SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN GESTIÓN DE EVALUACIÓN, CONTROL Y SEGUIMIENTO AMBIENTAL.
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- Julio Piñeiro Rey
- hace 7 años
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1 Página 1 de 6 1. OBJETIVO Establecer el procedimiento para r de plan de gestión integral de residuos hospitalarios y similares PGIRHS (componente externo); de actividades de recolección y transporte de residuos peligrosos o de otras actividades que no requieren licencia, permiso, concesión y/o autorización ambiental previa. 2. ALCANCE Inicia con la recepción de la información en torno al plan de gestión integral de residuos hospitalarios y similares PGIRHS (componente externo); de la información referente a actividades de recolección y transporte de residuos peligrosos o de la información de otras actividades o proyectos que no requieren licencia, permiso, concesión y/o autorización ambiental previa, hasta la verificación del cumplimiento de la normatividad ambiental a través del correspondiente seguimiento. 3. DEFINICIONES Gestión: Es un conjunto de los métodos, procedimientos y acciones desarrollados por la Gerencia, Dirección o Administración del generador de residuos hospitalarios y similares, sean estas personas naturales y jurídicas y por los prestadores del servicio de desactivación y del servicio público especial de aseo, para garantizar el cumplimiento de la normatividad vigente sobre residuos hospitalarios y similares. Gestión integral: Es el manejo que implica la cobertura y planeación de todas las actividades relacionadas con la gestión de los residuos hospitalarios y similares desde su generación hasta su disposición final. Generador: Es la persona natural o jurídica que produce residuos hospitalarios y similares en desarrollo de las actividades, manejo e instalaciones relacionadas con la prestación de servicios de salud, incluidas las acciones de promoción de la salud, prevención de la enfermedad, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación; la docencia e investigación con organismos vivos o con cadáveres; los bioterios y laboratorios de biotecnología; los cementerios, morgues, funerarias y hornos crematorios; los consultorios, clínicas, farmacias, centros de pigmentación y/o tatuajes, laboratorios veterinarios, centros de zoonosis, zoológicos, laboratorios farmacéuticos y de producción de dispositivos médicos.
2 Página 2 de 6 Manual de Procedimientos para la Gestión Integral de Residuos Hospitalarios y Similares MPGIRH: Documento en el cual se establecen los procedimientos, procesos, actividades y estándares de microorganismos que deben adoptarse y realizarse en los componentes interno y externo de la gestión de los residuos provenientes del generador Plan de Gestión Integral de Residuos Hospitalarios y Similares PGIRH: Es el documento diseñado por los generadores, los prestadores del servicio de desactivación y especial de aseo, el cual contiene de una manera organizada y coherente las actividades necesarias que garanticen la Gestión Integral de los Residuos Hospitalarios y Similares, de acuerdo con los lineamientos del manual de procedimientos. Prestadores del servicio público especial de aseo: Son las personas naturales o jurídicas encargadas de la prestación del Servicio Público Especial de Aseo para residuos hospitalarios peligrosos, el cual incluye entre otras, las actividades de recolección, transporte, aprovechamiento, tratamiento y disposición final de los mismos, mediante la utilización de la tecnología apropiada, a la frecuencia requerida y con observancia de los procedimientos establecidos por los Ministerios del Medio Ambiente y de Salud, de acuerdo con sus competencias, con el fin de efectuar la mejor utilización social y económica de los recursos administrativos, técnicos y financieros disponibles en beneficio de los usuarios de tal forma que se garantice la salud pública y la preservación del medio ambiente. Prestadores del servicio de desactivación: Son las personas naturales o jurídicas que prestan el servicio de desactivación dentro de las instalaciones del generador, o fuera de él, mediante técnicas que aseguren los estándares de desinfección establecidos por los Ministerios del Medio Ambiente y de Salud de conformidad con sus competencias. Concepto Oficina Jurídica del MAVDT hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible: En torno a los PGIRHS, la Oficina Asesora Jurídica del MAVDT en fecha 27 de marzo de 2006 luego de analizar lo dispuesto en el artículo 7 del decreto 2676 de 2000 modificado por el artículo 6 del decreto 1669 de 2002 y las disposiciones del literal b) del artículo 10 y articulo 33 del decreto 4741 de 2005 conceptuó que de conformidad con el decreto 4741/05, el Plan de Gestión Integral de Residuos Hospitalarios no requiere ser presentado a la autoridad ambiental; no obstante cuando dicha autoridad realice las actividades de inspección, control y seguimiento, en ejercicio de esas funciones el generador presentará el PGIRHS a la autoridad ambiental para verificar su cumplimiento.
3 Página 3 de 6 Aceite usado : El aceite usado es clasificado como residuo peligroso en los numerales 8 y 9 del Anexo 1 del Convenio de Basilea, aprobado por Colombia a través de la Ley 253 de y en los numerales 8 y 9 del Anexo 1 del decreto 4741 de A la luz de lo establecido en el numeral 10 del artículo 9 del decreto 2820 de 2010, las Corporaciones Autónomas Regionales son competentes para otorgar o negar la Licencia para los proyectos referentes a la La construcción y operación de instalaciones cuyo objeto sea el almacenamiento, aprovechamiento, recuperación y/o disposición final de residuos o desechos peligrosos La sola actividad de recolección y movilización de aceite usado no requiere licencia ambiental, si el proyecto no incluye la construcción y operación de instalaciones cuyo objeto sea el almacenamiento, tratamiento, aprovechamiento, recuperación y/o disposición final de residuos o desechos peligrosos. Si la empresa solo realizará actividades de recolección y transporte de residuos peligrosos (aceites usados), debe cumplir con lo normado en el artículo 16 del decreto 4741 de 2005, por medio del cual se reglamenta parcialmente la prevención y el manejo de los residuos o desechos peligrosos generados en el marco de la gestión integral. Esta actividad no requiere permiso o autorización de Corpocesar, salvo que se realicen en nuestra jurisdicción, las actividades de lavado de vehículos que hayan transportado residuos o desechos peligrosos o sustancias o productos que pueden conducir a la generación de los mismos, en cuyo caso, el sitio específico debe contar con los permisos ambientales a que haya lugar (Vr Gr Concesión de aguas, permiso de vertimientos). Si en el Cesar solo se realizarán actividades de recolección y transporte, la empresa debe acreditar y garantizar que las actividades de almacenamiento, tratamiento, aprovechamiento, recuperación y/o disposición final que se ejecuten en la jurisdicción de otra Corporación, cuentan con el correspondiente instrumento de control ambiental, expedido por la autoridad respectiva. 4. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO No Actividad Descripción de la actividad Responsable 1. Recepción y revisión de la solicitud. Radicación de oficio de solicitud. Una vez recibida en la Corporación, internamente se envía a la Coordinación de la Sub Área Jurídica. Ventanilla única y Dirección General Registro aplicable Oficio Planilla Control De Correspondencia Externa Recibida (PCA-04-F-08)
4 Página 4 de 6 No Actividad Descripción de la actividad Responsable 2. Expedición y publicación de auto Revisa solicitud. En caso de ser necesario proyecta oficio de requerimiento para firma del Director General. Firma oficio requiriéndole al peticionario para que dentro del plazo legal aporte la documentación y la información complementaria. Vencido dicho plazo sin aportar lo requerido se decretará el desistimiento de la solicitud y se procederá a su archivo mediante acto administrativo proyectado por el Coordinador y suscrito por el Director General. (Art 17 código de procedimiento administrativo y de lo contencioso administrativo o norma que lo sustituya, modifique o adicione). Si la solicitud cumple las exigencias normativas, se proyecta para la firma del Director General un auto que. Recibe, revisa y firma auto ndo de la actividad, con el fin de adelantar sobre ellas las correspondientes diligencias de control y seguimiento ambiental. Publica auto que Coordinador Sub-Área Jurídica Director General Coordinador Sub-Área Jurídica Director General Coordinador Sub Área de Sistemas e Informática El auto se comunica al interesado Coordinación Jurídica ambiental Registro aplicable Proyecto oficio de requerimiento Oficio de Requerimiento Acto administrativo de desistimiento Proyecto Auto Auto Publicación auto Comunica auto
5 Página 5 de 6 No Actividad Descripción de la actividad Responsable 3. Verificación de cumplimiento La Coordinación Jurídica ambiental remite el expediente a la Coordinación de Seguimiento, para que dicha dependencia ordene y adelante las correspondientes diligencias de control y seguimiento ambiental, a fin de verificar el cumplimiento de la normatividad ambiental. Coordinación Seguimiento Registro aplicable Formato Informe De Diligencia De Control Y Seguimiento (PCM-01-F-23) 5. ANEXOS Planilla Control De Correspondencia Externa Recibida (PCA-04-F-08) Formato Informe De Diligencia De Control Y Seguimiento (PCM-01-F-23) 6. CONTROL DE CAMBIOS Fecha Razón del cambio Nueva versión 01/06/2006 Elaboración del documento /12/2011 Se cambia estructura y ajusta el procedimiento 2.0 3/07/2012 El 2 de julio de 2012 entró en vigencia el nuevo código de procedimiento administrativo y de lo contencioso administrativo (ley 1437 de 2011) se modificó el término para decretar desistimiento de solicitudes. 26/07/2012 Se optimiza el proceso de publicación del boletín oficial de los actos administrativos ambientales, enviando dichos actos directamente al Coordinador de la Sub Área de Sistemas e Informática, para su publicación. 17/12/2014 Se modifica en la descripción del procedimiento en la adopción de los nuevos registros que generan las actividades del procedimiento
6 Página 6 de 6 7. TABLA DE APROBACIÓN Elaborado por Revisado por Aprobado por Julio Alberto Olivella Fernández Coordinador Sub Área Jurídica. Nombre y Cargo Leuger Cortés Orduz Subdirector General Área Gestión. Hernán Maestre Martínez Subdirector General Área de Planeación.
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