibida deberán publicarse en el Sistema de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, denominado GUATECOMPRAS, a más tardar el día posterior a la fecha establecida de recepción de ofertas y apertura de plicas. Todos los procedimientos detallados en el presente artículo se aplicarán también en los regímenes de cotización, contrato abierto y casos de excepción. Artículo 16, Requisitos, establece: En el pedido para cotización, se deberán especificar los requisitos que sean aplicables, de los contenidos en el artículo 19 de la Ley, a los cuales se sujetarán los oferentes. En todo caso, deberá indicarse claramente el lugar donde se construirán las obras, deberán ser entregados los bienes o suministros o prestarse los servicios. Los documentos que contengan tales requisitos, deberán ser aprobados por la autoridad que en jerarquía le sigue a las nominadas en el artículo 9 de la Ley Asimismo de acuerdo con el artículo 39 de la Ley deberá obtener un mínimo de tres (3) ofertas firmes, pero si por falta de oferentes no se pudiera llenar dicho requisito, serán suficientes las que fuere posible obtener, circunstancia que deberá. Ser calificada, bajo la responsabilidad de la autoridad administrativa superior de la dependencia interesada, haciéndolo constar en acta. Se entiende por ofertas firmes, las cotizaciones que realmente señalen el precio o valor de lo que se ofrece. Causa Incumplimiento a la normativa legal vigente relacionada con la contratación de obras. Efecto Los expedientes de obras ejecutadas no cuentan con la documentación que respalda el proceso efectuado para la respectiva adjudicación, contrataciones y ejecución. Recomendación El Alcalde Municipal debe girar instrucciones al Director Municipal de Planificación para que cada proceso efectuado por la Ley de Contrataciones del Estado esté debidamente documentado. Comentario de los Responsables En oficio sin número de fecha 11 de marzo de 2013, el Arquitecto Arturo de León, Director Municipal de Planificación, manifiesta lo siguiente: informo que los expedientes de obras ejecutadas de los proyectos Construcción Sistema de Alcantarillado Sanitario Cantón Pacum, Construcción Centro de Convergencia Labor San Alberto y Santa Teresa, Construcción Red de Distribución Agua

45 36 Potable, Labor San Alberto y Santa Teresa y, Construcción Sistema de Alcantarillado Sanitario Aldea Valle Candelaria, no constan en archivos correspondientes ya que no fue ejecutado ningún proyecto, financiado por ésta Municipalidad. Adjunto acuerdos municipales en donde constan que en el año 2011 se otorgó el Aval correspondiente a ONGs, para la ejecución de los Proyectos anteriormente mencionados, dicho año corresponde a la Administración Municipal del periodo , por lo cual no se cuentan con expedientes debidamente conformados correspondientes a los proyectos ya mencionados. Con respecto a la conformación de expedientes de los proyectos: Dragado 2 Kms, Río Xeleca, Cabecera Municipal, Balastado de 1.5 Kms, Camino Rural Caserío el Tular (donde los Quich), Apertura Camino Rural y Adoquinado El Tecolote Sector 1, hacia sector las parcelas Aldea La Providencia y el proyecto Balastado de 1225 mts. Camino Rural El Tecolote, Sector Las Parcelas Sector 2 Aldea La Providencia, a petición del Señor Alcalde, procedí a publicar eventos correspondientes al Sistema Guatecompras como Usuario para publicar proyecto de bases, correspondiente a los proyectos mencionados, siguiendo el proceso y cumpliendo las fechas de cierre de los eventos que el sistema automáticamente determina, fue publicado por el Habilitador, los documentos de cierre de dichos eventos para los proyectos mencionados, proporcionados por la Junta de Cotización aprobado por el señor alcalde y concejo municipal. Debido a la inoperancia de la Secretaria Municipal y falta de interés del Alcalde Municipal y Concejo Municipal y algunos eventos anómalos para la agilización del contrato de dichos proyectos, lo cual era necesario presentarlos a la contraloría de cuentas para la habilitación de las Bitácoras de Supervisión y la Contratación de un Ingeniero o Arquitecto Supervisor, para dar inicio a la ejecución de las obras. Durante este procedimiento presente mi renuncia al cargo de Director Municipal de Planificación, con fecha 29 de Septiembre del 2012, quedando desligado completamente de cualquier responsabilidad que conlleve dicho puesto a partir de la fecha mencionada, por lo que adjunto documentos que constatan lo mencionado, y de manera sorprendente he sido notificado, y que actualmente no tengo acceso a dicha documentación requerida, la cual me fue denegada por las autoridades municipales, ya que deje de laborar en la Municipalidad de San Lorenzo, Suchitepéquez. Comentario de Auditoría Se confirma el presente hallazgo, en virtud que el responsable se pronunció con eventos que no se apegan a lo ocurrido en la entidad auditada, ya que se estableció en los diferentes expedientes que se consultaron, corresponde a obras que ejecutó la municipalidad, las cuales cumplieron con publicarse en el portal de Guatecompras. Acciones Legales y Administrativas Sanción económica de conformidad con Ley de Contrataciones del Estado,

46 37 Decreto Número 57-92, del Congreso de la República, Artículo 83, y Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, Acuerdo Gubernativo Número , Artículo 56, para: Cargo Nombre Valor en Quetzales DIRECTOR DMP ARTURO ROBERTO DE LEON ESTRADA 40, Total Q. 40, Hallazgo No. 2 Falta de Auditor Interno Condición La contrato los servicios de un auditor interno durante el periodo del 01 de enero al 30 de mayo de 2012, pero dicho auditor no entrego el Plan Anual de Auditoria (PAA) y tampoco mando los informes mensuales, y después de dicha fecha ya no se contrato otro auditor para velar por la correcta ejecución presupuestaria y cumplir con las funciones de revisión de la documentación y la implementación de procedimientos de Control Interno. Criterio El Decreto No del Congreso de la República, Código Municipal, artículo 88 indica: Auditor interno. Las municipalidades deberán contratar un auditor interno, quien deberá ser guatemalteco de origen, ciudadano en el ejercicio de sus derechos políticos, contador público y auditor colegiado activo, quien además de velar por la correcta ejecución presupuestaria, deberá implantar un sistema eficiente y ágil de seguimiento y ejecución presupuestaria, siendo responsable de sus actuaciones ante el Concejo Municipal. El auditor, interno podrá ser contratado a tiempo completo o parcial. Las municipalidades podrán contratar, en forma asociativa, un auditor interno. Sus funciones serán normadas por el reglamento interno correspondiente. Causa Falta de cumplimiento de las autoridades municipales, de no verificar el trabajo del auditor interno y por no realizar la contratación del mismo el resto del ejercicio fiscal 2012 aún cuando existía el saldo presupuestario que permitía la contratación de otro Auditor Interno. Efecto No se cuenta con verificación financiera y legal de las operaciones contables y de la documentación de soporte de las mismas, así como del diseño e implementación de un adecuado sistema de control interno.

47 38 Recomendación Que el Concejo Municipal gire sus instrucciones al Alcalde Municipal, a efecto de que se contrate los servicios de un profesional, Contador Público y Auditor. Comentario de los Responsables Según l Acta No del Honorable Concejo Municipal celebrada el día 22 de febrero del año 2,012 se hace mención de la necesidad de cumplir con las normas gubernamentales de auditoría y se procede aprobar el Contrato de Servicios Profesionales de Auditoría Interna Municipal. A través del Contrato de Servicios Profesionales No se procede contratar como Auditor Interno Municipal al Licenciado Marvin René Castañeda Rojas comprendiendo el período del 01 de febrero al 31 de diciembre del año 2,012 el cual fue aceptado, ratificado y firmado por la Municipalidad y el licenciado Castañeda Rojas. Cabe mencionar que dicho contrato cuenta con fianza de fidelidad Clase C-2 y Póliza No En el Acta No del Honorable Concejo Municipal celebrada el día 29 de febrero del año 2,012 es presentado por el licenciado Marvin René Castañeda Rojas el Plan Anual de Auditoría Interna de la Municipalidad de San Lorenzo departamento de Suchitepéquez para el año 2,012, el cual es reconocido y aprobado debida e íntegramente por el Honorable Concejo Municipal. A través del oficio sin número del día 13 de julio del año 2,012 el licenciado Marvin René Castañeda Rojas presenta su renuncia irrevocable al cargo de Auditor Interno de la Municipalidad de San Lorenzo departamento de Suchitepéquez con efectos a partir del día 15 de julio del año 2,012 sin hacer mención de ninguna causa, motivo razón o circunstancia. Ante lo expuesto anteriormente es evidente que el Honorable Concejo Municipal si cumplió con lo establecido en el Decreto del Congreso de la República Código Municipal en su Artículo 88 respecto a la Contratación del Auditor Interno Municipal, pero debido a la renuncia del señor Auditor Interno Municipal licenciado Marvin René Castañeda Rojas la Municipalidad de San Lorenzo departamento de Suchitepéquez no contó con estos servicios profesionales a partir del 15 de julio al 31 de diciembre 2,012. Y debido al tiempo en que fue presentada dicha renuncia fue imposible contratar a un nuevo Auditor Interno porque ya no se contaba con el tiempo necesario para que un nuevo profesional se hiciese cargo de dicha plaza debido al factor tiempo. Comentario de Auditoría Se confirma el presente hallazgo, en virtud que los responsables en su comentario exponen que por factor tiempo no se logró contratar los servicios de otro profesional. Aspecto que se contradice, ya que tuvieron el tiempo necesario para la contratación.

48 39 Acciones Legales y Administrativas Sanción económica de conformidad con la Ley Orgánica de la Contraloría General de Cuentas, Decreto Número , del Congreso de la República, Artículo 39, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en Quetzales SINDICO I OSCAR (S.O.N.) DE LA ROSA BAUTISTA 3, SINDICO II MARIO (S.O.N.) CUYUCH GONZALEZ 3, CONCEJAL I BERNARDINO HUMBERTO TUNCHEZ GARCIA 3, CONCEJAL II LORENZO (S.O.N.) ALBINO MORALES 3, CONCEJAL III ISMAEL (S.O.N.) GARCIA TUPUL 3, CONCEJAL IV CARLOS EDDUARDO DE LEON GALINDO 3, Total Q. 18, Hallazgo No. 3 Contratos no enviados a la Contraloría General de Cuentas Condición Al efectuar la revisión de los expedientes del personal se constató que los contratos de trabajo del personal que labora en la municipalidad y los contratos de obras, no cumplieron con enviarlos a la Contraloría General de Cuentas, una copia de los mismos. Criterio El Decreto No del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado, el artículo 75 establece: Fines del Registro de Contratos. De todo contrato. De su incumplimiento, resolución, rescisión o nulidad, la entidad contratante deberá remitir dentro del plazo de treinta (30) días contados a partir de su aprobación, o de la respectiva decisión, una copia a la Contraloría General de Cuentas, para efectos de registros, control y fiscalización. Causa Incumplimiento de la normativa legal aplicable, por el secretario municipal. Efecto La Contraloría General de Cuentas no recibe oportunamente la información de todos los contratos suscritos en la municipalidad, para efectos de registros, control y fiscalización. Recomendación El Alcalde Municipal, debe girar instrucciones al Secretario Municipal, para que envíe a la Contraloría General de Cuentas, copia de los contratos emitidos, en el plazo que establece la ley.

49 40 Comentario de los Responsables En oficio sin número de fecha 11 de marzo de 2013, el secretario municipal manifiesta lo siguiente: Que debido a que es mi primera experiencia en el cargo de secretario Municipal, por desconocimiento los únicos contratos que no envié a la Contraloría General de Cuentas, fueron los contratos laborales suscritos por esta Municipalidad, solo fueron aprobadas por el Concejo Municipal, y por lo que me comprometo a cumplir de ahora en adelante con los requerimientos de ley de enviar todos los contratos suscritos por esta municipalidad, para efectos de registros y fiscalización tal y como lo establece el artículo 75 del Decreto Ley de Contrataciones del Estado. Comentario de Auditoría Se confirma el presente hallazgo, en virtud que el responsable en su comentario expone que por falta de conocimiento y por inexperiencia en el cargo de secretario municipal no envió los contratos laborales a la delegación de la Contraloría General de Cuentas. Acciones Legales y Administrativas Sanción económica de conformidad con Ley de Contrataciones del Estado, Decreto Número 57-92, del Congreso de la República, Artículo 82, para: Cargo Nombre Valor en Quetzales SECRETARIO MUNICIPAL GABRIEL VIDAL LOPEZ IXCOY 6, Total Q. 6, SEGUIMIENTO A RECOMENDACIONES DE AUDITORÍA ANTERIOR Se dio seguimiento a las recomendaciones de la auditoría anterior, correspondientes al ejercicio fiscal 2011, con el objeto de verificar su cumplimiento e implementación por parte de las personas responsables, estableciéndose que se cumplieron y se implementaron las mismas. 9. AUTORIDADES DE LA ENTIDAD DURANTE EL PERÍODO AUDITADO Los funcionarios y empleados responsables de las deficiencias encontradas, se incluyen en el desarrollo de cada hallazgo contenido en el presente informe. No. NOMBRE CARGO PERIODO 1 JOSE LEON LINARES ROJAS ALCALDE MUNICIPAL 15/01/ /12/ OSCAR DE LA ROSA BAUTISTA SINDICO I 15/01/ /12/ MARIO CUYUCH GONZALEZ SINDICO II 15/01/ /12/ BERNARDINO HUMBERTO TUNCHEZ GARCIA CONCEJAL I 15/01/ /12/2012

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