CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS JURIDICO- PROFESIONALES

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS JURIDICO- PROFESIONALES"

Transcripción

1 CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS JURIDICO- PROFESIONALES Santiago de Cali, de de 2015 Consta por el presente documento, que entre nosotros: NICOLAS ANDRES MARTINEZ NARANJO, mayor y vecino de Cali, Abogado en ejercicio con T.P del C. S. de la J., identificado con C.C ,536 de Cali; Quien para efectos de este contrato se denominara EL PROFESIONAL y, identificado(a)(as) como aparece al pie de la firma respectiva; quien(es) para los efectos del mismo se denominara(n) EL CLIENTE ; Hemos celebrado el siguiente CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS JURIDICO- PROFESIONALES, regido por las siguientes cláusulas respectivamente: 1) OBJETO Y GESTIONES - EL PROFESIONAL, en su condición de profesional del derecho, se compromete a llevar la representación de EL CLIENTE, en los siguientes procesos y actuaciones relacionadas a continuación: A. Llevar hasta su culminación una acción de grupo de que trata el Art. 3 y siguientes de la Ley 472 de 1998, en contra de las entidades INVIMA, MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL (antes SALUD), SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD, COLOMBIAN MEDICAL INTERNACIONAL S.A. EN LIQUIDACION., La Nación (RAMA LEGISLATIVA) CONGRESO DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA, los profesionales de la salud y las instituciones a que hubiere lugar, implicadas en el concepto equipo medico, a fin de obtener el reconocimiento y pago de los daños y perjuicios a que hubiere lugar, por los daños la circulación de productos defectuosos, violación a los derechos del consumidor, salud publica y demás derechos colectivos conexos que se pudieran acreditar, entre otras cuestiones. B. Igualmente en todas las diligencias Extrajudiciales o prejurídicas a que hubiere lugar o sean conexas al objeto del proceso(s) o beneficien su consecución de manera análoga o específica. 2) En pago de los servicios y asesorías que EL PROFESIONAL ha de prestar a EL CLIENTE, en razón a su condición de abogado, este reconocerá y pagara a titulo de honorarios, por todas las gestiones directas o conexas, realizadas con ocasión al mandato encomendado, las sumas liquidas en dinero, por valor de: A. Serán del 30% (TREINTA) si hubiere conciliación o terminación anormal del proceso por cualquier medio prejudicial antes de impetrar la demanda. En el exclusivo y muy hipotético caso de que no fuere cuantificable en dinero dicha conciliación o terminación, fuere dificultosa su estipulación o se necesitaren dictámenes difíciles para cuantificarla, simplemente fuere en especie o beneficios, EL PROFESIONAL podrá elegir libremente de manera verbal, documental o judicial, por que se le paguen, la suma de 3 (tres) Salarios Mínimos mensuales legales vigentes al momento del pago efectivo, según la cifra que publique el Gobierno Nacional, al momento del pago efectivo. B. Serán del 30% (TREINTA) del resultado del proceso, una vez impetrada la demanda, también si hubiere conciliación, terminación anticipada del proceso por cualquier medio, providencia o sentencia, sobre el monto total fijado, incluyendo las agencias en derecho de llegar a la etapa procesal. C. En causas penales (jueces penales o fiscalías), disciplinarias y laborales (prejudicialmente o ante los jueces), efectuado cualquier intento de conciliación formal y fracasado este, se entenderá surtido el literal A del presente articulo y entrara a regir el literal B del mismo. D. Las costas o gastos del proceso, diversas a las agencias en derecho u honorarios, serán de quien las hubiere colocado, correspondiendo en principio a EL CLIENTE según la cláusula 5 del presente documento. E. Si EL CLIENTE, terminada la audiencia de conciliación prejudicial, solo en caso de que no hubiere conciliación total y no desee seguir el correspondiente proceso conexo al mismo o continuar la gestión estipulada, decidiere acudir a otros servicios profesionales diferentes, verbalmente o por escrito así se lo deberá manifestar a EL PROFESIONAL ; De esta forma EL CLIENTE deberá cancelarle la suma de dos (2) salarios mínimos mensuales legales vigentes al momento del pago efectivo, por esta gestión, de manera normal o por vía ejecutiva. 3) Como cuota de inicio la suma de SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL PESOS ($ , M/Cte.) a la firma del poder o contrato, por cada una de las personas que conforman el grupo. 4) Si EL CLIENTE, abandona, desiste de sus pretensiones en los términos del poder otorgado o concilia unilateralmente, los dineros entregados por el a buena cuenta de los servicios profesionales aquí pactados se entenderá que son honorarios causados hasta el momento y no serán sujetos a ningún tipo de restitución. Además si el abandono, desistimiento, terminación del proceso por causa exclusiva de EL CLIENTE, transacción, conciliación unilateral de carácter judicial o extrajudicial no autorizada expresamente, ocurriere después dictarse el auto admisorio de la demanda, se entenderá que los honorarios pactados se han causado en su totalidad y deben pagarse normalmente o por medio de la vía Jurisdiccional ejecutiva.

2 Igualmente se consideran honorarios, la entrega en dinero o respuesta positiva análoga o especifica al objeto del contrato cualquiera sea su forma, cuando: EL PROFESIONAL hubiere realizado la respectiva reclamación gubernativa, audiencia de conciliación, ya se hubiere firmado el presente contrato o su poder conexo, exista conducta unilateral o entrega espontánea del demandado(s) que beneficie el objeto del contrato, cobro prejuridico, derecho de petición, reunión informal con la contraparte o en general cualquier gestión extrajudicial o judicial y deberán pagarse inmediatamente, con la sola verificación de su entrega o respuesta favorable análoga o específica, a los intereses contractuales expresos en este documento de EL CLIENTE. En todo caso, cualquier tipo de demora en el pago de los honorarios descritos en esta cláusula, faculta a EL PROFESIONAL, para que proceda conforme la Cláusula 7 del presente acuerdo de voluntades. 5) Las costas, honorarios, igualmente en caso de necesidad de traslado a otras sedes judiciales diversas a Cali, los viáticos de transporte y alojamiento, desplazamientos a otras sedes o sucursales distintos al domicilio de EL PROFESIONAL, gastos directos o conexos al proceso tales como dictámenes, certificados de tradición o representación y existencia, certificaciones en general, notificaciones, aranceles judiciales, toda clase de gasto procesal, peritajes, fotocopias, audiencias de conciliación o similares, son asumidas por EL CLIENTE, bien sean causados judicial o extrajudicialmente, salvo que se pactare otra condición del pago respectivo, por documento privado. Podrá EL PROFESIONAL cuando ha bien tenga, delegar o sustituir a otros profesionales la prestación efectiva del contrato (estos gastos están incluidos en la cuota de inicio). De haber cuantiosos (poco probables) sobrecostos, pero necesarios para el lograra el objeto del contrato, serán asumidos por el grupo en las debidas oportunidades procesales o extraprocesales del caso. 6) Para efectos del pago de los honorarios convenidos, si el pago fuere en especie, se entenderá que aquellos bienes entregados, estarán en principio, sometidos a su avalúo comercial especializado, a cargo de EL CLIENTE, pudiendo las partes fijar de común acuerdo su precio, de manera expresa. 7) MERITO EJECUTIVO TOTAL Y TITULO EJECUTIVO IRREVOCABLE - En caso de incumplimiento por parte de EL CLIENTE, de cualquiera de obligaciones pactadas en este contrato, facultara exclusivamente a EL PROFESIONAL, para exigir su cumplimiento por la vía ejecutiva, con la sola demostración sumaria de su incumplimiento, conjuntamente con el resarcimiento de daños y perjuicios a que hubiere lugar, tanto materiales como inmateriales (morales, a la vida de relación, etc.), que podrán tramitarse de manera incidental sin necesidad de proceso ordinario alguno, ni conciliación prejudicial. El presente contrato irrevocablemente presta mérito ejecutivo, conforme al Art. 488 y siguientes del C.P.C. (hoy Art. 422 del nuevo C.G. del P.). Igualmente en caso de haberse admitido la demanda o iniciado la gestión y EL CLIENTE revoque el poder otorgado sin mediar paz y salvo o acuerdo escrito de terminación del presente contrato, facultara a EL PROFESIONAL para iniciar el correspondiente proceso ejecutivo o incidente de regulación de honorarios, con las correspondientes medidas cautelares sobre el proceso o los bienes que a bien se tengan. Si se revocare alguna de las facultades que las partes han colocado en el poder conexo a este proceso, sin mediar consentimiento de EL PROFESIONAL, inmediatamente este podrá iniciar el correspondiente incidente de regulación de honorarios, con medidas cautelares. Las partes de común acuerdo rechazan y renuncian a todo proceso ordinario laboral o civil, para constituir el merito ejecutivo del presente documento, pues le asignan irrevocablemente plenas facultades de titulo ejecutivo y la posibilidad de que con la sola demostración sumaria del incumplimiento en el pago de honorarios y conforme los porcentajes de pago especificados en el presente documento se realice en cualquier momento el correspondiente proceso ejecutivo o incidente de honorarios con medidas cautelares, exista o no la firma del deudor en títulos conexos, pues queda claro que la sola demostración sumaria y los porcentajes especificados como honorarios en el cuerpo de este documento, se hace las veces de justo titulo ejecutivo y las partes tienen plena claridad en ese sentido. 8) Obligaciones de EL PROFESIONAL. Aparte de las consagradas en la ley, se tendrán convencionalmente las siguientes: A- Rendir informes verbales de la gestión encomendada cuando EL CLIENTE, lo requiera o por iniciativa propia. B- Rendir informes escritos trimestrales o bimestrales de la gestión encomendada, si EL CLIENTE por escrito los solicita. Si las necesidades de EL CLIENTE lo requieren, estos podrán ser mensuales. C- Respaldar, los intereses jurídicos encomendados por EL CLIENTE, siempre que estos fueren éticos y no contraríen las leyes. Igualmente no se prestara asesoría a la contraparte o terceros implicados en la gestión. D- Colocar toda su capacidad intelectual o infraestructura a disposición de las gestiones encomendadas por EL CLIENTE a fin de lograr el objeto solicitado, que conste en el poder respectivo, como ha bien tenga. E- Procurar la mejor solución posible en su criterio jurídico propio, a las causas encomendadas por EL CLIENTE.

3 F- Guardar el secreto profesional. G- Expedir el correspondiente mandato judicial conexo a este contrato. 9) TERMINACION DEL CONTRATO. Aparte de las causas consagradas en la ley, se tendrán convencionalmente las siguientes: A- La inhabilidad o incompatibilidad de intereses, en el presente contrato o en el mandato(s) conexo(s) al mismo. Una vez notificada por escrito a EL CLIENTE, no habrá lugar a la reclamación de perjuicios por cualquiera de las partes. Igualmente las partes podrán continuar con las demás gestiones, que no impliquen la incompatibilidad y conciliar informalmente sobre los hechos que la motivaron en principio. B- La no cancelación de honorarios o cuota de inicio de manera oportuna, cualquiera sea el estado del proceso(s), gestión(es) o contrato(s), ni se obliga a iniciar las gestiones EL PROFESIONAL, hasta tanto no sean cancelados los honorarios, ni se encuentra obligado a realizar gestión alguna independiente del estado del proceso o tramite, hasta tanto no se cancelen en su totalidad, ni a responder en ningún sentido patrimonial o sancionatorio por las mismas, si no se demuestra el pago oportuno; Habida cuenta que se advierte la fecha de prescripción o caducidad de la acción, EL CLIENTE, deberá cancelar oportunamente los honorarios aquí descritos o gastos a que se refieren las clausulas 1, 3 y 5 de este documento, de lo contrario no podrá exigir ninguna actitud o cumplimiento de gestión alguna si no esta al día y al de pleno derecho exonera a la parte cumplida del deber de cumplir los términos del presente acuerdo, pues se trata de un contrato oneroso y conmutativo que no puede ejecutarse sin estar al día en los pagos descritos. En caso de que la demora en el pago haga perder el objeto del contrato, se deberán las gestiones realizadas por EL PROFESIONAL que fije la tarifa profesional de honorarios de Abogado o su legislación complementaria. C- La falta de colaboración, abandono del proceso, desinterés, falta de traslado de testigos o personas útiles al objeto del proceso, desaparecimiento en términos judiciales importantes o conducta de EL CLIENTE, que coloque en riesgo el objeto del proceso o la eficacia de la gestión encomendada. En estos casos habrá lugar al cobro de honorarios si ya se hubiere proferido el auto admisorio de la demanda respectiva o el pago de las diligencias que se hubieren efectuado, según se fije en la tarifa profesional de honorarios de Abogado o su legislación complementaria. D- Si al realizar la respectiva demanda encomendada, se encuentra un fundamento técnico concreto que posiblemente haga perder el proceso a criterio propio de EL PROFESIONAL, este sin mas podrá devolver los documentos a EL CLIENTE, sin lugar a restitución alguna, de manera verbal, por envió de correo, personalmente o entrega notarial. E- El común acuerdo de las partes, plasmado por escrito en documento que pueda servir de prueba. F- La muerte de EL PROFESIONAL, en cuyo caso se pagaran las gestiones realizadas hasta el momento. G- El caso fortuito y la fuerza mayor o el hecho de un tercero, en este caso cualquiera de las partes podrá dar por terminado el contrato y no habrá lugar a la reclamación de perjuicios o cobro total de honorarios solo las gestiones realizadas a esa fecha, según la naturaleza de los hechos; Igualmente la imposibilidad para cumplir el contrato. 10) Se advierten verbalmente los riesgos del proceso o gestiones, la credibilidad o deseos expresados en las consultas verbales por parte de EL CLIENTE con relación al poder otorgado, posibilidad de condena en costas en todo proceso o gestión, la posibilidad de declararse culpable y sus correspondientes beneficios por confesión (aplica para casos penales), la posibilidad de consignar emolumentos derivados del contrato laboral o de la seguridad social a fin de evitar graves sanciones moratorias futuras (aplica para casos laborales), la posibilidad de desistimiento conjunto con la contraparte en casos patrimoniales, igualmente que dependiendo del desarrollo del proceso o gestión pueden haber desplazamientos a otras ciudades o ejercicio de recursos extraordinarios, gastos del proceso y las obligaciones exclusivamente de medio que tiene EL PROFESIONAL en todas sus gestiones y procesos. Entiéndase por costas, el porcentaje que a criterio del Juez, quien pierda el proceso(s) o recurso(s), deba pagar a la parte ganadora; Pudiendo ser estas bastante cuantiosas (del 5% al 50% sobre las pretensiones, intereses, frutos e incluyen agencias en derecho) y recaer sobre los bienes de toda clase de EL CLIENTE, en cualquier momento; Igualmente se advierten las consecuencias inciertas derivadas del Art. 211, 20 del C.P.C. y 206 del Código General del Proceso pues se ignora que podrá decir la sentencia respecto a las pretensiones; recayendo sobre los bienes de toda clase de EL CLIENTE, en cualquier momento. 11) EL PROFESIONAL igualmente manifiesta y deja claramente estipulado que el ejercicio del poder otorgado, no asegura victoria alguna o que se obtenga beneficio alguno, ni que no existan consecuencias patrimoniales o penales adversas posteriormente, en el ejercicio de sus obligaciones de medio; No obstante ruega a El Eterno que lleve con su justicia todas las causas que le han confiado. 12) De antemano EL CLIENTE declara expresamente que todos los documentos entregados en ejecución del contrato son verdaderos y que no ha obrado con malicia o fraude en su consecución, eximiendo a EL PROFESIONAL de toda culpa o dolo, al esgrimirlos ante las autoridades publicas en su convencimiento de buena fe, que se ratifica por la creación de este contrato. 13) Igualmente EL CLIENTE manifiesta que no ha iniciado otra acción para reclamar el objeto de las gestiones aquí estipuladas, que no ha ocultado situaciones de importancia al objeto del contrato, ni

4 abusara en ningún caso de la buena fe contractual, como tampoco adeuda honorarios a otro profesional del derecho. 14) EL CLIENTE, entiende que debe aportar testigos para la buena eficacia de sus intereses y que ha sido enterado de los documentos útiles que debe incorporar al expediente para el objeto del presente acuerdo, los cuales se compromete a entregar dentro de los 3 días hábiles siguientes a la firma de este documento, así como ha aportado el lugar de notificaciones, correo electrónico y números telefónicos para el contacto, obligándose a reportar cualquier cambio de los mismos y no desaparecer especialmente en términos judiciales importantes. 15) Se advierte a EL CLIENTE, que no pueden existir 2 demandas por el mismo daño o resarcimiento, sea en Colombia o el extranjero; De ser así para procurar evitar delitos (fraude o receptación) se debe informar al funcionario judicial competente a fin de que haga la respectiva deducción y compensación, no obstante así se informe de tal situación esta puede desembocar en la perdida del proceso, condena en costas, se proponga cosa juzgada en contra o hacer que el pago en Colombia sea mínimo en caso de obtener un resultado positivo. Estamos de acuerdo y lo ratificamos con nuestras firmas, Atte. EL PROFESIONAL NICOLÁS ANDRÉS MARTÍNEZ NARANJO C.C de Cali T.P del C. S. de la J. EL CLIENTE C.C. de Tel.: Cel.: Dirección: Barrió:

5 Señores HONORABLES MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL VALLE DEL CAUCA (Reparto). E. S. D., mayor de edad y vecino(a) del Municipio de Cali (V), identificada(o) como aparece al pie de la firma, en mi condición de perjudicado(a), actuando en mi propio nombre y representación, por medio del presente escrito manifiesto que confiero poder especial, amplio y suficiente al Doctor NICOLAS ANDRES MARTINEZ NARANJO, también mayor de edad y vecino de Santiago de Cali, abogado en ejercicio, identificado como aparece al pie de la firma, para que en mi nombre y representación inicie y lleve hasta su culminación una ACCIÓN DE GRUPO, consagrada en el Art. 3 y siguientes de la Ley 472 de 1998 en consonancia con el Art. 145 del Código Contencioso Administrativo, en contra de la(s) entidad(es) publica(s) INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS INVIMA, LA NACION MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD, LA NACION (RAMA LEGISLATIVA) CONGRESO DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA, la empresa COLOMBIAN MEDICAL INTERNACIONAL S.A. EN LIQUIDACION; A fin de obtener el máximo reconocimiento y pago de los daños y perjuicios a que hubiere lugar, declarar la responsabilidad solidaria de los demandados, por la violación de los intereses colectivos de la salubridad pública, acceso a una infraestructura pública que garantice la salubridad pública, los derechos de los consumidores, la protección de los consumidores de servicios médicos, la mala practica medica en conexidad a los derechos de los consumidores de servicios de salud y estéticos, omisiones legislativas también en conexidad a los derechos colectivos referenciados y a los que hubiere lugar probar, así como las demás cuestiones conexas y útiles que se puedan adicionar; Conjuntamente con el pago de los intereses o corrección monetaria a que hubiere lugar, costas, agencias en derecho y honorarios del proceso, conforme acreditara mi apoderado en la demanda, como ha bien tenga. Mi apoderado queda ampliamente facultado para recibir, transigir, conciliar, desistir, sustituir y reasumir, solicitar pruebas, interponer recursos, efectuar la solicitud prejudicial de que trata el Art. 144 Inciso final del C.C.Ad. de ser procedente y demás facultades conforme al artículo 75 del C.P.C. o las útiles al presente mandato. Sírvase, reconocerle personería a mi apoderado en los términos y fines del presente mandato, sin que en ningún momento se pueda suponer que el presente poder es insuficiente para las gestiones encomendadas. De los Honorables Magistrados, Atentamente. C.C. de Acepto, NICOLÁS ANDRÉS MARTÍNEZ NARANJO C.C de Cali T.P del C. S. de la J.

Solicito se sirva reconocer personería a mi apoderado en los términos del presente mandato.

Solicito se sirva reconocer personería a mi apoderado en los términos del presente mandato. Señores INSTITUTO DEL SEGURO SOCIAL E. S. D., mayor de edad, domiciliado(a) en la ciudad de Bogotá, D. C., identificado(a) como aparece al pie de mi firma, actuando en mi propio nombre, manifiesto a usted

Más detalles

CONDICIONES DEL CONTRATO DE FINANCIAMIENTO: MONTO A FINANCIAR:

CONDICIONES DEL CONTRATO DE FINANCIAMIENTO: MONTO A FINANCIAR: CONDICIONES DEL CONTRATO DE FINANCIAMIENTO: MONTO A FINANCIAR: CLÁUSULA PRIMERA: EL PRESTATARIO que suscribe declara que ha recibido en este acto de MERCANTIL FINANCIADORA DE PRIMAS, C. A., en lo sucesivo

Más detalles

Código de Deontología del Col legi Oficial de Detectius Privats de Catalunya

Código de Deontología del Col legi Oficial de Detectius Privats de Catalunya Código de Deontología del Col legi Oficial de Detectius Privats de Catalunya 1.- Introducción 1.1 Las presentes normas Deontológicas están destinadas a garantizar por parte de todos los Detectives Colegiados

Más detalles

Bogotá D.C 18 de junio 2014. Señores (as) Afiliados de ADIH, demandantes de la Prima de Servicios:

Bogotá D.C 18 de junio 2014. Señores (as) Afiliados de ADIH, demandantes de la Prima de Servicios: Bogotá D.C 18 de junio 2014 Señores (as) Afiliados de ADIH, demandantes de la Prima de Servicios: Ante el gran número de afiliados que decidió adelantar la demanda para conseguir el reconocimiento y pago

Más detalles

Manual de Procedimientos

Manual de Procedimientos 1 de 9 Elaborado por: Oficina de Planeación y Desarrollo Institucional -Área de Calidad y Mejoramiento Aprobado por: Aprobado por: Secretario Comité de Conciliación Rector Universidad TABLA DE CONTENIDO

Más detalles

Si usted necesita los servicios de un abogado puede tener dudas sobre diferentes aspectos.

Si usted necesita los servicios de un abogado puede tener dudas sobre diferentes aspectos. Si usted necesita los servicios de un abogado puede tener dudas sobre diferentes aspectos. Éstas son las 10 preguntas más frecuentes que pueden surgir en el momento de acudir a un abogado. 1. Qué cuestiones

Más detalles

TURISTAS. DEBE DECIR (SUSTITUYE). (Ley de Instituciones de Seguros y del Fianzas)

TURISTAS. DEBE DECIR (SUSTITUYE). (Ley de Instituciones de Seguros y del Fianzas) TURISTAS. Endoso que forma parte del contrato de seguro, y por medio del cual se sustituyen las referencias hechas a la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, por las correspondientes

Más detalles

CONTRATO DE ACCESO A DATOS PERSONALES ENTRE RESPONSABLE DEL FICHERO

CONTRATO DE ACCESO A DATOS PERSONALES ENTRE RESPONSABLE DEL FICHERO CONTRATO DE ACCESO A DATOS PERSONALES ENTRE RESPONSABLE DEL FICHERO Y ENCARGADO DE TRATAMIENTO En..., a... de... de 20... REUNIDOS De una parte, D...., en nombre y representación de... (en adelante el

Más detalles

PÓLIZA ÚNICA DE SEGURO DE CUMPLIMIENTO EN FAVOR DE ENTIDADES ESTATALES NO. SOMETIDA AL DECRETO 734 DE 2.012

PÓLIZA ÚNICA DE SEGURO DE CUMPLIMIENTO EN FAVOR DE ENTIDADES ESTATALES NO. SOMETIDA AL DECRETO 734 DE 2.012 PÓLIZA ÚNICA DE SEGURO DE CUMPLIMIENTO EN FAVOR DE ENTIDADES ESTATALES NO. SOMETIDA AL DECRETO 734 DE 2.012 1. AMPAROS. SEGUROS DEL ESTADO S.A., QUE EN ADELANTE SE DENOMINARÁ SEGURESTADO OTORGA A LA ENTIDAD

Más detalles

ETAPA JURIDICA: A partir del día 91 de mora o de acuerdo al nivel de riesgo, se iniciará esta gestión de cobro.

ETAPA JURIDICA: A partir del día 91 de mora o de acuerdo al nivel de riesgo, se iniciará esta gestión de cobro. ETAPA JURIDICA: A partir del día 91 de mora o de acuerdo al nivel de riesgo, se iniciará esta gestión de cobro. HONORARIOS DE GESTIÓN JURÍDICA CONTENIDO ANEXO No 4 S DE HONORARIOS. 2. S HONORARIOS DE CASAS

Más detalles

CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES DE ABOGADO

CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES DE ABOGADO CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES DE ABOGADO Entre los suscritos a saber, por una parte quien actúa en nombre propio, identificado con cédula de ciudadanía No. 28.868.606 de Ortega (Tol.)

Más detalles

C/ Orense 34 Planta 10-1 28020 Madrid Tel (+34) 915 569 108 Fax (+34) 915 568 621 www.munoz-arribas.com general@munoz-arribas.com

C/ Orense 34 Planta 10-1 28020 Madrid Tel (+34) 915 569 108 Fax (+34) 915 568 621 www.munoz-arribas.com general@munoz-arribas.com C/ Orense 34 Planta 10-1 28020 Madrid Tel (+34) 915 569 108 Fax (+34) 915 568 621 www.munoz-arribas.com general@munoz-arribas.com 1.- Aspectos esenciales 2.- Supuestos prácticos 3.- Conclusiones 1 SOCIEDAD

Más detalles

INSTRUCTIVO: RECLAMACION DESCUENTOS CAJANAL FOSYGA (Descuento de salud del 12%)

INSTRUCTIVO: RECLAMACION DESCUENTOS CAJANAL FOSYGA (Descuento de salud del 12%) INSTRUCTIVO: RECLAMACION DESCUENTOS CAJANAL FOSYGA (Descuento de salud del 12%) Apreciado docente: A continuación encontrará las instrucciones para diligenciar los documentos a fin de obtener la devolución

Más detalles

Contrato de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión de celebrado entre y Tabla de contenido

Contrato de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión de celebrado entre y Tabla de contenido Colombia Compra Eficiente tiene como función diseñar e implementar documentos estandarizados y especializados por tipo de bienes, obras o servicios que se requieran por los partícipes del sistema de compras

Más detalles

**** ESPECIFICAR EL(LOS) PRODUCTO(S), CANTIDAD(ES) Y NUMERO DE IDENTIFICACION

**** ESPECIFICAR EL(LOS) PRODUCTO(S), CANTIDAD(ES) Y NUMERO DE IDENTIFICACION MANDATO SIN REPRESENTACION PARA VENTA DE PRODUCTOS, CON ENTREGAS Y PAGOS FUTUROS (FORWARD), PARA NEGOCIAR EN EL MERCADO ABIERTO DE LA BOLSA MERCANTIL DE COLOMBIA. identificado con el documento de identidad

Más detalles

SEGUROS EN EL TURISMO RURAL

SEGUROS EN EL TURISMO RURAL SEGUROS EN EL TURISMO RURAL LOS RIESGOS Y LAS ACTITUDES QUE EL HOMBRE PUEDE ADOPTAR FRENTE A ELLOS Inacción Prevenir Estar preparado para soportar las consecuencias mediante el ahorro y/o el seguro VENTAJAS

Más detalles

EL SEGURO DE CUMPLIMIENTO EN COLOMBIA Reclamaciones y siniestros

EL SEGURO DE CUMPLIMIENTO EN COLOMBIA Reclamaciones y siniestros EL SEGURO DE CUMPLIMIENTO EN COLOMBIA Reclamaciones y siniestros Clara Ines Rusinque Cardona 31/Oct/2014 EL SINIESTRO Es la realización del riesgo El incumplimiento de la obligación garantizada Hecho que

Más detalles

ROA SARMIENTO ABOGADOS ASOCIADOS S.A.S.

ROA SARMIENTO ABOGADOS ASOCIADOS S.A.S. ROA SARMIENTO ABOGADOS ASOCIADOS SAS AMIGO DOCENTE RECUERDE QUE SEGÚN SU VINCULACION Y SU ACTUAL SITUACION USTED PUEDE ADELANTAR VARIOS TRAMITES, DILIGENCIANDO UN JUEGO DE PODERES DIFERENTE PARA CADA UNO

Más detalles

Acciones Constitucionales. Deberes y derechos para hacer respetar el medio ambiente y las comunidades

Acciones Constitucionales. Deberes y derechos para hacer respetar el medio ambiente y las comunidades Acciones Constitucionales Deberes y derechos para hacer respetar el medio ambiente y las comunidades Acciones Constitucionales Buscan Garantizar La Efectividad de Los Principios, Derechos y deberes Consagrados

Más detalles

CONTRATO AHORRO PROGRAMADO

CONTRATO AHORRO PROGRAMADO CONTRATO AHORRO PROGRAMADO Conste por el presente documento un contrato de Ahorro Programado No, el mismo que se celebra al tenor de las siguientes cláusulas: 1.- COMPARECIENTES.- Comparecen, por una parte,

Más detalles

PAGARE UNICO CON ESPACIOS EN BLANCO

PAGARE UNICO CON ESPACIOS EN BLANCO PAGARE UNICO CON ESPACIOS EN BLANCO No 00 ENTIDAD PRESTARIA CAPITAL INTERES VENCIMIENTO FINAL Yo (Nosotros (as) y domiciliado (as) en la ciudad de mayor(es) de edad, identificados (as) como aparecen al

Más detalles

CIRCULAR No. 2 La Ley 1395 de 2010 sobre Descongestión Judicial

CIRCULAR No. 2 La Ley 1395 de 2010 sobre Descongestión Judicial CIRCULAR No. 2 La Ley 1395 de 2010 sobre Descongestión Judicial A continuación formulamos algunos comentarios sobre la ley 1395, de descongestión judicial: 1. Competencia por razón de la cuantía: El artículo

Más detalles

CONTRATO DE MANDATO PRIMERA.- PARTES.

CONTRATO DE MANDATO PRIMERA.- PARTES. CONTRATO DE MANDATO PRIMERA.- PARTES. El presente contrato de mandato se regirá por las siguientes cláusulas, y en lo no previsto en ellas, por las disposiciones del Código Civil y Código de Comercio,

Más detalles

Póliza de Seguro Protección Móvil de Equipos de Comunicaciones Inalámbricas

Póliza de Seguro Protección Móvil de Equipos de Comunicaciones Inalámbricas Póliza de Seguro Protección Móvil de Equipos de Comunicaciones Inalámbricas La presente guía es indicativa y busca que el cliente tenga en cuenta los aspectos más importantes de la Póliza de Seguro Protección

Más detalles

CONTRATO DE PRÉSTAMO PERSONAL

CONTRATO DE PRÉSTAMO PERSONAL CONTRATO DE PRÉSTAMO PERSONAL ENTRE: De una parte BANCO MÚLTIPLE PROMERICA DE LA REPUBLICA DOMINICANA, S. A., sociedad comercial organizada y existente de conformidad con las leyes de la República Dominicana,

Más detalles

Constituyendo una EIRL, SA o una SRL 2ª Parte

Constituyendo una EIRL, SA o una SRL 2ª Parte Constituyendo una EIRL, SA o una SRL 2ª Parte 1 Empresa Unipersonal No requiere constitución por Escritura Pública Si el capital es superior a mil jornales mínimos (Gs. 58.000.000) debe cumplir las disposiciones

Más detalles

Aviso Legal. Entorno Digital, S.A.

Aviso Legal. Entorno Digital, S.A. Aviso Legal En relación al cumplimiento de la Ley de Protección de Datos, le informamos que los datos personales facilitados por Ud. en cualquiera de los formularios incluidos en este sitio web son incluidos

Más detalles

CONTRATO DE LICENCIA DE SIGNOS DISTINTIVOS DE LA OTC- UAEM

CONTRATO DE LICENCIA DE SIGNOS DISTINTIVOS DE LA OTC- UAEM CONTRATO DE LICENCIA DE SIGNOS DISTINTIVOS DE LA OTC- UAEM CONTRATO DE LICENCIA DE USO DE SIGNOS DISTINTIVOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE SUJETO A REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR SUJETO C A QUIEN EN LO SUCESIVO

Más detalles

LA ONEROSIDAD DE LOS JUICIOS EN EL SALVADOR

LA ONEROSIDAD DE LOS JUICIOS EN EL SALVADOR www.derecho.unam.mx LA ONEROSIDAD DE LOS JUICIOS EN EL SALVADOR 1. Concepto de oneroso Por el doctor Francisco ARRIETA GALLEGOS Profesor de la Facultad de Jurisprudencia y Ciencias Sociales de la Universidad

Más detalles

MODELO DE CONTRATO DE AGENTE DE PUBLICIDAD REUNIDOS

MODELO DE CONTRATO DE AGENTE DE PUBLICIDAD REUNIDOS MODELO DE CONTRATO DE AGENTE DE PUBLICIDAD Murcia, a.. de de 2013 REUNIDOS De una parte, D. Diego Pedro García García, Director General, actuando en nombre y representación de la Empresa Pública Regional

Más detalles

DEPARTAMENTO DE GESTIÓN DE COBROS Y RECLAMACIÓN DE HONORARIOS DE LA DEMARCACIÓN EN TOLEDO DEL COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE CASTILLA LA MANCHA

DEPARTAMENTO DE GESTIÓN DE COBROS Y RECLAMACIÓN DE HONORARIOS DE LA DEMARCACIÓN EN TOLEDO DEL COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE CASTILLA LA MANCHA DEPARTAMENTO DE GESTIÓN DE COBROS Y RECLAMACIÓN DE HONORARIOS DE LA DEMARCACIÓN EN TOLEDO DEL COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE CASTILLA LA MANCHA La incesante innovación y consecuente modificación normativa

Más detalles

Anexo L-1 Modelo de Fianza y Codeuda Solidaria

Anexo L-1 Modelo de Fianza y Codeuda Solidaria Anexo L-1 Modelo de Fianza y Codeuda Solidaria En [ ciudad], Chile, comparecen, a/ la sociedad [ nombre de la Persona que cumple con la Condición Crediticia Aceptable y que es fiadora y codeudora], representada

Más detalles

Contrato: I. DATOS DEL ALUMNO: Nombre Completo: Número de Cédula de Identidad: Domicilio:, número, Nacionalidad: Estado Civil:

Contrato: I. DATOS DEL ALUMNO: Nombre Completo: Número de Cédula de Identidad: Domicilio:, número, Nacionalidad: Estado Civil: Página 1 de 5 Garantía y Mandato Fecha del Contrato: Nº de referencia del Contrato: I. DATOS DEL ALUMNO: Nombre Completo: Número de Cédula de Identidad: Domicilio:, número, Nacionalidad: Estado Civil:

Más detalles

MERINVEST SOCIEDAD DE CORRETAJE DE VALORES, C.A.

MERINVEST SOCIEDAD DE CORRETAJE DE VALORES, C.A. Entre, MERINVEST SOCIEDAD DE CORRETAJE DE VALORES, C.A., RIF J003003840, sociedad mercantil de este domicilio e inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal

Más detalles

PREGUNTAS FRECUENTES. El propietario de una vivienda debe pagar las cuentas de servicios que dejen los arrendatarios sin pagar?

PREGUNTAS FRECUENTES. El propietario de una vivienda debe pagar las cuentas de servicios que dejen los arrendatarios sin pagar? PREGUNTAS FRECUENTES El propietario de una vivienda debe pagar las cuentas de servicios que dejen los arrendatarios sin pagar? Según la Ley 142, las empresas de servicios públicos pueden cobrar las deudas

Más detalles

TRAMITE QUE DEBEN SEGUIR LOS CONSUMIDORES FINANCIEROS PARA OBTENER EL PAGO DEL SEGURO DE CUMPLIMIENTO:

TRAMITE QUE DEBEN SEGUIR LOS CONSUMIDORES FINANCIEROS PARA OBTENER EL PAGO DEL SEGURO DE CUMPLIMIENTO: TRAMITE QUE DEBEN SEGUIR LOS CONSUMIDORES FINANCIEROS PARA OBTENER EL PAGO DEL SEGURO DE CUMPLIMIENTO: (SEGÚN CLAUSULADOS) Seguro de cumplimiento de disposiciones legales: La compañía pagará el valor del

Más detalles

CONTRATO DE PRENDA ABIERTA SIN TENENCIA DEL ACREEDOR PERSONA NATURAL

CONTRATO DE PRENDA ABIERTA SIN TENENCIA DEL ACREEDOR PERSONA NATURAL CONTRATO DE PRENDA ABIERTA SIN TENENCIA DEL ACREEDOR PERSONA NATURAL Entre nosotros mayor de edad, domiciliado y residente en el municipio de, identificado como aparece al pie de mi firma, actuando en

Más detalles

b) Que el tratamiento de datos de carácter personal por parte del subcontratista se ajuste a las instrucciones del responsable del fichero.

b) Que el tratamiento de datos de carácter personal por parte del subcontratista se ajuste a las instrucciones del responsable del fichero. Informe jurídico 0108/2008 La consulta platea, si resulta conforme con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre

Más detalles

TRÁMITES, PROCEDIMIENTOS Y REQUISITOS. Procedimiento para presentar las peticiones

TRÁMITES, PROCEDIMIENTOS Y REQUISITOS. Procedimiento para presentar las peticiones TRÁMITES, PROCEDIMIENTOS Y REQUISITOS Apreciado Usuario: En este documento encontrará una guía que le permitirá ilustrarse acerca de los trámites, procedimientos y requisitos a seguir, cada vez que tenga

Más detalles

LA MEDIACIÓN EN ASUNTOS CIVILES Y MERCANTILES EN OCHO PREGUNTAS

LA MEDIACIÓN EN ASUNTOS CIVILES Y MERCANTILES EN OCHO PREGUNTAS LA MEDIACIÓN EN ASUNTOS CIVILES Y MERCANTILES EN OCHO PREGUNTAS 1. Qué es la mediación? la mediación es aquel medio de solución de controversias, cualquiera que sea su denominación, en EL que dos o más

Más detalles

ORDEN DE 27 DE DICIEMBRE DE 1991 DE DESARROLLO DEL REAL DECRETO 1816/1991, DE 20 DE DICIEMBRE, SOBRE TRANSACCIONES ECONÓMICAS CON EL EXTERIOR

ORDEN DE 27 DE DICIEMBRE DE 1991 DE DESARROLLO DEL REAL DECRETO 1816/1991, DE 20 DE DICIEMBRE, SOBRE TRANSACCIONES ECONÓMICAS CON EL EXTERIOR ORDEN DE 27 DE DICIEMBRE DE 1991 DE DESARROLLO DEL REAL DECRETO 1816/1991, DE 20 DE DICIEMBRE, SOBRE TRANSACCIONES ECONÓMICAS CON EL EXTERIOR FICHA RESUMEN...2 EXPOSICION DE MOTIVOS...3 Artículo 1...3

Más detalles

Supervisión de Operaciones de Crédito de Dinero (Ley 18.010)

Supervisión de Operaciones de Crédito de Dinero (Ley 18.010) Supervisión de Operaciones de Crédito de Dinero (Ley 18.010) Santiago de Chile, julio 2014 Este documento contiene una serie de consultas y respuestas relacionadas con el proceso de implementación de la

Más detalles

Reglamento de Procedimientos a seguir en casos de denuncias o Trámite de Oficio en contra de miembros

Reglamento de Procedimientos a seguir en casos de denuncias o Trámite de Oficio en contra de miembros Reglamento de Procedimientos a seguir en casos de denuncias o Trámite de Oficio en contra de miembros Reglamento de Procedimientos a seguir en casos de Denuncias o Trámite de Oficio en contra de miembros

Más detalles

REUNIDOS INTERVIENEN. que en adelante será denominado como EL CLIENTE. EXPONEN

REUNIDOS INTERVIENEN. que en adelante será denominado como EL CLIENTE. EXPONEN CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES EN REGIMEN DE IGUALA JURIDICA EMITIDA POR EL DESPACHO G.ELIAS & MUÑOZ, ABOGADOS, SCP. EN FAVOR DE LA SOCIEDAD *** En Madrid, a * de * de * REUNIDOS DE

Más detalles

ASUNTO: OTORGAMIENTO DE PODER ESPECIAL O GENERAL POR PARTE DEL REPRESENTANTE LEGAL DE UNA COMPAÑÍA

ASUNTO: OTORGAMIENTO DE PODER ESPECIAL O GENERAL POR PARTE DEL REPRESENTANTE LEGAL DE UNA COMPAÑÍA OFICIO 220-125675 DEL 18 DE SEPTIEMBRE DE 2015 ASUNTO: OTORGAMIENTO DE PODER ESPECIAL O GENERAL POR PARTE DEL REPRESENTANTE LEGAL DE UNA COMPAÑÍA Me refiero a su escrito radicado en esta Entidad con el

Más detalles

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales RESOLUCIÓN 15 DE 2008 (Noviembre 4) Por la cual se delegan facultades en materia de representación

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales RESOLUCIÓN 15 DE 2008 (Noviembre 4) Por la cual se delegan facultades en materia de representación Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales RESOLUCIÓN 15 DE 2008 (Noviembre 4) Por la cual se delegan facultades en materia de representación externa de la Unidad Administrativa Especial, Dirección de

Más detalles

Comparación de las Condiciones Generales previas y nuevas del Credit Suisse AG

Comparación de las Condiciones Generales previas y nuevas del Credit Suisse AG Comparación de las Condiciones Generales previas y nuevas del Credit Suisse AG Condiciones Generales previas (12.2011) Condiciones Generales nuevas (12.2013) Condiciones Generales Las siguientes condiciones

Más detalles

CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES EN REGIMEN DE IGUALA JURIDICA EMITIDA POR EL DESPACHO OH ABOGADOS, EN FAVOR DE REUNIDOS INTERVIENEN

CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES EN REGIMEN DE IGUALA JURIDICA EMITIDA POR EL DESPACHO OH ABOGADOS, EN FAVOR DE REUNIDOS INTERVIENEN CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES EN REGIMEN DE IGUALA JURIDICA EMITIDA POR EL DESPACHO OH ABOGADOS, EN FAVOR DE En Madrid a ++ de++ de++ DE UNA PARTE DE OTRA PARTE REUNIDOS INTERVIENEN

Más detalles

2013, Año de la Lealtad Institucional y Centenario del Ejército Mexicano

2013, Año de la Lealtad Institucional y Centenario del Ejército Mexicano 2013, Año de la Lealtad Institucional y Centenario del Ejército Mexicano México D.F. 13 de junio de 2013 PREGUNTAS Y RESPUESTAS RELEVANTES DEL PROGRAMA DE REGULARIZACIÓN CUMPLAMOS JUNTOS DEL INSTITUTO

Más detalles

Minuta de contrato de fiducia mercantil irrevocable para la administración y pago de los recursos recibidos a título de anticipo, celebrado entre y

Minuta de contrato de fiducia mercantil irrevocable para la administración y pago de los recursos recibidos a título de anticipo, celebrado entre y Colombia Compra Eficiente tiene como función diseñar e implementar documentos estandarizados y especializados por tipo de obra o servicio que se requieran por los partícipes del sistema de compras y contratación

Más detalles

LEY 1328 DE 2009 (julio 15) POR LA CUAL SE DICTAN NORMAS EN MATERIA FINANCIERA, DE SEGUROS, DEL MERCADO DE VALORES Y OTRAS DISPOSICIONES.

LEY 1328 DE 2009 (julio 15) POR LA CUAL SE DICTAN NORMAS EN MATERIA FINANCIERA, DE SEGUROS, DEL MERCADO DE VALORES Y OTRAS DISPOSICIONES. LEY 1328 DE 2009 (julio 15) POR LA CUAL SE DICTAN NORMAS EN MATERIA FINANCIERA, DE SEGUROS, DEL MERCADO DE VALORES Y OTRAS DISPOSICIONES. El Congreso de Colombia DECRETA: T I T U L O I DEL RÉGIMEN DE PROTECCION

Más detalles

1. Datos identificativos que completan las condiciones generales

1. Datos identificativos que completan las condiciones generales CONDICIONES PARTICULARES APLICABLES A LA CONTRATACIÓN DE LA EXTENSIÓN DE DOMINIO TERRITORIAL.es Las presentes condiciones particulares complementan y desarrollan las condiciones generales del contrato

Más detalles

INSTRUCTIVO II RECLAMACIÓN ANTE LA U.G.P.P.

INSTRUCTIVO II RECLAMACIÓN ANTE LA U.G.P.P. INSTRUCTIVO II RECLAMACIÓN ANTE LA U.G.P.P. Apreciado(a) Profesor(a): Por favor, marque con una equis (X) el servicio que desea que nuestro colectivo reclame ante la U.G.P.P. (diligencie la totalidad de

Más detalles

4. Honorarios y gastos

4. Honorarios y gastos CONDICIONES GENERALES 1. Relación profesional Reg. Merc. De Madrid, Libro de Sociedades Hoja M-349746 Folio 44 Tomo 19.852 Sección 8. C.I.F. B-83933481 Todos los encargos profesionales relativos a Abogados

Más detalles

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DECRETO NÚMERO DE 2014 ( )

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DECRETO NÚMERO DE 2014 ( ) MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DECRETO NÚMERO DE 2014 ( ) EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular de las previstas

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO SEGURO DE VIDA REGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO SEGURO DE VIDA REGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO SEGURO DE VIDA REGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO Artículo 1º. Para la celebración del seguro del Grupo, en los términos del artículo 191 de la Ley sobre el Contrato

Más detalles

Guía paso a paso para emprender en México!

Guía paso a paso para emprender en México! Guía paso a paso para emprender en México Emprender en México puede no ser una tarea sencilla si no se conocen todas la opciones y obligaciones que se tienen, por ese motivo esta guía pretende dar una

Más detalles

Tratado Modelo sobre la Remisión del Proceso en Materia Penal. Adoptado por la Asamblea General en su resolución 45/118, de 14 diciembre de 1990

Tratado Modelo sobre la Remisión del Proceso en Materia Penal. Adoptado por la Asamblea General en su resolución 45/118, de 14 diciembre de 1990 Tratado Modelo sobre la Remisión del Proceso en Materia Penal Adoptado por la Asamblea General en su resolución 45/118, de 14 diciembre de 1990 El [La] --------- y el [la] --------, Deseosos[as] de fortalecer

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0049/2009

Gabinete Jurídico. Informe 0049/2009 Informe 0049/2009 La consulta plantea dudas acerca de la necesidad de solicitar el consentimiento de los arquitectos y aparejadores que prestan servicios para la consultante, para poder ceder sus datos

Más detalles

Minuta de Contrato de Fiducia Mercantil irrevocable para la administración y pago de los recursos recibidos a título de Anticipo, celebrado entre y

Minuta de Contrato de Fiducia Mercantil irrevocable para la administración y pago de los recursos recibidos a título de Anticipo, celebrado entre y Cláusula 1 Objeto del Contrato.... 2 Cláusula 2 Definiciones.... 2 Cláusula 3 Partes del Contrato.... 4 Cláusula 4 Conformación del Patrimonio Autónomo.... 4 Cláusula 5 Duración del Contrato.... 4 Cláusula

Más detalles

NEUQUEN, 30 de noviembre de 2009.-

NEUQUEN, 30 de noviembre de 2009.- NEUQUEN, 30 de noviembre de 2009.- VISTOS: Estos autos caratulados:.. S/ DENUNCIA (Expte. Nro. 8 Folio 42 Año 2009), traídos a despacho del Tribunal de Ética y Disciplina del Colegio de Abogados y Procuradores

Más detalles

MG/Circulares/Circular 16 - Ley Enjuiciamiento Civil 1

MG/Circulares/Circular 16 - Ley Enjuiciamiento Civil 1 Informe sobre la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil por la Ley 4/2011, de 24 de marzo, para facilitar la aplicación en España de los procesos europeos monitorio y de escasa cuantía. MG/Circulares/Circular

Más detalles

Para operar un negocio en Panamá, usted puede realizar sus actividades a través de:

Para operar un negocio en Panamá, usted puede realizar sus actividades a través de: Pasos para abrir una empresa en Panamá Para operar un negocio en Panamá, usted puede realizar sus actividades a través de: Persona Natural: Son personas físicas que actúan en nombre propio para la realización

Más detalles

Trámite de insolvencia para persona natural no comerciante.

Trámite de insolvencia para persona natural no comerciante. Presentamos a continuación las últimas noticias de Derecho Comercial que consideramos de su interés: Trámite de insolvencia para persona natural no comerciante. La Ley 1564 de 2012, mediante el cual se

Más detalles

PENSIÓN, MESADA PENSIONAL, CUENTA CORRIENTE O DE AHORROS, CUOTA DE MANEJO Concepto 2008013624-001 del 4 de agosto de 2008.

PENSIÓN, MESADA PENSIONAL, CUENTA CORRIENTE O DE AHORROS, CUOTA DE MANEJO Concepto 2008013624-001 del 4 de agosto de 2008. PENSIÓN, MESADA PENSIONAL, CUENTA CORRIENTE O DE AHORROS, CUOTA DE MANEJO Concepto 2008013624-001 del 4 de agosto de 2008. Síntesis: Las cuentas corrientes o de ahorro en las que se consignan las mesadas

Más detalles

Nombres, apellidos, identificación, domiciliado en (ciudad o municipio).

Nombres, apellidos, identificación, domiciliado en (ciudad o municipio). ESTATUTOS BÁSICOS SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA A los día( )/ mes ( ) /año ( ), nosotros: Por medio del presente documento, el cual es firmado digitalmente por todos nosotros, y haciendo uso del servicio

Más detalles

CAPITULO X TITULO DE CRÉDITO HIPOTECARIO NEGOCIABLE

CAPITULO X TITULO DE CRÉDITO HIPOTECARIO NEGOCIABLE CAPITULO X TITULO DE CRÉDITO HIPOTECARIO NEGOCIABLE Una de las novedades que nos trae la nueva Ley General del Sistema Financiero son precisamente los Títulos de Crédito Hipotecario Negociable, al que

Más detalles

Abogados. Otras actuaciones: Actos judiciales no contenciosos, actividades extrajudiciales, etc.

Abogados. Otras actuaciones: Actos judiciales no contenciosos, actividades extrajudiciales, etc. Abogados Art. 520 COT: Los abogados son personas revestidas por la autoridad competente de la facultad de defender ante los Tribunales de Justicia los derechos de las partes litigantes. Otras actuaciones:

Más detalles

BASES PROMOCIÓN Contrata Seguro Responsabilidad Civil Internacional y participa en el sorteo de 2 LCD LED SONY

BASES PROMOCIÓN Contrata Seguro Responsabilidad Civil Internacional y participa en el sorteo de 2 LCD LED SONY BASES PROMOCIÓN Contrata Seguro Responsabilidad Civil Internacional y participa en el sorteo de 2 LCD LED SONY Paris Corredores de Seguros Ltda., en adelante también Paris Corredores o Seguros Paris, conjuntamente

Más detalles

CIRCULAR INFORMATIVA 1/11 CRITERIOS INTERPRETACIÓN COMISIÓN DE IMPUGNACION DE HONORARIOS

CIRCULAR INFORMATIVA 1/11 CRITERIOS INTERPRETACIÓN COMISIÓN DE IMPUGNACION DE HONORARIOS CIRCULAR INFORMATIVA 1/11 CRITERIOS INTERPRETACIÓN COMISIÓN DE IMPUGNACION DE HONORARIOS La Junta de Gobierno, en sesión celebrada el día 30 de mayo de 2011, adoptó, entre otros, el siguiente ACUERDO:

Más detalles

REGLAMENTO DE COBRO ADMINISTRATIVO, ARREGLOS DE PAGO Y COBRO JUDICIAL DE LOS SERVICIOS PORTUARIOS MOROSOS. CAPITULO I Disposiciones Generales

REGLAMENTO DE COBRO ADMINISTRATIVO, ARREGLOS DE PAGO Y COBRO JUDICIAL DE LOS SERVICIOS PORTUARIOS MOROSOS. CAPITULO I Disposiciones Generales REGLAMENTO DE COBRO ADMINISTRATIVO, ARREGLOS DE PAGO Y COBRO JUDICIAL DE LOS SERVICIOS PORTUARIOS MOROSOS. CAPITULO I Disposiciones Generales Artículo 1.- Finalidad y Ámbito de Aplicación. El presente

Más detalles

TÍTULO XIII Del contrato de arrendamiento financiero

TÍTULO XIII Del contrato de arrendamiento financiero TÍTULO XIII Del contrato de arrendamiento financiero CAPÍTULO I Delimitación del contrato Artículo 5131-1. Concepto. El contrato de arrendamiento financiero es aquel por el que una parte, el arrendador

Más detalles

RESOLUCION No.38 ( Diciembre 18 de 2014 )

RESOLUCION No.38 ( Diciembre 18 de 2014 ) RESOLUCION No.38 ( Diciembre 18 de 2014 ) POR LA CUAL SE AUTORIZAN LAS TARIFAS PARA EL AÑO 2015, EN LOS PROCEDIMIENTOS DE INSOLVENCIA ECONÓMICA DE PERSONA NATURAL NO COMERCIANTE, EN LOS TRÁMITES CONCILIATORIOS

Más detalles

Condiciones de posiciones cortas en valores DEGIRO

Condiciones de posiciones cortas en valores DEGIRO Condiciones de posiciones cortas en valores DEGIRO Índice Artículo 1. Definiciones... 3 Artículo 2. Relación contractual... 3 Artículo 3. Posiciones cortas en valores... 4 Artículo 4. Sólo ejecución...

Más detalles

CONVENIO DE CRÉDITO PROVEEDOR COMPRADOR

CONVENIO DE CRÉDITO PROVEEDOR COMPRADOR CONVENIO DE CRÉDITO PROVEEDOR COMPRADOR Entre BANCOLOMBIA S.A., establecimiento bancario legalmente constituido con domicilio principal en Medellín, representado en este acto por, identificado con la cédula

Más detalles

CODIFICACION DE REGULACIONES DEL BANCO CENTRAL DEL ECUADOR LIBRO I POLITICA MONETARIA - CREDITICIA TÍTULO OCTAVO: SISTEMA NACIONAL DE PAGOS

CODIFICACION DE REGULACIONES DEL BANCO CENTRAL DEL ECUADOR LIBRO I POLITICA MONETARIA - CREDITICIA TÍTULO OCTAVO: SISTEMA NACIONAL DE PAGOS CODIFICACION DE REGULACIONES DEL BANCO CENTRAL DEL ECUADOR LIBRO I POLITICA MONETARIA - CREDITICIA TÍTULO OCTAVO: SISTEMA NACIONAL DE PAGOS CAPÍTULO IX. DEL SISTEMA DE COBROS INTERBANCARIOS Sección I Definición

Más detalles

SE FORMALIZA POR ESCRITO UN RECURSO DE AMPARO. Honorable Corte de Apelaciones de lo Contencioso-

SE FORMALIZA POR ESCRITO UN RECURSO DE AMPARO. Honorable Corte de Apelaciones de lo Contencioso- SE FORMALIZA POR ESCRITO UN RECURSO DE AMPARO. Honorable Corte de Apelaciones de lo Contencioso- Administrativo:., mayor de edad, soltero, Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales, de este domicilio,

Más detalles

Se aplicará la base de la Orden de Compra acordada expresamente por las partes contratantes.

Se aplicará la base de la Orden de Compra acordada expresamente por las partes contratantes. Página 1 de 7 Condiciones Generales de Compra 1. Partes contratantes Este contrato (en adelante denominado Orden de Compra) se acuerda entre el proveedor (referido en adelante como "PROVEEDOR") y la empresa

Más detalles

PROCEDIMIENTOS INSTRUCTIVO

PROCEDIMIENTOS INSTRUCTIVO I-SICA-70-0-02 INDICE CAPITULO I DEFINICIONES ARTICULO PRIMERO. De los Afiliados.......3 ARTICULO SEGUNDO. Cliente preferencial....3 ARTICULO TERCERO. Cuota de Afiliación...3 ARTICULO CUARTO. Libro de

Más detalles

Decreto Número 491 La Junta de Gobierno de la Republica de Venezuela Decreta la siguiente Ley sobre Ventas con Reserva de Dominio

Decreto Número 491 La Junta de Gobierno de la Republica de Venezuela Decreta la siguiente Ley sobre Ventas con Reserva de Dominio Decreto Número 491 La Junta de Gobierno de la Republica de Venezuela Decreta la siguiente Ley sobre Ventas con Reserva de Dominio Artículo 1 En las ventas a plazo de cosas muebles por su naturaleza, el

Más detalles

COOPERATIVA ALIANZA LTDA

COOPERATIVA ALIANZA LTDA PAGARE EN BLANCO Pagare No _ Valor _ Fecha de vencimiento _ Yo (Nosotros) _ nos obligamos a pagar solidariamente, incondicional e indivisible a la orden de COOPERATIVA ALIANZA LTDA o a quien sus derechos

Más detalles

INVITACIÓN PÚBLICA TÉRMINOS DE REFERENCIA IP 104-2010 OBJETO

INVITACIÓN PÚBLICA TÉRMINOS DE REFERENCIA IP 104-2010 OBJETO TÉRMINOS DE REFERENCIA IP 104-2010 OBJETO COMPRA DE FIBRA OPTICA MULTIMODO DE 12 HILOS, CON CONECTORIZACION PIG TAIL Y CERTIFICACION DE FIBRA, SEIS (6) PATCHCORD DE FIBRA LC/LC DE 2 mt C/U Y SEIS (6) MINIGIBICS

Más detalles

Política antisoborno y de cumplimiento de la Ley sobre Prácticas Corruptas en el Extranjero

Política antisoborno y de cumplimiento de la Ley sobre Prácticas Corruptas en el Extranjero Política antisoborno y de cumplimiento de la Ley sobre Prácticas Corruptas en el Extranjero Crawford & Company y todas sus subsidiarias en todo el mundo están sujetas a ciertas obligaciones de registros

Más detalles

CONVENIO PARA DESCUENTO DE FACTURAS CARGO DE (GRAN PAGADOR)_

CONVENIO PARA DESCUENTO DE FACTURAS CARGO DE (GRAN PAGADOR)_ CONVENIO PARA DESCUENTO DE FACTURAS CARGO DE (GRAN PAGADOR)_ Entre los suscritos, mayor de edad y vecino de, identificado con la cédula de ciudadanía número, expedida en, obrando en su calidad de y por

Más detalles

RP-CSG-027.00. Fecha de aprobación 2012-03-08

RP-CSG-027.00. Fecha de aprobación 2012-03-08 Reglamento Particular para la Auditoría Reglamentaria de Prevención de Riesgos Laborales según el Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/1997) RP-CSG-027.00 Fecha de aprobación 2012-03-08 ÍNDICE

Más detalles

ASUNTO: ALGUNOS ASPECTOS RELACIONADOS CON LOS PROCESOS DE LIQUIDACION, REORGANIZACIÓN Y REESTRUCTURACION

ASUNTO: ALGUNOS ASPECTOS RELACIONADOS CON LOS PROCESOS DE LIQUIDACION, REORGANIZACIÓN Y REESTRUCTURACION OFICIO 220-050903 DEL 10 DE ABRIL DE 2015 ASUNTO: ALGUNOS ASPECTOS RELACIONADOS CON LOS PROCESOS DE LIQUIDACION, REORGANIZACIÓN Y REESTRUCTURACION Me refiero a su escrito radicado con el número 2015-01-

Más detalles

NUEVO ESTATUTO DEL CONSUMIDOR

NUEVO ESTATUTO DEL CONSUMIDOR NUEVO ESTATUTO DEL CONSUMIDOR Acciones Jurisdiccionales y Administrativas Por: Juan Carlos Guayacán ACCIONES EN EL DECRETO 3466 Acciones administrativas Sanciones por incumplimiento a calidad e idoneidad

Más detalles

Cuestionario de honorabilidad y buen gobierno

Cuestionario de honorabilidad y buen gobierno Cuestionario de honorabilidad y buen gobierno 1. Observaciones El presente cuestionario tiene por finalidad recoger datos en relación con los requisitos de honorabilidad comercial y profesional y de buen

Más detalles

TÉRMINOS DE VENTA DE CUPONES GROUPON ESPAÑA

TÉRMINOS DE VENTA DE CUPONES GROUPON ESPAÑA TÉRMINOS DE VENTA DE CUPONES GROUPON ESPAÑA 1. Información general 1.1 Estos Términos de Venta se aplican a todos los Cupones de Groupon que adquiera. 1.2 Por Groupon se entiende Groupon Spain, S.L.U.,

Más detalles

ANEXO II. Los datos facilitados no serán incorporados a sistemas o soportes distintos de los del responsable del fichero.

ANEXO II. Los datos facilitados no serán incorporados a sistemas o soportes distintos de los del responsable del fichero. ANEXO II COMPROMISO RELATIVO AL TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL, DE OBLIGADA ACEPTACIÓN PARA AQUELLAS ENTIDADES QUE OBTENGAN LA CONDICIÓN DE ENTIDAD COLABORADORA DE LANBIDE-SERVICIO VASCO DE

Más detalles

LOS ABOGADOS. Punto III. UNA RELACIÓN DE CONFIANZA CON ABOGADOS Y PROCURADORES DE LA CARTA DE DERECHOS DE LOS CIUDADANOS ANTE LA JUSTICIA

LOS ABOGADOS. Punto III. UNA RELACIÓN DE CONFIANZA CON ABOGADOS Y PROCURADORES DE LA CARTA DE DERECHOS DE LOS CIUDADANOS ANTE LA JUSTICIA LOS ABOGADOS Punto III. UNA RELACIÓN DE CONFIANZA CON ABOGADOS Y PROCURADORES DE LA CARTA DE DERECHOS DE LOS CIUDADANOS ANTE LA JUSTICIA https://www.administraciondejusticia.gob.es http://www.juzgados.org/carta.php

Más detalles

Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM www.juridicas.unam.

Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM www.juridicas.unam. Capítulo cuarto Cobro de honorarios y provision de fondos I. Honorarios El abogado tiene derecho a una compensación económica digna y adecuada por los servicios prestados, así como al reintegro de los

Más detalles

Qué documentos necesito para solicitar un divorcio express?

Qué documentos necesito para solicitar un divorcio express? Qué documentos necesito para solicitar un divorcio express? - Certificado literal de matrimonio (puede obtenerlo en este enlace de la web del Ministerio de Justicia o directamente en el Registro Civil

Más detalles

PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO. PRIMER ENCUENTRO ESTATAL DE JUECES. LA REPARACIÓN DEL DAÑO EN RELACIÓN CON LA CONDENA CONDICIONAL

PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO. PRIMER ENCUENTRO ESTATAL DE JUECES. LA REPARACIÓN DEL DAÑO EN RELACIÓN CON LA CONDENA CONDICIONAL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO. PRIMER ENCUENTRO ESTATAL DE JUECES. LA REPARACIÓN DEL DAÑO EN RELACIÓN CON LA CONDENA CONDICIONAL LICENCIADA MARÍA CRISTINA BALDERAS SALAZAR. JUEZ PENAL DE PARTIDO.

Más detalles

Examen Día Junio-2007 Área de Relaciones laborales 1er Apellido 2º Apellido Profesor: Daniel Pérez Guerra

Examen Día Junio-2007 Área de Relaciones laborales 1er Apellido 2º Apellido Profesor: Daniel Pérez Guerra DRET I TELECOMUNICACIONS Datos del Alumno Examen Día Junio-2007 RESUELTO Área de Relaciones laborales 1er Apellido 2º Apellido Profesor: Daniel Pérez Guerra Nombre Test: Marque con una X la respuesta que

Más detalles

El derecho fundamental de huelga

El derecho fundamental de huelga AUTONOMÍA SUR SCA El derecho fundamental de huelga Documento de trabajo 03. Área jurídica [Septiembre 2014] Disposiciones legales y artículos básicos sobre el derecho fundamental de huelga de la legislación

Más detalles

ACUERDO SUGESE 05-13

ACUERDO SUGESE 05-13 CONSEJO NACIONAL DE SUPERVISIÓN DEL SISTEMA FINANCIERO CONASSIF ACUERDO SUGESE 05-13 REGLAMENTO SOBRE SEGUROS COLECTIVOS Actualizado al 1 de diciembre de 2014. APROBADO POR EL CONSEJO NACIONAL DE SUPERVISIÓN

Más detalles

COMENTARIO A LEY 20/2007, DE 11 DE JULIO, DEL ESTATUTO DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO, SOBRE ASPECTOS DE LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL

COMENTARIO A LEY 20/2007, DE 11 DE JULIO, DEL ESTATUTO DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO, SOBRE ASPECTOS DE LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL COMENTARIO A LEY 20/2007, DE 11 DE JULIO, DEL ESTATUTO DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO, SOBRE ASPECTOS DE LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL 1.- LA SITUACIÓN DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS

Más detalles

6. PUBLICIDAD E IMPUGNACION DEL INFORME DE LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL

6. PUBLICIDAD E IMPUGNACION DEL INFORME DE LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL Ernst & Young Abogados 6. PUBLICIDAD E IMPUGNACION DEL INFORME DE LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL La nueva Ley concursal regula en el Capítulo IV del Título IV cuál es la publicidad adecuada que debe darse

Más detalles

CAJA DE AHORROS Y M.P. DE ONTINYENT EPÍGRAFE 14º - Página 1 En vigor desde el 14-08-2013

CAJA DE AHORROS Y M.P. DE ONTINYENT EPÍGRAFE 14º - Página 1 En vigor desde el 14-08-2013 CAJA DE AHORROS Y M.P. DE ONTINYENT EPÍGRAFE 14º - Página 1 EPÍGRAFE 14º CRÉDITOS Y PRÉSTAMOS (Créditos, Préstamos, Efectos Financieros, Descubiertos en Cuenta Corriente, Libretas de Ahorro, Excedidos

Más detalles