Guía Práctica con las principales novedades fiscales del ejercicio 2015
|
|
- Marta Díaz Nieto
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 Guía Práctica con las principales novedades fiscales del ejercicio 2015 Principales cambios: Renta y Patrimonio 2015
2
3 Índice 1 Rentas exentas Indemnizaciones por despido o cese del trabajador 1.2 Dividendos 1.3 Dación en pago (por el Real Decreto-ley 8/2014 con efectos desde ) 1.4 Becas concedidas por entidades bancarias 1.5 Planes de Ahorro a Largo Plazo 2 Reglas de imputación Ayudas públicas 2.2 Pérdidas derivadas de créditos no cobrados 3 Reducción por irregularidad 8 4 Rendimientos del trabajo Gastos deducibles 4.2 Reducción 4.3 Reducción por irregularidad con generación superior a 2 años 4.4 Rendimientos del trabajo en especie 5 Capital inmobiliario Arrendamiento de bienes inmuebles reducción vivienda 5.2 Imputación de rentas inmobiliarias 6 Capital mobiliario Reducción por periodo de generación 6.2 Compensación de rendimientos del capital mobiliario 6.3 Otras modificaciones 7 Actividades económicas Estimación Directa 7.2 Exclusión del método de Estimación Objetiva* (Módulos) 7.3 Reducciones 8 Ganancias y pérdidas patrimoniales Cálculo de la ganancia o pérdida patrimonial 8.2 Transmisiones por mayores de 65 años 9 Regímenes especiales Transparencia fiscal internacional 9.2 Nuevo régimen de impatriados 9.3 Ganancias patrimoniales por cambio de residencia 9.4 Las ganancias patrimoniales formarán parte de la renta del ahorro 10 Deducciones Límite de la obligación de declarar 20 Principales cambios: Renta y Patrimonio
4 4 Principales cambios: Renta y Patrimonio 2015
5 1 Rentas exentas 1.1 Indemnizaciones por despido o cese del trabajador La exención quedará condicionada a la desvinculación efectiva del trabajador con la empresa. Salvo prueba de lo contrario, se asumirá que no se da dicha desvinculación en caso de que en los 3 años siguientes al despido o cese, vuelva a prestar servicios a la misma empresa o a otra vinculada a ella. El importe exento se limita a un máximo de A la parte no exenta, se le puede aplicar la reducción por irregularidad, también con los límites establecidos hasta el momento: base máxima de la renta reducible de y, menor aún, si la parte no exenta excede de En 2015 el porcentaje de irregularidad, como luego veremos, pasa del 40 al 30%. 1.2 Dividendos Se suprime la exención de los primeros de dividendos. Se suprime la exención de los primeros de dividendos 1.3 Dación en pago (por el Real Decreto-ley 8/2014 con efectos desde ) Las ganancias que se pongan de manifiesto cuando se produzca la dación en pago (también ejecuciones hipotecarias o notariales) de la vivienda habitual del deudor o de su garante para cancelar deudas garantizadas con hipoteca sobre la misma, siempre que el crédito haya sido concedido por entidad bancaria o similar, si el propietario no tiene bienes o derechos suficientes para pagar, se declaran exentas. Hasta ahora, estaba exento de tributación solo en el caso de dación en pago por contribuyentes en nivel de exclusión social. 1.4 Becas concedidas por entidades bancarias Quedan exentas las becas concedidas por fundaciones bancarias para cursar estudios reglados, tanto en España como en el extranjero, en todos los niveles y grados del sistema educativo, para la investigación en el ámbito del RD 63/2006, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador en formación y las concedidas con fines de investigación a funcionarios y demás personal al servicio de las Administraciones Públicas y al personal docente e investigador de las Universidades. Hasta ahora, se aplicaba cuando estas becas eran concedidas por entidades sin ánimo de lucro. Principales cambios: Renta y Patrimonio
6 1.5 Planes de Ahorro a Largo Plazo Si el importe se recupera transcurridos un mínimo de 5 años desde la primera aportación, estos productos de ahorro tienen como beneficio la exención de los rendimientos que se hayan producido Se regula el procedimiento y las condiciones en las que el titular del Plan de Ahorro a Largo Plazo puede movilizar íntegramente los derechos económicos a otro Plan de Ahorro a Largo Plazo del que será titular, sin que ello implique la disposición de los recursos. Si el importe se recupera transcurridos un mínimo de 5 años desde la primera aportación, estos productos de ahorro tienen como beneficio la exención de los rendimientos que se hayan producido. Si se producen rendimientos negativos, durante el plazo o a la extinción, no se pueden imputar hasta el período de la extinción y en la cuantía que exceda de los rendimientos exentos. Si se incumple el plazo de recuperación de fondos o se realizan aportaciones superiores a (máximo anual), tendrá, la entidad aseguradora o de crédito que retener al tipo establecido para los rendimientos del capital mobiliario. 6 Principales cambios: Renta y Patrimonio 2015
7 2 Reglas de imputación 2.1 Ayudas públicas En vez de imputar estas ganancias patrimoniales cuando se produce la alteración patrimonial, que es en el momento en el que se reconoce el derecho a percibirlas, pasarán a imputarse al período del cobro. Se mantienen las reglas especiales para ayudas por compensación de defectos estructurales de la vivienda, las de los planes estatales de acceso a la primera vivienda y las de los titulares de bienes del Patrimonio Histórico Artístico. Estas ganancias patrimoniales pasarán a imputarse al período de cobro 2.2 Pérdidas derivadas de créditos no cobrados Se establece la imputación de la pérdida cuando que se producen determinas circunstancias: - Eficacia de la quita establecida en acuerdos de refinanciación judicialmente homologables - Eficacia del convenio en el que se acuerde una quita - Conclusión del concurso sin que se haya satisfecho el crédito - Paso de un año desde el inicio de un procedimiento judicial, distinto del concursal, sin cobrar. Este plazo se tendrá en cuenta cuando el año se cumpla ya en 2015 Principales cambios: Renta y Patrimonio
8 3 Reducción por irregularidad El actual porcentaje reductor pasa del 40% al 30%. Siempre que se imputen en un único período, se mantienen los supuestos en los que se consideran rendimientos del trabajo obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo. La base de los rendimientos sobre los que se aplica la irregularidad será, como máximo, de y la máxima reducción podrá ser de Hasta ahora, solo se estaba limitando la reducción de rendimientos del trabajo. En la reducción por irregularidad, el porcentaje reductor pasa del 40% al 30% Para aplicar la reducción, los rendimientos han de imputarse a un solo período impositivo cuando, hasta ahora, era posible cobrarlos de forma fraccionada, siempre que el número de años de generación dividido entre el número de los períodos de fraccionamiento fuera mayor que 2. No obstante, si se percibe ya una fracción en 2014, el resto de fracciones dará lugar a la reducción del 30%, con las especialidades de las indemnizaciones laborales. 8 Principales cambios: Renta y Patrimonio 2015
9 4 Rendimientos del trabajo 4.1 Gastos deducibles Desaparece la reducción general de 2.652, por obtención de rendimientos del trabajo. En concepto de Otros Gastos, se aprueba un nuevo gasto deducible de 2.000, que se incrementará en otros anuales, si los contribuyentes desempleados e inscritos en una oficina de empleo aceptan un puesto de trabajo situado en un municipio distinto al de su residencia habitual y que exija el cambio de residencia (por este concepto no puede llegarse a un rendimiento neto negativo). Las personas discapacitadas que sean trabajadores activos se deducirán otros 3.500, y si necesitan ayuda de terceras personas, tienen movilidad reducida o grado de discapacidad superior al 65%. La reducción para los trabajadores activos mayores de 65 años, desaparece. 4.2 Reducción La aplicarán los contribuyentes con rendimientos netos inferiores a y será de para los que tengan rendimientos netos de hasta , siendo decreciente hasta llegar a La aplicarán las contribuyentes con rendimientos netos inferiores a Reducción por irregularidad con generación superior a 2 años - Derivados de extinción de la relación laboral: La reducción del 30% sólo será aplicable en caso de que el cociente que resulte de dividir el número de años de generación entre el número de períodos impositivos de fraccionamiento sea mayor que 2. No se impide la reducción por haber percibido otro rendimiento en los 5 años anteriores con período de generación de más de 2 años y haberlo reducido. No obstante, si la extinción de la relación es anterior a 01/01/2013, no se aplica el límite. - Derivados de la extinción de relación mercantil: No se pueden reducir si se fraccionan, salvo que la extinción de la relación sea anterior a 01/08/2014. No se pueden reducir si se cobró en los 5 años anteriores otro rendimiento con período de generación de más de 2 años y se redujo. No se aplica la limitación si la extinción de la relación es anterior a 01/01/2013. Hay una limitación extra para estas indemnizaciones si superan los no exentos. - Distintos de los derivados de la extinción de la relación laboral o mercantil. Si se ejerciten opciones de compra sobre acciones por los trabajadores, concedidas antes de 01/01/2015, después de dicha fecha, siempre que hubieran transcurrido más de 2 años y no se concedieron anualmente, podrán aplicar la reducción por irregularidad aunque el contribuyente hubiera obtenido otros rendimientos con período de generación superior a 2 años. Se imputarán en un único período pero, los anteriores a 01/01/2015 que Principales cambios: Renta y Patrimonio
10 se perciban fraccionados y sólo se haya cobrado una fracción antes de dicha fecha, podrán reducirse en las fracciones de 2015 y siguientes. No se aplica la reducción, si en los 5 ejercicios anteriores se hubieran percibido otros generados en más de 2 años y se hubieran reducido. 4.4 Rendimientos del trabajo en especie Los rendimientos del trabajo por entrega de acciones o participaciones a los trabajadores activos que antes no tenían la consideración de rendimientos del trabajo en especie, pasan a calificarse como exentos. También los rendimientos del trabajo por gastos de comedores de empresa, así como, los rendimientos del trabajo por gastos por seguros de enfermedad que antes no tenían la consideración de rendimientos del trabajo en especie, pasan a calificarse como exentos. Se detallan qué vehículos se consideran eficientes energéticamente para ponerle valor a la retribución en especie A su vez, se detallan qué vehículos se consideran eficientes energéticamente para ponerle valor a la retribución en especie si se cediesen a los trabajadores para uso particular. La valoración de dicha retribución se reducirá en un 15%, 20% o 30% si el vehículo se encuentra en alguno de los supuestos enumerados. 10 Principales cambios: Renta y Patrimonio 2015
11 5 Capital inmobiliario 5.1 Arrendamiento de bienes inmuebles reducción vivienda El porcentaje general de reducción del rendimiento neto se mantiene en el 60%. Se suprime la reducción del 100% aplicable al alquiler de vivienda a jóvenes y, desaparece el régimen transitorio del alquiler de vivienda a jóvenes. Por lo tanto, un propietario de vivienda, con un inquilino que tenga menos de 35 años antes de 2011 y que a pesar de ser ya mayor de 30 venía reduciéndose al 100%, luego de la reforma aplicará la reducción del 60% como cualquier otro. 5.2 Imputación de rentas inmobiliarias Hasta ahora se venía imputando la renta al 2% del valor catastral, en general, y al 1,1% si el valor catastral del inmueble había sido revisado y entrado en vigor el nuevo con posterioridad al 01/01/1994. Se suprime la reducción del 100% aplicable al alquiler de vivienda a jóvenes Principales cambios: Renta y Patrimonio
12 6 Capital mobiliario 6.1 Reducción por periodo de generación Las rentas percibidas por el acreedor hipotecario, cuando se produce la incapacidad del asegurado propietario de la vivienda, para amortizar el préstamo, tendrán el mismo tratamiento que si el beneficiario hubiera sido el mismo contribuyente, o sea como, rendimientos del capital mobiliario. Hasta el momento, la Dirección General de Tributos interpretaba que constituían una ganancia patrimonial para la persona física. En el caso de donación de activos representativos de deuda, se especifica que el donante no pueda computarse el rendimiento del capital mobiliario negativo. Desaparecen las compensaciones que podían aplicar los perceptores de rendimientos del capital mobiliario con motivo de la cesión de capitales a terceros 6.2 Compensación de rendimientos del capital mobiliario Para 2015, desaparecen las compensaciones que podían aplicar los perceptores de rendimientos del capital mobiliario con motivo de la cesión de capitales a terceros, y de productos de seguro contratados con fecha anterior al 20/01/2006, si tenían que tributar más con la ley 35/2006 que con la anterior. 6.3 Otras modificaciones - Cuando el contrato combina contingencias de supervivencia con fallecimiento o incapacidad, se afina la cuantificación del rendimiento percibido por productos de seguro. - En el caso de donación de activos representativos de deuda, se esclarece que el donante no pueda computarse el rendimiento del capital mobiliario negativo. - Las rentas percibidas por el acreedor hipotecario, cuando se produce la incapacidad del asegurado propietario de la vivienda, para amortizar el préstamo, tendrán el mismo tratamiento que si el beneficiario hubiera sido el mismo contribuyente, esto corresponde a, rendimientos del capital mobiliario. Hasta el momento, la Dirección General de Tributos lo interpretaba como una ganancia patrimonial para la persona física. 12 Principales cambios: Renta y Patrimonio 2015
13 7 Actividades económicas 7.1 Estimación Directa Tanto en los rendimientos del Régimen Normal o de la modalidad Simplificada, a los empresarios o profesionales les son de aplicación los cambios que se producen en el Impuesto sobre Sociedades, tales como la limitación de la deducibilidad de los gastos por atenciones a clientes al 1% del importe neto de la cifra de negocios, así como la no deducibilidad del deterioro de determinados activos afectos: inmuebles, intangibles o inversiones inmobiliarias o, en el caso de la Estimación Directa Normal, la nueva tabla de amortización. Se establece en anuales el límite máximo de provisiones y gastos de difícil justificación deducibles Se establece como límite máximo del importe de provisiones y gastos de difícil justificación deducibles en el régimen de Estimación Directa Simplificada: anuales. 7.2 Exclusión del método de Estimación Objetiva* (Módulos) *Modificaciones aplicables a partir de 2016 Cambian los límites de exclusión del método de Estimación Objetiva, según volumen de rendimientos íntegros en el año inmediato anterior: - Se elimina el límite conjunto aplicable a todas las actividades económicas de , fijándose un límite más pequeño de , a la vez que se saca del mismo a las actividades agrícolas, ganaderas y forestales. Para este cómputo se deben tener en cuenta todas las operaciones, exista o no obligación de expedir factura por ellas. Si el contribuyente factura a empresarios y profesionales obligados a expedir factura, el límite será de anuales. - Las actividades agrícolas, ganaderas y forestales, tienen un límite independiente del anterior de anuales. Además, - Se modifica el límite por volumen de las compras en bienes y servicios, que pasa a ser de anuales. Principales cambios: Renta y Patrimonio
14 7.3 Reducciones La cuantificación del rendimiento neto de los autónomos dependientes se ajusta a los cambios producidos en los rendimientos del trabajo en cuanto a la sustitución de la reducción, regulada en 2014, por de gastos y a la aplicación de la reducción solo para rendimientos netos inferiores a A estos autónomos se les permite la aplicación de lo anterior aunque perciban en el ejercicio prestaciones por desempleo, siempre y cuando no superen los No podrán ejercer actividad económica a través de una entidad en régimen de atribución. A los empresarios y profesionales con rentas no exentas por debajo de los , incluidas las de la actividad económica, que no puedan aplicar los gastos y la reducción de los autónomos dependientes, por no cumplir con los requisitos, se les permitirá aplicar una reducción de 1.620, decreciente entre y de renta. 14 Principales cambios: Renta y Patrimonio 2015
15 8 Ganancias y pérdidas patrimoniales 8.1 Cálculo de la ganancia o pérdida patrimonial Los coeficientes de abatimiento que reducen, desde la fecha de adquisición hasta el 20/01/2006, las ganancias patrimoniales de todo tipo de bienes y derechos adquiridos antes de 31/12/1994, solo se aplicarán hasta un precio de venta de hasta acumulativo por todos los bienes transmitidos a partir de 2015 y adquiridos con anterioridad a 31/12/1994. Se eliminan los coeficientes de corrección monetaria que incrementan el valor de adquisición de los inmuebles (afectos o no), según la fecha en que se adquirieron, y que se aprueban en la Ley de Presupuestos de cada ejercicio. En cuanto a la transmisión de licencias del taxi, que hasta ahora tenían una norma especial por la que se reducía la ganancia obtenida, siempre que la transmisión se efectuase por determinados motivos o a familiares, desde el 1 de enero de 2015 solo se aplicará a la parte proporcional de la ganancia patrimonial producida desde la adquisición hasta el 31/12/2014 y se tributará por el resto. Se eliminan los coeficientes de corrección monetaria que incrementan el valor de adquisición de los inmuebles (según la fecha en que se adquirieron) 8.2 Transmisiones por mayores de 65 años Se establece una nueva regulación en cuanto a la exclusión de gravamen de las ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de la transmisión de elementos patrimoniales (no necesariamente inmuebles) por contribuyentes mayores de 65 años, siempre que el importe, total o parcial, obtenido por la transmisión se destine a constituir una renta vitalicia asegurada a su favor. Los requisitos para la aplicación de la exención serán: - La renta vitalicia deberá constituirse en el plazo de 6 meses desde la fecha de la transmisión del elemento patrimonial. - El contrato de renta vitalicia debe suscribirse entre el contribuyente y una entidad aseguradora. - La renta vitalicia deberá tener una periodicidad inferior o igual al año, comenzar a percibirse en el plazo de 1 año a partir de su constitución, y el importe anual de las rentas no deberá decrecer en más de un 5% respecto al año anterior. - El contribuyente deberá comunicar a la entidad aseguradora que la renta vitalicia que se contrata constituye la reinversión del importe obtenido por la transmisión de elementos patrimoniales. - La cantidad máxima total que a tal efecto podrá destinarse a constituir rentas vitalicias será de Cuando el importe reinvertido sea menor que el total de lo percibido en la transmisión, únicamente se excluirá de tributación la parte proporcional de la ganancia patrimonial obtenida correspondiente a la cantidad reinvertida. Si no se cumplen estos requisitos o la anticipación, total o parcial, de los derechos económicos derivados de la renta vitalicia constituida, se someterá a gravamen la ganancia patrimonial correspondiente. Principales cambios: Renta y Patrimonio
16 9 Regímenes especiales 9.1 Transparencia fiscal internacional Entre las novedades a destacar se hallan: que habrán de imputar en su IRPF la renta total obtenida por la entidad no residente si esta no cuenta con una organización de medios materiales y humanos, lo cual no se aplica si acredita que las operaciones se realizan con los medios existentes en una entidad no residente del mismo grupo del Código de Comercio o cuando esa operativa responda a motivos económicos válidos. La renta total es la base imponible resultante de aplicar los criterios establecidos en el Impuesto sobre Sociedades. Los dividendos y rentas originadas por la transmisión de participaciones no se imputarán cuando la entidad posea un mínimo del 5% en la filial y un mantenimiento de dicha posesión de al menos 1 año (entidades holding) siempre y cuando se disponga de organización para dirigir y gestionar la participación y las participadas no son patrimoniales. Se imputa siempre en el periodo en el que concluye el ejercicio social. Se suprime la opción a imputar las rentas en el período impositivo de aprobación de cuentas. Habría que añadir a la documentación que se presenta con la declaración el lugar del domicilio fiscal y la Memoria de las Cuentas Anuales. Si la entidad es residente en otro Estado de la UE, no se aplicará el régimen, siempre que se pueda acreditar la realización de actividades económicas y motivos económicos válidos o se trate de una Institución de Inversión Colectiva regulada por normativa comunitaria, constituida y domiciliada en algún Estado miembro de la UE. 9.2 Nuevo régimen de impatriados Se elimina la limitación de de retribuciones previsibles en cada período impositivo Serán gravados todos los rendimientos del trabajo obtenidos por el contribuyente durante la aplicación del régimen especial, obtenidos en territorio español no incluyéndose los rendimientos obtenidos durante la aplicación de este régimen especial, derivados de una actividad desarrollada con fecha anterior al desplazamiento. En el ámbito subjetivo de aplicación se excluyen los deportistas profesionales y se incluyen los administradores de entidades con participación inferior al 25%. Se elimina la limitación de de retribuciones previsibles en cada período impositivo, dejando de tener incidencia dónde se realizan los trabajos y para quién. Al haber incorporado, entre las personas físicas que pueden aplicar este régimen, aquellos que adquieran su residencia fiscal en España por su desplazamiento a territorio español con motivo de adquirir la condición de administradores sociales de entidades no participadas o no vinculadas según el Impuesto 16 Principales cambios: Renta y Patrimonio 2015
17 sobre Sociedades, se establece la obligación de presentar junto con la comunicación por la que se opta a la aplicación de este régimen un documento justificativo emitido por la entidad que exprese la fecha de adquisición de la condición de administrador y que la participación del contribuyente en la entidad no determina la condición de entidad vinculada. Se establece la obligación del contribuyente de comunicar a la Administración Tributaria cuando finalice su desplazamiento a territorio español sin perder la residencia fiscal en España en dicho ejercicio en el plazo de 1 mes desde que finalice su desplazamiento. 9.3 Ganancias patrimoniales por cambio de residencia Cuando un contribuyente pierda su residencia fiscal en España, se desarrollan diversas cuestiones relativas al mismo, al haberse establecido un nuevo supuesto de tributación de las ganancias patrimoniales por las diferencias positivas entre el valor de mercado de las acciones o participaciones en cualquier tipo de entidad, incluidas instituciones de inversión colectiva, y el valor de adquisición. Para aplicar este supuesto, el contribuyente debe haber sido residente en España durante al menos 10 de los 15 períodos impositivos anteriores al último período impositivo que deba declararse por este impuesto, y deben darse las siguientes circunstancias: Se establece un nuevo supuesto de tributación de las ganancias patrimoniales cuando un contribuyente pierda su residencia fiscal en España a) Que el valor de mercado de las acciones o participaciones exceda, conjuntamente, los b) Cuando no se cumpla lo previsto en la letra anterior, que en la fecha de devengo del último período impositivo que deba declararse por este impuesto, el porcentaje de participación en la entidad supere el 25%, siempre que el valor de mercado de las acciones o participaciones en la citada entidad exceda En este caso únicamente se aplicará a las ganancias patrimoniales correspondientes a las acciones o participaciones a que se refiere esta letra b). 9.4 Las ganancias patrimoniales formarán parte de la renta del ahorro En función del destino del contribuyente se establecen normas especiales para la aplicación de este régimen: a) Solicitud de aplazamiento de la deuda tributaria Para desplazamientos temporales por motivos laborales a un territorio que no tenga la consideración de paraíso fiscal, o por cualquier otro motivo siempre que en este caso el desplazamiento temporal se produzca a un territorio que tenga suscrito con España un convenio para evitar la doble imposición internacional, existe la posibilidad de solicitar el aplazamiento de la deuda tributaria. - Se aplazará el pago de la deuda tributaria correspondiente a las ganancias patrimoniales, con aplicación de las normas generales de devengo de intereses y aportación de garantías, bajo previa solicitud del contribuyente. - La solicitud se formulará dentro del plazo de declaración y deberá indicarse el país o territorio al que se traslada el contribuyente. Principales cambios: Renta y Patrimonio
18 - El aplazamiento tendrá una duración máxima de 5 ejercicios. - Si el desplazamiento se realiza por motivos laborales, deberá aportarse documento justificativo de la relación laboral. - Se puede solicitar una ampliación del plazo de 5 ejercicios cuando sean desplazamientos por motivos laborales siempre y cuando existan circunstancias que justifiquen un desplazamiento temporal más prolongado, sin que la ampliación pueda exceder de 5 ejercicios adicionales. La solicitud se deberá presentar en el plazo de los 3 meses anteriores a la finalización de los 5 ejercicios siguientes. b) Unión Europea o Espacio Económico Europeo Si el traslado de residencia tiene lugar a otro Estado de la UE o de EEE con el que haya efectivo intercambio de información, se puede optar por liquidar la ganancia si: se transmitan las acciones intervivos en 10 años siguientes, se traslada fuera de la UE o EEE o no se comunica la opción especial. También se aplica si se trasladase a un paraíso fiscal, aunque no pierda la condición de contribuyente por IRPF, con determinadas especialidades. 18 Principales cambios: Renta y Patrimonio 2015
19 10 Deducciones Se eliminan las deducciones por cuenta ahorroempresa y por alquiler. No obstante, los inquilinos que tengan un contrato de arrendamiento anterior al 01/01/2015 que hubieran satisfecho cantidades por alquiler con anterioridad a esa fecha y hubieran tendido derecho a aplicarla, podrán seguir haciéndolo en las condiciones establecidas hasta ahora en la norma vigente. La deducción por inversión de beneficios para empresarios de reducida dimensión (en Sociedades se elimina) se mantiene, aunque varían los porcentajes, los del 10% y del 5% pasan a ser del 5% y del 2,5% respectivamente. Se modifican los porcentajes de la deducción por inversión de beneficios para empresarios de reducida dimensión Se incorpora la deducción del 20% de aportaciones a partidos políticos, con 600 anuales de base máxima. Los porcentajes de deducción a instituciones beneficiarias del mecenazgo premiando las deducciones pequeñas y recurrentes, se incrementan pasando del porcentaje de deducción del 25% al 27,5% en 2015 y al 30% en 2016, siendo estos porcentajes del 50% y 75% sobre los primeros 150 de donación en 2015 y 2016, respectivamente. Conjuntamente con la deducción por maternidad, se establecen minoraciones a la cuota diferencial (se podrán cobrar sin haber tenido retenciones por ese importe e incluso de forma anticipada) por las siguientes circunstancias: - por cada descendiente discapacitado con derecho a aplicar el mínimo por descendientes por él (1.200 /año) - por cada ascendiente discapacitado (1.200 ) - por ser un ascendiente o un hermano huérfano de padre y madre que forma parte de una familia numerosa (1.200 en general, si es de categoría especial) Principales cambios: Renta y Patrimonio
20 11 Límite de la obligación de declarar Se suprime la deducción de 400 que podían aplicar determinados contribuyentes con rentas bajas El límite en la obligación de declarar pasa de anuales a para los contribuyentes que perciban rendimientos del trabajo de más de un pagador, anualidades por alimentos o pensiones compensatorias, rendimientos del trabajo de un pagador no obligado a retener o sometidos a tipo fijo de retención. 20 Principales cambios: Renta y Patrimonio 2015
21
22 Gestión completa de Renta, Patrimonio y Modelo 720
Pasamos a exponer las principales novedades en la declaración de la renta de las personas físicas para el año 2013:
Pasamos a exponer las principales novedades en la declaración de la renta de las personas físicas para el año 2013: Desaparecen tres exenciones : 1.-La exención total de los premios de lotería y apuestas
Más detallesREFORMA FISCAL 2015 EN MATERIA DE IRPF
AMORTIZACIONES AMORTIZACIONES RENDIMIENTOS DEL TRABAJO REFORMA FISCAL 2015 EN MATERIA DE IRPF Estarán exentas las indemnizaciones por despido o cese del trabajador en la cuantía establecida con carácter
Más detallesNOVEDADES IRPF 2014 1
www.albufete.com 1 RENTAS EXENTAS: NOVEDADES IRPF 2014 INDEMNIZACIONES POR DESPIDO www.albufete.com 2 RENTAS EXENTAS: NOVEDADES IRPF 2014 INDEMNIZACIONES PROCEDENTES DE CONTRATOS DE SEGURO www.albufete.com
Más detallesNovedades en el IRPF y otras modificaciones tributarias INDICE
Assessors Novedades en el IRPF y otras modificaciones tributarias Josep Antoni Martínez 4 de febrero 2016 INDICE 1) Principales novedades en el IRPF. Novedades Otros aspectos de interés IRPF: tarifas de
Más detallesLos depósitos bancarios
Depósitos Bancarios 2016 Guías 16 Depósitos bancarios Los depósitos bancarios se caracterizan por ser contratos por los cuales una de las partes (una persona o una entidad) entrega a la otra, generalmente
Más detallesTRIBUTACIÓN EN EL IRPF DEL SECTOR DEL TAXI SITUACIÓN ACTUAL Y PERSPECTIVAS
TRIBUTACIÓN EN EL IRPF DEL SECTOR DEL TAXI SITUACIÓN ACTUAL Y PERSPECTIVAS SITUACIÓN ACTUAL EN TERRITORIO COMÚN (Ley 35/2006 de IRPF) 1) TRIBUTACIÓN DE LOS RENDIMIENTOS EN EL IRPF La primera especialidad
Más detallesdespatx assessors i advocats
despatx assessors i advocats Passeig M. Verdaguer núm. 40. Edifici Verdaguer. Planta 1a. 08700 IGUALADA (Barcelona) T. 93 805 39 39 - Fax 93 805 39 16 Circular informativa (22/12/2014) DEPARTAMENTO FISCAL
Más detallesLas respuestas facilitadas a las preguntas más frecuentes tendrán carácter meramente informativo y no tendrán efectos vinculantes para el ICEX
Las respuestas facilitadas a las preguntas más frecuentes tendrán carácter meramente informativo y no tendrán efectos vinculantes para el ICEX 1.1. - A qué régimen de la Seguridad Social voy a cotizar?
Más detallesPLANIFICACIÓN FISCAL IRPF 2013
PLANIFICACIÓN FISCAL IRPF 2013 Próximos a finalizar el año conviene tener una serie de pautas con el fin de recordar en qué se puede mitigar la carga fiscal del ejercicio 2013 en el Impuesto sobre la Renta
Más detallesESTADÍSTICAS ECONÓMICAS ESTADÍSTICA DE LOS DECLARANTES DEL IRPF METODOLOGÍA
ESTADÍSTICAS ECONÓMICAS ESTADÍSTICA DE LOS DECLARANTES DEL IRPF METODOLOGÍA ESTADÍSTICAS ECONÓMICAS v. 1.0 Elaboración y edición: Instituto Canario de Estadística Luis Doreste Silva, 101 - Planta 7 35004
Más detallesHijos mayores de 18 años. Hasta qué edad pueden incluirse en la declaración de los padres?
C/ Fuente del Real, 4 Bj Gijón - Tlfno. 985 15 25 66 Fax 984 19 27 18 gestion@arguellesflorez.com www.arguellesflorez.com Preguntas frecuentes sobre la declaración de la Renta 2012 Agencia Estatal de Administración
Más detallesRENTA 2010 BENEFICIOS FISCALES AUTONOMICOS
RENTA 2010 BENEFICIOS FISCALES AUTONOMICOS DEDUCCIONES PARA LA FAMILIA 2 Para beneficiarios de ayudas familiares en aplicación de la normativa de la Comunidad Autónoma Andaluza. 2 Por adopción de hijos
Más detallesCUADRO DE RETENCIONES 2016 IRPF IS IRNR
CUADRO DE RETENCIONES 2016 IRPF IS IRNR Actualizado conforme a: 1) Real Decreto-ley 9/2015, de 10 de julio de medidas urgentes para reducir la carga tributaria soportada por los contribuyentes del IRPF
Más detallesRendimientos de capital inmobiliario
Rendimientos de capital inmobiliario VÍCTOR M. SÁNCHEZ BLÁZQUEZ PROFESOR TITULAR DE DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO ULPGC Esquema Concepto y rendimientos íntegros Cuantificación Gastos deducibles Reducciones
Más detallesGuías 10. Depósitos bancarios. Depósitos bancarios 2010
Depósitos bancarios 2010 Guías 10 Depósitos bancarios Los depósitos bancarios se caracterizan por ser contratos por los cuales una de las partes (una persona o una entidad) entrega a la otra, generalmente
Más detallesRESUMEN REFORMA FISCAL: IRPF
RESUMEN REFORMA FISCAL: IRPF 1. Exenciones: Indemnizaciones por despido: La exención se aplica como con la norma vigente, pero se limita el importe exento a 180.000 euros (efectos jurídicos desde el 1
Más detallesProyecto de Ley Foral de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias Reforma Fiscal Noviembre de 2015
Proyecto de Ley Foral de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias Reforma Fiscal Noviembre de 2015 Efecto económico 2016 2017 TOTAL IRPF 27.200.000,00 45.343.562,00 72.543.562,00
Más detallesIMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS CONCEPTO DE ACTIVIDAD ECONÓMICA Se entiende que un contribuyente realiza una actividad económica siempre que realice la ordenación por cuenta propia de medios
Más detallesFiscalidad de los planes y fondos de pensiones y de otros sistemas de previsión social.
1 Fiscalidad de los planes y fondos de pensiones y de otros sistemas de previsión social. En este punto vamos a distinguir fiscalidad de las distintas personas: el fondo, el promotor y el beneficiario.
Más detallesImpuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) Santa Cruz de La Palma, enero 2015
Reforma Fiscal 2015 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) Santa Cruz de La Palma, enero 2015 OBJETIVOS REFORMA EN EL IRPF Reducción impositiva Trabajadores Autónomos Familias numerosas
Más detallesLA REFORMA DEL IRPF DE 2014 ÍNDICE
LA REFORMA DEL IRPF DE 2014 José Manuel Tejerizo López. Catedrático de Derecho Financiero y Tributario. UNED (MADRID). ÍNDICE I. INTRODUCCIÓN II. HECHO IMPONIBLE III. EXENCIONES IV. SUJETOS PASIVOS V.
Más detallesCircular nº 89/14 Diciembre 2014 Página 1/9 IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS REFORMA FISCAL
Telf. 902 702 037 info@escuraconsulting.com www.escuraconsulting.com Circular nº 89/14 Diciembre 2014 Página 1/9 IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS REFORMA FISCAL Como continuación de nuestra
Más detallesRendimientos de capital inmobiliario
Rendimientos de capital inmobiliario V Í C T O R M. S Á N C H E Z B L Á Z Q U E Z P R O F E S O R T I T U L A R D E D E R E C H O F I N A N C I E R O Y T R I B U T A R I O U L P G C Rendimientos de capital
Más detallesDerecho Financiero y Tributario II
Derecho Financiero y Tributario II Programa de DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO II 515015 Facultad de Derecho Plan nuevo Curso 2008-2009 Curso 2009-2010 515045 UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA
Más detallesDecreto Normativo de Urgencia Fiscal 5/2013, del Consejo de Diputados de 3 de diciembre
C) Normativa Foral del País Vasco Normativa Foral de Álava Norma Foral 33/2013, de 27 de noviembre Del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. B.O.T.H.A. de 9 de diciembre de 2013 Norma Foral
Más detalles1. Quien no tiene que declarar en el IRPF
Circular 5-2014 1 de abril Renta y Patrimonio 2013 El lunes, 24 de marzo de 2014 se publica la Orden HAP/455/2014, por la que se aprueban los modelos de declaración del IRPF e IP ejercicio 2013. Esta circular
Más detallesRENDIMIENTOS DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS. ESTIMACION DIRECTA NORMAL. Doña Rocío tiene una mercería, del cual a final de año tiene los siguientes datos:
RENDIMIENTOS DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS. ESTIMACION DIRECTA NORMAL Planteamiento: Doña Rocío tiene una mercería, del cual a final de año tiene los siguientes datos: Ventas del ejercicio: 150.000 Sueldos
Más detallesBarcelona, 18 de noviembre de 2014 Alerta Informativa Departamento Fiscal
Barcelona, 18 de noviembre de 2014 Alerta Informativa Departamento Fiscal IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS E IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES. PRINCIPALES MODIFICACIONES CONTENIDAS
Más detallesLas novedades RESUMEN DE LOS CAMBIOS MÁS IMPORTANTES EN LA REFORMA FISCAL. de la RENTA 2015
Las novedades RESUMEN DE LOS CAMBIOS MÁS IMPORTANTES EN LA REFORMA FISCAL de la RENTA 2015 Contenido Introducción Rentas exentas Rendimientos del trabajo Rendimientos del capital inmobiliario Rendimientos
Más detallesImpuesto de sociedades + Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas
Impuesto de sociedades + Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas Duración: 58 horas. Modalidad: online El impuesto sobre sociedades es el tributo que va a gravar los resultados obtenidos por sociedades
Más detallesModificaciones relativas al ISD, ITP y AJD introducidas el 6 de agosto del 2013
DOCUMENTO TRABAJO Nº 348 2013 Modificaciones relativas al ISD, ITP y AJD introducidas el 6 de agosto del 2013 1 Estimado Cliente, A lo largo del presente trabajo podrán ver las modificaciones introducidas
Más detallesDeducción por reinversión de beneficios extraordinarios. Reinversión en inmovilizado material de segunda mano.
Deducción por reinversión de beneficios extraordinarios. Reinversión en inmovilizado material de segunda mano. En la medida en que los beneficios que la entidad consultante pretende invertir en la adquisición
Más detallesLÍMITES ECONÓMICOS A EFECTOS DEL IRPF 2013
LÍMITES ECONÓMICOS A EFECTOS DEL IRPF 2013 NO OBLIGACIÓN DE DECLARAR Los contribuyentes que hayan obtenido en el ejercicio 2013 rentas procedentes exclusivamente de las siguientes fuentes, en tributación
Más detallescoeficientes de abatimiento y de corrección monetaria
REFORMA TRIBUTARIA En 2015 desaparecerán los coeficientes de abatimiento y de corrección monetaria REFORMA TRIBUTARIA La bajada del tipo general del Impuesto sobre Sociedades se realizará en dos fases:
Más detallesRETENCIONES y OTROS DATOS DE INTERÉS, GIPUZKOA
1 RETENCIONES y OTROS DATOS DE INTERÉS, GIPUZKOA Nueva tabla de retenciones para 2015 Otras retenciones a cuenta 2015 Interés legal del dinero e interés de demora para 2015 DECRETO FORAL 47/2014, de 22
Más detallesA las personas físicas y entidades en régimen de atribución de rentas que cumplan los siguientes requisitos:
Régimen simplificado Una actividad sólo puede tributar en el régimen simplificado del IVA si, asimismo, tributa en estimación objetiva del IRPF. La coordinación entre estos regímenes es total. La renuncia
Más detallesRETENCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DEL IRPF
RETENCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DEL IRPF El IRPF es un gasto subvencionable por lo que, al igual que el resto de gastos imputados, debe justificarse con la documentación justificativa correspondiente. Asimismo,
Más detallesDepartamento de Gestión Tributaria. 6 de abril de 2016
Departamento de Gestión Tributaria 6 de abril de 2016 RESULTADOS CAMPAÑA RENTA 2014 Datos 30 de diciembre de 2015 PRINCIPALES RESULTADOS 75,6% de las declaraciones se presentan POR INTERNET (+5,1% s/ Renta
Más detallesFiscalidad de Productos Financieros. Ejemplos Prácticos
Fiscalidad de Productos Financieros. Ejemplos Prácticos Seguros de Vida e Invalidez 2015 Instituto Europeo de Posgrado Contenido 1 Seguros de Vida e Invalidez 3 1.1 Concepto:... 3 1.2 Régimen fiscal:...
Más detallesEn general, disminuye los TIPO DE RETENCIÓN a aplicar, entre los ejercicios 2015 y 2016.
CIRCULAR 1/2015: LEY 26/2014 de 27 de noviembre, por la que se modifican la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la renta de las Personas Físicas, el texto refundido de la Ley del Impuesto
Más detalles1. Derecho privado. Derecho civil. Derecho inmobiliario... 23
ÍNDICE GENERAL Preguntas que resuelve este libro... 21 1. Derecho privado. Derecho civil. Derecho inmobiliario... 23 1.1. Derecho Privado... 27 1.1.1. Los orígenes del Derecho. El Derecho Natural frente
Más detallesPRINCIPALES NOVEDADES DE LA REFORMA FISCAL Las principales modificaciones de la Ley 35/2006 del IRPF, de forma esquemática, son las siguientes:
PRINCIPALES NOVEDADES DE LA REFORMA FISCAL 2015 Las principales modificaciones de la Ley 35/2006 del IRPF, de forma esquemática, son las siguientes: - Se modifica la tributación de las indemnizaciones
Más detallesResumen - REFORMA FISCAL 2015.
Resumen - REFORMA FISCAL 2015. A las puertas del último trimestre del año, en este comentario pretendemos recordar la inminente reforma fiscal pendiente de aprobación definitiva, que puede determinar la
Más detallesLECCIÓN 7: EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES
LECCIÓN 7: EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES Supuestos prácticos elaborados por Salvador Ramírez Gómez 1.- Una sociedad residente en Paraguay es contratada por una entidad residente en España
Más detallesNORMATIVA APLICABLE Desde el punto de vista mercantil las Cooperativas Andaluzas se regulan por la Ley 14/2011 de 23 de Diciembre de Sociedades Cooper
EL REGIMEN FISCAL DE LAS COOPERATIVAS IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES Málaga 5 de junio de 2015 José Morgado Fortes NORMATIVA APLICABLE Desde el punto de vista mercantil las Cooperativas Andaluzas se regulan
Más detallesImpuesto sobre la Renta de las Personas Físicas - IRPF (Actualizado 2015)
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas - IRPF (Actualizado 2015) Duración: 20.00 horas Descripción Este curso expone y explica con profundidad el Impuesto sobre la Renta de las personas físicas
Más detallesImpuesto sobre la Renta de las Personas Físicas - IRPF (Actualizado 2015)
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas - IRPF (Actualizado 2015) Duración: 20.00 horas Descripción Este curso expone y explica con profundidad el Impuesto sobre la Renta de las personas físicas
Más detallesCOMO PLANIFICAR NUESTRA JUBILACION A PARTIR DEL AÑO 2013?
COMO PLANIFICAR NUESTRA JUBILACION A PARTIR DEL AÑO 2013? La aportación anual máxima que usted puede realizar dependerá básicamente de su edad. Así, para menores de 50 años de edad, la aportación anual
Más detallesRENTA, PATRIMONIO & SOCIEDADES 2015
BMG A S E S O R E S CARLOS BASSAS BRESCA RAFEL LLADÓ I FONT ALBERT PIQUÉ I ARTIGAS Aboga PEDRO GIRALT LÓPEZ DE SAGREDO ESADE Calvet, 29 Pral. 1ª 08021 Barcelona Tel. 932 021 620 Fax 932 023 732 E-DOSSIER
Más detallesLOS 10 PUNTOS DE LA REFORMA FISCAL.
LOS 10 PUNTOS DE LA REFORMA FISCAL. 1 REBAJA EN LOS TRAMOS Y TIPOS DE LA ESCALA GENERAL E INCREMENTO DEL MÍNIMO FAMILIAR. De 7 tramos a 5. Donde el tipo mínimo pasa del 24.75% en 2014 a 20% en 2015 y a
Más detallesA. COMPATIBILIDAD ENTRE LA PENSION DE JUBILACION Y EL TRABAJO
REAL DECRETO-LEY 5/213 DE MEDIDAS PARA FAVORECER LA CONTINUIDAD DE LA VIDA LABORAL DE LOS TRABAJADORES DE MAYOR EDAD Y PROMOVER EL ENVEJECIMIENTO ACTIVO. A. COMPATIBILIDAD ENTRE LA PENSION DE JUBILACION
Más detallesPRF. PRESTACIONES FAMILIARES POR HIJO A CARGO. 1. Materia objeto de investigación estadística
PRF. PRESTACIONES FAMILIARES POR HIJO A CARGO 1. Materia objeto de investigación estadística La información que se incluye en este apartado se refiere a las prestaciones familiares por hijo a cargo de
Más detallesPlan Director de Vivienda 2006-2009
8. FISCALIDAD 8.1. INTRODUCCIÓN Se considera de especial importancia el tratamiento fiscal de la vivienda como factor claramente influyente en la problemática de este bien inmueble. La adquisición de una
Más detallesNOVEDADES TRIBUTARIAS INTRODUCIDAS POR EL PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO 2010
Gabinete de Estudios del Registro General de Asesores Fiscales (REGAF) Nota 19/09 NOVEDADES TRIBUTARIAS INTRODUCIDAS POR EL PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO 2010 15 DE OCTUBRE 2009
Más detallesFISCALIDAD DE LOS PRODUCTOS FINANCIEROS
INSTITUTO DE ESTUDIOS FISCALES ESCUELA DE LA HACIENDA PÚBLICA FISCALIDAD DE LOS PRODUCTOS FINANCIEROS ÁNGEL ESTEBAN PAÚL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA Instituto de Estudios Fiscales, 2005. No está
Más detallesE st u d i o s y. Tratamiento de las rentas del trabajo Fernando Marcos Gómez Agencia Estatal de Administración Tributaria de Málaga.
Documentos E st u d i o s y Tratamiento de las rentas del trabajo Fernando Marcos Gómez Agencia Estatal de Administración Tributaria de Málaga capítulo IV El nuevo modelo de IRPF tras la reforma de la
Más detallesCOMENTARIOS SOBRE FISCALIDAD PARA EL PRÓXIMO EJERCICIO 2015
COMENTARIOS SOBRE FISCALIDAD PARA EL PRÓXIMO EJERCICIO 2015 1 I.... ÚLTIMAS NORMAS PUBLICADAS... 3 A) Normativa Estatal... 3 B) Normativa Autonómica... 4 C) Normativa foral del País Vasco... 4 II.... ANÁLISIS
Más detallesPRINCIPALES NOVEDADES I.R.P.F. 2015
PRINCIPALES NOVEDADES I.R.P.F. 2015 Obligación de declarar Se modifica el límite en la obligación de declarar para los contribuyentes que perciban rendimientos de trabajo de dos o más pagadores, anualidades
Más detallesReforma Tributaria (Ley 1607 de 2012) FIDUCIA MERCANTIL E INVERSIÓN EXTRANJERA DE PORTAFOLIO. Héctor Ramírez Pardo)
Reforma Tributaria (Ley 1607 de 2012) FIDUCIA MERCANTIL E INVERSIÓN EXTRANJERA DE PORTAFOLIO Héctor Ramírez Pardo) 1 Fiducia Mercantil TRATAMIENTO PARA LAS UTILIDADES Y PÉRDIDAS Régimen anterior: Las pérdidas
Más detallesCircular informativa 2014/14 Reforma Fiscal IRPF Ley 26/2014
Circular informativa 2014/14 Reforma Fiscal IRPF Ley 26/2014 La presente circular es para informar de algunas de las novedades de la reforma fiscal del IRPF incluidas en la Ley 26/2014, que ha sido publicada
Más detallesNUEVA NORMA FORAL DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS EN EL TERRITORIO HISTÓRICO DE ÁLAVA
4-2013 Diciembre, 2013 NUEVA NORMA FORAL DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS EN EL TERRITORIO HISTÓRICO DE ÁLAVA Norma Foral 33/2013, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de
Más detallesNovedades legislativas que afectan a la declaración de la Renta Agencia Estatal de Administración Tributaria. Exenciones
Consultoría de Empresas C/ Fuente del Real, 5, Bj Gijón Tlfno. 985 15 25 66 Fax 984 19 27 18 gestion@arguellesflorez.com www.arguellesflorez.com Novedades legislativas que afectan a la declaración de la
Más detallesLA TRIBUTACIÓN POR PLUSVALÍAS PARA LAS RENTAS MÁS ALTAS
LA TRIBUTACIÓN POR PLUSVALÍAS PARA LAS RENTAS MÁS ALTAS Los cambios para la inversión En principio, la idea del Ejecutivo es incluir esta medida a partir del próximo año, con lo que las rentas del capital
Más detalles, entrada en vigor el )
Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el
Más detallesREFORMA FISCAL (I) IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS
REFORMA FISCAL (I) IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS Novedades introducidas en el IRPF Gros & Monserrat Área Fiscal Diciembre 2014 Gros Monserrat, S.L. Contenido 1 BASE IMPONIBLE... 3 1.1
Más detallesTEMA 3. RENDIMIENTOS DEL CAPITAL INMOBILIARIO
TEMA 3. RENDIMIENTOS DEL CAPITAL INMOBILIARIO CONCEPTO EPÍGRAFE NORMATIVA BASE DE DATOS SUPUESTOS PRÁCTICOS RENDIMIENTOS INTEGROS DEL CAPITAL Definición de rendimientos del capital Art. 21 LIRPF Obras
Más detallesAsesor Fiscal. IRPF e Impuestos sobre Sucesiones y Donaciones
Asesor Fiscal. IRPF e Impuestos sobre Sucesiones y Donaciones TITULACIÓN DE FORMACIÓN CONTINUA BONIFICADA EXPEDIDA POR EL INSTITUTO EUROPEO DE ESTUDIOS EMPRESARIALES Asesor Fiscal. IRPF e Impuestos sobre
Más detallesC I R C U L A R I N F O R M A T I V A F I S C A L
www.ollerosabogados.com ACTUALIDAD LEGISLATIVA 1. Normativa Estatal. 1.1 Ley 26/2014, de 27 de noviembre, por la que se modifican la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las
Más detallesCuáles son los principales incentivos fiscales a la internacionalización?
Cuáles son los principales incentivos fiscales a la internacionalización? Jacinto Cana Jiménez Mazars & Asociados Tel : +34 915 622 670 jacinto.cana@mazars.es 1 ÍNDICE CUESTIONES PRINCIPALES A CONSIDERAR
Más detallesDECLARACIÓN DE LA RENTA 2013 NOVEDADES Y PRINCIPALES CUESTIONES
DECLARACIÓN DE LA RENTA 2013 NOVEDADES Y PRINCIPALES CUESTIONES NOVEDADES 2013 1. Tributación de las indemnizaciones por despido 2. Valoración de la cesión del uso de vivienda 3. Obligación de imputar
Más detallesREFORMA SOBRE EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS
REFORMA SOBRE EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS Con fecha 5 de diciembre de 2013 (B.O.B. 13/12/13) se publicó la Norma Foral 13/2013 en relación a la nueva normativa del Impuesto de la
Más detallesINFORME SOBRE ANTEPROYECTO DE LEY DE MEDIDAS DE LUCHA CONTRA EL FRAUDE FISCAL
INFORME SOBRE ANTEPROYECTO DE LEY DE MEDIDAS DE LUCHA CONTRA EL FRAUDE FISCAL LIMITACIÓN DEL USO DE EFECTIVO EN OPERACIONES EMPRESARIALES/PROFESIONALES Se limitan los pagos en efectivo a cantidades inferiores
Más detallesEntre todas las modificaciones introducidas por la Reforma, podemos destacar las siguientes:
NOVEDADES LEGISLATIVAS DERIVADAS DE LA LEY 26/2014 DE 27 DE NOVIEMBRE DE 2014 IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS: La Ley 26/2014, de 27 de noviembre, por la que se modifica la Ley 35/2006,
Más detallesFiscalidad. Esquema de Liquidación y Rendimientos del Trabajo Instituto Europeo de Posgrado
Fiscalidad Esquema de Liquidación y Rendimientos del Trabajo 2017 Instituto Europeo de Posgrado Contenido 1 Introducción: Esquema de Liquidación y Rendimientos del Trabajo 3 2 Rendimientos del trabajo
Más detallesinforma ren Cambios legales y Novedades 2015 a3asesor doc Gestor Documental
informa ren Cambios legales y Novedades 2015 a3asesor doc Gestor Documental Cambios legales a3asesor ren 2015 Cambios legales que afectan al modelo 210 Tipos de gravamen (rentas obtenidas sin mediación
Más detallesImpuesto sobre la Renta IRPF + Impuesto de Sociedades
Impuesto sobre la Renta IRPF + Impuesto de Sociedades Duración: 56 horas. Modalidad: online La parte teórica del curso tendrá como objetivo conocer los conceptos y características, tanto de la Ley como
Más detallesQué hacer para reducir impuestos? Amortizar más préstamo hipotecario y encontrar el momento para vender la vivienda son algunas claves
Qué hacer para reducir impuestos? Amortizar más préstamo hipotecario y encontrar el momento para vender la vivienda son algunas claves Hora de echar cuentas Se acaba el año y es momento de recordar alguna
Más detallesLa Reforma Fiscal. José Antonio Gil del Campo Socio de GARRIGUES
La Reforma Fiscal. José Antonio Gil del Campo Socio de GARRIGUES El ámbito de la Reforma Fiscal 2006/2007 Reforma tendente a la equidad Reforma tendente a la generalidad y aplicación del sistema fiscal
Más detallesImpuesto sobre la Renta IRPF + Impuesto de Sociedades
Impuesto sobre la Renta IRPF + Impuesto de Sociedades Duración: 56 horas. Modalidad: online La parte teórica del curso tendrá como objetivo conocer los conceptos y características, tanto de la Ley como
Más detallesIMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS.
TEMA 2 IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. 1.- CONCEPTOS GENERALES 1.1.- NATURALEZA Y REGULACIÓN 1.2.- HECHO IMPONIBLE, RENTAS NO SUJETAS Y EXENCIONES 1.3.- SUJETO PASIVO 1.4.- PERÍODO IMPOSITIVO
Más detallesArs Iuris Salmanticensis, vol. 3, junio 2015, eissn: Ediciones Universidad de Salamanca
Ley 26/2014, de 27 de noviembre, por la que se modifican la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas; el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta
Más detallesIMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO: NOTAS SOBRE SU VIGENCIA, ALCANCE DE LA CESIÓN Y COMPETENCIAS
IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO: NOTAS SOBRE SU VIGENCIA, ALCANCE DE LA CESIÓN Y COMPETENCIAS El Impuesto sobre el Patrimonio fue establecido, en principio con carácter excepcional y transitorio por la Ley
Más detalles- Modificación del modelo 390 para adaptarlo a los cambios introducidos en el modelo 303 de autoliquidación periódica del IVA.
Nota sobre la Orden HAP/2429/2015, de 10 de noviembre, por la que se modifican la Orden EHA/3127/2009, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 190 para la declaración del resumen anual de retenciones
Más detallesSe mantiene en los mismos términos anteriores y se confirma como limite exento en estas indemnizaciones la cantidad de euros.
EXENCIONES (ARTÍCULO 7) EXENCIÓN POR DESPIDO O CESE DEL TRABAJADOR (ART 7.E)). Se mantiene en los mismos términos anteriores y se confirma como limite exento en estas indemnizaciones la cantidad de 180.000
Más detallesTEMA 2. RENDIMIENTOS DEL TRABAJO
TEMA 2. RENDIMIENTOS DEL TRABAJO CONCEPTO EPÍGRAFE NORMATIVA BASE DE DATOS SUPUESTOS PRACTICOS Memento Fiscal/Impuestos directos/ CAPITULO I IRPF/ Base de datos: Sección 3: I. Delimitación Memento fiscal/
Más detallesPágina 1 de 5 Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010 Boletín Fiscal, Editorial CISS Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010 ( BOCG 1 de octubre
Más detallesACTUALIZACIÓN ADECUACIÓN Y MODERNIZACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL
ACTUALIZACIÓN ADECUACIÓN Y MODERNIZACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL 1 ACTUALIZACIÓN ADECUACIÓN Y MODERNIZACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL I.- Jubilación Ordinaria: - Edad de Jubilación: Antes del 01/01/2013 Las
Más detallesNUEVOS TIPOS IMPOSITIVOS DEL IRPF A PARTIR DEL 12 DE JULIO
CIRCULAR INFORMATIVA NÚM. 150714 NUEVOS TIPOS IMPOSITIVOS DEL IRPF A PARTIR DEL 12 DE JULIO Como ya anunciábamos en nuestra circular de la semana pasada, a través del Real Decreto- Ley 9/2015 aprobado
Más detalles12 Enero
Actividad Sindical 12 Enero 2015 ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------- LEY DE REFORMA DEL IRPF (Ley 26/2014). Resumimos en este
Más detallesOBLIGACIONES TRIBUTARIAS 2º TRIMESTRE 2015
OBLIGACIONES TRIBUTARIAS 2º TRIMESTRE 2015 Resumen de obligaciones tributarias del 2º trimestre de 2015 y otras declaraciones. Gros & Monserrat Área Fiscal Julio 2015 Gros Monserrat, S.L. Contenido 1...
Más detallesLEY 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de creación de empleo 1º Parte
LEY 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de creación de empleo 1º Parte Finalidad de la Normativa En este RD-Ley se incluyen medidas a través de
Más detallesPRINCIPALES NOVEDADES TRIBUTARIAS DE LA LEY 35/2006, DE 28 DE NOVIEMBRE DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, INTRODUCIDA POR LA LEY 26/2014, DE 27 DE
PRINCIPALES NOVEDADES TRIBUTARIAS DE LA LEY 35/2006, DE 28 DE NOVIEMBRE DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, INTRODUCIDA POR LA LEY 26/2014, DE 27 DE NOVIEMBRE Diciembre 2014 IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS
Más detallesLAS OPERACIONES DE REESTRUCTURACIÓN EMPRESARIAL
LAS OPERACIONES DE REESTRUCTURACIÓN EMPRESARIAL En el ámbito del Impuesto sobre Sociedades, se incluyen dentro de la denominación de operaciones de reestructuración empresarial, las de fusión, de escisión,
Más detallesImpuesto sobre la Renta de No Residentes
Impuesto sobre la Renta de No Residentes NORMATIVA APLICABLE INTRODUCCIÓN SUJETOS PASIVOS RESIDENCIA EN TERRITORIO ESPAÑOL DOMICILIO FISCAL RENTAS OBTENIDAS POR NO RESIDENTES RENTAS OBTENIDAS MEDIANTE
Más detallesQué es una Cooperativa?
Qué es una Cooperativa? 1. CONCEPTO La cooperativa es una sociedad de capital variable, con estructura y gestión democrática, constituida por personas físicas o jurídicas, para prestar servicios y satisfacer
Más detallesNewsLetter Asesoría Financiera, S.A.
NewsLetter Asesoría Financiera, S.A. ACTUALIDAD FISCAL Ramón Silvestre Ruiz. Socio. Responsable del Área de Fiscalidad Breves comentarios al Proyecto de Ley que modifica la Ley de IRPF El pasado 6 de Agosto
Más detalles