Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Quintana Roo Reglamento de Practicas Profesionales

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Quintana Roo Reglamento de Practicas Profesionales"

Transcripción

1 REGLAMENTO DE PRACTICAS PROFESIONALES

2 INTRODUCCIÓN Establecer criterios y procedimientos para la realización de prácticas profesionales de los alumnos del CECyTEQROO, es el objetivo del presente Reglamento. Objetivos Específicos: 1.- Lograr que el alumno complemente los conocimientos teóricos y prácticos adquiridos en las aulas, mediante su participación en procesos productivos en los centros de trabajo industrial. 2.- Despertar en el educando su interés por el trabajo, sentido de responsabilidad, capacidad de mando, análisis y desarrollo profesional. Con lo anterior, La Junta Directiva del Organismo Público Descentralizado, denominado Colegio de Estudios Científicos y, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo séptimo, Fracción III de su Decreto de Creación, ha tenido a bien emitir el siguiente: REGLAMENTO DE PRACTICAS PROFESIONALES CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Se consideran como prácticas profesionales, aquellas actividades que llevan a cabo los alumnos en los centros de trabajo industrial y de servicios afines a la especialidad que cursa, y que además se realicen de conformidad a los lineamientos establecidos por el CECyTEQROO. Artículo 2.- Las prácticas profesionales deberán concertarse bajo convenio entre el plantel y las empresas, procurando en la medida de lo posible el otorgamiento de becas a los alumnos, ya sea en efectivo o en especie, a fin de que puedan hacer frente a los gastos de alimentación y transporte. Artículo 3.- Es responsabilidad del plantel ubicar a los alumnos para la realización de prácticas profesionales en las empresas dentro de su zona de influencia.

3 Artículo 4.- Se deberá cuidar que la realización de las prácticas profesionales no interfieran con las actividades de los alumnos en el Plantel. Artículo 5.- Las prácticas se podrán realizar una vez que haya sido cubierto el 70% de los créditos de la especialidad de acuerdo al plan de estudios vigente. CAPITULO II ORGANIZACION Y OPERACION DE LAS PRACTICAS PROFESIONALES Artículo 6.- Es responsabilidad de la Dirección del Plantel realizar las acciones necesarias, ante el sector productivo o de servicios, para que los alumnos realicen prácticas profesionales en las empresas, además el plantel deberá realizar una campaña permanente de orientación a alumnos acerca de los objetivos modalidades y obligatoriedad de la realización de las prácticas profesionales. Artículo 7.- El Coordinador de Vinculación con el sector productivo, realizará la promoción de las prácticas profesionales, mediante comunicaciones directas (visitas a las empresas, conferencias, etc.), o bien utilizando folletos, boletines posters, etc. Artículo 8.- La Dirección del Plantel establecerá, en coordinación con la empresa correspondiente, los objetivos de las prácticas, vigilando que estas se cumplan de acuerdo al programa que se establezca. Artículo 9.- Las prácticas estarán sujetas a las disposiciones normativas de las empresas en que se realicen y a las establecidas en el presente manual. Artículo 10.- Una vez que se han definido las áreas en las que se efectuarán las prácticas y las actividades que se realizarán, se acordará el tipo de ayuda económica que podrá otorgarse al alumno. Artículo 11.- El practicante desarrollará de común acuerdo con la empresa un plan de trabajo, fijando en cada caso el objetivo y el tiempo en que se pretende realizar cada actividad. Artículo 12.- Los practicantes observarán respeto a los reglamentos de la empresa, absteniéndose de participar en asuntos de carácter laboral o sindical.

4 Artículo 13.- El practicante deberá elaborar un reporte mensual de actividades y obtener el visto bueno de la empresa. Artículo 14. El practicante deberá entregar al plantel el reporte mensual que se señala en el punto anterior. Artículo 15.- Los reportes mensuales se presentarán de acuerdo al formato FPP-4 que se anexa al final de este instructivo, en original y una copia, que tendrán la siguiente remisión: I. Original para la Dirección del Plantel. II. Copia para el practicante. Artículo 16.- Una vez concluido el período de prácticas, el alumno deberá presentar un informe final, que contenga los siguientes aspectos: Presentación. Objetivo de la práctica. Período de realización. Actividades desarrolladas. Metas alcanzadas. Conclusiones. Se incluirá además los datos generales de la empresa, ejemplo: I. Nombre de la empresa y/o razón social. II. Domicilio y/o ubicación de la empresa. III. Productos que fabrica y/o distribuye o bien servicios que presta. Articulo 17.- El informe final de las prácticas profesionales será elaborado en original y dos copias, que tendrán la siguiente remisión: Original para la Dirección del Plantel, acompañado de la constancia del cumplimiento de prácticas por la empresa. Copia para Departamento de Control Escolar. Copia para el practicante. Articulo 18.- El informe final deberá presentarse a la Dirección del plantel en un plazo máximo de dos meses contados a partir de la fecha en que dió por concluidas sus prácticas profesionales.

5 Articulo 19.- La Dirección del Plantel entregará al Coordinador de vinculación con el sector productivo el reporte final de las prácticas profesionales realizadas por el alumno, para su revisión y certificación correspondiente. Articulo 20.- El informe final de las prácticas profesionales podrá considerarse como tesis profesional cuando cumpla con los requisitos establecidos para tal efecto, de acuerdo al reglamento de control escolar. Articulo 21.- El practicante y/o empresa podrán solicitar la suspensión o terminación de convenio de prácticas profesionales, siempre y cuando exista causa plenamente justificada, debiendo comunicarlo por escrito a la brevedad posible a la Dirección del Plantel. Articulo 22.- Las prácticas profesionales podrán ser suspendidas o no reconocidas cuando no se apeguen a la normatividad establecida en el presente manual. Articulo 23.- Cualquier caso no previsto en este manual, o en caso de duda o aclaración, surgida de su interpretación, será objeto de consulta a la Dirección General del CECYTEQROO. CAPITULO III DURACION Y MODALIDAD DE LAS PRACTICAS Articulo 24.- Las prácticas podrán ser gestionadas a través del plantel o directamente por el alumno. Articulo 25.- Las prácticas que sean gestionadas directamente por los alumnos deberán ser reportadas inmediatamente a la Dirección del plantel, para los trámites formales correspondientes. Articulo 26.- La duración de las prácticas profesionales será de 240 hrs. Articulo 27.- Las modalidades en que se podrán cubrir las prácticas profesionales serán las siguientes: 240 horas en jornadas de 4 o más horas diarias; de acuerdo al convenio establecido entre el alumno, el plantel y la empresa. 60 días hábiles en jornadas de 4 horas diarias. Reconocimiento de prácticas profesionales cuando el alumno egresado, se encuentra trabajando en actividades relacionadas con

6 su especialidad y tenga una duración equivalente a 240 horas efectivas. Articulo 28.- Las prácticas profesionales se podrán realizar en una o más empresas en los casos de aquellos alumnos que por necesidad de la carrera así lo requieran. CAPITULO IV FORMATOS A EJEMPLARES EN EL PROCESO DE REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS PROFESIONALES. Artículo 29.- Los formatos que deberán utilizarse son: Solicitud de prácticas profesionales mediante el formato FPP-1. Solicitud de presentación, formato FPP-2 avalada con la firma del Director del Plantel. Carta de Aceptación de la empresa, formato FPP3. Reporte mensual de prácticas profesionales, formato FPP-4. Convenio FPP-5. Solicitar en la empresa la constancia de acreditación de la práctica profesional realizada y entregarla al plantel de adscripción.

7 COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTIFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE QUINTANA ROO SOLICITUD DE PRACTICAS PROFESIONALES PLANTEL: Datos.del solicitante: Nombre: Edad: Sexo: Domicilio: Colonia: Teléfono: C.P.: Modalidad Educativa: Promedio: Semestre: No. de Matricula: Especialidad: Modalidad en que desea realizar sus prácticas profesionales: Jornadas (Hrs/diarias): Total de horas : Período (Días/semanas/mes): Observaciones: Ha solicitado realizar prácticas profesionales anteriormente: Si: No: En que empresa: Empresa en que requiere realizar sus prácticas profesionales: 1.- Nombre: Giro: Domicilio: 2.- Nombre: Giro: Domicilio: 3.- Nombre: Giro:

8 Domicilio: Área en que realizará sus prácticas profesionales: Solicitante: Autorizó: Fecha: FPP-1 COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTIFICOS Y TECNÓGICOS DEL ESTADO DE QUINTANA ROO ASUNTO: PRESENTACIÓN Chetumal, Q. Roo a de: del La Dirección del CECYTEQROO Plantel se permite presentar a sus finas atenciones al alumno (a): Quien desea presentar sus prácticas profesionales en la especialidad de: en la empresa que usted representa. El alumno antes mencionado, permanecerá durante el período de con horario. En espera de los informes, evaluación y constancia de nuestros participantes al término de sus prácticas, anticipamos a usted las más cumplidas gracias, Quedando a sus respetables ordenes: A T E N T A M E N T E

9 LA DIRECCIÓN DEL COLEGIO DE ESTUDIOS C.c.p Coordinación de Vinculación con el Sector Productivo. C.c.p. Vinculación y Apoyo Académico. FPP-2 ASUNTO: CARTA DE ACEPTACION C. Director del Plantel. De acuerdo al convenio establecido, hacemos de su conocimiento que el C. de la especialidad de del plantel a su digno cargo, ha sido aceptado para realizar sus prácticas profesionales en ésta empresa en el área de: en el período comprendido del al,con un horario de Se extiende la presente carta para los fines que al interesado convenga a los días del mes de del ATENTAMENTE

10 LA EMPRESA C.c.p Interesado FPP-3 COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTIFICOS Y TECNOÓGICOS DEL ESTADO DE QUINTANA ROO REPORTE DE PRACTICAS PROFESIONALES Alumno: No. de control: Semestre: y Especialidad: Empresa: Ubicación: Giro: Departamento: Período: Fecha de Inicio: Fecha de Terminación: Modalidad: Equivalente en horas laboradas: Fecha de entrega: Actividades realizadas en el período:

11 Vo. Bo. Firma del Interesado La Empresa. FPP- 4 COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTIFICOS Y TECNOLOGICOS DEL ESTADO DE QUINTANA ROO C 0 N V E N I O Convenio que celebran el CECYTEQROO con la empresa ubicada en quien acepta al(los) alumno(s) del semestre de la(s) especialidad(es) de como practicante (s) por un período máximo de en forma permanente. A partir del día de del al día de del. equivalente a horas de prácticas en el área o departamento de La empresa conoce los objetivos de las prácticas profesionales y está de acuerdo en renovar este convenio en lo futuro para otros egresados del Colegio. Para la protección de (los) alumno (s), la empresa se compromete a adquirir una póliza contra accidentes de trabajo. La Dirección del Colegio, agradece el (los) donativo (s), por beca (s), el (los) cual(es) será(n) entregado(s) cada semana y puntualmente por la empresa a los alumnos: Por la cantidad de: $ (Cantidad en letra). La empresa se compromete a extender a los practicantes los informes de evaluación y constancia de sus prácticas, para el control administrativo del plantel.

12 Lugar y Fecha de celebración del convenio. CECYTEQROO LA EMPRESA FPP-5 TRANSITORIOS PRIMERO.- El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente a la fecha de su aprobación por la H. Junta Directiva del CECYTE. SEGUNDO.- Los casos no previstos en el presente Reglamento, motivo de su interpretación, deberán someterse para su estudio y dictamen correspondiente a la Dirección General del CECYTE. TERCERO.- Inmediatamente que entre en vigor el presente Reglamento los alumnos trabajadores tendrán que sujetarse al mismo. CUARTO.- Al entrar en vigor este Reglamento se derogan todas aquellas disposiciones que se opongan al mismo. QUINTO.- El presente Reglamento será enviado a imprimir y distribuir entre el personal para su conocimiento. Dado en la Dirección General del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos y aprobado por la H. Junta Directiva en sesión ordinaria, en la ciudad de Chetumal, Quintana Roo a los 8 días del mes de Marzo del año SECRETARIA DE EDUCACIÓN Y CULTURA EN EL ESTADO DE Q. ROO Y PRESIDENTE DE LA H. JUNTA DIRECTIVA. M. C. CECILIA ROSALÍA LORÍA MARÍN. DIRECTORA GENERAL DEL CECYTEQROO Y SECRETARIA DE ACTAS Y ACUERDOS DE LA H. JUNTA DIRECTIVA. M. A. MARÍA JOSEFINA AGUILAR LEO. COORDINADOR DE ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CECYTES Y REPRESENTANTE DEL GOBIERNO FEDERAL.

13 MTRO. ROBERTO LAGARDA LAGARDA REPRESENTANTE DE LA SEP EN EL ESTADO Y DEL GOBIERNO FEDERAL. DR. FRANCISCO MONTES DE OCA GARRO SECRETARIO DE HACIENDA ESTATAL Y REPRESENTATE DEL GOBIERNO ESTATAL LIC. JORGE BRITO ALPUCHE PRESIDENTE DE LA CÁMARA NACIONAL DEL COMERCIO Y VOCAL C. ABRAHAM ANDRÉS GONZÁLEZ PRESIDENTE DE LA CÁMARA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DE LA TRANSFORMACIÓN Y VOCAL. C. JOSÉ ANGULO OLIVA SECRETARIA DE LA CONTRALORIA DEL ESTADO Y COMISARIO. LIC. SONIA LETICIA ELÍAS CORAL

COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTIFICOS Y TECNOLOGICOS DE TABASCO REGLAMENTO DE PRACTICA PROFESIONAL VILLAHERMOSA, TABASCO

COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTIFICOS Y TECNOLOGICOS DE TABASCO REGLAMENTO DE PRACTICA PROFESIONAL VILLAHERMOSA, TABASCO 1 COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTIFICOS Y TECNOLOGICOS DE TABASCO REGLAMENTO DE PRACTICA PROFESIONAL VILLAHERMOSA, TABASCO 2 INDICE CAPITULO Página INTRODUCCION 03 OBJETIVO 04 DISPOSICIONES GENERALES (Art. 1-7)

Más detalles

PRACTICA PROFESIONAL

PRACTICA PROFESIONAL 1 COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTIFICOS Y TECNOLOGICOS DE TABASCO REGLAMENTO PRACTICA PROFESIONAL VILLAHERMOSA, TABASCO 2 INDICE CAPITULO Página INTRODUCCION 03 OBJETIVO 04 DISPOSICIONES GENERALES (Art. 1-7)

Más detalles

SOLICITUD DE PRÁCTICAS PROFESIONALES

SOLICITUD DE PRÁCTICAS PROFESIONALES SOLICITUD DE PRÁCTICAS PROFESIONALES DATOS DEL SOLICITANTE: Apellido Paterno: Apellido Materno: Nombre (s): Edad: Sexo: No. De Control Escolar: Especialidad: Semestre: Domicilio: Calle: Colonia: C.P. Municipio:

Más detalles

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CHIHUAHUA REGLAMENTO DEL SERVICIO SOCIAL DE LOS ESTUDIANTES.

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CHIHUAHUA REGLAMENTO DEL SERVICIO SOCIAL DE LOS ESTUDIANTES. UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CHIHUAHUA REGLAMENTO DEL SERVICIO SOCIAL DE LOS ESTUDIANTES. DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- El presente Reglamento establece las disposiciones para la prestación del servicio

Más detalles

CAPITULO PRIMERO Disposiciones Generales

CAPITULO PRIMERO Disposiciones Generales REGLAMENTO GENERAL PARA LA PRESTACIÓN DE PRACTICAS PROFESIONALES DEL CENTRO UNIVERSITARIO DE CIENCIAS BIOLÓGICAS Y AGROPECUARIAS (CUCBA) DE LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA CAPITULO PRIMERO Disposiciones

Más detalles

Lineamientos para la prestación del Servicio Social y Prácticas Profesionales en el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos.

Lineamientos para la prestación del Servicio Social y Prácticas Profesionales en el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos. Página 1 de 7 OBJETIVO Establecer las bases para la prestación Profesionales, de los estudiantes, pasantes y profesionistas de los niveles medio y superior que participen libremente en los programas o

Más detalles

REGLAMENTO DE SERVICIO SOCIAL DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE AGUASCALIENTES

REGLAMENTO DE SERVICIO SOCIAL DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE AGUASCALIENTES REGLAMENTO DE SERVICIO SOCIAL DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE AGUASCALIENTES Los integrantes de la H. JUNTA DIRECTIVA de la Universidad Politécnica de Aguascalientes, con fundamento en lo dispuesto por

Más detalles

LINEAMIENTOS PARA EL SERVICIO SOCIAL

LINEAMIENTOS PARA EL SERVICIO SOCIAL LINEAMIENTOS PARA EL SERVICIO SOCIAL LINEAMIENTOS PARA EL SERVICIO SOCIAL INTRODUCCIÓN El Consejo Directivo del Centro Estatal de Justicia Alternativa de Veracruz con el fin de realizar una verdadera acción

Más detalles

COLEGIO UNIVERSITARIO FERMÍN TORO REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS DE POSGRADO AL PERSONAL DOCENTE DEL COLEGIO UNIVERSITARIO FERMÍN TORO

COLEGIO UNIVERSITARIO FERMÍN TORO REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS DE POSGRADO AL PERSONAL DOCENTE DEL COLEGIO UNIVERSITARIO FERMÍN TORO REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS DE POSGRADO AL PERSONAL DOCENTE DEL COLEGIO UNIVERSITARIO FERMÍN TORO BARQUISIMETO, ENERO 2002 CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- El presente reglamento

Más detalles

SOLICITUD DE PRÁCTICAS PROFESIONALES

SOLICITUD DE PRÁCTICAS PROFESIONALES SOLICITUD DE PRÁCTICAS PROFESIONALES FOTO H. MUNICIPIO DE YAUTEPEC DE ZARAGOZA, MORELOS, A DE DEL 201 _ 1.- DATOS PERSONALES NOMBRE DEL ALUMNO (A) APELLIDO PATERNO MATERNO NOMBRE DOMICILIO PARTICULAR:

Más detalles

REGLAMENTO PARA BECAS DEL COLEGIO DE BACHILERES DE SAN LUIS POTOSI

REGLAMENTO PARA BECAS DEL COLEGIO DE BACHILERES DE SAN LUIS POTOSI DEL COLEGIO DE BACHILERES DE SAN LUIS POTOSI 1. GENERALIDADES 1.1 OBJETIVO Con el objetivo de incentivar a los alumnos con los mejores promedios académicos en cada plantel con la exención del pago de la

Más detalles

La Especialización estará dirigida a Cirujanos Dentistas, Estomatólogos con las siguientes características:

La Especialización estará dirigida a Cirujanos Dentistas, Estomatólogos con las siguientes características: PERFIL Y REQUISITOS DE INGRESO La Especialización estará dirigida a Cirujanos Dentistas, Estomatólogos con las siguientes características: PERFIL DE INGRESO Conocimientos y habilidades. Capacidad de análisis

Más detalles

Universidad Laica VICENTE ROCAFUERTE de Guayaquil

Universidad Laica VICENTE ROCAFUERTE de Guayaquil 1 Universidad Laica VICENTE ROCAFUERTE de Guayaquil UNIVERSIDAD LAICA VICENTE ROCAFUERTE DE GUAYAQUIL EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD LAICA VICENTE ROCAFUERTE DE GUAYAQUIL, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO ESCUELA NACIONAL DE MÚSICA REGLAMENTO INTERNO DE SERVICIO SOCIAL

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO ESCUELA NACIONAL DE MÚSICA REGLAMENTO INTERNO DE SERVICIO SOCIAL UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO ESCUELA NACIONAL DE MÚSICA REGLAMENTO INTERNO DE SERVICIO SOCIAL Coyoacán, D.F., enero de 2014 INTRODUCCIÓN El servicio social universitario es considerado como

Más detalles

REGLAMENTO DE PRACTICAS PROFESIONALES DE LA ESCUELA DE ESTUDIOS SUPERIORES DE JOJUTLA JUSTIFICACIÓN

REGLAMENTO DE PRACTICAS PROFESIONALES DE LA ESCUELA DE ESTUDIOS SUPERIORES DE JOJUTLA JUSTIFICACIÓN REGLAMENTO DE PRACTICAS PROFESIONALES DE LA ESCUELA DE ESTUDIOS SUPERIORES DE JOJUTLA JUSTIFICACIÓN La Escuela de Estudios Superiores de Jojutla, tiene como finalidad esencial impartir la enseñanza superior

Más detalles

Lineamientos Para La Realización De Prácticas Profesionales

Lineamientos Para La Realización De Prácticas Profesionales BACHILLERATO TECNOLOGICO NIVEL MEDIO SUPERIOR Lineamientos Para La Realización De Prácticas Profesionales Dirección Académica Departamento De Servicios Educativos Oficina De Vinculación Y Seguimiento Profesional.

Más detalles

Comunidad de Madrid INSTRUCCIONES. Primera. Objeto.

Comunidad de Madrid INSTRUCCIONES. Primera. Objeto. Ref: 09/561366.9/11 Dirección General de Becas Instrucciones de la Dirección General de Becas y Ayudas a la Educación para la organización y financiación en centros concertados de actividades en horario

Más detalles

Este documento es válido solo si se ve en Sitio WEB de ITESCA

Este documento es válido solo si se ve en Sitio WEB de ITESCA RESIDENCIAS PROFESIONALES Hoja Página 1 de 6 1.- OBJETIVO Definir las actividades necesarias para la solicitud del proceso de residencias profesionales, presentación del reporte final y conclusión de las

Más detalles

Universidad Autónoma de Tamaulipas Dirección de Revalidación de Estudios

Universidad Autónoma de Tamaulipas Dirección de Revalidación de Estudios 7 LINEAMIENTOS PARA LA REVALIDACIÓN, ESTABLECIMIENTO DE EQUIVALENCIAS Y ACREDITACION DE ESTUDIOS DE LA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE TAMAULIPAS. Con fundamento en el Artículo 6, Fracción V y VIII del Estatuto

Más detalles

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN DEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN DEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL REGLAMENTO DE EVALUACIÓN DEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL OSCAR J. JOFFRE VELAZQUEZ, en ejercicio de la facultad que me confiere la fracción III del artículo 14 de la Ley Orgánica del Instituto Politécnico

Más detalles

POLÍTICAS Y LINEAMIENTOS PARA EL ESTABLECIMIENTO DE LA PRACTICA PROFESIONAL SUPERVISADA

POLÍTICAS Y LINEAMIENTOS PARA EL ESTABLECIMIENTO DE LA PRACTICA PROFESIONAL SUPERVISADA POLÍTICAS Y PARA EL ESTABLECIMIENTO DE LA PRACTICA PROFESIONAL SUPERVISADA MARCO DE REFERENCIA La Práctica Profesional Supervisada (PPS) es parte de las políticas que fueron aprobadas por la Universidad

Más detalles

Reglamento de Participación Ciudadana del Municipio. Reglamento de Participación Ciudadana del Municipio

Reglamento de Participación Ciudadana del Municipio. Reglamento de Participación Ciudadana del Municipio Reglamento de Participación Ciudadana del Municipio 1 REGLAMENTO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL MUNICIPIO DE SAN JUAN DE LOS LAGOS, JALISCO: TITULO PRIMERO DE LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA CAPITULO PRIMERO

Más detalles

ANEXO l. Don/Doña como Director/a y Presidente del Consejo Escolar del centro, de (Madrid), C/, Código Postal Teléfono Fax

ANEXO l. Don/Doña como Director/a y Presidente del Consejo Escolar del centro, de (Madrid), C/, Código Postal Teléfono Fax ANEXO l SOLICITUD DE DOTACIÓN ECONÓMICA COMPLEMENTARIA PARA GASTOS DE FUNCIONAMIENTO DEL PROGRAMA DE AULAS ABIERTAS DE DEPORTE, MÚSICA Y DANZA, TEATRO E INFORMÁTICA. Don/Doña como Director/a y Presidente

Más detalles

Programa de becas complementarias. Centro de Geociencias

Programa de becas complementarias. Centro de Geociencias Programa de becas complementarias Centro de Geociencias Condiciones generales El Centro de Geociencias (CGEO) otorga becas complementarias a estudiantes de licenciatura, maestría o doctorado con el fin

Más detalles

REGLAMENTO DEL SERVICIO SOCIAL DE LA FACULTAD DE MEDICINA VETERINARIA Y ZOOTECNIA

REGLAMENTO DEL SERVICIO SOCIAL DE LA FACULTAD DE MEDICINA VETERINARIA Y ZOOTECNIA REGLAMENTO DEL SERVICIO SOCIAL DE LA FACULTAD DE MEDICINA VETERINARIA Y ZOOTECNIA Aprobado en lo general por el H. Consejo Técnico, en la sesión ordinaria del 6 de mayo de 2013. Aprobada la modificación

Más detalles

REGLAMENTO DE SERVICIOS PROFESIONALES

REGLAMENTO DE SERVICIOS PROFESIONALES REGLAMENTO DE SERVICIOS PROFESIONALES REGLAMENTO DE SERVICIOS PROFESIONALES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO II DEL DEPARTAMENTO DE INTERCAMBIO Y VINCULACIÓN ACADÉMICA CAPÍTULO III DE LAS UNIDADES

Más detalles

COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE MORELOS

COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE MORELOS PLANTEL C.C.T. SOLICITUD DE SERVICIO SOCIAL NOMBRE DEL PRESTADOR DEL SERVICIO SOCIAL: APELLIDO PATERNO APELLIDO MATERNO NOMBRE (S) N O DE CONTROL: TURNO: GENERACIÓN: CALLE: N O INT.: N O EXT.: COLONIA:

Más detalles

REGLAMENTO DE SERVICIO SOCIAL DEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL

REGLAMENTO DE SERVICIO SOCIAL DEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL REGLAMENTO DE SERVICIO SOCIAL DEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL José Enrique Villa Rivera, Director General del Instituto Politécnico Nacional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2, 3,

Más detalles

REGLAMENTO DE SERVICIO SOCIAL, PRÁCTICAS PROFESIONALES, RESIDENCIAS Y ESTADÍAS

REGLAMENTO DE SERVICIO SOCIAL, PRÁCTICAS PROFESIONALES, RESIDENCIAS Y ESTADÍAS REGLAMENTO DE SERVICIO SOCIAL, PRÁCTICAS PROFESIONALES, RESIDENCIAS Y ESTADÍAS CONTENIDO CAPITULO I Disposiciones Generales CAPITULO II Servicio Social CAPITULO III De las Prácticas Profesionales CAPITULO

Más detalles

LINEAMIENTOS PARA LA ASIGNACIÓN DE BECAS INSCRIPCIÓN

LINEAMIENTOS PARA LA ASIGNACIÓN DE BECAS INSCRIPCIÓN LINEAMIENTOS PARA LA ASIGNACIÓN DE BECAS INSCRIPCIÓN Objetivo Apoyar a alumnos que estudian en el COBAEV, mediante la condonación de los aranceles de inscripción para que concluyan su bachillerato. Lineamientos

Más detalles

Por la cual se establece el Reglamento de Prácticas Profesionales para los programas de la INSTITUCIÓN UNIVERSITARIA DE COLOMBIA

Por la cual se establece el Reglamento de Prácticas Profesionales para los programas de la INSTITUCIÓN UNIVERSITARIA DE COLOMBIA INSTITUCION UNIVERSITARIA DE COLOMBIA REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES ACUERDO No. 17 (Noviembre 11 de 2010) Por la cual se establece el Reglamento de Prácticas Profesionales para los programas de

Más detalles

SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA, 1 setiembre 2003

SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA, 1 setiembre 2003 RESOLUCION C.D. F.Cs.S. Nº 044/03 SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA, 1 setiembre 2003 VISTO: La presentación efectuada por Secretaría Académica de la facultad, mediante la cual solicita la actualización,

Más detalles

PROCEDIMIENTO PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS ARCO EN EL INGENIO DE PUGA S.A. DE C.V.

PROCEDIMIENTO PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS ARCO EN EL INGENIO DE PUGA S.A. DE C.V. PROCEDIMIENTO PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS ARCO EN EL INGENIO DE PUGA S.A. DE C.V. El Ingenio de Puga S.A. de C.V. en cumplimiento con la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión

Más detalles

CUADRO COMPARATIVO DE DIVERSOS ARTÍCULOS DE LA LEY DE PLANEACIÓN TEXTO INICITIVA PRD, PT Y CONVERGENCIA. Artículo 17. I a la VI

CUADRO COMPARATIVO DE DIVERSOS ARTÍCULOS DE LA LEY DE PLANEACIÓN TEXTO INICITIVA PRD, PT Y CONVERGENCIA. Artículo 17. I a la VI Artículo 17.- Las entidades paraestatales deberán: Artículo 17 TEXTO INICITIVA PRD, PT Y CONVERGENCIA I.- Participar en la elaboración de los programas sectoriales, mediante la presentación de las propuestas

Más detalles

Universidad Pedagógica Nacional LICENCIATURA EN INTERVENCIÓN EDUCATIVA

Universidad Pedagógica Nacional LICENCIATURA EN INTERVENCIÓN EDUCATIVA Universidad Pedagógica Nacional LICENCIATURA EN INTERVENCIÓN EDUCATIVA LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN, DESARROLLO Y SEGUIMIENTO DE LAS PRÁCTICAS PROFESIONALES DE LA LICENCIATURA EN INTERVENCIÓN

Más detalles

BECAS REINA SOFÍA AÑO 2011. Embajada de España en Reino Unido. Consejería de Trabajo e Inmigración

BECAS REINA SOFÍA AÑO 2011. Embajada de España en Reino Unido. Consejería de Trabajo e Inmigración BECAS REINA SOFÍA AÑO 2011 Embajada de España en Reino Unido Consejería de Trabajo e Inmigración Consejería de Trabajo e Inmigración en Reino Unido e Irlanda 20 Peel Street, Londres W8 7PD. Teléfono: 0044

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS. ARTICULO 6º. Las becas aplican para todos los niveles académicos, a excepción de las licenciaturas de la modalidad ejecutiva.

REGLAMENTO DE BECAS. ARTICULO 6º. Las becas aplican para todos los niveles académicos, a excepción de las licenciaturas de la modalidad ejecutiva. REGLAMENTO DE BECAS 2015 REGLAMENTO DE BECAS Con fundamento en los artículos 1º y 6º fracción I del Capítulo I, Título Primero del Estatuto Orgánico; para regular lo establecido en el artículo 104º fracción

Más detalles

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS. El derecho de asociación como una garantía fundamental consagrada en el artículo noveno Constitucional resulta una prerrogativa aplicable en la formación de la asociación de padres

Más detalles

Undécima Convocatoria para Estudiar Inglés como Segunda Lengua en el Centro Regional de Idiomas de la Universidad de Belice Año 2016-2017

Undécima Convocatoria para Estudiar Inglés como Segunda Lengua en el Centro Regional de Idiomas de la Universidad de Belice Año 2016-2017 Undécima Convocatoria para Estudiar Inglés como Segunda Lengua en el Centro Regional de Idiomas de la Universidad de Belice Año 2016-2017 En cumplimiento con los objetivos y metas del Plan Nacional de

Más detalles

2016 Convocatoria Prácticas Laborales Cajamar

2016 Convocatoria Prácticas Laborales Cajamar 2016 Convocatoria Prácticas Laborales Cajamar CONVOCATORIA PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS LABORALES EN CAJAMAR Primero.- Destinatarios de las becas de formación. Los destinatarios de las becas serán

Más detalles

UNIVERSIDAD DE PANAMÁ VICERRECTORÍA ACADÉMICA

UNIVERSIDAD DE PANAMÁ VICERRECTORÍA ACADÉMICA UNIVERSIDAD DE PANAMÁ VICERRECTORÍA ACADÉMICA REGLAMENTO PARA EL NOMBRAMIENTO POR RESOLUCIÓN DE PROFESORES ESPECIALES Y ASISTENTES Aprobado por el Consejo Académico, No.11-10 de 7 de abril de 2010. Aprobado

Más detalles

REGLAMENTO DE TRABAJO FINAL DE LA MAESTRÍA EN RELACIONES Y NEGOCIACIONES INTERNACIONALES UNIVERSIDAD DE SAN ANDRÉS-FLACSO/ARGENTINA

REGLAMENTO DE TRABAJO FINAL DE LA MAESTRÍA EN RELACIONES Y NEGOCIACIONES INTERNACIONALES UNIVERSIDAD DE SAN ANDRÉS-FLACSO/ARGENTINA REGLAMENTO DE TRABAJO FINAL DE LA MAESTRÍA EN RELACIONES Y NEGOCIACIONES INTERNACIONALES UNIVERSIDAD DE SAN ANDRÉS-FLACSO/ARGENTINA Artículo 1.- Fundamento y Objetivo El presente reglamento se dicta en

Más detalles

LA HONORABLE XII LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO, D E C R E T A:

LA HONORABLE XII LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO, D E C R E T A: DECRETO NÚMERO: 287 POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSOS ARTÍCULOS DE LA LEY DE SALUD DEL ESTADO DE QUINTANA ROO. LA HONORABLE XII LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA

Más detalles

REGLAMENTO DE BIBLIOTECA

REGLAMENTO DE BIBLIOTECA REGLAMENTO DE BIBLIOTECA SANTIAGO, 2011 Título I. Definición y Misión Título II. Condición de usuarios de Biblioteca Título III. Servicios y plazos de préstamos Título IV. Préstamos interbibliotecarios

Más detalles

erasmus castilla y león Programa erasmus + erasmus+fp-cyl

erasmus castilla y león Programa erasmus + erasmus+fp-cyl erasmus castilla y león Programa erasmus + Consorcio Coordinado por el Consejo Regional de Cámaras Oficiales de Comercio e Industria de Castilla y León e integrado por la Consejería de Educación de la

Más detalles

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE AGUASCALIENTES

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE AGUASCALIENTES REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE AGUASCALIENTES Versión Actualizada. Emisión: 05/09/11 REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE AGUASCALIENTES

Más detalles

(Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 26 de junio de 2015 BANCO DE MEXICO

(Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 26 de junio de 2015 BANCO DE MEXICO BANCO DE MEXICO LINEAMIENTOS generales para la inscripción de los contratos de exploración y extracción de hidrocarburos en el Registro del Fiduciario. El Fideicomiso Público del Estado denominado Fondo

Más detalles

DIRECTIVA PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES Y PROFESIONALES EN EL ORGANISMO DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL

DIRECTIVA PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES Y PROFESIONALES EN EL ORGANISMO DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL "Modela Promoción de la Industria Responsable y del Compromiso Climático DIRECTIVA No 001. -2014-0EFA/SG DIRECTIVA PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES Y PROFESIONALES EN EL ORGANISMO DE

Más detalles

LEY DEL SERVICIO COMUNITARIO DEL ESTUDIANTE UNIVERSITARIO TÍTULO I CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

LEY DEL SERVICIO COMUNITARIO DEL ESTUDIANTE UNIVERSITARIO TÍTULO I CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES LEY DEL SERVICIO COMUNITARIO DEL ESTUDIANTE UNIVERSITARIO TÍTULO I CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Objeto Artículo 1. La presente Ley tiene como objeto regir la prestación del servicio comunitario que

Más detalles

UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE LA MIXTECA

UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE LA MIXTECA UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE LA MIXTECA REGLAMENTO DE ESTIMULOS A LA CARRERA ACADEMICA (RATIFICADO EN SU VERSION ACTUAL POR EL H. CONSEJO ACADEMICO EL DIA 11 DE MAYO DE 1999.) CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

Más detalles

CONTRATO COLECTIVO DESCRIPCIÓN DEL DOCUMENTO

CONTRATO COLECTIVO DESCRIPCIÓN DEL DOCUMENTO CONTRATO COLECTIVO DESCRIPCIÓN DEL DOCUMENTO La Ley Federal del Trabajo, en su artículo 386 lo define como el convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y uno o varios patrones, o

Más detalles

CONSIDERANDO. Acuerdo número DG-/DCAJ-/SSI-/2016, por el cual se expide el Calendario Escolar 2016-2017 aplicable al Sistema CONALEP.

CONSIDERANDO. Acuerdo número DG-/DCAJ-/SSI-/2016, por el cual se expide el Calendario Escolar 2016-2017 aplicable al Sistema CONALEP. M.A. Candita Victoria Gil Jiménez, en mi carácter de Directora General del Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica, con fundamento en el Artículo 59 fracción XII de la Ley Federal de las Entidades

Más detalles

Directiva, para presentarlos finalmente a la autorización definitiva de la Dirección General de Centros de Capacitación.

Directiva, para presentarlos finalmente a la autorización definitiva de la Dirección General de Centros de Capacitación. LEY DEL INSTITUTO DE CAPACITACION PARA EL TRABAJO DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES CAPITULO I Naturaleza, Fines y Atribuciones ARTICULO 1.- Se crea el Instituto de Capacitación para el trabajo del Estado de

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DE BECAS DE EXENCIÓN CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES. Artículo 2.- Para los efectos del presente reglamento, se entenderá por:

REGLAMENTO INTERNO DE BECAS DE EXENCIÓN CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES. Artículo 2.- Para los efectos del presente reglamento, se entenderá por: REGLAMENTO INTERNO DE BECAS DE EXENCIÓN CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- El presente Reglamento es de orden público e interés social y tiene por objeto regular el otorgamiento de becas por

Más detalles

La Universidad Politécnica de Cartagena, como parte del Campus de Excelencia CMN, en consecuencia

La Universidad Politécnica de Cartagena, como parte del Campus de Excelencia CMN, en consecuencia CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES EN EL MARCO DEL CAMPUS DE EXCELENCIA INTERNACIONAL CAMPUS MARE NOSTRUM 37/38 DURANTE EL CURSO ACADÉMICO 2015/2016. Uno de las misiones del Campus

Más detalles

Reglamento de Pensiones por Jubilación, Vejez e Incapacidad, para los. trabajadores de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí.

Reglamento de Pensiones por Jubilación, Vejez e Incapacidad, para los. trabajadores de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí. Reglamento de Pensiones por Jubilación, Vejez e Incapacidad, para los Trabajadores de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí TÍTULO PRIMERO Generalidades Artículo 1. Con fundamento en los artículos

Más detalles

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES DEL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE YUCATÁN

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES DEL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE YUCATÁN REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES DEL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE YUCATÁN TEXTO ORIGINAL. Reglamento publicado en el Diario Oficial del Estado de Yucatán, el lunes 20

Más detalles

Anexo II REGLAMENTO DE AYUDANTÍAS

Anexo II REGLAMENTO DE AYUDANTÍAS Anexo II REGLAMENTO DE AYUDANTÍAS Artículo 1. La Universidad, como institución educativa encargada de la formación en el nivel superior de educación, tiene como función inherente la creación de espacios

Más detalles

REGLAMENTO PARA EL FONDO DE VIVIENDA DE LOS TRABAJADORES DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE CAJEME CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO PARA EL FONDO DE VIVIENDA DE LOS TRABAJADORES DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE CAJEME CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO PARA EL FONDO DE VIVIENDA DE LOS TRABAJADORES DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE CAJEME CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO 1.- El Fondo de Vivienda de los Trabajadores del Instituto

Más detalles

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES DEL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE GUANAJUATO

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES DEL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE GUANAJUATO REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES DEL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE GUANAJUATO ÍNDICE Página CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES 3 CAPÍTULO II DE LA COMPETENCIA 5 CAPÍTULO

Más detalles

Opciones de Titulación en la Carrera de Biología Facultad de Ciencias UNAM. Presentación

Opciones de Titulación en la Carrera de Biología Facultad de Ciencias UNAM. Presentación Opciones de Titulación en la Carrera de Biología Facultad de Ciencias UNAM Presentación El reglamento interno de la Facultad de Ciencias sobre las opciones de titulación, aprobado por el Consejo Técnico

Más detalles

FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID

FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID NORMATIVA PARA LA REALIZACIÓN DEL TRABAJO DE FIN DE GRADO EN ADMINISTRACIÓN Y DIRECCIÓN DE EMPRESAS Y GRADO EN ECONOMIA

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS DE ESTUDIO

REGLAMENTO DE BECAS DE ESTUDIO REGLAMENTO DE BECAS DE ESTUDIO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Art. 1 Objetivo y Alcance El presente Reglamento tiene como objetivo normar y establecer las condiciones, requisitos y características para

Más detalles

I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE

I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE I.1. Consejo de Gobierno 1.1.3. Vicerrectorado de Posgrado y Formación Continua Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha

Más detalles

Programa de Prácticas Profesionales de la Facultad de Contaduría, Administración e Informática ÍNDICE

Programa de Prácticas Profesionales de la Facultad de Contaduría, Administración e Informática ÍNDICE ÍNDICE 1. Presentación 2. Qué es la Práctica Profesional? 3. Objetivo General 4. Objetivos Específicos 5. Naturaleza 6. Características específicas 7. Quiénes pueden solicitar prestantes de Prácticas Profesionales?

Más detalles

COLEGIO REAL ROYAL SCHOOL Resolución 006 de agosto de 2014

COLEGIO REAL ROYAL SCHOOL Resolución 006 de agosto de 2014 COLEGIO REAL ROYAL SCHOOL Resolución 006 de agosto de 2014 "Por la cual se establecen los criterios de evaluación del aprendizaje y promoción escolar del año lectivo 2014 2015 para las estudiantes del

Más detalles

BECA DE INSERCIÓN LABORAL PARA RECIÉN EGRESADOS

BECA DE INSERCIÓN LABORAL PARA RECIÉN EGRESADOS BECA DE INSERCIÓN LABORAL PARA RECIÉN EGRESADOS FUNDACIÓN EDUCACIÓN SUPERIOR-EMPRESA EJE ESTRATÉGICO DE APOYO A LA INSERCIÓN LABORAL Considerando que los alumnos al terminar sus estudios de educación superior

Más detalles

FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID

FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID NORMATIVA PARA LA REALIZACIÓN DEL TRABAJO DE FIN DE GRADO EN ADMINISTRACIÓN Y DIRECCIÓN DE EMPRESAS Y GRADO EN ECONOMIA

Más detalles

Martes 18 de marzo de 2008 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)

Martes 18 de marzo de 2008 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) LINEAMIENTOS para el seguimiento de la rentabilidad de los programas y proyectos de inversión de la Administración Pública Federal. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.-

Más detalles

NORMA QUE REGULA LAS JORNADAS Y HORARIOS DE LABORES EN LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL CENTRALIZADA

NORMA QUE REGULA LAS JORNADAS Y HORARIOS DE LABORES EN LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL CENTRALIZADA USC-ADM01-99 1/6 Con fundamento en los artículos 31 fracción XXIV, 37 fracciones Vi y IX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 21, 22, 87 y 91 de la Ley Federal de los Trabajadores al

Más detalles

INSTRUCCIONES. Primera: Objeto.

INSTRUCCIONES. Primera: Objeto. Ref: 09/426551.9/15 RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE BECAS Y AYUDAS A LA EDUCACIÓN POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES PARA LA TRAMITACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE AUTORIZACIÓN DE LA ENSEÑANZA BILINGÜE

Más detalles

INFORMES E INSCRIPCIONES:

INFORMES E INSCRIPCIONES: 8 módulos, con una duración total de 120 hrs. Se trabaja en dos sesiones semanales de 5 horas: viernes de 17:00 a 22:00 y sábados de 9:00 a 14:00 hrs. OBJETIVO: Analizar los elementos que integran una

Más detalles

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA. En uso de la atribución que le confiere el artículo 23.2 del Estatuto Orgánico de la Universidad Nueva Esparta,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA. En uso de la atribución que le confiere el artículo 23.2 del Estatuto Orgánico de la Universidad Nueva Esparta, EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NUEVA ESPARTA En uso de la atribución que le confiere el artículo 23.2 del Estatuto Orgánico de la Universidad Nueva Esparta, DICTA EL SIGUIENTE REGLAMENTO DE BECAS

Más detalles

SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE GUANAJUATO DIRECCIÓN DE DESARROLLO FAMILIAR Y COMUNITARIO

SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE GUANAJUATO DIRECCIÓN DE DESARROLLO FAMILIAR Y COMUNITARIO SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE GUANAJUATO DIRECCIÓN DE DESARROLLO FAMILIAR Y COMUNITARIO LINEAMIENTOS PARA LA APLICACIÓN DE CUOTAS DE RECUPERACIÓN DE LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO

Más detalles

ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR Cámara de Origen

ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR Cámara de Origen ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR Cámara de Origen No. Expediente: M307-2PO3-12 I.- DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA MINUTA 1. Nombre de la Minuta. Que reforma el artículo 34 de la Ley General del Equilibrio Ecológico

Más detalles

Reglamento de Practicas. Facultad de Ingeniería. Página 1

Reglamento de Practicas. Facultad de Ingeniería. Página 1 Reglamento de Practicas Facultad de Ingeniería 2010 Página 1 Artículo 1. De las prácticas Los alumnos deben desarrollar y aprobar durante sus estudios dos prácticas profesionales, en función de lo indicado

Más detalles

Proceso de Selección de Docentes y Técnicos Docentes para realizar Funciones de Tutoría en Educación Básica Ciclo escolar 2014-2015

Proceso de Selección de Docentes y Técnicos Docentes para realizar Funciones de Tutoría en Educación Básica Ciclo escolar 2014-2015 La Secretaría de Educación Pública en el Estado de Baja California Sur, de conformidad con el Artículo 3º, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3º, 14 º Fracción I

Más detalles

DEFENSA DE TESIS DOCTORAL EN RÉGIMEN DE COTUTELA

DEFENSA DE TESIS DOCTORAL EN RÉGIMEN DE COTUTELA DEFENSA DE TESIS DOCTORAL EN RÉGIMEN DE COTUTELA (Aprobado por la Comisión Permanente, del Consejo de Gobierno, con fecha 26 de febrero de 2010) Como consecuencia de las extensas y diversas relaciones

Más detalles

NORMA TÉCNICA 32-2009 AUTORIZACIÓN DE ESTUPEFACIENTES Y SICOTRÓPICOS A ESTABLECIMIENTOS DE SALUD PRIVADOS Y NACIONALES Y A PROFESIONALES DE LA SALUD

NORMA TÉCNICA 32-2009 AUTORIZACIÓN DE ESTUPEFACIENTES Y SICOTRÓPICOS A ESTABLECIMIENTOS DE SALUD PRIVADOS Y NACIONALES Y A PROFESIONALES DE LA SALUD 1 MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL DIRECCIÓN GENERAL DE REGULACIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL DE LA SALUD, A TRAVÉS DEL DEPARTAMENTO DE REGULACIÓN Y CONTROL DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y AFINES,

Más detalles

LEY DE SERVICIO COMUNITARIO DEL ESTUDIANTE DE EDUCACIÓN SUPERIOR Gaceta Oficial Número 38.272, 19 de Diciembre de 2005

LEY DE SERVICIO COMUNITARIO DEL ESTUDIANTE DE EDUCACIÓN SUPERIOR Gaceta Oficial Número 38.272, 19 de Diciembre de 2005 LEY DE SERVICIO COMUNITARIO DEL ESTUDIANTE DE EDUCACIÓN SUPERIOR Gaceta Oficial Número 38.272, 19 de Diciembre de 2005 LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DECRETA la siguiente,

Más detalles

UNIVERSIDAD DE SONORA Vicerrectoría Unidad Regional Centro

UNIVERSIDAD DE SONORA Vicerrectoría Unidad Regional Centro LINEAMIENTOS PARA LOS CURSOS EN EL PERÍODO ESPECIAL DE VERANO 2013 Introducción. La Universidad de Sonora organiza los cursos especiales de verano como una oferta educativa extraordinaria a los períodos

Más detalles

74 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 5 de Julio de 2012 DELEGACIÓN TLALPAN

74 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 5 de Julio de 2012 DELEGACIÓN TLALPAN 74 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 5 de Julio de 2012 DELEGACIÓN TLALPAN C. HIGINIO CHÁVEZ GARCÍA, JEFE DELEGACIONAL EN TLALPAN, con fundamento en los artículos 87 tercer párrafo, 104, 112 segundo

Más detalles

RESUMEN CIRCULAR UNICA DE EMISORAS

RESUMEN CIRCULAR UNICA DE EMISORAS RESUMEN CIRCULAR UNICA DE EMISORAS FECHA LIMITE CELEBRACION DE LA ASAMBLEA ORDINARIA ANUAL OBSERVACIONES 30 de Abril A celebrarse dentro de los 4 meses siguientes al término del ejercicio social de que

Más detalles

SORTEO EL BUEN FIN 2014

SORTEO EL BUEN FIN 2014 Bases y Mecánica de Participación del Sorteo El Buen Fin 2014. La participación en el presente sorteo, supone la aceptación plena e incondicional de las personas físicas, con todas las condiciones y requisitos

Más detalles

CONGRESO INTERNACIONAL DE ECONOMÍA Y FINANZAS

CONGRESO INTERNACIONAL DE ECONOMÍA Y FINANZAS CONGRESO INTERNACIONAL DE ECONOMÍA Y FINANZAS Paradigmas Económicos y Medio Ambiente para un Desarrollo Sostenible 8, 9 y 10 Octubre, 2013 Portoviejo - Ecuador PRESENTACIÓN: En los momentos actuales presenciamos

Más detalles

Ley del Servicio Comunitario

Ley del Servicio Comunitario Ley del Servicio Comunitario Gaceta Oficial N 38.272 del 14-09-05 La Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela Decreta la siguiente, Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación

Más detalles

Frente al concurso y a las reglas de aplicación de esta prueba se resaltan algunas disposiciones importantes

Frente al concurso y a las reglas de aplicación de esta prueba se resaltan algunas disposiciones importantes EL PROCESO DE SELECCIÓN DE PERSONAL Y LA PRUEBA DE ANÁLISIS DE ANTECEDENTES ESTÁN REGIDOS POR LO DISPUESTO EN LOS DECRETOS LEYES 262 y 263 DE 2000, POR LAS RESOLUCIONES 254, 255, 284 Y 285 DE 2012 Y POR

Más detalles

INSTRUCTIVO 002 SOBRE LA APLICACION DEL PROGRAMA DE CRÉDITO EDUCATIVO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

INSTRUCTIVO 002 SOBRE LA APLICACION DEL PROGRAMA DE CRÉDITO EDUCATIVO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES INSTRUCTIVO 002 SOBRE LA APLICACION DEL PROGRAMA DE CRÉDITO EDUCATIVO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1: El programa de Crédito Educativo de la UNET, tiene como objetivo crear responsabilidad

Más detalles

DISPONGO. Artículo 2. Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial

DISPONGO. Artículo 2. Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial ORDEN DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE POR LA QUE SE ESTABLECE EL CALENDARIO ESCOLAR PARA EL CURSO 2016/2017 EN LOS CENTROS EDUCATIVOS NO UNIVERSITARIOS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS

Más detalles

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE QUERÉTARO FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES REGLAMENTO DE BIBLIOTECA UAQ

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE QUERÉTARO FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES REGLAMENTO DE BIBLIOTECA UAQ UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE QUERÉTARO FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES REGLAMENTO DE BIBLIOTECA UAQ Página 2 de 5 CAPÍTULO I DE LOS USUARIOS ARTÍCULO 1.- Podrán hacer uso de los servicios bibliotecarios quienes

Más detalles

Reglamento de Pensiones por Jubilación Vejez e Incapacidad, para los Trabajadores de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí 14 de diciembre de

Reglamento de Pensiones por Jubilación Vejez e Incapacidad, para los Trabajadores de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí 14 de diciembre de Reglamento de Pensiones por Jubilación Vejez e Incapacidad, para los Trabajadores de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí 14 de diciembre de 2000 TÍTULO PRIMERO Generalidades ARTÍCULO 1.- Con fundamento

Más detalles

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública. 08-30-93 ACUERDO número 176, por el que se expedirá título profesional a los egresados de las escuelas que se indican. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría

Más detalles

2- REBIUN, como órgano de asesoramiento y trabajo de la CRUE, tiene como objetivos:

2- REBIUN, como órgano de asesoramiento y trabajo de la CRUE, tiene como objetivos: BORRADOR REGLAMENTO REBIUN PREÁMBULO Las universidades españolas consideran de importancia capital para el desarrollo de su actividad y objetivos disponer de una infraestructura bibliotecaria adecuada,

Más detalles

Normativa sobre evaluación y revisión de exámenes. (Aprobado por Junta de Gobierno de 9 de marzo de 2001)

Normativa sobre evaluación y revisión de exámenes. (Aprobado por Junta de Gobierno de 9 de marzo de 2001) Normativa sobre evaluación y revisión de exámenes (Aprobado por Junta de Gobierno de 9 de marzo de 2001) 1. REQUISITOS PREVIOS A LAS PRUEBAS Artículo 1: Ámbito de aplicación El presente Reglamento será

Más detalles

ANTECEDENTES PARA ACCEDER AL CERTIFICADO DE ESPECIALISTA EN GENÉTICA. 1. TÍTULOS (se tomará como puntaje el mayor grado obtenido)

ANTECEDENTES PARA ACCEDER AL CERTIFICADO DE ESPECIALISTA EN GENÉTICA. 1. TÍTULOS (se tomará como puntaje el mayor grado obtenido) ANEXO 1 ANTECEDENTES PARA ACCEDER AL CERTIFICADO DE ESPECIALISTA EN GENÉTICA Presentar copia certificada por Escribano Público de la siguiente documentación según el ordenamiento sugerido. 1. TÍTULOS (se

Más detalles

Convocatoria del Programa Jalisciense de Fomento a la Propiedad Intelectual (PROPIN) 2016

Convocatoria del Programa Jalisciense de Fomento a la Propiedad Intelectual (PROPIN) 2016 Convocatoria del Programa Jalisciense de Fomento a la Propiedad Intelectual (PROPIN) 2016 El Gobierno del Estado de Jalisco por Conducto de la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología del Poder Ejecutivo

Más detalles

REGLAMENTO DE SERVICIO SOCIAL

REGLAMENTO DE SERVICIO SOCIAL CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 El presente Reglamento tiene por objeto regular las actividades relacionadas con la prestación y acreditación del servicio social de los alumnos y pasantes

Más detalles

N.º 8/2012 16 de abril de 2012/23 de abril de 2012. Boletín Oficial de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla

N.º 8/2012 16 de abril de 2012/23 de abril de 2012. Boletín Oficial de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla Secretaría General N.º 8/2012 16 de abril de 2012/23 de abril de 2012 Acuerdo del Consejo de Gobierno Extraordinario, de 20 de abril de 2012, por el que se aprueba la Normativa reguladora de los Trabajos

Más detalles

TEXTO VIGENTE Nuevo Reglamento publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de octubre de 2001

TEXTO VIGENTE Nuevo Reglamento publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de octubre de 2001 REGLAMENTO DEL ARTÍCULO 9o. DE LA LEY DE COORDINACIÓN FISCAL EN MATERIA DE REGISTRO DE OBLIGACIONES Y EMPRÉSTITOS DE ENTIDADES FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS TEXTO VIGENTE Nuevo Reglamento publicado en el Diario

Más detalles

REGLAMENTO PARA EL PRÉSTAMO DE RECURSOS ACADÉMICOS

REGLAMENTO PARA EL PRÉSTAMO DE RECURSOS ACADÉMICOS REGLAMENTO PARA EL PRÉSTAMO DE RECURSOS ACADÉMICOS VICERRECTORÍA INSTITUCIONAL DE INGENIERÍA, DISEÑO Y ARQUITECTURA Diciembre de 2016 Página 1 de 6 CAPÍTULO I DE SU APLICACIÓN Y DEFINICIÓN TÍTULO PRIMERO

Más detalles