Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIFICACIONES TECNICAS Y ANEXOS

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1 PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIFICACIONES TECNICAS Y ANEXOS Nombre del organismo contratante: Instituto Nacional de Servicios Sociales PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN: Tipo: LICITACION PUBLICA Nº: 096/203 Ejercicio: 203 Clase: ETAPA UNICA Modalidad: Expediente: Rubro: SERVICIO DE FOTOCOPIADO Objeto: Contratación de un servicio de alquiler de fotocopiadoras que incluye la provisión de los equipos, repuestos, insumos (excepto papel) y servicio técnico general destinado a todas las Bases Centrales y Bases Operativas del efector sanitario DAMNPYP (Dirección de Atención Médica No Programada y Programada), ubicadas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Gran Buenos Aires, por el término de doce (2) meses, con opción a renovación por hasta igual periodo. Costo del pliego: - SIN COSTO RETIRO DE PLIEGOS PAGINA WEB DEL INSTITUTO: CONSULTAS AL PLIEGO Lugar / dirección Plazo y Horario Por nota dirigida a la Subgerencia de Compras y Contrataciones Hasta setenta y dos (72) horas antes de la Tel: fecha dispuesta para la apertura consultapliegos@pami.org.ar PRESENTACION DE OFERTAS Lugar / dirección Plazo y Horario Subgerencia de Compras y Contrataciones Hasta la HORA FIJADA para la Apertura Av. Corrientes 635 PBde Ofertas Ciudad Autónoma de Buenos Aires. ACTO DE APERTURA Subgerencia de Compras y Contrataciones Av. Corrientes PB Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 20 / 0 /204 a las 2,00 horas.

2 PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIFICACIONES TECNICAS Y ANEXOS ARTÍCULO º.- OBJETO DE LA CONTRATACION La presente Licitación Pública tiene por objeto la contratación de un servicio de alquiler de fotocopiadoras que incluye la provisión de los equipos, repuestos, insumos (excepto papel) y servicio técnico general destinado a todas las Bases Centrales y Bases Operativas del efector sanitario DAMNPYP (Dirección de Atención Médica No Programada y Programada), ubicadas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Gran Buenos Aires, por el término de doce (2) meses, con opción a renovación por hasta igual periodo, conforme a las condiciones generales, características técnicas y particulares, contenidas en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos y demás características consignadas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y en los términos del Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales de este Instituto, aprobado por Resolución Nº 35/03-I del 8 de Agosto de 2003 y sus modificaciones. Forman parte del presente pliego los siguientes Anexos: ANEXO I ANEXO II ANEXO III ANEXO IV Especificaciones Técnicas. Declaración Jurada Relativa a Prohibiciones. Planilla de Cotización. Declaración Jurada Patrimonial. ARTÍCULO 2º.- PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN La presente contratación se realizará de acuerdo a lo establecido en el Art. 9º inciso a), del Régimen de Contratación Vigente, en lo que se refiere a Licitación Pública, bajo la la clase de Etapa Única. ARTÍCULO 3º.- NORMATIVA APLICABLE Todos los documentos que integran la contratación serán considerados como recíprocamente explicativos. En caso de existir discrepancias se seguirá el orden de prelación establecido por el Artículo 6º inciso b) del régimen de contratación vigente. ARTÍCULO 4º- REQUISITOS DE LOS OFERENTES Para participar de la presente licitación los oferentes deberán reunir los siguientes requisitos: a. Cada oferente podrá participar solamente en una oferta, ya sea por si mismo o como integrante de un grupo o asociación. b. Los oferentes deberán contar con la estructura necesaria para proveer el servicio objeto de la presente y acreditar su capacidad operativa, económica y financiera para asumir las obligaciones emergentes del presente pliego y del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. c. Constituir domicilio especial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y denunciar número de teléfono, fax y su dirección de Correo Electrónico, donde serán válidas todas las comunicaciones y notificaciones asociadas al procedimiento de la presente contratación. Toda modificación de domicilio, deberá ser notificada en forma fehaciente al INSTITUTO. d. El oferente deberá ser proveedor oficial y/o autorizado de los equipos ofrecidos, debiendo acreditar tal condición a través de la presentación de antecedentes, los 2

3 que serán evaluados por el Instituto. e. Cumplir los requisitos exigidos en el presente pliego. ARTICULO 5º.- PERSONAS NO HABILITADAS PARA CONTRATAR No podrán presentar ofertas: a. Las personas físicas o jurídicas cuyos contratos hayan sido rescindidos por el INSTITUTO, por causa atribuible al incumplimiento de sus obligaciones. b. Las personas físicas o jurídicas que por distintas razones fueran excluidas del Registro de Proveedores del Instituto. c. Los agentes y funcionarios del Sector Público Nacional y las empresas en las cuales aquellos tuvieren una mera participación societaria, de conformidad con lo establecido en la Ley de Ética Pública, Nº d. Los empleados y personal directivo del INSSJP, sus parientes hasta el cuarto (4º) grado de consanguinidad y segundo (2º) de afinidad, y las empresas en las cuales aquellos tuvieren participación, de acuerdo con la normativa vigente en materia de Ética Pública. e. Los condenados por delitos dolosos, por un lapso igual al doble de la condena. f. Las personas que se encontraren con procesamiento firme por delitos contra la propiedad, o contra la Administración Pública Nacional, o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción. g. Los deudores morosos o evasores de obligaciones tributarias, aduaneras o de la seguridad social. h. Los oferentes en estado de quiebra o liquidación. ARTÍCULO 6º.- COMUNICACIONES Conforme lo establecido en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales artículo 3º, las comunicaciones entre las partes podrán llevarse a cabo: personalmente, por correo electrónico, por fax, por carta certificada con aviso de retorno o telegrama colacionado con aviso de retorno y en un todo de acuerdo con lo estipulado en el presente pliego. ARTÍCULO 7º.- REQUISITOS DE LA CONTRATACIÓN La prestación del servicio deberá ser permanente hasta la terminación del contrato, no admitiéndose interrupción alguna por vacaciones, huelgas, ni por ningún otro evento. ARTICULO 8º.- CONTENIDO DE LA OFERTA Las ofertas deberán ser presentadas en sobre, caja o paquete perfectamente cerrado, en original y duplicado, identificados con los datos del procedimiento de selección al que correspondan, fecha y hora de apertura y nombre del oferente, de conformidad con lo establecido por los artículos 7º y 0º del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. La presentación deberá estar debidamente foliada y firmada en todas sus hojas por el representante legal o apoderado del oferente y deberá contener:. Índice describiendo el contenido total de la oferta, la que deberá estar correctamente foliada en todas sus hojas, con mención de la cantidad total de fojas de la propuesta. 2. Carta de presentación del oferente, con todos los datos que correspondan a su individualización y a su personería jurídica, incluyendo copia del contrato o estatuto de la sociedad, con todas sus modificaciones y constitución de domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, teléfono, fax y correo electrónico. 3. Documentación que acredite la personería del representante legal, si la misma 3

4 no surgiere del respectivo contrato constitutivo y/o poder suficiente que acredite la personería del apoderado. 4. Inscripción en el Registro Público de Comercio y/o Inspección General de Justicia. 5. Constancia de inscripción en la Administración Federal de Ingresos Públicos (C.U.I.T.). 6. Declaración Jurada de no estar incluido en las prohibiciones establecidas en el Art. 5º (Anexo II). 7. Certificado fiscal para contratar vigente emitido por la AFIP o constancia de inicio de trámite. 8. Garantía de Mantenimiento de Oferta conforme lo establecido en el Artículo º del presente pliego. 9. Folletos explicativos que contengan la descripción técnica de los equipos ofrecidos y/o cualquier otro dato que haga a una mejor individualización de los mismos. 0. Planilla de Cotización (Anexo III).. Documentación que acredite lo solicitado en el artículo 4º inciso d) del presente. 2. Copia de los Balances Generales de cierre de ejercicio firmadas por Contador Público y certificadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, correspondientes a los dos (2) últimos ejercicios anteriores a la fecha de presentación de la oferta. Los oferentes unipersonales deberán presentar una Declaración Jurada Patrimonial (Anexo IV) firmada por Contador Público y certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas. 3. El presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos, circulares aclaratorias si las hubiere, firmado en todas sus hojas en prueba de conformidad con los términos del mismo. ARTÍCULO 9º- COTIZACION A fin de evaluar la oferta económica, la misma deberá ser volcada en la Planilla de Cotización, cuyo modelo se halla en el Anexo III. La cotización de los servicios deberá hacerse bajo las siguientes condiciones: El oferente cotizará precio unitario mensual y total anual por ítem, en pesos con no más de DOS (2) decimales expresados en números. Si el total anual cotizado por ítem no respondiera al precio unitario mensual, se tomará este último como precio cotizado. Asimismo deberá cotizar el precio por copia excedente e indicar el porcentaje de fotocopias de descarte. El precio unitario por equipo y el valor de copia excedente cotizado, incluirá la locación de los equipos, el servicio técnico y todos los materiales de consumo necesarios para el buen funcionamiento, como repuestos, tóner, ganchos, etc. (full service), exceptuando la provisión de papel. El oferente deberá cotizar el total de los ítems por renglón. Asimismo deberá indicar el monto total por renglón y monto total ofertado en números y en letras. En ningún caso se admitirán cotizaciones en monedas extranjeras, ni cláusulas de ajuste. A los efectos del Impuesto al Valor Agregado, este INSTITUTO es considerado como exento, por lo que la alícuota correspondiente deberá estar incluida en el precio. Si el oferente omitiera hacer mención a la inclusión de dicha alícuota se considerará incluida en el precio cotizado. En el caso que el oferente cotizara el 4

5 monto con la leyenda más I.V.A., se realizará el cálculo de la alícuota correspondiente. ARTICULO 0º.- PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTA El plazo de mantenimiento de la oferta será de treinta (30) días hábiles contados a partir de la fecha del acto de apertura, prorrogables automáticamente si el oferente no manifestare en forma fehaciente su voluntad de no renovar la oferta con cinco (5) días de antelación al vencimiento del plazo (Art. 5º del Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales del Instituto). ARTÍCULO º.- GARANTIAS. Garantía de Mantenimiento de la Oferta La garantía deberá ser del CINCO POR CIENTO (5%) del valor total ofertado, cuando dicho monto iguale o supere los cien mil pesos ($00.000). En el caso de cotizar con alternativas la garantía se calculará sobre el mayor valor propuesto. Será declarada inadmisible la oferta que no presentara esta garantía, en caso de corresponder. 2. Garantía de Cumplimiento del Contrato Será igual al DIEZ POR CIENTO (0%) del monto adjudicado y deberá acreditarse su presentación ante este Instituto, dentro de los cinco (5) días de notificada la adjudicación a los fines de retirar la respectiva Orden de Compra. En caso de no presentarla se procederá a rescindir la adjudicación con pérdida de la Garantía de Mantenimiento de Ofertas y/o suspensión en el Registro de Proveedores del INSTITUTO. 3. Formas de constitución de las Garantías El Instituto no admitirá la presentación de garantías constituidas en pagaré o cualquier otra forma no contemplada a continuación: En efectivo, mediante depósito bancario en la cuenta del INSTITUTO, o cualquiera de las modalidades de depósito autorizadas por el Banco Central. Con cheque certificado, contra una entidad bancaria radicada en la Ciudad de Buenos Aires. Con títulos públicos emitidos por el ESTADO NACIONAL que coticen en el mercado de valores al día de la oferta. Los mismos deberán ser depositados en una entidad bancaria a la orden del I.N.S.S.J.P., identificándose el procedimiento de selección de que se trate. El monto se calculará tomando en cuenta la cotización de los títulos al cierre del penúltimo día hábil anterior a la constitución de la garantía en la Bolsa o Mercado correspondiente, lo que deberá ser certificado por las autoridades bancarias al recibir dicho depósito. En caso de liquidación de los valores a los que se refiere este inciso, se formulará un cargo por los gastos que ello ocasionare. El eventual excedente quedará sujeto a las disposiciones que rigen la devolución de las garantías. Con aval bancario u otra fianza a satisfacción del INSTITUTO, constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso, llano y principal pagador con expresa renuncia a los beneficios de excusión y división en los términos del artículo 203 del Código Civil, así como al beneficio de interpelación judicial previa. Con seguro de caución, mediante pólizas aprobadas por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, extendidas a favor del INSSJP. Mediante la afectación de créditos que el oferente o adjudicatario tenga liquidados y al cobro en el INSSJP, a cuyo efecto el interesado deberá presentar en la fecha de constitución de la garantía, la certificación pertinente. Quedan exceptuados los 5

6 créditos que se encuentren comprendidos en el Decreto Nº 925/96, en la Ley Nº y Resolución Nº 98/04 del Ministerio de Economía y Producción. ARTICULO 2º.- LUGAR, PLAZO Y HORARIO DE PRESENTACION DE LAS OFERTAS Serán admitidas hasta LA HORA FIJADA para el acto de apertura, en la SUBGERENCIA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES sita en Av. Corrientes N 635 PB - Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las ofertas presentadas fuera del plazo, horario y lugar indicado, no serán admitidas. ARTÍCULO 3º.- APERTURA DE LAS OFERTAS El acto de apertura de los sobres se realizará en el lugar, día y hora indicados en la carátula del presente. Cumplido el mismo se procederá a labrar un Acta donde se detallará la totalidad de las ofertas presentadas, haciéndose constar: Fecha y hora en que se labra el Acta. Número de expediente e identificación del procedimiento. Número de orden asignado a cada oferta. La denominación del oferente. La Garantía de Mantenimiento de Oferta, en caso de corresponder. Detalle de los renglones ofrecidos. La oferta económica. La cantidad de fojas que contiene la oferta original. Las observaciones del acto de apertura si las hubiere. La hora de cierre. El acta será firmada por los representantes del INSSJP y por los oferentes que así lo desearen. ARTÍCULO 4º.- EVALUACION DE LAS OFERTAS Las ofertas serán evaluadas por una Comisión Evaluadora que será designada por la Coordinación Ejecutiva del Instituto y actuará conforme a lo establecido en los Artículos 60º y 6º del Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales. Dicha Comisión analizará la documentación presentada y evaluará las propuestas, a efectos de verificar la admisibilidad y conveniencia de las mismas, considerándose: a) El cumplimiento de los aspectos formales y el cumplimiento de los requisitos exigidos en los Artículos 6º y 7º del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y la documentación exigida en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos y en el Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales del Instituto aprobado por Resolución Nº 35/03-I y sus modificaciones. b) Capacidad económica y operativa para contraer los compromisos derivados de la presente Licitación. c) La calidad de los servicios ofrecidos. d) La propuesta económica. e) Características Técnicas, marca, modelo, capacidad de los equipos ofrecidos. f) Todo otro aspecto que la Comisión Evaluadora considere analizar y sirva para una mejor evaluación de las ofertas presentadas. La Comisión Evaluadora podrá solicitar la subsanación inmediata de aspectos formales 6

7 ó requerir las aclaraciones que crea conveniente, dejando constancia firmada por sus miembros y agregará en los actuados las respuestas o documentación que reciban. La Comisión Evaluadora no podrá solicitar ninguna mejora de las ofertas presentadas ni documentación que pueda alterar las ofertas ni genere ventajas entre ellas. La Comisión Evaluadora suscribirá un Acta Dictamen donde se incluirá: Las ofertas declaradas admisibles. Las ofertas rechazadas con una breve justificación del rechazo. Los renglones fracasados y/o desiertos. El orden de prelación encabezado por el oferente que haya realizado la mejor oferta económica, quedando como alternativa la oferta siguiente en orden de prelación; y así sucesivamente se ubicara a los demás oferentes. La resolución de las situaciones de empate, si existieran. Recomendación de la/s oferta/s mas conveniente a los intereses del Instituto. ARTÍCULO 5º.- IGUALDAD DE OFERTAS En caso de igualdad de precios y calidad, se solicitará a los respectivos oferentes que por escrito y dentro del término del plazo común que se les fije, formulen una mejora de precios. El silencio por parte del oferente invitado a mejorar, se entenderá como ratificación de su oferta. De subsistir la igualdad, se procederá de acuerdo a lo establecido en el Art. 9º del Pliego Unico de Bases y Condiciones Generales. ARTÍCULO 6º.- ADJUDICACION DE OFERTAS El Instituto adjudicará el total de lo cotizado por renglón, pudiendo recaer la misma en uno o más oferentes. La adjudicación será notificada al adjudicatario en la dirección de correo electrónico constituida en la oferta, o por el medio fehaciente que en cada caso se considere oportuno. Deberá entonces integrar la Garantía de Cumplimiento de Contrato dentro de los cinco (5) días hábiles de notificada la adjudicación. Si vencido este plazo no se constituye la mencionada garantía, no se emitirá la Orden de Compra. ARTÍCULO 7º.- PLAZO Y LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS La entrega de los equipos y el inicio del servicio deberá realizarse dentro de los quince (5) días corridos contados a partir del día siguiente de notificada la Orden de Compra respectiva. El servicio tendrá una duración de doce (2) meses con opción a renovación por hasta igual período, el mismo se realizará en las Bases Centrales y Bases Operativas ubicadas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Gran Buenos Aires, las mismas están determinadas por Región: Capital, San Martín, Lanús y Morón. Aviso Previo: Dentro de las 24 hs de notificada la adjudicación deberá tomar contacto con el Servicio de Logística de la DAMNPyP (Base Central), sito en Balcarce piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel: de Lunes a Viernes en el horario de 08:00 hs a 5:00 hs. Asimismo, a continuación se indican los datos de contacto para las diferentes regiones: Región Dirección Teléfono Capital Bynon Liniers - CABA /2829 San Martín Mitre (54) 493 piso - San Martín /73 Lanús Hipólito Irigoyen Escalada Morón Fasola Haedo

8 Los fletes y gastos que se generen por la mano de obra necesaria para ubicar los equipos estarán a cargo de la empresa adjudicataria. El Instituto podrá modificar la distribución de los equipos sin que ello implique variar la totalidad global de máquinas en comodato, lo cual no generará costo adicional alguno para este Organismo y en caso de ser requerido algún refuerzo o desmedro por algún evento en especial, dicho pedido será por Nota. ARTÍCULO 9º.- RECEPCION PROVISIONAL La Recepción Provisional de los servicios será otorgada mensualmente por la máxima autoridad de la Gerencia de Efectores Sanitarios Propios o quien esta designe a tal fin. La misma tendrá carácter provisional y las constancias que se firmen quedarán sujetas a la Recepción Definitiva. ARTÍCULO 20º.- RECEPCION DEFINITIVA La recepción del servicio se otorgará mensualmente a los cinco (5) días hábiles del mes siguiente de prestado el servicio por la máxima autoridad de la Gerencia de Efectores Sanitarios Propios o quien esta designe a tal fin, una vez verificada la calidad de los servicios, el cumplimiento de los plazos establecidos para la prestación y la congruencia entre la oferta adjudicada, los servicios prestados y facturados. ARTÍCULO 2º.- FACTURACION El adjudicatario deberá confeccionar su factura electrónica obligatoriamente de conformidad a las normas de la Administración Federal de Ingresos Públicos (Res. N 2485/2008 y sus modificaciones) y Res. 78/3 DE, donde deberá constar el N de Orden de Compra. El comprobante de factura electrónica deberá ser presentada, en la División Mesa de Entrada de Facturación - Perú 7/73 - Planta Baja Ciudad Autónoma de Buenos Aires, acompañado del Certificado de Recepción Definitiva y Remitos originales debidamente conformados por la instancia solicitante. A los efectos de la aplicación del Impuesto al Valor Agregado (IVA), se hace saber que el INSTITUTO se encuentra exento. Cuando hubiere copias excedentes, estas se facturarán aparte indicando cantidad de copias y período al cual corresponden. El porcentaje estimado de fotocopias de descarte, será deducido de la facturación del excedente, en primera instancia y/o de la facturación mensual en caso de no existir excedente en el periodo facturado. ARTÍCULO 22º.- CONDICIONES DE PAGO Los pagos se realizarán a los treinta (30) días hábiles, contados a partir de la fecha de presentación de la factura. ARTICULO 23º.- INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES Si bien no resulta obligatoria la inscripción en el Registro de Proveedores de este Instituto a los efectos de participar de la convocatoria, será indispensable el haber concluido dicho trámite previo emisión de la Orden de Compra. A los fines de su inscripción, ingresar a la Página WEB del Instituto ( - opción PRESTADORES - Link Si desea ser proveedor. Toda consulta se podrá efectuar ante el Departamento de Proveedores, TE: int. 6046/6449, correo electrónico: rpcvc@pami.org.ar. ARTÍCULO 24º.- PENALIDADES Además de las penalidades y sanciones establecidas en el artículo 25º del Pliego Único 8

9 de Bases y Condiciones Generales y en la legislación de fondo, y de la promoción de las acciones civiles y/o penales que puedan corresponder, el INSTITUTO queda facultado a aplicar las sanciones y penalidades que se enuncian a continuación:. MULTA Por la falta de entrega de los equipos, insumos y/o prestación del servicio dentro de los plazos establecidos, según lo establecido en el Anexo I, así como la entrega y /o prestación defectuosa de los insumos que no puedan utilizarse, sin dar solución inmediata o respuesta satisfactoria a los requerimientos del INSTITUTO, se aplicará una multa del UNO POR CIENTO (%) diario por cada día de atraso, calculado en base al monto adjudicado del renglón correspondiente. Las multas serán aplicadas por la Gerencia de Administración, a requerimiento de la Gerencia de Efectores Sanitarios Propios quién deberá adjuntar la solicitud con un informe debidamente fundado y determinando el grado de incumplimiento. Previo a la aplicación de las mismas se notificará al proveedor el/los incumplimiento/s otorgándole un plazo de cuarenta y ocho (48) horas para presentar la respectiva nota de descargo. Vencido dicho término la Gerencia de Administración notificará la multa aplicada a la Gerencia Económico Financiera quien debitará de la primera acreencia a percibir o de cualquier otro crédito que se encuentre pendiente de pago a favor del proveedor. 2. RESCISION Ante la reiteración de las causales antes citadas o si el monto acumulado por multas fuera incompatible con la prosecución del contrato, el INSTITUTO podrá proceder a la rescisión del contrato con causa imputable al proveedor, con pérdida de la garantía de cumplimiento de contrato, sin perjuicio de iniciar acciones legales por los daños ocasionados. De verificarse que el proveedor proveyó equipos, servicios y/o insumos de calidad inferior a los aceptados en la adjudicación, el INSTITUTO procederá a la rescisión del contrato en forma inmediata, con perdida de la garantía de cumplimiento de contrato, e iniciará las acciones legales correspondientes. Asimismo el Instituto se reserva la facultad de rescindir el contrato, en cualquier momento de la relación contractual, sin necesidad de expresión de causa, no generando tal decisión ningún derecho a favor del adjudicatario de reclamar indemnización en concepto alguno ni de iniciar acciones judiciales o extrajudiciales, debiendo notificarse dicha resolución con una antelación de treinta (30) días corridos. Las penalidades que se definen en el presente artículo no eximen al proveedor de hacerse cargo de su responsabilidad civil y penal frente a las demandas que puedan originarse por daños y perjuicios a los afiliados. ARTÍCULO 25º.- FACULTADES Y OBLIGACIONES DE LOS CO-CONTRATANTES Sin perjuicio de las facultades y obligaciones previstas en la legislación específica, en sus reglamentos, en los pliegos de bases y condiciones, o en la restante documentación contractual, el co-contratante tendrá: a) La obligación de ejecutar el contrato por sí, quedando prohibida la cesión total y/o parcial, sin la previa autorización fundada, por escrito, de la autoridad competente del INSSJP, en cuyo caso el co-contratante cedente continuará obligado en forma solidaria, mancomunada e ilimitadamente, con el cesionario por los compromisos emergentes del contrato. En caso de transferirse o cederse sin mediar dicha autorización, el INSSJP podrá dar por rescindido de pleno derecho el contrato por culpa del co-contratante. El 9

10 INSSJP sólo podrá aprobar la cesión en la medida que verifique que el cesionario cumple con todos los requisitos para ser co-contratante del INSSJP. El INSTITUTO podrá aprobar la cesión en la medida en que el cesionario acredite condiciones de solvencia técnica y económica que garanticen, al exclusivo juicio del INSSJP, el cumplimiento de las obligaciones contractuales. b) La obligación de cumplir las prestaciones por sí en todas las circunstancias, salvo caso fortuito o fuerza mayor o actos o incumplimientos de autoridades públicas nacionales o de la contraparte pública, de tal gravedad que tornen imposible la ejecución del contrato. c) LEGISLACION LABORAL - SEGURIDAD SOCIAL OBLIGACIONES TRIBUTARIAS:. El co-contratante deberá cumplir todas las obligaciones emergentes de la LEGISLACION LABORAL, de la SEGURIDAD SOCIAL y en materia TRIBUTARIA. Todo el personal que el co-contratante afecte al servicio también deberá estar cubierto por los seguros obligatorios, y estar sujeto a aportes jubilatorios y demás leyes sociales, debiendo el adjudicatario efectuar las retenciones e ingreso de los aportes y de las contribuciones pertinentes. 2. Deberá asegurar a todo el personal que afecte al desarrollo y cumplimiento del trabajo que se contrate contra accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y responsabilidad civil. Tales seguros deberán ser contratados en una ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO (A.R.T.). 3. El co-contratante deberá acompañar, previo al inicio de la prestación del servicio, copia de la póliza respectiva suscripta con la aseguradora, de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución Nº 39/96, de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo. 4. El co-contratante asumirá la total y exclusiva responsabilidad por las obligaciones respecto a la higiene y seguridad en el trabajo, previstas en las normas respectivas, debiendo adoptar toda medida conducente a la seguridad del personal afectado a las tareas para evitar daños a terceros. 5. El co-contratante se compromete a mantener al INSSJP indemne de toda demanda laboral o previsional proveniente del personal que el adjudicatario afecte al cumplimiento de las tareas contratadas. El INSSJP comunicará en forma fehaciente al adjudicatario toda demanda que provenga del personal del adjudicatario afectado a la tarea, y éste se compromete a asumir la responsabilidad por el pago de lo reclamado, a satisfacción del demandante. Mientras el adjudicatario no lo acredite, el INSSJP podrá retener de las sumas que deba pagar al adjudicatario los montos reclamados por el personal con más lo que pudiera presupuestarse para costas e intereses del juicio. 6. Los subcontratistas estarán obligados a cumplir, por su parte, las obligaciones indicadas en las cláusulas precedentes, haciéndose responsable el co-contratante si no lo hicieren. Asimismo el Instituto no será responsable por cualquier demanda de los subcontratistas respecto del principal. 7. Las cláusulas precedentes constituyen condiciones que el adjudicatario aceptará como integrantes del contrato. 8. El co-contratante y sus subcontratistas deberán estar al día con sus obligaciones tributarias y previsionales, tanto al momento de presentar su oferta como durante la vigencia del contrato. Si el INSTITUTO verifica la existencia de incumplimientos de las obligaciones tributarias y de seguridad social por parte del co-contratante o su sub contratista, intimará al principal a regularizar dicha situación en un plazo de CINCO (5) días. De no regularizarse esta situación, será causa de rescisión del contrato. d) RESPONSABILIDAD POR LA CONDUCTA DEL PERSONAL: 0

11 . El co-contratante responderá por la conducta del personal que afecte al servicio, como así también por el personal que afecte el subcontratista con quien el adjudicatario contrate la realización de cualquier tarea, aun la esporádica. 2. El co-contratante deberá manifestar la identidad del personal que afecte a los servicios con carácter de Declaración Jurada, y actualizar dicha lista con el que incorpore en el futuro, aún cuando revista calidad de contratado temporario o transitorio o sea dependiente de subcontratistas. e) OTRAS OBLIGACIONES DEL CO-CONTRATANTE:. El co-contratante sus subcontratistas y personal afectado deberán respetar la confidencialidad de la información y datos inherentes a la tarea que desarrolle, tanto durante la vigencia del contrato como después de su terminación, obligándose a no divulgar, revelar, ni transmitir a terceros ninguna información empresarial y/o comercial relativa a la contratación, sin expresa autorización del INSSJP. Sin embargo, podrá, sin autorización previa, comunicar a terceros la existencia de su contrato, salvo que en las cláusulas particulares se estipule lo contrario. 2. El co-contratante deberá tomar por su cuenta y riesgo un seguro por la Responsabilidad Civil comprensivo cruzado por Daños y Perjuicios a Terceros ó a Bienes de Propiedad de Terceros, incendio y siniestro, rayo y explosión, escapes de gas, descargas eléctricas y caídas de objetos, donde éste Instituto será considerado en la póliza como tercero y asegurado adicional a la vez. El monto de dicha póliza será de $ pesos y su vigencia deberá ser por el período que dure el contrato. El comprobante de la misma deberá ser presentado al momento de retirar la correspondiente Orden de Compra. ARTICULO 26º.- INDEMNIDAD El oferente que resulte adjudicatario deberá mantener indemne al INSTITUTO frente a cualquier reclamo judicial o extrajudicial que pudiere realizar un tercero, por causas derivadas de las obligaciones del contrato. ARTICULO 27º.- COMPETENCIA Para todas las cuestiones legales y/o judiciales que pudieran suscitarse entre el INSTITUTO y los interesados, oferentes o adjudicatarios, estos se someterán a los Tribunales Federales con competencia en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción. ARTICULO 28º.- CONSULTAS Y ACLARACIONES Toda consulta al Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos deberá ser efectuada por escrito en la forma y modalidades previstas en el Art. 6º del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, por nota dirigida a la Subgerencia de Compras y Contrataciones, TEL:, o por correo electrónico a consultapliegos@pami.org.ar, en los días y horarios indicados en la carátula del presente pliego. Serán recibidas hasta setenta y dos (72) horas antes de la fecha fijada para la Apertura y podrán ser respondidas, en caso de corresponder, por Circular Aclaratoria a transmitir por correo electrónico y publicación en la página de Internet del Instituto. ARTICULO 29º.- PLIEGO UNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES El oferente declara conocer y aceptar las disposiciones contenidas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, que a tal fin podrá consultar en la Página de Internet del INSTITUTO

12 RAZON SOCIAL:... DOMICILIO:... LOCALIDAD: FIRMA DEL PROVEEDOR SELLO COMERCIAL 2

13 ANEXO I ESPECIFICACIONES TECNICAS.DESTINATARIO DEL SERVICIO Los servicios a proveer tienen como destinatarias a todas las Bases Centrales y Bases Operativas, ubicadas en el GBA (Gran Buenos Aires), del efector sanitario DAMNPyP (Dirección de Atención Médica No Programada y Programada), cuya división operativa está determinada por Región (Capital, Lanús, San Martín y Morón). Por tal motivo, el servicio deberá prestarse de forma distribuida y descentralizada de manera de poder atender eficazmente a las características y necesidades del efector. La DAMNPyP también llamada DAMNP - es dependiente de la Gerencia de Efectores Sanitarios Propios (GESP) del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP). Asimismo, la GESP podrá disponer la ampliación del servicio o la prestación del servicio en otro efector sin que la firma adjudicataria pueda negarse alegando imprevisibilidad, falta de infraestructura, falta de personal, etc. 2 CANTIDAD DE EQUIPOS Detalle de cantidades de equipos a proveer en los efectores sanitarios destinatarios del servicio: Efector Modelo Modelo A Modelo B Modelo C Base CENTRAL DAMNP VI CAPITAL TOTAL DE EQUIPOS POR BASE 3 DAMNP VIII SAN MARTIN DAMNP X LANUS DAMNP XXIX MORON TOTAL DE EQUIPOS POR MODELO 5 3.CARÁCTERÍSTICAS TÉCNICAS MODELO A: Fotocopiadora digital Consumo mensual aproximado: copias Sistema digital con conexión a PC prescindible 32mb de memoria base Cilindro fotoconductor orgánico OPC Proceso de copia tonner en seco Resolución de 600dpi Velocidad de copiado: 35 cpm o superior Doble faz automático Reducción y ampliación preseleccionadas 3

14 Zoom del 25% al 200% en pasos del % Selección de copias hasta 999 Tamaño de papel: A3, A4, Letter, Carta, Legal, Oficio Alimentación de papel: mínimo de bandeja de 550 hojas; y bandeja de 250 hojas By pass de 50 hojas / 00 hojas MODELO B: Fotocopiadora digital de alta velocidad Consumo mensual aproximado: copias Sistema digital con conexión a PC 64mb de memoria base Cilindro fotoconductor orgánico OPC Proceso de copia tonner en seco Resolución de 600dpi Velocidad de copiado: 65 cpm o superior Doble faz automático Reducción y ampliación preseleccionadas Zoom del 25% al 400% en pasos del % Selección de copias hasta 999 Tamaño de papel: A3, A4, Letter, Carta, Legal, Oficio Alimentación de papel: bandeja de 500 hojas; bandeja de 000 hojas; bandeja de 500 hojas; bandeja de 3500 hojas By pass de 00 hojas o superior MODELO C: Fotocopiadora digital de escritorio, impresora, escáner Consumo mensual aproximado: copias Sistema digital con conexión a PC 64mb de memoria base Resolución de 600dpi Velocidad de copiado: 25 cpm o superior Doble faz automático Reducción y ampliación preseleccionadas Zoom del 25% al 400% en pasos del % Selección de copias hasta 99 o superior Tamaño de papel: A4, Letter, Carta, Legal, Oficio Alimentación de papel: bandeja de 250 hojas o superior By pass de 50 hojas o superior 4. CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO 4. DOTACIÓN DEL PERSONAL El contratista deberá emplear operarios competentes y en número suficiente para la ejecución de los trabajos que sean necesarios realizar para el exacto cumplimiento del contrato. Dentro de las instalaciones de los efectores, el personal del contratista deberá llevar la identificación de la empresa adjudicataria y sus datos personales. El personal designado para prestar el servicio deberá ser siempre el mismo. La Supervisión del Instituto podrá indicar el cambio de aquel personal debiendo el adjudicatario retirarlo en un plazo de veinticuatro horas (24hs). El presente servicio será prestado con adecuados conocimientos técnicos-profesionales, personal calificado, provisto del correspondiente apoyo de medios de comunicación y 4

15 electrónico de alerta, control y reparación; capacitado para resolver a la brevedad cualquier tipo de inconvenientes propios del servicio. La empresa que resulte adjudicataria deberá proveer todo el personal para efectuar el servicio y asumirá la responsabilidad absoluta por la prestación, dejando expresamente aclarado que eximirá al Instituto de cualquier tipo de reclamo formulado por el personal que se desempeñe en el servicio. En caso que el Instituto deba responder por los mencionados reclamos, solicitará a la empresa, los importes que hubiera tenido que abonar, sin perjuicio de poder requerir de ésta por los daños y perjuicios que tal circunstancia acarrease para el Organismo, con más los intereses por las sumas abonadas. Tal circunstancia constituirá incumplimiento por parte de la firma de las obligaciones a su cargo, siendo exclusivo responsable por los actos del personal afectado al servicio, ya sea que los mismos estén o no originados con motivo o en ocasión de la prestación, eximiendo al Instituto por cualquier responsabilidad derivada de tales actos, pudiendo éste requerir cualquier suma que abone por tal concepto. 4.2 PROVISIÓN DE INSUMOS La adjudicataria deberá proveer, con excepción del papel, de todos los insumos que sean necesarios para la correcta prestación del servicio; como ser: tóner, cartuchos, cilindros, reveladores, etc. Los mismos deberán ser de primera calidad. La mano de obra necesaria para la instalación de los insumos correrá por cuenta de la adjudicataria. La adjudicataria no podrá manifestar falta de stock al momento de realizar la reposición de cualquier insumo. 4.3 SUPERVISIÓN DEL SERVICIO El servicio de alquiler de fotocopiadoras se supervisará mediante rutinas en las cuales el Personal de la empresa adjudicataria se hará presente en los inmobiliarios del Instituto como mínimo una () vez por mes; para detección de faltantes, reposición, control, mantenimiento y toda aquella actividad que contribuya a un servicio eficiente. El personal de la adjudicataria será, siempre y en todo momento, acompañado por personal del Instituto designado para ello. 4.4 DECLARACIÓN DE HORARIO DE RUTINA La firma adjudicataria deberá informar al sector logístico del lugar días y horarios de rutina a los efectos de facilitar los medios para la efectivización de las tareas que deban realizarse. 4.5 CONTROL DEL SERVICIO El Instituto se reserva la facultad de designar una persona o dependencia para efectuar tareas de supervisión de los servicios prestados por la empresa adjudicataria. Personal de la empresa se hará presente ante el llamado de la persona o dependencia designada sin tener esta última tener que revestir importancia o urgencia ante la adjudicataria. 4.6 FORMAS DE COMUNICACIÓN Las comunicaciones entre las autoridades designadas por el INSSJP para tal fin y la empresa prestadora del servicio de alquiler de fotocopiadoras se ejecutarán a través de contacto personal con la persona designada o funcionario designado para tal fin, vía telefónica convencional, celular, fax, correo electrónico, red. La red de comunicación entre la firma adjudicada y la supervisión del Instituto deberá ser fluida y recíproca. 4.7 CONDICIONES DEL SERVICIO El servicio de alquiler de fotocopiadoras contemplará las siguientes condiciones: 5

16 a. El uso de los equipos se efectuará de lunes a viernes de 07hs. a 9hs. (total de doce horas); siendo necesario que la prestación de servicio técnico a suministrar por la adjudicataria cumpla con los mismos rangos horarios. b. Ante la solicitud del Instituto de prestar servicio técnico, la empresa tendrá que hacerse presente en el lugar en un lapso no mayor a 2hs (dos horas); de no ser posible por causas ajenas o de fuerza mayor, la adjudicataria tendrá la obligación de reponer el servicio en cuanto desaparezca la causa cesante de la prestación y de responder económicamente por el perjuicio ocasionado al Organismo, si fuese pertinente. c. Cuando una máquina presente una rotura, las reparaciones respecto del equipo no excederán las 72hs (setenta y dos horas). Cuando la rotura sea de tal magnitud que su reparación sea imposible o el plazo de reparación supere las 72hs (setenta y dos horas), la adjudicataria deberá reemplazar el equipo deficiente por uno de igual modelo o superior; siendo la misma responsable por los costos que la operatoria pudiera ocasionar; de no ser posible la reposición de la fotocopiadora por causas propias, ajenas o de fuerza mayor, la adjudicataria tendrá la obligación de reponer el servicio en cuanto desaparezca la causa cesante de la prestación y de responder económicamente por el perjuicio ocasionado al Organismo, si fuese pertinente. d. El Instituto se reserva la facultad de solicitar modificaciones, en más o en menos, sobre las cantidades solicitadas de equipos e insumos; como también se reserva la facultad de solicitar modificaciones en cuanto a la calidad y composición de los productos y servicios ofrecidos por la adjudicataria; sin que esta última pueda modificar el/los precio/s que por contrato se establecerán. 6

17 ANEXO II DECLARACIÓN JURADA Declaración Jurada relativa a Prohibiciones El que suscribe.. DNI/LE/LC/CI Nº... en mi carácter de.. de la firma.., suficientemente facultado para el presente acto, con domicilio real en. declaro bajo juramento que ni mi persona ni la sociedad que represento ni ningún miembro de su administración se encuentra comprendido dentro de las prohibiciones del Art. 5º del Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rige la Licitación Pública Nº /3 del Instituto Nacional de Servicios Sociales. FIRMA. 7

18 ANEXO III PLANILLA DE COTIZACIÓN Licitación Pública Nro.: Expediente Nro.: Fecha de Apertura:... Nombre del oferente Domicilio...Localidad... Dirección Electrónica..Nº tel/fax... RENGLÓN Nº : REGIÓN CAPITAL. Base Central / DAMNPYP VI - Capital Item Modelo Cantidad 2 3 Modelo A: Fotocopiadora digital. Consumo hasta copias Modelo B: Fotocopiadora digital. Consumo hasta copias Modelo C: Fotocopiadora digital. Consumo hasta copias 2 Precio Unitario mensual MONTO TOTAL OFERTADO EN PESOS RENGLÓN Nº Precio total Anual Precio de copia excedente % Estimado de descarte SON PESOS. RENGLÓN Nº 2: REGIÓN SAN MARTÍN - DAMNPYP VIII - San Martín Item Modelo Cantidad Precio Unitario mensual Precio total Anual Modelo B: Fotocopiadora digital. Consumo hasta copias MONTO TOTAL OFERTADO EN PESOS RENGLÓN Nº 2 Precio de copia excedente % Estimado de descarte 8

19 SON PESOS. RENGLÓN Nº 3: REGIÓN LANÚS - DAMNPYP X - Lanús Item Modelo Cantidad Precio Unitario mensual Precio total Anual Modelo B: Fotocopiadora digital. Consumo hasta copias MONTO TOTAL OFERTADO EN PESOS RENGLÓN Nº 3 Precio de copia excedente % Estimado de descarte SON PESOS. RENGLÓN Nº 4: REGIÓN MORÓN - DAMNPYP XXIX - Morón Precio Unitario Item Modelo Cantidad mensual Precio total Anual Modelo B: Fotocopiadora digital. Consumo hasta copias MONTO TOTAL OFERTADO EN PESOS RENGLÓN Nº 4 Precio de copia excedente % Estimado de descarte SON PESOS. MONTO TOTAL OFERTADO SON PESOS.... Firma y Aclaración 9

20 20

21 ANEXO IV DECLARACIÓN JURADA PATRIMONAL RAZON SOCIAL... DOMICILIO... LOCALIDAD... AÑO AÑO ACTIVO CORRIENTE ACTIVO NO CORRIENTE PASIVO CORRIENTE PASIVO NO CORRIENTE VENTAS TOTALES % VENTAS DEL RUBRO () (): Porcentaje de incidencia en las Ventas Totales de las Ventas del Rubro correspondiente a los materiales objeto de la contratación. Firma del representante legal Firma del C.P. 2

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