TEMA. El acto administrativo. [6.1] Cómo estudiar este tema? [6.2] Los actos administrativos: concepto y elementos
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- Juan Manuel Quintana Fernández
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1 El acto administrativo [6.1] Cómo estudiar este tema? [6.2] Los actos administrativos: concepto y elementos [6.3] Clases de actos administrativos [6.4] El silencio administrativo TEMA
2 Esquema TEMA 6 Esquema
3 Ideas clave 6.1. Cómo estudiar este tema? Para estudiar esta lección lee los capítulos XX (páginas ), XXI (páginas ) y XXII (páginas ) del manual de referencia de la asignatura: Manual de Derecho Administrativo de Ramón Martín Mateo y Juan José Díez Sánchez. En este tema vamos a analizar el eje central de la actuación de la Administración: el acto administrativo. Diferente del reglamento, vamos a identificar qué es, cuáles son sus elementos y sus vicios. Además, estudiaremos una materia clave en el Derecho Administrativo: el silencio administrativo y sus efectos Los actos administrativos: concepto y elementos Concepto La delimitación conceptual que podemos hacer del acto administrativo, sin entrar a analizar en profundidad la teoría general, es la declaración de voluntad, de juicio, de conocimiento o de deseo realizada por la Administración en ejercicio de una potestad administrativa distinta de la potestad reglamentaria. Por tanto, de esta definición cabe resaltar una serie de notas: Se trata de una declaración intelectual, lo que excluye las actividades puramente materiales (ejecuciones coactivas, actividad técnica de la administración ). La declaración puede ser de voluntad, que será lo normal en las decisiones o resoluciones finales de los procedimientos, pero también de otros estados intelectuales (de juicio, de deseo, de conocimiento ). TEMA 6 Ideas clave
4 La declaración, que en el acto administrativo consiste, debe proceder de una administración, precisamente lo que excluye los actos administrativos del administrado. La declaración administrativa, en que el acto consiste, se presenta como el ejercicio de una potestad administrativa. La potestad administrativa ejercida en el plano ha de ser distinta de la potestad reglamentaria. Elementos del acto administrativo Partiendo de los puntos que hemos mencionado y la definición dada, podemos identificar tres elementos que integran el concepto de acto administrativo. 1. Elementos subjetivos (sujetos) Tienen que ser dictados por el órgano competente, es decir, por la Administración adecuada. Existen tres clases de competencia: o Material: competencia que se define por la materia, funciones concretas que tienen atribuidas los órganos administrativos. o Territorial: hace referencia al ámbito territorial en que ejerce competencias un órgano administrativo. o Jerarquía: que obedece a la estructura jerárquica de la Administración. En la relación vertical es donde hablamos de esa competencia, ya que los superiores jerárquicos podrán revisar los actos de los órganos inferiores. TEMA 6 Ideas clave
5 Hay actos administrativos que pueden ser calificados como tales y estar sometidos al Derecho Administrativo aunque no procedan directamente de la Administración Pública: o Actos administrativos impropios: los que no emanan de un sujeto administrativo sino de otros órganos (el Tribunal Constitucional, las Cortes ). o Sujetos de entidades privadas que desarrollan funciones públicas, por ejemplo, los concesionarios. 2. Elementos subjetivos (art LRJAP) Son los denominados elementos de fondo, que son: El fin del acto administrativo: es la finalidad, el objetivo fijado en la norma. Pero hay un fin general de toda la actuación administrativa: el interés general y no puede desviarse de ese fin, porque si lo hace incurre en el vicio llamado desviación de poder que implica la utilización de las actuaciones, potestades y competencias administrativas para conseguir fines apartados del interés general. La causa: equivale al presupuesto de hecho que da lugar al acto administrativo y son objeto de control por el Derecho Administrativo. El contenido: está determinado por la norma en cada caso. Pueden ser: o Favorables: cuando favorece a su destinatario. o Desfavorables: cuando limitan o restringen la esfera de los derechos de los ciudadanos (el ejemplo más claro es la sanción). 3. Elementos formales Es el cauce formal por el que los órganos administrativos tienen que emitir sus actuaciones; es el procedimiento administrativo que se regula en los artículos 87 y ss. LRJAP. Junto al cauce formal es importante que señalemos además, como elemento formal, la motivación de los actos administrativos (art. 57 LRJAP); parece que de la redacción de este artículo, estos no se motivan salvo que concurran las causas citadas en el TEMA 6 Ideas clave
6 artículo. Ciertamente esto no es del todo cierto, ya que en realidad todos los actos que afecten a los ciudadanos deben motivarse en todo caso, tal y como se deduce de la letra a del mismo artículo. En todo caso regirá el principio del antiformalismo: las cuestiones formales o de procedimiento raramente conduce a la nulidad del acto, en especial si estos son causados por la Administración Clases de actos administrativos Es difícil llevar a cabo una clasificación de los actos administrativos, ya que puede haber tantos criterios como queramos emplear. Los que tienen más eficacia práctica serán los que detallemos a continuación. Por el contenido de los actos, pueden ser: favorables (cuando favorece a su destinatario) o desfavorables (cuando limitan o restringen la esfera de los derechos de los ciudadanos). En atención a los destinatarios, pueden ser: actos administrativos singulares (si se dirige a un determinado número de administrados) o generales (si el destinatario es general o indeterminado). En relación a los efectos de procedimiento, pueden ser: o Actos definitivos (si resuelven un procedimiento y lo finalizan: actos finales) o de trámite (si se dictan durante el procedimiento administrativo). TEMA 6 Ideas clave
7 o Actos expresos (si se produce como consecuencia de una declaración formal y expresa de la Administración) o presuntos (da lugar al silencio administrativo que estudiaremos a continuación). o Actos que agotan la vía administrativa (son aquellos que se pueden recurrir directamente ante los Tribunales) y los que no (no se pueden recurrir directamente ante los Tribunales, sino ante el superior jerárquico dentro del organigrama de la Administración) El silencio administrativo Concepto Tal y como hemos visto en la clasificación de los actos administrativos, lo normal es que la Administración realice una declaración formal y expresa de sus actos: la obligación que tiene la Administración de resolver expresamente todos los procedimientos (y notificar en un plazo determinado dicha resolución). Sin embargo, no siempre es así, por el propio volumen de actuación que tiene la Administración. Por ello, el silencio administrativo es una técnica establecida por la ley cuando no existe resolución en plazo determinado, a fin de que el administrado de por estimadas (silencio positivo) o desestimadas (silencio negativo) las peticiones dirigidas a la Administración. Según el artículo 42 de la LRJAP, la Administración está obligada a dictar resolución expresa, y a notificarla, en el plazo máximo que señale la norma reguladora de cada tipo de procedimiento. Este plazo no podrá exceder de seis meses (salvo que una norma con rango de Ley establezca uno mayor). Por ello, para las situaciones en las que, bien por petición del interesado, bien por incoación de oficio, haya trascurrido el plazo máximo de resolución y notificación sin que el particular haya recibido la notificación: El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado resolución expresa legitima al interesado o interesados que hubieran deducido la solicitud para entenderla estimada o desestimada por silencio administrativo. Artículo 43.1 LRJAP. TEMA 6 Ideas clave
8 Así, los actos administrativos producidos por silencio administrativo causan efectos desde el vencimiento del plazo máximo en el que debe dictarse y notificarse la resolución expresa sin que la misma se haya producido. Ya no es necesaria, pues, la llamada denuncia de la mora. Clases de silencio administrativo Como hemos indicado al comienzo del epígrafe, el silencio puede ser: Efectos del silencio administrativo Los efectos del silencio administrativo serán: En procedimientos iniciados a solicitud de interesado. La regla general es el silencio positivo puesto que los interesados podrán entender estimadas por silencio administrativo sus solicitudes en todos los casos, salvo que una norma con rango de Ley. Esta regla general contempla excepciones: o Los procedimientos de ejercicio del derecho de petición a que se refiere el artículo 29 de la Constitución. o Los procedimientos cuya estimación tuviera como consecuencia que se transfieran al solicitante o a terceros facultades relativas al dominio público o al servicio público. o En materia de recursos administrativos, el silencio será negativo (con una excepción, a su vez, en el caso de los recursos de alzada interpuestos frente a una desestimación presunta, puesto que transcurrido el plazo de tres meses sin que la Administración haya notificado la resolución del recurso, este se entiende estimado por silencio administrativo positivo). TEMA 6 Ideas clave
9 En procedimientos iniciados de oficio, se recoge expresamente por la ley como supuesto de silencio administrativo negativo el del primer apartado del artículo 44, referido a procedimientos iniciados de oficio de los que pudiera derivarse el reconocimiento o, en su caso, la constitución de derechos u otras situaciones jurídicas individualizadas. Ciertamente hay que distinguir del de los procedimientos iniciados de oficio en que la Administración ejercite potestades sancionadoras o, en general, de intervención, susceptibles de producir efectos desfavorables o de gravamen, en los que el transcurso del plazo sin que se haya notificado la resolución conlleva la perención o caducidad. TEMA 6 Ideas clave
10 Lo + recomendado No dejes de leer El silencio administrativo. Su actual regulación y conflictos procesales MACÍAS CASTAÑO, J. M. Cuadernos de Derecho Local, nº0 (páginas 59 73) Artículo que te será de gran utilidad para profundizar en el silencio administrativo, el cual hemos abordado a lo largo de esta lección. El documento está disponible en el aula virtual o en la siguiente dirección web: Aspectos prácticos del Silencio Administrativo Positivo contemplado en la Ley 142 de 1994 GÓMEZ OLARTE, N. Revista de Derecho, Universidad del Norte, nº22 (páginas ) Se trata de un análisis detallado y exclusivo del silencio positivo que te ayudará a completar este tema. El documento está disponible en el aula virtual o en la siguiente dirección web: L%20SILENCIO%20ADMINISTRATIVO_DERECHO_No%2022.pdf TEMA 6 Lo + recomendado
11 + Información A fondo Cómo se computan los plazos en el Derecho Administrativo? SANJUAN GARCÍA, P. Lex nova: La revista, nº59 (páginas 36 39) Un artículo sencillo que te enseñará cómo se computan los plazos dentro del Derecho Administrativo, tema que no hemos abordado en la teoría. El artículo está disponible en el aula virtual o en la siguiente dirección web: Notas sobre algunos de los puntos de referencia entre Ley, Reglamento y acto administrativo GONZÁLEZ SALINAS, J. Revista de Administración Pública, nº121 (páginas ) Algo esencial es la distinción entre estas tres manifestaciones de la Administración Pública, por ello en este artículo encontrarás la clave para poder diferenciarlos. El artículo está disponible en el aula virtual o en la siguiente dirección web: TEMA 6 + Información
12 Silencio administrativo e impugnación jurisdiccional: la resurrección de un Lázaro administrativo SORIANO GARCÍA, J. E. Revista de Administración Pública, nº151 (páginas ) El aspecto más importante que hemos visto en este tema es precisamente el del silencio administrativo, por lo que con artículos como este podrás ampliar tus conocimientos en esta materia. El documento está disponible en el aula virtual o en la siguiente dirección web: TEMA 6 + Información
13 Actividades Materiales Decreto-ley Hace dos años fue aprobado el Real Decreto-ley 8/2001, de 6 de abril, por el que se establece el sistema de infracciones y sanciones en materia de encefalopatías espongiformes transmisibles. 1 En el BOE de 5 de mayo de 2001 aparece publicada una Resolución de 26 de abril de 2001, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del acuerdo de convalidación del Real Decreto-ley 8/2001, de 6 de abril. 2 Qué tipo de norma jurídica es el Real Decreto- ley?, dónde aparece regulado? Razone en este supuesto concreto sobre el presupuesto habilitante del Decreto-ley. Qué puede hacer el Congreso ante la elaboración por el Gobierno de un Decretoley? En aplicación del artículo 2.3 del citado Real Decreto-ley 8/2001, se impone al ganadero P.F.M. una sanción de 750 euros por infracción grave, al haber obstruido la actuación inspectora y de control de las Administraciones Públicas. Ante la imposición de la sanción, el ganadero P.F.M. alega invalidez del Decreto-ley por vulneración del artículo 25 de la Constitución. Qué le parece este argumento?, qué otras razones podría alegar P.F.M.? Haga una lista de razones en defensa de la Administración y en defensa de P.F.M. La extensión máxima del trabajo es de cuatro páginas TEMA 6 Actividades
14 Test 1. El acto administrativo es: A. La declaración de voluntad, de juicio, de conocimiento o de deseo realizada por la Administración en ejercicio de una potestad administrativa consecuencia de la potestad reglamentaria. B. La declaración de voluntad, de juicio, de conocimiento o de deseo realizada por la Administración en ejercicio de una potestad administrativa distinta de la potestad reglamentaria. C. La declaración de voluntad, de juicio, de conocimiento o de deseo realizada por la Administración en ejercicio de una potestad reglamentaria. 2. Los actos administrativos son: A. Todos aquellos que componen el expediente administrativo. B. Los actos administrativos que realizan Administración y administrado. C. Aquellos que realiza exclusivamente la Administración. 3. La desviación de poder se da: A. Cuando se delega la competencia de un órgano a otro para que dicte un acto administrativo. B. Cuando el acto administrativo no persigue el interés general. C. Cuando las autoridades administrativas actúan guiadas por un precio fijado por el destinatario del acto. 4. En los actos administrativos rige el: A. Principio de formalismo, ya que deben ajustarse a la forma expuesta por la ley; de otro modo será nulo. B. Principio de antiformalismo, ya que no es necesario que se ajusten a una forma concreta para que sean válidos. C. Principio de antiformalismo, ya que deben ajustarse a la forma expuesta por la ley; de otro modo será nulo. 5. Los actos administrativos singulares son: A. Aquellos que se dictan excepcionalmente en un procedimiento administrativo. B. Los que, pese a no ser necesarios por exigencia de la ley, se dictan como aclaratorios. C. Los que van destinados a un destinatario concreto. TEMA 6 Test
15 6. En los procedimientos iniciados a instancia del interesado: A. Rige la norma del silencio positivo, salvo excepciones. B. Rige la norma del silencio negativo, salvo excepciones. C. Habrá que observar el caso concreto para saber si, en caso de falta de actuación de la Administración, tendrá efectos positivos o negativos. 7. El silencio negativo surge: A. Un acto ficticio con los solos efectos de posibilitar el acceso a los recursos administrativos o jurisdiccionales. B. Un acto ficticio que termina con el procedimiento administrativo. C. Es tan solo una construcción teórica sin reflejo legal. TEMA 6 Test
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