Boletín Oficial Nº Viernes 4 de Septiembre de 2015 SECCION ADMINISTRATIVO DECRETOS

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1 SECCION ADMINISTRATIVO DECRETOS DECRETO Nº 1740/2015 Santiago del Estero, 28 de Julio de 2015 VISTO, el Expediente N 738- Código 154- Año del registro de la Secretaria de Seguridad de la Provincia; y, Que por el expediente mencionado en el visto, se tramita el Reconocimiento de hecho consumado por la adquisición de "Cinco (05) Teléfonos Satelitales", destinados a la Secretaria de Seguridad de la Provincia, las cuales fueron necesarias e inmediatas adquirirlas por el uso entre las autoridades provinciales, en caso de viajes a zonas inhóspitas, cuyo gasto oficial asciende a la suma total de $ ,00 (Pesos ciento cincuenta y tres mil con cero centavos). Que Delegación Contable de Contaduría General de la Provincia, expresa, que tratándose de una gestión que versa sobre una erogación no comprometida al cierre del ejercicio 204. Se remite la misma para que sirva informar si por ante ese organismo pagador paso Gestión Similar de cobro, informando que por esta Delegación Contable no paso gestión similar de cobro y que la Jurisdicción 24- Programa 01-Subprograma 00- Proyecto 00- Actividad 01- Partida 434 "Equipos de comunicación, señalamiento e instalaciones" poseía crédito presupuestario disponible de $ ,80 (Pesos setecientos cuarenta y tres mil ochocientos noventa y cuatro con ochenta centavos) para atender la erogación al 01 /08/14. Que la Tesorería General de la Provincia determina que en virtud de lo dispuesto en el Decreto N 133/09 se cumple en informar que el número de expediente de referencia no registra ingreso en esta Tesorería Gral. de la Pcia. de acuerdo al sistema informático del organismo. Cabe señalar que este organismo no está en condiciones de aseverar que haya repetición de número de facturas en distintos expedientes o que los mismos hayan sido cancelados a través de fondos permanentes, ya que ese organismo tiene organizado su sistema informático por número de expedientes y órdenes de pago pudiendo un mismo expediente tener glosadas más de una orden de pago por lo que corresponde al organismo de origen aseverar la inexistencia de gestión similar. Que Asesoría legal, en consideración de lo expresado por el auditor Fiscal del Honorable Tribunal de Cuenta de la Provincia, estima que se han subsanado las Observaciones planteadas, sugiere la continuación del presente trámite. Por el lo, LA SEÑORA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA ART 1 - APRUEBASE-la gestión realizada por la Secretaria de Seguridad de la Provincia, referente al pago de la Factura Tipo "B" N de fecha 01 de Agosto de 2014 (hecho consumado durante año 2014), de la firma "WALTER ELÍSEO OCARANZA", por un monto de $ ,00 (Pesos Ciento cincuenta y tres mil con cero centavos) por la provisión de "Cinco (05) T teléfonos Satelitales completos activados (servicio Inmarsat Teléfono Satelital Isat Phone píos Kit de accesorios Inmarsat- sim card-i sal Phone PRO Inmarsat-caigo de activación", destinadas al Organismo antes mencionado de la Provincia, adquiridos durante el año 2.014, que no fueron posible pagarlas por el Fondo Permanente, por falta de saldo a la fecha del mismo. ART 2.- Déjase debidamente establecido que lo aprobado precedentemente será atendido con fondos provenientes de la Jurisdicción N 40 (Obligaciones a Cargo del Tesoro), Part. 299 "Otros Bienes de Consumo Varios".- ART 3.- Una vez concluido el trámite de pago, remítase las presentes actuaciones Sal Honorable Tribunal de Cuentas, en cumplimiento de las acordadas 09 y 14 del ART 4.- Comuniques, publíquese, dése al Boletín Oficial.- Dra. Claudia L. de Zamora Sr. Elías Miguel Suárez Sr. David Marcelo H. Pato DECRETO Nº 1.923/ Santiago del Estero, 21 de Agosto de VISTO: el Expediente Nº , sobre adjudicación de una Agencia Oficial de Tómbola, solicitada por la Sra. Cira Eleonor Herrera; y Que el Administrador de la Caja Social de Santiago del Estero ha dictado la Resolución Nº 365/2015, mediante la cual solicita al Poder Ejecutivo la homologación de la misma para adjudicar a la Sra. Cira Eleonor Herrera, una Agencia de Tómbola que será instalada en Calle Dorrego Nº 465, entre Calles Sargento Cabral y 20 de Junio, del Barrio Independencia de la Ciudad de Fernández, Dpto. Robles, Provincia de Santiago del Estero; Que la Gerencia Comercial y la Gerencia General de la Caja Social de Santiago del Estero han intervenido en la gestión y estiman viable lo solicitado por el recurrente; Que el Servicio Jurídico del Ministerio de Economía, a fs. 33 se expide sobre la procedencia de lo tramitado en autos, Fiscalía de Estado, en Dictamen Nº 1.738/2015, se pronuncia en igual sentido e indica el dictado del acto administrativo correspondiente; Que es procedente el dictado del presente acto en virtud de lo establecido en las Leyes Nºs /94 y 6.336/96; Por ello, La Señora Gobernadora de la Provincia Art. 1º - Homológase en todas sus partes la Resolución Nº 365/2015, dictada por la Caja Social de Santiago del Estero, por la cual se adjudica a la Sra. Cira Eleonor Herrera, D.N.I. Nº , una Agencia Oficial de Tómbola, la que será instalada en Calle Dorrego Nº 465, entre Calles Sargento Cabral 20 de Junio, del Barrio Independencia de la Ciudad de Fernández, Dpto. Robles, Provincia de Santiago del Estero. Art. 2º - Comuníquese, regístrese y dése al BOLETIN OFICIAL. Dra. Claudia L. de Zamora Sr. Elías Miguel Suárez C.P.N. Atilio Chara 2

2 DECRETO Nº 1.924/ Santiago del Estero, 21 de Agosto de VISTO: el Expediente Nº 2.697/127/2015; y Que los Contratos de Locación de Servicio celebrados entre el Sr. Jefe de Gabinete, y las personas que se detallan en nómina anexa, se fundamentan en atención a la necesidad de Recursos Humanos; Que mediante el instrumento legal mencionado los Contratados se comprometen a desempeñar funciones en el Museo del Automóvil, o dependencia pública que se le asigne, con una remuneración mensual prevista en la cláusula 4ª del mismo, imputando la erogación resultante en la Jurisdicción 10 - Programa 01 - "Acciones Centrales de la Jefatura de Gabinete" - P.p Locación de Servicios; Que la contratación se efectúa a fin de cubrir distintas áreas, revistiendo de singular importancia con el objeto de cumplir con la ejecución eficaz de las acciones que le son propias y garantizar los servicios que demanda la comunidad; Que tal situación demanda al Poder Ejecutivo Provincial adoptar idéntico criterio que contribuya a que el alcance de tal medida sea validamente eficaz; Por ello, La Señora Gobernadora de la Provincia Art. 1º - Apruébase los Contratos de Locación de Servicio celebrados entre el Sr. Jefe de Gabinete, en representación del Gobierno de la Provincia de Santiago del Estero, y las personas que se consignan en nómina anexa, la cual pasa a formar parte integrante del presente Decreto, conforme a los emolumentos y por el periodo que se detalla. Art. 2º - La presente erogación será imputada a la Jurisdicción 10 - Programa 01 - "Acciones Centrales de la Jefatura de Gabinete" - P.p Locación de Servicios. Art. 3º - Comuníquese, publíquese, dése al BOLETIN OFICIAL. Dra. Claudia L. de Zamora Sr. Elías Miguel Suárez NOMINA ANEXA Nº de Apellido y Nombre D.N.I. Nº Orden 1 Albarracín, Claudio Santiago Lescano, María Carolina Molinari, Anabel Natali Ordoñez, Wanda Yamil Vivas, Leandro Daniel DECRETO Nº 1925/2015 Santiago del Estero, 21 de Agosto de 2015 VISTO: que por el Expediente N Código 33 - Año 2.015, se solicita la Homologación de la Resolución Ministerial N 6812 de fecha 04 de Agosto del año 2.015, y; Que mediante la misma se autoriza el pago a favor de la Firma Mejores Hospitales S.A., en concepto de los servicios prestados durante el mes de Abril del correspondiente al Mantenimiento Integral del Recurso Físico Hospitalario de Infraestructura e Instalaciones del Hospital Regional Dr. Ramón Carrillo; Que tomó intervención la Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud que entiende que no surge de autos cuestión jurídica a dilucidar; Por Ello; LA SEÑORA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA ART 1.- Homológuese la Resolución Ministerial N 6812 de fecha 04 de Agosto del año 2.015, que en copia certificada pasa a formar parte del presente Decreto, dejando debidamente establecido que se aprueba y se ordena el pago a favor de la firma Mejores Hospitales S.A., en concepto de los servicios prestados durante el mes de Abril del correspondiente al Mantenimiento Integral del Recurso Físico Hospitalario de Infraestructura e Instalaciones del Hospital Regional Dr. Ramón Carrillo.- ART 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será 3 atendido con fondos provenientes de la Jurisdicción Partida Mantenimiento, Reparación y Limpieza, debiendo Delegación Contable de Salud Rentas Generales emitir la Orden de Pago a favor de la Firma mencionada en el artículo precedente.- ART 3º.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y oportunamente archívese.- Dra. Claudia L. de Zamora Elías Miguel Suárez Dr. Luis Cesar Martínez DECRETO Nº 1.926/ Santiago del Estero, 21 de Agosto de VISTO: que la señora Secretaria General de la Gobernación, Doctora Matilde

3 O Mill se ausentará de sus funciones habituales desde el 24 de Agosto hasta el 4 de Septiembre del corriente año; y Que en razón de ello se hace pertinente disponer la cobertura interina de las funciones directiva de la Secretaría General de la Gobernación; Por ello, La Señora Gobernadora de la Provincia Art. 1º - Autorízase la ausencia transitoria de la señora Secretaria General de la Gobernación, Doctora Matilde O Mill, desde el día 24 de Agosto al 4 de Septiembre del año en curso, en su consecuencia, asígnase el refrendo de los actos propios de la citada Cartera, al señor Ministro de Gobierno, Doctor Carlos Silva Neder, durante el periodo antes indicado. Art. 2º - Refréndase por el señor Ministro de Gobierno. Dra. Claudia L. de Zamora Sr. Elías Miguel Suárez Dra. Matilde O Mill Dr. Carlos Silva Neder DECRETO Nº 1.927/ Santiago del Estero, 21 de Agosto de VISTO: el Expediente Nº y la Resolución Ministerial Serie "B" Nº 956 de fecha 7/4/2015; y Que a través de la misma se otorga las economías necesarias dentro de los créditos presupuestarios actuales con el fin de cubrir los incrementos solicitados para la readecuación de la remuneración de los empleados contratados por el Instituto Provincial de Vivienda y Urbanismo y de esta forma lograr igual incremento que el resto de la administración y con ello la equidad laboral; Que en su consecuencia y luego de analizadas las actuaciones, el Instituto Provincial de Vivienda y Urbanismo dicta Resolución ad-referéndum de este Ministerio Nº de fecha 14/7/2015; Por todo ello, La Señora Gobernadora de la Provincia Art. 1º - Convalídase en todas sus partes la Resolución Nº de fecha 14/7/2015, dictada por el Instituto Provincial de Vivienda y Urbanismo, en virtud a los considerandos que anteceden y cuya copia forma parte integrante del presente Decreto. Art. 2º - Registrar, comunicar y archivar. Dra. Claudia L. de Zamora Sr. Elías Miguel Suárez Arq. Daniel Agustín Brue DECRETO Nº 1.928/ Santiago del Estero, 21 de Agosto de VISTO: que se hace necesario autorizar el traslado de la Sra. Ministro de Educación y permiso especial, a partir del día 24 de Agosto y hasta el 2 de Septiembre del 2015, inclusive; y Que se hace necesario el dictado del presente acto administrativo, autorizando el traslado de la Titular de la Cartera del Ministerio de Educación, y la solicitud peticionada; Por ello, La Señora Gobernadora de la Provincia Art. 1º - Autorízase el traslado de la Sra. Ministra de Educación, Dra. Mariela Nassif, D.N.I. Nº y la solicitud de permiso especial, a partir del día 24 de Agosto hasta el 2 de Septiembre del 2015, inclusive. Art. 2º - Encárgase interinamente la Cartera del Ministerio de Educación, al Señor Ministro de Obras y Servicios Públicos, Arq. Daniel Agustín Brue, mientras dure la ausencia de su titular. Art. 3º - Comuníquese, publíquese, dése al BOLETIN OFICIAL y cúrsese a los Organismos pertinentes, a sus efectos. Dra. Claudia L. de Zamora Sr. Elías Miguel Suárez Dra. Mariela Nassif DECRETO Nº 1.929/ Santiago del Estero, 21 de Agosto de VISTO: el Expediente Nº Código 27 - Año 2014 y la Resolución Serie "C" Nº de fecha 2/7/2015; y Que la misma surge por Nota de Pedido Nº 250 presentada por la inspección de la obra a cargo de la Empresa Andes Consultora S.A., Por ello, La Señora Gobernadora de la Provincia Art. 1º - Convalídase en todas sus partes, 4 la Resolución Serie "C" Nº de fecha 2/7/2015, dictada por el Ministerio de Obras y Servicios Públicos, en virtud a las razones expuestas en los considerandos que anteceden y cuya copia forman parte integrante del presente Decreto. Art. 2º - Registrar, comunicar y publicar. Dra. Claudia L. de Zamora Sr. Elías Miguel Suárez Arq. Daniel Agustín Brue DECRETO Nº 1931/2015 Santiago del Estero, 24 de Agosto de 2015 VISTO: El Expediente Código Año 2015 del Ministerio del Agua y Medio Ambiente de Santiago del Estero, y Que en el marco del Plan Mas Cerca, Mas Municipio, Mejor País, Más Patria y su Convenio Único de Colaboración y Transferencia del Programa, entre el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento (ENHOSA) y la Provincia de Santiago del Estero, por la que el Ministerio del Agua y Medio Ambiente es la responsable de llevar a cabo los procesos licitatorios para ejecutar la obra "Acueducto Los Juries - Tomas Young - Bandera, Acueducto Quimilí Vuelas"; Que a tales fines el Poder Ejecutivo Provincial aprobó mediante Decreto N 1.305/15 el llamado a Licitación Pública y Escrita para la ejecución de la obra mencionada y que se encuentra en pleno proceso de selección; Que asimismo, el Gerente General del Ente Nacional de Obras Sanitarias de Saneamiento indica que el Convenio de Colaboración y Transferencia responde al cómputo, presupuesto e itemizado de la obra referida y en que el aludido detalle se encuentra expresamente establecido que deberá contratarse la correspondiente Inspección para la obra por un monto de $ ; Que mediante Decreto N de fecha 20 de julio de se modifica el Presupuesto General de la Administración Pública Provincial por el que establece el Recurso con Afectación Específica para el presente ejercicio teniendo en cuenta que la totalidad de la ejecución de la obra y su inspección será financiada por el ENOHSA; Que interviene la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio del

4 Agua y Medio Ambiente que entiende luego del análisis de los presupuestos legales y de los acuerdos suscriptos oportunamente, que se ajustan en su totalidad a las normas legales que se encuentran vigentes y teniendo en cuenta que se requiere contar con la inspección técnica en el momento de que se adjudique la obra de la referencia es que se sugiere imprimir celeridad al presente trámite a los efectos de dar cumplimiento a los plazos acordados en el convenio marco que da origen a la presente, por lo que deberá ser aprobado mediante acto administrativo del Poder Ejecutivo Provincial; Que el Tribunal de Cuentas en su dictamen de fecha 19 de agosto de concluye que "habiendo procedido al análisis de las actuaciones de la referencia y atento al informe que antecede emitido por la Comisión de Licitaciones, que se comparte; esta Sala no encuentra observaciones que formular, por lo que puede continuar pon el trámite administrativo correspondiente "; Que asimismo toma conocimiento Fiscalía de Estado y en su dictamen N de fecha 21 de agosto de entiende que "...no existirían objeciones legales que formular para encauzar el trámite de licitación pública. Al respecto se ha cumplido con el agregado de todos los informes administrativos y técnicos de rigor, por lo que no existe obstáculo legal para la aprobación de la documentación técnica mediante el dictado del acto administrativo pertinente, ya que se adecúa a lo preceptuado por la Ley de Obras Públicas N y demás legislación vigente " Por ello y conforme a la ley N y Decreto 053/11; EL SEÑOR VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA A/C DEL PODER EJECUTIVO ART 1.- APRUÉBASE la Documentación Técnica para la "CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE INSPECCIÓN PARA LA OBRA ACUEDUCTO LOS JURIES - TOMAS YOUNG - BANDERA, ACUEDUCTO QUIMILÍ - VILELAS. PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO" y AUTORÍCESE al Ministerio del Agua y Medio Ambiente a realizar el llamado a Licitación Pública y Escrita con un Presupuesto Oficial de $ (Pesos Once Millones Ochocientos Noventa Mil), de acuerdo a las consideraciones precedentes.- ART 2.- Dese al Boletín Oficial y archívese.- Sr. José Emilio Neder Sr. Elías Miguel Suárez Ing. Abel Enrique Tevez DECRETO Nº 1934/2015 Santiago del Estero, 24 de Agosto de 2015 VISTO el Expte. N Código 39 - Año 2015 del registro del Instituto Provincial de Vivienda y Urbanismo; y Que por el mismo se tramita la aprobación del Pliego de Bases y Condiciones Particulares que servirá de base para la ejecución de la Obra: "CONSTRUCCIÓN DE 320 VIVIENDAS E INFRAESTRUCTURA EN BARRIO AEROPUERTO - CIUDAD CAPITAL - PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO -PROGRAMA FEDERAL DE CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS "TECHO DIGNO" - LICITACIONES PUBLICAS N 02/ PROYECTO N ; N 03/2015 -PROYECTO N y N 04/ PROYECTO N , con un Presupuesto Oficial de $ ,00 (pesos doscientos nueve millones seiscientos ochenta y tres mil doscientos) y un plazo de ejecución de 360 (trescientos sesenta) días corridos. Que la presente obra comprende la Construcción de 320 Viviendas e Infraestructura, en el marco del presente Pliego de condiciones que se ajusta a la Ley de Obras Publicas N 2092 y sus modificatorias las que serán localizadas en terrenos provistos por el IPVU en la ciudad de Santiago del Estero - Dpto. Capital - Provincia de Santiago del Estero, de conformidad a los grupos licitatorios descriptos en Anexo "A", a los fines de satisfacer la demanda del registro permanente de demandantes de esta provincia tendiente a paliar el déficit habitacional y cuyos trabajos se detallan en la Memoria Descriptiva de fs. 8/10. Que se adjunta Formulario N 1, pliego de Condiciones Generales y Particulares, Memoria Descriptiva y Anexo "A", proyecto ejecutivo con Especificaciones Técnicas, cómputos, Análisis y Presupuesto Oficial. Que ha tomado intervención la Jefatura de Gabinete a fs.780, dando cumplimiento a lo establecido en la Resolución N 1268/07. Que el Tribunal de Cuentas de la Provincia por Dictamen N 386 de fecha 5 12/08/2015, realiza observaciones, las que son subsanadas a posteriori por el organismo licitante. Que Fiscalía de Estado en su Dictamen N 1804 de fecha 19/08/2015 señala que puede darse continuidad al trámite, debiendo la presente gestión ser aprobada por Acto Administrativo del Poder Ejecutivo al no haber objeciones que realizar. Por ello; EL SEÑOR VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA A/C DEL PODER EJECUTIVO ART 1.- APRUÉBASE el Pliego de Bases y Condiciones Particulares para la ejecución de la Obra: "CONSTRUCCIÓN DE 320 VIVIENDAS E INFRAESTRUCTURA EN BARRIO AEROPUERTO - CIUDAD CAPITAL - PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO - PROGRAMA FEDERAL DE CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS "TECHO DIGNO" y AUTORIZASE al Instituto Provincial de Vivienda y Urbanismo a realizar el Llamado a LICITACIONES PUBLICAS N 02/2015 -PROYECTO N ; N 03/ PROYECTO N y N 04/ PROYECTO N , con un Presupuesto Oficial de $ ,00 (pesos doscientos nueve millones seiscientos ochenta y tres mil doscientos) y un plazo de ejecución de 360 (trescientos sesenta) días corridos.- ART 2.- El gasto que demande el presente se imputará en las siguientes partidas: o Jur. 53-Prog. 11-Subp. 00-Proy. 01-A/O 51- Partida 421- Programa Federal Construcción de Viv.-Continuación Convenio Nación Provincia Programa Federal Construcción de Viviendas II -Ejercicios 2015 y o Jur. 53-Prog. 11-Subp. 00-Proy. 01-A/O 51- Part Prog. Federal Construcción de Viv.-Continuación-l 1411 FONAVI Ley N Ejercicios 2015 y ART 3.- El Presente Decreto deberá ser,.refrendado también por el Sr. Ministro de Economía por tratarse de un Proyecto Plurianual.- ART 4.- Comuníquese, publíquese y archívese.- Sr. José Emilio Neder Elías Miguel Suárez Arq. Daniel Agustín Brue C.P.N. Atilio Chara

5 DECRETO Nº 1935/2015 Santiago del Estero, 25 de Agosto de 2015 Expediente N 5175/18/2015. VISTO: La presentación efectuada en la Dirección General de Agricultura y Ganadería dependiente del Ministerio de la Producción, Recursos Naturales, Forestación y Tierras, mediante la cual se solicita autorización de comisión de servicios a cumplir por personal dependiente de dicho organismo; y Que motiva la presente, la participación del Ing. Luis Guillermo Carrera, Subdirector Categoría 24, como representante del Ministerio de la Producción, Recursos Naturales, Forestación y Tierras en el "X CONGRESO BRASILEÑO DEL ALDOGÓN", a desarrollarse en la Ciudad de Foz do Iguazú, República Federativa del Brasil entre los días 1 al 4 de Septiembre de 2.015; Que, el Ing. Carrera ha sido invitado para este importante evento a través de la Dirección Nacional de Agricultura junto a personal del INTA; Que, los gastos inherentes corren a cuenta de FAO Brasil/ Argentina, en la que respecta a la inscripción al curso, traslado y hotel, por cuanto el recurrente solicita solamente los viáticos correspondientes; Que se hace necesario el dictado del acto administrativo correspondiente para poder acceder a lo solicitado precedentemente; Por ello, EL SEÑOR VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA A/C DEL PODER EJECUTIVO ART 1º.- AUTORIZAR la Comisión de Servicios a cumplir por el Ing. Luis Guillermo Carrera, Subdirector Cat. 24 de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, durante 5 días a partir del 31 de agosto del en la República Federativa del Brasil, con motivo de participar del "X CONGRESO BRASILEÑO DEL ALDOGÓN", a desarrollarse en la Ciudad de Foz do Iguazú de dicho país.- ART 2º.- Los gastos que sean originados por el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1 serán atendidos con las partidas presupuestarias pertenecientes a la Jurisdicción 13 - Programa 11, de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, - ART 3º.- Registrar, comunicar, notificar. Cumplido, archivar.- Sr. José Emilio Neder Sr. Elías Miguel Suárez Ing. Luis Fernando Gelid DECRETO Nº 1.936/ Santiago del Estero, 25 de Agosto de VISTO: el Expediente Nº 3.205/127/2015, y la Resolución Nº 2.376, de fecha 24 de Agosto de 2015; y Que por el acto administrativo precitado Jefatura de Gabinete de Ministros, otorga un subsidio a la Cooperativa Agrícola Algodonera La Banda Ltda., el cual será destinado para afrontar los costos operativos, pago a proveedores y personal temporario; Que de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 1º de la Resolución Nº 2.376/2015, el Poder Ejecutivo Provincial deberá homologar la disposición adoptada, para lo cual corresponde emitir el acto administrativo pertinente; Por ello, La Señora Gobernadora de la Provincia Art. 1º - Homologar la Resolución Nº 2.376, de fecha 24 de Agosto de 2015, emitida por Jefatura de Gabinete de Ministros, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente. Art. 2º - Comuníquese, regístrese, dése al BOLETIN OFICIAL y cumplido, archívese. Dra. Claudia L. de Zamora Sr. Elías Miguel Suárez DECRETO Nº 1938/2015 Santiago del Estero, 25 de Agosto de 2015 VISTO, el Expediente N Código 43 - Año 2013 del registro del Consejo Provincial de Vialidad; y CONSIDERANDO, Que por el mismo se solicita la aprobación del Convenio celebrado entre la Municipalidad de Pozo Hondo - Dpto. Jiménez y el Consejo Provincial de Vialidad, con fecha 19/03/2015, para la: "PAVIMENTACIÓN Y OBRAS COMPLEMENTARIAS EN EL ACCESO AL BARRIO LOMITAS Y 6 ADYACENCIAS AL PREDIO DEL FERROCARRIL GENERAL BELGRANO DESDE LA RUTA NACIONAL N 34 EN LA LOCALIDAD DE POZO HONDO - DPTO. JIMÉNEZ". Que a tales fines, el Consorcio llevará a cabo la obra a los efectos de adecuar y ordenar el ingreso y egreso del tránsito local desde y hacia las rutas provinciales y nacionales que atraviesan la región, desde el sector urbano de esa localidad, como así también mejorar las condiciones de circulación y seguridad del flujo de tránsito en distintos sectores conexos con las vías de circulación involucradas. Que el Consejo Provincial de Vialidad Reconocerá por los trabajos realizados la suma total de $ ,51 (pesos siete millones sesenta mil sesenta y cinco con cincuenta y un centavos), con un plazo de ejecución de 210 (doscientos diez) días corridos, debiendo iniciarse dentro de los 15 (quince) días de la homologación del Convenio. Que el Consorcio aportará las herramientas y mano de obra necesarias para el cumplimiento de las tareas convenidas. Que el Personal que se afecta la ejecución dé los trabajos, será de dependencia total del Consorcio, por lo cual, el CPV no será responsable por accidentes que ese personal pudiera sufrir, ni de cualquier circunstancia que, de la relación laboral se desprenda (cláusula N del Convenio). Que a fs. 71, toma intervención Jefatura de Gabinete, dando cumplimiento a lo establecido por la Resolución 1268/07. Que ha tomado intervención el Tribunal de Cuentas en Dictamen N 358 de fecha 30/07/2015, considerando que puede darse continuidad a la presente gestión; criterio que es compartido por Fiscalía de Estado mediante Dictamen N 1823 de fecha 20/08/2015, conforme a lo dispuesto por el Articulo 9, inciso g) de la Ley POR ELLO; EL SEÑOR VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA A/C DEL PODER EJECUTIVO ART 1.- CONVALIDASE el Convenio celebrado con fecha 19/03/2015 entre la Municipalidad de Pozo Hondo - Dpto. Jiménez y el Consejo Provincial de Vialidad, para la: "PAVIMENTACIÓN Y OBRAS COMPLEMENTARIAS EN EL ACCESO AL BARRIO LOMITAS Y

6 ADYACENCIAS AL PREDIO DEL FERROCARRIL GENERAL BELGRANO DESDE LA RUTA NACIONAL N 34 EN LA LOCALIDAD DE POZO HONDO - DPTO. JIMÉNEZ", por un monto total de $ ,51 (pesos siete millones sesenta mil sesenta y cinco con cincuenta y un centavos) y un plazo de 210 (doscientos diez) días corridos, cuya copia forma parte del presente decreto.- ART 2.- El presente gasto se imputará en la Ley Jurisdicción 54 -Programa 11 - Desarrollo de la Infraestructura - Obra: Pavimentación en el Acceso al Barrio Lomitas y Adyacencias al Predio del Ferrocarril General Belgrano desde R.N.N 34 - Dpto. Jiménez - Rentas Generales - Ejercicios 2015 y ART 3.- El presente Decreto será también refrendado por el Sr. Ministro de Economía por tratarse de un proyecto plurianual.- ART 4.- Regístrese, comuníquese y archívese.- Sr. José Emilio Neder Elías Miguel Suárez Arq. Daniel Agustín Brue C.P.N. Atilio Chara DECRETO Nº 1939/2015 Santiago del Estero, 25 de Agosto de 2015 VISTO, el Expediente N Código 39 - Año 2014 y el Decreto N de fecha 10/07/2013, y; Que por el mismo se Adjudica la Licitación Pública y Escrita N 05/ Obra: "CISTERNAS DE RESERVA DE AGUA POTABLE PARA EL BARRIO VILLA DEL CARMEN - CIUDAD CAPITAL - PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO", a la Empresa JLF CONSTRUCCIONES S.R.L. Que por las presentes actuaciones se tramita la Aprobación de Trabajos Adicionales y empalmes a cañerías existentes que no estaban previstos, a los fines de dotar a la obra de una mejor y rápida puesta en servicio, según se detallan en las actuaciones, los que ascienden a $ ,93 (un millón trescientos setenta y cinco mil cuarenta y uno con noventa y tres centavos) a Septiembre/2014, lo que significa un 28,6 % en más del monto adjudicado. Que se agregan Pliegos Particulares de Especificaciones Técnicas, Planos de Obra y Actas Acuerdo celebrada entre el Instituto Provincial de Vivienda y Urbanismo y la empresa a cargo de la obra; además de Presupuesto, Plan de Trabajo e Inversión, Curva de Inversión, Análisis Complementarios y Análisis de Precios. Que todo ello, deriva en Resolución N de fecha 20/03/2015 dictada por el Instituto Provincial de Vivienda y Urbanismo. Que el Tribunal de Cuentas de la Provincia a fs. 90 informa que luego del análisis de las presentes actuaciones y en base a la documentación incorporada, como así también teniendo en cuenta el informe del coordinador de obra, el detalle de los trabajos adicionales realizados, surge que los mismos fueron solicitados por parte del Ente Regulador (ERSAC), de lo que se desprende que se pueden considerar como necesarios para la puesta en funcionamiento de la obra; por lo que estima correspondiente la prosecución del trámite Que Fiscalía de Estado a través del Dictamen N de fecha 31/07/2015, considera aplicable lo normado por el art. 9 inc. b) y c) de la Ley de Obras Públicas N 2092 estimando correspondiente la prosecución del trámite hasta el dictado del acto administrativo que haga lugar a lo peticionado. Por ello; EL SEÑOR VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA A/C DEL PODER EJECUTIVO ART 1.- CONVALIDASE la Resolución N de 20/03/2015 dictada por el Instituto Provincial de Vivienda y Urbanismo mediante la cual se APRUEBA en todas sus partes el Acta Acuerdo celebrada entre el IPVU y la Empresa JLF CONSTRUCCIONES S.R.L., contratista de la obra: "CISTERNAS DE RESERVA DE AGUA POTABLE PARA EL BARRIO VILLA DEL CARMEN - CIUDAD CAPITAL - PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO" PROYECTO LIC. 05/2013, relacionada a la modificación del monto contractual por variación en la cantidad de trabajos necesarios e imprescindibles, y AUTORIZASE su pago por un monto de $ ,93 (un millón trescientos setenta y cinco mil cuarenta y uno con noventa y tres centavos) lo que significa un 28,6 % en más del monto adjudicado, dentro de los términos previstos en el 7 artículo 9 inc. b) y c) de la Ley de Obras Publicas N y cuya copia forma parte integrante del presente Decreto.- ART 2.- El presente gasto será imputado en la Jurisdicción 53 - Prog. 11 -Subp Proy A/O 55 - Part Obra de Nexo e Infraestructura - Financiamiento 10 - Rentas Generales - $ ,93 Ejercicio ART 3.- Comuníquese; publíquese y archívese.- Sr. José Emilio Neder Elías Miguel Suárez Arq. Daniel Agustín Brue DECRETO Nº 1940/2015 Santiago del Estero, 25 de Agosto de 2015 VISTO: el expediente N Código Año 2015, iniciado por Jefatura de Gabinete de Ministros y; CONSIDERANDO Que por las actuaciones de marras, el Señor Jefe de Gabinete de Ministros siguiendo expresas instrucciones de la Sra. Gobernadora de la Provincia, autoriza se inicien las acciones administrativas que permitan la adquisición de elementos destinados al deporte y recreación de niños provenientes de familias de escasos recursos, por un monto total preventivamente presupuestado de $ ,00 (Pesos trece millones ochocientos cuarenta y cuatro mil); Que se agrega Formulario N 1 suscripto por autoridad competente, en el cual se detallan cantidades, características de los elementos solicitados y se consigna su precio unitario y total, que surgen de presupuestos emitidos por firmas de reconocida trayectoria en el rubro, los que resultan convenientes a los intereses del Estado Provincial; Que el Sr. Delegado Contable de Jefatura de Gabinete emite Parte de Imputación Presupuestaria con fondos provenientes de la Jurisdicción 10 - Jefatura de Gabinete; Programa 01 - Acciones Centrales de Jefatura de Gabinete; Actividad 03 -Ayudas Sociales a Personas Otras Finalidades; Partida "Ayudas Sociales de Personas-Jefatura de Gabinete"; Que se adjunta de fs. 19 a 25 proyectos de Pliego de Especificaciones Particulares y de Bases y Condiciones Particulares y Generales; Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de Jefatura de Gabinete mediante Dictamen

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