BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

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1 Núm. 288 Lunes 29 de noviembre de 2010 Sec. I. Pág I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE SANIDAD, POLÍTICA SOCIAL E IGUALDAD Orden SPI/3052/2010, de 26 de noviembre, por la que se determinan los conjuntos de medicamentos, y sus precios de referencia, y por la que se regulan determinados aspectos del sistema de precios de referencia. El artículo 93 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, establece el sistema de precios de referencia en la financiación con fondos públicos de medicamentos prescritos y dispensados a través de receta médica oficial del Sistema de Salud. El precepto legal encomienda al Ministro de Sanidad, Política Social e Igualdad, previo acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos e informe del Consejo Interterritorial del Sistema de Salud, la determinación de dichos conjuntos que sirven como base para la fijación de los precios de referencia, así como la cuantía de éstos últimos. Ese mismo artículo, en la redacción dada por el Real Decreto-ley 4/2010, de 26 de marzo, de racionalización del gasto farmacéutico con cargo al Sistema de Salud, prevé que el precio de referencia será, para cada conjunto, el coste/tratamiento/día menor de las presentaciones de medicamentos en él agrupadas por cada vía de administración, calculados según la dosis diaria definida. Razón por la que se hace necesario fijar los conjuntos y sus respectivos precios de referencia de conformidad con las nuevas reglas aplicables al sistema de precios de referencia. Igualmente el artículo 93 precisa que la determinación de nuevos conjuntos y precios de referencia, así como la revisión de los precios de referencia correspondientes a conjuntos ya determinados, se realizará como mínimo una vez al año, por lo que teniendo en cuenta, además, que el citado Real Decreto-ley 4/2010, de 26 de marzo, procedió asimismo a modificar el artículo 91 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, en el sentido de suprimir el apartado sexto del mismo, se concluye que resulta posible hacer uso de la facultad otorgada por el artículo 93 de la citada Ley. Por otra parte, y de acuerdo con el párrafo primero del apartado 2 del articulo 93, según redacción dada por la disposición final segunda de la Ley 34/2010, de 5 de agosto, de modificación de las Leyes 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales, y 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa para adaptación a la normativa comunitaria de las dos primeras, podrán crearse conjuntos cuando hayan transcurrido diez años desde la fecha inicial de la autorización del medicamento en España u once en caso de nueva indicación. En consecuencia, mediante esta orden se procede, a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto por el citado artículo 93 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, a la determinación de los conjuntos de medicamentos y sus precios de referencia, para lo cual establece también la fórmula de cálculo de éstos últimos. Asimismo, de conformidad con la habilitación contemplada en el apartado segundo del artículo 93 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, y habida cuenta de que el Real Decreto 1338/2006, de 21 de noviembre, que desarrollaba determinados aspectos del mencionado artículo en el marco del sistema de precios de referencia, ha sido anulado en virtud de la sentencia de 9 de marzo de 2010, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» n.º 107, de 3 de mayo de 2010, los artículos 3, 4 y 5 de la presente Orden ministerial regulan los supuestos, requisitos, procedimiento y efectos de la declaración de innovación galénica de interés terapéutico. Igualmente, y a efectos de evitar los perjuicios no deseados que se pudieran derivar de la revocación de todas las declaraciones de innovación galénica acordadas al amparo de dicho Real Decreto, se

2 Núm. 288 Lunes 29 de noviembre de 2010 Sec. I. Pág procede a convalidar, mediante la disposición adicional octava, todas aquellas innovaciones galénicas que se hubieran declarado conforme al procedimiento regulado en aquel Real Decreto. Todo ello, a su vez, motiva la necesidad de incluir en el texto tres disposiciones transitorias que regulen los efectos de las innovaciones galénicas de interés terapéutico declaradas con anterioridad a la entrada en vigor de la presente orden (disposición transitoria primera), los procedimientos iniciados al amparo del Real Decreto anulado y que, consecuentemente, no han sido resueltos (disposición transitoria segunda), así como para establecer un procedimiento y otorgar un plazo a aquellas nuevas formas farmacéuticas que hayan sido autorizadas desde tres meses antes de la fecha de anulación del Real Decreto citado, y hasta la entrada en vigor de la presente orden, siempre que esta declaración no hubiera sido solicitada (disposición transitoria tercera). De lo anterior, y teniendo en cuenta que existen determinadas presentaciones de medicamentos cuya declaración como innovación galénica expirará en el plazo de los doce meses siguientes a la fecha de entrada en vigor de la presente orden, en el artículo 6 se facilita su incorporación al sistema de precios de referencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 93.2 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, en relación con el artículo 5 de esta Orden, permitiendo el ejercicio de la opción prevista en el ya citado artículo 93.5 de la Ley 29/2006. En cuanto a los supuestos y el procedimiento para hacer efectiva la rebaja del precio de aquellos medicamentos cuyo precio industrial en aplicación del sistema de precios de referencia se vea afectado en más del cincuenta por ciento, visto que eran cuestiones recogidas en el Real Decreto 1338/2006, de 21 de noviembre arriba citado, pasan a regularse en el artículo 7 de esta Orden en virtud de la habilitación conferida por el apartado segundo del artículo 93 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, posibilitándose, mediante lo establecido por la disposición adicional quinta, el ejercicio de la opción prevista en el artículo 93.5 de la misma Ley. Esta orden incorpora, además, a efectos de la formación de determinados conjuntos, 86 presentaciones de medicamentos genéricos sometidas a medida cautelar de inmovilización como consecuencia de resolución judicial dictada en procedimiento relativo a la protección de derechos de propiedad industrial. Estos conjuntos no producirán efectos hasta que se incluya en los mismos una presentación de medicamento genérico comercializada no afectada por medida cautelar de inmovilización, o se notifique, por parte del Tribunal o Juzgado al Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, la sentencia firme que desestime las pretensiones del titular de la patente del medicamento o el auto por el que se dejen sin efecto las medidas cautelares de inmovilización del medicamento genérico, para lo cual se ha consignado la correspondiente anotación en el Nomenclátor oficial de productos farmacéuticos del Sistema de Salud. Si la resolución judicial es favorable a los intereses del titular del medicamento genérico, o se produce la incorporación de una presentación de medicamento genérico comercializada no sometida a medidas cautelares de inmovilización, las anotaciones serán suprimidas, aplicándose a las presentaciones contenidas en dichos conjuntos las disposiciones contempladas en la presente norma. En caso contrario, los conjuntos permanecerán inactivos hasta que sean suprimidos, en su caso, por la orden de revisión correspondiente. En otro ámbito, y a los efectos de facilitar el ejercicio de la opción referida en el artículo 93.5, así como de presentar la opción de reducciones voluntarias de precios sin modificación del, o cualquier otro acto que deba entenderse con la Administración, tal y como se prevé en la disposición adicional sexta del presente proyecto, las comunicaciones de los laboratorios deberán dirigirse mediante registro telemático, en aplicación del artículo 27.6 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, habida cuenta de que la presente orden tiene como destinatarios a personas jurídicas o colectivos de personas físicas que tienen garantizado el acceso y la disponibilidad de los medios tecnológicos precisos.

3 Núm. 288 Lunes 29 de noviembre de 2010 Sec. I. Pág Por último y para facilitar la aplicación de lo previsto en los artículos 85, 86 y 93.4 de la Ley 29/2006, esta orden establece que el Nomenclátor oficial de productos farmacéuticos del Sistema de Salud incorporará las agrupaciones de las presentaciones de medicamentos, incluidas o no en el sistema de precios de referencia, siendo el medicamento de menor precio el de cuantía inferior de entre todas las presentaciones de cada agrupación. Respecto a esta información cuya última actualización se incluyó en el Nomenclátor de julio de 2010, la orden establece su actualización en la misma fecha a partir de la que se liquiden con los nuevos precios de referencia las facturaciones al Sistema de Salud, debiendo informarse junto al Nomenclátor con un mes de antelación. En su elaboración han sido consultadas las Comunidades Autónomas y oídos los sectores afectados, se ha sometido a informe previo del Consejo Interterritorial del Sistema de Salud y del Comité Consultivo y se ha recabado el acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos. En su virtud, de acuerdo con el Consejo de Estado, dispongo: Artículo 1. s y precios de referencia. En aplicación del artículo 93.2 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, los conjuntos y sus precios de referencia son los que se relacionan en esta orden, enumerándose en el anexo 1 tanto los conjuntos ya existentes, con los nuevos precios obtenidos tras su revisión, como los conjuntos de nueva creación. Artículo 2. Fórmula de cálculo de los precios de referencia. Para el cálculo de la cuantía del precio de referencia en cada conjunto se tendrá en cuenta lo siguiente: a) Se seleccionará la presentación del medicamento con el coste/tratamiento/día menor. b) Las dosis diarias definidas son las relacionadas en el anexo 2. En virtud de la potestad conferida por el párrafo segundo del artículo 93.2 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, se fija en 3,12 euros de precio de venta al público, impuestos incluidos, el umbral mínimo de los precios de referencia objeto de la presente orden. Artículo 3. Requisitos para la declaración de innovación galénica de interés terapéutico. 1. Para declarar un medicamento como innovación galénica de interés terapéutico deberá concurrir, al menos, alguno de los siguientes requisitos: a) Que el medicamento se presente por primera vez bajo una vía de administración diferente a la autorizada y que esta nueva vía suponga una mejora significativa en la utilidad terapéutica del producto, basada en su eficacia, seguridad o utilidad en poblaciones especiales. b) Que, aun presentándose bajo una vía de administración ya autorizada, se demuestre que la novedad galénica incorporada en el medicamento añade una mejora significativa en la utilidad terapéutica del producto, basada en su eficacia, seguridad o utilidad en poblaciones especiales. 2. Las ventajas terapéuticas, mejoras y facilidades a que se refieren los párrafos anteriores deberán ser objeto de evaluación y declaración por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, conforme se establece en el artículo 4 de esta orden. 3. No podrán ser declarados como innovación galénica de interés terapéutico los medicamentos que cumplan la definición de medicamento genérico ni tampoco aquellos

4 Núm. 288 Lunes 29 de noviembre de 2010 Sec. I. Pág medicamentos de los que exista en el mercado formulación genérica con la misma composición cualitativa y cuantitativa en principio activo y la misma forma farmacéutica. Artículo 4. Procedimiento para la solicitud, evaluación y resolución de innovación galénica de interés terapéutico. 1. El procedimiento se iniciará a solicitud de persona interesada dirigida a la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, en el plazo de tres meses desde que la nueva forma farmacéutica haya sido autorizada, de acuerdo con lo dispuesto en el capítulo II del título II de la Ley 29/2006, de 26 de julio. Para los medicamentos que hayan sido autorizados por procedimiento centralizado, el plazo anterior de tres meses comenzará a contar a partir de la fecha de la comunicación de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios del material de acondicionamiento definitivo para su comercialización en España y la asignación de un código nacional. En la solicitud, que podrá presentarse en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, deberá justificarse el cumplimiento de los criterios fijados en el artículo 3 de esta Orden. 2. La Agencia dictará propuesta de resolución y se iniciará el trámite de audiencia de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 84 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre. 3. La resolución del titular de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios se dictará y notificará en un plazo no superior a seis meses, a contar desde la fecha de entrada de la solicitud en el registro de la Agencia, y pondrá fin a la vía administrativa. Artículo 5. Efectos de la declaración de innovación galénica de interés terapéutico. 1. Los medicamentos que sean declarados innovaciones galénicas quedarán excluidos del sistema de precios de referencia durante un período de cinco años computables desde la fecha de entrada en vigor de la orden ministerial que determine el conjunto correspondiente a su principio activo y precio de referencia. Transcurrido dicho plazo, se integrarán en el conjunto de referencia. 2. En el supuesto de que la citada calificación sea posterior a la creación del conjunto correspondiente al principio activo y precio de referencia, el plazo de exclusión de cinco años se computará desde la fecha de la declaración de innovación galénica, debiendo reponerse, a partir de ese momento, el precio que el medicamento tuviera con anterioridad a la creación de aquel conjunto. Artículo 6. Medicamentos cuya declaración como innovación galénica expira a partir de la entrada en vigor de la presente orden. 1. Las presentaciones de medicamentos cuya declaración como innovación galénica expire a partir de la entrada en vigor de la presente orden, se incorporarán a los conjuntos correspondientes a partir del primer día del mes siguiente a expirar la mencionada declaración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 93.2 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, en relación con el artículo 5 de esta Orden. 2. A efectos informativos para facilitar su aplicación y seguimiento, se relacionan en el anexo 3 de la presente Orden las presentaciones de medicamentos cuya declaración como innovación galénica expira en el plazo comprendido entre diciembre de 2010 y noviembre de 2011, así como la fecha de su expiración. Artículo 7. Reducción superior a un cincuenta por ciento del precio industrial en aplicación del sistema de precios de referencia. 1. Los laboratorios farmacéuticos titulares de las presentaciones de medicamentos cuyos precios industriales se vean afectados en un porcentaje superior al cincuenta por ciento como consecuencia de la aplicación del sistema de precios de referencia, deberán

5 Núm. 288 Lunes 29 de noviembre de 2010 Sec. I. Pág relacionarse en el anexo a la orden de precios de referencia correspondiente, junto con la presentación del medicamento afectado y su respectivo precio de referencia. Los citados laboratorios podrán optar, conforme establece el apartado 5 del artículo 93 de la Ley 29/2006, por asumir toda la reducción en la fecha de entrada en vigor de la orden ministerial o hacerlo en dos años, en mínimos de un cincuenta por ciento del precio al año, hasta alcanzar el precio de referencia. 2. En el caso de que el laboratorio farmacéutico decida asumir la reducción del precio industrial del medicamento en mínimos de un cincuenta por ciento del precio al año, deberá ejercitar dicha opción durante el plazo de los diez días naturales siguientes a la fecha de entrada en vigor de la orden correspondiente. A tales efectos, el laboratorio farmacéutico deberá comunicar formalmente la decisión a la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, especificando en dicha comunicación la cantidad anual por la que se dispensarán los respectivos productos hasta alcanzar el precio de referencia que en cada momento le sea de aplicación. La fecha en la que será efectiva la cantidad comunicada se establecerá en la correspondiente orden de precios de referencia. Disposición adicional primera. Inactividad de conjuntos. 1. Los conjuntos señalados como inactivos en el 1 no producirán efectos en tanto no se incorpore una presentación de medicamento genérico comercializada no sometida a medidas cautelares de inmovilización o se notifique, por parte del Tribunal o Juzgado al Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, la sentencia firme que desestime las pretensiones del titular de la patente del medicamento o el auto por el que se dejen sin efecto las medidas cautelares de inmovilización del medicamento genérico. 2. En el Nomenclátor oficial de productos farmacéuticos del Sistema de Salud se anotará esta circunstancia. Una vez concurra uno de los supuestos contemplados en el apartado precedente, se procederá a cancelar la anterior anotación y se formulará la oportuna declaración expresa de activación del conjunto para dejar constancia de ello, aplicándose a las presentaciones contenidas en dichos conjuntos las disposiciones contenidas en esta orden. Disposición adicional segunda. Presentaciones de medicamentos genéricos con precio superior al de referencia y de medicamentos que no dispongan de iguales presentaciones de medicamentos genéricos. 1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 93.3 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, en el plazo de cincuenta días naturales desde la fecha de entrada en vigor de la orden, las presentaciones de medicamentos genéricos con precio superior al de referencia se suministrarán por los laboratorios a un precio industrial que se corresponda con uno igual o inferior al de referencia. En estos supuestos, no se modificará el nacional de la presentación del medicamento. 2. Lo establecido en el apartado anterior será también de aplicación a las presentaciones de medicamentos con precio superior al de referencia que no dispongan de iguales presentaciones de medicamentos genéricos, a efectos de la sustitución prevista en el artículo 93.4 de la citada ley y en tanto se mantenga la situación de no disponibilidad. 3. En el supuesto de las presentaciones de medicamentos afectadas por el apartado 1 de la disposición adicional primera de esta orden, los apartados anteriores serán de aplicación en el plazo de cincuenta días naturales a contar desde que se notifique por el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, a todos los interesados, la declaración expresa a la que se refiere el apartado 2 de la disposición adicional primera. En caso necesario, el plazo será ampliado por razón de exigencias de gestión de la prestación farmacéutica del Sistema de Salud hasta hacer coincidir su finalización con el último día natural del mes correspondiente.

6 Núm. 288 Lunes 29 de noviembre de 2010 Sec. I. Pág Disposición adicional tercera. Reducciones voluntarias de precios sin modificación de. 1. Los laboratorios que voluntariamente decidan comercializar las presentaciones de medicamentos a un precio inferior al autorizado para adecuarlo a un nivel igual o inferior al de referencia, sin modificar el, deberán comunicarlo así a la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad en el plazo de los diez días naturales siguientes a la fecha de entrada en vigor de la orden. 2. Las presentaciones de medicamentos a las que se refiere el apartado anterior se suministrarán por los laboratorios al nuevo precio en el plazo de cincuenta días naturales desde la fecha de entrada en vigor de la orden. 3. En el supuesto de las presentaciones de medicamentos afectadas por lo establecido en el apartado 1 de la disposición adicional primera de esta orden, el apartado 1 de esta disposición será de aplicación en el plazo de diez días naturales y el apartado 2 en el plazo de cincuenta días naturales, contados ambos desde que se notifique por el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, a todos los interesados, la declaración expresa a la que se refiere el apartado 2 de la disposición adicional primera. 4. A los medicamentos afectados por lo dispuesto en el artículo 6 de la presente Orden, se les aplicará lo previsto en los apartados 1 y 2 de este artículo. En tal supuesto, el plazo fijado en el apartado 1 se aplicará en los mismos términos. No obstante, lo indicado en el apartado 2 podrá ser de aplicación a partir de los cincuenta días naturales previos a la fecha en que se produzca la expiración de la declaración de innovación galénica según lo señalado en el 3, debiendo suministrarse en todo caso a partir del primer día del mes siguiente a aquel en que se produzca la citada expiración. Disposición adicional cuarta. Precio aplicable a las presentaciones de medicamentos afectadas por lo dispuesto en los apartados 6 y 7 del artículo 93 de la Ley 29/2006, de 26 de julio. A partir de los cincuenta días naturales desde la fecha de entrada en vigor de la orden, las presentaciones de medicamentos afectadas por lo dispuesto en los apartados 6 y 7 del artículo 93 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, que se relacionan en el 4, tendrán el precio industrial que figura en dicho anexo, sin que sea necesario modificar su nacional. Disposición adicional quinta. Precios industriales afectados en más de un cincuenta por ciento por el sistema de precios de referencia. 1. Los laboratorios farmacéuticos titulares de los medicamentos relacionados en el 5 que, conforme a lo establecido en el artículo 93.5 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, en relación con el apartado 1 del artículo 7 de la presente Orden, decidan asumir la reducción resultante de la aplicación del sistema de precios de referencia a los precios industriales de sus productos en mínimos de un cincuenta por ciento al año, deberán ejercitar dicha opción de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 7 y la disposición adicional sexta de esta orden. La cantidad comunicada será efectiva a partir de los cincuenta días naturales desde la fecha de entrada en vigor de la orden. 2. En el supuesto de las presentaciones de medicamentos afectadas por lo establecido en el apartado 1 de la disposición adicional primera de esta orden, los plazos a los que se refiere el apartado anterior se computarán desde el momento en que se notifique por el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, a todos los interesados, la declaración expresa a la que se refiere el apartado 2 de la disposición adicional primera. En caso necesario, el plazo será ampliado, por razón de exigencias de gestión de la prestación farmacéutica del Sistema de Salud, hasta hacer coincidir su finalización con el último día natural del mes correspondiente. 3. Los laboratorios farmacéuticos titulares de los medicamentos afectados por lo dispuesto en el artículo 6 de esta Orden que se relacionen en el anexo 6, y que decidan

7 Núm. 288 Lunes 29 de noviembre de 2010 Sec. I. Pág asumir la reducción resultante de la aplicación del sistema de precios de referencia a los precios industriales de sus productos en mínimos de un cincuenta por ciento al año, podrán ejercitar tal opción en los términos y plazos establecidos en el apartado primero. No obstante, en estos supuestos, la cantidad comunicada será efectiva a partir del primer día del mes siguiente a aquel en que expire la declaración de innovación galénica. Disposición adicional sexta. Actos de comunicación con la Administración. Para todas las actuaciones que los laboratorios deban realizar con la Administración de conformidad con lo dispuesto en esta orden, aquéllos deberán presentar obligatoriamente las comunicaciones mediante registro telemático a través del enlace mspsi.es/, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 27.6 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. Disposición adicional séptima. Precios menores de presentaciones de medicamentos a efectos de dispensación y de sustitución por el farmacéutico. 1. Para facilitar la aplicación de los supuestos de dispensación y sustitución por el farmacéutico previstos en los artículos 85, 86 y 93.4 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, el Nomenclátor oficial de productos farmacéuticos del Sistema de Salud incorporará la información de las agrupaciones de las presentaciones de medicamentos, incluidas o no en el sistema de precios de referencia. A estos efectos, el medicamento de menor precio será aquel cuyo precio sea el de inferior cuantía de entre las presentaciones incluidas en cada agrupación. 2. La información sobre los precios menores a que se refiere el apartado anterior se actualizará el día siguiente a la finalización del plazo contemplado en el apartado 1 de la disposición transitoria quinta de la presente orden. A efectos informativos esta actualización se relacionará junto al Nomenclátor con un mes de antelación a la fecha de su efectividad. 3. Si las variaciones experimentadas en los precios de los medicamentos así lo aconsejaran, y previo acuerdo de la Comisión Permanente de Farmacia del Consejo Interterritorial del Sistema de Salud, la información mencionada en los apartados precedentes podrá ser objeto de revisión en el momento en que las circunstancias lo permitan, pudiendo afectar dicha actualización bien a todo el listado incluido en la relación, bien a los grupos de intercambio que se consideren oportunos. A efectos informativos esa actualización se relacionará junto al Nomenclátor con un mes de antelación a la fecha de su efectividad. Disposición adicional octava. Convalidación de las innovaciones galénicas declaradas al amparo del Real Decreto 1338/2006, de 21 de noviembre. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 93.2 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, las declaraciones como innovación galénica de interés terapéutico de los medicamentos afectados que se hubieran determinado al amparo de lo dispuesto por el Real Decreto 1338/2006, de 21 de noviembre, se entenderán válidas desde el momento de su declaración y continuarán surtiendo efecto. Disposición transitoria primera. Efectos de las innovaciones galénicas de interés terapéutico declaradas con anterioridad a la entrada en vigor de la presente orden. 1. Las presentaciones de medicamentos que hayan sido declaradas como innovación galénica de interés terapéutico con anterioridad a la entrada en vigor de la presente orden, quedarán, a partir de su entrada en vigor, excluidas de la aplicación del sistema de precios de referencia teniendo en cuenta las fechas relacionadas en el anexo 7, que incluye igualmente las presentaciones contenidas en el anexo 3 de la presente Orden. 2. En el supuesto de los conjuntos declarados inactivos, los plazos de exclusión del sistema de precios de referencia se entenderán suspendidos desde la fecha de inactivación

8 Núm. 288 Lunes 29 de noviembre de 2010 Sec. I. Pág del conjunto correspondiente, reanudándose su cómputo una vez se produzca la activación del mismo de conformidad con lo señalado en el apartado 2 de la Disposición adicional primera de esta orden. Disposición transitoria segunda. Solicitudes de declaraciones de innovación galénica de interés terapéutico en trámite a la entrada en vigor de esta orden. Los procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de la presente orden y pendientes de resolución, se regirán conforme a lo dispuesto en la presente orden. Disposición transitoria tercera. Plazo para la presentación de solicitudes de declaraciones de innovación galénica de interés terapéutico para nuevas formas farmacéuticas que hayan sido autorizadas entre el 9 de diciembre de 2009 y la entrada en vigor de esta orden. Se otorga un plazo de quince días naturales desde la entrada en vigor de la presente orden para presentar solicitudes de declaración de innovación galénica de interés terapéutico a los titulares de nuevas formas farmacéuticas que hayan sido autorizadas entre el 9 de diciembre de 2009 y la entrada en vigor de la presente orden, y que no hayan solicitado tal declaración. Disposición transitoria cuarta. Coexistencia de precios y devolución de existencias. 1. Las existencias de las presentaciones de medicamentos afectadas por las reducciones de precios previstas en esta orden que obren en poder de los almacenes, podrán seguir comercializándose al precio anterior a esta reducción en el plazo de los setenta días naturales siguientes a la fecha de entrada en vigor de la orden. 2. Las existencias de las presentaciones de medicamentos afectadas por las reducciones de precios previstas en esta orden que obren en poder de las oficinas de farmacia, podrán seguir comercializándose al precio anterior a esta reducción en el plazo de los noventa días naturales siguientes a la fecha de entrada en vigor de la orden. En caso necesario, el plazo será ampliado, por razón de exigencias de gestión de la prestación farmacéutica del Sistema de Salud, hasta hacer coincidir su finalización con el último día natural del mes correspondiente. En este último supuesto el período en que resulte ampliado el plazo inicial se repartirá a partes iguales entre los almacenes y las oficinas de farmacia, salvo cuando ello no fuera posible, en cuyo caso la mitad más un día de dicho período le corresponderá a las oficinas de farmacia. 3. Al amparo de lo previsto en el artículo del Real Decreto 726/1982, de 17 de marzo, por el que se regula la caducidad y devoluciones de las especialidades farmacéuticas a los laboratorios farmacéuticos, los almacenes de distribución y las oficinas de farmacia, sin coste adicional alguno para ellas, podrán devolver a los laboratorios farmacéuticos, a partir del día siguiente a la finalización del plazo contemplado en el apartado anterior y conforme a lo establecido en el artículo 8 del citado Real Decreto, las existencias de las presentaciones con precio en el embalaje anterior a las reducciones establecidas en esta orden. 4. En el supuesto de las presentaciones de medicamentos afectadas por lo establecido en el apartado 1 de la disposición adicional primera de esta orden, los plazos a los que se refieren los apartados anteriores se computarán desde el momento en que se notifique por el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, a todos los interesados, la declaración expresa a la que se refiere el apartado 2 de la disposición adicional primera. Disposición transitoria quinta. Gasto financiado con cargo a fondos públicos. 1. El Sistema de Salud, incluidos los regímenes especiales de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS) y de la Mutualidad General Judicial (MUGEJU), mantendrá, durante el plazo de los noventa días naturales siguientes a la fecha de entrada en vigor de la orden,

9 Núm. 288 Lunes 29 de noviembre de 2010 Sec. I. Pág el precio anterior de los medicamentos afectados por lo establecido en las disposiciones adicionales, segunda, tercera y cuarta en relación con esta disposición transitoria segunda, a efectos de facturación y en lo que se refiere, exclusivamente, a la parte del gasto satisfecho directamente por dicho Sistema. En caso necesario, el plazo será ampliado, por razón de exigencias de gestión de la prestación farmacéutica del Sistema de Salud, hasta hacer coincidir su finalización con el último día natural del mes correspondiente. 2. Se liquidarán con los nuevos precios las facturaciones al Sistema de Salud, incluidos los regímenes especiales mencionados en el apartado anterior, cerradas a partir del día siguiente a la finalización del plazo contemplado en el apartado anterior. 3. En el supuesto de las presentaciones de medicamentos afectadas por lo establecido en el apartado 1 de la disposición adicional primera de esta orden, los plazos a los que se refieren los apartados anteriores se computarán desde el momento en que se notifique por el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, a todos los interesados, la declaración expresa a la que se refiere el apartado 2 de la disposición adicional primera. En caso necesario, por razón de las exigencias relativas a la facturación, ambos plazos serán ampliados hasta hacer coincidir su finalización con, respectivamente, el último día natural del mes correspondiente y el primer día del mes siguiente. Disposición derogatoria única. Derogación normativa. Quedan derogadas cuantas normas de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en esta orden. Disposición final primera. Título competencial. Esta orden se dicta al amparo de la competencia estatal en materia de legislación sobre productos farmacéuticos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo ª de la Constitución. Disposición final segunda. Entrada en vigor. La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Madrid, 26 de noviembre de La Ministra de Sanidad, Politica Social e Igualdad, Leire Pajín Iraola.

10 Núm. 288 Lunes 29 de noviembre de 2010 Sec. I. Pág ANEXO 1 s de referencia y precios de referencia aprobados por la presente Orden C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO MYLAN 100 mg comprimidos recubiertos con pelicula, 20 comprimidos 3,12 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO MYLAN 100 mg comprimidos recubiertos con pelicula, 40 comprimidos 5,86 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO BEXAL 100 mg comprimidos, 20 comprimidos 3,12 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO BEXAL 100 mg comprimidos, 40 comprimidos 5,86 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO KERN PHARMA 100MG 20 COMPRIMIDOS EFG 3,12 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO KERN PHARMA 100MG 40 COMPRIMIDOS EFG 5,86 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO ALTER 100MG 20 COMPRIM RECUB PELI EFG 3,12 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO ALTER 100MG 40 COMPRIM RECUB PELI EFG 5,86 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO ALPROFARMA 100MG 20 COMPR REC PEL EFG 3,12 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO ALPROFARMA 100MG 40 COMPR REC PEL EFG 5,86 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO DAVUR 100 mg comprimidos recubiertos con película, 20 comprimidos 3,12 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO DAVUR 100 mg comprimidos recubiertos con película, 40 comprimidos 5,86 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO CUVE 100 mg comprimidos recubiertos con película, 20 comprimidos 3,12 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO CUVE 100 mg comprimidos recubiertos con película, 40 comprimidos 5,86 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO MABO 100 mg Comprimidos recubiertos con película, 20 comprimidos 3,12 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO MABO 100 mg Comprimidos recubiertos con película, 40 comprimidos 5,86 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO CINFA 100 mg comprimidos recubiertos con película, 20 comprimidos 3,12 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO CINFA 100 mg comprimidos recubiertos con película, 40 comprimidos 5,86 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO GOIBELA 100 mg comprimidos recubiertos con película, 20 comprimidos 3,12 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO GOIBELA 100 mg comprimidos recubiertos con película, 40 comprimidos 5,86 C1 Aceclofenaco ORAL ACLOCEN 100 MG comprimidos recubiertos con película, 20 comprimidos 3,12 C1 Aceclofenaco ORAL ACLOCEN 100 MG comprimidos recubiertos con película, 40 comprimidos 5,86 C1 Aceclofenaco ORAL ALAFEN 100 mg comprimidos recubiertos con pelicula, 20 comprimidos 3,12 C1 Aceclofenaco ORAL ALAFEN 100 mg comprimidos recubiertos con pelicula, 40 comprimidos 5,86 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO ARACLOFENAC 100 MG comprimidos recubiertos con película, 20 comprimidos 3,12 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO ARACLOFENAC 100 MG comprimidos recubiertos con película, 40 comprimidos 5,86 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO ACYGEN 100 MG comprimidos recubiertos con película, 20 comprimidos 3,12 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO ACYGEN 100 MG comprimidos recubiertos con película, 40 comprimidos 5,86 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO ARAFARMA GROUP 100 mg comprimidos recubiertos con película, 20 comprimidos 3,12 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO ARAFARMA GROUP 100 mg comprimidos recubiertos con película, 40 comprimidos 5,86 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO TEVA 100 mg comprimidos recubiertos con película, 20 comprimidos 3,12 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO TEVA 100 mg comprimidos recubiertos con película, 40 comprimidos 5,86 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO STADA 100 mg comprimidos recubiertos con película, 20 comprimidos 3,12 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO STADA 100 mg comprimidos recubiertos con película, 40 comprimidos 5,86 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO PHARMAGENUS 100 mg comprimidos recubiertos con película, 20 comprimidos 3,12 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO PHARMAGENUS 100 mg comprimidos recubiertos con película, 40 comprimidos 5,86 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO QUALITEC 100 mg comprimidos recubiertos con película, 20 comprimidos 3,12 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO QUALITEC 100 mg comprimidos recubiertos con película, 40 comprimidos 5,86 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO UR 100 mg comprimidos recubiertos con película, 20 comprimidos 3,12 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO UR 100 mg comprimidos recubiertos con película, 40 comprimidos 5,86

11 Núm. 288 Lunes 29 de noviembre de 2010 Sec. I. Pág C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO TOLL PHARMA 100 mg comprimidos recubiertos con película, 20 comprimidos 3,12 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO TOLL PHARMA 100 mg comprimidos recubiertos con película, 40 comprimidos 5,86 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO APHAR 100 mg comprimidos recubiertos con película, 20 comprimidos 3,12 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO APHAR 100 mg comprimidos recubiertos con película, 40 comprimidos 5,86 C1 Aceclofenaco ORAL ARACENAC 100 mg comprimidos recubiertos con película, 40 comprimidos 5,86 C1 Aceclofenaco ORAL ARACENAC 100 mg comprimidos recubiertos con película, 20 comprimidos 3,12 C1 Aceclofenaco ORAL SINSUMIN 100 mg comprimidos recubiertos con película, 20 comprimidos 3,12 C1 Aceclofenaco ORAL SINSUMIN 100 mg comprimidos recubiertos con película, 40 comprimidos 5,86 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO ACCORD 100 mg comprimidos recubiertos con película, 20 comprimidos 3,12 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO ACCORD 100 mg comprimidos recubiertos con película, 40 comprimidos 5,86 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO NORMON 100 mg comprimidos recubiertos con película, 20 comprimidos 3,12 C1 Aceclofenaco ORAL ACECLOFENACO NORMON 100 mg comprimidos recubiertos con película, 40 comprimidos 5,86 C1 Aceclofenaco ORAL FALCOL 100MG/SOB 40 SOBRES 5,86 C1 Aceclofenaco ORAL FALCOL 100MG/SOB 20 SOBRES 3,12 C1 Aceclofenaco ORAL AIRTAL 100MG 40 SOBRES 5,86 C1 Aceclofenaco ORAL AIRTAL 100MG 20 SOBRES 3,12 C1 Aceclofenaco ORAL AIRTAL 100MG 20 COMPRIMIDOS 3,12 C1 Aceclofenaco ORAL FALCOL 100MG 20 COMPRIMIDOS RECUBIERTOS 3,12 C1 Aceclofenaco ORAL GERBIN comprimidos, 20 comrpimidos 3,12 C1 Aceclofenaco ORAL FALCOL 100MG 40 COMPRIMIDOS RECUBIERTOS 5,86 C1 Aceclofenaco ORAL AIRTAL 100MG 40 COMPRIMIDOS 5,86 C1 Aceclofenaco ORAL GERBIN comprimidos, 40 comrpimidos 5,86 C2 Acetilcisteína ORAL ACETILCISTEINA CINFAMED 600MG 20 SOBRES SOLUC EFG 3,12 C2 Acetilcisteína ORAL ACETILCISTEINA CINFAMED 200MG 30 SOBRES SOLUC EFG 3,12 C2 Acetilcisteína ORAL ACETILCISTEINA CINFAMED 100MG 30 SOBRES SOL OR EFG 3,12 C2 Acetilcisteína ORAL ACETILCISTEINA CINFA 600MG 20 SOBRES SOLC ORAL EFG 3,12 C2 Acetilcisteína ORAL ACETILCISTEINA CINFA 200MG 30 SOBRES SOL OR EFG 3,12 C2 Acetilcisteína ORAL ACETILCISTEINA CINFA 100MG 30 SOBRES SOL OR EFG 3,12 C2 Acetilcisteína ORAL FLUMIL 600MG 18 COMPRIMIDOS RECUBIERTOS 3,12 C2 Acetilcisteína ORAL ACETILCISTEINA ANGENERICO 200MG 30 SOB PO S OR EFG 3,12 C2 Acetilcisteína ORAL ACETILCISTEINA ANGENERICO 100MG 30 SOB PO S OR EFG 3,12 C2 Acetilcisteína ORAL ACETILCISTEINA UR 100MG 30 SOBR POLVO SOL ORAL EFG 3,12 C2 Acetilcisteína ORAL ACETILCISTEINA UR 200MG 30 SOBR POLVO SOL ORAL EFG 3,12 C2 Acetilcisteína ORAL ACETILCISTEINA ACOST 200MG 30 SOB POLV SO ORAL EFG 3,12 C2 Acetilcisteína ORAL ACETILCISTEINA ANGENERICO 600MG 20 COMP EFERVE EFG 3,12 C2 Acetilcisteína ORAL ACETILCISTEINA DAVUR 600MG 20 COMPRIMIDOS EFER EFG 3,12 C2 Acetilcisteína ORAL ACETILCISTEINA CINFA 600MG 20 COMPRIMID EFERVE EFG 3,12 C2 Acetilcisteína ORAL ACETILCISTEINA UR 600MG 20 COMPR EFERV EN TUBO EFG 3,12 C2 Acetilcisteína ORAL ACETILCISTEINA UR 600MG 20 COMPR EFERV EN SOBR EFG 3,12 C2 Acetilcisteína ORAL ACETILCISTEINA ACOST 600MG 20 COMPR EFERV TUBO EFG 3,12 C2 Acetilcisteína ORAL ACETILCISTEINA NORMON 100MG 30 SOBR GR SO ORAL EFG 3,12 C2 Acetilcisteína ORAL ACETILCISTEINA NORMON 200MG 30 SOB GRA SO ORAL EFG 3,12 C2 Acetilcisteína ORAL ACETILCISTEINA PENSA 200MG 30 COMPRIM EFERVESC EFG 3,12 C2 Acetilcisteína ORAL ACETILCISTEINA PENSA 600MG 20 COMPRIM EFERVESC EFG 3,12

12 Núm. 288 Lunes 29 de noviembre de 2010 Sec. I. Pág C2 Acetilcisteína ORAL ACETILCISTEINA KERN PHARMA 200 MG COMPRIMIDOS EFERVESCENTES, 30 comprimidos 3,12 C2 Acetilcisteína ORAL ACETILCISTEINA KERN PHARMA 600 MG COMPRIMIDOS EFERVESCENTES, 20 comprimidos 3,12 C2 Acetilcisteína ORAL ACETILCISTEINA CUVE 600 mg polvo para solución oral, 20 sobres 3,12 C2 Acetilcisteína ORAL ACETILCISTEINA CUVEFARMA 600 mg polvo para solución oral, 20 sobres 3,12 C2 Acetilcisteína ORAL Acetilcisteina ANGENERICO 600 mg comprimidos efervescentes, 20 comprimidos (tubo) 3,12 C2 Acetilcisteína ORAL FLUMIL 2% 2G SOLUCION ORAL 200ML 3,12 C2 Acetilcisteína ORAL ACETILC FARMASIERRA 600MG 20 SOB MON POL EFERV EFG 3,12 C2 Acetilcisteína ORAL ACETILCISTEINA BEXAL 100MG/SOB 30 SOB EFG 3,12 C2 Acetilcisteína ORAL ACETILCISTEINA BEXAL 200MG/SOB 30 SOB EFG 3,12 C2 Acetilcisteína ORAL ACETILCISTEINA BEXAL 600MG 20 COMP EFE EFG 3,12 C2 Acetilcisteína ORAL ACETILCISTEINA SANDOZ 200MG 30 SOB GRANU EFG 3,12 C2 Acetilcisteína ORAL ACETILCISTEINA SANDOZ 600MG/SOB 20 SOB EFERV EFG 3,12 C2 Acetilcisteína ORAL ACETILCISTEINA TARBIS 100MG/SOB 30 SOB MONODOS EFG 3,12 C2 Acetilcisteína ORAL ACETILCISTEINA TARBIS 200MG/SOB 30 SOB MONODOS EFG 3,12 C2 Acetilcisteína ORAL ACETILCISTEINA TARBIS 600MG/SOB 20 SOB MONODOS EFG 3,12 C2 Acetilcisteína ORAL ACETILC FARMASIERRA 100MG 30 SOB MON GRA SOL O EFG 3,12 C2 Acetilcisteína ORAL ACETILC FARMASIERRA 200MG 30 SOB MON GRA SOL O EFG 3,12 C2 Acetilcisteína ORAL FLUMIL 200MG/SOBRE 30 SOBRES GRANULADO SOLUC ORAL 3,12 C2 Acetilcisteína ORAL ACETILCISTEINA MYLAN 200 mg granulado para solución oral, 30 sobres 3,12 C2 Acetilcisteína ORAL ACETILCISTEINA MYLAN 600 mg granulado para solucion oral, 20 sobres 3,12 C2 Acetilcisteína ORAL ACETILCISTEINA MYLAN 100 mg granulado para solución oral, 30 sobres 3,12 C2 Acetilcisteína ORAL FLUMIL FORTE 600MG 20 COMPRIMIDOS EFERVERCENTES 3,12 C2 Acetilcisteína ORAL ACETILCISTEINA RATIOPHARM 600MG 20 COMP EFERV EFG 3,12 C2 Acetilcisteína ORAL FLUMIL 4% 200ML SOLUCION ORAL 3,12 C2 Acetilcisteína ORAL ACETILCISTEINA RATIOPHARM 200MG 30 SOB MONODOS EFG 3,12 C3 Aciclovir ORAL ACICLOVIR MABO 800MG 35 COMPRIMIDOS EFG 53,03 C3 Aciclovir ORAL ACICLOVIR CUVE 800 mg comprimidos, 35 comprimidos 53,03 C3 Aciclovir ORAL ACICLOVIR STADA 800MG 35 COMPRIMIDOS EFG 53,03 C3 Aciclovir ORAL ACICLOVIR MUNDOGEN 800MG 35 COMPRIMID DISPERSA EFG 53,03 C3 Aciclovir ORAL ACICLOSTAD 800MG 35 COMPRIMIDOS 53,03 C3 Aciclovir ORAL VIRHERPES FORTE 400 MG/5ML SUSP 100 ML 15,15 C3 Aciclovir ORAL VIRMEN SUSPEN FORTE 400MG/5ML 200ML SUSPEN 30,30 C3 Aciclovir ORAL VIRMEN SUSPEN FORTE 400MG/5ML 100ML SUSPEN 15,15 C3 Aciclovir ORAL ACICLOVIR COMBIX 800 mg comprimidos, 35 comprimidos 53,03 C3 Aciclovir ORAL ACICLOVIR PENSA 800MG 35 COMPRIMIDOS DISPERSAB EFG 53,03 C3 Aciclovir ORAL ACICLOVIR NORMON 800 mg comprimidos, 35 comprimidos 53,03 C3 Aciclovir ORAL ACICLOVIR KORHISPANA 800MG 35 COMPRIMIDOS EFG 53,03 C3 Aciclovir ORAL ACICLOVIR CINFA 800MG 35 COMPRI DISPER EFG 53,03 C3 Aciclovir ORAL VIRHERPES FORTE 400 MG SUSP 200 ML 30,30 C3 Aciclovir ORAL ACICLOVIR BEXAL 800MG 35 COMPRIMIDOS EFG 53,03 C3 Aciclovir ORAL ACICLOVIR KERN PHARMA 800MG 35 COMPRIM DISPERSABLES EFG 53,03 C3 Aciclovir ORAL ACICLOVIR MYLAN 800 mg comprimidos, 35 comprimidos 53,03 C3 Aciclovir ORAL ACICLOVIR RANBAXY 800MG 35 COMPRIMIDOS EFG 53,03 C3 Aciclovir ORAL ZOVIRAX FORTE 400MG 100ML SUSPENSION 15,15

13 Núm. 288 Lunes 29 de noviembre de 2010 Sec. I. Pág C3 Aciclovir ORAL ZOVIRAX FORTE 400MG 200ML SUSPENSION 30,30 C3 Aciclovir ORAL VIRMEN 800MG 35 COMPRIMIDOS DISPERSABLES 53,03 C3 Aciclovir ORAL ACICLOVIR EDIGEN 800MG 35 COMPRIMIDOS DISP EFG 53,03 C3 Aciclovir ORAL ACICLOVIR PHARMAGENUS 800MG 35 COMPRIM EFG 53,03 C3 Aciclovir ORAL ZOVIRAX 800MG 35 COMPRIMIDOS DISPERSABLES 53,03 C4 Aciclovir ORAL PEDIÁTRICO ACICLOVIR MABO 200MG 25 COMPRIMIDOS EFG 9,83 C4 Aciclovir ORAL PEDIÁTRICO ACICLOVIR CUVE 200 mg comprimidos, 25 comprimidos 9,83 C4 Aciclovir ORAL PEDIÁTRICO ACICLOVIR STADA 200MG 25 COMPRIMIDOS EFG 9,83 C4 Aciclovir ORAL PEDIÁTRICO ACICLOVIR MUNDOGEN 200MG 25 COMPRIMIDOS DISPER EFG 9,83 C4 Aciclovir ORAL PEDIÁTRICO ACICLOSTAD 200MG 100 COMPRIMIDOS 39,32 C4 Aciclovir ORAL PEDIÁTRICO ACICLOSTAD 200MG 25 COMPRIMIDOS 9,83 C4 Aciclovir ORAL PEDIÁTRICO ACICLOVIR NORMON 200 mg comprimidos, 25 comprimidos 9,83 C4 Aciclovir ORAL PEDIÁTRICO ACICLOVIR KORHISPANA 200MG 25 COMPRIMIDOS EFG 9,83 C4 Aciclovir ORAL PEDIÁTRICO ACICLOVIR BEXAL 200MG 25 COMPRIMIDOS EFG 9,83 C4 Aciclovir ORAL PEDIÁTRICO ACICLOVIR KERN PHARMA 200MG 25 COMPRIM DISPERSABLES EFG 9,83 C4 Aciclovir ORAL PEDIÁTRICO ACICLOVIR PENSA 200MG 25 COMPRIMIDOS DISPERSAB EFG 9,83 C4 Aciclovir ORAL PEDIÁTRICO ACICLOVIR EDIGEN 200MG 25 COMPRIMIDOS DISP EFG 9,83 C4 Aciclovir ORAL PEDIÁTRICO ACICLOVIR MYLAN 200 mg comprimidos 25, comprimidos 9,83 C4 Aciclovir ORAL PEDIÁTRICO ACICLOVIR PHARMAGENUS 200MG 25 COMPRIM EFG 9,83 C4 Aciclovir ORAL PEDIÁTRICO ZOVIRAX 200MG 25 COMPRIMIDOS DISPERSABLES 9,83 C4 Aciclovir ORAL PEDIÁTRICO VIRMEN 200MG 25 COMPRIMIDOS 9,83 C4 Aciclovir ORAL PEDIÁTRICO ACICLOVIR RANBAXY 200MG 25 COMPRIMIDOS EFG 9,83 C5 Ácido alendrónico ORAL ACIDO ALENDRONICO EDIGEN 10MG 28 COMPRIMIDOS EFG 15,38 C5 Ácido alendrónico ORAL ACIDO ALENDRONICO EDIGEN 70MG 4 COMPRIMIDOS EFG 15,38 C5 Ácido alendrónico ORAL ACIDO ALENDRONICO SEMANAL RATIOPHARM 70MG 4COM EFG 15,38 C5 Ácido alendrónico ORAL ACIDO ALENDRONICO SEMANAL STADA 70MG 4 COMPRIM EFG 15,38 C5 Ácido alendrónico ORAL ACIDO ALENDRONICO SEMANAL ALTER 70MG 4 COMPRIM EFG 15,38 C5 Ácido alendrónico ORAL ÁCIDO ALENDRÓNICO MYLAN 70 mg comprimidos, 4 comprimidos 15,38 C5 Ácido alendrónico ORAL BIFOAL SEMANAL 70MG 4 COMPRIMIDOS 15,38 C5 Ácido alendrónico ORAL CALBION SEMANAL 70MG 4 COMPRIMIDOS 15,38 C5 Ácido alendrónico ORAL ACIDO ALENDRONICO SEMANAL SANDOZ 70MG 4 COMPRI EFG 15,38 C5 Ácido alendrónico ORAL ACIDO ALENDRONICO TEVA 70MG 4 COMPRIMIDOS EFG 15,38 C5 Ácido alendrónico ORAL ÁCIDO ALENDRÓNICO SEMANAL MABO 70 mg COMPRIMIDOS, 4 COMPRIMIDOS 15,38 C5 Ácido alendrónico ORAL ÁCIDO ALENDRÓNICO SEMANAL CUVEFARMA 70 mg comprimidos, 4 COMPRIMIDOS 15,38 C5 Ácido alendrónico ORAL ALENDROCARE SEMANAL 70 MG COMPRIMIDOS, 4 comprimidos 15,38 C5 Ácido alendrónico ORAL ACIDO ALENDRONICO SEMANAL CANTABRIA 70 mg comprimidos, 4 comprimidos 15,38 C5 Ácido alendrónico ORAL ÁCIDO ALENDRÓNICO SEMANAL DAVUR 70 mg comprimidos, 4 comprimidos 15,38 C5 Ácido alendrónico ORAL ÁCIDO ALENDRÓNICO SEMANAL RIMAFAR 70 mg comprimidos, 4 comprimidos 15,38 C5 Ácido alendrónico ORAL SEMANDROL SEMANAL 70 mg comprimidos, 4 comprimidos 15,38 C5 Ácido alendrónico ORAL ACIDO ALENDRONICO SEMANAL RUBIO 70 mg comprimidos, 4 comprimidos 15,38 C5 Ácido alendrónico ORAL ACIDO ALENDRONICO SEMANAL KORHISPANA 70 mg comprimidos, 4 comprimidos 15,38 C5 Ácido alendrónico ORAL ACIDO ALENDRONICO SEMANAL LAREQ 70 mg comprimidos, 4 comprimidos 15,38 C5 Ácido alendrónico ORAL ÁCIDO ALENDRÓNICO SEMANAL KERN PHARMA 70 mg Comprimidos 15,38 C5 Ácido alendrónico ORAL ACIDO ALENDRÓNICO SEMANAL QUALIGEN 70 mg comprimidos, 4 15,38

14 Núm. 288 Lunes 29 de noviembre de 2010 Sec. I. Pág C5 Ácido alendrónico ORAL LEFOSAN SEMANAL 70 mg comprimidos, 4 comprimidos 15,38 C5 Ácido alendrónico ORAL ACIDO ALENDRONICO SEMANAL PHARMAGENUS 70 mg comprimidos, 4 comprimidos 15,38 C5 Ácido alendrónico ORAL ACIDO ALENDRONICO SEMANAL TECNIGEN 70 mg comprimidos, 4 comprimidos 15,38 C5 Ácido alendrónico ORAL ACIDO ALENDRONICO SEMANAL FARMALIDER 70 mg comprimidos recubiertos con película, 4 comprimidos 15,38 C5 Ácido alendrónico ORAL ACIDO ALENDRONICO SEMANAL FARMALID 70 mg comprimidos recubiertos con película, 4 comprimidos 15,38 C5 Ácido alendrónico ORAL ACIDO ALENDRONICO SEMANAL LIDERFARM 70 mg comprimidos recubiertos con película, 4 comprimidos 15,38 C5 Ácido alendrónico ORAL ACIDO ALENDRONICO SEMANAL ALMUS 70 mg comprimidos recubiertos con película 4 comprimidos 15,38 C5 Ácido alendrónico ORAL ACIDO ALENDRONICO SEMANAL COMBIX 70 mg comprimidos recubiertos con película, 4 comprimidos 15,38 C5 Ácido alendrónico ORAL ACIDO ALENDRONICO SEMANAL VIR 70 mg comprimidos, 4 comprimidos 15,38 C5 Ácido alendrónico ORAL ACIDO ALENDRONICO SEMANAL RANBAXY 70 mg comprimidos, 4 comprimidos 15,38 C5 Ácido alendrónico ORAL ÁCIDO ALENDRÓNICO SEMANAL CINFA 70 mg comprimidos, 4 comprimidos 15,38 C5 Ácido alendrónico ORAL ÁCIDO ALENDRÓNICO SEMANAL PENSA 70 mg comprimidos, 4 comprimidos 15,38 C5 Ácido alendrónico ORAL ACIDO ALENDRONICO SEMANAL RANBAXYGEN 70 mg Comprimidos, 4 comprimidos 15,38 C5 Ácido alendrónico ORAL ACIDO ALENDRONICO SEMANAL NORMON 70 mg Comprimidos,4 comprimidos 15,38 C5 Ácido alendrónico ORAL ADELAN SEMANAL 70 mg Comprimidos, 4 comprimidos 15,38 C5 Ácido alendrónico ORAL ALENVIR SEMANAL 70 mg comprimidos, 4 comprimidos 15,38 C5 Ácido alendrónico ORAL ÁCIDO ALENDRÓNICO APOTEX 70 mg comprimidos,4 comprimidos 15,38 C5 Ácido alendrónico ORAL FOSAMAX 10MG 28 COMPRIMIDOS 15,38 C5 Ácido alendrónico ORAL FOSAMAX SEMANAL 70MG 4 COMPRIMIDOS 15,38 C6 Alfuzosina ORAL ALFUZOSINA WINTHROP 10MG 30 COMP LIB PROLONGAD EFG 11,83 C6 Alfuzosina ORAL ALFUZOSINA WINTHROP 5 mg comprimidos de liberacion prolongada, 60 comprimidos 11,83 C6 Alfuzosina ORAL ALFUZOSINA WINTHROP 2,5 mg comprimidos recubiertos con película, 60 comprimidos 5,91 C6 Alfuzosina ORAL ALFUZOSINA WINTHROP 2,5 mg comprimidos recubiertos con película, 90 comprimidos 8,87 C6 Alfuzosina ORAL ALFUZOSINA STADA 5MG 60 COMPRIMID LIBER PROLON EFG 11,83 C6 Alfuzosina ORAL ALFUZOSINA STADA 10MG 30 COMPRIM LIBERA PROLOG EFG 11,83 C6 Alfuzosina ORAL ALFUZOSINA BEXAL 10MG 30 COMPRIM LIBER PROLONG EFG 11,83 C6 Alfuzosina ORAL ALFUZOSINA BEXAL 5MG 60 COMPRIMID LIBER PROLON EFG 11,83 C6 Alfuzosina ORAL ALFUZOSINA SANDOZ 10MG 30 COMPRIM LIBER PROLON EFG 11,83 C6 Alfuzosina ORAL ALFUZOSINA SANDOZ 5MG 60 COMPRIM LIBER PROLONG EFG 11,83 C6 Alfuzosina ORAL ALFUZOSINA UR 10MG 30 COMPRIMID LIBERA PROLONG EFG 11,83 C6 Alfuzosina ORAL ALFUZOSINA UR 5MG 60 COMPRIMID LIBERAC PROLONG EFG 11,83 C6 Alfuzosina ORAL ALFUZOSINA RATIOPHARM 10MG 30 COMPR LIBER PROL EFG 11,83 C6 Alfuzosina ORAL ALFUZOSINA MYLAN 10 mg comprimidos de liberación prolongada, 30 comprimidos 11,83 C6 Alfuzosina ORAL ALFUZOSINA TEVA 5 mg comprimidos de liberación prolongada, 60 comprimidos 11,83 C6 Alfuzosina ORAL ALFUZOSINA TEVA 10 mg comprimidos de liberación prolongada, 30 comprimidos 11,83 C6 Alfuzosina ORAL ALFUZOSINA TEVA 2,5 mg comprimidos recubiertos con película, 60 comprimidos 5,91 C6 Alfuzosina ORAL ALFUZOSINA TEVA 2,5 mg comprimidos recubiertos con película, 90 comprimidos 8,87 C6 Alfuzosina ORAL ALFUZOSINA ALTER 10 mg comprimidos de liberación prolongada, 30 comprimidos 11,83 C6 Alfuzosina ORAL UNIBENESTAN 10MG 30 COMPRIMIDOS LIBERACION PROLON 11,83 C6 Alfuzosina ORAL BENESTAN 2,5MG 60 COMPRIMIDOS RECUBIERTOS 5,91 C6 Alfuzosina ORAL BENESTAN 2.5MG 90 COMPRIMIDOS RECUBIERTOS 8,87 C7 Alopurinol ORAL ALOPURINOL CINFA 300 mg comprimidos, 30 comprimidos 3,12 C7 Alopurinol ORAL ALOPURINOL CINFA 100 mg comprimidos, 25 comprimidos 3,12 C7 Alopurinol ORAL ALOPURINOL CINFA 100 mg comprimidos, 100 comprimidos 3,12

15 Núm. 288 Lunes 29 de noviembre de 2010 Sec. I. Pág C7 Alopurinol ORAL ALOPURINOL PENSA 100 mg comprimidos, 25 comprimidos 3,12 C7 Alopurinol ORAL ALOPURINOL PENSA 100 mg comprimidos, 100 comprimidos 3,12 C7 Alopurinol ORAL ALOPURINOL PENSA 300 mg comprimidos, 30 comprimidos 3,12 C7 Alopurinol ORAL ALOPURINOL TEVA 300 mg comprimidos, 30 comprimidos 3,12 C7 Alopurinol ORAL ALOPURINOL TEVA 100 mg comprimidos, 100 comprimidos 3,12 C7 Alopurinol ORAL ALOPURINOL MUNDOGEN 300MG 30 COMPRIMIDOS EFG 3,12 C7 Alopurinol ORAL ALOPURINOL MUNDOGEN 100MG 100 COMPRIMIDOS EFG 3,12 C7 Alopurinol ORAL ALOPURINOL MUNDOGEN 100MG 25 COMPRIMIDOS EFG 3,12 C7 Alopurinol ORAL ALOPURINOL RATIOPHARM 300MG 30 COMPRIMIDOS EFG 3,12 C7 Alopurinol ORAL ALOPURINOL FAES 100MG 25 COMPRIMIDOS EFG 3,12 C7 Alopurinol ORAL ALOPURINOL FAES 100MG 100 COMPRIMIDOS EFG 3,12 C7 Alopurinol ORAL ALOPURINOL FAES 300MG 30 COMPRIMIDOS EFG 3,12 C7 Alopurinol ORAL ZYLORIC 100MG 100 COMPRIMIDOS 3,12 C7 Alopurinol ORAL ZYLORIC 100MG 25 COMPRIMIDOS 3,12 C7 Alopurinol ORAL ALOPURINOL NORMON 100MG 25 COMPRIMIDOS EFG 3,12 C7 Alopurinol ORAL ALOPURINOL NORMON 100MG 100 COMPRIMIDOS EFG 3,12 C7 Alopurinol ORAL ALOPURINOL NORMON 300MG 30 COMPRIMIDOS EFG 3,12 C7 Alopurinol ORAL ZYLORIC 300MG 30 COMPRIMIDOS 3,12 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM EFARMES 0,5MG 30 COMPRIMIDOS EFG 3,12 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM EFARMES 0,25MG 30 COMPRIMIDOS EFG 3,12 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM EFARMES 1MG 30 COMPRIMIDOS EFG 3,12 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM EFARMES 2MG 30 COMPRIMIDOS EFG 4,85 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM EFARMES 2MG 50 COMPRIMIDOS EFG 8,08 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM STADA 2MG 30 COMPRIMIDOS EFG 4,85 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM STADA 2MG 50 COMPRIMIDOS EFG 8,08 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM STADA 1MG 30 COMPRIMIDOS EFG 3,12 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM STADA 0,5MG 30 COMPRIMIDOS EFG 3,12 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM STADA 0,25MG 30 COMPRIMIDOS EFG 3,12 C8 Alprazolam ORAL Alprazolam Ranbaxy 2 mg comprimidos, 30 comprimidos 4,85 C8 Alprazolam ORAL Alprazolam Ranbaxy 2 mg comprimidos, 50 comprimidos 8,08 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM RANBAXY 1MG 30 COMPRIMIDOS EFG 3,12 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM RANBAXY 0,25MG 30 COMPRIMIDOS EFG 3,12 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM SANDOZ 2MG 50 COMPRIMIDOS EFG 8,08 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM SANDOZ 2MG 30 COMPRIMIDOS EFG 4,85 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM SANDOZ 0,25MG 30 COMPRIMIDOS EFG 3,12 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM SANDOZ 0,50MG 30 COMPRIMIDOS EFG 3,12 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM SANDOZ 1MG 30 COMPRIMIDOS EFG 3,12 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM MYLAN 1 mg comprimidos, 30 comprimidos 3,12 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM MYLAN 0,5 mg comprimidos, 30 comprimidos 3,12 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM MYLAN 0,25 mg comprimidos, 30 comprimidos 3,12 C8 Alprazolam ORAL TRANKIMAZIN 1MG 30 COMPRIMIDOS 3,12 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM TARBIS 0,25MG 30 COMPRIMIDOS RANUR EFG 3,12 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM TARBIS 0,5MG 30 COMPRIMIDOS RANUR EFG 3,12 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM TARBIS 1MG 30 COMPRIMIDOS RANUR EFG 3,12

16 Núm. 288 Lunes 29 de noviembre de 2010 Sec. I. Pág C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM TARBIS 2MG 30 COMPRIMIDOS RANUR EFG 4,85 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM TARBIS 2MG 50 COMPRIMIDOS RANUR EFG 8,08 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM KERN PHARMA 1 mg comprimidos, 30 Comprimido 3,12 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM KERN PHARMA 0,5 mg comprimidos, 30 Comprimido 3,12 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM KERN PHARMA 0,25 mg comprimidos 30 comprimidos 3,12 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM KERN PHARMA 2 mg comprimidos 30 Comprimido 4,85 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM KERN PHARMA 2 mg comprimidos 50 Comprimido 8,08 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM UR 0,25 mg comprimidos, 30 comprimidos 3,12 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM UR 0,5 mg comprimidos, 30 comprimidos 3,12 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM UR 1 mg comprimidos, 30 comprimidos 3,12 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM UR 2 mg comprimidos, 30 comprimidos 4,85 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM UR 2 mg comprimidos, 50 comprimidos 8,08 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM DIASA 0,25MG 30 COMPRIMIDOS EFG 3,12 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM DIASA 0,50MG 30 COMPRIMIDOS EFG 3,12 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM DIASA 1MG 30 COMPRIMIDOS EFG 3,12 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM DIASA 2MG 30 COMPRIMIDOS EFG 4,85 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM DIASA 2MG 50 COMPRIMIDOS EFG 8,08 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM CINFA 2MG 30 COMPRIMIDOS EFG 4,85 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM CINFA 2MG 50 COMPRIMIDOS EFG 8,08 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM CINFA 1MG 30 COMPRIMIDOS EFG 3,12 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM CINFA 0,5MG 30 COMPRIMIDOS EFG 3,12 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM NORMON 0,25MG 30 COMPRIMIDOS EFG 3,12 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM NORMON 0,5MG 30 COMPRIMIDOS EFG 3,12 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM NORMON 1MG 30 COMPRIMIDOS EFG 3,12 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM NORMON 2MG 30 COMPRIMIDOS EFG 4,85 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM NORMON 2MG 50 COMPRIMIDOS EFG 8,08 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM PENSA 0,25MG 30 COMPRIMIDOS EFG 3,12 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM PENSA 0,5MG 30 COMPRIMIDOS EFG 3,12 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM PENSA 1MG 30 COMPRIMIDOS EFG 3,12 C8 Alprazolam ORAL TRANKIMAZIN 0,25MG 30 COMPRIMIDOS 3,12 C8 Alprazolam ORAL TRANKIMAZIN 0,5MG 30 COMPRIMIDOS 3,12 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM MABO 0,5MG 30 COMPRIMIDOS EFG 3,12 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM MABO 1MG 30 COMPRIMIDOS EFG 3,12 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM MABO 2MG 30 COMPRIMIDOS EFG 4,85 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM MABO 2MG 50 COMPRIMIDOS EFG 8,08 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM RATIOPHARM 2MG 30 COMPRIMIDOS EFG 4,85 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM RATIOPHARM 2MG 50 COMPRIMIDOS EFG 8,08 C8 Alprazolam ORAL TRANKIMAZIN 0,75MG/ML 20ML GOTAS ORALES EN SOLUC 3,12 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM CINFA 0,25MG 30 COMPRIMIDOS EFG 3,12 C8 Alprazolam ORAL TRANKIMAZIN 2MG 30 COMPRIMIDOS 4,85 C8 Alprazolam ORAL TRANKIMAZIN 2MG 50 COMPRIMIDOS 8,08 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM RATIOPHARM 0,5MG 30 COMPRIMIDOS EFG 3,12 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM RATIOPHARM 1MG 30 COMPRIMIDOS EFG 3,12 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM RANBAXY 0,5MG 30 COMPRIMIDOS EFG 3,12

17 Núm. 288 Lunes 29 de noviembre de 2010 Sec. I. Pág C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM EDIGEN 0,25MG 30 COMPRIMIDOS EFG 3,12 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM EDIGEN 0,5MG 30 COMPRIMIDOS EFG 3,12 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM EDIGEN 1MG 30 COMPRIMIDOS EFG 3,12 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM EDIGEN 2MG 30 COMPRIMIDOS EFG 4,85 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM EDIGEN 2MG 50 COMPRIMIDOS EFG 8,08 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM RATIOPHARM 0,25MG 30 COMPRIMIDOS EFG 3,12 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM MYLAN 2 mg comprimidos, 30 comprimidos 4,85 C8 Alprazolam ORAL ALPRAZOLAM MYLAN 2 mg comprimidos, 50 comprimidos 8,08 C9 Ambroxol ORAL Mucosan 30 mg/5 ml jarabe, 250 ml JARABE 5,15 C9 Ambroxol ORAL AMBROXOL BEXAL 15MG/5ML 200ML JARABE EFG 3,12 C9 Ambroxol ORAL AMBROXOL EDIGEN 15MG/5ML JARABE 200ML EFG 3,12 C9 Ambroxol ORAL AMBROXOL CINFA 15MG/5ML 200ML JARABE EFG 3,12 C9 Ambroxol ORAL MUCOSAN 15MG/5ML 200ML JARABE 3,12 C9 Ambroxol ORAL MOTOSOL 15MG/5ML 200ML JARABE 3,12 C9 Ambroxol ORAL AMBROXOL APHAR 15MG/5ML 200ML JARABE EFG 3,12 C9 Ambroxol ORAL AMBROXOL NORMON 15MG/5ML 200ML JARABE EFG 3,12 C9 Ambroxol ORAL MUCOSAN 60MG/SOBRE 20 SOBRES GRANULADO 4,12 C9 Ambroxol ORAL MOTOSOL GRANULADO 60MG 20 SOBRES 4,12 C9 Ambroxol ORAL MUCOSAN 30MG 20 COMPRIMIDOS 3,12 C9 Ambroxol ORAL NAXPA 30MG 20 COMPRIMIDOS 3,12 C9 Ambroxol ORAL NAXPA 15MG 200ML JARABE 3,12 C9 Ambroxol ORAL MOTOSOL 30MG 20 COMPRIMIDOS 3,12 C9 Ambroxol ORAL MUCIBRON 15MG/5ML 200ML SOLUCION ORAL 3,12 C9 Ambroxol ORAL DINOBROXOL 15 MG/5 ML JARABE 200 ML 3,12 C9 Ambroxol ORAL AMBROXOL RATIOPHARM 15MG/5ML 200ML JARABE EFG 3,12 C10 Amikacina PARENTERAL AMIKACINA GENFARMA 125MG/2ML 1 VIAL SOLUC INYE EFG 3,12 C10 Amikacina PARENTERAL AMIKACINA GENFARMA 500MG/2ML 1 VIAL SOLUC INY EFG 3,12 C10 Amikacina PARENTERAL AMIKACINA SALA 125MG/2ML 1 VIAL SOLUCION INYEC EFG 3,12 C10 Amikacina PARENTERAL AMIKACINA SALA 500MG/2ML 1 VIAL SOLUCION INYEC EFG 3,12 C10 Amikacina PARENTERAL AMIKACINA G.E.S. 500MG/2ML 1 VIAL SOLUCION INY EFG 3,12 C10 Amikacina PARENTERAL AMIKACINA G.E.S. 125MG/2ML 1 VIAL SOLUCIO INY EFG 3,12 C10 Amikacina PARENTERAL AMIKACINA COMBINO PHARM 125MG/ML 1 VIAL 2ML EFG 3,12 C10 Amikacina PARENTERAL AMIKACINA COMBINO PHARM 250MG/ML 1 VIAL 2ML EFG 3,12 C10 Amikacina PARENTERAL AMIKACINA COMBINO PHARM 250MG/ML 1 VIAL 4ML EFG 4,06 C10 Amikacina PARENTERAL AMIKACINA NORMON 500MG/VIAL 1 VIAL 2ML SOL INY EFG 3,12 C10 Amikacina PARENTERAL AMIKACINA NORMON 250MG/VIAL 1 VIAL 2ML SOL INY EFG 3,12 C10 Amikacina PARENTERAL AMICACINA BRAUN 500MG 1 VIAL 2ML 3,12 C11 Amlodipino ORAL BLOTENSOR 10 mg comprimidos, 30 comprimidos 6,78 C11 Amlodipino ORAL BLOTENSOR 5 mg comprimidos, 30 comprimidos 3,39 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO SANOFI-AVENTIS 5 mg comprimidos, 30 comprimidos 3,39 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO SANOFI-AVENTIS 10 mg Comprimidos, 30 comprimidos 6,78 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO RATIOMED 5 mg comprimidos, 30 comprimidos 3,39 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO RATIOMED 10 mg comprimidos, 30 comprimidos 6,78 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO CINFA 5MG 30 COMPRIMIDOS EFG 3,39

18 Núm. 288 Lunes 29 de noviembre de 2010 Sec. I. Pág C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO CINFA 10MG 30 COMPRIMIDOS EFG 6,78 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO APOTEX 5 mg comprimidos, 30 comprimidos 3,39 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO APOTEX 10 mg comprimidos, 30 comprimidos 6,78 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO TEVA 10MG 30 COMPRIMIDOS EFG 6,78 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO TEVA 5MG 30 COMPRIMIDOS EFG 3,39 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO RANBAXY 5 mg comprimidos, 30 comprimidos 3,39 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO RANBAXY 10 mg comprimidos, 30 comprimidos 6,78 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO ARGENOL 5 mg comprimidos, 30 comprimidos 3,39 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO ARGENOL 10 mg comprimidos 30 comprimidos 6,78 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO STADA 5 mg comprimidos, 30 comprimidos 3,39 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO STADA 10 mg comprimidos, 30 comprimidos 6,78 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO NORMON 5 mg Comprimidos, 30 comprimidos 3,39 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO NORMON 10 mg Comprimidos, 30 comprimidos 6,78 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO RATIOPHARM 5 mg comprimidos, 30 comprimidos 3,39 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO RATIOPHARM 10 mg comprimidos, 30 comprimidos 6,78 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO VIR 10 mg comprimidos, 14 comprimidos 3,16 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO VIR 5 mg comprimidos, 28 comprimidos 3,16 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO MYLAN 5 mg comprimidos, 30 comprimidos 3,39 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO MYLAN 10 mg comprimidos, 30 comprimidos 6,78 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO WINTHROP 5 mg comprimidos, 30 comprimidos 3,39 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO WINTHROP 10 mg comprimidos, 30 comprimidos 6,78 C11 Amlodipino ORAL ARAINNO 5 mg comprimidos, 30 comprimidos 3,39 C11 Amlodipino ORAL ARAINNO 10 mg comprimidos, 30 comprimidos 6,78 C11 Amlodipino ORAL Amlodipino DAVUR 10 mg comprimidos, 30 comprimidos 6,78 C11 Amlodipino ORAL Amlodipino DAVUR 5mg comprimidos, 30 comprimidos 3,39 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO (MESILATO) RIMAFAR 10 mg comprimidos, 30 comprimidos 6,78 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO (MESILATO) RIMAFAR 5 mg comprimidos, 30 comprimidos 3,39 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO CUVEFARMA 5 mg comprimidos, 30 comprimidos 3,39 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO CUVEFARMA 10 mg comprimidos, 30 comprimidos 6,78 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO SANDOZ 5 mg comprimidos, 30 comprimidos 3,39 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO SANDOZ 10 mg comprimidos, 30 comprimidos 6,78 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO BEXAL 5 mg comprimidos, 30 comprimidos 3,39 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO BEXAL 10 mg comprimidos, 30 comprimidos 6,78 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO ACOST 5 MG comprimidos 30 comprimidos 3,39 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO ACOST 10 MG COMPRIMIDOS, 30 COMPRIMIDOS 6,78 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO TECNIGEN 10 mg comprimidos, 30 comprimidos 6,78 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO TECNIGEN 5 mg comprimidos, 30 comprimidos 3,39 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO ABEX 5 mg comprimidos, 30 comprimidos 3,39 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO ABEX 10 mg comprimidos, 30 comprimidos 6,78 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO APHAR 5 mg comprimidos, 30 comprimidos 3,39 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO APHAR 10 mg comprimidos, 30 comprimidos 6,78 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO REDDYPHARMA 5 MG comprimidos, 30 comprimidos 3,39 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO REDDYPHARMA 10 MG COMPRIMIDOS, 30 comprimidos 6,78 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO PHARMACIA 5 mg comprimidos, 30 comprimidos 3,39

19 Núm. 288 Lunes 29 de noviembre de 2010 Sec. I. Pág C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO PHARMACIA 10 mg comprimidos, 30 comprimidos 6,78 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO QUALIGEN 5 mg comprimidos, 30 comprimidos 3,39 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO QUALIGEN 10 mg comprimidos, 30 comprimidos 6,78 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO LAREQ 5 mg comprimidos, 30 comprimidos 3,39 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO LAREQ 10 mg comprimidos, 30 comprimidos 6,78 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO PENSA 5 mg comprimidos, 30 comprimidos 3,39 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO PENSA 10 mg comprimidos, 30 comprimidos 6,78 C11 Amlodipino ORAL ZABART 5 mg comprimidos, 30 comprimidos 3,39 C11 Amlodipino ORAL ZABART 10 mg comprimidos, 30 comprimidos 6,78 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO URLABS 5 mg comprimidos, 30 comprimidos 3,39 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO URLABS 10 mg comprimidos, 30 comprimidos 6,78 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO KORHISPANA 10 mg comprimidos, 30 comprimidos 6,78 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO KORHISPANA 5 mg comprimidos, 30 comprimidos 3,39 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO UXA 5 mg comprimidos, 30 comprimidos 3,39 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO UXA 10 mg comprimidos, 30 comprimidos 6,78 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO MABO 5 mg comprimidos, 30 comprimidos 3,39 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO MABO 10 mg comprimidos, 30 comprimidos 6,78 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO TARBIS 5 mg comprimidos, 30 comprimidos 3,39 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO TARBIS 10 mg comprimidos, 30 comprimidos 6,78 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO DR. GALENUS 10 mg comprimidos, 30 comprimidos 6,78 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO QUASSET 5 mg comprimidos, 30 comprimidos 3,39 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO QUASSET 10 mg comprimidos, 30 comprimidos 6,78 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO DR. GALENUS 5 mg comprimidos, 30 comprimidos 3,39 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO ALMUS 5 mg comprimidos, 30 comprimidos 3,39 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO ALMUS 10 mg comprimidos, 30 comprimidos 6,78 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO ABDRUG 5 mg comprimidos bucodispersables, 30 comprimidos 3,39 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO ABDRUG 10 mg comprimidos bucodispersables, 30 comprimidos 6,78 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO BD-MABO 5 mg comprimidos bucodispersables, 30 comprimidos 3,39 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO BD-MABO 10 mg comprimidos bucodispersables, 30 comprimidos 6,78 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO TEDEC 5 mg comprimidos bucodispersables, 30 comprimidos 3,39 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO TEDEC 10 mg comprimidos bucodispersables, 30 comprimidos 6,78 C11 Amlodipino ORAL ASTUDAL 5MG 30 COMPRIMIDOS 3,39 C11 Amlodipino ORAL PRESDETEN 5MG 30 COMPRIMIDOS 3,39 C11 Amlodipino ORAL PRESDETEN 10MG 30 COMPRIMIDOS 6,78 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO PHARMAGENUS 10 mg comprimidos, 30 comprimidos 6,78 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO PHARMAGENUS 5 mg comprimidos, 30 comprimidos 3,39 C11 Amlodipino ORAL ASTUDAL 10MG 30 COMPRIMIDOS 6,78 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO KERN PHARMA 5MG 30 COMP EFG 3,39 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO KERN PHARMA 10MG 30 COMP EFG 6,78 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO PHARMAKERN 5 mg comprimidos, 30 comprimidos 3,39 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO PHARMAKERN 10 mg comprimidos, 30 comprimidos 6,78 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO ALTER 5MG 30 COMPRIMIDOS 3,39 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO ALTER 10MG 30 COMPRIMIDOS EFG 6,78 C11 Amlodipino ORAL NORVAS 5MG 30 COMPRIMIDOS 3,39

20 Núm. 288 Lunes 29 de noviembre de 2010 Sec. I. Pág C11 Amlodipino ORAL NORVAS 10MG 30 COMPRIMIDOS 6,78 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO BEXALABS 5 mg comprimidos, 30 comprimidos 3,39 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO BEXALABS 10 mg comprimidos, 30 comprimidos 6,78 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO UR 5MG 30 COMPRIMIDOS EFG 3,39 C11 Amlodipino ORAL AMLODIPINO UR 10MG 30 COMPRIMIDOS EFG 6,78 C12 Amoxicilina ORAL AMOXICILINA TEVA 1G 12 SOBRES POLVO SUSP ORAL EFG 3,12 C12 Amoxicilina ORAL AMOXICILINA TEVA 1G 12 COMPRIMIDO EFG 3,12 C12 Amoxicilina ORAL AMOXICILINA TEVA 500MG 12 CAPSULAS EFG 3,12 C12 Amoxicilina ORAL AMOXICILINA TEVA 500MG 24 CAPSULAS EFG 3,12 C12 Amoxicilina ORAL AMOXICILINA JUVENTUS 1G 12 SOB POLVO SUSP ORAL EFG 3,12 C12 Amoxicilina ORAL AMOXICILINA JUVENTUS 1G 12 COMPRIMIDOS EFG 3,12 C12 Amoxicilina ORAL AMOXICILINA ARDINE 500MG 12 CAPSULAS EFG 3,12 C12 Amoxicilina ORAL AMOXICILINA ARDINE 500MG 24 CAPSULAS EFG 3,12 C12 Amoxicilina ORAL AMOXICILINA ARDINE 1G 12 COMPRIMIDOS EFG 3,12 C12 Amoxicilina ORAL AMOXICILINA ARDINE 1G 12 SOBRES POL SUSP ORAL EFG 3,12 C12 Amoxicilina ORAL AMOXICILINA ARDINE 500MG 16 SOBR POLV SUSP ORL EFG 3,12 C12 Amoxicilina ORAL AMOXICILINA ARDINE 500MG 24 SOBR POLV SUSP ORL EFG 3,12 C12 Amoxicilina ORAL AMOXICILINA ARDINE 500MG 12 COMPRIMIDOS EFG 3,12 C12 Amoxicilina ORAL AMOXICILINA ARDINE 500MG 24 COMPRIMIDOS EFG 3,12 C12 Amoxicilina ORAL AMOXICILINA RATIOPHARM 750MG 12 COMP RECUB EFG 3,12 C12 Amoxicilina ORAL APAMOX 500MG 12 CAPSULAS 3,12 C12 Amoxicilina ORAL APAMOX 500MG 24 CAPSULAS 3,12 C12 Amoxicilina ORAL AMOXICILINA J. Y A. SABATER 500 mg, 24 Cápsulas 3,12 C12 Amoxicilina ORAL AMOXICILINA RATIOPHARM 1000MG 12 COMP RECUB EFG 3,12 C12 Amoxicilina ORAL AMOXICILINA RATIOPHARM 500MG 12 COMP RECUB EFG 3,12 C12 Amoxicilina ORAL AMOXICILINA MUNDOGEN 500MG 24 SOBRES SUSPENS EFG 3,12 C12 Amoxicilina ORAL AMOXICILINA MUNDOGEN 500 mg cápsulas duras, 24 cápsulas 3,12 C12 Amoxicilina ORAL AMOXICILINA KERN PHARMA 500 mg cápsulas, 12 cápsulas (Blister PVC/Aclar/Aluminio) 3,12 C12 Amoxicilina ORAL AMOXICILINA KERN PHARMA 500 mg cápsulas, 12 cápsulas (Blister PVC-PVDC-Aluminio) 3,12 C12 Amoxicilina ORAL AMOXICILINA KERN PHARMA 500 mg cápsulas, 24 cápsulas (Blister PVC/Aclar/Aluminio) 3,12 C12 Amoxicilina ORAL AMOXICILINA KERN PHARMA 500 mg cápsulas, 24 cápsulas (Blister PVC-PVDC-Aluminio) 3,12 C12 Amoxicilina ORAL AMOXICILINA SANDOZ 1000 mg comprimidos dispersables, 12 comprimidos 3,12 C12 Amoxicilina ORAL AMOXICILINA SANDOZ 750 mg comprimidos dispersables, 12 comprimidos 3,12 C12 Amoxicilina ORAL AMOXICILINA BELMAC 500MG 12 CAPSULAS EFG 3,12 C12 Amoxicilina ORAL AMOXICILINA NORMON 1 g comprimidos, 24 comprimidos 4,16 C12 Amoxicilina ORAL AMOXICILINA NORMON 750 mg Comprimidos, 24 comprimidos 3,12 C12 Amoxicilina ORAL AMOXICILINA ARDINE 1 g comprimidos, 24 comprimidos 4,16 C12 Amoxicilina ORAL AMOXICILINA ARDINE 1g polvo para suspensión oral, 24 sobres 4,16 C12 Amoxicilina ORAL AMOXICILINA CINFA 1 g COMPRIMIDOS, 24 comrpimidos 4,16 C12 Amoxicilina ORAL AMOXICILINA CINFA 1 g polvo para suspensión oral, 24 sobres 4,16 C12 Amoxicilina ORAL AMOXICILINA BELMAC 1 g comprimidos, 24 comprimidos 4,16 C12 Amoxicilina ORAL AMOXICILINA SANDOZ 750 mg comprimidos recubiertos, 24 comprimidos 3,12 C12 Amoxicilina ORAL AMOXICILINA SANDOZ 1 g comprimidos recubiertos, 24 comprimidos 4,16 C12 Amoxicilina ORAL AMOXICILINA DAVUR 1 g comprimidos, 24 comprimidos 4,16

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