Seguridad Social en un mundo en cambio
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- Cristóbal Campos Revuelta
- hace 7 años
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1 Seguridad Social en un mundo en cambio Adolfo Jiménez Fernández Santiago,
2 Adaptación de la Seguridad Social. Una sociedad en cambio Adaptación Seguridad Social. Diferencias según países. Gto.Social: 30% PIB (Dinam. Alem. Suecia ) Sostenibilidad Lituania 17% Desarrollo del sistema. Qué reformas? Según desarrollo Seg. Social, situación social, económica y demográfica. El contenido de una reforma no es trasladable de un sistema a otro.
3 Retos y desafío de la Seguridad Social. Envejecimiento Inc. esperanza de vida Pensiones, asis. sanitaria, ser. sociales, dependencia Evolución mercado laboral, contratación: < contrat. indefin. >temporales, parcial, paro, external. serv. Nuevas formas de organización familiar: Conviv. de hecho, separaciones, famil. monoparentales Cambios sociales Nuevas formas de pobreza y exclusión: Precar. trabajo, nuevas formas familia, endeud., ajustes Discriminaciones por razón de género. Transparencia e información Sostenibilidad del Sistema Demanda sociedad
4 Mayor esperanza de vida envejecimiento del envejecimiento
5 Envejecimiento. Retos que plantea ** Pensiones Sistema prestación definida Sistema aportación definida No afecta directamente a la cuantía prestación gasto repercute en el conjunto del Sistema A medio plazo: reforma para sostenibilidad Afecta cuantía pensión. > tiempo con = saldo C.I. No afecta al gasto del sistema contributivo. coste del Estado por financiación garantía P.M. Asistenc. Sanitaria y Ser. Soc. Asistenc. Sanitaria Servicios sociales Depend. coste: financ. pública, reforma, mayor prima Racionaliz. gestión y/o ticket moderador Hospitales de larga estancia Servicios socio-sanitarios Atención domiciliaria, tele asistencia. centros de día y noche, residencia coste público-privado Prestación por dependencia Coste púb-privado
6 Mercado laboral
7 Evolución mercado laboral. Retos y desafío para SS ** Asalariados ( 80% de la fuerza de trabajo) 70 % Contratos Indefinidos a tiempo completo (56% F.T.) 30% Tempor, a t. parcial, minijobs (miniempleos) (24% F.T.) Autónomos ( 20% F.T. ) Actividades clasificadas como independientes Relac. Laborales: fuerzan contr. servicio (externalización) Desempleo (con prestaciones y sin prestaciones) Informalidad (según países) Sin constancia en registro / Ocupados, contrato verbal sin prestaciones sociales / en minijobs y parte en negro Mujer y mercado laboral: Tardía incorporación (1/3 ML) / Menor remuneración /Trabajo parcial/ > desempleo Alrededor de la mitad de la fuerza de trabajo puede verse en alguna de estas situaciones Afecta al sistema pensiones Exigencia de conciliación: trabajo y vida familiar Automatización trabajo Hacia un nuevo sistema previsional?
8 Incidencia en el sistema de pensiones Parte contributiva Menos ingresos por cotizaciones o aportaciones Menor cuantía pensión En el futuro mayor demanda de protección por posible situaciones de necesidad Parte No contributiva Incremento pensiones no contributivas Mayor financiación dedicada a garantizar la pensiones mínimas. Incremento coste del Estado.. Reducir o eliminar la informalidad. Lucha contra la elusión y fraude de cotizaciones o aportes Delimitar legalmente los mini empleos y trabajos marginales. Evitar fraude Control centralizado recaudación cotizaciones y aportaciones e inspección de trabajo Responsabilidad solidaria y subsidiaria Delito frente a la seguridad social
9 Tendencia reformas Unión Europea
10 UE. Estructura demográfica población Fuente. UE. Servicios de la Comisión Nota: la barra roja indica la cohorte más numerosa
11 R Recomendaciones de la Comisión Europea (Libro Blanco ) Agenda para unas pensiones adecuadas, seguras y sostenibles Pensiones: principal fuente de ingresos de los mayores UE. (24% de la poblac.). Garantía de ingreso mínimo. Desempeñan un papel de estabilizadores económicos automáticos. Importante su estabilidad para el funcionamiento de la Unión Económica y Monetaria. Los planes de pensiones de reparto y/o capitalización están afectados por: Caída del empleo y de las cotizaciones. Caída del valor de los activos y de los rendimientos. Procurar una relación equilibrada entre cotizaciones y derechos, así como entre el núm. de contribuyentes activos y el de jubilados: Aumento edad jubilación vincular la edad de jubilación a los aumentos de la esperanza de vida. Restringir el acceso a los planes de jubilación anticipada y a otras vías de salida temprana del mercado laboral Favorecer la prolongación de la vida laboral. Igualar la edad de jubilación de hombres y mujeres.
12 Ampliación de la regulación de la coordinación y las normas mínimas de pensiones para mejorar el acceso de los trabajadores móviles a derechos de pensión complementaria dentro de los Estados miembros y entre ellos. Dificultad por normativas fiscales discriminatorias. Tribunal de Justicia ha dictaminado que son contrarias a la legislación de la UE las transferencias fiscales de capital de pensiones de fondos nacionales a fondos constituidos en cualquier otro lugar de EEE CE Agenda para unas pensiones adecuadas, seguras y sostenibles Fomentar la constitución de planes de ahorro privados complementarios para mejorar los ingresos de la jubilación con una mejor tasa de reemplazo en el futuro (incentivos fiscales y fomento fondos de pensiones de empleo) Necesidad de que los planes de capitalización privados sean seguros y rentables, compatibles con la flexibilidad y movilidad de los mercados de trabajo Tras la crisis financiera necesidad de revisar la regulación de los planes de pensiones de capitalización para mejorar su eficiencia y seguridad, para evitar la insolvencia de los empleadores o el abandono de los planes de pensiones, pues con la crisis financiera si los planes privados no cumplen sus compromisos, será inevitable que el Estado se vea obligado a asumir una parte de los mismos
13 Edad de jubilación en U.E. PAIS EDAD LEGAL EDAD TRAS LA REFORMA EDAD EFECTIVA DE RETIRO SUECIA (flexible) ,3 IRLANDA ,1 (2) HOLANDA ,5 REINO UNIDO 65/ PORTUGAL 65 62,6 (2) DINAMARCA 65 67* 62,3 ESPAÑA 65 67* 63,3 ALEMANIA 65 67* 62,2 FINLANDIA 65 63/68 61,7 BELGICA 65 61,6 GRECIA 65/ ,5 AUSTRIA 65/ ,9 (1) ITALIA 65/60 67* 60,1 FRANCIA 60/65 60 LUXEMBURGO 65 59,4 UE 15 61,6 (1) Datos de 2007, (2) Datos de 2006, * Se revisará según esperanza de vida. Los 67 en 2027 / 2029
14 Protección social y financiación UE (15) % s/ PIB 2011 País Gasto total Cotización Aport. Estado + otros Total ingreso Dinamarca Francia Suecia Holanda Alemania Austria Bélgica Finlandia U.E ,3 33,6 29,6 32,3 29,4 29,5 30,4 30,0 29,8 9,0 20,9 14,2 22,8 20,0 18,6 19,2 15,4 17,1 29,5 11,1 17,3 11,4 11,7 10,4 11,7 17,1 13,4 38,5 33,1 31,5 34,3 39,8 29,0 33,3 32,6 30,6 Italia R. Unido Grecia Irlanda Portugal España Luxemburgo (Fuente Eurostat) 29,7 27,3 30,2 29,6 26,5 26,1 22,5 15,8 12,2 15,4 7,9 12,5 14,2 12,7 14,1 15,6 15,1 20,7 15,2 11,6 11,4 29,1 27,7 30,5 28,6 27,6 25,8 24,2
15 Países Incremento Gastos en pensiones en % s/ PIB. UE-15 (2011 Eurostat) Italia Suecia Austria Francia Dinamarca R. Unido Grecia Portugal Finlandia Holanda Alemania Bélgica España Luxemb. Irlanda U.E ,4 11,3 14,2 13,0 10,5 11,9 11,1 10,1 10,6 12,5 13,5 11,0 9,6 9,4 3,6 12,5 16,1 11,5 14,8 14,5 14,3 11,8 14,9 14,8 12,5 13,0 12,4 12,4 11,4 9,5 7,1 13,2 1,7 0,2 0,6 1,5 3,8-0,1 3,8 4,7 1,7 0,5-1,1 1,4 1,8 0,1 3,5 0,7
16 Reformas en aplicación en España
17 Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y. (En aplicación desde ) Ley 23/2013, introduce el FS e IR. D. Ley 5/2013, de 15 de marzo, de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral (En aplicación) Se retrasa el acceso a la pensión Se modera cuantía de las futuras pensiones Factor de sostenibilidad Índice revalor.
18 Reforma jubilación: modificaciones con efecto enero 2013 (I) Edad Base reguladora 67 años (anteriormente 65) o 65 años si se acreditan 38 años y 6 meses de cotización. Aplicación paulatina del incremento edad de jubilación y de los años cotizados (2013 a 2027: 1,2 ó 3 meses anual) Br = cociente que resulte de dividir por 350, las bases de cotización durante los 300 (25 años, anteriormente 15) meses inmediatamente anteriores al mes previo del hecho causante, de acuerdo con las siguientes reglas: Las bases de los 24 meses anteriores se computan por su valor nominal. Las restantes Bc se actualizarán de acuerdo con la evolución del IPC desde el mes a que aquellas correspondan, hasta el mes inmediato anterior a aquél en que se inicie en periodo anterior. (fórmula) Aplicación paulatinamente (2013 a 2022: 1 año anual) % s/br % que se aplica para calcular pensión: 15 años cotizados 50%. El 100% a los 37 años (anteriormente 35)
19 Ley 27/2011: incentiva retraso jubilación y modifica la parcial (II) Incentivo para prolongación vida activa. Jubilación con más edad de la legal (cumplido periodo mínimo). Porcentaje adicional por cada año que supere edad legal, según la escala: Hasta 25 años cotizados, el 2% Entre 25 y 37 años cotizados, el 2,75% A partir de 37 años cotizados, el 4 % El % adicional se sumará al que le corresponda con carácter general no superior al 100% Si alcanza el 100% sin aplicar el % adicional, percibirá además una cantidad anual que en ningún caso puede superar a la Bmc establecida. Jubilación parcial se modifican los requisitos para su acceso Reducción jornada entre 25% y un máximo del 75%. Debe existir correspondencia entre las bases de cotización del trabajador relevista y del jubilado parcial (no < al 65% Bc promedio 6 últimos meses) Durante el periodo de la jubilación parcial, empresa y trabajador cotizarán por la Bc que, en su caso, hubiere correspondido de seguir trabajando éste a jornada completa.
20 RDL 5/2013 (modifica Ley 27) : reforma jubilación anticipada (III) Compatibilidad con el trabajo, con reducción cuantía pensión Endurece la jubilación parcial y la jubilación anticipada distinguiendo: Cese en el trabajo por causa no imputable al trabador: Tener 4 años menos de la edad legal (en años). Antes 61 Encontrarse inscrito como demandante de empleo al menos 6 meses inmediat. anteriores a solicitud jubilación. Acreditar como mínimo 33 años cotizados (antes 30 años) Cese por situación crisis o cierre empresa que impida continuación Por cada trimestre que anticipe sobre edad legal, coeficiente reductor de 1,875 % Cese voluntario en el trabajo : Tener 2 años menos de la edad legal (en años). Antes 63 Acreditar como mínimo 33 años cotizados Importe de la pensión ha de resultar superior al 125% de la cuantía mínima. En caso contrario no se puede acceder a la jubilación anticipada. Por cada trimestre que anticipe sobre edad legal, coeficiente reductor de 1,875 % Limite máximo pensión de -0.50% por trimestre anticipado (antes -0,25%)
21 Medidas de conciliación trabajo con vida familiar: beneficio por cuidados de hijos A efecto de determinan la edad de acceso a la jubilación, se computará como periodo cotizado la interrupción de la cotización producidas entre los 9 meses anteriores al nacimiento o 3 meses anteriores a la adopción o acogimiento y la finalización del sexto año posterior a dicha situación La duración de este cómputo como periodo cotizado a estos efectos exclusivos será de 9 meses por cada hijo o menor, sin que en ningún caso pueda ser superior a la interrupción real de la cotización. Los 3 años de periodo de excedencia que los trabajadores disfruten para cuidado de hijos o menor acogido, tendrán la consideración de periodo de cotización efectiva a efecto de las correspondiente prestaciones de la SS, por jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad y paternidad. (ar LGSS)
22 Ley 27/2011, introduce el factor de sostenibilidad del Sistema. Objetivo, mantener la proporcionalidad entre las contribuciones al sistema y las prestaciones y garantizar su sostenibilidad, especialmente corrigiendo el aumento de la esperanza de vida, aplicándose a las nuevas pensiones: A partir de 2027 los parámetros fundamentales del sistema se revisarán por la diferencias entre la evolución de la esperanza de vida a los 67 años de la población en el año en que se efectúe la revisión y la esperanza de vida a los 67 años en Estas revisiones se efectuarán cada 5 años, utilizando a este fin las previsiones realizadas por los organismos oficiales competentes.
23 Ley 23/2013 reguladora del Factor de Sostenibilidad y del Índice de Revalorización del Sistema de Pensiones de la Seguridad Social
24 Factor de sostenibilidad de la pensión de jubilación (art. 4 del proyecto de Ley) Formulación matemática del Factor de Sostenibilidad (cálculo pensión a partir de 2019): Siendo: FS = Factor de Sostenibilidad y t = Año de aplicación del factor, qu tomara valores desde el año 2019 en adelante. = Valor que se calcula cada cinco años y que representa la la variación interanual, en un periodo quinquenal, de la esperanza de vida a los 67 años, obtenida esta según las tablas de mortalidad de la población pensionista de jubilación del sistema de la Seguridad Social, calculada según la siguiente fórmula en los periodos quinquenales: FS periodo 2019 a 2023: FS periodo 2024 a 2028: Y así sucesivamente.
25 Revalorización pensiones ( artículo 7 del proyecto de Ley) 1. Las pensiones de la Seguridad Social en su modalidad contributiva, incluido el importe de la pensión mínima, serán incrementadas al comienzo de cada año en función del índice de revalorización previsto en la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado. 2. A tal efecto, el índice de revalorización de pensiones se determinará según la siguiente expresión matemática: Siendo: IR el índice de revalorización de pensiones y t+1 año para el que se calcula la revalorización g I,t+1 = media móvil aritmética centrada en t+1, de once valores de la tasa de variación en tanto por uno de los ingresos del sistema de la Seguridad Social. g p,t+1...del número de pensiones contributivas del sistema g s,t+1 del efecto sustitución, definido como la variación interanual de la pensión media del sistema en un año en ausencia de revalorización en dicho año. I*t+1 = Media móvil geométrica centrada en t+1 de once valores del importe de los ingresos del sistema de la Seguridad Social G*t+1 = Media móvil geométrica del importe de los gasto del sistema de la Seguridad Social. El asterisco * denota que la variable se construye como una media móvil geométrica, centrada en t+1, considerando 5 valores pasados y 5 valores futuros y el guión denota que la variable se construye como una media móvil aritmética centrada en t+1, considerando 5 valores pasados y 5 v.f. α es un parámetro que tomará el valor que se determine en la Ley de P.G. (entre 0,25 y 0,33)
26 Consideraciones sobre la aplicación del factor de sostenibilidad e índice de revalorización Modera la cuantía por el efecto económico del aumento de la esperanza de vida, atenuando el crecimiento importe de las nuevas pensiones de jubilación. Puede acelerar las jubilaciones hasta el 2019 Reduce el gasto del sistema, pero no tiene en cuenta los efectos de las reformas que se han comenzado a aplicarse en este año, dada la situación del mercado de trabajo. Precariedad y vida laboral. La aplicación del nuevo IR reduce el % de actualización de las pensiones actuales, al sustituir la nueva fórmula al sistema anterior del IPC, gravando la renta real de los adultos mayores que no tiene capacidad de reacción o previsión como los activos. No mantiene el poder adquisitivo de las pensiones causadas, vulnerando un principio básico del P.T a pesar de existir un importante Fondo de Reserva, creado para aplicarse en situaciones de crisis. Dificulta la transparencia del sistema.
27 Conclusiones: La Seguridad Social debe adaptarse a los cambios que se producen en la sociedad. Esta adaptación del Sistema debe ser integral, tratando de dar respuesta a los retos y demandas sociales que plantea la sociedad, entre los que ocupan un lugar prioritario la reducción de la desigualdad y la pobreza.
28 Gracias por la atención
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